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Acciona S.A.

Governance Information May 13, 2008

1777_cgr_2008-05-13_9d430596-a2b7-4e04-99d5-a366f2bac490.pdf

Governance Information

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INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO

SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

FECHA FIN DE EJERCICIO: 31/12/2007

C.I.F.: A-08001851

Denominación social: ACCIONA, S.A.

MODELO DE INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

Para una mejor comprensión del modelo y posterior elaboración del mismo, es necesario leer las instrucciones que para su cumplimentación figuran al final del presente informe.

A - ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD

A.1 Complete el siguiente cuadro sobre el capital social de la sociedad:

Fecha de última
modificación
Capital Social (euros) Número de acciones Número de derechos de
voto
18/05/2000 63.550.000,00 63.550.000 63.550.000

Indiquen si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:

NO

A.2 Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas, de su entidad a la fecha de cierre de ejercicio, excluidos los consejeros:

Nombre o denominación social del accionista Número de
derechos de voto
directos
Número de
derechos de voto
indirectos(*)
% sobre el total
de derechos de
voto
GRUPO ENTRECANALES, S.A. 36.051.754 1.831.872 59,612
FIDELITY INTERNATIONAL LIMITED 0 1.895.637 2,983
Nombre o denominación social
del titular indirecto de la
participación
A través de: Nombre o
denominación social del titular
directo de la participación
Número de derechos
de voto directos
% sobre el total de
derechos de voto
Nombre o denominación social
del titular indirecto de la
participación
A través de: Nombre o
denominación social del titular
directo de la participación
Número de derechos
de voto directos
% sobre el total de
derechos de voto
GRUPO ENTRECANALES, S.A. TIVAFEN, S.A. 1.178.646 1,855
GRUPO ENTRECANALES, S.A. SERVICIOS URBANOS
INTEGRALES, S.A.
653.226 1,028

Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:

A.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de Administración de la sociedad, que posean derechos de voto de las acciones de la sociedad:

Nombre o denominación social del consejero Número de
derechos de voto
directos
Número de
derechos de voto
indirectos (*)
% sobre el total
de derechos de
voto
DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ 848 6.142 0,011
DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO 848 0 0,001
DON JUAN MANUEL URGOITI LOPEZ OCAÑA 2.150 0 0,003
DON ALEJANDRO ECHEVARRIA BUSQUET 347 0 0,001
DOÑA BELEN VILLALONGA MORENES 200 0 0,000
DON CARLOS ESPINOSA DE LOS MONTEROS
BERNALDO DE QUIROS
1.400 0 0,002
DON ESTEBAN MORRAS ANDRES 3.448 0 0,005
DON GERMAN GAMAZO HOHENLOHE 1.200 0 0,002
DON JUAN C. ENTRECANALES AZCARATE 0 6.000 0,009
DON VALENTIN MONTOYA MOYA 848 0 0,001
% total de derechos de voto en poder del consejo de administración 0,037

Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de Administración de la sociedad, que posean derechos sobre acciones de la sociedad:

A.4 Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

A.5 Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

Tipo de relación :

Societaria Breve descripción :

Entidad dominante del Grupo en que se encuadra Acciona, S.A.

Nombre o denominación social relacionados

GRUPO ENTRECANALES, S.A.

A.6 Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en el art. 112 de la LMV. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:

NO

Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:

NO

En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:

A.7 Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 4 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:

Nombre o denominación social

GRUPO ENTRECANALES, S.A.

Observaciones

Ver nota en el apartado G

A.8 Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:

A fecha de cierre del ejercicio:

Número de acciones directas Número de acciones indirectas (*) % total sobre capital social
1.468.053 1.900 2,313

(*) A través de:

Nombre o denominación social del titular directo de la participación Número de acciones
directas
TIBEST CUATRO, S.A. 1.900

Total 1.900

Detalle las variaciones significativas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1362/2007, realizadas durante el ejercicio:

Plusvalía/(Minusvalía) de las acciones propias enajenadas durante el periodo 149

A.9 Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la Junta al Consejo de Administración para llevar a cabo adquisiciones o transmisiones de acciones propias.

La Junta General de accionistas celebrada el dia 6 de Junio de 2007 adopto el siguiente acuerdo: Autorizar la adquisicion derivativa de acciones de la sociedad por la propia sociedad y por sociedades de su grupo, tanto directamente como indirectamente mediante la adquisicion de capital en sociedades tenedoras de acciones de Acciona, S.A., con respeto de los limites y requisitos legales y de las condiciones que a continuacion se fijan, dejando sin efecto la autorizacion

aprobada por la Junta General Ordinaria de accionistas celebrada el 10 de mayo de 2006:

a) Modalidad: compraventa, permuta, prestamo o dacion en pago.

b) Numero maximo de acciones a adquirir: hasta el 5% del capital social.

c) Precios maximo y minimo: el cambio de cierre de la ultima sesion en Bolsa, con un margen del 15% al alza o a la baja.

d) Duracion de la autorizacion: dieciocho (18) meses desde la fecha de este acuerdo.

Autorizar al Consejo de Administracion para que pueda destinar, total o parcialmente, las acciones propias ya adquiridas y las que la sociedad pueda adquirir por virtud de la anterior autorizacion, a la ejecucion del plan de retribucion consistente en la entrega de acciones a la alta direccion del grupo Acciona, incluyendo los Consejeros de Acciona, S.A. que ejerzan funciones ejecutivas.

A.10 Indique, en su caso, las restricciones legales y estatutarias al ejercicio de los derechos de voto, así como las restricciones legales a la adquisición o transmisión de participaciones en el capital social. Indique si existen restricciones legales al ejercicio de los derechos de voto:

NO

Porcentaje máximo de derechos de voto que puede ejercer un accionista por restricción legal 0

Indique si existen restricciones estatutarias al ejercicio de los derechos de voto:

NO

Porcentaje máximo de derechos de voto que puede ejercer un accionista por una restricción 0
estatutaria

Indique si existen de restricciones legales a la adquisición o transmisión de participaciones en el capital social:

NO

A.11 Indique si la Junta General ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.

NO

En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:

B - ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD

B.1 Consejo de Administración

B.1.1 Detalle el número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos:

Número máximo de consejeros 18
Número mínimo de consejeros 3

B.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del Consejo:

Nombre o
denominación social
del consejero
Representante Cargo en el
consejo
F. Primer
nombram
F. Ultimo
nombram
Procedimiento
de elección
DON JOSE MANUEL
ENTRECANALES
DOMECQ
-- PRESIDENTE 14/04/1997 06/06/2007 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON JUAN MANUEL
URGOITI LOPEZ
OCAÑA
-- VICEPRESIDENTE
14/04/1997 24/05/2003 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON JUAN IGNACIO
ENTRECANALES
FRANCO
-- VICEPRESIDENTE
14/04/1997 06/06/2007 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON ALEJANDRO
ECHEVARRIA
BUSQUET
-- CONSEJERO 29/06/1994 06/06/2007 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DOÑA BELEN
VILLALONGA
MORENES
-- CONSEJERO 10/05/2006 10/05/2006 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON CARLOS
ESPINOSA DE LOS
MONTEROS
BERNALDO DE QUIROS
-- CONSEJERO 29/06/1994 24/05/2003 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON ESTEBAN
MORRAS ANDRES
-- CONSEJERO 10/02/2005 12/05/2005 COOPTACIÓN
DON GERMAN GAMAZO
HOHENLOHE
-- CONSEJERO 23/01/1985 24/05/2003 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
Nombre o
denominación social
del consejero
Representante Cargo en el
consejo
F. Primer
nombram
F. Ultimo
nombram
Procedimiento
de elección
DON JOSE MARIA
ENTRECANALES DE
AZCARATE
-- CONSEJERO 14/04/1997 06/06/2007 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON JUAN C.
ENTRECANALES
AZCARATE
-- CONSEJERO 14/04/1997 06/06/2007 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON TRISTAN GAREL
JONES
-- CONSEJERO 29/06/1999 12/05/2005 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON VALENTIN
MONTOYA MOYA
-- CONSEJERO 19/05/2001 06/06/2007 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
Número total de consejeros 12
---------------------------- ----

Indique los ceses que se hayan producido durante el periodo en el Consejo de Administración:

B.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta condición:

CONSEJEROS EJECUTIVOS

Nombre o denomincaión del consejero Comisión que ha
propuesto su
nombramiento
Cargo en el organigrama
de la sociedad
DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ COMISIÓN DE
NOMBRAMIENTOS Y
RETRIBUCIONES
PRESIDENTE
CONSEJERO DELEGADO
DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO NOMBRAMIENTOS Y
RETRIBUCIONES
VICEPRESIDENTE
CONSEJERO DELEGADO
DON VALENTIN MONTOYA MOYA COMISIÓN DE
NOMBRAMIENTOS Y
RETRIBUCIONES
CONSEJERO-DIRECTOR
GENERAL
Número total de consejeros ejecutivos 3

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES

Nombre o denominación del
consejero
Comisión que ha propuesto su
nombramiento
Nombre o denominación del
accionista significativo a quien
representa o que ha propuesto su
nombramiento
DON JOSE MARIA ENTRECANALES
DE AZCARATE
-- GRUPO ENTRECANALES, S.A.
DON JUAN C. ENTRECANALES
AZCARATE
-- GRUPO ENTRECANALES, S.A.
Número total de consejeros dominicales 2
% total del Consejo 16,667

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES

Nombre o denominación del consejero

DON JUAN MANUEL URGOITI LOPEZ OCAÑA

Perfil

LICENCIADO EN DERECHO. INICIO SU CARRERA EN EL BANCO DE VIZCAYA DONDE LLEGÓ A SER CONSEJERO-DELEGADO, OCUPANDO EL MISMO PUESTO EN EL BBV. HA SIDO PRESIDENTE DE AHORROBANK, BANCO DE CRÉDITO CANARIO Y BANCO OCCIDENTAL.PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE BIOLOGIA Y SUEROTERAPIA Y DE LABORATORIOS DELAGRANGE, S.A.CONSEJERO DE ANTIBIÓTICOS, S.A.EN LA ACTUALIDAD ES PRESIDENTE DEL BANCO GALLEGO, CONSEJERO DE INDITEX Y MIEMBRO DEL EUROPEAN ADVISORY BOARD DE CITIGROUP GLOBAL MARKET.HA SIDO PRESIDENTE DEL REAL PATRONATO DEL MUSEO NACIONAL CENTRO DE ARTE REINA SOFIA, Y MIEMBRO DEL REAL PATRONATO DEL MUSEO DEL PRADO

Nombre o denominación del consejero

DON ALEJANDRO ECHEVARRIA BUSQUET

Perfil

LICENCIADO EN CIENCIAS EMPRESARIALES. HA SIDO CONSEJERO DELEGADO DEL GRUPO CORREO DESDE 1980 HASTA FEBRERO DE 2001; PRESIDENTE DE LA AEDE. EN LA ACTUALIDAD ES PRESIDENTE DE TELECINCO; CONSEJERO DE VOCENTO, DE TUBACEX, S.A. Y COMPANÍA VINÍCOLA DEL NORTE DE ESPANA, S.A.

Nombre o denominación del consejero

DOÑA BELEN VILLALONGA MORENES

Perfil

PROFESORA EN HARVARD BUSINESS SCHOOL DONDE DA CLASES DE FINANZAS Y VALORACIÓN DE EMPRESAS A LOS ALUMNOS DEL MÁSTER (MBA), DOCTORADO Y PROGRAMAS PARA EJECUTIVOS DE EMPRESA DESDE JULIO DEL 2001. ES DOCTORA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Y MÁSTER EN ECONOMÍA POR LA UNIVERSIDAD DE CALIFORNIA, LOS ANGELES, Y LICENCIADA Y DOCTORA EN CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES POR LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID, DONDE

TAMBIÉN HA SIDO PROFESORA. SUS ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN SON LAS FINANZAS CORPORATIVAS, EL GOBIERNO CORPORATIVO, Y LA ESTRATEGIA EMPRESARIAL.

Nombre o denominación del consejero

DON CARLOS ESPINOSA DE LOS MONTEROS BERNALDO DE QUIROS

Perfil

ABOGADO, LICENCIADO EN CIENCIAS EMPRESARIALES (ICADE) Y TÉCNICO COMERCIAL Y ECONOMISTA DEL ESTADO. HA SIDO VICEPRESIDENTE DEL INI Y PRESIDENTE DE IBERIA Y AVIACO. PRESIDENTE DEL CÍRCULO DE EMPRESARIOS. EN LA ACTUALIDAD ES PRESIDENTE CONSEJERO-DELEGADO DE MERCEDES-BENZ ESPAÑA, S.A. PRESIDENTE DE LA FRATERNIDAD MUPRESPA (MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO) Y VICEPRESIDENTE SEGUNDO DE INDITEX.

Nombre o denominación del consejero

DON GERMAN GAMAZO HOHENLOHE

Perfil

ECONOMISTA, FUE VICEPRESIDENTE DE BANKERS TRUST COMPANY OF NEW YORK, CONTINENTAL ILLINOIS BANK, Y PRESIDENTE DE KOMATSU ESPANA

Nombre o denominación del consejero

DON TRISTAN GAREL-JONES

Perfil

HA SIDO DIPUTADO CONSERVADOR BRITÁNICO DE 1979 A 1997, OCUPANDO VARIOS CARGOS MINISTERIALES. ENTRE ELLOS, FUE MINISTRO DE ESTADO PARA EUROPA. ES MANAGING DIRECTOR DE UBS Y CONSEJERO DE IBERIA.

Número total de consejeros independientes 6
% total del consejo 50,000

OTROS CONSEJEROS EXTERNOS

Nombre o denominación del consejero Comisión que ha propuesto su
nombramiento
DON ESTEBAN MORRAS ANDRES COMISIÓN DE
NOMBRAMIENTOS Y
RETRIBUCIONES
Número total de otros consejeros externos 1
% total del consejo 8,333

Detalle los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad o sus directivos, ya con sus accionistas.

Nombre o denominación social del consejero DON ESTEBAN MORRAS ANDRES

Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo

Motivos

--

Al desempeñar funciones ejecutivas en Endesa, S.A. ha quedado en situación de excedencia en su relación laboral con Grupo Acciona.

Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la tipología de cada consejero:

Nombre o denominación social del consejero Fecha del
cambio
Condición anterior Condición actual
DON ESTEBAN MORRAS ANDRES 18/10/2007 EJECUTIVO OTROS
EXTERNOS

B.1.4 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 5% del capital.

Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el Consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido.

NO

B.1.5 Indique si algún consejero ha cesado en su cargo antes del término de su mandato, si el mismo ha explicado sus razones y a través de qué medio, al Consejo, y, en caso de que lo haya hecho por escrito a todo el Consejo, explique a continuación, al menos los motivos que el mismo ha dado:

NO

B.1.6 Indique, en el caso de que exista, las facultades que tienen delegadas el o los consejero/s delegado/s:

Nombre o denominación social consejero

DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ

Breve descripción

TODAS LAS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, SALVO LAS INDELEGABLES POR LEY, CON CARÁCTER SOLIDARIO

Nombre o denominación social consejero

DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO

Breve descripción

TODAS LAS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, SALVO LAS INDELEGABLES POR LEY, CON CARÁCTER SOLIDARIO

B.1.7 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:

Nombre o denominación social consejero Denominación social de la entidad del grupo Cargo
DON ESTEBAN MORRAS ANDRES BIOCARBURANTS DE CATALUNYA. S.A. CONSEJERO
DON ESTEBAN MORRAS ANDRES ENERGIAS ALTERNATIVAS DE TERUEL. S.A. CONSEJERO
DON VALENTIN MONTOYA MOYA ANTIGUA BODEGA COSME PALACIO. S.L. CONSEJERO
DON VALENTIN MONTOYA MOYA BODEGAS PALACIO. S.A. CONSEJERO
DON VALENTIN MONTOYA MOYA COMPAÑIA TRASMEDITERRANEA. S.A. CONSEJERO
DON VALENTIN MONTOYA MOYA HIJOS DE ANTONIO BARCELO. S.A. CONSEJERO
DON VALENTIN MONTOYA MOYA SILENO. S.A. CONSEJERO

B.1.8 Detalle, en su caso, los consejeros de su sociedad que sean miembros del Consejo de Administración de otras entidades cotizadas en mercados oficiales de valores en España distintas de su grupo, que hayan sido comunicadas a la sociedad:

Nombre o denominación social consejero Denomincación social de la entidad cotizada Cargo
DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ ENDESA. S.A. PRESIDENTE
DON JUAN MANUEL URGOITI LOPEZ OCAÑA INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL. S.A. CONSEJERO
DON ALEJANDRO ECHEVARRIA BUSQUET VOCENTO. S.A. CONSEJERO
DON ALEJANDRO ECHEVARRIA BUSQUET TUBACEX. S.A. CONSEJERO
DON ALEJANDRO ECHEVARRIA BUSQUET COMPAÑIA VINICOLA DEL NORTE DE ESPAÑA.
S.A.
CONSEJERO
DON ALEJANDRO ECHEVARRIA BUSQUET GESTEVISION TELECINCO. S.A. PRESIDENTE
DON CARLOS ESPINOSA DE LOS MONTEROS
BERNALDO DE QUIROS
INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL. S.A. VICEPRESIDE
NTE 2º
DON ESTEBAN MORRAS ANDRES ENDESA. S.A. CONSEJERO
DON TRISTAN GAREL-JONES IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA. S.A. CONSEJERO
DON VALENTIN MONTOYA MOYA ENDESA. S.A. CONSEJERO

B.1.9 Indique y en su caso explique si la sociedad ha establecido reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros:

SI

Explicación de las reglas

El art.38- 1.c del Reglamento del Consejo de Administración impone como obligación del Consejero el no pertenecer a más de cuatro Consejos de Administración de sociedades cotizadas (excluido Acciona)

B.1.10 En relación con la recomendación número 8 del Cödigo Unificado, señale las políticas y estrategias generales de la sociedad que el Consejo en pleno se ha reservado aprobar:

La política de inversiones y financiación SI
La definición de la estructura del grupo de sociedades SI
La política de gobierno corporativo SI
La política de responsabilidad social corporativa SI
El Plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuesto anuales SI
La política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos SI
La política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de
información y control
SI
La política de dividendos, así como la de autocartera y, en especial, sus límites SI

B.1.11 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración agregada de los consejeros devengada durante el ejercicio:

a) En la sociedad objeto del presente informe:

Concepto retributivo Datos en miles de
euros
Retribucion Fija 2.363
Retribucion Variable 2.840
Dietas 0
Atenciones Estatutarias 0
Concepto retributivo Datos en miles de
euros
Opciones sobre acciones y/o otros instrumentos financieros 0
Otros 0

Total 5.203

Otros Beneficios Datos en miles de
euros
Anticipos 0
Creditos concedidos 0
Fondos y Planes de Pensiones: Aportaciones 0
Fondos y Planes de Pensiones: Obligaciones contraidas 0
Primas de seguros de vida 0
Garantias constituidas por la sociedad a favor de los consejeros 0

b) Por la pertenencia de los consejeros de la sociedad a otros consejos de administración y/o a la alta dirección de sociedades del grupo:

Concepto retributivo Datos en miles de
euros
Retribucion Fija 341
Retribucion Variable 559
Dietas 9
Atenciones Estatutarias 0
Opciones sobre acciones y/o otros instrumentos financieros 0
Otros 1.593
Total 2.502
Otros Beneficios Datos en miles de
euros
Anticipos 0
Otros Beneficios Datos en miles de
euros
Creditos concedidos 0
Fondos y Planes de Pensiones: Aportaciones 0
Fondos y Planes de Pensiones: Obligaciones contraidas 0
Primas de seguros de vida 0
Garantias constituidas por la sociedad a favor de los consejeros 0

c) Remuneración total por tipología de consejero:

Tipología consejeros Por sociedad Por grupo
EJECUTIVO 4.453 2.502
EXTERNO DOMINICAL 100 0
EXTERNO INDEPENDIENTE 650 0
OTROS EXTERNOS 0 0
Total 5.203 2.502

d) Respecto al beneficio atribuido a la sociedad dominante

Remuneración total consejeros(en miles de euros) 7.705
Remuneración total consejeros/beneficio atribuido a la sociedad dominante (expresado en %) 0,8

B.1.12 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:

Nombre o denominación social Cargo
DON FÉLIX RIVAS ANORO DIRECTOR GENERAL ÁREA
CESA
DON MILLÁN ÁLVAREZ- MIRANDA NAVARRO DIRECTOR GENERAL DE
INTERNACIONAL
Nombre o denominación social Cargo
DON CARLOS LÓPEZ FERNÁNDEZ DIRECTOR GENERAL ÁREA
ACCIONA INSTALACIONES
DON ALFONSO CALLEJO MARTÍNEZ DIRECTOR ÁREA POLÍTICA
RETRIBUTIVA, RH ENERGÍA,
AGUA E INTERNACIONAL
DON FRANCISCO ADALBERTO CLAUDIO VAZQUEZ DIRECTOR GENERAL AREA DE
CONSTRUCCIÓN
INTERNACIONAL Y
CONCESIONES
DON JORGE PASO CAÑABATE DIRECTOR AUDITORÍA INTERNA
ACCIONA
DON JUAN ANDRES SAEZ ELEGIDO DIRECTOR GENERAL ACCIONA
SERVICIOS LOGÍSTICOS Y
TRANSPORTE
DON LUIS CASTILLA CAMARA DIRECTOR GENERAL ÁREA
AGUA
DON RAFAEL MONTES CARACUEL DIRECTOR GENERAL
RECURSOS HUMANOS Y
ORGANIZACIÓN ACCIONA
DON PEDRO RUIZ OSTA DIRECTOR GENERAL AREA
ACCIONA WIND POWER
DON ALBERTO DE MIGUEL ICHASO DIRECTOR GENERAL AREA
DESARROLLO CORPORATIVO Y
ESTRATEGIA ACCIONA
ENERGÍA
DON FERMIN GEMBERO USTAROZ DIRECTOR GENERAL AREA
ACCIONA ENERGÍA
DOÑA MARIA DEL CARMEN BECERRIL MARTINEZ DIRECTORA GENERAL AREA
ANÁLISIS ESTRATÉGICO E ID
DON JORGE VEGA-PENICHET LOPEZ SECRETARIO GENERAL
DOÑA ISABEL ANTÚNEZ CID DIRECTOR GENERAL ÁREA
ACCIONA INMOBILIARIA
DON FRANCISCO DE ALVARO REGUERA DIRECTOR GENERAL AREA
SERVICIOS URBANOS Y
MEDIOAMBIENTALES
DON JOSE MARIA FARTO PAZ DIRECTOR GENERAL AREA
CONSTRUCCIÓN GALICIA
DON JOAQUIN GOMEZ DIAZ DIRECTOR GENERAL AREA
ESTUDIOS Y CONTRATACIÓN
Nombre o denominación social Cargo
CONSTRUCCIÓN
DON JESÚS MIGUEL ARLABÁN GABEIRAS DIRECTOR GENERAL AREA
ECONÓMICO FINANCIERA
ACCIONA
DON JUAN RAMÓN SILVA FERRADA DIRECTOR GENERAL AREA
RR.II. Y MARKETING
CORPORATIVO ACCIONA
DON JAIME SOLE SEDO DIRECTOR GENERAL AREA
NEGOCIO ELÉCTRICO
DON JAVIER PEREZ-VILLAAMIL MORENO DIRECTOR GENERAL AREA
CONSTRUCCIÓN CENTRO
DON ROBERTO REDONDO ÁLVAREZ DIRECTOR GENERAL ÁREA
CHILE
DON JUSTO VICENTE PELEGRINI DIRECTOR GENERAL AREA
CONSTRUCCIÓN OESTE
DON JOSÉ MARIANO CANO CAPDEVILA DIRECTOR GENERAL AREA
MÉJICO
DON CARLOS NAVAS GARCIA DIRECTOR GENERAL AREA
ACCIONA AIRPORT SERVICES
DON JESUS ALCAZAR VIELA DIRECTOR GENERAL AREA
CONSTRUCCIÓN ESTE
DON JAVIER DUCAY REAL DIRECTOR GENERAL AREA
ECONÓMICO FINANCIERA
ACCIONA INFRAESTRUCTURAS
DON PEDRO MARTINEZ MARTINEZ DIRECTOR GENERAL AREA
INFRAESTRUCTURAS
NACIONAL
DON VICENTE SANTAMARIA DE PAREDES CASTILLO DIRECTOR GENERAL AREA
SERVICIOS JURÍDICOS
DON JUAN MURO-LARA GIROD DIRECTOR GENERAL AREA
ADJUNTO PRESIDENCIA PARA
DESARROLLO CORPORATIVO Y
RELACIONES CON
INVERSORES
DON ALBERT FRANCIS GELARDIN DIRECTOR GENERAL
INTERNACIONAL

Remuneración total alte dirección (en miles de euros) 16.325

B.1.13 Identifique de forma agregada si existen cláusulas de garantía o blindaje, para casos de despido o cambios de control a favor de los miembros de la alta dirección, incluyendo los consejeros ejecutivos, de la sociedad o de su grupo. Indique si estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo:

Número de beneficiarios 8
Consejo de Administración Junta General
Órgano que autoriza las cláusulas SI NO

¿Se informa a la Junta General sobre las cláusulas? SI

B.1.14 Indique el proceso para establecer la remuneración de los miembros del Consejo de Administración y las cláusulas estatutarias relevantes al respecto.

Proceso para establecer la remuneración de los miembros del Consejo de Administración y las cláusulas
estatutarias

Segun el art. 31.2 de los Estatutos Sociales, la retribucion anual del Consejo de Administracion sera de un 5% de los beneficios, una vez dotadas las partidas a que se refieren los parrafos 1o, 2o y 3o del art. 47.2 de estos Estatutos salvo que la Junta General, en el momento de aprobar las cuentas anuales y a propuesta del Consejo de Administracion, determine otro porcentaje menor.

La distribucion de la retribucion entre los Consejeros se realizara en la proporcion que el Consejo tenga a bien acordar. Previo acuerdo de la Junta General de accionistas con el alcance legalmente exigido, los Consejeros ejecutivos podran tambien ser retribuidos mediante la entrega de acciones o de derechos de opcion sobre las acciones, o mediante otro sistema de remuneracion que este referenciado el valor de las acciones.

Asimismo el articulo 55 del Reglamento del Consejo establece que el Consejo de Administracion fijara el regimen de distribucion de la retribucion de los consejeros dentro del marco establecido por los Estatutos.

La decision tendra presente el informe que al respecto evacuara el Comite de Nombramientos y Retribuciones.

El Consejo de Administracion procurara que la retribucion de los consejeros sea moderada y acorde con la que se satisfaga en el mercado en compañias de similar tamaño y actividad, favoreciendo las modalidades que vinculen una parte significativa de la retribucion a la dedicacion a Acciona.

El Consejo de Administracion procurara, ademas, que las politicas retributivas vigentes en cada momento incorporen para las retribuciones variables cautelas tecnicas precisas para asegurar que tales retribuciones guardan relacion con el desempeño profesional de sus beneficiarios y no derivan simplemente de la evolucion general de los mercados o del sector de actividad de la compañia o de otras circunstancias similares.

El regimen de retribucion atribuira retribuciones analogas a funciones y dedicacion comparables.

El regimen de retribucion de los consejeros independientes procurara ser un incentivo suficiente para su dedicacion sin comprometer su independencia.

Proceso para establecer la remuneración de los miembros del Consejo de Administración y las cláusulas estatutarias

La retribucion de los consejeros dominicales por su desempeño como administradores debera ser proporcionada a la de los demas consejeros, y no supondra un trato de favor en la retribucion del accionista que los haya designado.

Para los consejeros ejecutivos las retribuciones derivadas de su pertenencia al Consejo de Administracion seran compatibles con las demas percepciones profesionales o laborales que perciban por las funciones ejecutivas o consultivas que desempeñen en Acciona o en su grupo.

Los consejeros ejecutivos podran ser beneficiarios de sistemas de retribucion consistentes en la entrega de acciones o de derechos sobre ellas, asi como de cualquier otro sistema de retribucion que este referenciado al valor de las acciones. En tal supuesto correspondera al Consejo someter la correspondiente propuesta a la decision de la Junta General.

La retribucion de los consejeros sera transparente.

El Consejo de Administracion adoptara las medidas necesarias para asegurar que en la memoria anual se informe de forma individualizada de las retribuciones de los consejeros en su condicion de tales y por cada uno de los conceptos, y ademas, tambien individualizadamente y por cada uno de los conceptos, de las remuneraciones de los consejeros con responsabilidades ejecutivas.

Asimismo se informara sobre la relacion, en el ejercicio al que se refiere la memoria, entre la retribucion obtenida por los consejeros ejecutivos y los resultados u otras medidas de rendimiento de la sociedad.

Acciona podra contratar un seguro de responsabilidad civil y un sistema de prevision para sus consejeros.

Retribucion 2007.- La retribucion total del Consejo de Administracion por el desempeño de sus funciones como organo de administracion de la sociedad, asciende a un total de 950.000 Euros. Esta cantidad se desglosa de la siguiente manera:

50.000 Euros por pertenencia al Consejo de Administracion.

50.000 Euros por pertenencia a la Comision Ejecutiva.

25.000 Euros por pertenencia al Comite de Auditoria.

25.000 Euros por pertenencia al Comite de Nombramientos y Retribuciones.

Dichas cantidades son las mismas que las del ejercicio 2005 y 2006. Los tres consejeros ejecutivos miembros de la comision ejecutiva no han percibido la retribucion por la pertenencia a dicha comision por considerarse incluida en la remuneracion de sus servicios profesionales como consejeros.

Los Consejeros Ejecutivos han recibido como parte de su retribucion variable 425 acciones cada uno, en las condiciones establecidas en el Reglamento del plan de entrega de acciones a la alta direccion de Acciona.

Señale si el Consejo en pleno se ha reservado la aprobación de las siguientes decisiones.

A propuesta del primer ejecutivo de la compañía, el nombramiento y eventual cese de los altos directivos,
así como sus cláusulas de indemnización.
SI
La retribución de los consejeros, así como, en el caso de los ejecutivos, la retribución adicional por sus
funciones ejecutivas y demás condiciones que deban respetar sus contratos.
SI

B.1.15 Indique si el Consejo de Administración aprueba una detallada política de retribuciones y especifique las cuestiones sobre las que se pronuncia:

Importe de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las dietas por participación en el Consejo y
sus Comisiones y una estimación de la retribución fija anual a la que den origen
SI
Conceptos retributivos de carácter variable SI
Principales características de los sistemas de previsión, con una estimación de su importe o coste anual
equivalente.
SI
Condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como
consejeros ejecutivos
SI

B.1.16 Indique si el Consejo somete a votación de la Junta General, como punto separado del orden del día, y con carácter consultivo, un informe sobre la política de retribuciones de los consejeros. En su caso, explique los aspectos del informe respecto a la política de retribuciones aprobada por el Consejo para los años futuros, los cambios más significativos de tales políticas sobre la aplicada durante el ejercicio y un resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones en el ejercicio. Detalle el papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones y si han utilizado asesoramiento externo, la identidad de los consultores externos que lo hayan prestado:

NO

Papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones
El Comité de Nombramientos y Retribuciones elaboró con fecha 25 de marzo de 2008 la propuesta de informe sobre
política de retribuciones que el Consejo de administración hizo suyo y que pone a disposición de los accionistas.
NO
¿Ha utilizado asesoramiento externo?
Identidad de los consultores externos

B.1.17 Indique, en su caso, la identidad de los miembros del Consejo que sean, a su vez, miembros del Consejo de Administración, directivos o empleados de sociedades que ostenten participaciones significativas en la sociedad cotizada y/o en entidades de su grupo:

Nombre o denominacion social del consejero DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ Denominación social del accionista significativo SERVICIOS URBANOS INTEGRALES, S.A.

Cargo

VOCAL

Nombre o denominacion social del consejero DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ Denominación social del accionista significativo GRUPO ENTRECANALES, S.A.

Cargo
VOCAL
Nombre o denominacion social del consejero
DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ
Denominación social del accionista significativo
TIVAFEN, S.A.
Cargo
PRESIDENTE
Nombre o denominacion social del consejero
DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO
Denominación social del accionista significativo
TIVAFEN, S.A.
Cargo
VOCAL
Nombre o denominacion social del consejero
DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO
Denominación social del accionista significativo
SERVICIOS URBANOS INTEGRALES, S.A.
Cargo
PRESIDENTE
Nombre o denominacion social del consejero
DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO
Denominación social del accionista significativo
GRUPO ENTRECANALES, S.A.
Cargo
VOCAL
Nombre o denominacion social del consejero
DON JOSE MARIA ENTRECANALES DE AZCARATE
Denominación social del accionista significativo
GRUPO ENTRECANALES, S.A.
Cargo
VOCAL
Nombre o denominacion social del consejero
DON JUAN C. ENTRECANALES AZCARATE
Denominación social del accionista significativo
GRUPO ENTRECANALES, S.A.
Cargo
VICEPRESIDENTE 2º

Detalle, en su caso, las relaciones relevantes distintas de las contempladas en el epígrafe anterior, de los miembros del Consejo de Administración que les vinculen con los accionistas significativos y/o en entidades de su grupo:

B.1.18 Indique, si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:

SI

Descripción de modificaciones

El Reglamento del Consejo de administracion fue objeto de una amplia reforma que fue aprobada en la reunion de 22 de marzo de 2007. El texto integro del Reglamento figura publicado en la pagina web de Acciona.

  1. Sistematica de la reforma

Habida cuenta de la amplitud de la reforma se considero conveniente la aprobacion de un nuevo texto refundido del Reglamento, a fin de dotarlo de la necesaria unidad, armonizacion y coherencia.

  1. Justificacion general de la reforma

Las modificaciones tienen el proposito de (i) adaptar el Reglamento del Consejo de Administracion de Acciona a las recomendaciones formuladas por el Codigo Unificado de Buen Gobierno (el ´Codigo Unificado´), acomodandolas a las circunstancias y necesidades especificas de Acciona y su entorno, y (ii) simplificar y perfeccionar la redaccion del Reglamento del Consejo.

3.1. Articulos que se modifican para adaptar su contenido al Codigo Unificado

Entre los articulos que se modifican para adaptar su contenido al Codigo Unificado pueden destacarse los siguientes. . Articulo 1; Objeto: Se concretan los principios de actuacion que asume el Consejo de Administracion, con expresa incorporacion de las recomendaciones de buen gobierno del Codigo Unificado.

. Articulo 3; Interpretacion: Se incluyen como parametros especificos de interpretacion del Reglamento los principios y recomendaciones del Codigo Unificado y se mantiene la referencia generica a aquellos otros que en el futuro se consideren de general aceptacion.

. Articulo 7; Funcion general de supervision: Se relacionan exhaustivamente las competencias del Consejo de Administracion; entre otras, aprobar (i) la politica de responsabilidad social corporativa; (ii) la creacion o adquisicion de participaciones en entidades de proposito especial o domiciliadas en paraisos fiscales; (iii) las operaciones de naturaleza analoga que pudieran menoscabar la transparencia del grupo; y (iv) las operaciones vinculadas, que, tras la reforma, se regularan en un articulo separado, para mayor claridad.

Las competencias atribuidas al Consejo seran indelegables. Solo por razones de urgencia podran ser adoptadas por la Comision Ejecutiva, con posterior ratificacion del Consejo, salvo las decisiones relativas a las politicas y estrategias generales de Acciona, que no podran delegarse en ningun caso. Con ello, se pretende prevenir que, por una excesiva delegacion, el Consejo no cumpla su funcion mas esencial e irrenunciable, a saber, la denominada ´funcion general de supervision´, integrada por tres responsabilidades fundamentales: orientar e impulsar la politica de la compañia (responsabilidad estrategica), controlar las instancias de gestion (responsabilidad de vigilancia) y servir de enlace con los accionistas (responsabilidad de comunicacion).

. Articulo 8; Creacion de valor para el accionista: Se matiza el concepto de interes social. El objetivo ultimo de Acciona y, por tanto, el criterio que habra de presidir la actuacion del Consejo sera la maximizacion, de forma sostenida, del valor economico de la empresa.

. Articulo 10 y 11 ; Composicion Cualitativa: Se adapta su terminologia (clases de consejeros) a las definiciones, vinculantes, contenidas en el Codigo Unificado con el fin de lograr la homogeneidad entre el ordenamiento interno de Acciona y la documentacion que se haya de remitir a la CNMV, a los mercados y, en general, al exterior; y se refuerza, en los terminos recomendados en el Codigo Unificado, la transparencia en la informacion relativa a los consejeros , informando de su caracter en la Junta General que haya de nombrarles. Se preve, ademas, expresamente que el Consejo procure, en ejercicio de sus facultades de propuesta a la Junta General y de cooptacion, que los consejeros dominicales e independientes representen una amplia mayoria sobre los consejeros ejecutivos, que el numero de consejeros ejecutivos sea el minimo necesario y que el numero de consejeros independientes represente al menos un tercio del total de consejeros.

. Articulo 11; Nombramiento de Consejeros: Se atribuye al Comite de Nombramientos y Retribuciones un papel mas destacado en el proceso de seleccion de consejeros, con el fin de garantizar la debida representatividad del Consejo y la competencia, solvencia y experiencia de los candidatos seleccionados (el rigor del proceso de seleccion se extrema en relacion con aquellos candidatos llamados a cubrir un puesto de consejero independiente, atribuyendo al Comite la tarea de proponer al candidato); y se establecen programas de formacion y de actualizacion a los nuevos y antiguos consejeros que contribuyan al adecuado cumplimiento de sus responsabilidades.

. Articulo 16; Cese de los Consejeros: Se propicia la estabilidad de los consejeros independientes de manera que el

Descripción de modificaciones

Consejo no proponga su cese antes del cumplimiento del periodo estatutario de su nombramiento, salvo en caso de Ofertas Publicas de Adquisicion u operaciones similares que supongan un cambio en la estructura de capital de Acciona, o por causas excepcionales y justificadas que sean consideradas de suficiente trascendencia por el Consejo; y se incorpora la exigencia de que las dimisiones de los consejeros sean motivadas y formalizadas en carta que sea dirigida a todos los consejeros.

. Articulo 18; Presidente: Se preve expresamente como responsabilidad del Presidente el eficaz funcionamiento del Consejo. Le corresponde no solo convocarlo, formular el orden del dia y dirigir su reuniones; ha de cuidar tambien de que la informacion llegue oportunamente a los consejeros, y de fomentar la participacion activa de todos en la formacion de la voluntad del Consejo.

. Articulo 19; Vicepresidentes: Se atribuye al vicepresidente del Consejo que sea consejero independiente las funciones de coordinar y hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros externos, y de dirigir la evaluacion por el Consejo de su Presidente.

. Articulo 21; Secretario: Se preve expresamente que el Secretario sea nombrado y cesado por el Consejo de Administracion y se le atribuye expresamente la funcion de reflejar en las actas aquellas manifestaciones cuya constancia sea solicitada.

. Articulo 22; Reuniones del Consejo de Administracion: Antes del comienzo de cada ejercicio se fijara por el Consejo no solo el calendario de sus sesiones sino tambien el programa de asuntos.

. Articulo 26; Evaluacion e informe anual sobre gobierno corporativo: El Consejo, ademas de autoevaluar su

funcionamiento, evaluara anualmente el desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo y el funcionamiento de la Comision Ejecutiva y Comites, partiendo de los informes que estos le eleven al efecto.

. Articulo 27; Presidente Ejecutivo, Consejero Delegado, Comision Ejecutiva y Comites: Se modifica para que su redaccion guarde coherencia con el articulo 7 del Reglamento.

. Articulo 28; Organizacion interna de la Comision Ejecutiva y de los Comites: Se establece expresamente la regla de que los Comites de Auditoria y de Nombramientos y Retribuciones esten exclusivamente integrados por consejeros externos y sus Presidentes sean consejeros independientes, a fin de garantizar el correcto ejercicio de sus funciones de supervision y control.

. Articulo 29; Comision Ejecutiva: Se remitiran a los miembros del Consejo de Administracion las actas de las sesiones de la Comision Ejecutiva.

. Articulo 30; Comite de Auditoria: En consonancia con la modificacion del articulo 28, el Presidente del Comite de Auditoria sera consejero independiente y el Comite de Auditoria estara formado exclusivamente por consejeros externos designados teniendo en cuenta sus conocimientos; se preve la existencia de una funcion de auditoria interna que vele por el buen funcionamiento de los sistemas de informacion y control interno, bajo la supervision del Comite de Auditoria; y se reformulan las facultades del Comite de Auditoria, con la finalidad principal de asegurar al maximo la recepcion de la informacion necesaria para el desempeño de sus funciones.

. Articulo 32; Comite de Nombramientos y Retribuciones: Se atribuyen al Comite de Nombramientos y Retribuciones las competencias que recomienda el Codigo Unificado; el Comite de Nombramientos y Retribuciones consultara al Presidente del Consejo, especialmente en materias relativas a consejeros ejecutivos y altos directivos; y los consejeros podran proponer al Comite de Nombramientos y Retribuciones candidatos para cubrir vacantes.

. Articulo 38; Deberes concretos del administrador diligente y fiel: Se amplia el catalogo de deberes concretos de los consejeros con el fin de asegurar que dedican el tiempo suficiente a los asuntos de la compañia y a tal efecto se establece que no deberan pertenecer a mas de cuatro consejos de administracion de sociedades cotizadas. Se perfilan otros deberes vigentes, como el deber de oposicion a los acuerdos contrarios no solo al interes social sino tambien a los intereses de los accionistas no representados en el Consejo.

. Articulo 41; Asesoramiento a los consejeros y auxilio de expertos: Se modifica el Reglamento para que todos los consejeros, y no solo los externos, puedan contar con asesoramiento externo y auxilio de expertos.

