Pre-Annual General Meeting Information • Oct 13, 2021
Pre-Annual General Meeting Information
Open in ViewerOpens in native device viewer
Comisión Nacional del Mercado de Valores
C/ Edison, 4 28006 - Madrid
Abengoa, S.A. (la "Sociedad"), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente comunicación relativa a
El Consejo de Administración de Abengoa S.A. (en adelante, "Abengoa" o la "Sociedad") en su reunión celebrada el pasado 5 de octubre de 2021 ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas para su celebración en el domicilio social, Campus Palmas Altas de Sevilla, así como por medios telemáticos, el día 15 de noviembre de 2021, a las 12:00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria, que es en la que previsiblemente se celebrará, el día siguiente, 16 de noviembre de 2021, a la misma hora y lugar mencionados, para tratar sobre el orden del día que consta en el texto del anuncio de convocatoria adjunto.
Se adjunta a la presente comunicación, copia de la siguiente documentación:
La citada documentación adjunta será sometida para su aprobación en la Junta General Ordinaria de Accionistas convocada por el Consejo de Administración celebrado el 5 de octubre de 2021, estando prevista su celebración previsiblemente en segunda convocatoria el próximo 16 de noviembre de 2021.
El preceptivo anuncio en el Boletín Oficial de Registro Mercantil se ha publicado en esta misma fecha.
Sevilla, 13 de octubre de 2021

El Consejo de Administración de Abengoa S.A. (en adelante, "Abengoa" o la "Sociedad"), en su reunión celebrada el pasado 5 de octubre de 2021 ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas para su celebración en el domicilio social, Campus Palmas Altas de Sevilla, así como por medios telemáticos, el día 15 de noviembre de 2021, a las 12:00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria, que es en la que previsiblemente se celebrará, el día siguiente, 16 de noviembre de 2021, a la misma hora y lugar mencionados con arreglo al siguiente
Primero.– Ratificación, y en cuanto fuese menester, nombramiento de los Consejeros designados por el sistema de cooptación
Segundo.- Cuentas Anuales y gestión social correspondientes al ejercicio 2019
2.1. Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, estado de flujos de efectivo, y memoria) y del informe de gestión individual de la Sociedad, así como de las cuentas anuales consolidadas (estados de situación financiera consolidados, cuentas de resultados consolidadas, estados de resultados globales consolidados, estados de cambios en el patrimonio neto consolidados, estado de flujos de efectivo consolidados y memoria consolidada) y del informe de gestión consolidado de su grupo consolidado
2.2. Propuesta y, aprobación en su caso, de la aplicación del resultado de las cuentas anuales individuales de la Sociedad
2.3. Propuesta y aprobación, en su caso, de la gestión social durante el ejercicio
Tercero.- Sometimiento a votación, con carácter consultivo, del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de la Sociedad relativo al ejercicio 2019
Cuarto.- Delegación en el Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, ejecución, formalización e inscripción de los acuerdos adoptados
Quinto.- Ruegos y preguntas
Habida cuenta de la situación sanitaria que atraviesa el país como consecuencia de la crisis ocasionada por el virus COVID-19 y al amparo de lo previsto en el artículo 3 del Real Decretoley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético y en materia tributaria, en su versión modificada por el Real Decretoley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas Ordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19 (en adelante, el "RDL 34/2020"), en aras a preservar la salud de aquellos involucrados en la preparación y celebración de la Junta General y, a su vez, garantizar la igualdad de trato entre los Accionistas y el ejercicio de sus derechos, la Junta General se celebrará tanto por medios telemáticos, esto es, por tanto, sin la asistencia física de accionistas y representantes, en los términos previstos en este anuncio, así como de forma física, en el domicilio social de la entidad.
De conformidad con el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital y 21 de los Estatutos Sociales, los Accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social o el tres por ciento de las acciones con derecho a voto podrán solicitar que se publique un complemento a esta convocatoria de la Junta General de Accionistas, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. Asimismo, podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre puntos ya incluidos en el orden del día.
El ejercicio de este derecho deberá efectuarse mediante notificación fehaciente, que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria.
Los Accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social o el tres por ciento de las acciones con voto podrán, en el mismo plazo señalado antes, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la junta convocada.
Las citadas propuestas de acuerdo fundamentadas se publicarán en la página web de la Sociedad, en los términos establecidos por la normativa aplicable.
A partir de la fecha de publicación de este anuncio, los Accionistas tendrán derecho a examinar, en el domicilio social, y a pedir la entrega o envío gratuito (incluyendo por correo electrónico con acuse de recibo si el accionista así lo acepta) de:
Dicha información está también disponible, desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la celebración de la Junta General en la dirección de la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas).
Asimismo, a partir de dicha fecha y hasta el quinto día anterior a la fecha prevista de celebración de la Junta General, los Accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen, o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor. A estos efectos podrán dirigirse al Buzón de Contacto [email protected] o efectuar la petición a través de la plataforma electrónica para delegación y voto que se encuentra disponible en la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas).
Conforme a lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales de Abengoa, tendrán derecho de asistencia a la Junta General con derecho de voz y voto todos los Accionistas que sean titulares de trescientas setenta y cinco (375) acciones o más, ya sean clase A o

