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AGRO SERVICIOS S R L Capital/Financing Update 2021

Oct 14, 2021

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Capital/Financing Update

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Acta de reunión de socios Nro. 54

En la Ciudad de Justiniano Posse, Provincia de Córdoba, a los 20 días del mes de septiembre de 2021 y siendo las 19 horas, se reúnen los socios de Agro Servicios S.R.L. (la "Sociedad" o la "Emisora" indistintamente), Sres. Víctor Manuel Juárez D.N.I. 13.429.928, Juan Bautista Juárez D.N.I. 13.429.957 y Sr. Carlos Alberto Cardinalli D.N.I. 7.643.993, titulares del 100% de las cuotas sociales, representativas del 100% del capital social y votos de la Sociedad; en la sede social de la empresa sita en la calle Juan José Paso 138 de esta ciudad, a fin de tratar el siguiente orden del día: Emisión de Obligaciones Negociables bajo el Régimen Pyme CNV Garantizada por hasta un monto, de valor nominal \$100.000.000 (pesos cien millones). Registro ante la Comisión Nacional de Valores ("CNV") y solicitud de autorización de oferta pública y listado. Determinación de las condiciones de emisión. Autorizaciones. El Sr. Juan Bautista Juárez toma la palabra y expone que se ha determinado la conveniencia de abrir una nueva vía de financiación para las actividades de la Sociedad, a través de la emisión de obligaciones negociables bajo el régimen Pyme CNV Garantizada. Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve por unanimidad: (a) aprobar el ingreso de la Sociedad en el régimen Pyme CNV Garantizada conforme las normas de la CNV; (b) solicitar ante la CNV la autorización para hacer oferta pública y de listado en uno o más mercados bajo el régimen de oferta pública y listado para pequeñas y medianas empresas bajo el segmento Pyme CNV Garantizada; (c) aprobar la emisión de obligaciones negociables Serie I bajo el régimen Pyme CNV Garantizada por hasta la suma de \$ 100.000.000 (pesos cien millones) o su equivalente en otras monedas (la "Emisión"); (d) Fijar las siguientes condiciones de emisión sin perjuicio de que las mismas podrán ser modificadas por los gerentes conforme las facultades que se delegan en el punto siguiente:

a) Denominación: Obligaciones Negociables Pyme CNV Garantizada Agro Servicios Serie I (las "ON Serie I").

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de Licitación.

  • b) Monto: Hasta V/N \$ 100.000.000 (pesos cien millones).
  • c) Moneda de suscripción, emisión, integración y pago: Pesos.
  • d) Valor nominal unitario y unidad mínima de negociación: V/N \$1 (un peso).
  • e) Forma de los títulos: Las presentes ON Serie I serán documentadas en un certificado global permanente depositado en Caja de Valores S.A. Las mismas serán transferibles a través del sistema de depósito colectivo. Caja de Valores S.A. se encuentra habilitada a cobrar aranceles a los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores de las ON Serie I (los "Tenedores"). Los Tenedores renuncian al derecho de exigir la entrega de láminas individuales.
  • f) Periodo de colocación: Comprende el Período de Difusión y el Período de Licitación el que será informado en el Aviso de Suscripción.
  • g) Periodo de Difusión: Comprende un periodo de, por lo menos, 3 (tres) días hábiles.
  • h) Periodo de Licitación: Significa el período de, por lo menos, 1 (un) día hábil bursátil para la subasta o licitación pública que será informado oportunamente en el Aviso de Suscripción.
  • Fecha Emisión y Liquidación: Tendrá lugar dentro de los 3 Días Hábiles i) siguientes al último día del Período de Licitación, que será informado oportunamente en el Aviso de Suscripción. La fecha de Emisión y Liquidación será la fecha de integración de las ON Serie I.

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  • Suscripción e integración: Las ON Serie I serán suscriptas e integradas en pesos. Al finalizar el Período de Licitación, se informará a los inversores el Diferencial de Tasa (conforme dicho término se define más adelante) y el valor nominal de las ON Serie I a emitirse mediante un aviso a ser publicado en la AIF, como, asimismo, en los sistemas de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las ON Serie I (el "Aviso de Resultados").
  • k) Fecha de vencimiento: Será a los 24 (veinticuatro) meses de la Fecha de Emisión y Liquidación y será informada en el aviso de suscripción de la colocación ("Aviso de Suscripción").
  • 1) Precio de suscripción: 100% (cien por ciento) del valor nominal.
  • m) Forma de colocación y plazo: La colocación será realizada por "subasta o licitación pública" a través del sistema informático de colocaciones primarias del Mercado Abierto Electrónico S.A. ("MAE") bajo la modalidad abierta (SIOPEL), conforme a lo dispuesto por las Normas de CNV y negociarse en el MAE, y eventualmente en cualquier otro mercado autorizado.