. Articulo 51; Personas vinculadas: Se regula de forma separada con remision a la definicion que en cada caso prevea la normativa aplicable, sin perjuicio de determinar algunos supuestos concretos que se entienden incluidos en este concepto.

. Articulo 53; Informacion sobre circunstancias concernientes al consejero: Se incluye especificamente la obligacion de los consejeros de informar al Consejo en el caso de que el consejero resultara procesado o se abriera juicio oral contra el por alguno de los delitos previstos en el art. 124 LSA (esto es, delitos contra la libertad, contra el patrimonio o contra el orden socio-economico, contra la seguridad colectiva, contra la Administracion de Justicia o cualquier clase de falsedad), delitos todos en los que una condena entraña prohibicion para ejercer el cargo de administrador de una sociedad, y se atribuye al Consejo la potestad de decidir si sigue o no en su cargo.

Descripción de modificaciones

. Articulo 54 y 55; Política de retribuciones. Retribucion del consejero: Se regula el contenido minimo del informe sobre la politica de retribuciones que con caracter anual el Consejo de Administracion debera aprobar y poner a disposicion de los accionistas para su conocimiento con ocasion de la convocatoria de la Junta General ordinaria; se preve expresamente que los consejeros ejecutivos puedan ser beneficiarios de sistemas de retribucion consistentes en la entrega de acciones u otros sistemas similares (ya previsto en los Estatutos Sociales); y se asegura que sean consignadas cada año en la memoria anual todas las retribuciones percibidas por los Consejeros,, incluyendo las de los consejeros ejecutivos por su funciones de alta direccion.

. Articulo 61; Relaciones con los auditores: Se atribuye al Presidente del Comite de Auditoria la funcion de explicar a los accionistas en Junta General, junto con los auditores, las reservas o salvedades que contenga el informe de los auditores externos, con el proposito de establecer vias de contacto mas estrechas y directas entre el Comite de Auditoria y los accionistas.

. Articulo 63; Pagina web corporativa: Se amplia la informacion de los consejeros que debe incluir la pagina web corporativa.

B.1.19 Indique los procedimientos de nombramiento, reelección, evaluación y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.

Los Consejeros son nombrados por la Junta General, salvo en los casos de nombramiento por el Consejo de Administracion por cooptacion para cubrir vacantes y de designacion por accionistas en ejercicio de su derecho de representacion proporcional.

El Consejo de Administracion debe ser respetuoso con lo dispuesto en el Reglamento al formular las propuestas de nombramiento de consejeros que haga a la Junta General, asi como al decidir los nombramientos que haga el propio Consejo de Administracion por cooptacion.

La composicion del Consejo de Administracion incluira Consejeros Dominicales, Independientes y Ejecutivos.

Las propuestas de nombramiento o reeleccion de Consejeros que se eleven por el Consejo de Administracion a la Junta General, asi como el nombramiento provisional por cooptacion, se aprobaran por el Consejo a propuesta del Comite de Nombramientos y Retribuciones, en el caso de consejeros independientes, y previo informe del Comite de Nombramientos y Retribuciones, en el caso de los restantes consejeros.

El Consejo de Administracion, en el ejercicio de sus facultades de propuesta a la Junta General y de cooptacion para la cobertura de vacantes, procurara que en la composicion del Consejo los consejeros dominicales e independientes representen una amplia mayoria sobre los consejeros ejecutivos y que el numero de consejeros ejecutivos sea el minimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participacion de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad, y que el numero de consejeros independientes represente al menos un tercio del total de consejeros.

El Consejo de Administracion y el Comite de Nombramientos y Retribuciones procuraran, dentro del ambito de sus respectivas competencias, que la eleccion de los Consejeros independientes recaiga sobre personas de reconocida solvencia, competencia y experiencia, que esten dispuestas a dedicar una parte suficiente de su tiempo al desempeño de las funciones propias del cargo.

Las propuestas de reeleccion de Consejeros seran tambien informadas por el Comite de Nombramientos y Retribuciones al Consejo de Administracion. En su recomendacion el Comite de Nombramientos y Retribuciones valorara la calidad del trabajo y la dedicacion al cargo durante el mandato.

El Consejo de Administracion procurara que los Consejeros independientes que sean reelegidos no permanezcan adscritos a la misma Comision, salvo que las tareas en curso u otras razones aconsejen su continuidad en la misma Comision.

Los Consejeros cesaran en el cargo:

  • por decision propia en cualquier momento.

  • cuando lo acuerde la Junta General en uso de las atribuciones que tiene legalmente conferidas,

  • cuando, transcurrido el plazo para el que fueron nombrados, se celebre la primera Junta General de accionistas posterior o transcurra el plazo legal en que debio celebrarse la proxima Junta General ordinaria, si no se hubiera celebrado.

Asimismo, los Consejeros deben poner su cargo a disposicion del Consejo de Administracion y, si este lo considera oportuno formalizar su dimision en los supuestos a los que se refiere el apartado B.1.15 siguiente.

En el ejercicio 2007 el Comite de nombramientos y retribuciones emitio el correspondiente informe proponiendo la reeleccion de los consejeros Jose Maria Entrecanales de Azcarate, D. Juan Entrecanales de Azcarate, D. Jose Manuel Entrecanales Domecq , D. Juan Ignacio, Entrecanales Franco , D. Valentin Montoya Moya y D. Alejandro Echevarria Busquet.

B.1.20 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.

Los Consejeros deberan poner su cargo a disposicion del Consejo de Administracion y, si este lo considera oportuno, formalizar la correspondiente dimision en los siguientes casos:

a) En el caso de consejeros dominicales, cuando desaparezcan las razones por las que fue nombrado, entendiendose que concurre dicha circunstancia cuando la entidad o grupo empresarial al que representa deje de ostentar una participacion accionarial significativa en el capital social de Acciona, o cuando la entidad o grupo empresarial en cuestion solicite su sustitucion como Consejero.

b) En el caso de consejeros independientes, si se integra en la linea ejecutiva de Acciona o de cualquiera de sus sociedades filiales, o cuando por otra causa se den en el cualquiera de las circunstancias incompatibles con la condicion de consejero independiente

c) En el caso de consejeros ejecutivos, cuando cesen en los puestos ejecutivos en razon a los cuales se produjo su nombramiento como consejero.

d) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibicion previstos en la Ley o en el Reglamento.

e) Cuando resulten amonestados por el Comite de Auditoria por haber incumplido gravemente alguna de sus obligaciones como consejeros.

f) Cuando su permanencia en el Consejo pueda afectar al credito o reputacion de que goza Acciona y su grupo en el mercado o poner en riesgo de cualquier otra manera sus intereses y en particular en el caso de que resultara procesado o se dictara contra el auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el articulo 124 de la ley de Sociedades Anonimas.

B.1.21 Explique si la función de primer ejecutivo de la sociedad recae en el cargo de presidente del Consejo. En su caso, indique las medidas que se han tomado para limitar los riesgos de acumulación de poderes en una única persona:

SI

Medidas para limitar riesgos

El catalogo de decisiones y competencias que corresponden tanto al Consejo de Administracion como a los Comites, y la existencia de una Comision Ejecutiva se consideran medidas adecuadas para limitar los riesgos de acumulacion de poderes en una sola persona.

Indique y en su caso explique si se han establecido reglas que facultan a uno de los consejeros independientes para solicitar la convocatoria del Consejo o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día, para coordinar y hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros externos y para dirigir la evaluación por el Consejo de Administración

Explicación de las reglas

Dispone el Reglamento del Consejo de Administracion que el Vicepresidente , o cuando existan varios, uno de ellos debera reunir la condicion de consejero independiente y actuara como coordinador , se hara eco de las preocupaciones de los consejeros externos y dirigira la evaluacion por el Consejo de su Presidente. Con arreglo a los estatutos sociales el Consejo debera ser convocado necesariamente siempre que lo solicite un Vicepresidente, un Consejero Delegado, un Consejero Director General o cinco consejeros. Asi mismo se dispone que cualquiera de los miembros del Consejo , con anterioridad a la reunion o en el transcurso de ella , tiene derecho a que se someta a deliberacion y a votacion cualquier otro asunto, por el orden que a su prudente arbitrio determine el Presidente.

B.1.22 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:

NO

Indique cómo se adoptan los acuerdos en el Consejo de Administración, señalando al menos, el mínimo quórum de asistencia y el tipo de mayorías para adoptar los acuerdos:

Descripción del acuerdo :

La delegación permanente de facultades en la Comisión Ejecutiva, o en uno o varios Consejeros Delegados, y la designación de los miembros del propio Consejo que vayan a ser titulares del órgano delegado.

Quórum %
Las dos terceras partes del número de miembros del Consejo, que haya fijado la Junta General para la
composición de este Órgano, aunque no se hallare cubierto dicho número, o aunque con posterioridad se
hubieran producido vacantes.
8,00
Tipo de mayoría %
Voto favorable de las dos terceras partes del número de miembros del Consejo que haya fijado la Junta
General para la composición de este Órgano, aunque no se hallare cubierto dicho número, o aunque con
posterioridad se hubieran producido vacantes.
8,00

Descripción del acuerdo :

Restantes acuerdos del Consejo de Administración.

Quórum %
La mitad más uno del número de componentes que hubiere fijado en su día la Junta General, aunque no se
hallese cubierto dicho número en su totalidad o aunque con posterioridad se hubieran producido vacantes.
7,00
Tipo de mayoría %
Mayoría absoluta de los miembros del Consejo que hubieran concurrido personalemnte o por representación.
En caso de empate, el Presidente o el que haga su veces, tendra voto dirimente.
7,00

B.1.23 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente.

NO

B.1.24 Indique si el presidente tiene voto de calidad:

SI

Materias en las que existe voto de calidad

Los acuerdos se adoptaran por mayoria absoluta de los miembros del Consejo que hubieran concurrido personalmente o por representacion. En caso de empate, el Presidente o el que haga su veces, tendra voto dirimente, segun dispone el articulo 37 de los estatutos sociales.

B.1.25 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

NO

Edad límite presidente Edad límite consejero delegado Edad límite consejero
0 0 0

B.1.26 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado para los consejeros independientes:

NO Número máximo de años de mandato 0

B.1.27 En el caso de que sea escaso o nulo el número de consejeras, explique los motivos y las iniciativas adoptadas para corregir tal situación

Explicación de los motivos y de las iniciativas

Desde el Consejo de Administracion se han promovido todas aquellas politicas necesarias para evitar que los procedimientos de seleccion adolezcan de sesgos implicitos que obstaculizan la seleccion, no solo de los miembros del Consejo de administracion, sino de cualquier trabajador/a asi como en la busqueda de aquellos candidatos que reunan los requisitos de competencia, conocimientos y experiencia para el desarrollo del cargo, lo que se refleja en el punto 4.3 del Codigo de Conducta de Acciona asegurando la igualdad a traves de sus politicas de actuacion, no aceptando ningun tipo de discriminacion en el ambito profesional.

En particular, indique si la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha establecido procedimientos para que los procesos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y busque deliberadamente candidatas que reúnan el perfil exigido:

NO

B.1.28 Indique si existen procesos formales para la delegación de votos en el Consejo de Administración. En su caso, detállelos brevemente.

El Reglamento del Consejo establece que los Consejeros deben asistir personalmente a las sesiones del Consejo, si bien con caracter excepcional el Presidente podra autorizar la participacion de Consejeros en una sesion mediante videoconferencia, telefono u otro medio de telecomunicacion que permita identificar indubitadamente al consejero y preservar la confidencialidad de lo tratado. En tales casos se tendra por presentes a los consejeros que participen asi en el desarrollo de la sesion.

Cuando el consejero no pueda asistir personalmente, circunstancia que solo debera producirse por causas especialmente justificadas, y no proceda hacerlo por medios de comunicacion a distancia, el consejero procurara delegar su representacion en otro miembro del Consejo de Administracion indicandole, en la medida de lo posible, las oportunas instrucciones de voto. La delegacion se formalizara por carta o por cualquier otro medio escrito que permita constatar la realidad de la representacion a juicio del Presidente.

B.1.29 Indique el número de reuniones que ha mantenido el Consejo de Administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su Presidente:

Número de reuniones del consejo 16
Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente 0

Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del Consejo:

Número de reuniones de la comisión ejecutiva o delegada 3
Número de reuniones del comité de auditoría 8
Número de reuniones de la comisión de nombramientos y retribuciones 6
Número de reuniones de la comisión de nombramientos 0
Número de reuniones de la comisión de retribuciones 0

B.1.30 Indique el número de reuniones que ha mantenido el Consejo de Administración durante el ejercicio sin la asistencia de todos sus miembros. En el cómputo se considerarán no asistencias las representaciones realizadas sin instrucciones específicas:

Número de no asistencias de consejeros durante el ejercicio 10
% de no asistencias sobre el total de votos durante el ejercicio 5,200

B.1.31 Indique si las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan para su aprobación al Consejo están previamente certificadas:

NO

Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha o han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:

B.1.32 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el Consejo de administración para evitar que las cuentas individuales y consolidadas por él formuladas se presenten en la Junta General con salvedades en el informe de auditoría.

Es obligacion del Consejo de Administracion procurar que la formulacion de las cuentas se haga de tal manera que no haya salvedades por parte del Auditor. No obstante, si el Consejo considera que debe mantener su criterio el presidente del Comite de Auditoria y los auditores explicaran con claridad a los accionistas el contenido y alcance de las discrepancias.

Asimismo entre las funciones del comite de auditoria se encuentra la de servir de canal de comunicacion entre el Consejo de Administracion y los auditores de cuentas externos, evaluar los resultados de cada auditoria y las respuestas del equipo directivo a sus recomendaciones, y mediar y arbitrar en los casos de discrepancias entre aquel y este en relacion con los principios y criterios aplicables en la preparacion de los estados financieros;

Las cuentas anuales individuales y consolidadas correspondientes al ejercicio 2007 se presentan a la Junta general sin salvedades en el informe de auditoria.

B.1.33 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?

NO

B.1.34 Explique los procedimientos de nombramiento y cese del Secretario del Consejo, indicando si su nombramiento y cese han sido informados por la Comisión de Nombramientos y aprobados por el pleno del Consejo.

Procedimiento de nombramiento y cese

El Secretario del Consejo es nombrado por el Consejo de Administracion previo informe de la Comision de Nombramientos y Retribuciones. El cese es igualmente competencia del Consejo de Administracion previo informe del Comite. El mismo procedimiento es tambien de aplicacion al Vicesecretario.

¿La Comisión de Nombramientos informa del nombramiento? SI
¿La Comisión de Nombramientos informa del cese? SI
¿El Consejo en pleno aprueba el nombramiento? SI
¿El Consejo en pleno aprueba el cese? SI

¿Tiene el secretario del Consejo enconmendada la función de velar, de forma especial, por las recomendaciones de buen gobierno?

SI

B.1.35 Indique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por la sociedad para preservar la independencia del auditor, de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación.

El Reglamento del Consejo de Administracion impone a este la obligacion de establecer, a traves del Comite de Auditoria, una relacion de caracter estable y profesional con los auditores de cuentas externos de Acciona y de las principales sociedades de su grupo, con estricto respeto de su independencia.

El Comite de Auditoria se abstendra de proponer al Consejo de Administracion, y este a su vez se abstendra de someter a la Junta General de Accionistas, el nombramiento como auditor de cuentas de Acciona o de su grupo de cualquier firma de auditoria que se encuentre incursa en causa de incompatibilidad conforme a la legislacion sobre auditoria.

El Consejo de Administracion informa publicamente en la memoria integrante de las cuentas anuales sobre los honorarios globales que ha satisfecho por la auditoria externa de las cuentas anuales y los abonados por otros servicios prestados a profesionales vinculados con el auditor externo, desglosando las satisfechas a los auditores de cuentas y las que lo sean a cualquier sociedad del mismo grupo de sociedades a que perteneciese el auditor de cuentas o a cualquier otra sociedad con la que el auditor este vinculado por propiedad comun, gestion o control.

En relacion con los analistas financieros , el Consejo de Administracion aplica las mismas pautas que en la interlocucion con los accionistas procurando un tratamiento igualitario entre ellos y cuidando especialmente la simetria y simultanea informacion al mercado de aquellos datos , estimaciones y planes que puedan tener un efecto en la cotizacion de las acciones en los mercados de valores.

B.1.36 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:

NO

Auditor saliente Auditor entrante

En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

B.1.37 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que supone sobre los honorarios facturados a la sociedad y/o su grupo:

Sociedad Grupo Total
Importe de otros trabajos distintos de los de
auditoría (miles de euros)
326 1.531 1.857
Importe trabajos distintos de los de
auditoría/Importe total facturado por la firma
de auditoría (en%)
51,230 17,650 19,950

B.1.38 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta reservas o salvedades. En su caso, indique las razones dadas por el Presidente del Comité de Auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas reservas o salvedades.

NO

B.1.39 Indique el número de años que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales de la sociedad y/o su grupo. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de años auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de años en los que las cuentas anuales han sido auditadas:

Sociedad Grupo
Número de años ininterrumpidos 18 18
Sociedad Grupo
Nº de años auditados por la firma actual de
auditoría/Nº de años que la sociedad ha sido
auditada (en %)
100,0 100,0

B.1.40 Indique las participaciones de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad en el capital de entidades que tengan el mismo, análogo o complementario género de actividad del que constituya el objeto social, tanto de la sociedad como de su grupo, y que hayan sido comunicadas a la sociedad. Asimismo, indique los cargos o funciones que en estas sociedades ejerzan:

Nombre o denominación social del consejero DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ Denominación de la sociedad objeto ENDESA. S.A. % participación 0.000 Cargo o funciones PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Nombre o denominación social del consejero DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO Denominación de la sociedad objeto ALTAI HOTELES CONDAL. S.L % participación 0.000 Cargo o funciones

CONSEJERO

Nombre o denominación social del consejero

DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO

Denominación de la sociedad objeto

ALTAI HOTELES. S.L.

% participación

0.000

Cargo o funciones CONSEJERO

Nombre o denominación social del consejero

DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO

Denominación de la sociedad objeto

HEF INVERSORA. S.A.

% participación

1.936

Cargo o funciones

CONSEJERO

Nombre o denominación social del consejero

DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO

Denominación de la sociedad objeto

ALTAI GESTION. S.A.

% participación

0.000

Cargo o funciones

CONSEJERO

Nombre o denominación social del consejero

DON ESTEBAN MORRAS ANDRES

Denominación de la sociedad objeto

DESARROLLO DE ENERGÍAS RENOVABLES DE NAVARRA. S.A.

% participación

0.000

Cargo o funciones

Representante de una sociedad que ocupa el cargo de administrador mancomunado

Nombre o denominación social del consejero DON ESTEBAN MORRAS ANDRES

Denominación de la sociedad objeto

INICIATIVAS ENERGÉTICAS RENOVABLES. S.L. % participación 0.000 Cargo o funciones CONSEJERO Nombre o denominación social del consejero DON ESTEBAN MORRAS ANDRES Denominación de la sociedad objeto INVERSIONES CORPORATIVAS NAVARRA. S.L. % participación 100.000 Cargo o funciones ADMINISTRADOR ÚNICO Nombre o denominación social del consejero DON ESTEBAN MORRAS ANDRES Denominación de la sociedad objeto ENDESA. S.A. % participación 0.000 Cargo o funciones CONSEJERO-DIRECTOR GENERAL Nombre o denominación social del consejero DON ESTEBAN MORRAS ANDRES Denominación de la sociedad objeto INVERSIONES CORPORATIVAS NAVARRAS SOLARES. S.L. % participación 100.000 Cargo o funciones ADMINISTRADOR ÚNICO Nombre o denominación social del consejero DON GERMAN GAMAZO HOHENLOHE Denominación de la sociedad objeto INMOBILIARIA PADILLA. S.A. % participación 25.000 Cargo o funciones PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Nombre o denominación social del consejero DON GERMAN GAMAZO HOHENLOHE Denominación de la sociedad objeto JONDAL VEINTIUNO. S.L. % participación 33.300 Cargo o funciones PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Nombre o denominación social del consejero DON GERMAN GAMAZO HOHENLOHE Denominación de la sociedad objeto

GOLF PARK ENTERTAIMENT. S.A.

% participación 21.320 Cargo o funciones CONSEJERO Nombre o denominación social del consejero DON GERMAN GAMAZO HOHENLOHE Denominación de la sociedad objeto GESJAN. S.L. % participación 15.000 Cargo o funciones - Nombre o denominación social del consejero DON GERMAN GAMAZO HOHENLOHE Denominación de la sociedad objeto LA PLAZA DEL GOLF. S.A. % participación 20.150 Cargo o funciones CONSEJERO Nombre o denominación social del consejero DON JUAN C. ENTRECANALES AZCARATE Denominación de la sociedad objeto HEF INVERSORA. S.A. % participación 52.196 Cargo o funciones PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Nombre o denominación social del consejero DON JUAN C. ENTRECANALES AZCARATE Denominación de la sociedad objeto NEXOTEL ADEJE. S.A. % participación 0.001 Cargo o funciones PRESIDENTE DEL CONSEJO ADMINISTRACIÓN Nombre o denominación social del consejero DON TRISTAN GAREL-JONES Denominación de la sociedad objeto IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA. S.A. % participación 0.000 Cargo o funciones CONSEJERO Nombre o denominación social del consejero DON VALENTIN MONTOYA MOYA Denominación de la sociedad objeto

ENDESA. S.A.

