Pre-Annual General Meeting Information • Apr 8, 2025
Pre-Annual General Meeting Information
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Comisión Nacional del Mercado de Valores C/Edison, 4 28006 Madrid
AYCO GRUPO INMOBILIARIO, S.A. (Ayco o la Sociedad), domiciliada en Madrid, Calle Almagro nº14, 5ª planta, con CIF A28004240, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 1274, folio 73, hoja M-23954, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Mercado de Valores, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente comunicación relativa a
En virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de AYCO GRUPO INMOBILIARIO, S.A., en su sesión celebrada el 4 de abril de 2025, se ha decidido modificar la convocatoria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, inicialmente prevista para el día 22 de abril de 2025 a las 12:00 horas. En su lugar, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que se celebrará el próximo 9 de mayo de 2025, a las 12:00 horas, en el domicilio social sito en Madrid, en la calle Almagro, número 14, 5ª planta. En caso de no alcanzarse el quórum necesario, la Junta se celebrará en segunda convocatoria el día 12 de mayo de 2025, en el mismo lugar y a la misma hora. Se acompaña a estos efectos la Convocatoria de la Junta y las Propuestas de Acuerdos que se someterán a la aprobación de la citada Junta.
Toda la documentación de esta Junta se encontrará a disposición de los señores accionistas y en la página web de la sociedad, www.ayco.es, desde el mismo día de la publicación de la convocatoria.
Madrid, 8 de abril de 2025
El Vicesecretario del Consejo de Administración Daniel Villar Valero
En virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de AYCO GRUPO INMOBILIARIO, S.A., en su sesión celebrada el 4 de abril de 2025, se ha decidido modificar la convocatoria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, inicialmente prevista para el día 22 de abril de 2025 a las 12:00 horas. En su lugar, se convoca a los señores accionistas de la Sociedad a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el próximo 9 de mayo de 2025, a las 12:00 horas, en el domicilio social sito en Madrid, en la calle Almagro, número 14, 5ª planta. En caso de no alcanzarse el quórum necesario, la Junta se celebrará en segunda convocatoria el día 12 de mayo de 2025, en el mismo lugar y a la misma hora.
Primero. Ratificación y nombramiento de D. José María de Arcas Castro como Consejero de la Sociedad.
Segundo. Nombramiento de D. Eric Bergasa López como Consejero de la Sociedad.
Tercero. Autorización al Consejo de Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital, para aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias hasta la mitad de la cifra del capital social, dentro del plazo máximo de 5 años, en una o varias veces, y en la oportunidad y cuantía que considere adecuadas. Dentro de la cuantía máxima indicada, se atribuye al Consejo de Administración la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente hasta un máximo del 20% del capital social.
Cuarto. Autorización al Consejo de Administración para emitir, en nombre de la Sociedad y en una o varias ocasiones, y por un plazo máximo de 5 años, obligaciones convertibles en nuevas acciones de la Sociedad u otros valores análogos que puedan dar derecho, directa o indirectamente, a la suscripción de acciones de la Sociedad, con expresa atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas hasta un máximo del 20% del capital social, así como de aumentar el capital en la cuantía necesaria para atender la conversión. Fijación de los criterios para determinar las bases y modalidades de la conversión.
Quinto. Autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias.
Sexto. Ruegos y preguntas.
Séptimo. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de reunión extraordinaria.
DERECHO DE INFORMACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la fecha del anuncio de la presente convocatoria, cualquier accionista tiene derecho a examinar y obtener en el nuevo domicilio social de la Sociedad, sito en la calle Almagro nº 14, 5ª planta, Madrid, o a solicitar a ésta que le sean remitidos, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta General y, en especial, los siguientes documentos:
Todos los documentos citados anteriormente serán accesibles a través de las páginas web de la Sociedad (www.ayco.es).
Asimismo, desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta General y hasta la celebración de la misma, la Sociedad publicará ininterrumpidamente en su página web la información a la que se refiere el artículo 518 de la Ley de Sociedades de Capital.
Hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta General, los accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular las preguntas que estimen pertinentes, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por AYCO GRUPO INMOBILIARIO, S.A. a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde el día 17 de junio de 2024, fecha de celebración de la última Junta General..
COMPLEMENTO DE LA CONVOCATORIA Y PROPUESTAS DE ACUERDO: De acuerdo con el artículo 519 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la vigente Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen, al menos el tres por ciento (3%) del capital social, podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social, sito en la calle Almagro nº 14, 5ª planta, Madrid, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la presente convocatoria.
DERECHO DE ASISTENCIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de los estatutos sociales, para la asistencia a la Junta General será indispensable la posesión, como mínimo de cincuenta acciones. Los poseedores de menos de cincuenta acciones podrán agruparse a nombre de uno de ellos para la asistencia a la Junta General. Será requisito necesario para que cada socio pueda asistir a la Junta General el haber inscrito sus acciones en los registros correspondientes con cinco días de antelación a aquel en el que haya de celebrarse la Junta General.
DERECHO DE REPRESENTACIÓN: Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista; la representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para la presente Junta sin requerirse formularios especiales, salvo que se trate del cónyuge, ascendiente o descendiente de representado o cuando el representante ostente poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonio que el accionista representado tuviere en territorio nacional.
La delegación de voto podrá ser remitida por vía electrónica a la siguiente dirección de correo: [email protected]. Una vez recibida la misma la sociedad enviará acuse de recibo.
La emisión del voto podrá ejercitarse directamente por el accionista mediante correspondencia postal, electrónica, videoconferencia o cualquier otro medio de comunicación a distancia siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto con antelación a la celebración de la Junta General
Madrid, 7 de abril de 2025
El Vicesecretario del Consejo de Administración,
Daniel Villar Valero.
