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Aleatica, S.A.B. de C.V. — Audit Report / Information 2020
Jul 1, 2020
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Audit Report / Information
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INFORME SOBRE LAS PRINCIPALES POLÍTICAS Y CRITERIOS CONTABLES
Ciudad de México, 30 de marzo del 2020.
A la Asamblea de Accionistas de Aleatica, S.A.B. de C.V.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 172 Inciso B) de la Ley General de Sociedades Mercantiles y el Artículo 28 Fracción IV inciso d) de la Ley del Mercado de Valores, se emite el informe en el que se explican las principales Políticas y Criterios Contables y de Información seguidos por Aleatica, S.A.B. de C.V., y subsidiarias en la preparación de la información financiera por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2019, las cuales se enlistan en general a continuación y constan de manera detallada en las Notas 2 y 3 de los estados financieros consolidados dictaminados de la Sociedad para el periodo de referencia:
2. Bases de presentación
- 1) Adopción de Normas Internacionales de Información Financiera nuevas y revisadas
3. Principales políticas contables
-
a. Declaración de cumplimiento
-
b. Bases de preparación
-
c. Bases de consolidación de estados financieros
-
d. Fondos en Fideicomisos
-
e. Otros activos financieros
-
f. Inversión en concesiones
-
g. Anticipos a proveedores por obra
-
h. Subvenciones oficiales y ayudas gubernamentales
-
i. Mobiliario, equipo y otros activos
-
j. Arrendamientos
-
k. Costos por préstamos
-
l. Deterioro activos tangibles e intangibles
-
m. Otros activos
-
n. Provisiones
-
o. Provisión para mantenimiento mayor
-
p. Beneficios a empleados
-
q. Impuestos a la utilidad
-
r. Fondo de recompra y venta de acciones propias
-
s. Reconocimiento de ingreso por cuotas de peajes y por servicios
-
t. Utilidad por acción
-
u. Instrumentos financieros
-
v. Activos financieros
-
w. Pasivos financieros y capital
-
x. Instrumentos financieros derivados
-
y. Transacciones en monedas extranjeras
-
z. Activos y pasivos financieros denominados en UDIS
Atentamente,
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Sr. Kenneth Frederick Daley
Presidente del Consejo de Administración
INFORME SOBRE LAS PRINCIPALES POLÍTICAS Y CRITERIOS CONTABLES
Ciudad de México, 30 de marzo del 2020.
A la Asamblea de Accionistas de Aleatica, S.A.B. de C.V.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 172 Inciso B) de la Ley General de Sociedades Mercantiles y el Artículo 28 Fracción IV inciso d) de la Ley del Mercado de Valores, se emite el informe en el que se explican las principales Políticas y Criterios Contables y de Información seguidos por Aleatica, S.A.B. de C.V., y subsidiarias en la preparación de la información financiera por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2019, las cuales se detallan y constan de manera específica en las Notas 2 y 3 de los estados financieros consolidados dictaminados de la Sociedad para el período de referencia (los “Estados Financieros 2019”), mismas que se transcriben a continuación.
Cualquier término con mayúsculas no definido en el presente informe tendrá el mismo significado que se le atribuye en los Estados Financieros 2019.
2. Bases de presentación
-
1) Adopción de Normas Internacionales de Información Financiera nuevas y revisadas
- a. Aplicación de Normas Internacionales de Información Financiera nuevas y revisadas ("IFRS" o "IAS") que son obligatorias para el año en curso
La Entidad implementó una serie de IFRS nuevas y modificadas, emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB” por sus siglas en inglés) las cuales son obligatorias y entraron en vigor a partir de los ejercicios que iniciaron en o después del 1 de enero de 2019.
IFRS nuevas y modificadas que son efectivas para los ejercicios y periodos de reporte que comiencen a partir del 1 de enero de 2019
La Entidad adoptó la IFRS 16 (emitida por el IASB en enero de 2016), la cual establece requerimientos nuevos o modificados respecto a la contabilidad de arrendamientos. Introduce cambios significativos a la contabilidad del arrendatario, eliminando la distinción entre un arrendamiento operativo y financiero y requiriendo el reconocimiento de un activo por derechos de uso y un pasivo por arrendamiento en la fecha de comienzo de todos los arrendamientos, exceptuando aquellos que se consideren de corto plazo o de activos de bajo valor. En contraste a la contabilidad del arrendatario, los requerimientos para el arrendador permanecen significativamente sin cambios. Los detalles para los nuevos requerimientos se describen en la Nota 3. El impacto inicial de la adopción de la IFRS 16 en los estados financieros consolidados de la Entidad se describe a continuación.
La fecha de aplicación inicial de la IFRS 16 para la Entidad fue el 1 de enero de 2019.
La Entidad ha aplicado la IFRS 16 usando el enfoque retrospectivo modificado, no reformulando la información comparativa.
- (a) Impacto de la nueva definición de arrendamiento
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La Entidad ha determinado aplicar la solución práctica disponible para la transición a IFRS 16 para no revalorar si un contrato es o contiene un arrendamiento. Por lo tanto, la definición de arrendamiento conforme a la IAS 17 y la IFRIC 4 continúa aplicándose a los contratos celebrados o modificados previo al 1 de enero de 2019.
El cambio en la definición de un arrendamiento principalmente se refiere al concepto de control. La IFRS 16 determina si un contrato contiene un arrendamiento en función de si el cliente tiene derecho a controlar el uso de un activo identificado por un periodo de tiempo a cambio de una contraprestación. Esto contrasta con el enfoque de “riesgos y beneficios” de la IAS 17 y de la IFRIC 4.
La Entidad aplica la definición de un arrendamiento y las guías relacionadas delineadas en la IFRS 16 a todos los contratos celebrados o modificados en o partir del 1 de enero de 2019. Para la adopción inicial de IFRS 16, la Entidad llevó a cabo un proyecto de implementación, que reveló que la nueva definición de arrendamiento bajo IFRS 16 no cambia de forma significativa el alcance de los contratos que cumplen la definición de arrendamiento para la Entidad.
-
(b) Impacto de la contabilidad como arrendatario
-
(i) Arrendamientos operativos previos
La IFRS 16 cambia la forma en que la Entidad contabiliza los arrendamientos previamente clasificados como arrendamientos operativos bajo la IAS 17, los cuales se mantenían fuera del estado consolidado de posición financiera.
Al aplicar la IFRS 16, para todos los arrendamientos (exceptuando los mencionados posteriormente), la Entidad:
-
(a) Reconoce los activos por derechos de uso y los pasivos por arrendamientos en el estado consolidado de posición financiera, medidos inicialmente al valor presente de la serie de pagos por arrendamiento futuros.
-
(b) Reconoce la depreciación de los activos por derechos de uso y el interés generado por los pasivos por arrendamiento en el estado consolidado de resultados.
-
(c) Separa el monto total de efectivo pagado a capital (actividades de financiamiento) y a intereses (actividades de financiamiento) en el estado consolidado de flujos de efectivo.
Los incentivos en arrendamientos (por ejemplo, períodos libres de renta) se reconocen en la medición inicial como parte de los activos por derechos de uso y los pasivos por arrendamiento, cuando bajo IAS 17 generaban el reconocimiento de un incentivo en arrendamientos, amortizado como una reducción de los gastos por arrendamiento, generalmente bajo el método de línea recta.
Bajo IFRS 16, los activos por derechos de uso se prueban por deterioro conforme a la IAS 36.
Para arrendamientos de corto plazo (12 meses o menos) y de activos de bajo valor (como computadoras, artículos pequeños de mobiliario de oficina y teléfonos), la Entidad ha optado por reconocer un gasto por arrendamiento bajo el método de línea recta, tal y como lo permite la IFRS 16. Este gasto se presenta en “Costos y gastos de operación” en el estado consolidado de resultados.
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- (ii) Arrendamientos financieros previos
La principal diferencia entre IFRS 16 y la IAS 17 respecto a contratos clasificados como arrendamientos financieros es la medición del valor residual de las garantías proporcionadas por el arrendador al arrendatario. La IFRS 16 requiere que la Entidad reconozca como parte de los pasivos por arrendamiento únicamente el monto esperado a pagarse bajo una garantía de valor residual, a diferencia del monto máximo de la garantía requerido por la IAS 17. Este cambio no generó ningún impacto en los estados financieros consolidados de la Entidad, debido a que no contaba con contratos de arrendamiento financiero.
- (c) Impacto financiero inicial por la adopción de la IFRS 16
A continuación se muestran los montos de ajuste para cada concepto de los estados financieros consolidados afectados por la aplicación de la IFRS 16 en 2019.
La aplicación de IFRS 16 a arrendamientos previamente clasificados como arrendamientos operativos bajo la IAS 17 resultaron en el reconocimiento de activos por derechos de uso por $268,625 y pasivos por arrendamiento por $268,625. También resultó en una disminución de costos y gastos de operación por $41,274, un aumento en la depreciación por $67,620 y un aumento en los gastos por intereses por $18,631.
La aplicación de la IFRS 16 impactó en el estado consolidado de flujos de efectivo de la Entidad. Bajo IFRS 16, los arrendatarios deben presentar:
-
Pagos de arrendamientos a corto plazo, pagos de arrendamientos de activos de bajo valor y pagos de arrendamientos de renta variable que no estén incluidos en la medición del pasivo por arrendamiento, como parte de las actividades de operación;
-
El efectivo pagado por concepto de intereses del pasivo por arrendamiento ya sea como actividades de operación o de financiamiento, tal y como lo permite IAS 7 (la Entidad decidió incluir el interés pagado como actividad de financiamiento); y
-
Pagos en efectivo por la porción de capital del pasivo por arrendamiento, como actividad de financiamiento.
Bajo la IAS 17, todos los pagos de renta de arrendamientos operativos se presentaban como parte de los flujos de efectivo por actividades de operación. Consecuentemente, el efectivo neto generado por actividades operativas ha incrementado en $59,821 en 2019, donde los pagos de arrendamiento y los flujos netos de efectivo utilizados en actividades de financiamiento se han incrementado por el mismo monto.
La adopción de IFRS 16 no generó impactos en los flujos de efectivo netos.
Impacto de la aplicación de otras modificaciones a las Normas e Interpretaciones IFRS que son efectivas por los períodos que comiencen en o después del 1 de enero de 2019
En el año en curso, la Entidad ha adoptado una serie de modificaciones a las Normas e Interpretaciones IFRS emitidas por el IASB. Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros consolidados.
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Modificaciones a IAS 28 Participaciones de Largo Plazo en Asociadas y Negocios Conjuntos
La modificación clarifica que la IFRS 9, incluyendo sus requisitos por deterioro, aplica a otros instrumentos financieros en una asociada o negocio conjunto al cual no es aplicable el método de participación.
Esto incluye participaciones a largo plazo que, en sustancia, forman parte de las inversiones netas en una asociada o negocio conjunto. La Entidad aplica IFRS 9 a dichas participaciones de largo plazo a las que previamente aplicaba la IAS 28. Al aplicar la IFRS 9, la Entidad no toma en cuenta ninguno de los ajustes del importe en libros de las participaciones a largo plazo requeridas por la IAS 28 (como ajustes al importe en libros de participaciones a largo plazo surgidas de la asignación de pérdidas de la entidad participada o la evaluación de deterioro conforme a IAS 28).
Mejoras anuales a IFRS Ciclo 2015-2017 Modificaciones a la IAS 12 Impuesto a las ganancias, IAS 23 Costos por préstamos, IFRS 3 Combinaciones de negocios e IFRS 11 Acuerdos Conjuntos
IAS 12 Impuesto a las ganancias- Las modificaciones aclaran que se deben reconocer las consecuencias del impuesto a las ganancias sobre dividendos en el estado de resultados, en otros resultados integrales o en capital conforme originalmente se reconocieron las transacciones que generaron las ganancias distribuibles. Esto aplica independientemente de si aplican distintas tasas impositivas a las ganancias distribuidas y no distribuidas.
IAS 23 Costos por préstamos- Las modificaciones aclaran que, si cualquier préstamo específico se mantiene pendiente después de que el activo relacionado está listo para su uso previsto o venta, el préstamo es parte de los fondos tomados en préstamo al calcular la tasa de capitalización de los préstamos generales.
