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Audax Renovables S.A. — Remuneration Information 2018
Feb 25, 2018
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Remuneration Information
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ANEXO 1
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR
FECHA FIN DEL EJERCICIO DE REFERENCIA 31/12/2017
C.I.F. A62338827
DENOMINACIÓN SOCIAL
AUDAX RENOVABLES, S.A.
DOMICILIO SOCIAL
AVENIDA NAVARRA, 14 (BADALONA) BARCELONA
MODELO DE INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
A POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LA SOCIEDAD PARA EL AÑO EN CURSO
- A.1 Explique la política de remuneraciones de la Sociedad. Dentro de este epígrafe se incluirá información sobre:
- Principios y fundamentos generales de la política de remuneraciones.
- Cambios más significativos realizados en la política de remuneraciones respecto a la aplicada durante el ejercicio anterior, así como las modificaciones que se hayan realizado durante el año de las condiciones de ejercicio de opciones ya concedidas.
- Criterios utilizados y composición de los grupos de empresas comparables cuyas políticas de remuneración se hayan examinado para establecer la política de remuneración de la sociedad.
- Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos y criterios seguidos para determinar los distintos componentes del paquete retributivo de los consejeros (mix retributivo).
Explique la política de remuneraciones
La política de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad se basa en los principios de autonomía privada y de transparencia y sigue las directrices establecidas en la política de retribuciones de los consejeros aprobada mediante acuerdo de la Junta General ordinaria de accionistas celebrada el pasado 29 de junio de 2017 a propuesta del Consejo de Administración y de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
De acuerdo con lo anterior, la política y estructura de retribución de los consejeros de Audax Renovables (que ha sufrido cambios respecto a la aplicada durante el ejercicio anterior con el objetivo de adecuar la retribución de los consejeros a la situación económica actual y a la política de retribuciones del grupo aprobada en virtud de acuerdo de la Junta General de accionistas de la Sociedad de fecha 29 de junio de 2017) se ajusta a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 18 de los estatutos de la sociedad, que establece lo siguiente:
"El cargo de consejero de la Sociedad, en su condición de tal, será retribuido.
El sistema de remuneración y los conceptos retributivos a percibir por los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, será el de dietas de asistencia para las que el consejo de administración, dentro de los límites establecidos por la junta general, deberá efectuar la determinación concreta de las mismas.
El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, deberá ser aprobado por la junta general y permanecerá vigente en tanto no se apruebe su modificación. Salvo que la junta general determine otra cosa, la distribución entre los distintos consejeros se establecerá por acuerdo de éstos que deberá tomar en consideración las funciones y responsabilidades atribuidas a cada consejero."
La política retributiva de la Sociedad pretende remunerar la dedicación, cualificación y responsabilidad que exige el desempeño del cargo de consejero, sin que ésta comprometa su independencia, respondiendo la misma a la asistencia a los consejos presenciales. La retribución remunera el desempeño de sus funciones, ya sean ejercidas de forma individual o colegiadamente, así como la supervisión y responsabilidad que requiere el cargo.
La política retributiva de la sociedad para el ejercicio 2018 y sucesivos será aplicada de conformidad con lo establecido en el presente informe anual sobre remuneraciones, si bien la Comisión de Nombramientos y Retribuciones seguirá revisando la política de retribuciones de la Sociedad a fin de asegurar que ésta se adapta a las modificaciones legislativas y del Código Unificado de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas que puedan aprobarse durante el presente ejercicio y sucesivos, así como a las necesidades e intereses de la Sociedad.
A.2 Información sobre los trabajos preparatorios y el proceso de toma de decisiones que se haya seguido para determinar la política de remuneración y papel desempeñado, en su caso, por la Comisión de Retribuciones y otros órganos de control en la configuración de la política
de remuneraciones. Esta información incluirá, en su caso, el mandato y la composición de la Comisión de Retribuciones y la identidad de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado para definir la política retributiva. Igualmente se expresará el carácter de los consejeros que, en su caso, hayan intervenido en la definición de la política retributiva.
Explique el proceso para determinar la política de remuneraciones
El presente informe anual sobre remuneraciones ha sido emitido por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones en su reunión de fecha 23 de febrero de 2018, habiendo sido posteriormente aprobado por el Consejo de Administración en su reunión de la misma fecha.
Para la elaboración del presente informe anual por parte de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones se ha tomado como la política de retribuciones de los consejeros aprobada mediante acuerdo de la Junta General ordinaria de accionistas celebrada el pasado 29 de junio de 2017 a propuesta del Consejo de Administración y de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, encargada de emitir el presente informe, está formada por D. Pedro Luis Fernández Pérez (presidente, independiente), D. Josep Maria Echarri Torres (independiente) y D. Rafel Garcés Beramendi (dominical). La sociedad no ha contado con asesores externos para definir la política retributiva.
