Pre-Annual General Meeting Information • Apr 23, 2020
Pre-Annual General Meeting Information
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El Consejo de Administración de la sociedad Applus Services, S.A. (en adelante, "Applus" o la "Sociedad") ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, a celebrar en primera convocatoria el día 28 de mayo de 2020 a las 12:00 horas y, en caso de no alcanzarse el quórum de asistencia necesario, en segunda convocatoria el día 29 de mayo de 2020 a las 12:00 horas, en ambos casos en el domicilio social, en la calle Campezo número 1, Parque Empresarial Las Mercedes, Edificio 3, Planta 4, 28022 Madrid, siendo válidas en segunda convocatoria las mismas tarjetas de asistencia expedidas para la primera convocatoria.
Se comunica a los Accionistas que es previsible que la Junta General Ordinaria de Accionistas se celebre en segunda convocatoria.
La Junta General Ordinaria de Accionistas se celebrará con arreglo al siguiente
| Primero.- | Examen y aprobación de las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión de Applus, así como de las Cuentas Anuales Consolidadas y el Informe de Gestión Consolidado de Applus y sus sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 |
|---|---|
| Segundo.- | Examen y aprobación del estado de información no financiera consolidada correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 |
| Tercero.- | Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado de Applus correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 |
| Cuarto.- | Aprobación de la gestión y actuación del Consejo de Administración de Applus durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 |
| Quinto.- | Reelección de Deloitte, S.L. como auditor de cuentas de la Sociedad y su grupo consolidado para el ejercicio 2020 |
| Sexto.- | Reelección de D. Nicolás Villén Jiménez como Consejero Independiente |
| Séptimo.- | Autorización, en su caso, al Consejo de Administración para la posible adquisición de acciones propias de la Sociedad, de conformidad con el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital |
| Octavo.- | Autorización al Consejo de Administración para aumentar el capital social durante un plazo de cinco años, con facultad de excluir el derecho de suscripción preferente, hasta un importe nominal máximo del 20% del capital social actual en caso de exclusión del mencionado derecho, de conformidad con lo previsto en los artículos 297.1.b) y 506 de la Ley de Sociedades de Capital |
| Noveno.- | Autorización al Consejo de Administración para emitir obligaciones o bonos |
| canjeables y/o convertibles en acciones de la Sociedad por un cantidad máxima | |
|---|---|
| de 300 millones de euros en el plazo de cinco años, con la facultad de excluir el | |
| derecho de suscripción preferente y de ampliar el capital social en la medida | |
| necesaria para la conversión, hasta un importe nominal máximo del 20% del |
|
| capital social actual en caso de exclusión del derecho de suscripción preferente | |
| en la emisión de las obligaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo | |
| 511 de la Ley de Sociedades de Capital | |
| Décimo.- | Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros correspondiente al ejercicio 2019 |
| Undécimo.- | Delegación de facultades para la formalización y ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas |
Ante la situación creada por la pandemia de COVID-19, en previsión de que en la fecha de celebración de la Junta General continuase vigente el estado de alarma establecido por el Real Decreto 463/2020 o las autoridades públicas adoptaran otras medidas que impidiesen la asistencia física a la Junta, y con objeto en cualquier caso de que los Accionistas puedan ejercitar sus derechos sin poner en riesgo su salud ni la de las demás personas involucradas en la organización y celebración de dicha Junta, el Consejo de Administración ha adoptado las siguientes medidas especiales en relación con esta Junta General:
telemáticamente en tiempo real y participar en la reunión de la Junta por medios de comunicación a distancia.
v. Por último, en el supuesto de que se prorrogue el actual estado de alarma hasta la fecha de celebración de la Junta General o las autoridades públicas adoptaran otras medidas que impidiesen la asistencia física a la misma, dicha Junta se celebraría por vía exclusivamente telemática, esto es, sin la asistencia física de los Accionistas y sus representantes ni de los consejeros. Los Accionistas serían informados de esta circunstancia mediante la publicación del correspondiente anuncio complementario a esta convocatoria, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.