IFRS 3 Combinaciones de negocios- Las modificaciones aclaran que cuando se obtiene el control de un negocio que es una operación conjunta, aplican los requisitos para una combinación de negocios en etapas, incluida la reevaluación de su participación previamente mantenida (PHI por sus siglas en inglés) en la operación conjunta a valor razonable. La participación previamente mantenida sujeta a remedición incluye los activos, pasivos y crédito mercantil no reconocidos relativos a la operación conjunta.
IFRS 11 Acuerdos Conjuntos- Las modificaciones aclaran que cuando una parte que participa en una operación conjunta no tenía el control conjunto, y obtiene el control conjunto, no se debe reevaluar la participación previamente mantenida en la operación conjunta
Modificaciones a la IAS 19 Modificación, reducción o liquidación del plan de Beneficios a Empleados
Las modificaciones aclaran que el costo de servicio pasado (o de la ganancia o pérdida por liquidación) es calculada al medir el pasivo o activo por beneficios definidos, utilizando supuestos actuales y comparando los beneficios ofrecidos y los activos del plan antes y después de la modificación (reducción o liquidación) del
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plan, pero ignorando el efecto del techo del activo (que puede surgir cuando el plan de beneficios definidos está en una posición superavitaria). IAS 19 ahora aclara que el cambio en el efecto del techo del activo que puede resultar de la modificación (reducción o liquidación) del plan se determina a través de un segundo paso y se reconoce de manera normal en otros resultados integrales.
Los párrafos relacionados con la medición del costo actual del servicio y el interés neto sobre el pasivo (activo) por beneficios definidos. Ahora se requerirá usar los supuestos actualizados de la remedición para determinar el costo actual del servicio y el interés neto después de la modificación (reducción o liquidación) del plan y por el resto del periodo de reporte. En el caso del interés neto, las modificaciones dejan en claro que para el periodo posterior a la modificación (reducción o liquidación) del plan, el interés neto se calcula multiplicando el pasivo (activo) por beneficios definidos revaluado según la IAS 19:99 con la tasa de descuento utilizada en la nueva remedición (teniendo en cuenta el efecto de las contribuciones y los pagos de beneficios en el pasivo (activo) por beneficios definidos neto.
IFRIC 23 Incertidumbre en el tratamiento de impuestos a las ganancias
Establece como determinar contablemente la posición fiscal cuando hay incertidumbre respecto a los tratamientos sobre impuestos a las ganancias. La interpretación requiere:
-
determinar si las posiciones fiscales inciertas son evaluadas por separado o como grupo; y
-
evaluar si es probable que la autoridad fiscal acepte un tratamiento fiscal incierto utilizado, o propuesto a utilizarse, por una entidad en sus declaraciones de impuestos a las ganancias:
-
En caso afirmativo, se debe determinar la posición fiscal de manera consistente con el tratamiento fiscal utilizado en las declaraciones de impuesto sobre la renta.
-
En caso negativo, debe reflejarse el efecto de la incertidumbre en la determinación de la posición fiscal utilizando el monto más probable o el método del valor esperado.
La administración no espera que la adopción de las modificaciones antes mencionados tenga un impacto importante en los estados financieros consolidados de la Entidad en períodos futuros.
IFRS nuevas y revisadas que aún no son efectivas
En la fecha de autorización de estos estados financieros consolidados, la Entidad no ha aplicado las siguientes IFRS nuevas y revisadas que se han emitido pero que aún no están vigentes:
IFRS 10 e IAS 28 (modificaciones)
Venta o contribución de activos entre un inversionista y su asociada o negocio conjunto
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Modificaciones a IFRS 3 Definición de un negocio Modificaciones a IAS 1 e IAS 8 Definición de materialidad Marco Conceptual Marco Conceptual de las IFRS
La administración no espera que la adopción de los estándares antes mencionados tenga un impacto importante en los estados financieros consolidados de la Entidad en períodos futuros, excepto como se indica a continuación:
Modificaciones a IFRS 10 e IAS 28 Venta o contribución de activos entre un inversionista y su asociada o negocio conjunto
Las modificaciones a la IFRS 10 y la IAS 28 tratan con situaciones donde hay una venta o contribución de activos entre un inversionista y su asociada o negocio conjunto. Específicamente, las modificaciones establecen que las ganancias o pérdidas resultantes de la pérdida de control de una subsidiaria que no contiene un negocio en una transacción con una asociada o un negocio conjunto que se contabiliza utilizando el método de participación, se reconocen en el beneficio o pérdida de la controladora sólo en la medida en que la participación de los inversionistas no relacionados en esa asociada o empresa conjunta. Del mismo modo, las ganancias y pérdidas resultantes de la remedición de las inversiones retenidas en cualquier antigua subsidiaria (que se ha convertido en una asociada o un negocio conjunto que se contabiliza utilizando el método de capital) al valor razonable, se reconocen en el beneficio o pérdida de la controladora anterior, sólo en la medida de la participación de los inversionistas no relacionados en la nueva asociada o negocio conjunto.
La fecha de entrada en vigor de las modificaciones aún no ha sido fijada por el IASB; sin embargo, se permite la aplicación anticipada. La administración de la Entidad prevé que la aplicación de estas modificaciones puede tener un impacto en los estados financieros consolidados de la Entidad en períodos futuros en caso de que tales transacciones surjan.
Modificaciones a IFRS 3 Definición de un negocio
Las modificaciones aclaran que, mientras los negocios usualmente tienen salidas (outputs), las salidas no son requeridas para que una serie de actividades y activos integrados califiquen como un negocio. Para ser considerado como un negocio, una serie de actividades y activos adquiridos deben incluir, como mínimo, una entrada y un proceso sustancial que juntos contribuyan significativamente a la capacidad de generar salidas.
Se provee de guía adicional que ayuda a determinar si un proceso sustancial ha sido adquirido.
Las modificaciones introducen una prueba opcional para identificar la concentración de valor razonable, que permite una evaluación simplificada de si una serie de actividades y activos adquiridos no es un negocio si sustancialmente todo el valor razonable de los activos brutos adquiridos se concentra en un activo identificable único o un grupo de activos similares.
Las modificaciones se aplican prospectivamente a todas las combinaciones de negocios y adquisiciones de activos cuya fecha de adquisición sea en o después del primer periodo de reporte comenzado en o después del 1 de enero de 2020, con adopción anticipada permitida.
Modificaciones a IAS 1 e IAS 8 Definición de materialidad
Las modificaciones tienen el objetivo de simplificar la definición de materialidad contenida en la IAS 1, haciéndola más fácil de entender y no tienen por objetivo alterar el concepto subyacente de materialidad en las IFRS. El concepto de oscurecer información material con información inmaterial se ha incluido en la nueva definición.
El límite para la materialidad influyente para los usuarios se ha cambiado de “podrían influir” a
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“podría esperarse razonablemente que influyan”.
La definición de materialidad en la IAS 8 ha sido reemplazada por una referencia a la definición de materialidad en la IAS 1. Además, el IASB modificó otras normas y el Marco Conceptual que contenían una definición de materialidad o referencia al término materialidad para garantizar la consistencia.
La modificación se aplicará prospectivamente para períodos de reporte que comiencen en o después del 1 de enero de 2020, con aplicación anticipada permitida.
Marco Conceptual de las IFRS
Junto con el Marco Conceptual revisado, que entró en vigor en marzo de 2018, el IASB también emitió las Modificaciones a las Referencias al Marco Conceptual de las IFRS. El documento contiene modificaciones para las IFRS 2, 3, 6, 14, IAS 1, 8, 34, 37, 38, IFRIC 12, 19, 20, 22 y SIC 32.
Sin embargo, no todas las modificaciones actualizan a los pronunciamientos respecto a las referencias al marco conceptual de manera que se refieran al Marco Conceptual revisado. Algunos pronunciamientos solo se actualizan para indicar a cuál versión se refieren (al Marco IASC adoptado por el IASB en 2001, el Marco IASB de 2010 o el Marco revisado del 2018) o para indicar que las definiciones en la norma no se han actualizado con nuevas definiciones desarrolladas en el Marco Conceptual revisado.
Las modificaciones, que en realidad son actualizaciones, son efectivas para períodos anuales que comiencen en o después del 1 de enero de 2020, con adopción anticipada permitida.
3. Principales políticas contables
a. Declaración de cumplimiento
Los estados financieros consolidados de la Entidad han sido preparados de acuerdo con las IFRS emitidas por el IASB.
b. Bases de preparación
Los estados financieros consolidados de la Entidad han sido preparados sobre la base de costo histórico, excepto por ciertos instrumentos financieros los cuales se valúan a su valor razonable al cierre de cada periodo, como se explica en las políticas contables incluidas más adelante.
i. Costo histórico
El costo histórico generalmente se basa en el valor razonable de la contraprestación entregada a cambio de bienes y servicios.
ii. Valor razonable
El valor razonable se define como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes en el mercado a la fecha de valuación independientemente de si ese precio es observable o estimado utilizando directamente otra técnica de valuación. Al estimar el valor razonable de un activo o un pasivo, la Entidad tiene en cuenta las características del activo o pasivo, si los participantes del mercado tomarían esas características al momento de fijar el precio del activo o pasivo en la fecha de medición. El valor razonable para propósitos de
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medición y / o revelación de estos estados financieros consolidados se determina de forma tal, a excepción de las transacciones con pagos basados en acciones que están dentro del alcance de la IFRS 2 cuando aplique, las operaciones de arrendamiento que están dentro del alcance de la IAS 17, y las valuaciones que tienen algunas similitudes con valor razonable, pero no es un valor razonable, tales como el valor neto de realización de la IAS 2 o el valor en uso de la IAS 36.
Además, para efectos de información financiera, las mediciones de valor razonable se clasifican en Nivel 1, 2 ó 3 con base en el grado en que son observables los datos de entrada en las mediciones y su importancia en la determinación del valor razonable en su totalidad, las cuales se describen de la siguiente manera:
-
Nivel 1 Se consideran precios de cotización en un mercado activo para activos o pasivos idénticos que la entidad puede obtener a la fecha de la valuación;
-
Nivel 2 Datos de entrada observables distintos de los precios de cotización del Nivel 1, sea directa o indirectamente,
-
Nivel 3 Considera datos de entrada no observables.
-
c.
Bases de consolidación de estados financieros
Los estados financieros consolidados incluyen los estados financieros de la Entidad y los de las entidades controladas por la Entidad y sus subsidiarias. El control se obtiene cuando la Entidad:
-
Tiene el poder sobre la inversión;
-
Está expuesta, o tiene los derechos, a los rendimientos variables derivados de su participación con dicha entidad y;
-
Tiene la capacidad de afectar tales rendimientos a través de su poder sobre la entidad en la que invierte.
La Entidad revalúa si tiene o no el control en una entidad si los hechos y circunstancias indican que hay cambios a uno o más de los tres elementos de control que se listaron anteriormente.
Cuando la Entidad tiene menos de la mayoría de los derechos de voto de una participada, tiene poder sobre la misma cuando los derechos de voto son suficientes para otorgarle la capacidad práctica de dirigir sus actividades relevantes, de forma unilateral. La Entidad considera todos los hechos y circunstancias relevantes para evaluar si los derechos de voto de la Entidad en la participada son suficientes para otorgarle poder, incluyendo:
-
El porcentaje de participación de la Entidad en los derechos de voto en relación con el porcentaje y la dispersión de los derechos de voto de los otros tenedores de los mismos;
-
Los derechos de voto potenciales mantenidos por la Entidad, por otros accionistas o por terceros;
-
Los derechos derivados de otros acuerdos contractuales,
-
Cualquier hecho y circunstancia adicional que indiquen que la Entidad tiene, o no tiene, la capacidad actual de dirigir las actividades relevantes en el momento en que las decisiones deben tomarse, incluidas las tendencias de voto de los accionistas en las asambleas anteriores.
Las subsidiarias se consolidan desde la fecha en que se transfiere el control a la Entidad, y se dejan de consolidar desde la fecha en la que se pierde el control. Las ganancias y pérdidas de las subsidiarias adquiridas o vendidas durante el año se incluyen en los estados consolidados de resultados y otros resultados integrales desde la fecha que la tenedora obtiene el control o hasta la fecha que se pierde, según sea el caso.
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La utilidad y cada componente de los otros resultados integrales se atribuyen a las participaciones controladoras y no controladoras. El resultado integral de las subsidiarias se atribuye a las participaciones controladoras y no controladoras aún si da lugar a un déficit en éstas últimas.
