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Agrofina S.A. — AGM Information 2021
Nov 2, 2021
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AGM Information
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ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA
A los 28 días del mes de octubre de 2021, siendo las 10:04 horas, se reúnen en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas (la “Asamblea”), en primera convocatoria, los Señores Accionistas de Agrofina S.A. (la “Sociedad”) que figuran registrados en el Folio No. 38 del Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Nº 2 de la Sociedad. Preside la reunión el Sr. Presidente, Santiago Cotter, y manifiesta estar conectado desde su domicilio sito en la Av. Alvear 1851, Piso 7 “A” de la Ciudad de Buenos Aires a través de la plataforma “ Microsoft Teams ®”. El Sr. Presidente manifiesta que resulta pertinente celebrar la presente Asamblea a través del mecanismo habilitado por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), mediante la Resolución General N° 830/2020, a modo de reglamentación y resguardo de las medidas sanitarias de orden público en vigor, y en tutela del público inversor. Declarando abierta la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Agrofina S.A., informa que cuenta con la asistencia de la Secretaría constituida a efectos de facilitar el desarrollo de la presente reunión y le cede la palabra al Sr. Lucas Divito en su carácter de Secretario, quien manifiesta estar conectado desde el domicilio sito en Ruta Nac. N° 5 Km. 309 de la ciudad de Carlos Casares, Provincia de Buenos Aires, a través de la plataforma “ Microsoft Teams ®” (la “Secretaría”). Acto seguido, continúa con el uso de la palabra la Secretaría, quien manifiesta que la reunión se realiza a distancia mediante la plataforma “ Microsoft Teams ®”, que permite la transmisión en simultáneo de sonido, imágenes y palabras, y la libre accesibilidad de todos los accionistas con voz y voto, y del Director, Síndico, colaboradores de la Sociedad y apoderados de los accionistas de la Sociedad presentes, en virtud de (i) las “ Medidas Generales de Prevención ” establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 678/2021 vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, a fin de minimizar la circulación del virus COVID-19 en el territorio nacional (las “Medidas de Prevención”); y (ii) lo establecido por la Resolución General N° 830/2020 de la CNV (“RG CNV 830”), que permite la celebración de Asambleas a distancia, aun cuando dicho extremo no se encuentre contemplado en el estatuto social, durante la vigencia de las Medidas de Prevención. Asimismo, la Secretaría deja constancia de que: (i) la presente reunión está siendo grabada en soporte digital y su copia digital se conservará por el término de cinco (5) años, encontrándose a disposición de cualquier Accionista que la solicite, y que será transcripta en el Libro de actas de Asambleas de la Sociedad y firmada por los accionistas conforme se resuelva en el segundo punto del Orden del Día, dejándose expresa constancia de las personas que participaron de la misma, el carácter en que participaron en el acto, el lugar donde se encontraban, y los mecanismos técnicos utilizados; (ii) los Accionistas que se han registrado en el plazo legal, han recibido instructivos y la documentación necesaria para participar de la presente Asamblea mediante el sistema descripto; y (iii) participan representados por sus apoderados la totalidad de los Accionistas de la Sociedad, encontrándose presentes 4 accionistas, de los cuales la totalidad concurre “por representación”; todos ellos debidamente registrados para asistir a la presente Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria unánime. Luego, en cumplimiento de lo establecido por la RG CNV 830, la Secretaría solicita a cada uno de los representantes de los Accionistas participantes que acrediten su identidad, el carácter por el que actúan, el lugar desde donde se conectan y el sistema que utilizan para su conexión. A dichos fines, el Sr. Lucas Divito nombra a cada uno de ellos, y cada uno informa los datos consignados. A continuación, se deja asentado en un cuadro la totalidad de los datos brindados por cada uno de los Accionistas, señalando que, en todos los casos, la apoderada ha señalado que el sistema que utiliza es Microsoft Teams® :
| Accionista | Apoderado/Carácter | Lugar de Conexión |
|---|---|---|
| Agrofina Holding L.L.C. | Fernanda L. Garcia | Suipacha 1111, CABA |
| Los Grobo Agropecuaria S.A. | Fernanda L. Garcia | Suipacha 1111, CABA |