% participación

0.000 Cargo o funciones CONSEJERO

B.1.41 Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con asesoramiento externo:

SI

Detalle del procedimiento

El articulo 41 del Reglamento del Consejo establece que con el fin de ser auxiliados en el ejercicio de sus funciones, los consejeros podran solicitar la contratacion con cargo a Acciona de asesores propios en materias legales, contables, financieras o de otra naturaleza.

La contratacion de tales asesores externos estara limitada a encargos que versen sobre problemas concretos de cierto relieve y complejidad que se presenten en el desempeño del cargo.

La solicitud de contratacion de los servicios de asesores que auxilien a los consejeros habra de ser comunicada previamente al Presidente del Consejo de Administracion.

La contratacion de asesores que auxilien a los consejeros podra ser vetada por el Consejo de Administracion cuando este organo considere, por mayoria absoluta, que:

a) no es precisa para el cabal desempeño de las funciones encomendadas a los consejeros;

b) su coste no sea razonable a la vista de la importancia del problema;

c) la asistencia tecnica que se recaba pueda ser dispensada adecuadamente por expertos y tecnicos de Acciona; o,

d) pueda suponer un riesgo para la confidencialidad de la informacion que deba ser manejada.

Si el Presidente del Consejo de Administracion convocara una sesion de este organo para decidir sobre un veto de la contratacion, esta se pospondra hasta la celebracion de la sesion o adopcion del acuerdo. La decision debera adoptarse sin dilaciones que puedan vaciar de contenido el derecho de los consejeros.

B.1.42 Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:

SI

Detalle del procedimiento

El Consejo de Administración fija el calendario y programa de asuntos de las sesiones ordinarias antes del comienzo de cada ejercicio sin perjuicio de que pueda ser modificado por causas justificadas. Las convocatorias se efectúan por carta , fax , telegrama o correo electrónico con una antelación mínima de tres días a la fecha prevista para su celebración si bien cuando las circunstancias del caso así lo requieran, el Presidente podrá convocar por teléfono y con carácter extraordinario al Consejo de Administración, sin respetar el plazo de antelación ni los demás requisitos que se indican en

el apartado siguiente.

La convocatoria incluirá un avance sobre el previsible Orden del día de la sesión. Se acompañará de la información escrita que proceda y se encuentre disponible y, en todo caso, sin perjuicio de que el consejero pueda solicitar la información que estime necesaria para completar la que se le haya suministrado.

B.1.43 Indique y en su caso detalle si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, dimitir en aquellos supuestos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la sociedad:

SI

Explique las reglas

El articulo 53.2 del Reglamento obliga al consejero a informar de todas las reclamaciones judiciales, administrativas o de cualquier otra indole que se incoen contra el consejero, asi como de sus posteriores vicisitudes, que por su importancia pudieran incidir gravemente en la reputacion de Acciona.

En particular, el consejero debera informar al Consejo en el caso de que resultara procesado o se dictara contra el auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el articulo 124 de la Ley de Sociedades Anonimas. En este supuesto, el Consejo examinara el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidira si procede o no que el consejero continue en su cargo. De todo ello se dara cuenta, de forma razonada, en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.

B.1.44 Indique si algún miembro del Consejo de Administración ha informado a la sociedad que ha resultado procesado o se ha dictado contra él auto de apertura de juicio oral, por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas:

NO

Indique si el Consejo de Administración ha analizado el caso. Si la respuesta es afirmativa explique de forma razonada la decisión tomada sobre si procede o no que el consejero continúe en su cargo.

NO

Decisión
tomada
Explicación razonada

B.2 Comisiones del Consejo de Administración

B.2.1 Detalle todas las comisiones del Consejo de Administración y sus miembros:

COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

Nombre Cargo Tipologia
DON JUAN MANUEL URGOITI LOPEZ OCAÑA PRESIDENTE INDEPENDIENTE
DON ALEJANDRO ECHEVARRIA BUSQUET VOCAL INDEPENDIENTE
Nombre Cargo Tipologia
DON CARLOS ESPINOSA DE LOS MONTEROS BERNALDO DE
QUIROS
VOCAL INDEPENDIENTE

COMISIÓN EJECUTIVA O DELEGADA

Nombre Cargo Tipologia
DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ PRESIDENTE EJECUTIVO
DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO PRESIDENTE EJECUTIVO
DON ALEJANDRO ECHEVARRIA BUSQUET VOCAL INDEPENDIENTE
DON CARLOS ESPINOSA DE LOS MONTEROS BERNALDO DE
QUIROS
VOCAL INDEPENDIENTE
DON JUAN MANUEL URGOITI LOPEZ OCAÑA VOCAL INDEPENDIENTE
DON TRISTAN GAREL-JONES VOCAL INDEPENDIENTE
DON VALENTIN MONTOYA MOYA VOCAL EJECUTIVO

COMITÉ DE AUDITORÍA

Nombre Cargo Tipologia
DON CARLOS ESPINOSA DE LOS MONTEROS BERNALDO DE
QUIROS
PRESIDENTE INDEPENDIENTE
DON JUAN MANUEL URGOITI LOPEZ OCAÑA VOCAL INDEPENDIENTE
DON TRISTAN GAREL-JONES VOCAL INDEPENDIENTE

B.2.2 Señale si corresponden al Comité de Auditoría las siguientes funciones.

Supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera relativa a la sociedad y, en
su caso, al grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del
perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables
SI
Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales
riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente
SI
Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección,
nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el
presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta
SI
dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes
Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si
se considera apropiado anónima, las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras
y contables, que adviertan en el seno de la empresa
SI
Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo,
así como las condiciones de su contratación
SI
Recibir regularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoría y los resultados de su
ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones
SI
Asegurar la independencia del auditor externo SI
En el caso de grupos, favorecer que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de las auditorías de las
empresas que lo integren
SI

B.2.3 Realice una descripción de las reglas de organización y funcionamiento, así como las responsabilidades que tienen atribuidas cada una de las comisiones del Consejo.

Denominación comisión

COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

Breve descripción

A) Organización y funcionamiento .

Las reuniones se celebran en las fechas que el Comité haya fijado como calendario de sesiones, y además siempre que la convoque su Presidente, sea a iniciativa propia o a petición de dos de los miembros. La convocatoria se comunica por el propio Presidente o por el Secretario siguiendo instrucciones del Presidente.

En caso de ausencia o incapacidad de su Presidente la convocatoria se hace por el Secretario a instancia de cualquiera de los miembros.

El Comité de nombramientos y retribuciones se reunirá al menos una vez al año para evaluar las retribuciones, y en su caso, informar sobre la renovación del Consejo, Comisión ejecutiva o Comités, y celebrará aquellas otras sesiones que sean oportunas para atender las solicitudes del Consejo, del Presidente, del Consejero Delegado o de la Comisión Ejecutiva en el ámbito de sus competencias.

El Comité queda válidamente constituido cuando concurra a la reunión, presentes o representados, al menos la mitad de sus miembros.

Es posible la asistencia por medios de videoconferencia, teléfono u otro medio de telecomunicación, considerándose presentes a los miembros que participan en la sesión de tal modo.

El comité adoptan sus acuerdos por mayoría absoluta de los miembros que asisten, por sí o representados, a la reunión.

De cada reunión del Comité de Nombramientos y Retribuciones se levanta la correspondiente acta por su Secretario.

El Consejo de Administración puede acceder en cualquier momento a las actas del Comité.

El Comités podrán recabar, por acuerdo del propio Comité, o por decisión de su Presidente , la participación en sus sesiones de cualquier directivo de Acciona o de sociedades sobre las que ejerza una influencia significativa.

También pueden solicitar la participación en sus sesiones de asesores externos o de los auditores estatutarios de la propia Acciona o de sociedades sobre las que ejerza una influencia significativa, siendo por cuenta de Acciona el coste que ello represente.

B) Composición.

El Presidentes del comité de Nombramientos y Retribuciones es elegido por el Consejo de Administración entre los miembros del comité que sean consejeros independientes. El Comité de nombramientos y retribuciones estará compuesto por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros todos ellos externos. . En el ejercicio 2007 el comité de nombramientos y retribuciones ha estado formado por tres miembros todos ellos consejeros independientes.

C) Responsabilidades.

El Reglamento del Consejo de Administración define sus funciones en el artículo 32 B) a cuyo tenor el Comité tendrá las responsabilidades básicas que se enumeran a continuación, sin perjuicio de cualquier otro cometido que le pudiera asignar el Consejo de Administración:

Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo, definir, en consecuencia, las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar bien su cometido.

Formular y revisar los criterios que deben seguirse para la composición del Consejo de Administración, así como seleccionar los candidatos;

Proponer al Consejo de Administración el nombramiento de consejeros independientes para su elevación a la Junta General o para su aprobación por el propio Consejo por el procedimiento de cooptación, e informar las propuestas de nombramiento del resto de consejeros;

Velar por que los procedimientos de selección no se vean afectados por sesgos implícitos que obstaculicen el nombramiento de consejeros por circunstancias personales;

Examinar u organizar, de la forma que se entienda adecuada, la sucesión del Presidente y del primer ejecutivo y, en su caso, hacer propuestas al Consejo, para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y bien planificada;

Informar sobre el nombramiento y cese de Secretario y Vicesecretario del Consejo de Administración;

Proponer al Consejo de Administración los consejeros a designar como Presidente, Consejero Delegado y miembros de la Comisión Ejecutiva y de cada uno de los Comités;

Formular y revisar los criterios que deben seguirse para la selección de los altos directivos de Acciona;

Informar los nombramientos y ceses de altos directivos que el primer ejecutivo proponga al Consejo.

Evaluar el sistema y la cuantía de las retribuciones anuales de los Consejeros y de los altos directivos;

Revisar periódicamente los programas de retribución variable, ponderando su adecuación y sus rendimientos;

Proponer al Consejo de Administración la política de retribución de los consejeros y altos directivos; la retribución individual de los consejeros ejecutivos y las demás condiciones de sus contratos; y las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.

Velar por la transparencia de las retribuciones y por la observancia de la política retributiva establecida por Acciona.;

Conocer y, en su caso, autorizar las operaciones con Personas Vinculadas de conformidad con lo previsto en este Reglamento.

Conocer las restantes obligaciones profesionales de los consejeros para verificar que no interfieren en la dedicación exigida para el ejercicio del cargo.

El Comité de Nombramientos y Retribuciones consultará en el ejercicio de sus funciones al Presidente y primer ejecutivo de Acciona, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos, si los hubiera, y a los altos directivos. Cualquier consejero podrá solicitar del Comité de Nombramientos y Retribuciones que tome en consideración, por si los considerara idóneos, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

Denominación comisión

COMISIÓN EJECUTIVA O DELEGADA

Breve descripción

A) Organización y funcionamiento.

Las reuniones se celebran en las fechas que la propia Comisión haya fijado como calendario de sesiones, y además siempre que la convoque su Presidente, sea a iniciativa propia o a petición de dos de los miembros. La convocatoria se comunica por el propio Presidente o por el Secretario siguiendo instrucciones del Presidente. En caso de ausencia o incapacidad de su Presidente la convocatoria se hace por el Secretario a instancia de cualquiera de los miembros.

La Comisión Ejecutiva queda válidamente constituida cuando concurra a la reunión, presentes o representados, al menos la mitad de sus miembros.

Es posible la asistencia por medios de videoconferencia, teléfono u otro medio de telecomunicación, considerándose presentes a los miembros que participan en la sesión de tal modo.

La Comisión Ejecutiva adopta sus acuerdos por mayoría absoluta de los miembros que asisten, por sí o representados, a la reunión.

De cada reunión de la Comisión Ejecutiva, se levanta la correspondiente acta por su Secretario.

El Consejo de Administración puede acceder en cualquier momento a las actas de la Comisión Ejecutiva..

La Comisión Ejecutiva podrá recabar, por acuerdo de la propia Comisión Ejecutiva, o por decisión de su respectivo Presidente o, del Consejero Delegado, la participación en sus sesiones de cualquier directivo de Acciona o de sociedades sobre las que ejerza una influencia significativa.

También pueden solicitar la participación en sus sesiones de asesores externos o de los auditores estatutarios de la propia Acciona o de sociedades sobre las que ejerza una influencia significativa, siendo por cuenta de Acciona el coste que ello represente.

B) Composición.

La Comisión Ejecutiva estará integrada por consejeros ejecutivos y externos siendo su número no inferior a tres ni superior a siete. La Comisión Ejecutiva tiene dos co-presidentes que actúan conforme al régimen que entre sí convengan o en su defecto conjuntamente.

C) Responsabilidades.

Tiene delegadas todas las facultades del Consejo de Administración, salvo las indelegables por ley.

Son facultades delegadas con carácter enunciativo y sin que ello restrinja el más amplio alcance de la delegación, las siguientes:

Facultades de dirección y administración

Facultades de disposición y administración de bienes y derechos

Facultades de orden económico-financiero

Facultades de representación

Facultades de delegación

Formalización de decisiones y acuerdos, e interpretación de las facultades.

Denominación comisión

COMITÉ DE AUDITORÍA

Breve descripción

A) Organización y funcionamiento.

Las reuniones se celebran en las fechas que el Comité haya fijado como calendario de sesiones, y además siempre que la convoque su Presidente, sea a iniciativa propia o a petición de uno de sus miembros.

La convocatoria se comunica por el propio Presidente o por el Secretario siguiendo instrucciones del Presidente.

En caso de ausencia o incapacidad de su Presidente la convocatoria se hace por el Secretario a instancia de cualquiera de los miembros.

El Comité de auditoría se reunirá periódicamente en función de sus necesidades y al menos cuatro veces al año, con antelación a la difusión publica de la información financiera por Acciona.

El Comité queda válidamente constituido cuando concurra a la reunión, presentes o representados, al menos la mitad de sus miembros.

Es posible la asistencia por medios de videoconferencia, teléfono u otro medio de telecomunicación, considerándose presentes a los miembros que participan en la sesión de tal modo.

El comité adopta sus acuerdos por mayoría absoluta de los miembros que asisten, por sí o representados, a la reunión. El Presidente del Comité de Auditoria tiene voto de calidad.

De cada reunión del Comité de Auditoria se levanta la correspondiente acta por su Secretario.

El Consejo de Administración puede acceder en cualquier momento a las actas del Comité.

El Comité podrá recabar, por acuerdo del propio Comité, o por decisión de su Presidente la participación en sus sesiones de aquellos directivos que considere necesario y del auditor externo de cualquier compañía del grupo. Además podrá recabar el asesoramiento de expertos externos

B) Composición.

El Comité de auditoria de conformidad con lo establecido en los estatutos sociales estará compuesto por un mínimo de tres y máximo de cinco consejeros, siendo la mayoría consejeros externos. Desempeña la secretaría del comité el secretario del Consejo de administración, y en su ausencia, el Vicesecretario del mismo órgano. El Presidente del comité de auditoria es elegido por el Consejo de Administración entre los miembros del comité que sean consejeros independientes. El Consejo de Administración del 12 de julio de 2007 acordó designar a D. Carlos Espinosa de los Monteros y Bernardo de Quirós como miembro del comité en sustitución de D. Germán Gamazo y presidente del mismo. En el ejercicio 2007 el comité de auditoria han estado formados por tres

C) Responsabilidades.

El Reglamento del Consejo de Administración, desarrollando lo que al respecto establece el articulo 40 de los estatutos sociales define las funciones del Comité en su articulo 30 apartado . Es función primordial del Comité de Auditoria servir de instrumento y de apoyo al Consejo de Administración en la supervisión de la información contable y financiera, los servicios de auditoría interna y externa, y el gobierno corporativo.

Para el desempeño de su función el Comité de Auditoria tendrá las siguientes competencias, sin perjuicio de aquellas otras que le pueda encomendar el Consejo de Administración:

(a) Informar a la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que en ellas planteen los accionistas en materia de su competencia

(b) En relación con los sistemas de información y control interno:

(i) Supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera relativa a Acciona y su grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.

(ii) Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente.

(iii) Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna a que se refiere el artículo 31 siguiente de este Reglamento; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.

(iv) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado, anónima las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa.

(c) En relación con el auditor externo:

(i) Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación.

(ii) Recibir regularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoría y los resultados de su ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones.

(iii) Asegurar la independencia del auditor externo y, a tal efecto:

Que Acciona comunique como hecho relevante a la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.

Que se asegure que Acciona y el auditor respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas establecidas para asegurar la independencia de los auditores;

Que en caso de renuncia del auditor externo examine las circunstancias que la hubieran motivado.

(d) Favorecer que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de las auditorias de las empresas que lo integren.

Informar y asesorar al Consejo de Administración sobre el cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de las normas de conducta exigibles a la sociedad y su grupo.

Serán tareas específicas a desempeñar por el Comité de Auditoria para el mejor desempeño de su función las siguientes:

Revisar las cuentas de Acciona y, en su caso, de su grupo antes de su difusión pública;

Servir de canal de comunicación entre el Consejo de Administración y los auditores de cuentas externos, evaluar los resultados de cada auditoría y las respuestas del equipo directivo a sus recomendaciones, y mediar y arbitrar en los casos de discrepancias entre aquél y éste en relación con los principios y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros;

Informar las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la dirección;

Supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría, procurando que la opinión sobre las cuentas anuales y los contenidos principales del informe de auditoria sean redactados de forma clara y precisa;

Revisar los folletos de emisión, las cuentas anuales y la información financiera periódica que deba suministrar Acciona a los mercados y a sus órganos de supervisión;

Evaluar los sistemas de control interno de Acciona y su adecuación e integridad.

Supervisar los servicios de auditoría interna de Acciona y su grupo, aprobar el presupuesto anual del departamento, conocer el plan de auditoría interna y fiscalizar los sistemas de selección y contratación del

personal de auditoría interna.

Informar sobre el nombramiento del responsable del departamento de auditoría interna;

Recibir información y, en su caso, emitir informe sobre medidas disciplinarias a miembros del equipo directivo de Acciona;

Vigilar el cumplimiento de los requerimientos legales aplicables a la organización y funcionamiento societario de Acciona;

Velar por el cumplimiento del presente Reglamento, del Reglamento de la Junta General de accionistas y del Reglamento Interno de Conducta en los Mercados de Valores, y en general, por el cumplimiento de las reglas de gobierno de Acciona; y hacer las propuestas necesarias para su mejora.

El Comité de Auditoria informará al Consejo, con carácter previo a la adopción por éste de las correspondientes decisiones, sobre los siguientes asuntos señalados en el artículo 7 del Reglamento:

a) La información financiera que, por su condición de cotizada, la Sociedad deba hacer pública periódicamente. El Comité deberá asegurarse de que las cuentas intermedias se formulan con los mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión limitada del auditor externo.

b) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo.

B.2.4 Indique las facultades de asesoramiento, consulta y en su caso, delegaciones que tienen cada una de las comisiones:

Denominación comisión

COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

Breve descripción

Ver B.2.3

Denominación comisión COMISIÓN EJECUTIVA O DELEGADA Breve descripción Ver B.2.3

Denominación comisión COMITÉ DE AUDITORÍA Breve descripción Ver B.2.3

B.2.5 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del Consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.

Denominación comisión

COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

Breve descripción

No existen reglamentos específicos de las comisiones del consejo, considerando que lo que al respecto se dispone en el Reglamento del Consejo de Administración en cuanto a tales comisiones, es suficiente para regular su organización y funcionamiento.

Denominación comisión

COMISIÓN EJECUTIVA O DELEGADA

Breve descripción

No existen reglamentos específicos de las comisiones del consejo, considerando que lo que al respecto se dispone en el Reglamento del Consejo de Administración en cuanto a tales comisiones, es suficiente para regular su organización y funcionamiento.

Denominación comisión

COMITÉ DE AUDITORÍA

Breve descripción

No existen reglamentos específicos de las comisiones del consejo, considerando que lo que al respecto se dispone en el Reglamento del Consejo de Administración en cuanto a tales comisiones, es suficiente para regular su organización y funcionamiento.

B.2.6 Indique si la composición de la comisión ejecutiva refleja la participación en el Consejo de los diferentes consejeros en función de su condición:

NO

En caso negativo, explique la composición de su comisión ejecutiva

La composicion de la comision ejecutiva solo incluye consejeros ejecutivos e independientes sin presencia de consejeros dominicales,,sin perjuicio de que dos de los consejeros ejecutivos presentan asimismo caracteres propios de consejeros dominicales.

