Pre-Annual General Meeting Information • Aug 30, 2021
Pre-Annual General Meeting Information
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Comisión Nacional del Mercado de Valores C/ Edison, 4 28006 - Madrid
Abengoa, S.A. (la "Sociedad"), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente comunicación relativa a
El Administrador Concursal de Abengoa S.A. (en adelante, "Abengoa" o la "Sociedad") atendiendo a la resolución emitida por el Registrador Mercantil de Sevilla el día 24 de junio de 2021 accediendo a la convocatoria de junta general realizada con arreglo al régimen jurídico establecido en el artículo 170 de la Ley de Sociedades de Capital, convoca Junta General Ordinaria de Accionistas para examinar y aprobar en su caso, la gestión social y las cuentas anuales del ejercicio 2019, decidiendo sobre la aplicación del resultado.
La Junta General Ordinaria de Accionistas se celebrará por medios exclusivamente telemáticos, el día 30 de septiembre de 2021, a las 12:00 horas, en primera convocatoria y, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria el día siguiente, 1 de octubre de 2021, a la misma hora.
Se adjunta a la presente comunicación, copia de la siguiente documentación:
El preceptivo anuncio en el Boletín Oficial de Registro Mercantil se ha publicado en esta misma fecha.
Sevilla, 30 de agosto de 2021
El Administrador Concursal de Abengoa S.A. (en adelante, "Abengoa" o la "Sociedad") atendiendo a la resolución emitida por el Registrador Mercantil de Sevilla el día 24 de junio de 2021 accediendo a la convocatoria de junta general realizada con arreglo al régimen jurídico establecido en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, convoca Junta General Ordinaria de Accionistas para su celebración sólo por medios telemáticos, el día 30 de septiembre de 2021, a las 12:00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria, que es la que previsiblemente se celebrará, el día siguiente, 1 de octubre de 2021, a la hora mencionada, con arreglo al siguiente
Primero. - Cuentas Anuales y gestión social.
Segundo. - Delegación en el Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, ejecución, formalización e inscripción de los acuerdos adoptados.
Tercero. - Ruegos y preguntas.
Habida cuenta de la situación sanitaria que atraviesa el país como consecuencia de la crisis ocasionada por el virus COVID-19 y al amparo de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético y en materia tributaria, en su versión modificada por el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19 (en adelante, el "RDL 34/2020") , en aras a preservar la salud de todas las personas involucradas en la preparación y celebración de la Junta General y, a su vez, garantizar la igualdad de trato entre los accionistas y el ejercicio de sus derechos, la Junta General se celebrará única y exclusivamente por medios telemáticos, esto es, por tanto, sin la asistencia física de accionistas y representantes, todo ello en los términos previstos en este anuncio.
De conformidad con el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital y 21 de los Estatutos Sociales, los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social o el tres por ciento de las acciones con derecho a voto podrán solicitar que se publique un complemento a esta convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada.
El ejercicio de este derecho deberá efectuarse mediante notificación fehaciente, que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria.
Los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social o el tres por ciento de las acciones con voto podrán, en el mismo plazo señalado antes, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la junta convocada.
A partir de la fecha de publicación de este anuncio, los accionistas tendrán derecho a examinar, en el domicilio social, y a pedir la entrega o envío gratuito (incluyendo por correo electrónico con acuse de recibo si el accionista así lo acepta) de:
En general cualquier documentación preceptiva o relativa a la Junta General.
Dicha información está igualmente disponible, desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la celebración de la junta general en la dirección de la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas).
Asimismo, a partir de dicha fecha y hasta el quinto día anterior a la fecha prevista de celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen, o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor. A estos efectos podrán dirigirse al Buzón de Contacto [email protected] o efectuar la petición a través de la plataforma electrónica para delegación y voto que se encuentra disponible en la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas).
Conforme a lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales de Abengoa, tendrán derecho de asistencia a la Junta General con derecho de voz y voto todos los accionistas que sean titulares de trescientas setenta y cinco (375) acciones o más, ya sean clase A o clase B, inscritas en el registro contable correspondiente con cinco días de antelación, cuando menos, a aquél en que haya de celebrarse.
Como quiera que es previsible que la Junta se celebre en segunda convocatoria, a efectos de lo establecido en el artículo 517 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los accionistas deberán tener registradas a su nombre las acciones no más tarde del día 23 de septiembre de 2021.
