Remuneration Information • Jun 15, 2018
Remuneration Information
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FECHA FIN DEL EJERCICIO DE REFERENCIA 28/02/2018
C.I.F. A-32104226
DENOMINACIÓN SOCIAL
ADOLFO DOMINGUEZ, S.A.
DOMICILIO SOCIAL
PARCELA 21, CALLE 8 POLIGONO INDUSTRIAL (SAN CIBRAO DAS VIÑAS) OURENSE
LOS CONSEJEROS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
El sistema retributivo de la Sociedad se regula principalmente en el artículo 23 de los Estatutos Sociales, en los artículos 24 y 25 del Reglamento del Consejo de Administración y en la política de remuneraciones de consejeros de la Sociedad. De conformidad con esta normativa, la retribución de los miembros del Consejo de Administración, en su condición de tales, consiste en una cantidad anual, fija y en metálico, cuyo importe máximo anual para el conjunto de los consejeros lo determina la Junta General de Accionistas.
Como principios que debe respetar la remuneración de los consejeros, el Reglamento del Consejo de Administración establece que el sistema retributivo debe guardar una proporción razonable con la importancia de la Sociedad, la situación económica que tenga en cada momento y los estándares de mercado de empresas comparables.
El esquema de remuneraciones de los consejeros externos pretende atraer y retener a los consejeros con el perfil deseado en cada momento por la Sociedad, así como retribuir su dedicación, cualificación y responsabilidad exigida por el cargo. No obstante, la remuneración de los consejeros externos en ningún caso deberá ser tan elevada como para comprometer su independencia de criterio.
La modificación de los Estatutos Sociales aprobada por la Junta General de Accionistas el 31 de agosto de 2015 tuvo por objeto, entre otras materias, el sistema retributivo de los consejeros. En particular, se sustituyó el sistema consistente en una asignación fija y en dietas de asistencia a cada reunión del Consejo o de sus Comisiones, por un sistema que consiste en la percepción de una cantidad anual, fija y en metálico.
Corresponde a la Junta General de Accionistas aprobar el importe anual máximo para el conjunto de los consejeros. Además, en el ejercicio en curso, y siguiendo con la práctica de años anteriores, es la Junta General quien determina la retribución concreta a percibir por los miembros del Consejo de Administración y de sus Comisiones. Asimismo, se someterá a la aprobación de la próxima Junta General una nueva Política de Remuneraciones de consejeros para el ejercicio en curso y los tres siguientes, que seguirá los principios y conceptos de la política de remuneraciones aplicada hasta la fecha.
Por su parte, la retribución individual de los consejeros ejecutivos se recoge en los contratos suscritos individualmente con cada uno de ellos por la Sociedad, en cumplimiento del artículo 249.2 de la Ley de Sociedades de Capital.
Por lo que respecta al ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2018, no está previsto a día de hoy modificar el sistema retributivo ni los importes de remuneración de los consejeros de la Sociedad, manteniendo, un año más, la congelación de la retribución de los miembros del Consejo de Administración, en su condición de tales.
Por último, se hace constar que los miembros del Consejo de Administración no perciben ningún tipo de remuneración de carácter variable, salvo por lo indicado en el Apartado A.4 con respecto a la consejera Directora General.
A.2 Información sobre los trabajos preparatorios y el proceso de toma de decisiones que se haya seguido para determinar la política de remuneración y papel desempeñado, en su caso, por la Comisión de Retribuciones y otros órganos de control en la configuración de la política de remuneraciones. Esta información incluirá, en su caso, el mandato y la composición de la Comisión de Retribuciones y la identidad de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado para definir la política retributiva. Igualmente se expresará el carácter de los consejeros que, en su caso, hayan intervenido en la definición de la política retributiva.
El Consejo de Administración de Adolfo Domínguez, S.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 5.4. b) (v) del Reglamento del Consejo de Administración, se reserva en pleno la competencia de adoptar, entre otros aspectos, las decisiones relativas a la remuneración de los consejeros, dentro del marco estatutario y, en su caso, conforme a la política de remuneraciones aprobada por la Junta General.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad, entre otras, las competencias de proponer al Consejo de Administración (i) la política de retribuciones de los consejeros y de los directores generales o de quienes desarrollen sus funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo, de comisiones ejecutivas o del Consejero Delegado; y (ii) la retribución individual de los consejeros ejecutivos y demás condiciones de sus contratos.