| GrupoLos GroboHoldingsL.L.P | . FernandaL. Garcia | Suipacha1111, CABA |
| Grupo Los Grobo S.A. | Fernanda L. Garcia | Suipacha 1111, CABA |
Asimismo, se deja constancia de que el Sr. Guillermo Eduardo Quiñoa participa de la presente reunión en su carácter de Síndico Titular en representación de la Comisión Fiscalizadora desde el domicilio sito en José C. Paz 961 de la localidad de Acassuso, Provincia de Buenos Aires, a través de la plataforma “ Microsoft Teams ®”, quien velará por el debido cumplimiento a las normas legales, reglamentarias y estatutarias, con especial observancia a los recaudos previstos por la RG CNV 830 y el Art. 158 del Código Civil y Comercial de la Nación. Se deja constancia de la ausencia de los Señores Directores Titulares Alejandro Sorgentini y Rosendo Grobocopatel, y de los miembros titulares de la Comisión Fiscalizadora Sres. Pedro Eugenio Aramburu y Santiago Daireaux, inasistencias que fueran debidamente justificadas a la Sociedad por los mencionados, con la antelación necesaria mediante la correspondiente notificación de rigor. Se deja constancia de que no participa representante alguno de la CNV y/o de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”). El Sr. Presidente manifiesta que, no habiendo objeciones para la constitución del acto, y previa constatación de existencia de quórum suficiente para sesionar, se declara debidamente constituida la presente Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria en forma “unánime”, en los términos de lo dispuesto por el artículo 237 “ in fine” de la Ley General de Sociedades N°19.550 y sus modificatorias (la “LGS”). Encontrándose reunidas todas las condiciones requeridas,
pone a consideración de la Asamblea los siguientes puntos del Orden del Día, para lo cual solicita a la Secretaría que pase a dar lectura del primero de dichos puntos.
1°) Consideración de la celebración a distancia de la presente Asamblea en los términos de la Resolución General de la Comisión Nacional de Valores N° 830/2020, en caso de corresponder. Pide la palabra la representante del accionista Grupo Los Grobo Holdings L.L.P., quien mociona para que la presente Asamblea sea celebrada a distancia de conformidad con lo establecido por la RG CNV 830 y el Art. 158 del Código Civil y Comercial de la Nación, a través de la plataforma “ Microsoft Teams ®” la cual garantiza la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras. A su vez, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en la RG CNV 830, se informa que se guardará una copia de respaldo en soporte digital a disposición de todos los accionistas, y que la reunión se transcribirá al Libro de Actas de Asamblea correspondiente. Todo ello de acuerdo con los términos informados por la Secretaría. Luego de una breve deliberación, por unanimidad de votos se resuelve aprobar la moción formulada.
2°) Designación de dos accionistas para firmar el acta. Pide la palabra la representante del accionista Agrofina Holding L.L.C., quien mociona para que la totalidad de los accionistas participantes por representación, procedan a aprobar y firmar el acta de la presente Asamblea, debiendo suscribir el acta que será transcripta en el Libro de Actas de Asambleas de la Sociedad. Luego de una breve deliberación, por unanimidad de votos se resuelve aprobar la moción formulada.
3º) Consideración de la Memoria y documentos contables previstos en el art. 234, inc. 1° de la Ley 19.550 y normas de la Comisión Nacional de Valores y Bolsas y Mercados Argentinos S.A., correspondientes al ejercicio económico iniciado el 1° de julio de 2020 y cerrado el 30 de junio de 2021. En uso de la palabra, el Sr. Presidente manifiesta que los accionistas han tenido conocimiento con anticipación de la documentación referida en el punto en tratamiento, por lo cual mociona se exima de su lectura y se proceda a aprobar la misma. La moción es aprobada por unanimidad, aprobándose en consecuencia la Memoria, la Reseña Informativa, el Código de Gobierno Societario y otras informaciones requeridas por los organismos de control y por Bolsas y Mercados Argentinos S.A., los Estados Financieros correspondientes al ejercicio cerrado el 30 de junio de 2021, expresado en moneda constante de esa fecha, demás documentación prescripta por el art. 234, Inc. 1° de la Ley 19.550, los informes de los Auditores Independientes y de la Comisión Fiscalizadora de los estados contables al 30 de junio de 2021 presentados en forma comparativa con los del ejercicio anterior, y el Inventario al 30 de junio de 2021, tal como están volcados en el libro de Inventarios y Balances, conforme el art. 234, inc.1º de la Ley 19.550.