En la oportunidad que determinen el Emisor y los Colocadores en forma conjunta, luego de aprobada la oferta pública de las ON Serie I por parte de CNV, se publicará un Aviso de Suscripción en la Autopista de Información Financiera de la página web de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv), así como en el sistema de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las ON Serie I, en el que se indicará al menos: 1) la fecha de inicio y finalización del Periodo de Difusión, 2) la fecha de inicio y finalización del Periodo de Licitación, y 3) demás datos que pudieran ser necesarios (el Aviso de Suscripción).

El Emisor, podrá declarar desierta la colocación de las ON Serie I en caso de: (i) ausencia de ofertas respecto de la totalidad de las ON Serie I ofrecidas, (ii) que los Diferenciales de Tasa para las ON Serie I hubieren sido superiores a los esperados por la Emisora; (iii) que el valor nominal total de las ofertas de suscripción recibidas hubiere sido inferior al esperado por la Emisora; (iv) que hubieren sucedido cambios adversos en los mercados financieros y/o de capitales locales, así como en las condiciones generales de la Emisora y/o de la República Argentina, incluyendo, con carácter meramente enunciativo, condiciones políticas, económicas, financieras o de tipo de cambio en la República Argentina o crediticias de la Emisora que pudieran hacer que no resulte aconsejable efectuar la colocación de las ON Serie I; o (v) que los Oferentes no hubieren dado cumplimiento con las normas legales sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo emitida por la Unidad de Información Financiera ("UIF"), las normas del mercado de capitales que impiden y prohíben el lavado de activos emitidas por la UIF, y las normas de la CNV y/o el Banco Central de la República Argentina ("BCRA"). En dichos casos, las respectivas ofertas de suscripción quedarán automáticamente sin efecto, sin que tal circunstancia otorgue a los oferentes derechos a compensación ni indemnización alguna.

El Período de Difusión y/o el Período de Licitación podrá ser prorrogado, modificado y/o suspendido por la Emisora, de común acuerdo con los Colocadores, circunstancia que se informará mediante la publicación de un nuevo aviso de colocación en los sistemas de información del MAE y en la AIF - dejando expresa constancia de que los inversores iniciales podrán, en su caso, retirar sus ofertas de suscripción sin penalización alguna hasta el Día Hábil anterior al cierre del Período de Licitación.

n) Fecha de pago de servicios: Los servicios de intereses y de amortización de las ON Serie I serán pagaderos en las fechas de pago de servicios que se indiquen en el cuadro de pago de servicios indicado en el Aviso de Suscripción (el "Cuadro de Pago de Servicios"). Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al Día Hábil siguiente, devengando intereses por el o los días que se posponga el vencimiento.

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Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Se entenderá por "Día Hábil" cualquier día de lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos están obligados a cerrar en la ciudad de Justiniano Posse, provincia de Córdoba y/o en la Provincia de Buenos Aires. 1.1 时

o) Amortización y fechas de pago de capital: El capital de las ON Serie I se cancelará en cuatro cuotas semestrales consecutivas. La primera cuota será equivalente al 10% del capital, la segunda será equivalente al 20% del capital, la tercera será equivalente al 30% del capital, y la última será equivalente al 40% del

p) Monto mínimo de suscripción: V/N \$10.000 (pesos diez mil) o montos superiores que sean múltiplos de \$1.

q) Tasa de interés: Los intereses se pagarán en forma semestral. Las ON Serie I devengarán intereses a una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa Badlar (según se define más adelante) más un Diferencial de Tasa, a licitarse durante el Período de Licitación...

Los intereses se devengarán entre la Fecha de Emisión y Liquidación (inclusive) y la primera Fecha de Pago de Servicios (exclusive) – para el primer servicio- y entre la última fecha de pago de servicios (inclusive) y la próxima fecha de pago de servicios (exclusive) -para los restantes (el "Periodo de Interés") y se pagarán en cada Fecha de Pago de Servicios. El interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor residual de los títulos emitidos) al inicio de cada Período de Interés por la di cantidad de días de cada Período de Interés, considerando para su cálculo la base de un año de 365 días (cantidad de días transcurridos/365).

r) Tasa Badlar: El promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 a 35 días en banco privados ("BADLAR Privada"), en base a las tasas informadas por el BCRA durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Interés, y finaliza el séptimo Día Hábil anterior el último día del Período de Interés.