Los Accionistas que representen, al menos, el tres por ciento (3%) del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad (Applus Services, S.A., calle Campezo número 1, Parque Empresarial Las Mercedes, Edificio 3, Planta 4, 28022 Madrid) dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria, con indicación de la identidad de los Accionistas que ejercitan el derecho y del número de acciones de que son titulares, así como de los puntos a incluir en el Orden del Día, acompañando la justificación o las propuestas de acuerdos justificadas de dichos puntos y, en su caso, cuanta otra documentación resulte procedente.
Asimismo, los Accionistas titulares de, al menos, el tres por ciento (3%) del capital social podrán presentar, mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria, propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día. Lo anterior se entiende sin perjuicio del derecho de cualquier accionista durante el desarrollo de la junta general a formular propuestas alternativas o sobre puntos que no precisen figurar incluidos en el orden del día en los términos previstos en la Ley de Sociedades de Capital.
De conformidad con el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con el artículo 101 del Reglamento del Registro Mercantil y los artículos 7.5. y 13.5. del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración ha requerido la presencia de un Notario para que levante Acta de la reunión de la Junta General.
De acuerdo con los artículos 15 y 17 de los Estatutos Sociales y 7.4 y 14 del Reglamento de la Junta General, podrán asistir, presencial o telemáticamente, y votar en la Junta General los Accionistas que, con cinco días de antelación a aquél previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria, sean titulares de una o más acciones que estén inscritas en el correspondiente Registro de Anotaciones en Cuenta.
Los Accionistas con derecho de asistencia deberán acreditar su condición de tales a través del correspondiente certificado de legitimación o tarjeta de asistencia, que será emitida por la Sociedad o,
a instancia de ésta, por la entidad encargada del Registro de Anotaciones en Cuenta depositaria de las acciones.
A los efectos de acreditar la identidad de los Accionistas que asistan presencialmente a la Junta, o de quien válidamente los represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta General se podrá solicitar a los asistentes el Documento Nacional de Identidad, los documentos que acrediten la condición de representante o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. Los Accionistas que deseen asistir telemáticamente a la Junta deberán seguir las indicaciones que posteriormente se establecen.
Los Accionistas que tengan derecho de asistencia a la Junta General podrán ejercer el voto, por sí mismos o por medio de representación, de cualquiera de los siguientes modos: (i) asistiendo personalmente y votando en la Junta, con la tarjeta de asistencia y voto debidamente firmada y cumplimentada; o (ii) asistiendo telemáticamente y votando en la Junta, mediante su previa identificación a través de la página web de la Sociedad (www.applus.com) de conformidad con las indicaciones que posteriormente se establecen para la asistencia telemática; o (iii) votando en la Oficina de Información al Accionista (Applus Services, S.A., Ronda de la Font del Carme s/n, Bellaterra, Cerdanyola del Vallès, 08193 Barcelona), con la tarjeta de asistencia y voto debidamente firmada y cumplimentada; o (iv) votando por correspondencia postal, con la tarjeta de asistencia y voto debidamente firmada y cumplimentada al efecto, o (v) mediante comunicación electrónica por el procedimiento establecido, haciendo uso del formulario disponible en la página web de la Sociedad (www.applus.com).
Los Accionistas que deseen votar en la Oficina de Información al Accionista, por correspondencia postal o mediante comunicación electrónica deben indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el Orden del Día. Si en relación con alguno de los puntos del Orden del Día, no indican el sentido de su voto, se entenderá que votan a favor de las propuestas del Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día y en contra de los nuevos puntos del Orden del Día y nuevas propuestas de acuerdos que, en su caso, sean formulados por accionistas al amparo del artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital.
El voto emitido en la Oficina de Información al Accionista, por correspondencia postal o mediante comunicación electrónica sólo podrá dejarse sin efecto: (i) por revocación posterior y expresa efectuada por el mismo medio empleado para la emisión del voto y dentro del plazo establecido para dicha emisión; o (ii) por asistencia presencial o telemática a la Junta General del Accionista que lo hubiera emitido.