Cuando es necesario, se realizan ajustes a los estados financieros de las subsidiarias para alinear sus políticas contables de conformidad con las políticas contables de la Entidad.
Todos los activos, pasivos, capital, ingresos, gastos y flujos de efectivo relacionados a transacciones entre partes relacionadas se han eliminado en la consolidación.
Las participaciones no controladoras en subsidiarias se identifican por separado del capital de la Entidad en ellas. Los intereses de los accionistas no controladores que son intereses de propiedad actuales que dan derecho a sus tenedores a una parte proporcional de los activos netos al momento de la liquidación pueden medirse inicialmente al valor razonable o a la parte proporcional de las partes no controladoras del valor razonable de la red identificable de la adquirida. bienes. La elección de la medida se realiza adquisición por adquisición. Otras participaciones no controladoras se miden inicialmente a su valor razonable. Posterior a la adquisición, el valor en libros de las participaciones no controladoras es la cantidad de esas participaciones en el reconocimiento inicial más la participación de las participaciones no controladoras en los cambios posteriores en el capital. Los resultados integrales totales se atribuyen a las participaciones no controladoras incluso si esto da lugar a que las participaciones no controladoras tengan un saldo negativo.
Cambios en las participaciones de la Entidad en las subsidiarias existentes
Los cambios en las inversiones en las subsidiarias de la Entidad que no den lugar a una pérdida de control se registran como transacciones de capital. El valor en libros de las inversiones y participaciones no controladoras de la Entidad se ajusta para reflejar los cambios en las correspondientes inversiones en subsidiarias. Cualquier diferencia entre el importe por el cual se ajustan las participaciones no controladoras y el valor razonable de la contraprestación pagada o recibida se reconoce directamente en el capital contable y se atribuye a los propietarios de la Entidad.
Cuando la Entidad pierde el control de una subsidiaria, la ganancia o pérdida en la disposición se calcula como la diferencia entre (i) la suma del valor razonable de la contraprestación recibida y el valor razonable de cualquier participación retenida y (ii) el valor en libros anterior de los activos (incluyendo el crédito mercantil) y pasivos de la subsidiaria y cualquier participación no controladora. Los importes previamente reconocidos en otras partidas del resultado integral relativos a la subsidiaria se registran de la misma manera establecida para el caso de que se disponga de los activos o pasivos relevantes (es decir, se reclasifican a resultados o se transfieren directamente a otras partidas de capital contable según lo especifique/permita la IFRS aplicable). El valor razonable de cualquier inversión retenida en la subsidiaria a la fecha en que se pierda el control se considera como el valor razonable para el reconocimiento inicial, según la IAS 39 o, en su caso, el costo en el reconocimiento inicial de una inversión en una asociada o negocio conjunto.
Al 31 de diciembre de 2019 y 2018, la participación accionaria en el capital social de las principales subsidiarias se muestra a continuación:
Porcentaje de participación directa e indirecta %
Subsidiarias
Actividades
2019
2018
9
| Organización de Proyectos de | Tenedora del 99.99% de las | ||
|---|---|---|---|
| Infraestructura, S.A.P.I. de | acciones de Concesionaria | ||
| C.V. y subsidiaria (“OPI y | Mexiquense, S.A. de C.V. | ||
| subsidiaria”)(1) (2) | (“Conmex”) | 51.00 | 51.00 |
| Grupo Autopistas Nacionales, | Concesión de la autopista | ||
| S.A. (“GANA”) | Amozoc- Perote | 69.18 | 69.18 |
| Viaducto Bicentenario, S.A. de | Concesión de la vía periférica | ||
| C.V. (“VIADUCTO | elevada en el Estado de | ||
| BICENTENARIO”) | México. | 99.99 | 99.99 |
| Cedió la Concesión del | |||
| Viaducto Elevado de Puebla a | |||
| Autovías Concesionadas, S.A. | Libramiento Elevado de | ||
| de C.V. (“AUTOVIAS”)(5) | Puebla, S.A. de C.V. | 99.99 | 99.99 |
| Administradora de Acciones | |||
| Toluca, S.A. de C.V. | Posee inversión en la concesión | ||
| (“AATOLUCA”)(6) | del Aeropuerto de Toluca | 99.99 | 99.99 |
| Construcciones Amozoc Perote, | |||
| S.A. de C.V. (“CAPSA”) | Constructora | 69.18 | 69.18 |
| Operadora Concesionaria | Prestadora de servicios de | ||
| Mexiquense, S.A. de C.V. | operación de las autopistas | ||
| (“OPCOM”) | concesionadas | 99.99 | 99.99 |
| Autopista Urbana Norte, S.A. de | Concesión de la Vía Periferia | ||
| C.V. (“AUNORTE”) | Elevada | 99.99 | 99.99 |
| Latina México, S.A. de C.V. | |||
| (“LATINA”) | Constructora | 99.99 | 99.99 |
| Prestadora de servicios | |||
| Seconmex Administración, S.A. | profesionales, técnicos y | ||
| de C.V. (“SECONMEX”) | administrativos | 98.00 | 98.00 |
| Concesión de la autopista | |||
| Concesionaria AT-AT, S.A. de | Atizapán-Atlacomulco en | ||
| C.V. | Estado de México | 99.99 | 99.99 |
| Prestador de servicios de | |||
| OPCEM, S.A.P.I. de C.V.(2) | operación del CEM | 51.00 | 51.00 |
| Prestadora de servicios de | |||
| operación de VIADUCTO | |||
| Conservación MM, S.A. de | BICENTENARIO y | ||
| C.V.(3) | AUNORTE | 99.99 | 99.99 |
| Prestadora de servicios de | |||
| Manop, S.A. de C.V.(3) | operación de GANA | 69.18 | 69.18 |
| OTM Servicios de Pago, S.A. | Prestadora de servicios de | ||
| de C.V.(4) | operación de Televía | 99.99 | 99.99 |
(1) Participación directa e indirecta de la Entidad en la Concesión del Circuito Exterior Mexiquense (“CEM”).
(2) Con fecha 9 y 10 de mayo de 2018 IFM GIF a través de sus subsidiarias, transmitió su participación de 49% en el capital de OPI y OPCEM a Caisse de Dépôt et Placement du
10
Québec (“CDPQ”) y a su Cesionaria Fideicomiso 2893 “Fideicomiso 2893”. CDPQ y los inversionistas del Fideicomiso 2893 son inversionistas institucionales con inversiones de largo plazo.
-
(3) Constituida el 23 de abril de 2018.
-
(4) Constituida el 24 de octubre de 2018.
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(5) El 14 de enero de 2019, se cambió su razón social a Autovías Concesionadas, S.A. de C.V. (6) El 26 de marzo de 2019, se cambió su razón social a Administradora de Acciones Toluca, S.A. de C.V.
Un resumen de la información financiera consolidada de OPI con su subsidiaria CONMEX, que tiene una participación no controladora significativa se detalla a continuación.
| OPI y Subsidiaria Activos circulantes Activos no circulantes Pasivos circulantes Pasivos no circulantes Capital atribuible a los accionistas Ingresos Gastos Costo financiero Impuestos a la utilidad Utilidad neta del año Otros resultados integrales Utilidad integral del año Flujos de efectivo de actividades de operación, neto Flujos de efectivo de actividades de inversión, neto Flujos de efectivo de actividades de financiamiento, neto Flujos de efectivo, neto |
2019 $ 2,006,553 $ 89,086,424 $ 1,895,158 $ 41,037,441 $ 48,160,378 $ 11,312,290 $ 1,015,897 $ 2,410,833 $ 2,196,603 $ 5,688,957 $ (248,269) $ 5,440,688 $ 3,639,979 $ (4,988) $ 2,966,620 $ 3,723,831 |
2018 $ 1,378,458 $ 82,515,639 $ 1,970,012 $ 39,204,370 $ 42,719,715 $ 12,425,093 $ 1,260,640 $ 2,975,011 $ 2,281,735 $ 5,907,707 $ 60,338 $ 5,968,045 $ 3,419,745 $ (102,336) $ (3,268,860) $ 3,055,460 |
|---|---|---|
La conciliación de la información financiera que se resumió anteriormente del valor en libros de la participación no controladora en OPI, se reconoció en los estados financieros consolidados:
2019 2018
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| Activos netos de OPI Proporción de la participación no controladora en OPI Valor en libros de la participación controladora en OPI |
$ 48,160,378 23,598,585 $ 24,561,793 |
$ 42,719,715 20,932,660 |
|---|---|---|
$ 21,787,055 |
Subsidiarias
Las subsidiarias sobre las que la Entidad tiene el poder de gobernar sus políticas operativas y financieras, generalmente por ser propietaria de más de la mitad de sus acciones con derecho de voto. La existencia y efectos de los derechos potenciales de voto que son actualmente ejercibles o convertibles se consideran al evaluar si la Entidad controla a otra entidad. Las subsidiarias se consolidan desde la fecha en que su control se transfiere a la Entidad, y se dejan de consolidar desde la fecha en la que se pierde el control.
Las políticas contables de las subsidiarias han sido modificadas cuando ha sido necesario, para asegurar que exista una consistencia con las políticas adoptadas por la Entidad.
Inversiones en asociadas y negocios conjuntos
Una asociada es una entidad sobre la cual la Entidad tiene influencia significativa. Influencia significativa es el poder de participar en decisiones sobre políticas financieras y de operación de la entidad en la que se invierte, pero no implica un control o control conjunto sobre esas políticas.
Un negocio conjunto es un acuerdo contractual mediante el cual las partes que tienen el control conjunto del acuerdo tienen derecho a los activos netos del negocio conjunto. El control conjunto es el acuerdo contractual para compartir el control en un negocio, el cual existe cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren la aprobación unánime de las partes que comparten el control.
Los resultados y los activos y pasivos de las asociadas o negocios conjuntos se incorporan a los estados financieros consolidados utilizando el método de participación, excepto si la inversión, o una porción de la misma, se clasifica como mantenida para su venta, en cuyo caso se contabiliza conforme a la IFRS 5 Activos No Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuas . Conforme al método de participación, las inversiones en asociadas o negocios conjuntos inicialmente se contabilizan en el estado consolidado de posición financiera al costo y se ajusta por cambios posteriores a la adquisición por la participación de la Entidad en la utilidad o pérdida y los resultados integrales de la asociada o negocio conjunto. Cuando la participación de la Entidad en las pérdidas de una entidad asociada o un negocio conjunto de la Entidad supera la participación de la Entidad en esa asociada o negocio conjunto (que incluye los intereses a largo plazo que, en sustancia, forman parte de la inversión neta de la Entidad en la asociada o negocio conjunto) la Entidad deja de reconocer su participación en las pérdidas. Las pérdidas adicionales se reconocen siempre y cuando la Entidad haya contraído alguna obligación legal o implícita o haya hecho pagos en nombre de la asociada o negocio conjunto.
Una inversión en una asociada o un negocio conjunto se registra utilizando el método de participación desde la fecha en que la participada se convierte en una asociada o un negocio conjunto. En la adquisición de la inversión en una asociada o negocio conjunto, el exceso en el costo de adquisición sobre la participación de la Entidad en el valor razonable neto de los activos y pasivos identificables en la inversión se reconoce como crédito mercantil, el cual se incluye en el valor en libros de la inversión. Cualquier exceso de participación de la Entidad en el valor razonable neto de los activos y pasivos identificables en el costo de adquisición de la inversión,
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después de la re-evaluación, luego de su re-evaluación, se reconoce inmediatamente en los resultados del periodo en el cual la inversión se adquirió.
Los requerimientos de IAS 36 se aplican para determinar si es necesario reconocer una pérdida por deterioro con respecto a la inversión de la Entidad en una asociada o un negocio conjunto. Cuando es necesario, se prueba el deterioro del valor en libros total de la inversión (incluyendo el crédito mercantil) de conformidad con IAS 36 Deterioro de Activos como un único activo, comparando su monto recuperable (mayor entre valor en uso y valor razonable menos costo de venta) contra su valor en libros. Cualquier pérdida por deterioro reconocida forma parte del valor en libros de la inversión. Cualquier reversión de dicha pérdida por deterioro se reconoce de conformidad con IAS 36 en la medida en que dicho monto recuperable de la inversión incrementa posteriormente.