C - OPERACIONES VINCULADAS

C.1 Señale si el Consejo en pleno se ha reservado aprobar, previo informe favorable del Comité de Auditoría o cualquier otro al que se hubiera encomendado la función, las operaciones que la sociedad realice con consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculadas:

SI

C.2 Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la sociedad o entidades de su grupo, y los accionistas significativos de la sociedad:

C.3 Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la sociedad o entidades de su grupo, y los administradores o directivos de la sociedad:

Nombre o
denominación social
de los
administradores o
directivos
Nombre o
denominación social
de la sociedad o
entidad de su grupo
Naturaleza de la
operación
Tipo de la operación Importe (miles d
euros)
Nombre o
denominación social
de los
administradores o
directivos
Nombre o
denominación social
de la sociedad o
entidad de su grupo
Naturaleza de la
operación
Tipo de la operación Importe (miles d
euros)
DON ESTEBAN
MORRAS ANDRES
ACCIONA ENERGIA,
S.A.
Financiera Acuerdos de
financiación
préstamos y
aportaciones de
capital (prestatario)
126
DON ESTEBAN
MORRAS ANDRES
ACCIONA SOLAR,
S.A.
Comercial Venta de bienes
(terminados o en
curso)
2.004
DON JOSE MANUEL
ENTRECANALES
DOMECQ
MEDIO AMBIENTE
DALMAU, S.A.
Comercial Prestación de
servicios
135
DON JUAN C.
ENTRECANALES
AZCARATE
ACCIONA
INFRAESTRUCTURA
S, S.A.
Comercial Venta de activos
materiales, intangibles
u otros activos
1.427
DON JUAN MANUEL
URGOITI LOPEZ
OCAÑA
BESTINVER
GESTION, S.A.,
S.G.I.I.C.
Comercial Recepción de
servicios
2.910
DON PEDRO RUIZ
OSTA
ACCIONA SOLAR,
S.A.
Comercial Venta de bienes
(terminados o en
curso)
255

C.4 Detalle las operaciones relevantes realizadas por la sociedad con otras sociedades pertenecientes al mismo grupo, siempre y cuando no se eliminen en el proceso de elaboración de estados financieros consolidados y no formen parte del tráfico habitual de la sociedad en cuanto a su objeto y condiciones:

C.5 Indique si los miembros del Consejo de Administración se han encontrado a lo largo del ejercicio en alguna situación de conflictos de interés, según lo previsto en el artículo 127 ter de la LSA.

SI

Nombre o denominación social del consejero DON ALEJANDRO ECHEVARRIA BUSQUET Descripción de la situación de conflicto de interés

Propuesta de su reelección como consejero segun artículo 44.5 del Reglamento del Consejo de Administración

Nombre o denominación social del consejero

DON JOSE MANUEL ENTRECANALES DOMECQ

Descripción de la situación de conflicto de interés

Propuesta de su reelección como consejero segun artículo 44.5 del Reglamento del Consejo de Administración

Nombre o denominación social del consejero

DON JOSE MARIA ENTRECANALES DE AZCARATE

Descripción de la situación de conflicto de interés

Propuesta de su reelección como consejero segun artículo 44.5 del Reglamento del Consejo de Administración

Nombre o denominación social del consejero

DON JUAN C. ENTRECANALES AZCARATE

Descripción de la situación de conflicto de interés

Propuesta de su reelección como consejero segun artículo 44.5 del Reglamento del Consejo de Administración

Nombre o denominación social del consejero

DON JUAN IGNACIO ENTRECANALES FRANCO

Descripción de la situación de conflicto de interés

Propuesta de su reelección como consejero segun artículo 44.5 del Reglamento del Consejo de Administración

Nombre o denominación social del consejero

DON TRISTAN GAREL-JONES

Descripción de la situación de conflicto de interés

Se abstuvo de participar en todas las reuniones del Consejo de Administracion y Comision ejecutiva en las que se informaron y tomaron decisiones sobre la inversion en ENDESA , previas al lanzamiento de la OPA conjunta con ENEL en cuanto que UBS , entidad en la que desempeña el puesto de managing director , era asesora de Gas Natural en el proceso de OPAS sobre ENDESA

Nombre o denominación social del consejero DON VALENTIN MONTOYA MOYA

Descripción de la situación de conflicto de interés

Propuesta de su reelección como consejero segun artículo 44.5 del Reglamento del Consejo de Administración

C.6 Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos o accionistas significativos.

El Reglamento del Consejo de Administracion regula detalladamente estos temas, pudiendo destacar: Respecto a los Consejeros:

a) Deber de abstencion en las deliberaciones, en la decision y en la ejecucion de las operaciones respecto de las cuales tenga un conflicto de intereses directo o indirecto, incluyendo las decisiones sobre su propio nombramiento o cese.

b) Deber de no competencia, en los terminos que establece el art. 45 del reglamento.

c) La realizacion de transacciones con Acciona, S.A. o con sociedades sobre las que Acciona, S.A. ejerza una influencia significativa, salvo determinadas excepciones previstas en el reglamento ( transacciones dentro del curso ordinario de los negocios sociales con caracter habitual o recurrente en que bastara la autorizacion generica de la linea de operaciones y sus condiciones de ejecucion; transacciones que cumplan simultaneamente las tres siguientes condiciones , que se realicen en virtud de contratos con condiciones estandarizadas aplicables en masa a muchos clientes, a precios establecidos con caracter general por quien actua como suministrador del bien, que su cuantia no supere el 1% de los ingresos anuales de la sociedad) , requieren autorizacion del Consejo de Administracion o de la Comision Ejecutiva con posterior ratificacion del Consejo , previo informe del Comite de Nombramientos y Retribuciones.

d) Deber de abstencion en la negociacion de valores de Acciona, S.A., o de sociedades sobre las que ejerza una influencia significativa en los periodos y en las circunstancias establecidas en el art. 50 del reglamento.

e) Deber de no aprovechar en beneficio propio o de personas vinculadas al consejero oportunidades de negocio de Acciona o de sociedades sobre las que Acciona ejerza una influencia significativa en los terminos del articulo 48 del reglamento.

f) Obligacion de informar al Consejo de Administracion, a traves del Secretario o Vicesecretario, de cualquier situacion de

conflicto de interes en que pudiera encontrarse.

Respecto a los accionistas significativos, la realizacion de transacciones con Acciona, S.A. o con sociedades sobre las que Acciona, S.A. ejerza una influencia significativa, salvo determinadas excepciones mencionadas en el apartado c, requieren autorizacion del Consejo de Administracion o de la Comision Ejecutiva con posterior ratificacion del Consejo , previo informe del Comite de Nombramientos y Retribuciones y en todo caso deben realizarse en condiciones de mercado y con respeto al principio de igualdad de trato de los accionistas.

Respecto de los directivos, el vigente reglamento interno de conducta, impone a estos, la obligacion de informar con una antelacion suficiente para que puedan adoptarse las decisiones oportunas sobre los posibles conflictos de intereses en que esten incursos por causa de sus relaciones familiares, su patrimonio personal o por cualquier otro motivo.

C.7 ¿Cotiza más de una sociedad del Grupo en España?

NO

Identifique a las sociedades filiales que cotizan:

D - TEMAS DE CONTROL DE RIESGOS

D.1 Descripción general de la política de riesgos de la sociedad y/o su grupo, detallando y evaluando los riesgos cubiertos por el sistema, junto con la justificación de la adecuación de dichos sistemas al perfil de cada tipo de riesgo.

La politica de control y gestion de riesgos de ACCIONA sigue en sus aspectos fundamentales las directrices marcadas por el informe COSO II de Gestion de Riesgos Corporativos de septiembre 2004, manteniendo una vision proactiva desde una perspectiva amplia, integrando la gestion de riesgos en la estrategia del Grupo.

A partir de la publicacion, el 16 de mayo de 2006, del Codigo Unificado de recomendaciones sobre buen gobierno de las sociedades cotizadas, ACCIONA inicio la adaptacion a sus recomendaciones en relacion con el papel del Comite de Auditoria en la supervision de la funcion de auditoria interna y sus funciones en materia de gestion de riesgos en los aspectos enunciados en la recomendacion 49:

-Identificacion de los distintos tipos de riesgo a los que se enfrenta ACCIONA

-Establecimiento del nivel de riesgo que ACCIONA considera aceptable

-Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados en caso de que llegaran a materializarse

-Los sistemas de informacion y control interno que se utilizaran para controlar y gestionar los citados riesgos.

A lo largo del 2007, el Consejo de Administracion de ACCIONA ha continuado impulsando y mejorando el Sistema de Gestion de Riesgos ampliando su alcance, mejorando sus procesos e integrandolo en la cultura de la organizacion.

Este Sistema de Gestion de Riesgos establece los mecanismos necesarios para:

-Identificar los riesgos que amenazan la consecucion de los objetivos de la organizacion.

-Valorar y priorizar la importancia de cada uno de los riesgos identificados

-Dar respuesta a cada uno de los riesgos en funcion de su valoracion.

-Informar a los diferentes miembros de la organizacion sobre la situacion y evolucion de los diferentes riesgos identificados -Optimizar el esfuerzo y los recursos dedicados a la gestion y control de los riesgos.

Con el fin de identificar los riesgos que amenazan la consecucion de los objetivos de Grupo, se ha elaborado un mapa de riesgos para cada linea de negocio conformando el mapa de riesgos del Grupo ACCIONA. Este mapa de riesgos atiende tanto a la probabilidad de ocurrencia de cada riesgo, a la magnitud de su impacto, como a otras variables relacionadas con el horizonte temporal o el nivel de preparacion de la organizacion para enfrentarse a un riesgo.

Dado el caracter multinacional y multisectorial del Grupo ACCIONA, el control de riesgos se aplica en cada empresa atendiendo a sus particularidades y las de su sector, lo que constituye un ingrediente fundamental del enfoque estrategico y el establecimiento de objetivos del Grupo.

Cada area de actividad del Grupo ejerce su politica de control y evaluacion de riesgos, siendo establecidos por parte del Grupo los riesgos maximos asumibles en cada negocio y su coordinacion para que sean consistentes y homogeneas con la politica global de riesgos del Grupo.

En ACCIONA, desde el punto de vista de su origen, los riesgos considerados en el Sistema de Control de Riesgos son clasificados en dos grupos, dentro del primer grupo estan los riesgos debidos a causas o agentes externos, los relacionados con las operaciones economicas, productivas y/o mercantiles, y en el segundo al funcionamiento interno de la propia organizacion.

A) Los principales riesgos y los sistemas de control establecidos con origen en causas o agentes externos, asi como los relacionados con las operaciones economicas, productivas y/o mercantiles son los siguientes:

  1. Relaciones con terceros: clientes, proveedores y otras partes interesadas.

Compras. Existe una politica general de compras que define tanto las compras corporativas como las que son responsabilidad de las unidades operativas.

Esta politica y los procedimientos correspondientes que la desarrollan atienden especialmente a favorecer la concurrencia, garantizar la transparencia y evitar que los posibles incumplimientos de los suministradores se conviertan en incumplimientos frente a los clientes, asi como en mayores costes incurridos.

La gestion de compras se integra a su vez en el sistema de gestion de calidad y medio ambiente.

Riesgos de tipo de interes. El Grupo Acciona de acuerdo con sus estimaciones respecto de la evolucion de los tipos de interes y de los objetivos de la estructura de la deuda, realiza operaciones de cobertura mediante la contratacion de derivados que mitiguen estos riesgos. Este riesgo de variacion de tipo de interes es especialmente significativo en lo relativo a la financiacion de proyectos de infraestructuras en contratos de concesiones y en la construccion de parques eolicos donde la rentabilidad de los proyectos depende de las posibles variaciones del tipo de interes al relacionarse directamente con los flujos de los mismos.

El Grupo opera en el ambito internacional y, por tanto esta expuesto a riesgo de tipo de cambio por operaciones con divisas, especialmente el dolar. La gestion de este riesgo es competencia de la Direccion General Economico Financiera del Grupo empleando criterios no especulativos. Con el objetivo de mitigar el riesgo de tipo de cambio, el Grupo Acciona contrata derivados sobre divisa y seguros de cambio para cubrir operaciones y flujo de efectivo futuros significativos de acuerdo con los limites de riesgo asumibles.

Riesgo de impago. Fundamentalmente en la actividad de infraestructuras, se realiza una evaluacion previa a la contratacion con clientes publicos y privados, que incluye tanto un estudio de solvencia como la supervision de los requisitos contractuales desde un punto de vista de garantia economica y juridica, realizandose un seguimiento permanente de la correcta evolucion de la deuda durante el desarrollo de los trabajos.

Fluctuacion del precio de los aprovisionamientos. Principalmente combustible en su actividad de transporte maritimo. La gestion de este riesgo de fluctuacion de los precios de aprovisionamiento se realiza fundamentalmente en el corto plazo (un año) mediante operaciones de cobertura especificas generalmente por medio de derivados, con el objetivo de mantener el equilibrio economico de los aprovisionamientos.

Riesgo de liquidez. El Grupo mantiene una gestion prudente del riesgo de liquidez manteniendo el suficiente efectivo y valores negociables, asi como la contratacion de facilidades crediticias comprometidas por importe suficiente para soportar las necesidades previstas.

2.Relaciones con el entorno: riesgos medioambientales

Calidad y Medio Ambiente:

La aplicacion, seguimiento y mejora del sistema de gestion, y en concreto los aspectos relacionados con la calidad y el medio ambiente es considerada en Acciona como una herramienta de control de riesgos, para conseguir un beneficio sostenible con la calidad requerida en los productos y servicios, entendida como cumplimiento de requisitos, disminucion de costes y respeto al medio ambiente.

El sistema de gestion cumple con requisitos de los estandares internacionales ISO 9001 e ISO 14001 para calidad y medio ambiente respectivamente, ademas de otros requisitos corporativos propios. El sistema de gestion tiene un enfoque eminentemente preventivo, dando prioridad a la planificacion y estudio inicial de todas las actividades que forman parte de cada proceso, con el objeto de controlar cada paso del mismo, realizandose un seguimiento y control de los aspectos significativos.

Para cada actividad, y antes del comienzo de la misma, se realiza una caracterizacion identificando los aspectos ambientales que pueden aparecer, para a continuacion efectuar una evaluacion segun los procedimientos definidos en el sistema de gestion, al objeto de seleccionar los mas significativos sobre los que establecer las oportunas acciones de control operacional.

Se realizan auditorias internas del sistema en todos los centros productivos, incluyendo todos los aspectos de la gestion y especificamente los relacionados con calidad y medio ambiente, para detectar cualquier desviacion sobre el mismo y establecer las oportunas acciones de mejora. En 2007se han realizado 423 auditorias internas ambientales y 518 auditorias de calidad.

Para la identificacion de requisitos legales de tipo ambiental, y normativa relacionada con aspectos de calidad, se dispone de bases de datos en cada linea de negocio, se analizan las disposiciones que afectan a la actividad, seleccionando los requisitos a cumplir, que son dados a conocer e incorporados en los planes de gestion que se aplican en las actividades, verificandose periodicamente su cumplimiento para evitar riesgos.

  1. Relaciones con las Administraciones Publicas y organos reguladores de las diferentes actividades.

El riesgo de incumplimiento de la normativa vigente, o aquel originado por modificaciones en el marco regulador, principalmente en el sector electrico, es analizado de forma continua por los departamentos de Asesoria Juridica y el departamento Economico Financiero, quienes realizan un seguimiento constante de los mismos.

  1. Desarrollo de las actividades propias de cada empresa: obras, servicios y desarrollo de proyectos de inversion.

El Grupo dispone de un sistema global de control economico y presupuestario para cada negocio, adaptado a cada actividad que proporciona la informacion necesaria a los responsables y les permite controlar los riesgos potenciales y adoptar las decisiones de gestion mas adecuadas.

Con anterioridad a la decision de invertir en un negocio ya existe un primer control y evaluacion del riesgo basado en la informacion economica proyectada del negocio, que debe ser aprobada por el Comite de Inversiones en base a determinados parametros de volumen de negocio y rentabilidad en funcion del riesgo asociado al mismo.

Adicionalmente existe un Plan Estrategico tanto a corto como a medio plazo para aquellas Areas de Negocio en las que el grupo desarrolla su actividad que permite prever la evolucion de cada actividad segun los maximos responsables de la misma.

Periodicamente la informacion de gestion economico financiera generada en cada area de actividad se contrasta con los datos e indicadores previstos, evaluando las desviaciones tanto en volumen de negocio, como en rentabilidad, cash flow y otros parametros relevantes y fiables, tomando , en su caso, las medidas correctoras pertinentes.

En todo caso se establece un esquema de cobertura mediante seguros que garantice que las situaciones en que se materializan los riesgos incurridos no ponen en peligro la solvencia financiera del Grupo.

B) Principales riesgos y sistemas de control relacionados con el funcionamiento interno de la propia organizacion :

En este segundo grupo, se encuadran los derivados de una eventual aplicacion incorrecta de los sistemas internos de gestion en los siguientes ambitos :

Personal y medios materiales.

Sistema de gestion de seguridad e integridad de las personas, dependiendo de las caracteristicas de cada negocio, las empresas del grupo Acciona, en su ambito de actuacion, y en funcion de la mas estricta normativa nacional e internacional, desarrollan sistemas integrados en sus sistemas de gestion, que contemplan la seguridad en sus procesos operativos, tanto de los equipos que se manipulan como de las personas que llevan a cabo dicha manipulacion.

Tecnología

La integridad y disponibilidad de los datos y sistemas, asi como el desarrollo y mantenimiento de los mismos se asegura en ACCIONA mediante la utilizacion tanto de controles generales como de controles de aplicacion. Los primeros incluyen controles sobre la gestion de la tecnologia de la informacion, la gestion de seguridad y la adquisicion, desarrollo y mantenimiento del software.

Entre los controles generales destacan la utilizacion de controles de acceso logico mediante contraseñas seguras de restriccion a la red, bases de datos y aplicaciones. Asimismo se han establecido controles sobre la adquisicion e implantacion de software; estos controles son incorporados al proceso establecido para la gestion del cambio, que incluye el cumplimiento de los requisitos de documentacion, pruebas de carga y las evaluaciones del riesgo de proyectos.

Los controles de aplicacion se centran en garantizar la integridad, exactitud, autorizacion y validez de la captacion y proceso de los datos mediante procedimientos establecidos de comprobacion y verificacion sistematica.

La gestión de estos riesgos en ACCIONA se sustancia en el propio sistema global de gestion, y dentro del mismo en un conjunto de procedimientos especificos de actuacion, cuyo objetivo es en primer lugar identificar los riesgos, y posteriormente evaluar y seleccionar entre las posibles alternativas de respuesta: evitar, reducir, compartir o aceptar los mismos.

La gestión del riesgo es consustancial con la actividad empresarial, por lo que el control del riesgo se integra en la responsabilidad directiva, de manera que cada posicion organizativa debe asumir responsabilidades de gestion que engloban tanto la direccion como el control de las actividades a su cargo.

Para que en cada unidad productiva toda la normativa interna y externa vigente se contemple como un todo unico se establecen sistemas especificos que engloban los requisitos de negocio, de gestion de la calidad y medioambiental, de operaciones, de prevencion de riesgos laborales, planificacion y control economico.

El sistema de control se desarrolla en la organizacion del grupo, a traves de Unidades Corporativas especializadas que tienen la responsabilidad de coordinar y extender las politicas corporativas descritas a las diferentes divisiones y empresas del Grupo, sin perjuicio del liderazgo que, desde el ambito corporativo se ejerce sobre las iniciativas que promueven la integracion de los sistemas de gestion de calidad, medioambiente y prevencion de riesgos laborales en un unico sistema de gestion global.

D.2 Indique si se han materializado durante el ejercicio, alguno de los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales, fiscales...) que afectan a la sociedad y/o su grupo,

En caso afirmativo, indique las circunstancias que los han motivado y si han funcionado los sistemas de control establecidos.

Riesgo materializado en el ejercicio

Desarrollo normal de las actividades empresariales del Grupo Acciona

Circunstancias que lo han motivado

Las ordinarias de la actividad empresarial.

Funcionamiento de los sistemas de control

Los Sistemas de Control han funcionado adecuadamente.

D.3 Indique si existe alguna comisión u otro órgano de gobierno encargado de establecer y supervisar estos dispositivos de control.

SI

En caso afirmativo detalle cuales son sus funciones.

Nombre de la comisión u órgano

AUDITORIA INTERNA CORPORATIVA

Descripción de funciones

Planificacion y desarrollo de la actividad auditora sobre la base de los riesgos identificados, asi como evaluar la adecuacion y correcto funcionamiento del control interno existente.

Nombre de la comisión u órgano

COMITE DE AUDITORIA

Descripción de funciones

Evalúa los sistemas de control interno y su adecuación e integridad

D.4 Identificación y descripción de los procesos de cumplimiento de las distintas regulaciones que afectan a su sociedad y/o a su grupo.

Segun se ha indicado anteriormente, cada nivel directivo es responsable del cumplimiento de las normas y procedimientos internos aplicables a su actividad.