4°) Consideración del destino de los resultados del ejercicio, el cual arrojó una pérdida por la suma - - de $ 426.187.106, que lleva el saldo de resultados no asignados a una pérdida de $ 5.941.483.000, que se propone sea absorbido parcialmente mediante la afectación de la totalidad de la cuenta prima de emisión ($ 2.717.768.833) y de la cuenta ajuste de capital ($ 2.290.825.859,31) a efectos de reestablecer el equilibrio patrimonial a la luz del art. 206 de la ley 19.550 y las Normas de la CNV. El Sr. Presidente manifiesta que la Sociedad cierra su ejercicio con una pérdida de $ -426.187.106, conforme surge de la documentación precedentemente aprobada, agrega que dicho resultado del ejercicio lleva el saldo de resultados no asignados a una pérdida de $ -5.941.483.000, ante lo cual mociona se apruebe la propuesta efectuada en el punto del orden del día, consistente en que el saldo de resultados no asignados sea parcialmente absorbido mediante la afectación de la totalidad de la cuenta prima de emisión ($ 2.717.768.833) y de la cuenta ajuste de capital ($ 2.290.825.859,31) a efectos de reestablecer el equilibrio patrimonial a la luz del art. 206 de la ley 19.550 y las Normas de la CNV. Luego de algunas deliberaciones, la moción es aprobada por unanimidad, pasando el saldo de pérdidas no absorbidas a un nuevo ejercicio. A todo evento, se deja constancia que todos los importes están expresados en moneda homogénea al 30 de junio de 2021.
5°) Consideración de la gestión del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora por el ejercicio iniciado el 1° de julio de 2020 y cerrado el 30 de junio de 2021. Toma la palabra la representante del accionista Grupo Los Grobo S.A., y mociona para que la Asamblea apruebe la gestión del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora por el ejercicio iniciado el 1º de julio de 2020 y cerrado el 30 de junio de 2021. Luego de una breve deliberación, la moción es aprobada por unanimidad.
6°) Consideración de la remuneración de los Directores y de la Comisión Fiscalizadora por las funciones cumplidas durante el ejercicio iniciado el 1° de julio de 2020 y cerrado el 30 de junio de 2021. Toma la palabra el Sr. Presidente, e informa que los miembros de la Comisión Fiscalizadora y los Directores han comunicado con anticipación a la presente Asamblea sus renuncias a percibir honorarios por las tareas cumplidas durante el ejercicio en tratamiento. Los accionistas presentes toman nota de las renuncias a los honorarios informadas, por unanimidad aceptan las mismas y agradecen los servicios prestados por los miembros de la Comisión Fiscalizadora y los miembros del Directorio.