En el caso de que un Accionista emita su voto una o más veces mediante el mismo o diferentes medios de comunicación a distancia, prevalecerá el recibido en último lugar, quedando invalidados los recibidos en fecha anterior.
Todo Accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, que no tendrá que ser necesariamente Accionista, cumpliendo los requisitos y formalidades establecidos al efecto.
La representación deberá conferirse por escrito, con carácter especial para cada Junta, salvo que se trate del cónyuge, ascendiente o descendiente del Accionista (presentando la documentación acreditativa del vínculo de afinidad o consanguinidad que corresponda) o de apoderado general mediante documento público para administrar todo el patrimonio que el Accionista tuviera en territorio español. La representación podrá conferirse, asimismo, mediante correspondencia postal o por medios de comunicación electrónicos, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce la representación y la seguridad de las comunicaciones electrónicas.
Los representantes designados que asistan presencialmente a la Junta deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, y entregar o facilitar una copia impresa de la delegación efectuada, en su caso por medios postales o electrónicos, debidamente firmada por el representante y el Accionista representado. Los representantes que deseen asistir telemáticamente a la Junta deberán seguir las indicaciones que posteriormente se establecen.
La representación es siempre revocable. Para que la revocación resulte oponible, deberá ser notificada a la Sociedad en los mismos términos previstos para la notificación del representante. La asistencia, presencial o telemática, a la Junta del representado tendrá valor de revocación de la representación otorgada. El voto efectuado a través de cualquier medio de comunicación a distancia hará ineficaz cualquier otorgamiento de representación electrónica o mediante correspondencia postal ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada. La representación quedará igualmente sin efecto por la enajenación de las acciones de la que tuviera conocimiento la Sociedad.
Los Accionistas menores de edad o incapacitados y las personas jurídicas Accionistas serán representados por quienes ostenten su representación debidamente acreditada.
No se podrá tener en la Junta más de un representante, tanto en los casos de representación legal como en el supuesto de que el Accionista delegue el derecho de asistencia.
En el caso de las delegaciones de voto remitidas a la Sociedad u otorgadas en favor de sus Administradores, ya sea directamente o a través de las entidades depositarias de las acciones o encargadas del registro de anotaciones en cuenta, se aplicarán, salvo indicación contraria del Accionista representado, las siguientes reglas: (i) cuando el Accionista que confiera su representación no indique otra cosa, se entenderá que ha otorgado instrucciones precisas al representante para que vote a favor de las propuestas formuladas por el Consejo de Administración en relación con los puntos comprendidos en el Orden del Día de la convocatoria y en contra de las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración; (ii) en el supuesto de que no se designe a la persona a quien se otorga la representación, se entenderá conferida al Presidente de la Junta; y (iii) el apoderamiento se extiende a los asuntos que, no figurando en el Orden del Día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta General de Accionistas. En este último caso, y salvo indicación en contrario por parte del Accionista representado, el representante ejercerá el voto en sentido negativo.
Si se hubieran emitido instrucciones de voto por parte del Accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a dichas instrucciones y tendrá la obligación de conservar las instrucciones durante un año desde la celebración de la Junta que se convoca. El representante podrá tener la representación de más de un Accionista sin limitación en cuanto al número de Accionistas
representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios Accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada Accionista.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con las eventuales situaciones de conflictos de intereses, el Administrador a quien un Accionista confiera su delegación no podrá ejercitar el derecho de voto correspondiente a las acciones representadas en aquellos puntos del Orden del Día en los que se encuentre en conflicto de intereses, salvo que hubiese recibido del representado instrucciones de voto precisas para cada uno de dichos puntos. A falta de dichas instrucciones, la delegación se entenderá conferida al Secretario del Consejo de Administración.