La Sociedad o, en su caso, las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear) encargadas del registro contable, facilitarán a cada accionista con derecho de asistencia que lo solicite, una tarjeta nominativa para acreditar la condición de accionista con derecho a asistencia y en ella se indicará el número de acciones de las que sea titular, así como la clase. Las solicitudes podrán enviarse a través de la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas). Los titulares de menor número
de acciones del mínimo requerido para la asistencia a la Junta podrán agruparse hasta completar, al menos, dicho número, solicitando la correspondiente tarjeta de agrupación.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta por medio de cualquier persona siguiendo el procedimiento establecido en el apartado de asistencia telemática.
Los accionistas con derecho de asistencia podrán (i) delegar o conferir su representación, (ii) ejercer el voto, a través de medios de comunicación a distancia, con carácter previo a la celebración de la Junta General, de conformidad con lo previsto en los artículos 30 y 31 de los Estatutos Sociales y 9 y 10 del Reglamento de la Junta General o (iii) tal y como se ha indicado, al amparo de lo previsto en el artículo 3.1. a) del RDL 34/2020, asistir por medios telemáticos en los términos previstos en los artículos 182, 182 Bis, 189 y 521 de la Ley de Sociedades de Capital. Al amparo de lo establecido en los indicados preceptos, éstos resultarán de aplicación en relación con la Junta General a la que esta convocatoria se refiere, del modo que se indica a continuación.
A) Medios de comunicación a distancia.
Los medios de comunicación a distancia válidos para delegar o conferir la representación son los siguientes:
a) Medios electrónicos: Para delegar o conferir su representación por medios electrónicos, los accionistas deberán hacerlo a través de la página web de Abengoa (www.abengoa.es), a partir del día 30 de agosto de 2021 a las 9.00 horas.
Habida cuenta que el mecanismo para conferir la delegación por medios electrónicos ha de disponer de las adecuadas garantías de autenticidad y de identidad del sujeto que delega, los accionistas que deseen utilizar este mecanismo de delegación deberán disponer previamente de una firma electrónica avanzada o reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, basada en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que podrá ser (i) un Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de
Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) o (ii) un certificado electrónico reconocido que se halle incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica (en adelante, conjuntamente, una "Firma Electrónica Válida").
Una vez que el accionista disponga de su correspondiente Firma Electrónica Válida podrá, a través del espacio "Junta General" de la página web de Abengoa (www.abengoa.es), mediante el formulario "Delegación electrónica" y en los términos y condiciones allí descritos, otorgar su representación a otra persona, aunque no sea accionista, para que le represente en la Junta General. El documento electrónico de delegación tendrá, a los efectos de lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales, la consideración de copia en formato electrónico de la tarjeta de asistencia y delegación.
El accionista que confiera su representación por medios electrónicos o mediante correspondencia postal se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida.
Cuando la representación se confiera a Abengoa, a algún Consejero y/o al Secretario del Consejo de Administración, o a la Administración Concursal de la Sociedad, esta comunicación se entenderá realizada y aceptada mediante la recepción por Abengoa de la delegación electrónica o de la tarjeta física debidamente cumplimentada o firmada.
La persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercerlo asistiendo personalmente, de forma telemática, a la Junta General (y no por medios de comunicación a distancia).
En el día de celebración de la Junta General, los representantes designados deberán registrarse e identificarse a través de la plataforma telemática de acceso a la Junta General, de la forma indicada en el apartado 4 siguiente. En caso de delegación efectuada por accionista persona jurídica, se podrá solicitar copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante de la delegación; asimismo, en caso de que fuera una persona jurídica la que representara a uno o varios accionistas, se podrá solicitar documento acreditativo de las facultades representativas suficientes de la persona física compareciente.
Los medios de comunicación a distancia válidos para emitir el voto a distancia son los siguientes:
acciones. Una vez cumplimentada y firmada con firma manuscrita la tarjeta, el accionista deberá remitirla al domicilio social de la Sociedad (Campus Palmas Altas, calle Energía Solar número 1, 41014 Sevilla, España), dirigida a la Secretaría General mediante correo postal o servicio de mensajería equivalente; si el documento remitido fuera el formulario proporcionado por Abengoa, se deberá remitir igualmente el certificado acreditativo de la titularidad de las acciones. Tratándose de accionistas personas jurídicas, deberá acompañarse copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante. La entrega de manera presencial del voto en el domicilio social de la Sociedad (Campus Palmas Altas, calle Energía Solar número 1, 41014 Sevilla, España), se asimilará al envío por correspondencia postal.