clase B, inscritas en el registro contable correspondiente con cinco días de antelación, cuando menos, a aquel en que haya de celebrarse.
Como quiera que es previsible que la Junta se celebre en segunda convocatoria, a efectos de lo establecido en el artículo 517 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los accionistas deberán tener registradas a su nombre las acciones no más tarde del día 10 de noviembre de 2021.
La Sociedad o, en su caso, las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear) encargadas del registro contable, facilitarán a cada accionista con derecho de asistencia que lo solicite, una tarjeta nominativa para el acceso al local donde se celebre la Junta General o, en caso de la asistencia a través de medios telemáticos, una tarjeta nominativa para acreditar la condición de accionista con derecho a asistencia, y en ellas se indicará el número de acciones de las que sea titular, así como la clase. Las solicitudes podrán enviarse a través de la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas). Los titulares de menor número de acciones del mínimo requerido para la asistencia a la Junta podrán agruparse hasta completar, al menos, dicho número, solicitando la correspondiente tarjeta de agrupación.
A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente los represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta General, se podrá solicitar a los asistentes la tarjeta de asistencia, los documentos que acrediten la condición del representante, y la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos.
Todo Accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta por medio de cualquier persona.
Los Accionistas con derecho de asistencia podrán (i) delegar o conferir su representación, (ii) ejercer el voto, a través de medios de comunicación a distancia, con carácter previo a la celebración de la Junta General, de conformidad con lo previsto en los artículos 30 y 31 de los Estatutos Sociales y 9 y 10 del Reglamento de la Junta General, o (iii) tal y como se ha indicado, al amparo de lo previsto en el artículo 3.1. a) del RDL 34/2020, asistir por medios telemáticos en los términos previstos en los artículos 182, 182 Bis, 189 y 521 de la Ley de Sociedades de Capital.
Al amparo de lo establecido en los citados preceptos, el Consejo de Administración ha desarrollado las reglas allí establecidas, acordando que resultarán de aplicación en relación con la Junta General a la que esta convocatoria se refiere, del siguiente modo:
A) Medios de comunicación a distancia
Los medios de comunicación a distancia válidos para delegar o conferir la representación son los siguientes:
a) Medios electrónicos: Para delegar o conferir su representación por medios electrónicos, los Accionistas deberán hacerlo a través de la página web de Abengoa (www.abengoa.es), a partir del día 15 de octubre de 2021 a las 9.00 horas.
Habida cuenta que el mecanismo para conferir la delegación por medios electrónicos ha de disponer de las adecuadas garantías de autenticidad y de identidad del sujeto que delega, los accionistas que deseen utilizar este mecanismo de delegación deberán disponer previamente de una firma electrónica avanzada o reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, basada en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que podrá ser (i) un Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) o (ii) un certificado electrónico reconocido que se halle incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica (en adelante, conjuntamente, una "Firma Electrónica Válida").
Una vez que el Accionista disponga de su correspondiente Firma Electrónica Válida podrá, a través del espacio "Junta General" de la página web de Abengoa (www.abengoa.es), mediante el formulario "Delegación electrónica" y en los términos y condiciones allí descritos, otorgar su representación a otra persona, aunque no sea accionista, para que le represente en la Junta General. El documento electrónico de delegación tendrá, a los efectos de lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales, la consideración de copia en formato electrónico de la tarjeta de asistencia y delegación.
b) Correspondencia postal: Para conferir su representación mediante correspondencia postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar (i) la tarjeta de asistencia y delegación expedida en papel por las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), que en cada caso corresponda, o (ii) el modelo facilitado por Abengoa, a través del mecanismo establecido al efecto en su web (www.abengoa.es) en el apartado "Junta General", y en ambos casos firmando en aquel apartado que dicha tarjeta prevea para la firma del representado; en el segundo caso (remisión del modelo facilitado por Abengoa), se deberá adjuntar también certificado acreditativo de la titularidad de las acciones. La tarjeta debidamente cumplimentada y firmada con firma manuscrita (y en su caso el certificado de titularidad), deberá remitirse a la Sociedad por correspondencia postal o servicio de mensajería equivalente al domicilio social de la Sociedad (Campus Palmas Altas, calle Energía Solar número 1, 41014 Sevilla, España), dirigida a la Secretaría General. La entrega de manera presencial de la delegación en el domicilio social de la Sociedad (Campus Palmas

