
AMREST HOLDINGS, SE ("AmRest" o la "Sociedad"), en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el artículo 226 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y disposiciones concordantes, hace público el siguiente comunicado de:
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
El Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado por unanimidad establecer un programa de recompra de acciones propias (el "Programa de Recompra") al amparo de la autorización conferida a su favor por acuerdo de la Junta General de Accionistas de AmRest, celebrada el 12 de mayo de 2022, bajo el punto noveno del orden del día, relativo a la autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones de AmRest.
El Programa de Recompra se llevará a cabo de conformidad con los requisitos de transparencia y operativa previstos en el Reglamento (UE) n° 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado (Reglamento sobre abuso de mercado) y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016 (el "Reglamento Delegado 2016/1052") y tendrá las siguientes características:
- Propósito del Programa de Recompra: atender las liquidaciones de los planes retributivos actualmente vigentes para los directivos y empleados del Grupo AmRest.
- Inversión máxima: el Programa de Recompra tendrá un importe monetario máximo de 13 millones de euros. El importe monetario máximo del Programa de Recompra podrá verse reducido en el importe aplicado por la Sociedad, durante su vigencia, a la adquisición de acciones propias en el mercado de bloques o fuera de mercado con la misma finalidad, lo que se notificará al mercado en las comunicaciones de otra información relevante periódicas informando de las operaciones realizadas al amparo del Programa de Recompra o de forma separada.
- Número máximo de acciones: el número máximo de acciones a adquirir en la ejecución del Programa de Recompra dependerá del precio medio al que tengan lugar las compras, pero no excederá del 10 % del capital social de la Sociedad. Si, a título meramente ilustrativo, se tomara como referencia de precio de compra el precio de cotización al cierre del día de hoy, esto es, 4,08 euros, el número máximo de acciones a adquirir sería de 3.186.274, representativas del 1,45% del capital social.
- Precio y volumen: la adquisición de las acciones se realizará de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado 2016/1052. En concreto:
- o AmRest no podrá adquirir acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (a) el precio de la última operación independiente, o (b) la oferta independiente más alta de ese momento en el centro de negociación donde se efectúe la compra, incluso cuando las acciones se negocien en diferentes centros de negociación. Además, se tendrán en cuenta las limitaciones aprobadas en el acuerdo de autorización para la adquisición de acciones propias concedida al Consejo de Administración por la Junta General de Accionistas de AmRest, celebrada el 12 de mayo de 2022.
- o AmRest no podrá comprar en cualquier día de negociación más del 25% del volumen medio diario de las acciones de AmRest en el Mercado Continuo de las Bolsas de Valores españolas o, en su caso, la Bolsa de Varsovia, durante los 20 días de negociación anteriores a la fecha de la compra.
- Duración indicativa del programa: el Programa de Recompra comenzará el día 3 de marzo de 2025 y permanecerá vigente hasta el 2 de marzo de 2026. No obstante, AmRest se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia, alcanzara el importe monetario máximo o el número máximo de acciones autorizado por el Consejo de Administración o si concurriera alguna otra circunstancia que así lo aconsejara.
- Ejecución del Programa de Recompra: se ha designado a Banco Santander, S.A. como gestor del Programa de Recompra, quien tomará de manera independiente las decisiones relativas a la compra de las acciones de AmRest sin influencia ni injerencia alguna de la Sociedad. Las adquisiciones bajo el Programa de Recompra podrán efectuarse en el Mercado Continuo de las Bolsas de Valores españolas o, en su caso, la Bolsa de Varsovia.
La interrupción, finalización y modificación del Programa de Recompra, así como la información sobre todas las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y a la Autoridad de Supervisión Financiera de Polonia (KNF) mediante la publicación de las correspondientes comunicaciones al mercado, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento Delegado 2016/1052.
En Madrid, a 28 de febrero de 2025.
AMREST HOLDINGS, SE