La Entidad descontinua el uso del método de participación desde la fecha en que la inversión deja de ser una asociada o un negocio conjunto, o cuando la inversión se clasifica como mantenida para la venta. Cuando la Entidad mantiene la participación en la antes asociada o negocio conjunto la inversión retenida se mide a valor razonable a dicha fecha y se considera como su valor razonable al momento del reconocimiento inicial de conformidad con IFRS 9. La diferencia entre el valor contable de la asociada o negocio conjunto en la fecha en que el método de la participación se descontinuó y el valor razonable atribuible a la participación retenida y la ganancia por la venta de una parte del interés en la asociada o negocio conjunto se incluye en la determinación de la ganancia o pérdida por disposición de la asociada o negocio conjunto. Adicionalmente, la Entidad contabiliza todos los montos previamente reconocidos en otros resultados integrales en relación a esa asociada o negocio conjunto con la misma base que se requeriría si esa asociada o negocio conjunto hubiese dispuesto directamente los activos o pasivos relativos. Por lo tanto, si una ganancia o pérdida previamente reconocida en otros resultados integrales por dicha asociada o negocio conjunto se hubiere reclasificado al estado consolidado de resultados al disponer de los activos o pasivos relativos, la Entidad reclasifica la ganancia o pérdida del capital al estado consolidado de resultados (como un ajuste por reclasificación) cuando la asociada o negocio conjunto se descontinua.
La Entidad sigue utilizando el método de participación cuando una inversión en una asociada se convierte en una inversión en un negocio conjunto o una inversión en un negocio conjunto se convierte en una inversión en una asociada. No existe una revaluación a valor razonable sobre dichos cambios en la participación.
Cuando la Entidad reduce su participación en una asociada o un negocio conjunto pero la Entidad sigue utilizando el método de la participación, la Entidad reclasifica a resultados la proporción de la ganancia o pérdida que había sido previamente reconocida en otros resultados integrales en relación a la reducción de su participación en la inversión si esa utilidad o pérdida se hubieran reclasificado al estado consolidado de resultados en la disposición de los activos o pasivos relativos.
Cuando la Entidad lleva a cabo transacciones con su asociada o negocio conjunto, la utilidad o pérdida resultante de dichas transacciones con la asociada o negocio conjunto se reconocen en los estados financieros consolidados de la Entidad sólo en la medida de la participación en la asociada o negocio conjunto que no se relacione con la Entidad.
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d. Fondos en Fideicomisos - La Entidad presenta a largo plazo en el estado consolidado de posición financiera, el efectivo depositado en los Fondos para reservas para el pago de servicio de la deuda que no será utilizado dentro de los 12 meses siguientes al final del período reportado. Aquellos fondos que serán utilizados en el ejercicio siguiente o cuyas disposiciones son sin restricciones, se clasifican en el corto plazo.
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e. Otros activos financieros - Las inversiones en instrumentos de deuda administrados bajo un modelo de negocios cuyo objetivo es cobrar los flujos de efectivo contractuales y que sean
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únicamente pagos de principal e intereses sobre saldo insoluto, generalmente se miden a costo amortizado al final de los períodos contables posteriores.
Inicialmente se valúan y se registran al valor razonable. En relación con los costos de la transacción que son directamente atribuibles a la adquisición de las inversiones se suman o reducen del valor razonable de los activos financieros, en su caso, en el reconocimiento inicial.
Las inversiones de bonos de deuda bursátil que la Entidad tiene contraídos se valúan subsecuentemente al costo amortizado usando el método de interés efectivo, menos cualquier deterioro. Los ingresos por intereses se reconocen aplicando la tasa de interés efectiva. Los rendimientos que se generan se reconocen en los resultados conforme se devengan, como parte del ingreso por intereses.
- f. Inversión en concesiones - La Entidad reconoce contablemente las inversiones realizadas en proyectos de infraestructura de acuerdo con la CINIIF 12.
La CINIIF 12 se refiere al registro por parte de operadores del sector privado involucrados en proveer activos y servicios de infraestructura al sector público sustentados en acuerdos de concesión, clasificando los activos en activos financieros, activos intangibles o una combinación de ambos.
Conforme a la CINIIF 12, la Entidad registra la inversión en concesiones en dos rubros basados en la naturaleza económica y características de los Títulos de Concesión como sigue:
- 1 Títulos de Concesión que establecen que el déficit entre la inversión en infraestructura y el rendimiento establecido en los propios Títulos de Concesión, comparado con los flujos de peaje reales es cubierto por la entidad concedente. Los activos que se registran en este rubro se valúan: 1) con base en flujos futuros descontados, equivalentes a su valor razonable que se espera recibir por concepto de peaje directamente de los usuarios del servicio, en lo que se denomina activo intangible; y 2) el déficit definido a cargo del concedente, que corresponde a un activo financiero conforme lo establece el párrafo 16 de la CINIIF 12. Estas concesiones se valúan a su valor presente a la fecha de los estados financieros.
Para la determinación del monto identificado como activo intangible, conforme a la IAS 38 Activos Intangibles , se utilizan proyecciones financieras que se elaboran conjuntamente por expertos de la propia administración y por expertos externos independientes. Dichas proyecciones financieras se elaboran anualmente, mismas que se actualizarán cuando surgen indicios o eventos que afecten significativamente los supuestos utilizados en su preparación.
Los ingresos por valuación del activo intangible se determinan con base en los flujos futuros por peaje descontados a una tasa de descuento apropiada. Los ingresos por valuación del déficit a cargo del concedente se determinan por la diferencia entre el rendimiento total establecido conforme al Título de Concesión y el valor en libros revaluado determinado para el activo intangible en cada período.
- 2 Títulos de Concesión que establecen que la recuperación de la inversión en infraestructura y el rendimiento establecido en los propios títulos será recuperado solo por los flujos de peaje. Estas concesiones se registran como activos intangibles.
El activo intangible por concesiones donde la recuperación es solamente a través de flujos futuros de peaje y no existe ninguna responsabilidad complementaria a cargo de la entidad concedente se valúa a costo y se amortiza de acuerdo al método línea recta, con base en los años remanentes de la concesión otorgados según corresponda en cada concesión, considerando el valor residual de los activos y son sujetos a pruebas de deterioro
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trimestralmente.
La CINIIF 12 establece para los Títulos de Concesión, que los activos de infraestructura no deben ser reconocidos como propiedades y equipo por el operador.
Los ingresos y los costos relacionados con la construcción o las mejoras se reconocen en los ingresos y costos durante la fase de construcción. El costo por interés devengado durante el período de construcción se capitaliza en el caso de concesiones clasificadas como activos intangibles.
Los ingresos por construcción se reconocen conforme al método del grado de avance, bajo este método, el ingreso es identificado con los costos incurridos para alcanzar la etapa de avance para la terminación de la concesión, resultando en el registro de ingresos y costos atribuibles a la proporción de trabajo terminado al cierre de cada año. Para la construcción de las vías que tiene concesionadas, la Entidad y sus subsidiarias, en general, subcontratan a partes relacionadas o compañías constructoras independientes; por medio de los subcontratos de construcción celebrados, las constructoras son las responsables de la ejecución, terminación y calidad de las obras. Los precios de contratación con las empresas subcontratistas son a precios de mercado por lo que la Entidad no reconoce en sus estados consolidados de resultados un margen de utilidad por la ejecución de dichas obras. Los subcontratos de construcción no eximen a la Entidad de sus obligaciones adquiridas con respecto a los Títulos de Concesión. Por aquellas obras que son realizadas directamente por la Entidad se reconocen márgenes de utilidad en su construcción.
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g. Anticipos a proveedores por obra - Corresponden a erogaciones efectuadas para trabajos que se recibirán en el futuro por concepto de inversión en obra, cuya característica básica es el que esta no le transfiere aun a la Entidad los riesgos y beneficios inherentes a los bienes y servicios que está por adquirir o recibir.
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h. Subvenciones oficiales y ayudas gubernamentales - No se reconocen hasta que exista una seguridad razonable de que la Entidad cumplirá con las condiciones correspondientes de IAS 20, “Contabilización de las subvenciones del gobierno e información a revelar sobre ayudas gubernamentales” y que las subvenciones se recibirán.
Las aportaciones recibidas del gobierno se presentan disminuyendo el valor por el que se ha contabilizado el activo correspondiente, es decir el Activo intangible por concesiones.
Dichas aportaciones del gobierno se reconocen como ingresos a lo largo de los períodos necesarios para enfrentarlos con la amortización del activo intangible por concesiones con que se compensa, sobre una base sistemática.
- i. Mobiliario, equipo y otros activos - Se reconocen al costo de adquisición menos depreciación y cualquier pérdida acumulada por deterioro. El costo incluye erogaciones que son directamente atribuibles a la adquisición del activo. La depreciación se calcula conforme al método de línea recta con base en la vida útil, como sigue:
| Porcentaje anual | |
|---|---|
| % | |
| Equipo de cómputo | 30 |
| Equipo de transporte | 25 |
| Mobiliario y equipo de oficina | 10 |
| Maquinaria | 10 |
| Equipo de señalización | 10 |
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Equipo de energía eléctrica 10 Gastos de instalación en locales arrendados 10
La vida útil estimada, y el método de depreciación se revisan al final de cada año, y el efecto de cualquier cambio en la estimación registrada se reconoce sobre una base prospectiva.
Un elemento de mobiliario y equipo y otros activos se da de baja cuando se vende o cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros que deriven del uso continuo del activo. La utilidad o pérdida que surge de la venta o retiro de una partida de mobiliario y equipo y otros activos se calcula como la diferencia entre los recursos que se reciben por la venta y el valor en libros del activo, y se reconoce en resultados.
j. Arrendamientos
- La Entidad como arrendatario
La Entidad evalúa si un contrato contiene un arrendamiento en su origen. La Entidad reconoce un activo por derechos de uso y un pasivo por arrendamiento correspondiente respecto a todos los contratos de arrendamiento en los que sea arrendatario, exceptuando los arrendamientos de corto plazo (12 meses o menos) y los de activos de bajo valor (como tabletas electrónicas, computadoras personales y objetos pequeños de mobiliario de oficina y teléfonos). Para estos arrendamientos, la Entidad reconoce los pagos de renta como un gasto operativo bajo el método de línea recta a través del periodo de vigencia del arrendamiento, a menos que otro método sea más representativo del patrón del tiempo en que los beneficios económicos proveniente del consumo de los activos arrendados.
El pasivo por arrendamiento es medido inicialmente al valor presente de los pagos de renta que no sean pagados en la fecha de inicio, descontado por la tasa implícita en el contrato. Si esta tasa no puede ser fácilmente determinada, la Entidad utiliza tasas incrementales.
Los pagos de renta incluidos en la medición del pasivo por arrendamiento consisten en:
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Pagos de renta fijos (incluyendo pagos fijos en sustancia), menos cualquier incentivo por arrendamiento recibido;
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Pagos de renta variables que dependen de un índice o tasa, inicialmente medidos usando el índice o tasa en la fecha de inicio;
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El monto esperado a pagarse por el arrendatario bajo garantías de valor residual;
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El precio de ejercicio de opciones de compra, si el arrendatario está razonablemente certero de ejercitar las opciones; y
-
Pagos por penalizaciones resultantes de la terminación del arrendamiento, si el periodo del arrendamiento refleja el ejercicio de una opción de terminación del arrendamiento.
El pasivo por arrendamiento se presenta como un concepto separado en el estado consolidado de posición financiera.
El pasivo por arrendamiento es medido subsecuentemente con el aumento del valor en libros para reflejar los intereses devengados por el pasivo por arrendamiento (usando el método de interés efectivo) y reduciendo el valor en libros para reflejar los pagos de renta realizados.
La Entidad revalúa el pasivo por arrendamiento (y realiza el ajuste correspondiente al activo por derechos de uso relacionado) siempre que:
- El plazo del arrendamiento es modificado o hay un evento o cambio significativo en las
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circunstancias del arrendamiento resultando en un cambio en la evaluación del ejercicio de opción de compra, en cuyo caso el pasivo por arrendamiento es medido descontando los pagos de renta actualizados usando una tasa de descuento actualizada.
-
Los pagos de renta se modifican como consecuencia de cambios en índices o tasa o un cambio en el pago esperado bajo un valor residual garantizado, en cuyos casos el pasivo por arrendamiento se revalúa descontando los pagos de renta actualizados utilizando la misma tasa de descuento (a menos que el cambio en los pagos de renta se deba a un cambio en una tasa de interés variable, en cuyo caso se usa una tasa de descuento actualizada).