Altas, calle Energía Solar número 1, 41014 Sevilla, España) se asimilará al envío por correspondencia postal.
B) Comunicación de la delegación al representante
El Accionista que confiera su representación por medios electrónicos o mediante correspondencia postal se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida.
Cuando la representación se confiera a Abengoa, a algún Consejero, al Secretario o al Vicesecretario del Consejo de Administración, o a la Administración Concursal de la Sociedad, esta comunicación se entenderá realizada y aceptada mediante la recepción por Abengoa de la delegación electrónica o de la tarjeta física debidamente cumplimentada o firmada.
La persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercerlo asistiendo personalmente, de forma telemática, a la Junta General (y no por medios de comunicación a distancia).
Para el caso de asistencia de forma física a la Junta General, en el día y lugar de celebración de la Junta General y desde una hora antes de la anunciada para el comienzo de la reunión, los representantes designados deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de Identificación de Extranjeros o Pasaporte. En caso de delegación efectuada por accionista persona jurídica, se podrá solicitar copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante de la delegación; asimismo, en caso de que fuera una persona jurídica la que representara a uno o varios accionistas, se podrá solicitar documento acreditativo de las facultades representativas suficientes de la persona física compareciente.
En el caso de asistencia telemática a la Junta General, en el día de su celebración, los representantes designados deberán registrarse e identificarse a través de la plataforma telemática de acceso a la Junta General, de la forma indicada en el apartado 4 siguiente. En caso de delegación efectuada por accionista persona jurídica, se podrá solicitar copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante de la delegación; asimismo, en caso de que fuera una persona jurídica la que representara a uno o varios accionistas, se podrá solicitar documento acreditativo de las facultades representativas suficientes de la persona física compareciente.
Los medios de comunicación a distancia válidos para emitir el voto a distancia son los siguientes:
a) Medios electrónicos: Para emitir el voto a distancia por medios electrónicos los accionistas deberán hacerlo a través de la página web de Abengoa (www.abengoa.es). Los accionistas que deseen utilizar este mecanismo de votación deben disponer previamente de una Firma Electrónica Válida. Una vez que el accionista disponga de su correspondiente Firma Electrónica Válida podrá, a través del espacio "Junta General" de la página web de Abengoa (www.abengoa.es) y mediante el formulario "Voto Electrónico", emitir su voto a distancia en relación con

los puntos del orden del día de la Junta General. El documento electrónico de voto tendrá, a los efectos de lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales, la consideración de copia en formato electrónico de la tarjeta de asistencia.
Con posterioridad al plazo indicado sólo se admitirán aquellas delegaciones conferidas en papel que se presenten al personal encargado del registro de accionistas en el día y lugar de celebración de la Junta General y desde una hora antes de la anunciada para el comienzo de la reunión.
b) En caso de asistencia telemática a la Junta General, para su validez, y al amparo de lo previsto en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General, se ha acordado que tanto las delegaciones como los votos por medios de comunicación a distancia (independientemente del medio empleado) deberán recibirse por Abengoa antes de las 23:59 horas del día 14 y 15 de noviembre de 2021, según la Junta

General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente.
Las aplicaciones informáticas para el ejercicio del voto y la delegación a través de medios electrónicos estarán operativas a partir del día 15 de octubre de 2021 y se cerrarán a las 23:59 horas del día 14 y 15 de noviembre de 2021, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente.

delegue, se entenderán hechas a favor del Presidente del Consejo de Administración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de los Estatutos Sociales.
En los supuestos de delegación (expresa o tácita) a favor del Presidente del Consejo de Administración, así como en los supuestos de delegación expresa en algún Consejero, ante cualquier punto en el que el representante se encontrara en una situación de posible conflicto de intereses, y salvo que existan instrucciones de voto precisas o en contrario por parte del Accionista representado, la representación se entenderá conferida, para el asunto concreto de que se trate, a favor del Secretario del Consejo de Administración, quien en tales casos votaría conforme a las pautas establecidas en la letra C) anterior.
A estos efectos, así como a los dispuestos en la normativa de aplicación, se informa que los Consejeros cuya ratificación se propone podrían encontrarse en una situación de conflicto de intereses respecto de dichos puntos.
Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, los Accionistas con derecho de asistencia a la Junta General conforme a lo anteriormente indicado únicamente podrán asistir a la misma de forma telemática usando los medios telemáticos que se indican a continuación.
Los Accionistas que deseen asistir telemáticamente a la Junta General deberán registrarse previamente en el espacio dedicado a la Junta General a través de la web de Abengoa