7º) Elección de directores titulares y suplentes por vencimiento de su mandato. Distribución de cargos en el Directorio. Toma la palabra el Sr. Presidente y manifiesta que, conforme con el artículo 8º del estatuto social de la Sociedad y al vencimiento de los mandatos de los actuales directores, resulta
necesario determinar la cantidad de Directores Titulares y Suplentes y designar a quienes conformarán el Directorio por los próximos tres ejercicios. En tal contexto, por unanimidad se resuelve fijar en tres la cantidad de Directores Titulares y en dos la cantidad de Directores Suplentes y designar para el cargo de directores titulares a los Sres. Santiago Cotter, Rosendo José Grobocopatel y Alejandro Alfredo Sorgentini, y para el cargo de directores suplentes a la Sra. Matilde Karina Grobocopatel (quien actuará como suplente del Sr. Rosendo José Grobocopatel) y el Sr. Enrique Jorge Flaiban (quien actuará como suplente de los Sres. Santiago Cotter y Alejandro A. Sorgentini). Asimismo, también se resuelve designar al Sr. Santiago Cotter como Presidente del Directorio y al Sr. Rosendo José Grobocopatel como Vicepresidente del Directorio. Se deja constancia que el Sr. Santiago Cotter acepta el cargo conferido suscribiendo la presente acta y que los Sres. Rosendo José Grobocopatel, Alejandro Alfredo Sorgentini, Matilde Karina Grobocopatel y Enrique Jorge Flaiban aceptan el cargo conferido a cada uno de ellos mediante nota por separado. A continuación se transcriben los domicilios constituidos de los directores titulares y suplentes: Santiago Cotter: Suipacha 1111, Piso 18º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Rosendo José Grobocopatel: Suipacha 1111, Piso 18º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Alejandro Alfredo Sorgentini: Suipacha 1111, Piso 18º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Matilde Karina Grobocopatel: Suipacha 1111, Piso 18º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Enrique Jorge Flaiban: Suipacha 1111, Piso 18º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se deja constancia que la designación de los directores titulares y suplentes se efectúa por el término de tres ejercicios. Con respecto a los directores titulares, se deja constancia que éstos poseen sendos seguros de caución de conformidad con la normativa vigente. Finalmente, el representante del accionista Los Grobo Agropecuaria S.A. expresa que, de acuerdo con las Normas de la Comisión Nacional de Valores, Texto Ordenado 2013 y modificatorias, artículo 4, Sección III, Capítulo I del Título XII, “ Transparencia en el ámbito de la Oferta Pública ” y artículo 11, Sección III, Capítulo III del Título II, “ Órganos de Administración y Fiscalización. Auditoría Externa ” corresponde informar que los Sres. Santiago Cotter, Rosendo J. Grobocopatel, Alejandro A. Sorgentini, Matilde K. Grobocopatel y Enrique J. Flaiban están comprendidos dentro de la categoría de directores “no independientes”.
8°) Elección de miembros titulares y suplentes de la Comisión Fiscalizadora. Toma la palabra el Sr. Presidente y manifiesta que, conforme con el artículo 14º del estatuto social de la Sociedad y dado el vencimiento del mandato de los actuales miembros de la Comisión Fiscalizadora, resulta necesario designar a los Síndicos Titulares y Suplentes reemplazantes que conformarán la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad. En ese sentido, por unanimidad se resuelve designar para el cargo de síndicos titulares de la Comisión Fiscalizadora a los Dres. Santiago Daireaux, Pedro Eugenio Aramburu y Guillermo Eduardo Quiñoa, y para el cargo de síndicos suplentes de la Comisión Fiscalizadora a los Sres. Vanina Mabel Veiga, Tomás Perez Alati Brea y Diego M. Serrano Redonnet. El Dr. Guillermo Eduardo Quiñoa acepta el cargo conferido firmando la presente acta, denunciando y constituyendo domicilio conforme con el siguiente detalle: Guillermo Eduardo Quiñoa: Suipacha 1111, Piso 18º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se deja constancia que los Dres. Pedro Eugenio Aramburu, Santiago Daireaux, Vanina Mabel Veiga, Tomás Perez Alati Brea y Diego M. Serrano Redonnet aceptan los cargos conferidos a cada uno de ellos mediante nota por separado. Asimismo, Finalmente, se deja expresa constancia que de acuerdo con las Normas de la Comisión Nacional de Valores, Texto Ordenado 2013 y modificatorias, art. 4, Sección III, Capítulo I del Título XII, “ Transparencia en el ámbito de la Oferta Pública ” y art. 11, Sección III, Capítulo III del Título II, “ Órganos de Administración y Fiscalización. Auditoría Externa ” los Dres. Santiago Daireaux, Pedro Eugenio Aramburu, Guillermo Eduardo Quiñoa, Vanina Mabel Veiga, Tomás Perez Alati Brea y Diego M. Serrano Redonnet cumplen con las condiciones básicas de independencia para el ejercicio de la sindicatura de acuerdo con las disposiciones de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y, asimismo, que los citados forman parte de un estudio profesional que presta servicios a la Sociedad. Se deja constancia que las designaciones de los síndicos titulares y suplentes de la Comisión Fiscalizadora se efectúan por el término de tres ejercicios.
