Transaction in Own Shares • Mar 16, 2022
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Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. ("BBVA" o la "Sociedad"), de conformidad con lo establecido en la legislación del Mercado de Valores, comunica la siguiente:
Como continuación de la comunicación de:
(i) la Información Privilegiada del 29 de octubre de 2021, con número de registro 1127 (la "IP Inicial"), en la que se comunicó que el Consejo de Administración de BBVA había acordado llevar a cabo un programa marco de recompra de acciones, que será ejecutado en varios tramos, por un importe máximo de hasta 3.500 millones de euros, con el propósito de reducir el capital social de BBVA (el "Programa Marco")1 ; y
(ii) la Información Privilegiada del 3 de febrero de 2022, con número de registro 1277, en la que se comunicó que el Consejo de Administración de BBVA había acordado, dentro del ámbito del Programa Marco en vigor, llevar a cabo un segundo programa de recompra de acciones por un importe máximo de hasta 2.000 millones de euros (el "Acuerdo del Segundo Programa");
BBVA comunica que ha acordado ejecutar el Acuerdo del Segundo Programa, que se llevará a cabo:
(i) mediante la ejecución de un primer segmento a través de un agente externo por importe de hasta 1.000 millones de euros (el "Primer Segmento"), todo ello de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 sobre el abuso de mercado y en el Reglamento Delegado (UE) nº 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, (los "Reglamentos"); y
(ii) una vez finalizada la ejecución del Primer Segmento, mediante la ejecución de un segundo segmento que complete el Programa Marco, por un importe máximo de 1.000 millones de euros o por un número máximo de acciones a determinar en función del número de acciones propias finalmente adquiridas en ejecución del Primer Segmento.
Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de suspender o finalizar anticipadamente el Programa Marco si concurrieran circunstancias que así lo aconsejaran, como se señalaba en la IP inicial.
El Primer Segmento se ejecutará de acuerdo con los términos y condiciones que se detallan a continuación:
1 De acuerdo con la autorización conferida por el Banco Central Europeo, el Programa Marco está limitado adicionalmente a la recompra de acciones representativas de hasta el 10% del capital social de BBVA, pudiendo implementarse en un plazo máximo de un año desde la publicación de la IP Inicial.
| Finalidad: | Reducir el capital social de BBVA mediante la amortización de las acciones adquiridas. |
|---|---|
| Importe monetario máximo: |
El importe monetario máximo será de 1.000 millones de euros. |
| Número máximo de acciones: |
El número máximo de acciones de BBVA adquiridas no excederá de 356.551.306. |
| Inicio de la ejecución: |
La ejecución dará comienzo el 16 de marzo de 2022. |
| Finalización de la ejecución: |
El Primer Segmento finalizará no antes del 16 de mayo de 2022 ni más tarde del 30 de junio de 2022 y, en todo caso, cuando dentro de ese periodo se alcance el importe monetario máximo o se adquiera el número máximo de acciones. |
| No obstante, la Sociedad se reserva el derecho a suspender temporalmente o finalizar anticipadamente la ejecución si concurriera alguna circunstancia que así lo aconsejara o exigiera. |
|
| Centros de negociación: |
Las adquisiciones se efectuarán en el Sistema de Interconexión Bursátil Español – Mercado Continuo, así como en DXE Europe, Turquoise Europe y Aquis Exchange. |
| Gestor: | La ejecución se llevará a cabo de manera externa a través de Goldman Sachs International, que tomará sus decisiones en relación con el momento de realización de las compras de las acciones de BBVA independientemente de la Sociedad. El Gestor ejecutará las operaciones de compra a través del broker Kepler Cheuvreux, S.A. |
| Otras condiciones: | Las acciones propias se comprarán respetando en todo caso las condiciones y los límites establecidos en los Reglamentos. En particular, no podrán comprarse en cualquier día de negociación más del 25% del volumen diario medio de las acciones en el centro de negociación donde se efectúe la compra, siendo el |
volumen diario medio de cada centro de negociación el correspondiente a los veinte días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.
Las operaciones de compra de acciones realizadas, así como la interrupción o finalización de la ejecución del Primer Segmento, serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y a las autoridades correspondientes de acuerdo con los Reglamentos.
Madrid, 16 de marzo de 2022
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