De conformidad con el artículo 524 de la Ley de Sociedades de Capital, las entidades que aparezcan legitimadas como Accionistas en virtud del registro contable de las acciones pero que actúen por cuenta de diversas personas, podrán en todo caso fraccionar el voto y ejercitarlo en sentido divergente en cumplimiento de instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido. Estas entidades intermediarias podrán delegar el voto a cada uno de los titulares indirectos o a terceros designados por estos, sin que pueda limitarse el número de delegaciones otorgadas.
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.1 de los Estatutos sociales y 7.4 y 17.2 del Reglamento de la Junta, los Accionistas (o sus representantes) podrán ejercer su derecho de asistencia a la Junta General por medios telemáticos, siguiendo las siguientes instrucciones:
Los Accionistas que deseen asistir telemáticamente a la Junta deberán registrarse con 24 horas de antelación a la fecha prevista para la celebración, en primera convocatoria, de la Junta General Ordinaria de Accionistas, es decir, antes de las 12:00 horas del día 27 de mayo de 2020. Para ello, el Accionista deberá acceder a la página web de la Sociedad (www.applus.com), en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas, seguir las instrucciones y completar los datos necesarios para su registro. Este requisito de registro previo no será aplicable a los representantes, a los que la Sociedad – una vez verificada la condición de accionista de sus representados conforme a lo establecido en el apartado a.3) siguiente – dará acceso a la plataforma de asistencia telemática para que puedan conectarse a ella de conformidad con lo dispuesto en el apartado a.4) siguiente.
Las garantías que el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la autenticidad e identificación del Accionista que asista telemáticamente son (i) la firma electrónica reconocida o la firma electrónica avanzada basadas en el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste su revocación, o el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica, y (ii) las credenciales usuario/clave que el Accionista recibirá en su dirección de correo electrónico tras la verificación de su identidad y su condición de
Accionista a través de un formulario especial de registro disponible en la página web de la Sociedad (www.applus.com), en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas.
Si la persona que fuera a asistir telemáticamente tuviera conferidas delegaciones en su favor, el Accionista que la hubiese conferido deberá comunicar al representante dicha delegación y, además, salvo que la delegación se haya otorgado por medios electrónicos, hacer llegar una copia de la delegación conferida a la Sociedad (Applus Services, S.A., Relación con Inversores / Junta General, Ronda de la Font del Carme s/n, Bellaterra, Cerdanyola del Vallès, 08193 Barcelona), junto con una copia del DNI o pasaporte del representante, antes de las 12:00 horas del día anterior al previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria, esto es, antes de las 12:00 horas del día 27 de mayo de 2020 e identificarse según se le indique en las instrucciones.
a.2) Envío de intervenciones y preguntas
Los Accionistas que, en ejercicio de sus derechos, pretendan intervenir por medios telemáticos en la Junta y, en su caso, solicitar informaciones o aclaraciones en relación con los puntos del Orden del Día, solicitar aclaraciones sobre la información accesible al público que la Sociedad hubiese facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última junta general o acerca del informe del auditor o realizar las propuestas que permita la Ley, deberán formular por escrito y remitir su intervención, pregunta o propuesta en el mismo acto de registro. En el caso de los representantes, deberán formular por escrito y remitir su intervención, pregunta o propuesta por correo electrónico ([email protected]) hasta la hora de cierre de registro contemplada en el apartado anterior (es decir, hasta las 12:00 horas del día 27 de mayo de 2020).
El asistente por medios telemáticos que desee que su intervención conste en el Acta de la Junta habrá de indicarlo de forma clara y expresa en el texto de aquella. Las intervenciones de los asistentes realizadas por medios telemáticos serán leídas por el Secretario de la Junta en atención a su relevancia durante el turno de intervenciones. Las solicitudes de información o aclaración formuladas por los asistentes por vía telemática serán contestadas por escrito durante los siete días siguientes a la Junta, con arreglo a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital.
a.3) Acreditación de la condición de Accionistas de las personas registradas
Desde el cierre del plazo de registro hasta la fecha de celebración de la Junta General, la Sociedad verificará la condición de Accionistas de las personas registradas en la forma y tiempo establecidos.