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• Un contrato de arrendamiento se modifique y la modificación del arrendamiento no se contabilice como un arrendamiento separado, en cuyo caso el pasivo por arrendamiento se revalúa basándose en el plazo del arrendamiento del arrendamiento modificado, descontando los pagos de renta actualizados usando una tasa de descuento actualizada a la fecha de entrada en vigor de la modificación.
La Entidad no realizó ninguno de los ajustes mencionados.
Los activos por derechos de uso consisten en la medición inicial del pasivo por arrendamiento correspondiente, los pagos de renta realizados en o antes de la fecha de inicio, menos cualquier incentivo por arrendamiento recibido y cualquier costo inicial directo. La valuación subsecuente es el costo menos la depreciación acumulado y pérdidas por deterioro.
Si la Entidad incurre en una obligación surgida de costos de desmantelar y remover un activo arrendado, restaurar el lugar en el cual está localizado o restaurar el activo subyacente a la condición requerida por los términos y condiciones del arrendamiento, se debe reconocer una provisión medida conforme a IAS 37. En la medida en que los costos se relacionen a un activo por derechos de uso, los costos son incluidos en el activo por derechos de uso relacionado, a menos que dichos costos se incurran para generar inventarios.
Los activos por derechos de uso se deprecian sobre el período que resulte más corto entre el periodo del arrendamiento y la vida útil del activo subyacente. Si un arrendamiento transfiere la propiedad del activo subyacente o el costo del activo por derechos de uso refleja que la Entidad planea ejercer una opción de compra, el activo por derechos de uso se depreciará sobre la vida útil. La depreciación comienza en la fecha de inicio del arrendamiento.
Los activos por derechos de uso son presentados como un concepto separado en el estado consolidado de posición financiera.
La Entidad aplica IAS 36 para determinar si un activo por derechos de uso está deteriorado y contabiliza cualquier pérdida por deterioro identificada como se describe en la política de ‘Mobiliario, equipo y otros activos’.
Los arrendamientos con rentas variables que no dependen de un índice o tasa, no son incluidos en la medición del pasivo por arrendamiento y del activo por derechos de uso. Los pagos relacionados son reconocidos como un gasto en el periodo en el que sucede el evento o condición que desencadena los pagos y son incluidos en el concepto de “Costos y gastos de operación” en el estado consolidado de resultados (Notas 11 y 12).
Como expediente práctico, la IFRS 16 permite no separar los componentes de no arrendamiento y en su lugar contabilizar cualquier arrendamiento y sus componentes de no arrendamientos asociados como un solo acuerdo. La Entidad no ha utilizado este expediente práctico. Para contratos que contienen componentes de arrendamiento y uno o más componentes de arrendamiento o de no arrendamiento adicionales, la Entidad asigna la consideración del contrato a cada componente de arrendamiento bajo el método del precio relativo de venta independiente
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del componente de arrendamiento y precio relativo de venta independiente agregado para todos los componentes de no arrendamiento.
- k. Costos por préstamos - Los costos por préstamos atribuibles directamente a la adquisición, construcción o producción de activos calificables, los cuales requieren de un periodo de tiempo substancial hasta que están listos para su uso o venta, se adicionan al costo de esos activos durante ese tiempo hasta el momento en que estén listos para su uso o venta.
El ingreso que se obtiene por la inversión temporal de fondos de préstamos específicos pendientes de ser utilizados en activos calificables se deduce de los costos por préstamos elegibles para ser capitalizados.
Todos los otros costos por préstamos se reconocen en los resultados durante el período en que se incurren.
- l. Deterioro activos tangibles e intangibles - Al final de cada período, la Entidad revisa los valores en libros de sus activos tangibles e intangibles a fin de determinar si existen indicios de que estos activos han sufrido alguna pérdida por deterioro. Si existe algún indicio, se calcula el monto recuperable del activo a fin de determinar el alcance de la pérdida por deterioro (de haber alguna). Cuando no es posible estimar el monto recuperable de un activo individual, la Entidad estima el monto recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que pertenece dicho activo. Cuando se puede identificar una base razonable y consistente de distribución, los activos corporativos también se asignan a las unidades generadoras de efectivo individuales, o de lo contrario, se asignan a la Entidad más pequeño de unidades generadoras de efectivo para los cuales se puede identificar una base de distribución razonable y consistente.
Los activos intangibles con una vida útil indefinida o todavía no disponibles para su uso, se sujetan a pruebas para efectos de deterioro al menos cada año, y siempre que exista un indicio de que el activo podría haberse deteriorado.
El monto recuperable es el mayor entre el valor razonable menos el costo de venderlo y el valor de uso. Al evaluar el valor de uso, los flujos de efectivo futuros estimados se descuentan a su valor presente utilizando una tasa de descuento antes de impuestos que refleje la evaluación actual del mercado respecto al valor del dinero en el tiempo y los riesgos específicos del activo para el cual no se han ajustado las estimaciones de flujos de efectivo futuros.
Si se estima que el monto recuperable de un activo (o unidad generadora de efectivo) es menor que su valor en libros, el valor en libros del activo (o unidad generadora de efectivo) se reduce a su monto recuperable. Las pérdidas por deterioro se reconocen inmediatamente en resultados.
Posteriormente, cuando una pérdida por deterioro se revierte, el valor en libros del activo (o unidad generadora de efectivo) se incrementa al valor estimado revisado a su monto recuperable, de tal manera que el valor en libros incrementado no exceda el valor en libros que se habría determinado si no se hubiera reconocido una pérdida por deterioro para dicho activo (o unidad generadora de efectivo) en años anteriores. La reversión de una pérdida por deterioro se reconoce inmediatamente en resultados.
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m. Otros activos - Incluyen principalmente costos incurridos por proyectos de telepeaje y otros. Los costos erogados en estos activos, que den origen a beneficios económicos futuros y que cumplan con ciertos requisitos para su reconocimiento, se capitalizan y se amortizan de acuerdo a su vida útil. Las erogaciones que no cumplen con dichos requisitos se registran en resultados en el ejercicio en que se incurren.
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n. Provisiones - Se reconocen cuando la Entidad tiene una obligación presente (ya sea legal o asumida) como resultado de un suceso pasado, es probable que la Entidad tenga que liquidar la obligación, y puede hacerse una estimación confiable del importe de la obligación.
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El importe que se reconoce como provisión es la mejor estimación del desembolso necesario para liquidar la obligación presente, al final del período sobre el que se informa, teniendo en cuenta los riesgos y las incertidumbres que rodean a la obligación. Cuando se valúa una provisión usando los flujos de efectivo estimados para liquidar la obligación presente, su valor en libros representa el valor presente de dichos flujos de efectivo (cuando el efecto del valor del dinero en el tiempo es material).
- o. Provisión para mantenimiento mayor - La Entidad crea la provisión de mantenimiento mayor de tramos carreteros, en función a la estimación del costo del siguiente mantenimiento mayor de forma lineal desde el último efectuado, con el fin de cumplir con la obligación contractual de que al término de la concesión los activos de la misma se reviertan al gobierno en condiciones óptimas para su operación.
La Entidad efectúa un análisis sobre los conceptos de mantenimiento mayor que realizará en el período de 12 meses siguiente a la fecha de los estados financieros, cuantificando los costos estimados a incurrir, los cuales son presentados en el corto plazo.
El importe que se reconoce en esta provisión es la mejor estimación del desembolso necesario para liquidar la obligación presente, al final del período sobre el que se informa, teniendo en cuenta los riesgos y las incertidumbres que rodean a la obligación. Cuando se valúa una provisión usando los flujos de efectivo estimados para liquidar la obligación presente, su valor en libros representa el valor presente de dichos flujos de efectivo (cuando el efecto del valor del dinero en el tiempo es material).
p. Beneficios a empleados
Beneficios a empleados por terminación y retiro
Las aportaciones a los planes de beneficios al retiro de contribuciones definidas se reconocen como gastos al momento en que los empleados han prestado los servicios que les otorgan el derecho a las contribuciones.
En el caso de los planes de beneficios definidos, que incluyen prima de antigüedad, su costo se determina utilizando el método de crédito unitario proyectado, con valuaciones actuariales que se realizan al final de cada año sobre el que se informa. Las remediciones, que incluyen las ganancias y pérdidas actuariales, se reflejan de inmediato en el estado consolidado de posición financiera con cargo o crédito que se reconoce en otros resultados integrales en el período en el que ocurren. Las remediciones reconocidas en otros resultados integrales se reflejan de inmediato en las utilidades acumuladas y no se reclasifica a resultados. Costo por servicios pasados se reconoce en resultados en el período de la modificación al plan. Los intereses netos se calculan aplicando la tasa de descuento al inicio del período de la obligación el activo o pasivo por beneficios definidos.
Los costos por beneficios definidos se clasifican de la siguiente manera:
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Costo por servicio (incluido el costo del servicio actual, costo de los servicios pasados, así como las ganancias y pérdidas por reducciones o liquidaciones).
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Los gastos o ingresos por interés netos.
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Remediciones.
La Entidad presenta los dos primeros componentes de los costos por beneficios definidos como un gasto o un ingreso según la partida. Las ganancias y pérdidas por reducción del servicio se reconocen como costos por servicios pasados.
Las obligaciones por beneficios al retiro reconocidas en el estado consolidado de posición
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financiera representan las pérdidas y ganancias actuales en los planes por beneficios definidos de la Entidad. Cualquier ganancia que surja de este cálculo se limita al valor presente de cualquier beneficio económico disponible de los rembolsos y reducciones de contribuciones futuras al plan.
Beneficios a los empleados a corto plazo
Se reconoce un pasivo por beneficios que correspondan a los empleados con respecto a sueldos y salarios, vacaciones anuales, ausencias compensadas, vacaciones y prima vacacional.
Los pasivos reconocidos por los beneficios a los empleados a corto plazo se valúan al importe no descontado por los beneficios que se espera pagar por ese servicio.
Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU)
La PTU se registra en los resultados del año en que se causa y se presenta en el rubro de costos y gastos de operación en el estado consolidado de resultados y otros resultados integrales.
Como resultado de la Ley del Impuesto Sobre la Renta de 2014, al 31 de diciembre de 2019 y 2018, la PTU se determina con base en la utilidad fiscal conforme a la fracción I del artículo 9 de la misma Ley.
- q. Impuestos a la utilidad - La Entidad está sujeta a las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (“LISR”).
El gasto por impuestos a la utilidad representa la suma de los impuestos a la utilidad causados y los impuestos a la utilidad diferidos.
En marzo de 2014, Aleatica, S.A.B. de C.V. presentó escrito a través del cual da aviso de que opta por tributar conforme al Régimen Opcional para Grupos de Sociedades a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la LISR, por lo que a partir de esa fecha la Entidad tributa en este nuevo régimen.
(a) Impuestos a la utilidad causados
El impuesto causado calculado corresponde al impuesto sobre la renta (“ISR”) y se registra en los resultados del año en que se causa.
El impuesto causado es pagadero en la base gravable del año. La utilidad gravable difiere de la utilidad neta como es reportada en la utilidad o pérdida porque excluye componentes de ingresos o gastos que son acumulables o deducibles en otros años y excluye componentes que nunca han sido acumulables o deducibles. Los pasivos de la Entidad por los impuestos causados son calculados usando las tasas de impuestos que se han decretado al final del periodo de reporte.
Una provisión es reconocida para esos motivos en los que la determinación del impuesto es incierta, pero es considerada probable de que exista una futura salida de fondos para una autoridad fiscal. Las provisiones son valuadas a la mejor cantidad que se espera se vuelva pagadera. La evaluación está basada en el juicio de expertos en fiscal apoyada por las experiencias previas de la Entidad en ese tipo de actividades y en algunos casos basados en la consulta de un especialista independiente de impuestos.
- (b) Impuestos a la utilidad diferidos
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Los impuestos a la utilidad diferidos se reconocen sobre las diferencias temporales entre el valor en libros de los activos y pasivos incluidos en los estados financieros consolidados y las bases fiscales correspondientes utilizadas para determinar el resultado fiscal, la tasa correspondiente a estas diferencias y en su caso se incluyen los beneficios de las pérdidas fiscales por amortizar y de algunos créditos fiscales. El activo o pasivo por impuesto a la utilidad diferido se reconoce generalmente para todas las diferencias fiscales temporales. Se reconocerá un activo por impuestos diferidos, por todas las diferencias temporales deducibles, en la medida en que resulte probable que la Entidad disponga de utilidades fiscales futuras contra las que pueda aplicar esas diferencias temporales deducibles. Estos activos y pasivos no se reconocen si las diferencias temporales surgen del crédito mercantil o del reconocimiento inicial (distinto al de la combinación de negocios) de otros activos y pasivos en una operación que no afecta el resultado fiscal ni el contable.