Asimismo, corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones la función de velar por la transparencia de las retribuciones y verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, verificando la información incluida acerca de las remuneraciones de los consejeros y, a tal efecto, someter al Consejo de Administración cuanta información resulte procedente.
Como consecuencia de todo lo anterior, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Adolfo Domínguez, S.A. es el órgano que propone e informa al Consejo de Administración sobre la política de retribución de los consejeros de la Sociedad, desempeñando un importante papel en todas las cuestiones en que se materializa la misma. A fecha de elaboración de este informe, la composición de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones era la siguiente: D. José Manuel Rubín Carballo (independiente) -Presidente-, D. Luis Caramés Viéitez (independiente) -vocal-, y Dña. María Teresa Aranzábal Harreguy (independiente) -vocal-.
Aunque el Reglamento también dispone expresamente la posibilidad de que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones recabe el asesoramiento de expertos externos, en aras de un mejor cumplimiento de sus funciones, durante el ejercicio finalizado el 28 de febrero de 2018, la Sociedad no ha solicitado los servicios de asesores externos a la hora de definir la política retributiva.
A.3 Indique el importe y la naturaleza de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las retribuciones por el desempeño de funciones de la alta dirección de los consejeros ejecutivos, de la remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del consejo, de las dietas por participación en el consejo y sus comisiones u otras retribuciones fijas como consejero, así como una estimación de la retribución fija anual a la que den origen. Identifique otros beneficios que no sean satisfechos en efectivo y los parámetros fundamentales por los que se otorgan.
En el ejercicio en curso, la retribución fija de los miembros del Consejo de Administración será la siguiente, sujeto a la aprobación por la Junta General de Accionistas:
Se recuerda que la normativa interna de la Sociedad no prevé el devengo de dietas por la mera asistencia a las sesiones del Consejo de Administración, de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones o de la Comisión de Auditoría.
En resumen, durante el ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2018, el importe bruto anual agregado que percibirán los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, se estima que sería el siguiente:
Los siete miembros del Consejo de Administración a 1 de marzo de 2018 devengarán, a razón de 32.400 euros por consejero, un total de 226.800 euros al cierre del ejercicio el 28 de febrero de 2019. Este importe se vería incrementado en caso de que se produzca el nombramiento de algún consejero adicional en la próxima Junta General de Accionistas.
Los tres miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones devengarán, a razón de 2.250 euros por consejero, un total estimado de 6.750 euros al cierre del ejercicio en curso, que se sumará al importe que les corresponde como miembros del Consejo de Administración.
Los tres miembros de la Comisión de Auditoría devengarán, a razón de 6.300 euros por consejero, un total estimado de 18.900 euros al cierre del ejercicio en curso, que se sumará al importe que les corresponde como miembros del Consejo de Administración.
En resumen, el importe bruto anual agregado estimado asciende a 252.450 euros. Para el cálculo anterior se ha asumido que la composición del Consejo y de las Comisiones mantendrá el número de miembros que tiene en la actualidad.
En cuanto a la retribución de los consejeros ejecutivos la remuneración prevista para D. Adolfo Domínguez asciende, aproximadamente, a 218.000 euros y para Dña. Adriana Domínguez asciende, aproximadamente, a 175.000 euros.
A efectos aclaratorios, se hace constar que el anterior importe constituye la remuneración íntegra a que tiene derecho D. Adolfo Domínguez, dado que su remuneración no contiene conceptos variables, por lo que únicamente percibe, en metálico y como máximo, el importe fijo referido.
En cambio, Dña. Adriana Domínguez sí podrá percibir una retribución variable anual, como se indica en el apartado siguiente.
Los miembros del Consejo de Administración no perciben ningún tipo de remuneración de carácter variable por el desempeño de sus funciones como tales, ni tampoco los consejeros ejecutivos por sus funciones ejecutivas salvo por lo que respecta a la Directora General, Dña. Adriana Domínguez. En particular, no está previsto que ninguno de los miembros del Consejo de Administración perciba remuneraciones en concepto de participación en beneficios o primas u opciones sobre acciones o cualesquiera otros instrumentos referenciados al valor de la acción por su cargo de consejero. Estos conceptos retributivos no están contemplados en el esquema de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad ya sean ejecutivos o no.