La asistencia telemática del Accionista registrado estará sujeta a la comprobación de la condición de titular de acciones inscritas en el Registro de Anotaciones en Cuenta con cinco (5) días de antelación a la fecha de celebración de la Junta General. Los Accionistas registrados que pierdan tal condición no podrán acceder por vía telemática a la celebración de la Junta General ni tampoco, en su caso, sus representantes.
En caso de divergencia entre el número de acciones comunicado por el Accionista (o representante) que asista y emita su voto a distancia y el que conste en el registro contable antes indicado, se considerará válido, a los efectos del quórum de constitución y votación, el número de acciones que conste en dicho registro.
a.4) Ejercicio del derecho de asistencia el día de la Junta
El Accionista registrado o representante deberá conectarse, mediante su previa identificación, a través de la página web de la Sociedad (www.applus.com), en el apartado destinado a la Junta General, entre las 11:15 y las 11:45 horas del día de celebración de la Junta.
Con posterioridad a dicha hora no se admitirá ninguna conexión para el ejercicio del derecho de asistencia telemática. El Accionista o representante podrá seguir la retransmisión de la Junta y proceder a la votación de los distintos puntos del Orden del Día siguiendo las instrucciones que se le indiquen.
No serán considerados asistentes, ni tenidas en consideración las intervenciones y preguntas realizadas durante el registro por los Accionistas registrados como asistentes telemáticos pero que no se conecten el día de la Junta conforme se prevé en este apartado. La misma regla se aplicará a las intervenciones y preguntas realizadas por los representantes según lo dispuesto en el apartado a.2) anterior.
En el caso de que el Accionista decida emitir su voto, personalmente o mediante representante, en la Oficina de Información al Accionista (Applus Services, S.A., Ronda de la Font del Carme s/n, Bellaterra, Cerdanyola del Vallès, 08193 Barcelona), deberá presentar la tarjeta de asistencia y voto en la que conste con claridad la identidad del Accionista, el número de acciones de las que es titular, el sentido de su voto en cada uno de los puntos del Orden del Día, así como su firma autógrafa, y exhibir el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, si el Accionista es persona física. Asimismo, en caso de representación, tanto si el Accionista es persona física como si es persona jurídica, el representante deberá exhibir el documento que acredite la representación. Para que este voto sea válido, deberá efectuarse antes de las 12:00 horas del día anterior al previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria, esto es, antes de las 12:00 horas del día 27 de mayo de 2020.
Para otorgar la representación o ejercer el voto por correspondencia postal, deberá remitirse a la Sociedad (Applus Services, S.A., Relación con Inversores / Junta General, Ronda de la Font del Carme s/n, Bellaterra, Cerdanyola del Vallès, 08193 Barcelona) en sobre cerrado, la tarjeta de asistencia y voto debidamente cumplimentada en el apartado correspondiente y firmada. Para que sean válidas, las delegaciones a distancia y los votos a distancia cursados mediante correspondencia postal deberán recibirse por la Sociedad antes de las 12:00 horas del día anterior al previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria, esto es, antes de las 12:00 horas del día 27 de mayo de 2020.
Los Accionistas que deseen otorgar la representación o votar mediante comunicación electrónica deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.applus.com), en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas siguiendo las instrucciones que al efecto aparecen especificadas en cada una de las pantallas de la citada web y completando los formularios allí disponibles. Para ello, harán constar su identidad mediante (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y
Timbre, respecto al cual no conste su revocación o (ii) el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica. El certificado será obtenido, en su caso, por el Accionista, sin cargo para la Sociedad, y deberá estar vigente en el momento de efectuar el voto. Para que sean válidas, las delegaciones a distancia y los votos a distancia cursados mediante comunicación electrónica deberán recibirse por la Sociedad antes de las 12:00 horas del día anterior al previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria, esto es, antes de las 12:00 horas del día 27 de mayo de 2020.
La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de asistencia telemática, de voto y delegación electrónicos previos a la Junta, cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan.
