Transaction in Own Shares • Dec 1, 2023
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AMREST HOLDINGS, SE ("AmRest" o la "Sociedad"), en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el artículo 226 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y disposiciones concordantes, hace público el siguiente comunicado de:
El Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado por unanimidad establecer un programa de recompra de acciones propias (el "Programa de Recompra") al amparo de la autorización conferida a su favor por acuerdo de la Junta General de Accionistas de AmRest, celebrada el 12 de mayo de 2022, bajo el punto noveno del orden del día, relativo a la autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones de AmRest.
El Programa de Recompra se llevará a cabo de conformidad con los requisitos de transparencia y operativa previstos en el Reglamento (UE) n° 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado (Reglamento sobre abuso de mercado) y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016 (el "Reglamento Delegado 2016/1052") y tendrá las siguientes características:
Número máximo de acciones: el número máximo de acciones a adquirir en la ejecución del Programa de Recompra dependerá del precio medio al que tengan lugar las compras, pero no excederá del 10 % del capital social de la Sociedad. Si, a título meramente ilustrativo, se tomara como referencia de precio de compra el precio de cotización al cierre del día de hoy, esto es, 5,83 euros, el número máximo de acciones a adquirir sería de 2.058.319, representativas del 0,94% del capital social.
Precio y volumen: la adquisición de las acciones se realizará de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado 2016/1052. En concreto:
La interrupción, finalización y modificación del Programa de Recompra, así como la información sobre todas las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y a la Autoridad de Supervisión Financiera de Polonia (KNF) mediante la publicación de las correspondientes comunicaciones al mercado, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento Delegado 2016/1052.
En Madrid, a 1 de diciembre de 2023.
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