Dña. Adriana Domínguez, en su condición de Directora General, tendrá derecho a percibir una retribución variable anual, de naturaleza no consolidable, de hasta un 50% de su retribución fija anual, por el cumplimiento de objetivos anuales, ligados tanto al desempeño de las funciones de alto directivo, como a los resultados obtenidos por la empresa. Este derecho nacerá por virtud de acuerdo del Consejo de Administración, cuando la Sociedad presente resultados positivos, tanto a nivel individual como consolidado.
Indique también las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida.
Explique los sistemas de ahorro a largo plazo
No están previstos, en el esquema de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad, sistemas de ahorro a largo plazo ni ninguna otra prestación o aportación a favor de los consejeros a planes de pensiones.
A la fecha de este informe, no existen blindajes ni indemnizaciones pactadas para el caso de terminación de funciones de los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales.
A.7 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual.
Como se ha adelantado en el Apartado A.3, los dos consejeros de la Sociedad que, a la fecha de elaboración de este informe, desempeñan funciones ejecutivas son D. Adolfo Domínguez y Dña. Adriana Domínguez.
El contrato de D. Adolfo Domínguez como consejero ejecutivo es de duración indefinida y no prevé plazos de preaviso por parte de la Sociedad en caso de terminación. Asimismo, no contempla ninguna cláusula relativa a primas de contratación, indemnización, blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual ni pactos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y de no competencia post contractual.
El contrato de Dña. Adriana Domínguez como consejera ejecutiva es de duración indefinida, siendo de obligatorio cumplimiento para la empresa durante los tres primeros años, de manera que si la Sociedad decidiese resolverlo con anterioridad al transcurso de dicho plazo, salvo por despido disciplinario, deberá indemnizar a la consejera por la cantidad que reste por percibir hasta el tercer año de duración incluido. Transcurrido ese plazo, se prevé la posibilidad de las partes de resolver en cualquier momento el contrato con un plazo de preaviso de 3 meses. Asimismo, el contrato contempla cláusulas relativas a pactos de no concurrencia y exclusividad e indemnización por resolución unilateral, para lo cual se remite a lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985 de Alta Dirección. Por otro lado, no contempla ninguna cláusula relativa a primas de contratación, blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual con posterioridad al tercer año desde su firma, permanencia o fidelización y de no competencia post contractual.
D. Juan Manuel Fernández Novo, quien fue miembro del Consejo de Administración y de las Comisiones de Auditoría y de Nombramientos y Retribuciones hasta el 16 de noviembre de 2017, percibió, además de la retribución que le correspondía como consejero en su condición de tal, una remuneración suplementaria en virtud de un contrato de servicios de asesoramiento con la Sociedad por un importe de 15.469 euros durante el ejercicio iniciado 1 de marzo de 2017 y hasta la fecha de resolución del contrato.
En el ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2018 no está previsto que ningún miembro del Consejo de Administración perciba remuneraciones suplementarias como contraprestación por servicios prestados distintos a los inherentes a su cargo.
A.9 Indique cualquier retribución en forma de anticipos, créditos y garantías concedidos, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
Explique los anticipos, créditos y garantías concedidos
No está previsto que ninguno de los miembros del Consejo de Administración perciba retribución alguna en forma de anticipos, de créditos o de garantías concedidos.
La Sociedad mantiene un seguro de responsabilidad civil en favor de sus consejeros. No existen otros compromisos en materia de pensiones, seguros de vida u otros conceptos análogos.
Salvo por lo señalado anteriormente, no se prevé, en el esquema de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad, percepción de remuneraciones en especie.
Explique las remuneración devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero
No se han producido pagos de esta naturaleza.
A.12 Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualesquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.
Dña. Adriana Domínguez, hija de D. Adolfo Domínguez, y actual consejera ejecutiva, es titular de una participación mayoritaria en la sociedad SAPPHO PRODUCCIONES, S.L. que prestaba servicios de asesoramiento comercial y de marketing a Adolfo Domínguez, S.A. en condiciones normales de mercado durante el 2017 y hasta el momento en que Dña. Adriana Domínguez fue designada Directora General de la Sociedad, si bien a esta fecha el referido contrato ha sido resuelto de mutuo acuerdo por ambas partes.