La comprobacion de su efectividad se realiza mediante la evaluacion periódica por parte de los servicios técnicos de las unidades productivas, y por las auditorias planificadas de manera que cubran todas las fases operativas y administrativas de los diferentes negocios. La comprobacion es realizada tanto por los servicios internos de cada empresa como por la Auditoria Interna Corporativa.

La Direccion de Auditoria Interna Corporativa contribuye a la gestion de los riesgos que el Grupo afronta en el cumplimiento de sus objetivos y en la prevencion y control del fraude, mediante el desarrollo del analisis continuado de los procedimientos y sistemas de control de cada una de las Sociedades pertenecientes al Grupo en las distintas lineas de negocio.

Las conclusiones y recomendaciones correspondientes son comunicadas tanto a la Direccion del Grupo como a los responsables de las Sociedades evaluadas. Posteriormente se realiza el seguimiento pormenorizado de la implantacion de las acciones contenidas en las recomendaciones mencionadas.

Para el desarrollo de sus funciones, la Direccion de Auditoria Interna Corporativa cuenta con profesionales con el conocimiento y la experiencia necesaria, independientes de las lineas de produccion complementados en su caso con la colaboracion de asesores externos.

El Consejo de administracion aprobo el 10 de mayo de 2007 un nuevo Código de Conducta que establece los principios basicos y los compromisos que todas las empresas del grupo, directivos y empleados deben cumplir y respetar en el ejercicio de sus actividades , habiendose puesto en funcionamiento el denominado Canal Etico que permite comunicar las conductas irregulares relacionadas con la contabilidad,el control, la auditoria o cualquier incumplimiento o vulneracion de las conductas reguladas en el Código.

E - JUNTA GENERAL

E.1 Indique y en su caso detalle si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) respecto al quórum de constitución de la Junta General

SI

% de quórum distinto al establecido
en art. 102 LSA para supuestos
generales
% de quórum distinto al establecido
en art. 103 LSA para supuestos
especiales del art. 103
Quórum exigido en 1ª convocatoria 0 67,000
Quórum exigido en 2ª convocatoria 0 62,000

Descripción de las diferencias

Los quórum exigidos son superiores a los generales del 50% y del 25% para los supuestos especiales del articulo 103 de la ley de sociedades anónimas.

Se exige el 67% de quorum en primera convocatoria para poder decidir sobre cualquiera de las cuestiones siguientes:

a) Modificación de los Estatutos, exclusión hecha del cambio de domicilio social, el aumento de capital, la ampliación del objeto social, y, en los supuestos en que sea legalmente obligatoria, la reducción de capital.

b) Transformación, fusión, escisión, liquidación o disolución de la Sociedad, salvo el supuesto de disolución que sea legalmente obligatoria.

c) Para el cambio de domicilio social, el aumento de capital (incluyendo la autorización al Consejo de Administración para que pueda acordarlo), la emisión de obligaciones o bonos simples, convertibles o canjeables, la emisión de ´warrants´ u opciones (solos o unidos a obligaciones) y de participaciones preferentes y, en los supuestos en que sea legalmente obligatoria, la reducción de capital y la disolución y liquidación.

En segunda convocsatoria se exige un quorum del 62% para los supuestos establecidos en los apartados a) y b) y un quorum del 50% para los supuestos establecidos en el apartado c)

E.2 Indique y en su caso detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) para el régimen de adopción de acuerdos sociales.

NO

Describa en qué se diferencia del régimen previsto en la LSA.

E.3 Relacione los derechos de los accionistas en relación con las juntas generales, que sean distintos a los establecidos en la LSA.

E.4 Indique, en su caso, las medidas adoptadas para fomentar la participación de los accionistas en las juntas generales.

El Consejo de Administracion asume la obligacion de promover la participacion informada de los accionistas en las Juntas Generales y a tal efecto adopta cuantas medidas sean oportunas para facilitar que la Junta General de Accionistas ejerza efectivamente las funciones que le son propias conforme a la Ley y a los Estatutos sociales.

En particular,

a) pone a disposicion de los accionistas con caracter previo a cada Junta General toda la informacion que sea legalmente exigible y, en particular, el texto integro de las propuestas de acuerdos que hayan sido aprobadas por el Consejo de Administracion para ser sometidas a la consideracion de los accionistas en relacion con todos los puntos del orden del dia; b) atiende las solicitudes de informacion que le formulen los accionistas con caracter previo a la Junta, y,

c) se obliga a poner a disposicion de todos los accionistas, para conocimiento general, la informacion facilitada en respuesta a peticiones de otros accionistas siempre que la informacion incluida en la respuesta pueda considerarse de interes general.

Por lo demás la Junta Ordinaria del presente ejercicio se convoco permitiendo a los accionistas la emision del voto a distancia con anterioridad a la Junta General mediante correo postal o mediante Internet accediendo a la pagina web de Acciona. Se incorporó en la pagina web toda la informacion relevante en relacion con la Junta General, haciendola accesible por medios telematicos desde la publicacion de la convocatoria de la Junta. En particular las propuestas de acuerdos que el Consejo de Administración sometia a la Junta estuvieron disponibles desde la publicacion de la convocatoria, salvo la propuesta de reelección de consejeros que lo estuvo con siete dias de antelación.

E.5 Indique si el cargo de presidente de la Junta General coincide con el cargo de presidente del Consejo de Administración. Detalle, en su caso, qué medidas se adoptan para garantizar la independencia y buen funcionamiento de la Junta General:

SI

Detalles las medidas

El Consejo de Administración requiere la presencia de Notario para que levante Acta notarial, que tiene el carácter de Acta de la Junta. La garantía de la fe pública se obtiene así sobre las manifestaciones de los accionistas, el desarrollo de la Junta General, y el resultado de las votaciones.

E.6 Indique, en su caso, las modificaciones introducidas durante el ejercicio en el reglamento de la Junta General.

La modificacion reglamentaria que se propuso y aprobo por la Junta General tiene el proposito de adaptar el Reglamento de la Junta General de accionistas de ACCIONA a las recomendaciones formuladas por el Codigo Unificado de Buen Gobierno (el ´Codigo Unificado´), acomodandolas a las circunstancias y necesidades especificas de ACCIONA y su entorno. Las modificaciones introducidas en el Reglamento de la Junta General son las siguientes:

(ii) De acuerdo con la recomendacion 3 del Codigo Unificado, se modifica el articulo 5o del Reglamento de la Junta General, relativo a las competencias de la Junta General, para atribuir expresamente a la Junta General la decision sobre la adquisicion o enajenacion de activos operativos esenciales cuando entrañen una modificacion efectiva del objeto social de ACCIONA, asi como sobre las operaciones cuyo efecto sea equivalente al de la liquidacion de ACCIONA.

(iii) De acuerdo con las recomendaciones 4 y 28 del Codigo Unificado, se modifica el articulo 9o del Reglamento de la Junta General, relativo a informacion a disposicion de los accionistas, para incluir tambien la puesta a disposicion de la informacion relativa a los consejeros cuyo nombramiento o ratificacion se proponga a la Junta General.

(iv) De acuerdo con la recomendacion 6 del Codigo Unificado, se modifica el articulo 14o del Reglamento de la Junta General, relativo a accionistas indirectos, para incluir explicitamente a los intermediarios financieros que figuren legitimados como accionistas pero actuan por clientes distintos, entre los accionistas que pueden fraccionar sus votos con el fin de que puedan emitirlos de conformidad con las instrucciones de cada cliente.

(v) De acuerdo con la recomendacion 5 del Codigo Unificado y con el fin de facilitar el ejercicio del derecho de voto por el accionista, se modifica el articulo 27o del Reglamento de la Junta General, relativo al modo de adoptar los acuerdos en Junta General, para prever la votacion separada en Junta General de las propuestas relativas al nombramiento o ratificacion de consejeros y a la modificacion de los Estatutos Sociales.

E.7 Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe:

Datos de asistencia
Fecha Junta % de presencia % en % voto a distancia
General física representación Voto electrónico Otros Total
06/06/2007 59,510 17,690 0,000 0,000 77,200

E.8 Indique brevemente los acuerdos adoptados en las juntas generales celebrados en el ejercicio al que se refiere el presente informe y porcentaje de votos con los que se ha adoptado cada acuerdo.

La Junta General de accionistas celebrada el 6 de junio de 2007 adopto los siguientes acuerdos:

PUNTO PRIMERO:

Aprobar las cuentas anuales individuales de Acciona, S.A y consolidadas del grupo del que es sociedad dominante correspondientes al ejercicio social de 2006 formuladas por el Consejo de Administracion.

Se aprueba con el voto favorable del 99,360% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,640% de dicho capital

PUNTO SEGUNDO:

Aprobar la gestion del Consejo de Administracion, directivos y apoderados de la sociedad durante el ejercicio 2006, asi como los informes de gestion, tanto individual como consolidado, que presenta el Consejo de Administracion.

Se aprueba con el voto favorable del 99,272% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,728% de dicho capital

PUNTO TERCERO:

Aprobar la aplicacion del resultado del ejercicio 2006, que se refleja en las cuentas anuales aprobadas.

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital

PUNTO CUARTO:

Reelegir como auditor de Acciona, S.A. para la revision de las cuentas anuales del ejercicio 2007, tanto individuales como consolidadas del grupo del que es sociedad dominante, a Deloitte, S.L Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital

PUNTO QUINTO:

Reelegir como Consejeros de la Sociedad por el plazo estatutario de cinco (5) años de las siguientes personas: . D. Jose Maria Entrecanales de Azcarate, Consejero Externo Dominical, a propuesta de Grupo Entrecanales, S.A.

Se aprueba con el voto favorable del 93,956% del capital social con derecho a voto, el voto en contra del 5,816% y la abstencion del 0,228 % de dicho capital

. D. Juan Entrecanales de Azcarate, Consejero Externo Dominical, a propuesta de Grupo Entrecanales, S.A.

Se aprueba con el voto favorable del 93,956% del capital social con derecho a voto, el voto en contra del 5,816% y la abstencion del 0,228 % de dicho capital

. D. Jose Manuel Entrecanales Domecq, Consejero Ejecutivo.

Se aprueba con el voto favorable del 93,956% del capital social con derecho a voto, el voto en contra del 5,816% y la abstencion del 0,228 % de dicho capital

. D. Juan Ignacio Entrecanales Franco, Consejero Ejecutivo.

Se aprueba con el voto favorable del 93,956% del capital social con derecho a voto, el voto en contra del 5,816% y la abstencion del 0,228 % de dicho capital

. D. Valentin Montoya Moya, Consejero Ejecutivo.

Se aprueba con el voto favorable del 93,956% del capital social con derecho a voto, el voto en contra del 5,816% y la abstencion del 0,228 % de dicho capital

. D. Alejandro Echevarria Busquet, Consejero Independiente.

Se aprueba con el voto favorable del 93,956% del capital social con derecho a voto, el voto en contra del 5,816% y la abstencion del 0,228 % de dicho capital.

En consecuencia queda fijado en 12 el numero de miembros del Consejo de administracion.

PUNTO SEXTO:

6.1. Modificar el articulo 26o de los Estatutos Sociales, relativo al modo de adoptar los acuerdos en Junta General, para prever la votacion separada en Junta General de las propuestas relativas al nombramiento o ratificacion de consejeros y a la modificacion de Estatutos, de acuerdo con la recomendacion 5 del Codigo Unificado.

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital

6.2. Modificar el articulo 34o de los Estatutos Sociales, relativo a la convocatoria del Consejo de Administracion, para prever que cualquiera de los Vicepresidentes del Consejo (debiendo, al menos, uno de ellos ser consejero independiente de conformidad con el Reglamento del Consejo) pueda solicitar la convocatoria del Consejo de Administracion, de acuerdo con la recomendacion 17 del Codigo Unificado.

Se aprueba con el voto favorable del 99,991% del capital social con derecho a voto, el voto en contra del 0,003% y la abstencion del 0,006% de dicho capital

6.3. Modificar el articulo 40 de los Estatutos Sociales, relativo al Comite de Auditoria:

. para prever expresamente que todos sus integrantes sean consejeros externos y su Presidente sea consejero independiente, de acuerdo con la realidad de Acciona y la recomendacion 44 del Codigo Unificado; y

. para explicitar que las competencias de este Comite seran las que le atribuyen los Estatutos Sociales y, ademas, las que le atribuye el Reglamento del Consejo de Administracion de Acciona, que ha sido modificado en este punto de acuerdo con la recomendacion 50 del Codigo Unificado.

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital

6.4. Reformular, sin sustituir, el objeto social, modificando el articulo 2 de los Estatutos Sociales, para simplificar su redaccion y actualizar su contenido.

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital.

PUNTO SEPTIMO:

7.1. Modificar el preambulo del Reglamento de la Junta para suprimir las referencias a las recomendaciones del Informe Aldama, actualizadas y armonizadas en el Codigo Unificado.

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital

7.2. Modificar el articulo 5o del Reglamento de la Junta General, relativo a las competencias de la Junta General, para atribuir expresamente a la Junta General la decision sobre la adquisicion o enajenacion de activos operativos esenciales cuando entrañen una modificacion efectiva del objeto social de Acciona, asi como sobre las operaciones cuyo efecto sea equivalente al de la liquidacion de Acciona, de acuerdo con la recomendacion 3 del Codigo Unificado.

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital

7.3. Modificar el articulo 9o del Reglamento de la Junta General, relativo a informacion a disposicion de los accionistas, para prever tambien la puesta a disposicion de la informacion relativa a los consejeros cuyo nombramiento o ratificacion se proponga a la Junta General, de acuerdo con las recomendaciones 4 y 28 del Codigo Unificado.

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital

7o.4. Modificar el articulo 14o del Reglamento de la Junta General, relativo a accionistas indirectos, para incluir explicitamente a los intermediarios financieros que figuren legitimados como accionistas pero actuan por clientes distintos, entre los accionistas que pueden fraccionar sus votos con el fin de que puedan emitirlos de conformidad con las instrucciones de cada cliente, de acuerdo con la recomendacion 6 del Codigo Unificado.

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital

7.5. Modificar el articulo 27 del Reglamento de la Junta General, relativo al modo de adoptar los acuerdos en Junta General, para prever la votacion separada en Junta General de las propuestas relativas al nombramiento o ratificacion de consejeros y a la modificacion de los Estatutos Sociales, de acuerdo con la recomendacion 5 del Codigo Unificado.

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital

PUNTO NOVENO:

Aprobar al amparo de la Disposicion Adicional Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anonimas y en ejecucion del plan de retribucion aprobado por la junta general de 10 de mayo de 2006 la entrega de 9.150 acciones de Acciona en el ejercicio 2007 S.A., a los Consejeros de Acciona, S.A. que cumplan funciones ejecutivas y a determinados directivos en pago de una parte de su retribucion variable.

Se aprueba con el voto favorable del 99,941% del capital social con derecho a voto, el voto en contra del 0,002% y la abstencion del 0,057% de dicho capital

PUNTO DÉCIMO:

Autorizar la adquisicion derivativa de acciones de la sociedad por la propia sociedad y por sociedades de su grupo, tanto directamente como indirectamente mediante la adquisicion de capital en sociedades tenedoras de acciones de Acciona, S.A., con respeto de los limites y requisitos legales y de las condiciones que se fijan, dejando sin efecto la autorizacion aprobada por la Junta General Ordinaria de accionistas celebrada el 10 de mayo de 2006:

Autorizar al Consejo de Administracion para que pueda destinar, total o parcialmente, las acciones propias ya adquiridas y las que la sociedad pueda adquirir por virtud de la anterior autorizacion, a la ejecucion del plan de retribucion consistente en la entrega de acciones a la alta direccion del grupo Acciona, incluyendo los Consejeros de Acciona, S.A. que ejerzan funciones ejecutivas.

Se aprueba con el voto favorable del 99,933% del capital social con derecho a voto, el voto en contra del 0,010% y la abstencion del 0,057% de dicho capital

PUNTO UNDÉCIMO:

Delegar en el Consejo de Administracion las mas amplias facultades de desarrollo, interpretacion, subsanacion y ejecucion de los acuerdos adoptados por esta Junta General

Se aprueba con el voto favorable del 99,994% del capital social con derecho a voto y la abstencion del 0,006% de dicho capital.

E.9 Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la Junta General.

NO

Número de acciones necesarias para asistir a la Junta General

E.10 Indique y justifique las políticas seguidas por la sociedad referente a las delegaciones de voto en la junta general.

Respecto a las delegaciones de voto, todos los accionistas que tengan derecho de asistencia podran hacerse representar en la Junta General por medio de otra u otras personas, sean o no accionistas.

En el anuncio de la convocatoria se incluyen las reglas especificas para la delegacion del voto con arreglo a lo establecido en la ley de sociedades anonimas, estatutos sociales y reglamento de la junta general.

La representacion podra formalizarse (1) por escrito bajo firma autografa, bien en la Tarjeta de Asistencia emitida por una Entidad Depositaria, bien en otro documento especial para esta Junta; (2) por correo postal; o (3) por Internet a traves de la pagina web de Acciona.

La delegacion de representacion debe expresar la identidad del representante. Cuando el documento de la representacion se reciba en la Sociedad con el nombre del representante en blanco, la representacion se entendera conferida al Presidente del Consejo de Administracion.

En los documentos en que consten las representaciones se reflejaran las instrucciones de voto, entendiendose que de no impartirse instrucciones expresas, el representante votara a favor de las propuestas formuladas por el Consejo de Administracion. Si el representado hubiera impartido instrucciones, el representante podra votar en sentido distinto cuando se presenten circunstancias ignoradas en el momento del envio de las instrucciones y se corra el riesgo de perjudicar los intereses del representado.

Salvo indicacion contraria del accionista representado, el apoderamiento se extiende a los asuntos que, aun no figurando en el Orden del Dia de la reunion, puedan ser sometidos a votacion en la Junta. En este caso, el representante ejercera el voto en el sentido que estime mas favorable a los intereses del accionista representado.

Salvo indicacion expresa en contra del accionista representado, si su representante se encontrase en conflicto de intereses en la votacion de alguno de los puntos que, dentro o fuera del Orden del Dia, se sometan a la Junta General, la representacion se entendera conferida al Secretario del Consejo de Administracion.

La persona que ostente representacion, sea publica o no, no estara incursa en causa de conflicto de interes cuando los accionistas representados hubieran hecho constar las instrucciones de voto al representante.

Todas las representaciones, sea cual sea el modo en que se comuniquen a Acciona, S.A., deberan ser especiales para la Junta General. Se exceptua la representacion de (1) quien acredite ser el conyuge, ascendiente o descendiente del accionista; (2) quien ostente un poder general conferido en documento publico para administrar todo el patrimonio que el accionista tuviera en territorio nacional; (3) los organos sociales de las personas juridicas y (4) las entidades gestoras de fondos patrimoniales. En estos cuatro casos unicamente se debera acreditar de modo suficiente la relacion de parentesco, orgánica o de gestion ante los servicios de Acciona, S.A. de atencion al accionista y de organizacion de la Junta General.

La asistencia en persona del accionista a la Junta General dejara sin efecto el voto o la delegacion de representacion que se hubiera comunicado a Acciona, S.A. por medio de correo postal o por Internet a traves de la pagina web.

E.11 Indique si la compañía tiene conocimiento de la política de los inversores institucionales de participar o no en las decisiones de la sociedad:

NO

E.12 Indique la dirección y modo de acceso al contenido de gobierno corporativo en su página Web.

La direccion de la pagina web es www.acciona.es. En dicha pagina figura un enlace al apartado Gobierno Corporativo.

F - GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código Unificado de buen gobierno. En el supuesto de no cumplir alguna de ellas, explique las recomendaciones, normas, prácticas o criterios, que aplica la sociedad.

  1. Que los Estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.

Ver epígrafes: A.9, B.1.22, B.1.23 y E.1, E.2

Cumple

  1. Que cuando coticen la sociedad matriz y una sociedad dependiente ambas definan públicamente con precisión:

a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre ellas, así como las de la sociedad dependiente cotizada con las demás empresas del grupo;

b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse. Ver epígrafes: C.4 y C.7

No Aplicable

  1. Que, aunque no lo exijan de forma expresa las Leyes mercantiles, se sometan a la aprobación de la Junta General de Accionistas las operaciones que entrañen una modificación estructural de la sociedad y, en particular, las siguientes:

a) La transformación de sociedades cotizadas en compañías holding, mediante "filialización" o incorporación a entidades dependientes de actividades esenciales desarrolladas hasta ese momento por la propia sociedad, incluso aunque ésta mantenga el pleno dominio de aquéllas;

b) La adquisición o enajenación de activos operativos esenciales, cuando entrañe una modificación efectiva del objeto social;

c) Las operaciones cuyo efecto sea equivalente al de la liquidación de la sociedad.

Cumple Parcialmente

Acciona es esencialmente una sociedad holding que ostenta la titularidad de las participaciones en los negocios y ramas de actividad del grupo. El Reglamento de la Junta General, en su articulo 5 atribuye a la Junta general las competencias establecidas en los aparatados b) y c) de la presente recomendación.