Se reconoce un pasivo por impuestos diferidos por diferencias temporales gravables asociadas con inversiones en subsidiarias y asociadas, y participaciones en negocios conjuntos, excepto cuando la Entidad es capaz de controlar la reversión de la diferencia temporal y cuando sea probable que la diferencia temporal no se reversará en un futuro previsible. Los activos por impuestos diferidos que surgen de las diferencias temporales asociadas con dichas inversiones y participaciones se reconocen únicamente en la medida en que resulte probable que habrá utilidades fiscales futuras suficientes contra las que se utilicen esas diferencias temporales y se espera que éstas se reversarán en un futuro cercano.
El valor en libros de un activo por impuestos diferidos debe someterse a revisión al final de cada periodo sobre el que se informa y se debe reducir en la medida que se estime probable que no habrá utilidades gravables suficientes para permitir que se recupere la totalidad o una parte del activo.
Los activos y pasivos por impuestos diferidos se valúan empleando las tasas fiscales que se espera aplicar en el período en el que el pasivo se pague o el activo se realice, basándose en las tasas y leyes fiscales que hayan sido aprobadas o sustancialmente aprobadas al final del periodo sobre el que se informa.
La valuación de los pasivos y activos por impuestos diferidos refleja las consecuencias fiscales que se derivarían de la forma en que la Entidad espera, al final del periodo sobre el que se informa, recuperar o liquidar el valor en libros de sus activos y pasivos.
(c) Impuestos causados y diferidos
Los impuestos causados y diferidos se reconocen en resultados, excepto cuando se refieren a partidas que se reconocen fuera de los resultados, ya sea en los otros resultados integrales o directamente en el capital contable, respectivamente. Cuando surgen del reconocimiento inicial de una combinación de negocios el efecto fiscal se incluye dentro del reconocimiento de la combinación de negocios.
- r. Fondo de recompra y venta de acciones propias - Las acciones propias adquiridas se presentan como una disminución del fondo de recompra de acciones que se incluye en el estado consolidado de posición financiera en el renglón de utilidades acumuladas y se valúan a su costo de adquisición.
En el caso de venta de acciones del fondo de recompra, el importe obtenido en exceso o en déficit de su costo histórico es reconocido dentro de la prima en colocación y recolocación de acciones.
- s. Reconocimiento de ingresos por cuotas de peajes y por servicios - Los ingresos por peaje se reconocen al momento en que se presta el servicio al cliente, el cual se detona al momento del cruce por parte del usuario en la Vía Concesionada. La Entidad satisfice la obligación de desempeño permitiendo el cruce de la misma.
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La base del cargo (cobro) se determina en función a la cuota vigente al momento del cruce ya sea en efectivo o si es por inter-operabilidad dentro de las siguientes 24/48 horas vía transferencia electrónica.
De las cuotas por aforo vehicular que se perciben en las concesiones de GANA y CONMEX, una parte de las mismas son propiedad de Caminos y Puentes Federales (“CAPUFE”), las cuales no se reconocen como ingresos propios de la Entidad. Dichas cuotas propiedad de CAPUFE por los años terminados el 31 de diciembre de 2019 y 2018 ascendieron a $594,231 y $551,508, respectivamente.
- Ingresos por colocación de TAG
Ingresos derivados de la colocación de dispositivos denominados TAG para el cruce en autopistas.
El ingreso por colocación de TAG, incluye una sola obligación de desempeño a satisfacer y por lo tanto a reconocer, en un mismo punto en el tiempo, siendo cuando la Entidad le otorga el uso del dispositivo TAG al usuario.
- Ingresos por uso de TAG
Ingresos derivados del cobro de la tarifa por cada cruce realizado en las autopistas de los clientes mediante el uso de un dispositivo electrónico denominado TAG.
La Entidad, actúa como agente en dicha transacción, ya que es un intermediario entre el usuario y la autopista, por lo que solo reconoce la comisión en un punto en el tiempo; es decir, en cuanto el usuario utilice la vialidad a través del dispositivo TAG.
-
t. Utilidad por acción - La utilidad básica y diluida por acción ordinaria se calcula dividiendo la utilidad neta consolidada de la participación controladora entre el promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el ejercicio. La Entidad tiene acciones recompradas, por tal motivo la utilidad por acción diluida no es igual a la utilidad básica por acción ordinaria.
-
u. Instrumentos financieros - Los activos y pasivos financieros se reconocen cuando la Entidad se convierte en una parte de las disposiciones contractuales de los instrumentos.
Los activos y pasivos financieros se valúan inicialmente a su valor razonable. Los costos de la transacción que son directamente atribuibles a la adquisición o emisión de activos y pasivos financieros (distintos de los activos financieros a valor razonable con cambios en resultados) se suman o reducen del valor razonable de los activos y pasivos financieros, en su caso, en el reconocimiento inicial. Los costos de transacción directamente atribuibles a la adquisición de activos y pasivos financieros a su valor razonable con cambios en resultados se reconocen inmediatamente en resultados.
- v.
Activos financieros
Todas las compras o ventas regulares de activos financieros se reconocen y se dan de baja en una fecha de negociación. Las compras o ventas regulares son compras o ventas de activos financieros que requieren la entrega de activos dentro del plazo establecido por la regulación o prácticas habituales en el mercado.
Todos los activos financieros reconocidos se miden posteriormente en su totalidad, ya sea a costo
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amortizado o valor razonable, según la clasificación de los activos financieros.
Clasificación de activos financieros
Instrumentos de deuda que cumplan con las siguientes condicionales se miden subsecuentemente a costo amortizado:
-
Si el activo financiero se mantiene en un modelo de negocio cuyo objetivo es mantener activos financieros con el objetivo de obtener flujos contractuales de efectivo; y
-
Los términos contractuales del activo financiero dan lugar en fechas específicas a flujos de efectivo que son únicamente pagos de principal e interés sobre el monto del principal.
Instrumentos de deuda que cumplan las siguientes condiciones se miden subsecuentemente a valor razonable a través de otros resultados integrales:
-
El activo financiero es mantenido dentro de un modelo de negocio cuyo objetivo se cumple al obtener flujos contractuales de efectivo y vendiendo activos financieros; y
-
Los términos contractuales del activo financiero dan lugar, en fechas específicas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos de principal y del interés sobre el monto pendiente del principal.
Por defecto, todos los otros activos financieros son medidos subsecuentemente a valor razonable a través de resultados.
A pesar de lo anterior, la Entidad puede hacer la siguiente elección /designación irrevocable en el reconocimiento inicial de un activo financiero:
-
La Entidad puede elegir irrevocablemente presentar cambios subsecuentes en el valor razonable de una inversión de capital en otros resultados integrales si se cumplen ciertos criterios; y
-
La Entidad podrá designar irrevocablemente un instrumento de deuda que cumpla los criterios de costo amortizado o de valor razonable a través de otros resultados integrales si al hacerlo elimina o reduce significativamente una asimetría contable.
-
(i) Costo amortizado y método de interés efectivo
El método de interés efectivo es un método para calcular el costo amortizado de un instrumento de deuda y para asignar los ingresos por intereses durante el período relevante.
Para los activos financieros que no fueron comprados u originados por activos financieros con deterioro de crédito (por ejemplo, los activos que tienen deterioro de crédito en el reconocimiento inicial), la tasa de interés efectiva es la tasa que descuenta exactamente las entradas futuras de efectivo esperadas (incluidas todas las comisiones y puntos pagados o recibidos que forma parte integrante de la tasa de interés efectiva, los costos de transacción y otras primas o descuentos) excluyendo las pérdidas crediticias esperadas, a lo largo de la vida esperada del instrumento de deuda o, en su caso, un período más corto, al importe en libros bruto del instrumento de deuda en el reconocimiento inicial. Para los activos financieros con deterioro crediticio comprados u originados, una tasa de interés efectiva ajustada por crédito se calcula descontando los flujos de efectivo futuros estimados, incluidas las pérdidas crediticias esperadas, al costo amortizado del instrumento de deuda en el reconocimiento inicial.
El costo amortizado de un activo financiero es el monto al cual el activo financiero se
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mide en el reconocimiento inicial menos los reembolsos del principal, más la amortización acumulada utilizando el método de interés efectivo de cualquier diferencia entre ese monto inicial y el monto de vencimiento, ajustado por cualquier pérdida. El valor bruto en libros de un activo financiero es el costo amortizado de un activo financiero antes de ajustar cualquier provisión para pérdidas.
Los ingresos por interés se reconocen usando el efecto de interés efectivo para los instrumentos de deuda medidos subsecuentemente a costo amortizado y a valor razonable a través de otros resultados integrales. Para los activos financieros comprados u originados distintos de los activos financieros con deterioro de crédito, los ingresos por intereses se calculan aplicando la tasa de interés efectiva al valor en libros bruto de un activo financiero, excepto para los activos financieros que posteriormente han sufrido deterioro de crédito. Para los activos financieros que posteriormente se han deteriorado el crédito, los ingresos por intereses se reconocen aplicando la tasa de interés efectiva al costo amortizado del activo financiero. Si en periodos de reporte posteriores el riesgo crediticio en el instrumento financiero con deterioro crediticio mejora, de modo que el activo financiero ya no tiene deterioro crediticio, los ingresos por intereses se reconocen aplicando la tasa de interés efectiva al valor en libros bruto del activo financiero.
Para los activos financieros adquiridos u originados que tengan deterioro crediticio, la Entidad reconoce los ingresos por intereses aplicando la tasa de interés efectiva ajustada por crédito al costo amortizado del activo financiero a partir de su reconocimiento inicial. El cálculo no vuelve a la base bruta, incluso si el riesgo crediticio del activo financiero mejora posteriormente, de modo que el activo financiero ya no tiene deterioro crediticio.
Los ingresos por interés son reconocidos en resultados y se incluyen como “Ingresos financieros”.
- (ii) Activos financieros a valor razonable a través de resultados
Los activos financieros que no cumplen con los criterios para ser medidos al costo amortizado o valor razonable a través de otros resultados integrales (ver (i)) se miden a valor razonable a través de resultados. Específicamente:
-
Las inversiones en instrumentos de capital se clasifican como a valor razonable a través de resultados, a menos que la Entidad designe una inversión de capital que no se mantiene para negociar ni una contraprestación contingente que surja de una combinación de negocios como a valor razonable a través de otros resultados integrales en el reconocimiento inicial.
-
Los instrumentos de deuda que no cumplen con los criterios de costo amortizado o con los criterios de valor razonable a través de otros resultados integrales (ver (i)) se clasifican con valor razonable a través de resultados. Además, los instrumentos de deuda que cumplen con los criterios de costo amortizado o los criterios valor razonable a través de otros resultados integrales pueden designarse como valor razonable a través de resultados en el momento del reconocimiento inicial si dicha designación elimina o reduce significativamente una inconsistencia de medición o reconocimiento (denominada "disparidad contable") que surgiría de la medición activos o pasivos o el reconocimiento de las ganancias y pérdidas sobre ellos en diferentes bases. La Entidad no ha designado ningún instrumento de deuda con valor razonable a través de resultados.
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Los activos financieros a valor razonable a través de resultados integrales se miden a valor razonable al final de cada período de reporte, con cualquier ganancia o pérdida de valor razonable reconocida en utilidad o pérdida en la medida en que no sean parte de una relación de cobertura. La ganancia o pérdida neta reconocida en utilidad o pérdida incluye cualquier dividendo o interés ganado en el activo financiero y se incluye en la partida de “pérdida (ganancia) cambiaria, neta”.