Al margen de lo anterior, no existen conceptos retributivos distintos o adicionales a los descritos en el presente Informe.
A.13 Explique las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a: medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, medidas que establezcan un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, fórmulas o cláusulas de recobro para poder reclamar la devolución de los componentes variables de la remuneración basados en los resultados cuando tales componentes se hayan pagado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta y medidas previstas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
A la vista de los resultados y la situación financiera de la Sociedad, el Consejo de Administración ha acordado proponer a la Junta que se mantengan las remuneraciones a percibir por los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales.
Estas son las acciones adoptadas por la Sociedad para reducir la exposición a riesgos y ajustar las remuneraciones de los consejeros a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad. En especial, se hace constar que la remuneración de los consejeros por su pertenencia al Consejo y, en su caso, a sus Comisiones, se mantuvo invariable durante los ejercicios 2007 a 2013, acordándose después una reducción del 10% de dicha remuneración, la cual se ha mantenido desde entonces y se prevé que se mantenga en el ejercicio en curso. Los importes resultantes de esta reducción son los que vienen aplicándose hasta la actualidad, sin que vayan a alterarse en el ejercicio en curso.
Asimismo, el sistema de retribución variable de la consejera ejecutiva Dña. Adriana Domínguez contempla que el derecho a percibir la retribución variable sólo surgirá cuando la Sociedad presente resultados positivos, tanto a nivel individual como consolidado.
Derogado.
C.1 Explique de forma resumida las principales características de la estructura y conceptos retributivos de la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio cerrado, que da lugar al detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros que se reflejan en la sección D del presente informe, así como un resumen de las decisiones tomadas por el consejo para la aplicación de dichos conceptos.
En línea con lo expuesto en apartados anteriores, los consejeros de Adolfo Domínguez, S.A. han devengado por su condición de tales, durante el ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2017 y cerrado el 28 de febrero de 2018, las siguientes retribuciones:
Cada miembro del Consejo de Administración ha percibido un importe bruto anual de 32.400 euros (o el importe correspondiente a los días que hubiera desempeñado el cargo).
Cada miembro de la Comisión de Auditoría ha percibido un importe bruto anual, adicional al devengado como miembros del Consejo de Administración, de 6.300 euros (o el importe correspondiente a los días que hubiera desempeñado el cargo).
Cada miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha percibido un importe bruto anual, adicional al devengado como miembros del Consejo de Administración, de 2.250 euros (o el importe correspondiente a los días que hubiera desempeñado el cargo).
No se han satisfecho cantidades en concepto de dietas por la mera asistencia a reuniones del Consejo de Administración o de sus Comisiones.
Además, como se ha mencionado, las retribuciones de los consejeros en su condición de tales no han incluido conceptos variables, sino que se han compuesto únicamente de los importes fijos señalados en los Estatutos Sociales y aprobados por la Junta General, que han sido abonados siempre en metálico, sin incluir entrega de acciones, opciones sobre acciones o cualquier otro componente variable.
En relación con la remuneración percibida por los consejeros ejecutivos de la Sociedad, la remuneración total recibida
por D. Adolfo Domínguez y Dña. Adriana Domínguez, por su condición de consejeros y por razón del desempeño de sus funciones ejecutivas en la Sociedad conforme a su relación contractual ascendió, respectivamente, a 217.699 y 101.938 euros en el ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2017, y en el caso de Dña. Adriana Domínguez, por lo que respecta a sus funciones ejecutivas desde su nombramiento como Directora General el 31 de julio de 2017.