  1. Que las propuestas detalladas de los acuerdos a adoptar en la Junta General, incluida la información a que se refiere la recomendación 28, se hagan públicas en el momento de la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta.

Explique

En la junta general ordinaria correspondiente al ejercicio de 2007 las propuestas de acuerdos que el consejo sometia a la junta se hicieron publicas en el momento de publicacion del anuncio de convocatoria con la unica excepcion de la propuesta de reeleccion de consejeros que se hizo publica con siete dias de antelación.

  1. Que en la Junta General se voten separadamente aquellos asuntos que sean sustancialmente independientes, a fin de que los accionistas puedan ejercer de forma separada sus preferencias de voto. Y que dicha regla se aplique, en particular:

a) Al nombramiento o ratificación de consejeros, que deberán votarse de forma individual;

b) En el caso de modificaciones de Estatutos, a cada artículo o grupo de artículos que sean sustancialmente independientes.

Ver epígrafe: E.8

Cumple

  1. Que las sociedades permitan fraccionar el voto a fin de que los intermediarios financieros que aparezcan legitimados como accionistas, pero actúen por cuenta de clientes distintos, puedan emitir sus votos conforme a las instrucciones de éstos.

Ver epígrafe: E.4

Cumple

  1. Que el Consejo desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas y se guíe por el interés de la compañía, entendido como hacer máximo, de forma sostenida, el valor económico de la empresa.

Y que vele asimismo para que en sus relaciones con los grupos de interés (stakeholders) la empresa respete las leyes y reglamentos; cumpla de buena fe sus obligaciones y contratos; respete los usos y buenas prácticas de los sectores y territorios donde ejerza su actividad; y observe aquellos principios adicionales de responsabilidad social que hubiera aceptado voluntariamente.

Cumple

  1. Que el Consejo asuma, como núcleo de su misión, aprobar la estrategia de la compañía y la organización precisa para su puesta en práctica, así como supervisar y controlar que la Dirección cumple los objetivos marcados y respeta el objeto e interés social de la compañía. Y que, a tal fin, el Consejo en pleno se reserve la competencia de aprobar:

  2. a) Las políticas y estrategias generales de la sociedad, y en particular:

  3. i) El Plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuesto anuales;
  4. ii) La política de inversiones y financiación;
  5. iii) La definición de la estructura del grupo de sociedades;
  6. iv) La política de gobierno corporativo;
  7. v) La política de responsabilidad social corporativa;
  8. vi) La política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos;

vii) La política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control.

viii) La política de dividendos, así como la de autocartera y, en especial, sus límites.

Ver epígrafes: B.1.10, B.1.13, B.1.14 y D.3

b) Las siguientes decisiones :

i) A propuesta del primer ejecutivo de la compañía, el nombramiento y eventual cese de los altos directivos, así como sus cláusulas de indemnización.

Ver epígrafe: B.1.14

ii) La retribución de los consejeros, así como, en el caso de los ejecutivos, la retribución adicional por sus funciones ejecutivas y demás condiciones que deban respetar sus contratos.

Ver epígrafe: B.1.14

iii) La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente.

iv) Las inversiones u operaciones de todo tipo que, por su elevada cuantía o especiales características, tengan carácter estratégico, salvo que su aprobación corresponda a la Junta General;

v) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo.

c) Las operaciones que la sociedad realice con consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculados ("operaciones vinculadas").

Esa autorización del Consejo no se entenderá, sin embargo, precisa en aquellas operaciones vinculadas que cumplan simultáneamente las tres condiciones siguientes:

1ª. Que se realicen en virtud de contratos cuyas condiciones estén estandarizadas y se apliquen en masa a muchos clientes;

2ª. Que se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio del que se trate;

3ª. Que su cuantía no supere el 1% de los ingresos anuales de la sociedad.

Se recomienda que el Consejo apruebe las operaciones vinculadas previo informe favorable del Comité de Auditoría o, en su caso, de aquel otro al que se hubiera encomendado esa función; y que los consejeros a los que afecten, además de no ejercer ni delegar su derecho de voto, se ausenten de la sala de reuniones mientras el Consejo delibera y vota sobre ella.

Se recomienda que las competencias que aquí se atribuyen al Consejo lo sean con carácter indelegable, salvo las mencionadas en las letras b) y c), que podrán ser adoptadas por razones de urgencia por la Comisión Delegada, con posterior ratificación por el Consejo en pleno.

Ver epígrafes: C.1 y C.6

Cumple

  1. Que el Consejo tenga la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y participativo, lo que hace aconsejable que su tamaño no sea inferior a cinco ni superior a quince miembros. Ver epígrafe: B.1.1

Cumple

  1. Que los consejeros externos dominicales e independientes constituyan una amplia mayoría del Consejo y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad. Ver epígrafes: A.2, A.3, B.1.3 y B.1.14

Cumple

  1. Que si existiera algún consejero externo que no pueda ser considerado dominical ni independiente, la sociedad explique tal circunstancia y sus vínculos, ya sea con la sociedad o sus directivos, ya con sus accionistas. Ver epígrafe: B.1.3

Cumple

  1. Que dentro de los consejeros externos, la relación entre el número de consejeros dominicales y el de independientes refleje la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por los consejeros dominicales y el resto del capital.

Este criterio de proporcionalidad estricta podrá atenuarse, de forma que el peso de los dominicales sea mayor que el que correspondería al porcentaje total de capital que representen:

1º En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas o nulas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas, pero existan accionistas, con paquetes accionariales de elevado valor absoluto.

Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el Consejo, y no tengan vínculos entre sí.

Ver epígrafes: B.1.3, A.2 y A.3

Explique

En Acciona se cumple esta recomendación en el sentido de que el accionista dominical no designa un número de consejeros proporcional a su participación sino otro inferior, al existir solo dos Consejeros dominicales, y ello sin perjuicio de que a su vez dos Consejeros ejecutivos revisten asimismo caracteres propios de los Consejeros dominicales. El número de Consejeros independientes es superior al de los dominicales.

  1. Que el número de consejeros independientes represente al menos un tercio del total de consejeros. Ver epígrafe: B.1.3

Cumple

  1. Que el carácter de cada consejero se explique por el Consejo ante la Junta General de Accionistas que deba efectuar o ratificar su nombramiento, y se confirme o, en su caso, revise anualmente en el Informe Anual de Gobierno Corporativo, previa verificación por la Comisión de Nombramientos. Y que en dicho Informe también se expliquen las razones por las cuales se haya nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial sea inferior al 5% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el Consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. Ver epígrafes: B.1.3 y B.1 4

Cumple

  1. Que cuando sea escaso o nulo el número de consejeras, el Consejo explique los motivos y las iniciativas adoptadas para corregir tal situación; y que, en particular, la Comisión de Nombramientos vele para que al proveerse nuevas vacantes:

a) Los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras;

b) La compañía busque deliberadamente, e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.

Ver epígrafes: B.1.2, B.1.27 y B.2.3

Cumple

  1. Que el Presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del Consejo, se asegure de que los consejeros reciban con carácter previo información suficiente; estimule el debate y la participación activa de los consejeros durante las sesiones del Consejo, salvaguardando su libre toma de posición y expresión de opinión; y organice y coordine con los presidentes de las Comisiones relevantes la evaluación periódica del Consejo, así como, en su caso, la del Consejero Delegado o primer ejecutivo. Ver epígrafe: B.1.42

Cumple

  1. Que, cuando el Presidente del Consejo sea también el primer ejecutivo de la sociedad, se faculte a uno de los consejeros independientes para solicitar la convocatoria del Consejo o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día; para coordinar y hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros externos; y para dirigir la evaluación por el Consejo de su Presidente.

Ver epígrafe: B.1.21

Cumple

  1. Que el Secretario del Consejo, vele de forma especial para que las actuaciones del Consejo:

  2. a) Se ajusten a la letra y al espíritu de las Leyes y sus reglamentos, incluidos los aprobados por los organismos reguladores;

  3. b) Sean conformes con los Estatutos de la sociedad y con los Reglamentos de la Junta, del Consejo y demás que tenga la compañía;
  4. c) Tengan presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código Unificado que la compañía hubiera aceptado.

Y que, para salvaguardar la independencia, imparcialidad y profesionalidad del Secretario, su nombramiento y cese sean informados por la Comisión de Nombramientos y aprobados por el pleno del Consejo; y que dicho procedimiento de nombramiento y cese conste en el Reglamento del Consejo.

Ver epígrafe: B.1.34

Cumple

  1. Que el Consejo se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada Consejero proponer otros puntos del orden del día inicialmente no previstos.

Ver epígrafe: B.1.29

Cumple

  1. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a casos indispensables y se cuantifiquen en el Informe Anual de Gobierno Corporativo. Y que si la representación fuera imprescindible, se confiera con instrucciones. Ver epígrafes: B.1.28 y B.1.30

Cumple

  1. Que cuando los consejeros o el Secretario manifiesten preocupaciones sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la compañía y tales preocupaciones no queden resueltas en el Consejo, a petición de quien las hubiera manifestado se deje constancia de ellas en el acta.

No Aplicable

  1. Que el Consejo en pleno evalúe una vez al año:

a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo;

b) Partiendo del informe que le eleve la Comisión de Nombramientos, el desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo y por el primer ejecutivo de la compañía;

c) El funcionamiento de sus Comisiones, partiendo del informe que éstas le eleven. Ver epígrafe: B.1.19

Cumple

  1. Que todos los consejeros puedan hacer efectivo el derecho a recabar la información adicional que juzguen precisa sobre asuntos de la competencia del Consejo. Y que, salvo que los Estatutos o el Reglamento del Consejo establezcan otra cosa, dirijan su requerimiento al Presidente o al Secretario del Consejo. Ver epígrafe: B.1.42

Cumple

  1. Que todos los consejeros tengan derecho a obtener de la sociedad el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones. Y que la sociedad arbitre los cauces adecuados para el ejercicio de este derecho, que en circunstancias especiales podrá incluir el asesoramiento externo con cargo a la empresa. Ver epígrafe: B.1.41

Cumple

  1. Que las sociedades establezcan un programa de orientación que proporcione a los nuevos consejeros un conocimiento rápido y suficiente de la empresa, así como de sus reglas de gobierno corporativo. Y que ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple

  1. Que las sociedades exijan que los consejeros dediquen a su función el tiempo y esfuerzo necesarios para desempeñarla con eficacia y, en consecuencia:

a) Que los consejeros informen a la Comisión de Nombramientos de sus restantes obligaciones profesionales, por si pudieran interferir con la dedicación exigida;

b) Que las sociedades establezcan reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros.

Ver epígrafes: B.1.8, B.1.9 y B.1.17

Cumple

  1. Que la propuesta de nombramiento o reelección de consejeros que se eleven por el Consejo a la Junta General de Accionistas, así como su nombramiento provisional por cooptación, se aprueben por el Consejo:

a) A propuesta de la Comisión de Nombramientos, en el caso de consejeros independientes.

b) Previo informe de la Comisión de Nombramientos, en el caso de los restantes consejeros.

Ver epígrafe: B.1.2

Cumple

  1. Que las sociedades hagan pública a través de su página Web, y mantengan actualizada, la siguiente información sobre sus consejeros:

a) Perfil profesional y biográfico;

b) Otros Consejos de administración a los que pertenezca, se trate o no de sociedades cotizadas;

c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezca según corresponda, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.

d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de los posteriores, y;

e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sea titular.

Cumple Parcialmente

Acciona ha incluido en su pagina web en 2008 la información referida en los apartados a) y b) de la recomendación. El resto de la información ha estado disponible en los apartados gobierno corporativo/ órgano de administración / informe anual de gobierno corporativo

  1. Que los consejeros independientes no permanezcan como tales durante un período continuado superior a 12 años.

Ver epígrafe: B.1.2

Explique

El Consejo no ha adoptado esta recomendación por entender que la permanencia en el consejo de consejeros independientes debe depender de su contribución, experiencia y cualificación, y que en modo alguno la independencia se pierde por razón de que la permanencia en el consejo sea más o menos prolongada.

  1. Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen venda íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.

Ver epígrafes: A.2, A.3 y B.1.2

Cumple

  1. Que el Consejo de Administración no proponga el cese de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero hubiera incumplido los deberes inherentes a su cargo o incurrido en algunas de las circunstancias descritas en el epígrafe 5 del apartado III de definiciones de este Código.

También podrá proponerse el cese de consejeros independientes de resultas de Ofertas Públicas de Adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad cuando tales cambios en la estructura del Consejo vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la Recomendación 12.

Ver epígrafes: B.1.2, B.1.5 y B.1.26

Cumple

  1. Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, dimitir en aquellos supuestos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la sociedad y, en particular, les obliguen a informar al Consejo de las causas penales en las que aparezcan como imputados, así como de sus posteriores vicisitudes procesales.

Que si un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examine el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decida si procede o no que el consejero continúe en su cargo. Y que de todo ello el Consejo de cuenta, de forma razonada, en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.

Cumple

  1. Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de decisión sometida al Consejo puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de forma especial los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de interés, cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el Consejo.

Y que cuando el Consejo adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, éste saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.

Esta Recomendación alcanza también al Secretario del Consejo, aunque no tenga la condición de consejero.

No Aplicable

  1. Que cuando, ya sea por dimisión o por otro motivo, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique las razones en una carta que remitirá a todos los miembros del Consejo. Y que, sin perjuicio de que dicho cese se comunique como hecho relevante, del motivo del cese se dé cuenta en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.

Ver epígrafe: B.1.5

No Aplicable

  1. Que la política de retribuciones aprobada por el Consejo se pronuncie como mínimo sobre las siguientes cuestiones:

a) Importe de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las dietas por participación en el Consejo y sus Comisiones y una estimación de la retribución fija anual a la que den origen;

b) Conceptos retributivos de carácter variable, incluyendo, en particular:

  • i) Clases de consejeros a los que se apliquen, así como explicación de la importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos.
  • ii) Criterios de evaluación de resultados en los que se base cualquier derecho a una remuneración en acciones, opciones sobre acciones o cualquier componente variable;

iii) Parámetros fundamentales y fundamento de cualquier sistema de primas anuales (bonus) o de otros beneficios no satisfechos en efectivo; y

iv) Una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que dará origen el plan retributivo propuesto, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.

c) Principales características de los sistemas de previsión (por ejemplo, pensiones complementarias, seguros de vida y figuras análogas), con una estimación de su importe o coste anual equivalente.

d) Condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos, entre las que se incluirán:

i) Duración;

ii) Plazos de preaviso; y

iii) Cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo.

Ver epígrafe: B.1.15

Cumple

  1. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones mediante entrega de acciones de la sociedad o de sociedades del grupo, opciones sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción, retribuciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad o sistemas de previsión.

Esta recomendación no alcanzará a la entrega de acciones, cuando se condicione a que los consejeros las mantengan hasta su cese como consejero.

Ver epígrafes: A.3 y B.1.3

Cumple

  1. Que la remuneración de los consejeros externos sea la necesaria para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija; pero no tan elevada como para comprometer su independencia.

Cumple

  1. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.

No Aplicable

  1. Que en caso de retribuciones variables, las políticas retributivas incorporen las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales retribuciones guardan relación con el desempeño profesional de sus beneficiarios y no derivan simplemente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares.

Cumple

  1. Que el Consejo someta a votación de la Junta General de Accionistas, como punto separado del orden del día, y con carácter consultivo, un informe sobre la política de retribuciones de los consejeros. Y que dicho informe se ponga a disposición de los accionistas, ya sea de forma separada o de cualquier otra forma que la sociedad considere conveniente.

Dicho informe se centrará especialmente en la política de retribuciones aprobada por el Consejo para el año ya en curso, así como, en su caso, la prevista para los años futuros. Abordará todas las cuestiones a que se refiere la Recomendación 35, salvo aquellos extremos que puedan suponer la revelación de información comercial sensible. Hará hincapié en los cambios más significativos de tales políticas sobre la aplicada durante el ejercicio pasado al que se refiera la Junta General. Incluirá también un resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones en dicho ejercicio pasado.

Que el Consejo informe, asimismo, del papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones en la elaboración de la política de retribuciones y, si hubiera utilizado asesoramiento externo, de la identidad de los consultores externos que lo hubieran prestado.

Ver epígrafe: B.1.16

Explique

El Consejo de Administración no ha considerado adecuado someter a votación , como punto separado del orden del día , con carácter consultivo , el informe sobre política de retribuciones al no estar regulado en la normativa vigente la votación consultiva en la junta general ni los efectos que se derivarían del resultado de la votación. .Si asume la obligación de aprobar anualmente y poner a disposición de los accionistas en la forma que considere conveniente un informe sobre política de retribuciones en los términos previstos en el Reglamento del Consejo de administración.

41. Que la Memoria detalle las retribuciones individuales de los consejeros durante el ejercicio e incluya:

a) El desglose individualizado de la remuneración de cada consejero, que incluirá, en su caso:

i) Las dietas de asistencia u otras retribuciones fijas como consejero;

ii) La remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del Consejo;

iii) Cualquier remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, y la razón por la que se otorgaron;

iv) Las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida;

v) Cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de sus funciones;

vi) Las remuneraciones percibidas como consejero de otras empresas del grupo;

vii) Las retribuciones por el desempeño de funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos; viii) Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su omisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales percibidas por el consejero.

b) El desglose individualizado de las eventuales entregas a consejeros de acciones, opciones sobre acciones o cualquier otro instrumento referenciado al valor de la acción, con detalle de:

i) Número de acciones u opciones concedidas en el año, y condiciones para su ejercicio;

ii) Número de opciones ejercidas durante el año, con indicación del número de acciones afectas y el precio de ejercicio;

iii) Número de opciones pendientes de ejercitar a final de año, con indicación de su precio, fecha y demás requisitos de ejercicio;

iv) Cualquier modificación durante el año de las condiciones de ejercicio de opciones ya concedidas. c) Información sobre la relación, en dicho ejercicio pasado, entre la retribución obtenida por los consejeros ejecutivos y los resultados u otras medidas de rendimiento de la sociedad.

Cumple Parcialmente

La Memoria recoge toda la información a que se refiere esta recomendación salvo en lo que se refiere a la retribución individual de los consejeros por el desempeño de las funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos. Es voluntad del Consejo de administración que la información sobre la retribución de los consejeros por funciones ejecutivas se individualice personalmente a medida que la generalidad , o al menos una amplia mayoría de las empresas cotizadas , vayan informando sobre tales extremos de forma individualizada. La transparencia para con el mercado y los accionistas se consiguen también dando tales retribuciones de forma agregada que es lo que el Consejo de administración ha considerado procedente para el ejercicio 2007

42. Que cuando exista Comisión Delegada o Ejecutiva (en adelante, "Comisión Delegada"), la estructura de participación de las diferentes categorías de consejeros sea similar a la del propio Consejo y su secretario sea el del Consejo.

Ver epígrafes: B.2.1 y B.2.6

Explique

La composición de la comisión ejecutiva solo incluye consejeros ejecutivos e independientes sin presencia de consejeros dominicales ,sin perjuicio de que dos de los consejeros ejecutivos presentan asimismo caracteres propios de consejeros dominicales. El secretario de la Comisión es el del Consejo.

  1. Que el Consejo tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la Comisión Delegada y que todos los miembros del Consejo reciban copia de las actas de las sesiones de la Comisión Delegada.

Cumple

  1. Que el Consejo de Administración constituya en su seno, además del Comité de Auditoría exigido por la Ley del Mercado de Valores, una Comisión, o dos comisiones separadas, de Nombramientos y Retribuciones.

Que las reglas de composición y funcionamiento del Comité de Auditoría y de la Comisión o comisiones de Nombramientos y Retribuciones figuren en el Reglamento del Consejo, e incluyan las siguientes:

a) Que el Consejo designe los miembros de estas Comisiones, teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada Comisión; delibere sobre sus propuestas e informes; y ante él hayan de dar cuenta, en el primer pleno del Consejo posterior a sus reuniones, de su actividad y responder del trabajo realizado;

b) Que dichas Comisiones estén compuestas exclusivamente por consejeros externos, con un mínimo de tres. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la asistencia de consejeros ejecutivos o altos directivos, cuando así lo acuerden de forma expresa los miembros de la Comisión.

c) Que sus Presidentes sean consejeros independientes.

d) Que puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.

e) Que de sus reuniones se levante acta, de la que se remitirá copia a todos los miembros del Consejo. Ver epígrafes: B.2.1 y B.2.3

Cumple

  1. Que la supervisión del cumplimiento de los códigos internos de conducta y de las reglas de gobierno corporativo se atribuya a la Comisión de Auditoría, a la Comisión de Nombramientos, o, si existieran de forma separada, a las de Cumplimiento o Gobierno Corporativo.

Cumple

  1. Que los miembros del Comité de Auditoría, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o gestión de riesgos.

Cumple

  1. Que las sociedades cotizadas dispongan de una función de auditoría interna que, bajo la supervisión del Comité de Auditoría, vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno.