Por otra parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 541.4 de la Ley de Sociedades de Capital, el presente informe se difundirá y someterá a votación, como punto separado del orden del día, a la Junta General ordinaria de accionistas.
A.3 Indique el importe y la naturaleza de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las retribuciones por el desempeño de funciones de la alta dirección de los consejeros ejecutivos, de la remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del consejo, de las dietas por participación en el consejo y sus comisiones u otras retribuciones fijas como consejero, así como una estimación de la retribución fija anual a la que den origen. Identifique otros beneficios que no sean satisfechos en efectivo y los parámetros fundamentales por los que se otorgan.
Explique los componentes fijos de la remuneración
Se señalan a continuación los componentes fijos de la remuneración de los consejeros por las distintas funciones desempeñadas:
a. Retribución por la función de mero consejero:
Dietas por asistencia al Consejo (consejeros independientes y dominicales): 4.500 € por sesión asistida presencialmente.
b. Retribución por su función en las comisiones delegadas:
Comisión Ejecutiva: Pertenencia a la Comisión (consejeros independientes y dominicales): 0 €
Comisión de Auditoría: Pertenencia a la Comisión (consejeros independientes y dominicales): 0 €
Comisión de Nombramientos y Retribuciones: Pertenencia a la Comisión (consejeros independientes y dominicales): 0 €
Se hace constar que, debido a la coyuntura económica actual, D. Francisco José Elías Navarro, D. Eduardo Romeu Barceló y D. Rafael Garcés Beramendi han renunciado totalmente a la remuneración aplicable al presente ejercicio 2018.
A.4 Explique el importe, la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos.
En particular:
-
Identifique cada uno de los planes retributivos de los que los consejeros sean beneficiarios, su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, periodo de vigencia así como sus principales características. En el caso de planes de opciones sobre acciones y otros instrumentos financieros, las características generales del plan incluirán información sobre las condiciones de ejercicio de dichas opciones o instrumentos financieros para cada plan.
-
Indique cualquier remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, y la razón por la que se otorgaron.
- Explique los parámetros fundamentales y fundamento de cualquier sistema de primas anules (bonus).
- Las clases de consejeros (consejeros ejecutivos, consejeros externos dominicales, consejeros externos independientes u otros consejeros externos) que son beneficiarios de sistemas retributivos o planes que incorporan una retribución variable.
- El fundamento de dichos sistemas de retribución variable o planes, los criterios de evaluación del desempeño elegidos, así como los componentes y métodos de evaluación para determinar si se han cumplido o no dichos criterios de evaluación y una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que daría origen el plan retributivo vigente, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.
- En su caso, se informará sobre los periodos de diferimiento o aplazamiento de pago que se hayan establecido y/o los periodos de retención de acciones u otros instrumentos financieros si existieran.
Explique los componentes variables de los sistemas retributivos
Durante el ejercicio social 2017, la Sociedad ha modificado su régimen estatutario de remuneración de los administradores. En este sentido, hasta el 29 de junio de 2017, el artículo 18 de los estatutos sociales de la Sociedad tenía la redacción siguiente:
"La retribución anual de los consejeros, por su condición de miembros del Consejo de Administración de la sociedad, se fija en un ocho por ciento (8%) sobre los beneficios líquidos, que sólo podrán percibir después de cubiertas las atenciones a reserva y a dividendo que la ley determina. El Consejo de Administración distribuirá entre sus miembros esta participación, en la forma y cuantía que considere oportuno acordar de conformidad con la política de remuneraciones de los consejeros aprobada en cada momento por la Junta General de Accionistas, haciéndose constar esta información en la documentación que deba elaborar el Consejo de Administración a este respecto de conformidad con la legislación aplicable en cada momento.
Sin perjuicio de lo anterior, los consejeros percibirán además una retribución que se establece en una cantidad fija en función de los cargos asumidos (consejero, Presidente del Consejo, miembro de alguna de las Comisiones Delegadas), así como las dietas que en su caso se determinen. Dicha retribución fija y las dietas que correspondan serán aprobadas para cada año por la Junta General.