| Nombre | Tipología | Período de devengo ejercicio 2017 |
|---|---|---|
| MARÍA TERESA ARANZÁBAL HARREGUY | Independiente | Desde 30/11/2017 hasta 28/02/2018. |
| MARIA ELENA DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ (2016) | Ejecutivo | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| ANGEL BERGES LOBERA (2016) | Independiente | Desde 01/03/2017 hasta 25/02/2018. |
| JUAN ANTONIO CHAPARRO VÁZQUEZ (2016) | Independiente | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| FUENCISLA CLEMARES SEMPERE (2016) | Independiente | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| JOSÉ LUIS NUENO INIESTA (2016) | Dominical | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA (2016) | Independiente | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| JOSÉ MARÍA GARCÍA-PLANAS MARCET (2016) | Independiente | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| ESTANISLAO CARPIO MARTÍNEZ (2016) | Ejecutivo | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| ADOLFO DOMÍNGUEZ FERNÁNDEZ | Ejecutivo | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| LUXURY LIBERTY, S.A. | Dominical | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| LUIS CARAMÉS VIEITEZ | Independiente | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| ELENA ADRIANA DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ | Ejecutivo | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| JOSÉ MANUEL RUBÍN CARBALLO | Independiente | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| JOSÉ LUIS TEMES MONTES | Independiente | Desde 01/03/2017 hasta 28/02/2018. |
| JUAN MANUEL FERNÁNDEZ NOVO | Independiente | Desde 01/03/2017 hasta 16/11/2017. |
D.1 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
a) Retribuciones devengadas en la sociedad objeto del presente informe:
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2017 |
Total año 2016 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ADOLFO DOMÍNGUEZ FERNÁNDEZ | 218 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 218 | 217 |
| JOSÉ LUIS TEMES MONTES | 0 | 32 | 0 | 0 | 0 | 7 | 0 | 0 | 39 | 8 |
| JOSÉ MANUEL RUBÍN CARBALLO | 0 | 32 | 0 | 0 | 0 | 2 | 0 | 0 | 34 | 10 |
| MARÍA TERESA ARANZÁBAL HARREGUY | 0 | 8 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8 | 0 |
| JUAN MANUEL FERNÁNDEZ NOVO | 0 | 24 | 0 | 0 | 0 | 5 | 23 | 16 | 68 | 19 |
| ELENA ADRIANA DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ | 88 | 13 | 0 | 0 | 0 | 1 | 0 | 0 | 102 | 8 |
| ANGEL BERGES LOBERA (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 20 |
| JOSÉ LUIS NUENO INIESTA (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 26 |
| LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 19 |
| MARIA ELENA DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 147 |
| FUENCISLA CLEMARES SEMPERE (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8 |
| JOSÉ MARÍA GARCÍA-PLANAS MARCET (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 26 |
| ESTANISLAO CARPIO MARTÍNEZ (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 187 |
| JUAN ANTONIO CHAPARRO VÁZQUEZ (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8 |
| LUIS CARAMÉS VIEITEZ | 0 | 32 | 0 | 0 | 0 | 9 | 0 | 0 | 41 | 18 |
| LUXURY LIBERTY, S.A. | 0 | 32 | 0 | 0 | 0 | 2 | 0 | 0 | 34 | 36 |
ii) Sistemas de retribución basados en acciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2017 |
Total año 2016 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ADOLFO DOMÍNGUEZ FERNÁNDEZ | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| ELENA ADRIANA DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JOSÉ LUIS TEMES MONTES | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JOSÉ MANUEL RUBÍN CARBALLO | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JUAN MANUEL FERNÁNDEZ NOVO | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| LUIS CARAMÉS VIEITEZ | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| LUXURY LIBERTY, S.A. | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| MARÍA TERESA ARANZÁBAL HARREGUY | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| ANGEL BERGES LOBERA (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| ESTANISLAO CARPIO MARTÍNEZ (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JOSÉ LUIS NUENO INIESTA (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JOSÉ MARÍA GARCÍA-PLANAS MARCET (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| MARIA ELENA DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| FUENCISLA CLEMARES SEMPERE (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JUAN ANTONIO CHAPARRO VÁZQUEZ (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
ii) Sistemas de retribución basados en acciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
En el caso de los Sistemas de Ahorro a largo plazo, se incluirán las aportaciones o dotaciones realizadas a este tipo de sistemas:
| Nombre | Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | Totales | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Total Retribución metálico |
Importe de las acciones otorgadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2017 sociedad |
Total Retribución metálico |
Importe de las acciones entregadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2017 grupo |
Total ejercicio 2017 |
Total ejercicio 2016 |
Aportación al sistemas de ahorro durante el ejercicio |
|
| ADOLFO DOMÍNGUEZ FERNÁNDEZ | 218 | 0 | 0 | 218 | 0 | 0 | 0 | 0 | 218 | 217 | 0 |
| ELENA ADRIANA DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ | 102 | 0 | 0 | 102 | 0 | 0 | 0 | 0 | 102 | 8 | 0 |
| JOSÉ LUIS TEMES MONTES | 39 | 0 | 0 | 39 | 0 | 0 | 0 | 0 | 39 | 8 | 0 |
| JOSÉ MANUEL RUBÍN CARBALLO | 34 | 0 | 0 | 34 | 0 | 0 | 0 | 0 | 34 | 10 | 0 |
| JUAN MANUEL FERNÁNDEZ NOVO | 68 | 0 | 0 | 68 | 0 | 0 | 0 | 0 | 68 | 19 | 0 |
| LUIS CARAMÉS VIEITEZ | 41 | 0 | 0 | 41 | 0 | 0 | 0 | 0 | 41 | 18 | 0 |
| LUXURY LIBERTY, S.A. | 34 | 0 | 0 | 34 | 0 | 0 | 0 | 0 | 34 | 36 | 0 |
| MARÍA TERESA ARANZÁBAL HARREGUY | 8 | 0 | 0 | 8 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8 | 0 | 0 |
| ANGEL BERGES LOBERA (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 20 | 0 |
| ESTANISLAO CARPIO MARTÍNEZ (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 187 | 0 |
| FUENCISLA CLEMARES SEMPERE (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8 | 0 |
| JOSÉ MARÍA GARCÍA-PLANAS MARCET (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 26 | 0 |
| MARIA ELENA DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 147 | 0 |
| LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 19 | 0 |
| JOSÉ LUIS NUENO INIESTA (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 26 | 0 |
| JUAN ANTONIO CHAPARRO VÁZQUEZ (2016) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8 | 0 |
| Nombre | Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | Totales | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Total Retribución metálico |
Importe de las acciones otorgadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2017 sociedad |
Total Retribución metálico |
Importe de las acciones entregadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2017 grupo |
Total ejercicio 2017 |
Total ejercicio 2016 |
Aportación al sistemas de ahorro durante el ejercicio |
|
| TOTAL | 544 | 0 | 0 | 544 | 0 | 0 | 0 | 0 | 544 | 757 | 0 |
D.2 Informe sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros.
Las variaciones en el rendimiento de la sociedad no han influido en la variación de las remuneraciones de los consejeros, ya que las remuneraciones devengadas en el ejercicio han sido de carácter fijo, y no en conceptos retributivos variables.
En particular, la remuneración de los consejeros por su pertenencia al Consejo de Administración y, en su caso, a sus Comisiones, se mantuvo constante desde 2007 hasta el ejercicio 2013, cuando no solo se congeló, sino que se redujo en un 10%, reflejándose de esta forma su objetivo de realizar un esfuerzo de contención del gasto en un entorno de crisis económica internacional y teniendo en cuenta la situación financiera de la Sociedad.
Asimismo, la consejera ejecutiva, en su condición de Directora General, tiene derecho a percibir una retribución variable anual de hasta un 50% de su retribución fija anual, condicionada al cumplimiento de objetivos anuales, ligados al desempeño personal y los resultados obtenidos por la empresa, siempre y cuando la Sociedad presente resultados positivos, tanto a nivel individual como consolidado.
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos emitidos | 7.124.934 | 76,81% |
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos negativos | 0 | 0,00% |
| Votos a favor | 5.752.004 | 80,73% |
| Abstenciones | 1.372.930 | 19,27% |
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
Apartado A.6: Se hace constar que tras la resolución del contrato de servicios de asesoramiento entre la Sociedad y D. Juan Manuel Fernández Novo, se ha abonado un importe de 22.500 euros en concepto de indemnización, si bien no referido a la terminación de sus funciones como consejero.
Apartado D.1: En la tabla de dicho apartado se han incluido, además de a los consejeros cuyo cargo ha permanecido vigente en algún momento del ejercicio cerrado a 28 de febrero de 2018, a aquellos que no han sido consejeros durante dicho ejercicio pero sí lo fueron en algún momento del ejercicio anterior cerrado a 28 de febrero de 2017 y ello con el fin de que las cifras totales en los dos ejercicios 2016 y 2017 recojan las remuneraciones de todos los consejeros en los dos ejercicios. Se hace constar que la remuneración percibida por estos últimos durante el ejercicio cerrado a 28 de febrero de 2018 ha sido de 0 euros.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha 24/05/2018.
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
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