Cumple

  1. Que el responsable de la función de auditoría interna presente al Comité de Auditoría su plan anual de trabajo; le informe directamente de las incidencias que se presenten en su desarrollo; y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.

Cumple

  1. Que la política de control y gestión de riesgos identifique al menos:

a) Los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales...) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance;

b) La fijación del nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable;

c) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse;

d) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.

Cumple

50. Que corresponda al Comité de Auditoría:

1º En relación con los sistemas de información y control interno:

a) Supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera relativa a la sociedad y, en su caso, al grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.

b) Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente.

c) Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.

d) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado, anónima las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa.

2º En relación con el auditor externo:

a) Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación.

b) Recibir regularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoría y los resultados de

su ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones.

c) Asegurar la independencia del auditor externo y, a tal efecto:

i) Que la sociedad comunique como hecho relevante a la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.

ii) Que se asegure de que la sociedad y el auditor respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas establecidas para asegurar la independencia de los auditores;

iii) Que en caso de renuncia del auditor externo examine las circunstancias que la hubieran motivado.

d) En el caso de grupos, favorecer que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de las auditorías de las empresas que lo integren.

Ver epígrafes: B.1.35, B.2.2, B.2.3 y D.3

Cumple

  1. Que el Comité de Auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.

Cumple

  1. Que el Comité de Auditoría informe al Consejo, con carácter previo a la adopción por éste de las correspondientes decisiones, sobre los siguientes asuntos señalados en la Recomendación 8:

a) La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente. El Comité debiera asegurarse de que las cuentas intermedias se formulan con los mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión limitada del auditor externo.

b) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo. c) Las operaciones vinculadas, salvo que esa función de informe previo haya sido atribuida a otra Comisión de las de supervisión y control.

Ver epígrafes: B.2.2 y B.2.3

Cumple

  1. Que el Consejo de Administración procure presentar las cuentas a la Junta General sin reservas ni salvedades en el informe de auditoría y que, en los supuestos excepcionales en que existan, tanto el Presidente del Comité de Auditoría como los auditores expliquen con claridad a los accionistas el contenido y alcance de dichas reservas o salvedades.

Ver epígrafe: B.1.38

Cumple

  1. Que la mayoría de los miembros de la Comisión de Nombramientos -o de Nombramientos y Retribuciones, si fueran una sola- sean consejeros independientes. Ver epígrafe: B.2.1

Cumple

  1. Que correspondan a la Comisión de Nombramientos, además de las funciones indicadas en las Recomendaciones precedentes, las siguientes:

a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo, definir, en consecuencia, las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar bien su cometido.

b) Examinar u organizar, de la forma que se entienda adecuada, la sucesión del Presidente y del primer ejecutivo y, en su caso, hacer propuestas al Consejo, para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y bien planificada.

c) Informar los nombramientos y ceses de altos directivos que el primer ejecutivo proponga al Consejo.

d) Informar al Consejo sobre las cuestiones de diversidad de género señaladas en la Recomendación 14 de este Código.

Ver epígrafe: B.2.3

Cumple

  1. Que la Comisión de Nombramientos consulte al Presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.

Y que cualquier consejero pueda solicitar de la Comisión de Nombramientos que tome en consideración, por si los considerara idóneos, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

Cumple

  1. Que corresponda a la Comisión de Retribuciones, además de las funciones indicadas en las Recomendaciones precedentes, las siguientes:

a) Proponer al Consejo de Administración:

  • i) La política de retribución de los consejeros y altos directivos;
  • ii) La retribución individual de los consejeros ejecutivos y las demás condiciones de sus contratos.

iii) Las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.

b) Velar por la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad. Ver epígrafes: B.1.14 y B.2.3

Cumple

  1. Que la Comisión de Retribuciones consulte al Presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

Cumple

G - OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

Si considera que existe algún principio o aspecto relevante relativo a las prácticas de gobierno corporativo aplicado por su sociedad, que no ha sido abordado por el presente Informe, a continuación, mencione y explique su contenido.

NOTA AL APARTADO A.2. Con fecha 25 de enero de 2008 Fidelity Internacional Limited comunicó que la participación indirecta que ostenta a través de distintos fondos es del 1,712%

NOTA AL APARTADO A.5.- Además de lo indicado en dicho epígrafe señalar que Acciona Inmobiliaria participa con un tercio de capital en la sociedad Nexotel Adeje correspondiendo los dos tercios restantes, uno, a diversos accionistas que lo son a su vez de Grupo Entrecanales, y otro al Grupo Vincci

NOTA AL APARTADO A.6. y A.7.- La Sociedad no tiene conocimiento de la existencia de pactos parasociales que hayan sido comunicados a ésta y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Grupo Entrecanales, S.A. ha comunicado que no existen pactos entre sus accionistas que restrinjan o condicionen la transmisión de las acciones o que incluyan la regulación del ejercicio de derecho de voto en las Juntas Generales distintos de los que figuran en sus Estatutos Sociales.

Todos los accionistas, directos o indirectos de Grupo Entrecanales forman parte del grupo familiar descendiente de José Entrecanales Ibarra.

Las acciones de Grupo Entrecanales propiedad de los grupos familiares constituido por D.José María Entrecanales de Azcarate e hijos y por D. Juan Entrecanales de Azcarate e hijos están agrupadas en una sociedad por cada grupo familiar.

La participación de cada una de estas sociedades en Grupo Entrecanales asciende al 41,4% NOTA AL APARTADO A.8.- El importe de la plusvalía por enajenación de autocartera responde a la adjudicación de acciones a consejeros ejecutivos y directivos en ejecución del plan de entrega de acciones.

NOTA AL APARTADO B.1.7.- El listado de miembros del Consejo que asumen cargos de Administradores o Directivos en otras Sociedades del grupo, refleja la situación a 31 de diciembre de 2007.

Asimismo determinados administradores, en los términos que se indican en el apartado B.1.40 asumen cargos en sociedades participadas directa o indirectamente por Acciona aunque no se integran globalmente en el grupo de empresas de Acciona. Tales sociedades son ENDESA S.A, ALTAI HOTELES S.A, ALTAI HOTELES CONDAL S.L, ALTAI GESTIÓN, S.A., NEXOTEL ADEJE S.A, INICIATIVAS ENERGETICAS RENOVABLES S.L. y DESARROLLOS DE ENERGIAS RENOVABLES DE NAVARRA S.A.

NOTA AL APARTADO B.1.11.- El Consejero Esteban Morrás Andrés tiene suscrito un contrato de cuenta en participación, con Acciona Energía, S.A., que le otorga el derecho a participar en el 1,3904% de los resultados prósperos o adversos de dicha sociedad, el importe aportado por el partícipe asciende a 1.943.658,22euros. Para parte de dichos rendimientos ha otorgado un derecho de usufructo a favor de sus hijos. El importe percibido por dicho concepto en el ejercicio 2007, ha sido de 336.319 euros correspondientes al rendimiento del ejercicio 2006. El rendimiento correspondiente al ejercicio 2007 ha ascendido a 1.257.160 euros y se ha hecho efectivo en el mes de enero de 2008. Dichos importes componen el apartado otros del B.1.11.b). La cuenta en participación permanecerá vigente mientras Acciona Energía, S.A. lleve a cabo su actividad o hasta que quede

reducida a cero como consecuencia de resultados adversos.

Una vez transcurridos al menos diez años desde la fecha de otorgamiento de la cuenta en participación (27 de Diciembre de 1996), el partícipe podrá solicitar a Acciona Energía, S.A. la terminación anticipada de la misma en cuyo caso Acciona Energía, S.A. deberá satisfacer al partícipe el porcentaje de participación aplicado al valor de mercado de la sociedad que está referenciado al beneficio medio de los tres últimos ejercicios, a las normas de valoración en el IRPF según normativa foral, o al valor de cotización en bolsa si cotizase Acciona Energía, S.A.

D.Esteban Morrás Andrés ha procedido a rembolsar y en consecuencia ha quedado cancelado con fecha 19 de abril de 2007 el préstamo que le fue concedido por Acciona Energía por un importe de 126.212,55 euros a un tipo de interés referenciado al euríbor. Los intereses abonados han ascendido a 35.074,18 euros

NOTA AL APARTADO B.1.11.- Se indica a continuación las características principales del Plan de entrega de acciones a la alta dirección.

  • El sistema de retribución Acciona 2006 Plan Alta Dirección (el Plan) tiene por objeto retribuir a la alta dirección del grupo de empresas controlado por Acciona, S.A. de un modo que incentive la consecución de objetivos y la retención de los directivos.

  • El Plan, tiene una duración inicial de 6 años, se basa en la entrega anual de acciones ordinarias de la Sociedad durante los tres primeros años (2006 a 2008).

  • La aplicación del Plan fue aprobada, a propuesta del Consejo de Administración, por la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 10 de mayo de 2006.

  • A propuesta de su Comisión de Nombramientos y Retribuciones, el Consejo de Administración de la Sociedad podrá modificar el Plan en cualquier momento para asegurar el cumplimiento de sus fines de retribución, motivación y retención de la alta dirección del grupo y, en su caso, ajustarlo a los requerimientos legales o fiscales vigentes en cada momento en España y en otras jurisdicciones.

  • El Plan está destinado a aquellas personas que en cada momento tengan reconocida la condición de Consejero Director General, Director General o Director de Área del Grupo Acciona al tiempo en que se decida la asignación de las Acciones conforme a este Plan . El Consejo de Administración de la Sociedad podrá, con el informe favorable de su Comisión de Nombramientos y Retribuciones, extender el Plan a otros directivos de sociedades del Grupo Acciona en atención a la relevancia de su función, aunque no tengan reconocida ninguna de aquellas condiciones.

  • Serán Beneficiarios del Plan aquellos destinatarios que, habiendo sido designados adjudicatarios de un determinado número de Acciones por el Consejo de Administración, sujeto, en su caso, a la aprobación de la Junta General, se adhieran por escrito al Reglamento y presten su consentimiento a las obligaciones a su cargo que el Reglamento impone.

  • La entrega de Acciones, la asunción del pago a cuenta de impuestos directos del beneficiario por la Sociedad u otra entidad del Grupo Acciona y cualesquiera otras prestaciones derivadas, en su caso, del Plan no se considerarán derechos consolidables.

  • La invitación a participar en el Plan o la adhesión a éste no otorgan a sus destinatarios o beneficiarios el derecho a exigir la asignación de acciones conforme a este Plan, ni a que la asignación que se le haga lo sea en unas condiciones concretas distintas de las decididas libremente por el Consejo de Administración en cada ocasión, ni a ser beneficiarios de ulteriores planes que pudieran establecerse por el Grupo Acciona.

  • Los derechos del beneficiario serán estrictamente los que el Consejo de Administración determine respecto de cada asignación de acciones en su favor. En cada uno de los tres primeros años de duración del Plan (2006, 2007 y 2008), el Consejo de Administración podrá asignar a todos o sólo a algunos beneficiarios un número de acciones en circulación de la Sociedad (en adelante, el Bono en Acciones) como parte de la retribución variable del beneficiario.

  • El número de acciones que integren el Bono en Acciones de cada beneficiario será determinado por el Consejo de Administración de la Sociedad a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones dentro de los primeros tres meses de cada año.

  • En relación con los Beneficiarios que tengan la condición de Consejeros de la Sociedad o, en su caso, directores generales o asimilados de la Sociedad, sujetos a lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, su Bono en Acciones quedará sujeto a la aprobación de la Junta General de accionistas.

  • Las acciones se valoran a la cotización de apertura de la negociación en Bolsa el primer día bursátil del año natural en que tenga lugar la entrega de las acciones.

  • El Bono en Acciones de cada beneficiario en un año no podrá exceder (a) de 100.000 euros ni (b) del 50% de la retribución variable anual en dinero que ese beneficiario vaya a percibir por su dedicación al Grupo Acciona durante todo o parte del año natural precedente, o, en el caso de directivos de nueva incorporación, de su retribución variable máxima pactada para el ejercicio en curso. Como limitación adicional, el mayor Bono en Acciones atribuido a un beneficiario conforme al Plan en un año no podrá exceder, en número de acciones de tres (3) veces el menor de los bonos en acciones que se asignen a otros beneficiarios ese año.

  • Por regla general, salvo que el Consejo de Administración decida otra cosa previo informe de su Comité de Nombramientos y

Retribuciones, el Bono en acciones asignado a todos los beneficiarios de un mismo nivel (Consejeros Directores Generales, Directores Generales y Directores Generales de Área, respectivamente) será igual, bien en valor del bono en acciones, bien en el porcentaje que ese valor represente sobre la retribución variable anual en dinero que ese beneficiario vaya a percibir por su dedicación al Grupo Acciona durante todo o parte del año natural precedente, a criterio del Consejo de Administración.

  • El número máximo de acciones que podrán ser entregadas a los beneficiarios en aplicación del Plan en el conjunto de los tres años (2006, 2007 y 2008) será de 50.000 acciones.

  • Para que el Beneficiario tenga derecho a recibir las Acciones que le hayan sido asignadas como Bono en Acciones según el Plan será necesario que, en la fecha en que vaya a efectuarse la entrega del Bono en Acciones, el Beneficiario mantenga la condición de Consejero Director General, Director General o Director de Área del Grupo Acciona, o se haya acogido a una excedencia especial concedida por interés del Grupo Acciona para cubrir un puesto directivo en empresas que no formen parte del perímetro societario del Grupo.

  • Los Beneficiarios no podrán enajenar, gravar o disponer por cualquier título de las Acciones (salvo mortis causa), ni constituir ningún derecho de opción distinto al que se confiera a la Sociedad antes del 31 de marzo del tercer año siguiente al de entrega de las correspondientes acciones al Beneficiario en pago del bono.

  • Mediante su adhesión al Plan, el Beneficiario autoriza irrevocablemente a la Sociedad para que, en su nombre y representación, pueda solicitar a la entidad encargada del registro contable de las Acciones la expedición y, en su caso, renovación de certificados de legitimación, que la Sociedad podrá retener en su poder a fin de garantizar, si lo desea, la inmovilización de las Acciones durante el plazo indicado.

  • El Beneficiario concede a la Sociedad una opción de compra sobre las Acciones que le sean entregadas cada año en ejecución del Plan en las siguientes condiciones:

A) Plazo de ejercicio: Hasta el 31 de marzo del tercer año siguiente al de entrega de las correspondientes Acciones al Beneficiario en pago del Bono.

B) Precio del ejercicio: 0,01 (un céntimo) Euros por acción.

C) Condiciones de ejercicio: La Opción sólo podrá ser ejercitada por la Sociedad en caso de que quede interrumpida o extinguida aquella relación laboral, civil o mercantil en cuyo marco preste sus servicios el Beneficiario a la Sociedad o a una Filial (o a una sociedad que fue objeto de un Cambio de Control), con fundamento en un grave incumplimiento de sus deberes de diligente administración y demás inherentes al cargo (si el Beneficiario es Consejero Director General) o, en los demás casos de Beneficiarios no Consejeros, con fundamento en una causa imputable al Beneficiario.

En ejecución del Plan de entrega de entrega de acciones se han adjudicado en el ejercicio 2007, 9.150 acciones de las cuales 425 fueron entregadas a cada uno de los cuatro Consejeros Ejecutivos, y a los Directores Generales y 213 acciones se adjudicaron a cada uno de los Directores Generales de Área.

NOTA AL APARTADO B.1.12 - En la cifra que figura como remuneración se encuentra incluida asimismo la remuneración percibida por seis directivos que a fecha 31 de diciembre de 2007 ya no figuran como tales, e incluye también el importe de las indemnizaciones percibidas por extinción de la relación laboral.

NOTA AL APARTADO B.1.13.-.

El importe de tales cláusulas es el siguiente: una cláusula por un importe de cuatro anualidades de retribución total., dos cláusulas por un importe de dos anualidades de retribución total, dos cláusulas por un importe de dos anualidades de retribución fija, dos cláusulas por importe de una anualidad de retribución y finalmente una cláusula por la que se fija un plazo de seis meses de preaviso . Tres de las cláusulas tienen una vigencia limitada de tal manera que expirada su vigencia la indemnización será la establecida en el régimen general ordinario del Estatuto de los Trabajadores o 45 días por año.

Seis de los contratos están sucritos por sociedades del grupo con anterioridad a su integración en Acciona.

NOTA AL APARTADO B.1.29.- El Consejo de Administración ha adoptado acuerdos por escrito y sin sesión en cinco ocasiones durante el ejercicio 2007 , que figuran incluidos en el número total de reuniones del ejercicio.

NOTA AL APARTADO B.1.40.- ENDESA S.A, ALTAI HOTELES S.A, ALTAI HOTELES CONDAL S.L, ALTAI GESTIÓN, S.A., NEXOTEL ADEJE S.A, INICIATIVAS ENERGETICAS RENOVABLES S.L y DESARROLLOS DE ENERGIAS RENOVABLES DE NAVARRA S.A. son sociedades participadas directa o indirectamente por ACCIONA aunque no se integran globalmente en su grupo ,

NOTA AL APARTADO C.2 Y C.3- No se han realizado operaciones ajenas al giro o tráfico ordinario de la Compañía o su Grupo que no hayan sido en condiciones normales de mercado. No obstante lo anterior, en el apartado C.3 se han individualizado las operaciones de mayor cuantía realizadas por Administradores y Directivos incluidos en el apartado B.1.12 del presente informe. Las operaciones mencionadas consisten básicamente en:

A) Servicios de conservación y mantenimiento de instalaciones .

B) Compra de instalaciones fotovoltaicas en huerta solar de Arguedas (Navarra).

Por último indicar que Acciona Infraestructuras, S.A. ha facturado a Nexotel Adeje, S.A durante el ejercicio 2007 por la liquidación por la construcción e instalaciones del hotel la cantidad de 1427 miles euros, y que Banco Gallego del que es Presidente D. Juan Manuel Urgoiti ha actuado como agente mediador en la comercialización de fondos de inversión gestionados por Bestinver, habiendo percibido por ello en concepto de retrocesión de comisiones de gestión la cantidad total de 2910 miles de euros.

Por último , tal como se indica en la nota al apartado B.1.11 D.Esteban Morrás Andrés ha procedido a rembolsar y en consecuencia ha quedado cancelado con fecha 19 de abril de 2007 el préstamo que le fue concedido por Acciona Energía por un importe de 126.212,55 euros a un tipo de interés referenciado al euríbor.. Los intereses abonados han ascendido a 35.074,18 euros

NOTA AL APARTADO C.4.- Las operaciones entre la Sociedad y sus sociedades dependientes, que son partes vinculadas y que forman parte del tráfico habitual en cuanto a su objeto y condiciones, han sido eliminadas en el proceso de consolidación. Las operaciones entre el Grupo y sus empresas asociadas se desglosan a continuación.

A 31 de Diciembre de 2007los saldos deudores y acreedores mantenidos con empresas asociadas son los siguientes, en miles de euros:

Saldos deudores/ Gastos Saldos acreedores/Ingresos
Deudores comerciales y otras ctas. a cobrar 231 --
Acreedores comerciales y otras ctas. a pagar -- 3.166
Ingresos y Gastos 24 2.773

Los saldos con empresas asociadas del Grupo corresponden principalmente a filiales del subgrupo Acciona Trasmediterránea por servicios de logística y transporte así como, a servicios prestados por Acciona Infraestructuras a diversas compañías asociadas. Estas transacciones se han realizado a precios de mercado.

Dentro de este apartado podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz, relacionados con los anteriores apartados del informe, en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.

En concreto, indique si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.

Definición vinculante de consejero independiente:

Indique si alguno de los consejeros independientes tiene o ha tenido alguna relación con la sociedad, sus accionistas significativos o sus directivos, que de haber sido suficientemente significativa o importante, habría determinado que el consejero no pudiera ser considerado como independiente de conformidad con la definición recogida en el apartado 5 del Código Unificado de buen gobierno:

Nombre del consejero

SI

DON JUAN MANUEL URGOITI LOPEZ OCAÑA

Tipo de relación

Relación de Negocios

Explicación

Bestinver Gestión, S.A. tiene contratada la comercialización de sus productos con diferentes entidades, entre ellas, Banco Gallego, S.A., (entidad participada en un 49% por Caixa de ahorros de Vigo, Ourense y Pontevedra), y del que es Presidente y ostenta una participación minoritaria D. Juan Manuel Urgoiti López-Ocaña. En virtud de dicho contrato Banco Gallego se compromete a realizar la mediación en la comercialización en territorio español de los fondos de inversión gestionados por Bestinver , en régimen de no exclusividad. En contraprestación por sus servicios Bestinver abona comisiones por comercialización que se calculan por la posición patrimonial de los participes atribuidas a Banco Gallego por su mediación. El contrato recoge en sus términos y condiciones los habitualmente utilizados por Bestinver en sus relaciones con los agentes comercializadores.

Fecha y firma:

Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el Consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha

08/05/2008

Indique si ha habido Consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

NO

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