A) Plazo de recepción por Abengoa: Para su validez, y al amparo de lo previsto en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General, se acuerda que tanto las delegaciones como los votos por medios de comunicación a distancia (independientemente del medio empleado) deberán recibirse por Abengoa antes de las 23:59 horas del día 29 o 30 de septiembre de 2021, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente.
Las aplicaciones informáticas para el ejercicio del voto y la delegación a través de medios electrónicos estarán operativas a partir del día 30 de agosto de 2021 y se cerrarán a las 23:59 horas del día 29 o 30 de septiembre de 2021, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente.
mediante tarjeta impresa en papel, prevalecerá la última delegación o voto que se haya recibido por Abengoa dentro del plazo establecido.
c) Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de la Firma Electrónica Válida para la utilización del servicio de delegación y voto electrónicos.
d) Abengoa pondrá a disposición de los accionistas en su página web (www.abengoa.es) los formularios que deberán utilizarse para la delegación de representación y voto a distancia.
Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, los accionistas con derecho de asistencia a la Junta General conforme a lo anteriormente indicado únicamente podrán asistir a la misma de forma telemática usando los medios telemáticos que se indican a continuación.
Los accionistas que deseen utilizar asistir telemáticamente a la Junta, deberán registrarse previamente en el espacio dedicado a la Junta General a través de la web de Abengoa (www.abengoa.com), desde el 30 de agosto de 2021 hasta las 23:59 horas del día 29 o 30 de septiembre de 2021, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente, sin perjuicio de lo señalado más adelante para los representantes de accionistas. Con posterioridad a la hora indicada, no se admitirá ningún registro previo para el ejercicio del derecho de asistencia telemática.
El indicado registro previo se llevará a cabo mediante una firma electrónica avanzada o reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, basada en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que podrá ser (i) un Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) o (ii) un certificado electrónico reconocido que se halle incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica.
Si el asistente telemático tuviera conferidas delegaciones, para poder ejercitar los derechos inherentes a dichas acciones, deberá notificárselo a la Sociedad antes de las 24 horas anteriores a la celebración de la Junta General, esto es, antes del día 29 o 30 de septiembre
de 2021 a las 12:00 horas, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente, enviando un correo electrónico a la dirección [email protected], o mediante correspondencia postal (Campus Palmas Altas, calle Energía Solar número 1, 41014 Sevilla, España), identificándose mediante el envío de una copia del DNI, NIE o pasaporte del representante, para que pueda acreditarse su identidad, además de las tarjetas de delegación y voto a distancia que vaya a representar debidamente cumplimentadas, e indicando que acepta la representación de dichas delegaciones. Este registro previo de los representantes que vayan a asistir remotamente debe realizarse en la forma y plazo indicados en este párrafo
Los accionistas (o sus representantes) registrados previamente según el apartado anterior, deberán conectarse a través de la plataforma de Asistencia telemática, que estará disponible en la página web corporativa, entre las 09.00 horas y las 11.45 horas del día de celebración de la Junta General, es decir 30 de septiembre o 1 de octubre de 2021, según la Junta se celebre en primera o segunda convocatoria, e identificarse mediante una firma electrónica avanzada o reconocida, en los términos previstos en el apartado anterior. No se admitirá el registro de asistentes fuera de esta franja horaria.
En caso de que el 30 de septiembre de 2021 se constatase la inexistencia de quórum suficiente para la celebración de la Junta General en primera convocatoria, la Sociedad informará de esta circunstancia en la plataforma de Asistencia Telemática. En este caso, los asistentes telemáticos que se hubieran conectado en primera convocatoria deberán conectarse de nuevo para asistir telemáticamente a la Junta en segunda convocatoria.
No se considerarán como asistentes a los accionistas que realicen un registro previo y que no se conecten posteriormente a la reunión.
