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B-GAMING SA M&A Activity 2012

Dec 5, 2012

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Acta de Comisión Fiscalizadora N° 31

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 5 días del mes de diciembre de 2012, a las 17.30 horas, se reúnen en la sede social sita en la calle Aristóbulo del Valle 1257, los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Boldt Gaming S.A. (en adelante, la “Sociedad”) cuyas firmas obran al pie, Dres. Osvaldo Norberto Siciliano, Matías Eduardo Carballo y Enrique Ernesto Aldazabal.

La presente reunión tiene por objeto dictaminar y emitir el correspondiente informe, en lo que resulta materia de la competencia de este órgano, sobre el texto del prospecto explicativo (en adelante, el “Prospecto Explicativo”) de la oferta pública de adquisición (en adelante, la “OPA”) que formulará la Sociedad en el contexto del retiro voluntario de las acciones del régimen de la oferta pública, el que deberá estar redactado de acuerdo con lo previsto en el inciso a.2) del Art. 3 del Cap. XXVII de las Normas de la CNV y comprender la información detallada en el Anexo V del Cap. VIII “Prospecto” de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (en adelante, la “CNV”).

Señala el Sr. Siciliano que el Prospecto Explicativo ha sido aprobado tanto por el Directorio de la Sociedad (quien solicitó a su vez el informe con opinión de esta Comisión Fiscalizadora) como por el Comité de Auditora, y que ejemplares de dicho Prospecto Explicativo han sido distribuidos a los Sres. Síndicos con anterioridad a la presente reunión.

En este estado de cosas, corresponde que la Comisión Fiscalizadora se expida, en atención a lo preceptuado por inciso b) del Art. 8 del Cap. X de las Normas de la CNV, en lo que es materia de su competencia, sobre el Prospecto Explicativo.

Toma la palabra el Sr. Matías Eduardo Carballo para señalar que un representante de la Comisión Fiscalizadora ha presenciado la reunión de Directorio del día de la fecha en la que se aprobó el texto del Prospecto Explicativo, y que todos sus miembros han tenido acceso al Prospecto Explicativo, advirtiéndose -en lo que resulta competencia de este órgano- que el contenido del documento cumple con lo exigido por las normas del Anexo V del Cap. VIII “Prospecto” de las Normas de la CNV relativas a los prospectos de una oferta pública de adquisición y que, asimismo, y en lo que resulta competencia de esta Comisión, dicho documento incluye aquella otra información que resulta menester informarse en el contexto de una operación de las características de la OPA de retiro.

En mérito de ello, y considerando los deberes y atribuciones de esta Sindicatura conforme lo indicado por el Art. 294 de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550 y sus modificaciones, las normas del Decreto de Transparencia N° 677/2001 y las Normas de la CNV considera que, en lo que es materia de su competencia, en relación con al Prospecto Explicativo, no hay observaciones que formular, lo que así mociona.

Sometida la moción a consideración de los miembros de la Comisión Fiscalizadora, y luego de un amplio intercambio de ideas y opiniones, se resuelve finalmente, por unanimidad, manifestar que esta Comisión Fiscalizadora no encuentra observaciones para realizar en relación a la información acerca de la Sociedad incluida en el Prospecto Explicativo.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 17.50 hs.

Osvaldo Norberto Siciliano Matías Eduardo Carballo Enrique Ernesto Aldazabal

Síndico Titular Síndico Titular Síndico Titular