9°) Designación de Contadores Certificantes Titular y Suplente de los estados contables del ejercicio iniciado el 1° de julio de 2021. Toma la palabra el Sr. Santiago Cotter e informa a los Sres. accionistas que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Mercado de Capitales como en las normas de la Comisión Nacional de Valores y el Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos, la Asamblea debe designar Contadores Certificantes, titular y suplente, a los fines de la certificación de los estados contables del ejercicio iniciado el 1° de julio de 2021. Luego de un intercambio de opiniones, por unanimidad se resuelve designar a los Sres. Guillermo Eduardo Bondancia y Fernando Ariel Paci, ambos socios de Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L., como Contadores Certificantes Titular y Suplente, respectivamente, a los fines de la certificación de los estados contables del ejercicio iniciado el 1 de julio de 2021 y que finalizará el 30 de junio de 2022.
10°) Reforma de los artículos 9° y 16° del estatuto social. Eliminación del artículo 13° del estatuto social. Re-enumeración de ciertos artículos del estatuto social. Toma la palabra la representante del accionista Grupo Los Grobo S.A. y manifiesta que resulta conveniente reformar los artículos 9° y 16° del estatuto social. En el primer caso, a efectos de que el mismo se adecue a las previsiones legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías que los Directores deben constituir a favor de la Sociedad; y en el segundo, a efectos de que los accionistas de la Sociedad cuenten con un mecanismo moderno y
seguro de reunión, aprovechando los recursos tecnológicos con los que se cuenta en la actualidad y dada la experiencia positiva que la Sociedad ha tenido con las asambleas a distancia celebradas bajo la Res. 830/20 dictada por la Comisión Nacional de Valores en el marco de la emergencia sanitaria causada por el coronavirus COVID-19, de forma tal que se garantice el normal funcionamiento del órgano de gobierno de la Sociedad en todo momento. Puesta la moción a votación, por unanimidad se resuelve reformar los artículos 9° y 16° del estatuto social, los cuales quedarán redactados como sigue:
“ Artículo 9. Garantía: En garantía de sus funciones, cada director titular constituirá a favor de la Sociedad una garantía por un valor no inferior a la suma que establezcan las normas y disposiciones legales vigentes, debiendo constituirse dicha garantía en las condiciones y en las formas previstas por el ordenamiento legal y reglamentario aplicable, debiendo mantener su exigibilidad hasta por un plazo mínimo de tres (3) años desde el cese del respectivo director en el desempeño de sus funciones. Los directores suplentes estarán obligados a constituir idéntica garantía a partir de que asuman el cargo, en reemplazo de titulares cesantes. El costo de la garantía deberá ser soportado por cada director, y en ningún caso procederá constituir la garantía mediante fondos provenientes de la caja social.”
“ Artículo 16 . Convocatoria. Celebración de asambleas a distancia. Las asambleas serán convocadas conforme con lo previsto en la Ley de Sociedades, estableciéndose que se podrán convocar simultáneamente las asambleas en primera y segunda convocatoria. Las asambleas podrán celebrarse sin publicación de la convocatoria cuando se reúnan accionistas que representen la totalidad del capital social y las decisiones se adopten por unanimidad de las acciones con derecho a voto. Las asambleas, sean estas ordinarias o extraordinarias, podrán celebrarse a distancia con los participantes comunicados entre sí por medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. En estos casos, la Comisión Fiscalizadora o los síndicos, según corresponda, dejarán constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas y las actas serán suscriptas por quien ejerza la Presidencia de la Sociedad, los socios designados a tal efecto y por un representante de la Comisión Fiscalizadora o los síndicos, según corresponda.”