Las retribuciones previstas en los apartados precedentes, derivadas de la pertenencia al Consejo de Administración, serán compatibles con las demás percepciones profesionales o laborales que correspondan a los consejeros por cualesquiera otras funciones ejecutivas o de asesoramiento que, en su caso, desempeñen para la sociedad distintas de las de supervisión y decisión colegiada propias de su condición de consejeros, las cuales se someterán al régimen legal que les fuere aplicable y, si se le atribuyen funciones ejecutivas, al contrato celebrado a tal efecto entre el consejero y la sociedad.
Dicho contrato se ajustará a la política de remuneraciones de los consejeros a aprobar por la Junta General, y contemplará la cuantía de la retribución fija anual, de la retribución variable anual y cualquier retribución variable plurianual, incluyendo los parámetros para su devengo, así como las eventuales indemnizaciones por extinción del contrato, siempre y cuando el cese no estuviese motivado por el incumplimiento de sus funciones de administrador, así como los eventuales compromisos de la sociedad de abonar cantidades en concepto de primas de seguro o de contribuciones a sistemas de ahorro o previsión.
Corresponde al Consejo de Administración fijar la retribución de los consejeros por el desempeño de las funciones ejecutivas y aprobar, con la mayoría legalmente exigible, los contratos de los consejeros ejecutivos con la sociedad, que deberán ajustarse a la política de remuneraciones aprobada por la Junta General."
Sin perjuicio de lo anterior, se hace constar que la participación en beneficios prevista en el primer párrafo del citado artículo no se ha abonado a ninguno de los consejeros de la Sociedad, por no concurrir los requisitos exigidos por el propio precepto para ello.
Tras la modificación del sistema de remuneración de los consejeros aprobada por la Junta General de accionistas con fecha 29 de junio de 2017, la única retribución que actualmente perciben los consejeros es la recogida en la redacción vigente del artículo 18 de los estatutos de la Sociedad, que tiene el tenor literal que se indica a continuación y no recoge ningún componente variable:
"El cargo de consejero de la Sociedad, en su condición de tal, será retribuido.
El sistema de remuneración y los conceptos retributivos a percibir por los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, será el de dietas de asistencia para las que el consejo de administración, dentro de los límites establecidos por la junta general, deberá efectuar la determinación concreta de las mismas.
El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, deberá ser aprobado por la junta general y permanecerá vigente en tanto no se apruebe su modificación. Salvo que la junta general determine otra cosa, la distribución entre los distintos consejeros se establecerá por acuerdo de éstos que deberá tomar en consideración las funciones y responsabilidades atribuidas a cada consejero."
A.5 Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, financiados parcial o totalmente por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, con una estimación de su importe o coste anual equivalente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
Indique también las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida.
| Explique los sistemas de ahorro a largo plazo | |||
|---|---|---|---|
| N/A |
A.6 Indique cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de las funciones como consejero.
Explique las indemnizaciones
No existe ninguna indemnización pactada o pagada en caso de terminación de las funciones como consejero.
A.7 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual.
Explique las condiciones de los contratos de los consejeros ejecutivos
N/A
A.8 Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
Explique las remuneraciones suplementarias
N/A
A.9 Indique cualquier retribución en forma de anticipos, créditos y garantías concedidos, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
| Explique los anticipos, créditos y garantías concedidos | |
|---|---|
| N/A |
A.10 Explique las principales características de las remuneraciones en especie.
| Explique las remuneraciones en especie | |
|---|---|
| N/A |
A.11 Indique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tenga como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
Explique las remuneración devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero N/A
A.12 Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualesquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.
Explique los otros conceptos retributivos
N/A
A.13 Explique las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a: medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, medidas que establezcan un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, fórmulas o cláusulas de recobro para poder reclamar la devolución de los componentes variables de la remuneración basados en los resultados cuando tales componentes se hayan pagado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta y medidas previstas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Explique los acciones adoptadas para reducir los riesgos
Este régimen de retribución minimiza los riesgos asociados a los sistemas de remuneración variable y permite atender a los resultados a largo plazo de la Sociedad. Asimismo, el sistema de dietas de asistencia incentiva la dedicación, cualificación y responsabilidad de los consejeros en el desempeño de sus funciones, ya que es una exigencia de primer
Con la modificación del régimen estatutario de remuneración de los administradores aprobada por la Junta General ordinaria de accionistas de la Sociedad de 29 de junio de 2017, se suprimió el anterior régimen de retribución, que incluía una parte fija y una variable, y se aprobó un sistema consistente en dietas de asistencia, en cuya virtud los consejeros de la Sociedad podrán percibir dietas por la asistencia a las sesiones del Consejo de Administración, dentro del límite aprobado por la Junta General y de su distribución por el Consejo de Administración de acuerdo con los criterios establecidos en la Política de Retribuciones de los Consejeros de la Sociedad.
orden su compromiso y disponibilidad. De este modo, la retribución reconoce y premia la asistencia y participación de los consejeros en las sesiones del Consejo de Administración.