Actualmente la tasa BADLAR Privada es informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gob.ar), Sección "Publicaciones y Estadísticas/ Estadísticas/ Monetarias y Financieras/ Cuadros estandarizados de series estadísticas/ Tasas de interés/ Por depósitos/ Series diarias/ BADLAR - Tasas de interés por depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de plazo y de más de un millón de pesos o dólares, en % nominal anual".

En caso de que la BADLAR Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la BADLAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la BADLAR Privada, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos por periodos de entre 30 y 35 días de los cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina.

Banco Mariva S.A. con domicitle en la câle Samissime N 500, de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, e Industrial Valores S.A. con domicilio en la calle

Para elegir los cinco (5) primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.

  • Diferencial de Tasa: Es la tasa nominal anual adicional que se pagará por sobre la Tasa Badlar, y que se determinará a través del sistema de colocación al finalizar el Período de Licitación. El diferencial de tasa deberá ser expresado como un porcentaje anual truncado a dos decimales y el mismo no podrá ser inferior a 0.
  • $t)$ Aviso de Suscripción: Es el aviso a publicar en los sistemas de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las ON Serie I y en la AIF de la CNV por medio del cual serán ofrecidas las ON Serie I.
  • u) Agente de Depósito colectivo: Caja de Valores S.A.
  • v) Pagos de los Servicios: La amortización y pagos de los intereses correspondientes a las obligaciones negociables, serán efectuados por el emisor mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja de Valores S.A. para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro.
  • w) Intereses moratorios: Los intereses moratorios se devengarán desde cada Fecha de Pago de Servicios respecto del servicio impago y hasta la fecha de efectivo pago de las sumas vencidas e impagas. Para el cálculo de dichos intereses será aplicable una tasa nominal anual equivalente a una vez y media respecto de la que fuera aplicable al servicio de interés impago.
  • x) Destino de los fondos: A efectos de lo establecido en el artículo 36 inc. 2 de la Ley de Obligaciones Negociables, el emisor tiene previsto aplicar el 100% de los fondos netos recibidos al incremento del capital de trabajo, tanto para el pago de arrendamientos como para adquirir agroguímicos, fertilizantes y semillas, entre otros, los cuales serán destinados a: i) insumos para su producción agropecuaria, y ii) como mercadería de reventa. Los fondos pendientes de aplicación podrán ser invertidos transitoriamente en inversiones de alta calidad y liquidez, incluyendo, pero no limitado a, títulos públicos -- incluyendo Letras y Notas emitidas por el Banco Central de la República Argentina -, títulos privados, préstamos interfinancieros, depósitos a plazo fijo e instrumentos money market.
  • y) Garantía: Las ON Serie I estarán totalmente garantizadas, tanto el capital como el interés, por Banco Industrial S.A., Banco Mariva S.A. y Banco Saenz S.A. como entidades de garantía autorizadas por CNV, quienes asumirán el carácter de garantes liso, llano y principal pagador, en forma simplemente mancomunada, conforme el siguiente detalle: Banco Industrial S.A. garantizará el 35% del capital, intereses compensatorios pactados, gastos y demás accesorios que razonablemente demande el cobro de las ON Serie I impagas, incluidas las costas judiciales; Banco Saenz S.A. garantizará el 35% del capital, intereses compensatorios pactados, gastos y demás accesorios que razonablemente demande el cobro de las ON Serie I impagas, incluidas las costas judiciales, y Banco Mariva S.A. garantizará el 30% restante del capital, intereses compensatorios pactados, gastos y demás accesorios que razonablemente demande el cobro de las ON Serie I impagas, incluidas las costas judiciales.
  • z) Listado y negociación: Las ON Serie I serán listadas y negociadas en MAE, y podrá solicitarse su listado en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (en adelante, "BYMA").
  • aa) Agentes y todo otro interviniente en el proceso de emisión y colocación y gastos correspondientes:

Banco Mariva S.A. con domicilio en la calle Sarmiento Nº 500, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e Industrial Valores S.A. con domicilio en la calle

Sarmiento Nº 530, 2º piso, de la Ciudad de Buenos Aires, se desempeñarán como colocadores. La Emisora pagará a Banco Mariva S.A. y a Industrial Valores S.A. una retribución conjunta de 0,6% sobre el valor nominal efectivamente colocado y emitido.

Worcap S.A., con domicilio en la calle San Lorenzo 1716, piso 3, of. 1 y 2, de la ciudad de Rosario se desempeña como organizador y asesor financiero de la ON Serie I. La Emisora pagará a Worcap S.A. una retribución del 1,4% sobre el valor nominal efectivamente colocado y emitido.