Asimismo, continúa con el uso de la palabra la representante del accionista Grupo Los Grobo S.A. y mociona se elimine el Artículo 13° del estatuto social en su redacción actual, reenumerándose los artículos que a continuación de dicho artículo conforman el estatuto social. Luego de un breve intercambio de opiniones, donde se expresa que resulta conveniente eliminar el actual artículo 13° en virtud de que el mismo ha perdido vigencia toda vez que ninguna de las sociedades controladas o vinculadas a la Sociedad cuentan con “Cuestiones Restringidas” en sus estatutos sociales, se resuelve por unanimidad eliminar la redacción actual del artículo 13° y reenumerar los artículos que a continuación de dicho artículo conforman el estatuto social como a continuación se indica:
“ TÍTULO QUINTO. FISCALIZACIÓN. Artículo 13. Comisión Fiscalizadora: La fiscalización de la Sociedad está a cargo de una comisión fiscalizadora compuesta por tres miembros titulares y tres miembros suplentes, quienes tendrán mandato por tres ejercicios sociales y podrán ser reelegidos indefinidamente. El mandato de los miembros de la comisión fiscalizadora se entenderá prorrogado, aún cuando haya vencido el plazo por el cual fueron elegidos, hasta que sean designados sus sucesores por la asamblea y los mismos hayan tomado posesión de sus cargos. En su primera reunión luego de su designación, los miembros de la comisión fiscalizadora designarán a un presidente de entre los mismos. La asamblea fijará la remuneración de la comisión fiscalizadora. La comisión fiscalizadora tiene las facultades y deberes que le asigna a los síndicos la Ley de Sociedades, y se reunirá con la periodicidad que exija el cumplimiento de sus funciones y como mínimo una vez cada tres meses. La comisión fiscalizadora funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría absoluta de los votos presentes.”
“ TÍTULO SEXTO. ASAMBLEAS. Artículo 14. Quórum y Mayorías: Las asambleas ordinarias y/o extraordinarias serán convocadas en los casos previstos por la Ley de Sociedades, y regirá con respecto a las mismas el quórum y las mayorías de votos determinados por los artículos 243 y 244 de la Ley de Sociedades, dependiendo del tipo de asamblea y del orden del día a considerar.”
“ Artículo 15. Convocatoria. Celebración de asambleas a distancia. Las asambleas serán convocadas conforme con lo previsto en la Ley de Sociedades, estableciéndose que se podrán convocar simultáneamente las asambleas en primera y segunda convocatoria. Las asambleas podrán celebrarse sin publicación de la convocatoria cuando se reúnan accionistas que representen la totalidad del capital social y las decisiones se adopten por unanimidad de las acciones con derecho a voto. Las asambleas, sean estas ordinarias o extraordinarias, podrán celebrarse a distancia con los participantes comunicados entre sí por medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. En estos casos, la Comisión Fiscalizadora o los síndicos, según corresponda, dejarán constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas y las actas serán suscriptas por quien ejerza la Presidencia de la Sociedad, los socios designados a tal efecto y por un representante de la Comisión Fiscalizadora o los síndicos, según corresponda.”
“ TÍTULO SÉPTIMO. EJERCICIO SOCIAL - DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES. Artículo 16. Ejercicio Social: El ejercicio social terminará el treinta de junio de cada año.”
“Artículo 17 . Distribución de Utilidades: Las ganancias realizadas y líquidas de la Sociedad serán destinadas y/o distribuidas en la siguiente forma: (i) el 5% para constituir el fondo de reserva legal hasta que éste alcance el 20% del capital social; (ii) el saldo, en todo o en parte a (1) remuneración del directorio y/o de la comisión fiscalizadora, (2) reservas facultativas, (3) dividendos, y/o (4) cualquier otro destino que determine la asamblea. Los dividendos en efectivo deben ser pagados en proporción a las respectivas tenencias dentro del año de su sanción, y el derecho a su percepción prescribe a los tres años contados desde la fecha en que fueron puestos a disposición de los accionistas. Los dividendos podrán ser abonados en acciones o en efectivo o en acciones y en efectivo conjuntamente, exceptuados los que correspondan a bonos de participación del personal, si se hubieren emitido, que se abonarán exclusivamente en efectivo. Cuando se aprobare la distribución de dividendos en efectivo, podrá disponerse, tratándose la cuestión como un punto especial del orden del día, que su pago se efectúe en tantas cuotas como disponga la asamblea, con las formalidades y en las condiciones y dentro del plazo total que sean procedentes, conforme a la reglamentación vigente en cada oportunidad.”