Ganancias y pérdidas cambiarias
El valor en libros de los activos financieros denominados en una moneda extranjera se determina en esa moneda extranjera y se convierte al tipo de cambio al final de cada período sobre el que se informa. Específicamente;
-
Para activos financieros medidos al costo amortizado que no forman parte de una relación de cobertura designada, las diferencias cambiarias se reconocen en resultados en “pérdida (ganancia) cambiaria, neta”;
-
Para instrumentos de deuda medidos a valor razonable a través de otros resultados integrales que no son parte de una relación de cobertura designada, las diferencias cambiarias en el costo amortizado del instrumento de deuda se reconocen en resultados en “pérdida (ganancia) cambiaria, neta”;
-
Para activos financieros medidos a valor razonable a través de resultados que no forman parte de una relación de cobertura designada, las diferencias cambiarias se reconocen en resultados en “pérdida (ganancia) cambiaria, neta”; y
-
Para instrumentos de capital medidos a valor razonable a través de otros resultados integrales, las diferencias cambiarias se reconocen en otro resultado integral en la reserva de revaluación de inversiones.
Deterioro de activos financieros
La Entidad reconoce pérdidas crediticias esperadas de por vida para las cuentas por cobrar comerciales. Las pérdidas crediticias esperadas en estos activos financieros se estiman utilizando una matriz de provisión basada en la experiencia histórica de pérdidas crediticias de la Entidad, ajustada por factores que son específicos de los deudores, las condiciones económicas generales y una evaluación tanto de la dirección actual como de la previsión de condiciones en la fecha de reporte, incluyendo el valor temporal del dinero cuando sea apropiado.
Para todos los demás instrumentos financieros, la Entidad reconoce la pérdida crediticia esperada de por vida cuando ha habido un aumento significativo en el riesgo crediticio desde el reconocimiento inicial. Sin embargo, si el riesgo crediticio en el instrumento financiero no ha aumentado significativamente desde el reconocimiento inicial, la Entidad mide la provisión para pérdidas para ese instrumento financiero en una cantidad igual a la pérdida crediticia esperada a 12 meses.
La pérdida crediticia esperada de por vida representa las pérdidas crediticias esperadas que resultarán de todos los eventos de incumplimiento posibles durante la vida útil esperada de un instrumento financiero. En contraste, la pérdida crediticia esperada a 12 meses representa la parte de la pérdida esperada de por vida que se espera que resulte de los eventos predeterminados en un instrumento financiero que sean posibles dentro de los 12 meses posteriores a la fecha del informe.
(i) Incremento significativo en el riesgo de crédito
Al evaluar si el riesgo de crédito en un instrumento financiero ha aumentado significativamente desde el reconocimiento inicial, la Entidad compara el riesgo de que ocurra un incumplimiento en el instrumento financiero en la fecha de reporte con el riesgo
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de un incumplimiento en el instrumento financiero en la fecha de inicio. reconocimiento. Al realizar esta evaluación, la Entidad considera información tanto cuantitativa como cualitativa que sea razonable y fundamentada, incluida la experiencia histórica y la información prospectiva que está disponible sin costo o esfuerzo innecesario. La información prospectiva considerada incluye las perspectivas futuras de las industrias en las que operan los deudores de la Entidad, obtenidas de informes de expertos económicos, analistas financieros, organismos gubernamentales, grupos de expertos pertinentes y otras organizaciones similares, así como la consideración de varias fuentes externas de información real e información económica proyectada relacionada con las operaciones centrales de la Entidad.
En particular, la siguiente información se toma en cuenta al evaluar si el riesgo de crédito ha aumentado significativamente desde el reconocimiento inicial:
-
Un deterioro significativo existente o esperado en la calificación externa (si existe) o interna del instrumento financiero;
-
Deterioro significativo en indicadores de mercado externos de riesgo de crédito para un instrumento financiero específico, por ejemplo, un aumento significativo en el diferencial de crédito, permuta de incumplimiento crediticio para el deudor, o el periodo de tiempo o el alcance al cual el valor razonable de un activo financiero es menor que su costo amortizado;
-
Cambios adversos existentes o esperados en las condiciones económicas, financieras o de negocios que se espera que causen una disminución significativa en la capacidad del deudor de cumplir su obligación de deuda;
-
Un deterioro significativo actual o esperado en los resultados operativos del deudor;
-
Aumentos significativos en el riesgo de crédito en otros instrumentos financieros del mismo deudor;
-
Un cambio adverso existente o esperado en las condicionas regulatorias, económicas o tecnológicas del deudor que resulta en una disminución significativa de la capacidad del deudor de cumplir sus obligaciones.
Independientemente del resultado de la evaluación anterior, la Entidad supone que el riesgo de crédito en un activo financiero ha aumentado significativamente desde el reconocimiento inicial cuando los pagos contractuales tienen un vencimiento de más de 30 días, a menos que la Entidad tenga información razonable y confiable que demuestre lo contrario.
A pesar de lo anterior, la Entidad asume que el riesgo de crédito en un instrumento financiero no ha aumentado significativamente desde el reconocimiento inicial si se determina que el instrumento financiero tiene un riesgo crediticio bajo en la fecha de reporte. Se determina que un instrumento financiero tiene un riesgo de crédito bajo si:
-
(1) El instrumento financiero tiene un riesgo de incumplimiento bajo,
-
(2) El deudor tiene una notoria capacidad de cumplir sus obligaciones de flujos contractuales de efectivo en el corto plazo, y
-
(3) Cambios adversos en condiciones económicas y de negocios en el largo plazo pueden reducir la habilidad de que el deudor pueda cumplir con sus obligaciones contractuales de efectivo, pero no sucederá necesariamente.
La Entidad considera que un activo financiero tiene bajo riesgo de crédito cuando el activo tiene una calificación crediticia externa de “grado de inversión” de acuerdo a la definición globalmente aceptada, o en caso de que no haya una calificación externa disponible, que el activo tenga una calificación interna “realizable”. Realizable significa que la contraparte tiene una fuerte posición financiera y no hay montos pasados pendientes.
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Para los contratos de garantía financiera, la fecha en que la Entidad se convierte en parte del compromiso irrevocable se considera la fecha del reconocimiento inicial a los efectos de evaluar el deterioro del instrumento financiero. Al evaluar si ha habido un aumento significativo en el riesgo crediticio desde el reconocimiento inicial de los contratos de garantía financiera, la Entidad considera los cambios en el riesgo de que el deudor especificado incurra en impago del contrato.
La Entidad monitorea regularmente la efectividad de los criterios utilizados para identificar si ha habido un aumento significativo en el riesgo crediticio y los revisa según corresponda para asegurar que los criterios sean capaces de identificar un aumento significativo en el riesgo crediticio antes de que el monto se haya vencido.
(ii) Definición de incumplimiento
La Entidad considera que lo siguiente constituye un evento de incumplimiento para fines de administración de riesgo de crédito interno, ya que la experiencia histórica indica que los activos financieros no son recuperables cuando cumplen con cualquiera de los siguientes criterios:
-
Cuando el deudor incumple los convenios financieros;
-
La información desarrollada internamente u obtenida de fuentes externas indica que es improbable que el deudor pague a sus acreedores, incluida la Entidad, en su totalidad (sin tener en cuenta ninguna garantía que tenga la Entidad).
Independientemente del análisis anterior, la Entidad considera que el incumplimiento ha ocurrido cuando un activo financiero tiene más de 90 días de vencimiento, a menos que la Entidad tenga información razonable y confiable para demostrar que un criterio de incumplimiento más atrasado es más apropiado.
(iii) Activos financieros con deterioro crediticio
Un activo financiero tiene deterioro crediticio cuando se han producido uno o más eventos que tienen un impacto perjudicial en los flujos de efectivo futuros estimados de ese activo financiero. La evidencia de que un activo financiero tiene deterioro crediticio incluye datos observables sobre los siguientes eventos:
-
(a) dificultad financiera significativa por parte del emisor o del deudor;
-
(b) el incumplimiento de un contrato, como un incumplimiento o un evento vencido; (c) los prestamistas del deudor, por razones económicas o contractuales relacionadas con la dificultad financiera del deudor, le otorgan al deudor una concesión que los prestamistas no considerarían de otra manera;
-
(d) es cada vez más probable que el deudor entre en bancarrota o alguna otra reorganización financiera; o
-
(e) la extinción de un Mercado funcional para el activo financiero por sus dificultades financieras.
(iv) Política de bajas
La Entidad da de baja un activo financiero cuando hay información que indique que el deudor se encuentra en una dificultad financiera grave y no existe una perspectiva realista de recuperación, por ejemplo. cuando el deudor ha sido colocado en liquidación o ha entrado en un proceso de quiebra, o en el caso de cuentas por cobrar comerciales, cuando los montos vencen a más de dos años, lo que ocurra antes. Los activos financieros dados de baja aún pueden estar sujetos a actividades de cumplimiento bajo los procedimientos de recuperación de la Entidad, teniendo en cuenta el asesoramiento legal cuando sea apropiado. Cualquier recuperación realizada se reconoce en resultados.
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(v) Medición y reconocimiento de pérdidas crediticias esperadas
La medición de las pérdidas crediticias esperadas es una función de la probabilidad de incumplimiento, la pérdida dada el incumplimiento (es decir, la magnitud de la pérdida si existe un incumplimiento) y la exposición en el incumplimiento. La evaluación de la probabilidad de incumplimiento y la pérdida dada por defecto se basa en datos históricos ajustados por información prospectiva como se describe anteriormente. En cuanto a la exposición al incumplimiento, para los activos financieros, esto está representado por el valor en libros bruto de los activos en la fecha de reporte; para los contratos de garantía financiera, la exposición incluye el monto establecido en la fecha de reporte, junto con cualquier monto adicional que se espera obtener en el futuro por fecha de incumplimiento determinada en función de la tendencia histórica, la comprensión de la Entidad de las necesidades financieras específicas de los deudores, y otra información relevante a futuro.
Para los activos financieros, la pérdida crediticia esperada se estima como la diferencia entre todos los flujos de efectivo contractuales que se deben a la Entidad de acuerdo con el contrato y todos los flujos de efectivo que la Entidad espera recibir, descontados a la tasa de interés efectiva original.
Para un contrato de garantía financiera, donde la Entidad está obligada a realizar pagos solo en caso de incumplimiento por parte del deudor de acuerdo con los términos del instrumento que está garantizado, la previsión de pérdida esperada es el pago esperado para reembolsar al titular por una pérdida de crédito en la que incurre menos cualquier monto que la Entidad espera recibir del tenedor, el deudor o cualquier otra parte.
Si la Entidad ha medido la provisión para pérdidas para un instrumento financiero en una cantidad igual a la pérdida crediticia esperada de por vida en el período del informe anterior, pero determina en la fecha de presentación actual que ya no se cumplen las condiciones para la pérdida crediticia esperada de por vida, la Entidad mide el margen de pérdida en una cantidad igual a pérdida crediticia esperada a 12 meses en la fecha de reporte actual, excepto por los activos para los cuales se utilizó el enfoque simplificado.
La Entidad reconoce una pérdida o pérdida por deterioro en el resultado de todos los instrumentos financieros con un ajuste correspondiente a su valor en libros a través de una cuenta de provisión para pérdidas.
Baja de activos financieros
La Entidad da de baja un activo financiero solo cuando los derechos contractuales de los flujos de efectivo del activo expiran, o cuando transfiere el activo financiero y sustancialmente todos los riesgos y beneficios de la propiedad del activo a otra entidad. Si la Entidad no transfiere ni retiene sustancialmente todos los riesgos y beneficios de la propiedad y continúa controlando el activo transferido, la Entidad reconoce su interés retenido en el activo y un pasivo asociado por los montos que deba pagar. Si la Entidad retiene sustancialmente todos los riesgos y beneficios de la propiedad de un activo financiero transferido, la Entidad continúa reconociendo el activo financiero y también reconoce un préstamo garantizado por los ingresos recibidos.
Al darse de baja de un activo financiero medido al costo amortizado, la diferencia entre el valor en libros del activo y la suma de la contraprestación recibida y por cobrar se reconoce en resultados. Además, al darse de baja de una inversión en un instrumento de deuda clasificado como valor razonable a través de otros resultados integrales, la ganancia o pérdida acumulada previamente acumulada en la reserva de revaluación de inversiones se reclasifica a utilidad o pérdida. En contraste, en la baja de una inversión en un instrumento de capital que la Entidad eligió en el reconocimiento inicial para medir a valor razonable a través de otros resultados integrales, la ganancia o pérdida acumulada previamente
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acumulada en la reserva de revaluación de inversiones no se reclasifica a utilidad o pérdida, sino que se transfiere a resultados acumulados.
w. Pasivos financieros y capital
Clasificación como deuda o capital
Los instrumentos de deuda y de capital se clasifican como pasivos financieros o como capital de acuerdo con el contenido de los acuerdos contractuales y las definiciones de un pasivo financiero y un instrumento de capital.