La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al Accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de asistencia telemática, de voto y delegación electrónicos previos a la Junta.
Para mayor detalle sobre el procedimiento y reglas de estas modalidades de representación y voto, los accionistas pueden consultar el "Procedimiento para la asistencia telemática y la delegación y voto a través de medios de comunicación a distancia en la Junta General de Accionistas de Applus Services, S.A.", que figura en la página web de la Sociedad (www.applus.com), en el apartado destinado a la Junta General de Accionistas.
A partir de la fecha de publicación de esta convocatoria los Accionistas podrán examinar en el domicilio social de Applus (Applus Services, S.A., calle Campezo número 1, Parque Empresarial Las Mercedes, Edificio 3, Planta 4, 28022 Madrid) y pedir la entrega o envío de forma gratuita (el cual podrá efectuarse mediante correo electrónico con acuse de recibo si el Accionista admite este medio) de la siguiente información:
iv. Cuentas Anuales Individuales (compuestas por balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) y el Informe de Gestión de la Sociedad, junto con el Informe de Auditoría, correspondientes al ejercicio social finalizado el 31 de diciembre de 2019.
v. Cuentas Anuales Consolidadas (compuestas por estado de situación financiera consolidado, cuenta de pérdidas y ganancias consolidada, estado de resultado global consolidado, estado de cambios en el patrimonio neto consolidado, estado de flujos de efectivo consolidado y memoria consolidada) y el Informe de Gestión Consolidado de la Sociedad y sus sociedades dependientes (incluyendo el estado de información no financiera), junto con el Informe de Auditoría, correspondientes al ejercicio social finalizado el 31 de diciembre de 2019.
Toda esta información se encuentra disponible en la página web de la Sociedad (www.applus.com), "Junta General de Accionistas".
De acuerdo con los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, los Accionistas podrán solicitar de los Administradores hasta el quinto día anterior a la celebración de la Junta General y verbalmente (en caso de asistencia presencial) durante su celebración las informaciones o aclaraciones que estimen precisas o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes, así como las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor.
De conformidad con el artículo 539 de la Ley de Sociedades de Capital, en la página web de la Sociedad (www.applus.com), "Junta General de Accionistas", se ha habilitado un Foro Electrónico de Accionistas (en adelante, el "Foro"), al que podrán acceder con las debidas garantías los Accionistas
individuales como las asociaciones voluntarias que se puedan constituir. La finalidad del Foro es la de facilitar la comunicación entre los Accionistas con ocasión de la convocatoria y hasta la celebración de la Junta General. Las normas de funcionamiento del Foro se recogen en el "Reglamento de Funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas de Applus Services, S.A.", que figura en la página web de la Sociedad (www.applus.com) en el apartado "Junta General de Accionistas".
En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento al Orden del Día anunciado en la presente convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la Ley de Sociedades de Capital, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.
El Foro no supone un mecanismo de conversación electrónica entre los Accionistas, ni un lugar de debate virtual. El Foro tampoco constituye un canal de comunicación entre la Sociedad y sus accionistas. El Foro se habilita con la finalidad de facilitar la comunicación entre los Accionistas con ocasión de la convocatoria y hasta la celebración de la junta general.
Los Accionistas podrán obtener información adicional accediendo al apartado "Información para el Accionista", disponible de forma permanente en la página web corporativa (www.applus.com), o dirigiéndose a la Oficina de Información al Accionista (Applus Services, S.A., Ronda de la Font del Carme s/n, Bellaterra, Cerdanyola del Vallès, 08193 Barcelona; Teléfono: +34 93 520 20 50; horario: de lunes a viernes de 10h a 13h; correo electrónico: [email protected]).