“ TITULO OCTAVO. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN. Artículo 18. Disolución y Liquidación. La disolución y liquidación de la Sociedad se hará de acuerdo con el Capítulo I, Sección XIII de la Ley de Sociedades, y la misma estará a cargo del último directorio bajo la vigilancia de la última comisión fiscalizadora.”
11°) Otorgamiento de autorizaciones. Para finalizar, la Asamblea resuelve por unanimidad de votos autorizar a todos los Directores, a los Dres. Luciana Denegri, María Victoria Pavani, María Inés Cappelletti, Julián Ojeda, Matías Pontecorvo, Tomás Cappellini, María Belén Tschudy, al Esc. Joaquin Esteban Urresti, a los Dres. María Gabriela Grigioni, Vanina Veiga, Alicia Codagnone, Pablo Noseda, Estefania Paula Balduzzi, Nahuel Pérez de Villarreal, Natalia Sofía Gütnner, y/o a las Sritas. Alfonsina Sanz Falco, Sol Carranza, Catalina Cozzani, y/o a los que cualquiera de ellos designen, para que, actuando uno cualquiera de ellos, realicen todos los actos y gestiones necesarios para obtener de los organismos de contralor, incluyendo, pero no limitando a la CNV, BYMA, la Inspección General de Justicia, la conformidad e inscripción de las resoluciones previamente aprobadas, con facultades para efectuar publicaciones de avisos y edictos, aceptar las modificaciones que fueren requeridas por dichos organismos y proponer, en su caso, textos alternativos, pudiendo suscribir escritos, escrituras complementarias, rectificatorias o aclaratorias de los instrumentos públicos que se hubieran otorgado y recurrir de las decisiones que recaigan al respecto.
Toma la palabra el síndico Sr. Guillermo Eduardo Quiñoa, e indica que, habiéndose dado tratamiento a todos los temas del Orden del Día, la Comisión Fiscalizadora deja constancia que la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de la Sociedad celebrada el 28 de octubre de 2021 por medio virtual se ha desarrollado adecuadamente, con la deliberación y votación de todos los puntos del Orden del Día.
Por último, informa el Sr. Santiago Cotter que por haber concurrido a esta Asamblea la totalidad de los señores accionistas, que conforman el 100% del capital social y el 100% de las acciones con derecho a voto, y por haberse aprobado todos los puntos del Orden del Día por unanimidad de las acciones con derecho a voto, la Asamblea celebrada revistió el carácter de unánime, según lo contempla el art. 237 de la Ley 19.550. Sin más asuntos que tratar, finaliza la presente reunión siendo las 10:32 horas.
LA PRESENTE ACTA DE ASAMBLEA SE ENCUENTRA COPIADA EN LOS FOLIOS 32 A 36 DEL LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAS NRO. 3 DE AGROFINA S.A., RUBRICADO EL 7 DE NOVIEMBRE DE 2016 BAJO EL NÚMERO 74538-16, FIRMADA POR COTTER SANTIAGO (EN CALIDAD DE DIRECTOR TITULAR Y PRESIDENTE), GARCIA FERNANDA LAURA (EN REPRESENTACION DE AGROFINA HOLDING L.L.C., GRUPO LOS GROBO HOLDINGS L.L.P., GRUPO LOS GROBO S.A., LOS GROBO AGROPECUARIA S.A.); Y EL DR. QUIÑOA GUILLERMO EDUARDO (EN SU CALIDAD DE SINDICO TITULAR DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA).
_______ Santiago Cotter Presidente Agrofina S.A.
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_________ Santiago Cotter Presidente Agrofina S.A.