Aquellos accionistas (o sus representantes) que, asistiendo telemáticamente, quisieran intervenir y, en su caso, formular propuestas en los términos legalmente previstos o ejercer su derecho de información en los términos descritos en el apartado I anterior, podrán hacerlo por escrito y en todo caso, en la forma, términos y condiciones establecidos en plataforma de Asistencia Telemática, desde su conexión a la misma y hasta las 11:45 horas rellenando el correspondiente formulario en el que además deberán indicar si desean que su intervención conste literalmente en el acta. Las intervenciones y las solicitudes de
información o aclaraciones serán facilitadas por el Presidente, o en su caso, por indicación de éste, por el Presidente de la Comisión de Auditoría, el Secretario, un administrador o, si resultare conveniente, cualquier empleado o experto en la materia.
Los accionistas (o sus representantes) que asistan a la Junta General telemáticamente, podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día desde que se conecten a la plataforma de Asistencia Telemática y hasta que se haya dado lectura a todos los puntos del orden del día.
El accionista (o su representante) deberá indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el Orden del Día. Si, en relación con alguno de los puntos del Orden del Día no indicase el sentido de su voto, se entenderá que vota a favor de las propuestas formuladas por el Administrador Concursal y abstención en el resto.
Respecto a las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que, por mandato legal, no sea necesario que figuren en el Orden del Día, los asistentes por medios telemáticos podrán emitir sus votaciones a partir del momento en que se dé lectura a dichas propuestas para proceder a su votación y hasta que el Presidente de la Junta, anuncie que se inicia el periodo de votación de dichas propuestas de acuerdo.
Para la votación de las propuestas de acuerdos se aplicará el procedimiento previsto en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General de Accionistas.
La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación electrónica, así como de asistencia telemática a la Junta cuando haya razones técnicas o de seguridad que así lo requieran o impongan. La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos aquí descritos para la delegación y el voto a distancia o la asistencia telemática.
Para mayor información sobre la delegación de la representación y voto a través de medios de comunicación a distancia o asistencia telemática a la Junta General, los accionistas pueden dirigirse a la página web de Abengoa, (www.abengoa.es), a la dirección de correo electrónico [email protected] y al teléfono de la Línea de Atención a Accionistas 954 93 71 11.
A efectos informativos, se hace constar que mediante Auto de fecha 26 de febrero de 2021 dictado por la Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, se declaró el concurso de acreedores ordinario y voluntario de Abengoa.
Mediante Auto de fecha 6 de julio de 2021 el Juzgado conocedor del procedimiento concursal, acordó el cambio del régimen de intervención hacia un régimen de suspensión de las facultades de administración y disposición de la Sociedad.
Abengoa ha habilitado un Foro Electrónico de Accionistas en su página web (www.abengoa.com/accionistas y gobierno corporativo/), con la finalidad legalmente establecida de facilitar la comunicación entre sus accionistas con ocasión de la celebración de la Junta General, al que podrán acceder tanto los accionistas individuales como las asociaciones de accionistas que se hallen debidamente legitimadas, debiendo seguirse las instrucciones que la Sociedad ha publicado en su página web (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas) con ocasión de la convocatoria.
Para acceder y utilizar el Foro, los accionistas deberán disponer de una clave de acceso que podrán obtener a través de la página web (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas), siguiendo las instrucciones que a tal efecto figuran en el espacio "Juntas Generales y Foro Electrónico de Accionistas".
Para los aspectos relativos a la Junta General no contenidos en este anuncio, los accionistas podrán consultar el Reglamento de la Junta General que se encuentra a su disposición en la
página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Estructura de órganos de gobierno/Normas internas).
Asimismo, para obtener información adicional, los accionistas podrán dirigirse a la Sociedad mediante el formulario disponible en la página web (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Atención al accionista) en la sección Atención al Accionista.
De conformidad con la resolución emitida por el Registrador Mercantil de Sevilla el día 24 de junio de 2021 accediendo a la convocatoria de junta general realizada con arreglo al régimen jurídico establecido en el artículo 170 de la Ley de Sociedades de Capital, como Secretario de la Junta General actuará el Notario que se designará al efecto por el Registro Mercantil entre los de la localidad de Sevilla, que deberá levantar acta de la Junta General de Accionistas.
Los datos personales que los señores accionistas remitan a la Sociedad o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR) en el marco de la Junta General, incluyendo aquellos datos necesarios para el ejercicio o delegación de sus derechos de asistencia; información; participación en el Foro Electrónico de Accionistas, serán tratados de conformidad con lo siguiente:
Responsable: Abengoa S.A., con domicilio social en Calle Energia Solar 1, 41014 Sevilla.
