
Comisión Nacional del Mercado de Valores C/Edison, 4 28006 Madrid
AYCO GRUPO INMOBILIARIO, S.A. (Ayco o la Sociedad), domiciliada en Madrid, Calle Almagro nº14, 5ª planta, con CIF A28004240, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 1274, folio 73, hoja M-23954, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 226 del Texto Refundido de la Ley de Mercado de Valores, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente comunicación relativa a
OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
Se adjunta el texto de los acuerdos adoptados por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Banco Ayco, que se ha celebrado el día 9 de mayo de 2025.
Madrid, 20 de mayo de 2025
El Vicesecretario del Consejo de Administración Daniel Villar Valero

JUNTA ORDINARIA
ACUERDOS SOBRE EL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. Ratificación y nombramiento de D. José María de Arcas Castro como Consejero de la Sociedad.
Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, la ratificación y nombramiento de D. José María de Arcas Castro como Consejero Ejecutivo de AYCO GRUPO INMOBILIARIO, S.A., por el plazo estatutario de cuatro años.
ACUERDOS SOBRE EL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. Nombramiento de D. Eric Bergasa López como Consejero de la Sociedad.
Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, el nombramiento de D. Eric Bergasa López como Consejero Ejecutivo de AYCO GRUPO INMOBILIARIO, S.A., por el plazo estatutario de cuatro años.
ACUERDOS SOBRE EL TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. Autorización al Consejo de Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital, para aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias hasta la mitad de la cifra del capital social, dentro del plazo máximo de 5 años, en una o varias veces, y en la oportunidad y cuantía que considere adecuadas. Dentro de la cuantía máxima indicada, se atribuye al Consejo de Administración la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente hasta un máximo del 20% del capital social.
Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, la autorización al Consejo de Administración para aumentar el capital social en los términos y condiciones indicados, incluyendo la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente hasta un máximo del 20%.
ACUERDOS SOBRE EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. Autorización al Consejo de Administración para emitir, en nombre de la Sociedad y en una o varias ocasiones, y por un plazo máximo de 5 años, obligaciones convertibles en nuevas acciones de la Sociedad u otros valores análogos que puedan dar derecho, directa o indirectamente, a la suscripción de acciones de la Sociedad, con expresa atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas hasta un máximo del 20% del capital social, así como de aumentar el capital en la cuantía necesaria para atender la conversión. Fijación de los criterios para determinar las bases y modalidades de la conversión.
Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, la autorización al Consejo de Administración para emitir obligaciones convertibles u otros valores análogos, con facultad para excluir el derecho de suscripción preferente hasta un máximo del 20%, así como para fijar las bases y modalidades de conversión y aumentar el capital en lo necesario.
ACUERDOS SOBRE EL QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. Autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias.
Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, la autorización al Consejo de Administración para proceder a la adquisición derivativa de acciones propias, directamente o a través de sociedades del grupo, hasta un máximo del 5% del capital social, con posibilidad de dejar sin efecto anteriores autorizaciones.
ACUERDOS SOBRE EL SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. Ruegos y preguntas.
No se formulan ruegos ni preguntas.
ACUERDOS SOBRE EL SÉPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de reunión extraordinaria.
Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, el acta de la Junta.