PROPUESTAS DE ACUERDOS QUE SE SOMETE A LA APROBACIÓN DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE AYCO GRUPO INMOBILIARIO, S.A. (LA "SOCIEDAD"), QUE SE CELEBRARÁ EN MADRID, EN EL DOMICILIO SOCIAL DE LA SOCIEDAD, SITO EN LA CALLE ALMAGRO, NÚMERO 14, 5ª PLANTA, A LAS 12,00 HORAS DEL DÍA 9 DE MAYO DE 2025, EN PRIMERA CONVOCATORIA, O EL DÍA 12 DE MAYO DE 2025.
Previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se propone ratificar el nombramiento y nombrar a D. José María de Arcas Castro miembro del Consejo de Administración de la Sociedad por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo con la categoría de "consejero ejecutivo".
Esta propuesta cuenta con el informe justificativo del Consejo de Administración preceptivo en los términos del artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital que ha sido puesto a disposición de los accionistas con ocasión de la convocatoria de esta Junta General junto con el informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se propone nombrar a D. Eric Bergasa López como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo con la categoría de "consejero ejecutivo".
Esta propuesta cuenta con el informe justificativo del Consejo de Administración preceptivo en los términos del artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital que ha sido puesto a disposición de los accionistas con ocasión de la convocatoria de esta Junta General junto con el informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Tercero. Autorización al Consejo de Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital, para aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias hasta la mitad de la cifra del capital social, dentro del plazo máximo de 5 años, en una o varias veces, y en la oportunidad y cuantía que considere adecuadas. Dentro de la cuantía máxima indicada, se atribuye al Consejo de Administración la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente hasta un máximo del 20% del capital social.

Se propone autorizar al Consejo de Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital, para que, dentro del plazo máximo de cinco años, pueda acordar, en una o varias ocasiones, aumentos del capital social mediante aportaciones dinerarias, hasta un importe conjunto máximo equivalente a la mitad del capital social en el momento de la presente autorización, en la cuantía y en el momento que estime oportunos.
Asimismo, dentro del citado límite máximo, se propone autorizar al Consejo de Administración para que, de conformidad con lo previsto en el artículo 506 de la misma Ley, pueda excluir el derecho de suscripción preferente en relación con los aumentos de capital que acuerde en uso de esta autorización, hasta un máximo del 20% del capital social en el momento de la presente autorización.
Por último, se propone facultar al Consejo de Administración de la Sociedad, con toda la amplitud que se requiera en Derecho y con expresas facultades de sustitución en el Presidente del Consejo, en el Consejero Delegado y en el Vicesecretario del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, indistintamente y con su sola firma, pueda realizar todas las actuaciones necesarias o convenientes para la ejecución del presente acuerdo.
Cuarto. Autorización al Consejo de Administración para emitir, en nombre de la Sociedad y en una o varias ocasiones, y por un plazo máximo de 5 años, obligaciones convertibles en nuevas acciones de la Sociedad u otros valores análogos que puedan dar derecho, directa o indirectamente, a la suscripción de acciones de la Sociedad, con expresa atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas hasta un máximo del 20% del capital social, así como de aumentar el capital en la cuantía necesaria para atender la conversión. Fijación de los criterios para determinar las bases y modalidades de la conversión.
Se propone autorizar al Consejo de Administración para que, en nombre de la Sociedad y por un plazo máximo de cinco años, pueda emitir, en una o varias ocasiones, obligaciones convertibles en acciones de la Sociedad u otros valores análogos que puedan otorgar, directa o indirectamente, derecho a la suscripción de acciones.
El importe máximo de la emisión o emisiones de los valores, que puedan realizarse al amparo de la presente delegación no podrá exceder en un importe conjunto de (€ 7.000.000 ) siete millones de euros o su equivalente en otra divisa.
Dentro del marco de esta autorización, se propone atribuir expresamente al Consejo de Administración la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas, de conformidad con lo previsto en el artículo 511 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 417 del mismo cuerpo legal, hasta un límite máximo del 20% del capital social en el momento de la presente autorización.
Asimismo, se propone facultar al Consejo de Administración para aumentar el capital social en la cuantía necesaria para atender la conversión de los valores emitidos, así como para fijar los criterios que habrán de regir las bases y modalidades de dicha conversión.
Por último, se propone facultar al Consejo de Administración de la Sociedad, con toda la amplitud que se requiera en Derecho y con expresas facultades de sustitución en el Presidente del Consejo, en el Consejero Delegado y en el Vicesecretario del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, indistintamente y con su sola firma, pueda realizar todas las actuaciones necesarias o convenientes para la ejecución del presente acuerdo.
Se propone autorizar al Consejo de Administración, con la amplitud que sea necesaria y al amparo de lo previsto en los artículos 146 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, para que pueda proceder, directa o indirectamente, a la adquisición derivativa de acciones propias de la Sociedad, mediante compraventa o por cualquier otro título inter vivos, en una o varias veces, dentro del plazo máximo de cinco años, y hasta el límite legal permitido en cada momento. El precio mínimo por la adquisición será de 0,01 euros por acción y el precio máximo por la adquisición será el valor de cotización de las acciones propias en el momento de la adquisición con un incremento máximo de un 15%. Esta autorización se concede con la finalidad de disponer de acciones propias para su amortización, entrega a empleados o directivos, cumplimiento de programas retributivos, o cualquier otro fin admitido por la normativa aplicable.
Por último, se propone facultar al Consejo de Administración de la Sociedad, con toda la amplitud que se requiera en Derecho y con expresas facultades de sustitución en el Presidente del Consejo, en el Consejero Delegado y en el Vicesecretario del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, indistintamente y con su sola firma, pueda realizar todas las actuaciones necesarias o convenientes para la ejecución del presente acuerdo.
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