Finalidad: Gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo referente a la convocatoria y celebración de la Junta General.
Legitimación: Los datos serán tratados para el cumplimiento de las obligaciones legales atribuidas a la Sociedad.
La entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR).
Administraciones Públicas, en los casos previstos por la Ley.
Registros y Fedatarios Públicos, en los casos previstos por la Ley.
El titular de los datos podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición limitación del tratamiento y portabilidad de datos, en los términos establecidos al efecto en la legislación vigente, mediante el envío de un correo electrónico al buzón [email protected].
La Junta General se celebrará con toda probabilidad en segunda convocatoria, el día 1 de octubre de 2021, a las 12:00 horas.
Se recuerda a los Sres. Accionistas que, tal y como se ha indicado, la Junta General se celebrará exclusivamente por medios telemáticos por lo que no se podrá asistir a la misma de forma física.
Sevilla, 27 de agosto de 2021
El Administrador Concursal de la Sociedad Ernst & Young Abogados, S.L.P.
p.p. Guillermo Ramos González
para la Junta General Ordinaria a celebrar el 30 de septiembre de 2021 o 1 de octubre de 2021, en primera o segunda convocatoria, respectivamente
Primero.- Cuentas anuales y gestión social.
1.1. Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, estado de flujos de efectivo y memoria) y del informe de gestión individual correspondiente al ejercicio 2019 de la Sociedad, así como de las cuentas anuales consolidadas (estados de situación financiera consolidados, cuentas de resultados consolidadas, estados de resultados globales consolidados, estados de cambios en el patrimonio neto consolidados, estado de flujos de efectivo consolidados y memoria consolidada) y del informe de gestión consolidado correspondientes al ejercicio 2019 de su grupo consolidado.
Aprobar las cuentas anuales de Abengoa S.A. correspondientes al ejercicio 2019 (integradas por el balance, cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto del ejercicio, el estado de flujos de efectivo y memoria) y las cuentas anuales del grupo consolidado correspondientes al mismo ejercicio (integradas por los estados de situación financiera consolidados, las cuentas de resultados consolidadas, los estados de resultados globales consolidados, los estados de cambios en el patrimonio neto consolidados, el estado de flujos de efectivo consolidados y la memoria consolidada) formuladas, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley Concursal, por el Administrador Concursal con fecha 27 de agosto de 2021, así como el informe de gestión de Abengoa, S.A. e informe de gestión del grupo consolidado correspondientes al ejercicio 2019 y formulados
por el Administrador Concursal y el Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión celebrada el día 27 de agosto de 2021.
Los auditores de la Sociedad, PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L. han emitido el preceptivo informe de auditoría, del que resulta que tanto las cuentas anuales como los informes de gestión, individuales y consolidadas, responden a las exigencias del artículo 269 de la Ley de Sociedades de Capital.
Aprobar la siguiente distribución de resultados del ejercicio 2019.
| Saldo de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias | (487.619.059,30) € |
|---|---|
| A Resultados Negativos de Ejercicios Anteriores | (487.619.059,30) € |
| Total |
(487.619.059,30) € |
Aprobar la gestión del Consejo de Administración correspondiente a dicho ejercicio 2019.
Facultar expresamente al Presidente del Consejo de Administración, al Secretario del Consejo de Administración y a la Administración Concursal, para que cualquiera de ellos, indistintamente, y como delegado especial de ésta Junta, comparezca ante Notario, otorgue las escrituras públicas necesarias y proceda, en su caso, a la inscripción en el Registro Mercantil de los acuerdos adoptados que legalmente lo requieran, formalizando cuantos documentos sean necesarios en cumplimiento de dichos acuerdos.
Asimismo, autorizar al Consejo de Administración, con facultad de sustitución en cualquier de sus miembros, para que libremente pueda interpretar, aplicar, ejecutar y desarrollar los acuerdos aprobados, incluida la subsanación y cumplimiento de los mismos, así como proceda a delegar en cualquiera de sus miembros para otorgar cualquier escritura de rectificación o complementaria que sea menester para subsanar cualquier error, defecto u omisión que pudiera impedir la inscripción registral de cualquier acuerdo, hasta el cumplimiento de cuantos requisitos pueden ser legalmente exigibles para la eficacia de los citados acuerdos.
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