Instrumentos de capital
Un instrumento de capital es cualquier contrato que evidencie un interés residual en los activos de una entidad después de deducir todos sus pasivos. Los instrumentos de capital emitidos por la Entidad se reconocen a los ingresos recibidos, netos de los costos directos de emisión.
La recompra de los instrumentos de capital propios de la Entidad se reconoce y se deduce directamente en el capital. No se reconoce ninguna ganancia o pérdida en utilidad o pérdida en la compra, venta, emisión o cancelación de los instrumentos de capital propios de la Entidad.
Pasivos financieros
Todos los pasivos financieros se miden subsecuentemente a costo amortizado utilizando el método de interés efectivo o a valor razonable a través de resultados.
Sin embargo, los pasivos financieros que surgen cuando una transferencia de un activo financiero no califica para la baja o cuando se aplica el enfoque de participación continua, y los contratos de garantía financiera emitidos por la Entidad, se miden de acuerdo con las políticas contables específicas que se detallan a continuación.
Pasivos financieros a valor razonable a través de resultados
Los pasivos financieros se clasifican a valor razonable a través de resultados cuando el pasivo financiero es (i) contraprestación contingente de una adquirente en una combinación de negocios, (ii) se mantiene para negociar o (iii) se designa como valor razonable a través de resultados.
Un pasivo financiero se clasifica como mantenido para negociar si:
-
Se ha adquirido principalmente con el fin de recomprarlo a corto plazo; o
-
En el reconocimiento inicial, es parte de una cartera de instrumentos financieros identificados que la Entidad gestiona conjuntamente y tiene un patrón real reciente de toma de ganancias a corto plazo; o
-
Es un derivado, a excepción de lo derivado que son un contrato de garantía financiera o un instrumento de cobertura designado y efectivo.
Un pasivo financiero que no se tenga para negociar o la consideración contingente de una adquirente en una combinación de negocios puede designarse como valor razonable a través de resultados en el momento del reconocimiento inicial si:
-
Dicha designación elimina o reduce significativamente una inconsistencia de medición o reconocimiento que de otro modo surgiría; o
-
El pasivo financiero forma parte de una Entidad de activos financieros o pasivos financieros o ambos, que se gestiona y su desempeño se evalúa sobre la base del valor razonable, de acuerdo con la gestión de riesgos documentada o la estrategia de inversión de la Entidad, y la información sobre la agrupación es proporcionado internamente sobre esa base; o
-
Forma parte de un contrato que contiene uno o más derivados implícitos, y la IFRS 9
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permite que todo el contrato combinado se designe como valor razonable a través de resultados.
Los pasivos financieros a valor razonable a través de resultados se miden a valor razonable, y las ganancias o pérdidas que surgen de los cambios en el valor razonable se reconocen en resultados en la medida en que no forman parte de una relación de cobertura designada. La ganancia o pérdida neta reconocida en utilidad o pérdida incorpora cualquier interés pagado en el pasivo financiero.
Sin embargo, para los pasivos financieros que se designan a valor razonable a través de resultados, la cantidad de cambio en el valor razonable del pasivo financiero que es atribuible a los cambios en el riesgo de crédito de ese pasivo se reconoce en otro resultado integral, a menos que el reconocimiento de los efectos de los cambios en el riesgo de crédito del pasivo en otros ingresos comprensivos crearían o ampliarían un desajuste contable en resultados. El monto restante del cambio en el valor razonable del pasivo se reconoce en resultados. Los cambios en el valor razonable atribuibles al riesgo de crédito de un pasivo financiero que se reconocen en otro resultado integral no se reclasifican posteriormente a resultados. en su lugar, se transfieren a ganancias retenidas una vez que se da de baja el pasivo financiero.
Pasivos financieros medidos subsecuentemente a costo amortizado
Los pasivos financieros que no son (i) consideración contingente de un adquirente en una combinación de negocios, (ii) mantenidos para negociar, o (iii) designados como valor razonable a través de resultados, se miden posteriormente al costo amortizado utilizando el método de interés efectivo.
El método de interés efectivo es un método para calcular el costo amortizado de un pasivo financiero y para asignar gastos de intereses durante el período relevante. La tasa de interés efectiva es la tasa que descuenta exactamente los pagos en efectivo futuros estimados (incluidos todos los cargos y puntos pagados o recibidos que forman parte integral de la tasa de interés efectiva, los costos de transacción y otras primas o descuentos) durante la vida esperada del pasivo financiero, o (cuando sea apropiado) un período más corto, al costo amortizado de un pasivo financiero.
Ganancias y pérdidas cambiarias
Para los pasivos financieros que están denominados en una moneda extranjera y se miden al costo amortizado al final de cada período de reporte, las ganancias y pérdidas en moneda extranjera se determinan con base en el costo amortizado de los instrumentos. Estas ganancias y pérdidas en moneda extranjera se reconocen en la partida “pérdida (ganancia) cambiaria, neta” en resultados para pasivos financieros que no forman parte de una relación de cobertura designada. Para aquellos que están designados como un instrumento de cobertura para una cobertura de riesgo de moneda extranjera, las ganancias y pérdidas en moneda extranjera se reconocen en otro resultado integral y se acumulan en un componente separado del patrimonio.
El valor razonable de los pasivos financieros denominados en una moneda extranjera se determina en esa moneda extranjera y se convierte al tipo de cambio al final del periodo sobre el que se informa. Para los pasivos financieros que se miden como a valor razonable a través de resultados, el componente de moneda extranjera forma parte de las ganancias o pérdidas del valor razonable y se reconoce en utilidad o pérdida para los pasivos financieros que no forman parte de una relación de cobertura designada.
Baja de pasivos financieros
La Entidad da de baja los pasivos financieros si, y solo si, las obligaciones de la Entidad se cumplen, cancelan o han expirado. La diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero dado de baja y la contraprestación pagada y pagadera se reconoce en resultados.
Cuando la Entidad intercambia con el prestamista existente un instrumento de deuda en otro con
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términos sustancialmente diferentes, dicho intercambio se contabiliza como una extinción del pasivo financiero original y el reconocimiento de un nuevo pasivo financiero. De manera similar, la Entidad considera la modificación sustancial de los términos de un pasivo existente o parte de él como una extinción del pasivo financiero original y el reconocimiento de un nuevo pasivo. Se asume que los términos son sustancialmente diferentes si el valor presente descontado de los flujos de efectivo bajo los nuevos términos, incluyendo cualquier tarifa pagada neta de cualquier tarifa recibida y descontada utilizando la tasa efectiva original es al menos un 10% diferente de la actual descontada Valor de los flujos de efectivo remanentes del pasivo financiero original. Si la modificación no es sustancial, la diferencia entre: (1) el importe en libros de la responsabilidad antes de la modificación; y (2) el valor presente de los flujos de efectivo después de la modificación debe reconocerse en resultados como la ganancia o pérdida por modificación dentro de otras ganancias y pérdidas.
x.
Instrumentos financieros derivados
La Entidad obtiene financiamientos bajo diferentes condiciones; cuando estos son a tasa variable, con la finalidad de reducir su exposición a riesgos de volatilidad en tasas de interés, contrata “SWAP” y/o “CAP”, y para reducir su exposición a riesgos en tipo de cambio contrata “FORWARD” que convierten su perfil de pago de intereses, y/o tipo de cambio, de variables a fijos. La negociación con instrumentos derivados se realiza sólo con instituciones de reconocida solvencia y se han establecido límites para cada institución. La política de la Entidad es la de no realizar operaciones con propósitos de especulación con instrumentos financieros derivados.
La Entidad reconoce todos los activos o pasivos que surgen de las operaciones con instrumentos financieros derivados en el estado consolidado de posición financiera a valor razonable, independientemente del propósito de su tenencia. El valor razonable se determina con base en precios de mercados reconocidos y cuando no cotizan en un mercado, se determina con base en técnicas de valuación aceptadas en el ámbito financiero.
Cuando los derivados son contratados con la finalidad de cubrir riesgos y cumplen con todos los requisitos de cobertura, se documenta su designación al inicio de la operación de cobertura, describiendo el objetivo, características, reconocimiento contable y como se llevará a cabo la medición de la efectividad, aplicables a esa operación.
Los derivados designados como cobertura reconocen los cambios en valuación de acuerdo al tipo de cobertura de que se trate: (1) cuando son de valor razonable, las fluctuaciones tanto del derivado como de la partida cubierta se valúan a valor razonable y se reconocen en resultados; (2) cuando son de flujo de efectivo, la porción efectiva se reconoce temporalmente en la utilidad integral y se recicla a resultados cuando la partida cubierta los afecta; la porción inefectiva se reconoce de inmediato en resultados.
En las operaciones de cobertura con opciones compradas “CAP”, que establecen un techo a la tasa variable de la deuda, se considera como la parte efectiva de la cobertura al valor intrínseco de las opciones o importe que excede el techo fijado, la Entidad, para efectos de medición de efectividad, optó por excluir el valor del dinero en el tiempo (valor extrínseco) de las opciones, cuya fluctuación en valuación se reconoce en resultados.
La Entidad suspende la contabilidad de cobertura cuando el derivado ha vencido, ha sido vendido, es cancelado o ejercido, cuando el derivado no alcanza una alta efectividad para compensar los cambios en el valor razonable o flujos de efectivo de la partida cubierta, o cuando la Entidad decide cancelar la designación de cobertura.
Al suspender la contabilidad de cobertura en el caso de coberturas de flujo de efectivo, las cantidades que hayan sido registradas en el capital contable como parte de la utilidad integral, permanecen en el capital hasta el momento en que los efectos de la transacción pronosticada o compromiso en firme afecten los resultados. En el caso de que ya no sea probable que el compromiso en firme o la transacción pronosticada ocurra, las ganancias o las pérdidas que
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fueron acumuladas en la cuenta de utilidad integral son reconocidas inmediatamente en resultados. Cuando la cobertura de una transacción pronosticada se muestre satisfactoria y posteriormente no cumpliera con la prueba de efectividad, los efectos acumulados en la utilidad o pérdida integral en el capital contable se llevarán de manera proporcional a los resultados en la medida que el activo o pasivo pronosticado afecte los resultados.
Todos los instrumentos financieros derivados, aunque son contratados con fines de cobertura, en los casos en que no llegaran a cumplir con todos los requisitos que exige la normatividad, para efectos contables, se designan como de negociación. La fluctuación en el valor razonable de esos derivados se reconoce en el estado consolidado de resultados.
- y. Transacciones en monedas extranjeras - Al preparar los estados financieros de cada entidad, las transacciones en moneda distinta a la moneda funcional de la Entidad (moneda extranjera) se reconocen utilizando los tipos de cambio vigentes en las fechas en que se efectúan las operaciones. Al final de cada periodo, las partidas monetarias denominadas en moneda extranjera se reconvierten a los tipos de cambio vigentes a esa fecha.
Las diferencias en tipo de cambio en partidas monetarias se reconocen en los resultados del periodo, excepto cuando surgen por:
-
Préstamos denominados en monedas extranjeras relacionados con activos en construcción para uso productivo futuro, las cuales se incluyen en el costo de dichos activos cuando se consideran como un ajuste a los costos por intereses sobre dichos préstamos denominados en monedas extranjeras;
-
Transacciones relacionadas con coberturas de riesgos de tipo de cambio; y
-
Partidas monetarias por cobrar o por pagar a una operación extranjera cuya liquidación no está planeada ni es posible realizar el pago (formando así parte de la inversión neta en la operación extranjera), las cuales se reconocen inicialmente en otros resultados integrales y se reclasifican desde el capital contable a resultados en reembolso de las partidas monetarias.
Para fines de la presentación de los estados financieros consolidados, los activos y pasivos en moneda extranjera de la Entidad se expresan en pesos mexicanos, utilizando los tipos de cambio vigentes al final del periodo.
- z. Activos y pasivos financieros denominados en UDIS - La Entidad presenta en el estado consolidado de resultados y otros resultados integrales, como parte de los Costos o Ingresos financieros el efecto por valuación de la UDI de sus activos y pasivos financieros denominados en esta unidad de valor.
Atentamente,
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Sr. Kenneth Frederick Daley Presidente del Consejo de Administración
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