Lo anterior, con el fin de adecuar la política retributiva a la situación de la Sociedad y a las políticas retributivas del grupo Audax en el que está integrado la Sociedad.
En cuanto a los conflictos de interés, el artículo 16.1 del Reglamento del Consejo de Administración de la sociedad establece lo siguiente:
"Los consejeros deberán desempeñar el cargo con la lealtad de un fiel representante, obrando de buena fe y en el mejor interés de la Sociedad. En particular, el deber de lealtad obliga al consejero a: (...) (iii) Abstenerse de participar en la deliberación y votación de acuerdos o decisiones en las que él o una persona vinculada tenga un conflicto de intereses, directo o indirecto. Se excluirán de esta obligación de abstención los acuerdos o decisiones que le afecten en su condición de consejero, tales como su designación o revocación para cargos en el órgano de administración u otros de análogo significado. (iv) Desempeñar sus funciones bajo el principio de responsabilidad personal con libertad de criterio o juicio e independencia respecto de instrucciones y vinculaciones de terceros. (v) Adoptar las medidas necesarias para evitar incurrir en situaciones en las que sus intereses, sean por cuenta propia o ajena, puedan entrar en conflicto con el interés social y con sus deberes para con la Sociedad."
El punto (v) anterior se desarrolla en el artículo 16.2 del referido reglamento, el cual a su vez desarrolla lo dispuesto en el artículo 229 de la Ley de Sociedades de Capital.
B POLITICA DE REMUNERACIONES PREVISTA PARA EJERCICIOS FUTUROS
Derogado.
C RESUMEN GLOBAL DE CÓMO SE APLICÓ LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DURANTE EL EJERCICIO CERRADO
C.1 Explique de forma resumida las principales características de la estructura y conceptos retributivos de la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio cerrado, que da lugar al detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros que se reflejan en la sección D del presente informe, así como un resumen de las decisiones tomadas por el consejo para la aplicación de dichos conceptos.
Explique la estructura y conceptos retributivos de política de retribuciones aplicada durante el ejercicio
Con la finalidad de adaptar la remuneración de los consejeros a la situación económica general y a la política del grupo, como se ha señalado anteriormente, la Junta General ordinaria de accionistas de la Sociedad celebrada el 29 de junio de 2017 aprobó un régimen de remuneración de los consejeros consistente en el sistema de dietas de asistencia que, dentro de los límites establecidos por la Junta General, serán fijadas por el Consejo de Administración para cada ejercicio.
De este modo, el importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, deberá ser aprobado por la Junta General y permanecerá vigente en tanto no se apruebe su modificación. Salvo que la junta general determine otra cosa, la distribución entre los distintos consejeros se establecerá por acuerdo de éstos que deberá tomar en consideración las funciones y responsabilidades atribuidas a cada consejero.
En particular, la retribución de los consejeros se determinará sobre la base de su asistencia presencial a las reuniones del Consejo de Administración de la Sociedad y estará compuesta únicamente por dietas de asistencia presencial al Consejo de Administración por un importe de 4.500 euros por sesión, con un límite de 31.500 euros al año.
Se deja constancia de que D. Francisco José Elías Navarro, D. Eduardo Romeu Barceló y D. Rafael Garcés Beramendi renunciaron totalmente a la remuneración aplicable.
Hasta la aprobación de la nueva política retributiva por parte de la Junta General de accionistas resultaba de aplicación el sistema de retribución recogido en la anterior redacción del artículo 18 de los estatutos sociales de la Sociedad, que preveía el devengo de una retribución variable en atención a los beneficios líquidos de la Sociedad, si bien la totalidad de los consejeros de la Sociedad renunciaron (total o parcialmente, según el caso), a las remuneraciones aplicables hasta ese momento a la espera de la aprobación de una nueva estructura de retribución para los ejercicios sucesivos, que es la que fue aprobada por la Junta General de accionistas el 29 de junio de 2017 y se ha mencionado anteriormente.