Los datos personales que los Accionistas faciliten a la Sociedad con ocasión del ejercicio de sus derechos de información, participación en el Foro Electrónico de Accionistas, asistencia, representación y voto en la Junta General de Accionistas de la Sociedad o que sean facilitados tanto por las entidades de crédito y empresas de servicios de inversión en las que dichos Accionistas tengan depositadas o custodiadas sus acciones como por las entidades que, de acuerdo con la ley, hayan de llevar los registros de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta (Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. - Iberclear), así como aquellos datos personales de los Accionistas que la Sociedad recoja mediante las grabaciones audiovisuales y fotografías mencionadas más adelante, serán tratados por la Sociedad con la finalidad de gestionar la relación accionarial (incluyendo, sin limitación, la convocatoria y celebración de la Junta General de Accionistas y su difusión). A estos efectos, los datos se incorporarán a ficheros cuyo responsable es la Sociedad, que se conservarán durante los plazos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales de la Sociedad o mientras puedan surgir responsabilidades de la relación accionarial.
Las entidades de crédito, las empresas de servicios de inversión e Iberclear podrán facilitar a la Sociedad el listado de Accionistas conteniendo los datos personales de nombre, apellidos, número de documento de identidad o pasaporte y domicilio. Asimismo, los Accionistas representados en la Junta General podrán facilitar a la Sociedad los nombres, apellidos y número de documento de identidad o pasaporte de las personas que les representen, salvo que el representante designado sean los
Consejeros, el Secretario y/o el Vicesecretario de la Sociedad. Los datos personales de los Accionistas y, en su caso, de sus representantes no serán comunicados a terceros excepto al Notario que asista a la Junta General en relación exclusivamente con el levantamiento del acta notarial de dicha Junta o salvo que sea necesario para dar cumplimiento a un mandato legal.
El desarrollo de toda o parte de la reunión de la Junta General de Accionistas podrá ser objeto de grabación audiovisual y de fotografía para facilitar su seguimiento y para documentar internamente el acto, pudiendo dichas grabaciones o fotografías ponerse a disposición del público a través de la página web corporativa de la Sociedad (www.applus.com). Además, la Sociedad podrá retransmitir y ofrecer información sobre su desarrollo en las redes sociales en las que participa. Por el hecho de acceder al local de celebración de la Junta General de Accionistas, y mediante la firma de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia, el asistente presta su consentimiento expreso para la captación y reproducción de imágenes de su persona y para el tratamiento de sus datos personales a través de dichos medios y con las finalidades indicadas.
Los Accionistas o, en su caso, sus representantes podrán en relación con sus propios datos y en los términos previstos por la normativa: (i) consultar los mismos en los ficheros de la Sociedad (derecho de acceso); (ii) solicitar su modificación cuando sean inexactos (derecho de rectificación); (iii) solicitar que no sean objeto de tratamiento (derecho de oposición); (iv) solicitar su eliminación (derecho de supresión); (v) solicitar la limitación de su tratamiento cuando se compruebe la impugnación de la exactitud de los datos personales, cuando el tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de sus datos y cuando la Sociedad no necesite tratar los datos pero los interesados los necesiten para el ejercicio o defensa de reclamaciones (derecho de limitación); (vi) recibir, en formato electrónico, los datos personales que nos hayan facilitado directamente así como transmitirlos a un tercero (derecho de portabilidad); y (vii) revocar su autorización expresa para el uso de sus derechos de imagen en cualquier momento.
Para ejercitar los referidos derechos los Accionistas y, en su caso, los representantes deben enviar su solicitud junto con una copia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento legal que acredite su identidad a Applus Services, S.A. (Ronda de la Font del Carme s/n, Bellaterra, Cerdanyola del Vallès, 08193 Barcelona), indicando en el asunto "Junta General de Accionistas". En todo caso, los Accionistas y, en su caso, los representantes podrán ejercer su derecho de reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) u otra autoridad de protección de datos competente.
En caso de que en la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia el Accionista incluya datos personales referentes a otras personas físicas, dicho Accionista deberá informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la cesión de los datos personales a la Sociedad, sin que esta deba realizar ninguna actuación adicional.
En Madrid, a 22 de abril de 2020.
D. Vicente Conde Viñuelas Secretario del Consejo de Administración Applus Services, S.A.
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