Banco Mariva S.A., Banco Industrial S.A. y Banco Saenz S.A. se desempeñarán como entidades de garantía de la presente emisión. La Emisora pagará una comisión por el otorgamiento de los certificados de garantía equivalente al 4% nominal anual i) saldos de capital pendientes de pago, y 2) sobre el monto efectivamente abonado de intereses.

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Resolución de conflictos: Conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la ley 26.831 (Ley de Mercado de Capitales), todo conflicto que se suscite relativo alas ON Serie I será resuelto a opción de los obligacionistas: (a) ante los tribunales competentes del domicilio de la Emisora o (b) en forma inapelable por el Tribunal Arbitral del MAE (el "Tribuna Arbitral"), por las reglas del arbitraje de derecho. Ello sin perjuicio de la acción ejecutiva de cobro que tramitará ante los tribunales competentes del domicilio de la Emisora.

bb) Reembolso anticipado a opción de la Sociedad: La Emisora podrá reembolsar anticipadamente la totalidad o una parte de las ON Serie I que se encuentren en circulación, al valor nominal con más los intereses devengados hasta la fecha de pago del valor de reembolso. El importe a pagar a los Tenedores será el valor de reembolso, que resultará de sumar al valor nominal - total o parcial, según el caso - los intereses devengados conforme a las condiciones de emisión hasta el día de pago del valor de reembolso. La Emisora deberá garantizar la igualdad de trato entre los Tenedores. La decisión será publicada en los sistemas de información donde las ON Serie I se listen y en la AIF. Tal publicación constituirá notificación suficiente para los Tenedores. El valor de reembolso se pagará en un plazo no mayor a treinta (30) días desde la publicación del aviso correspondiente.

(e) delegar en los Sres. Gerentes de la Sociedad Sres. Víctor Manuel Juárez, Juan Bautista Juárez y Sr. Carlos Alberto Cardinalli a fin de que cualquiera de ellos indistintamente puedan: i) modificar la totalidad de las condiciones de emisión descriptas precedentemente con la salvedad del monto de emisión, ii) negocien, aprueben y suscriban toda la documentación relacionada a la emisión y colocación de las ON Serie I incluyendo el Prospecto, iii) negocien, con las entidades financieras las condiciones de la emisión de la garantía que otorguen respecto de las ON Serie I y suscriban toda la documentación relacionada con las garantías; iv) contratar organizador, asesor financiero, entidades de garantía y/o uno o más agentes colocadores y/o directamente Agentes de Negociación y/o Agentes de Liquidación y Compensación o de un Mercado autorizado por la CNV para la colocación, v) determine el período de colocación, la tasa de corte o diferencial de tasa o precio de suscripción, y la forma de pago del precio de suscripción todo ello con las más amplias facultades y vi) celebren todos los actos y contratos que sean necesarios para dar pleno efecto a lo aquí resuelto con las más amplias facultades;

(f) Autorizar a los referidos gerentes a que soliciten cuando lo estimen conveniente el retiro de la Sociedad del régimen de oferta pública; (g) Autorizar en forma indistinta a los señores Sres. Víctor Manuel Juárez, Juan Bautista Juárez y Sr. Carlos Alberto Cardinalli, y a Diego

Palomeque, Maria Laura Catania y Julieta Botali o aquellos otros que puedan designar los autorizados, a gestionar la credencial de operador y firmante, el registro de la sociedad bajo el Régimen Pyme CNV Garantizada, la autorización de oferta pública de las ON Serie I que se emitan bajo el referido régimen ante la CNV, la autorización de listado en una o más mercados, gestionar el depósito de los certificados globales en Caja de Valores S.A., contestar vistas, introducir modificaciones en la documentación presentada conforme a las observaciones que se reciban, inicialar el Prospecto y los contratos correspondientes, e introducir en los mismos modificaciones a indicación de cualesquiera de dichos organismos o entidades, suscribir el aviso de suscripción y realizar las gestiones y presentaciones que resulten necesarias a fin de publicar los avisos de ley en AIF con las más amplias facultades, h) Solicitar la adhesión de Agro Servicios S.R.L. a Byma Listadas y/o en su defecto Byma Digital con sus términos y condiciones. No habiendo más asuntos que tratar se da por terminada la reunión siendo las 21 horas del día de la fecha, previa confección, lectura, ratificación, aprobación y firma de la presente acta por parte de todos los socios.

GRO SERVACIOS fictor Manuel Juárez Soolo Serente

los A. Œαr D.N.I.: 7.643.993

AGRO-SERVICIOS S.R.L. UAN B. JUAREZ SOCIO GERENTE

I.R.C.UNBC.

2 x No.