D DETALLE DE LAS RETRIBUCIONES INDIVIDUALES DEVENGADAS POR CADA UNO DE LOS CONSEJEROS
| Nombre | Tipología | Período de devengo ejercicio 2017 |
|---|---|---|
| FRANCISCO JOSÉ ELÍAS NAVARRO | Dominical | Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017. |
| EDUARD ROMEU BARCELÓ | Dominical | Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017. |
| EMILIO MORALEDA MARTÍNEZ | Dominical | Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017. |
| RAFAEL GARCÉS BERAMENDI | Dominical | Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017. |
| JOSEP MARIA ECHARRI TORRES | Independiente | Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017. |
| RAMIRO MARTÍNEZ-PARDO DEL VALLE | Dominical | Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017. |
| PEDRO LUIS FERNÁNDEZ PÉREZ | Independiente | Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017. |
D.1 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
a) Retribuciones devengadas en la sociedad objeto del presente informe:
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2017 |
Total año 2016 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| FRANCISCO JOSÉ ELÍAS NAVARRO | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| RAFAEL GARCÉS BERAMENDI | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| EDUARD ROMEU BARCELÓ | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JOSEP MARIA ECHARRI TORRES | 0 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 18 | 0 |
| PEDRO LUIS FERNÁNDEZ PÉREZ | 0 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 18 | 5 |
| EMILIO MORALEDA MARTÍNEZ | 0 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 18 | 9 |
| RAMIRO MARTÍNEZ-PARDO DEL VALLE | 0 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 18 | 9 |
- ii) Sistemas de retribución basados en acciones
- iii) Sistemas de ahorro a largo plazo
b) Retribuciones devengadas por los consejeros de la sociedad por su pertenencia a consejos en otras sociedades del grupo:
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2017 |
Total año 2016 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| EMILIO MORALEDA MARTÍNEZ | 0 | 8 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8 | 12 |
| RAMIRO MARTÍNEZ-PARDO DEL VALLE | 0 | 8 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8 | 12 |
| EDUARD ROMEU BARCELÓ | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| FRANCISCO JOSÉ ELÍAS NAVARRO | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| RAFAEL GARCÉS BERAMENDI | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
ii) Sistemas de retribución basados en acciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
En el caso de los Sistemas de Ahorro a largo plazo, se incluirán las aportaciones o dotaciones realizadas a este tipo de sistemas:
| Nombre | Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | Totales | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Total Retribución metálico |
Importe de las acciones otorgadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2017 sociedad |
Total Retribución metálico |
Importe de las acciones entregadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2017 grupo |
Total ejercicio 2017 |
Total ejercicio 2016 |
Aportación al sistemas de ahorro durante el ejercicio |
|
| EMILIO MORALEDA MARTÍNEZ | 18 | 0 | 0 | 18 | 8 | 0 | 0 | 8 | 26 | 21 | 0 |
| RAMIRO MARTÍNEZ-PARDO DEL VALLE | 18 | 0 | 0 | 18 | 8 | 0 | 0 | 8 | 26 | 21 | 0 |
| PEDRO LUIS FERNÁNDEZ PÉREZ | 18 | 0 | 0 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 18 | 5 | 0 |
| JOSEP MARIA ECHARRI TORRES | 18 | 0 | 0 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 18 | 0 | 0 |
| TOTAL | 72 | 0 | 0 | 72 | 16 | 0 | 0 | 16 | 88 | 47 | 0 |
D.2 Informe sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros.
De acuerdo con lo expuesto anteriormente en el presente informe, hasta el 29 de julio de 2017, el artículo 18 de los estatutos sociales establecía lo siguiente:
"La retribución anual de los consejeros, por su condición de miembros del Consejo de Administración de la sociedad, se fija en un ocho por ciento (8%) sobre los beneficios líquidos, que sólo podrán percibir después de cubiertas las atenciones a reserva y a dividendo que la ley determina. El Consejo de Administración distribuirá entre sus miembros esta participación, en la forma y cuantía que considere oportuno acordar de conformidad con la política de remuneraciones de los consejeros aprobada en cada momento por la Junta General de Accionistas, haciéndose constar esta información en la documentación que deba elaborar el Consejo de Administración a este respecto de conformidad con la legislación aplicable en cada momento".
Los resultados de la sociedad no permitieron la distribución de la retribución variable prevista, con lo que tales resultados afectaban directamente a la retribución percibida por los administradores cada año.
No obstante lo anterior, con la modificación del artículo 18 de los estatutos sociales aprobada por la Junta General ordinaria de accionistas de la Sociedad de 29 de junio de 2017, el régimen de remuneración vigente es el sistema de dietas, por lo que las variaciones en el rendimiento de la Sociedad no pueden influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros.
D.3 Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido:
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos emitidos | 100.703.725 | 100,00% |
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos negativos | 6.233 | 0,01% |
| Votos a favor | 100.665.901 | 99,96% |
| Abstenciones | 31.591 | 0,03% |
E OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
N/A
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha 23/02/2018.
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
Sí No X