(www.abengoa.com), desde el 15 de octubre de 2021 hasta las 23:59 horas del día 14 y 15 de noviembre de 2021, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente, sin perjuicio de lo señalado más adelante para los representantes de accionistas. Con posterioridad a la hora indicada, no se admitirá ningún registro previo para el ejercicio del derecho de asistencia telemática.
El indicado registro previo se llevará a cabo mediante una firma electrónica avanzada o reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, basada en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que podrá ser (i) un Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) o (ii) un certificado electrónico reconocido que se halle incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica.
Si el asistente telemático tuviera conferidas delegaciones, para poder ejercitar los derechos inherentes a dichas acciones, deberá notificárselo a la Sociedad antes de las 24 horas anteriores a la celebración de la Junta General, esto es, antes del día 14 o 15 de noviembre de 2021 a las 12:00 horas, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente, enviando un correo electrónico a la dirección [email protected], o mediante correspondencia postal (Campus Palmas Altas, calle Energía Solar número 1, 41014 Sevilla, España), identificándose mediante el envío de una copia del DNI, NIE o pasaporte del representante, para que pueda acreditarse su identidad, además de las tarjetas de delegación y voto a distancia que vaya a representar debidamente cumplimentadas, e indicando que acepta la representación de dichas delegaciones. Este registro previo de los representantes que vayan a asistir remotamente debe realizarse en la forma y plazo indicados en este párrafo.
Los Accionistas (o sus representantes) registrados previamente según el apartado anterior, deberán conectarse a través de la Plataforma de Asistencia Telemática, que estará disponible en la página web corporativa, entre las 09.00 horas y las 11.45 horas del día de celebración de la Junta General, es decir 15 de noviembre o 16 de noviembre de 2021, según la Junta General se celebre en primera o segunda convocatoria, e identificarse mediante una firma electrónica avanzada o reconocida, en los términos previstos en el apartado anterior. No se admitirá el registro de asistentes fuera de esta franja horaria.
En caso de que el 15 de noviembre de 2021 se constatase la inexistencia de quórum suficiente para la celebración de la Junta General en primera convocatoria, la Sociedad informará de esta circunstancia en la Plataforma de Asistencia Telemática. En este caso, los asistentes telemáticos que se hubieran conectado en primera convocatoria deberán conectarse de nuevo para asistir telemáticamente a la Junta en segunda convocatoria.
No se considerarán como asistentes a los Accionistas que realicen un registro previo y que no se conecten posteriormente a la reunión.
Aquellos Accionistas (o sus representantes) que, asistiendo telemáticamente, quisieran intervenir y, en su caso, formular propuestas en los términos legalmente previstos o ejercer su derecho de información en los términos descritos en el apartado I anterior, podrán hacerlo por escrito y en todo caso, en la forma, términos y condiciones establecidos en plataforma de Asistencia Telemática, desde su conexión a la misma y hasta las 11:45 horas rellenando el correspondiente formulario en el que además deberán indicar si desean que su intervención conste literalmente en el acta. Las intervenciones y las solicitudes de información o aclaraciones serán facilitadas por el Presidente, o en su caso, por indicación de éste, por el Presidente de la Comisión de Auditoría, el Secretario, un miembro del Órgano de Administración o, si resultare conveniente, cualquier empleado o experto en la materia.
Los Accionistas (o sus representantes) que asistan a la Junta General telemáticamente, podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día desde que se conecten a la Plataforma de Asistencia Telemática y hasta que se haya dado lectura a todos los puntos del Orden del Día.
El Accionista (o su representante) deberá indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el Orden del Día. Si, en relación con alguno de los puntos del Orden del Día no indicase el sentido de su voto, se entenderá que vota a favor de las propuestas formuladas por el Consejo de Administración y abstención en el resto.
Respecto a las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que, por mandato legal, no sea necesario que figuren en el Orden del Día, los asistentes por medios telemáticos podrán emitir sus votaciones a partir del momento en que se dé lectura a dichas propuestas para proceder a su votación y hasta que el Presidente de la Junta, anuncie que se inicia el periodo de votación de dichas propuestas de acuerdo.
Para la votación de las propuestas de acuerdos se aplicará el procedimiento previsto en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General de Accionistas.
La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación electrónica, así como de asistencia telemática a la Junta General cuando haya razones técnicas o de seguridad que así lo requieran o impongan. La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos aquí descritos para la delegación y el voto a distancia o la asistencia telemática.
Para mayor información sobre la delegación de la representación y voto a través de medios de comunicación a distancia o asistencia telemática a la Junta General, los Accionistas pueden dirigirse a la página web de Abengoa (www.abengoa.es), a la dirección de correo
electrónico [email protected], y al teléfono de la Línea de Atención a Accionistas 954 93 71 11.
Las aplicaciones informáticas para el ejercicio del voto y la delegación a través de medios electrónicos estarán operativas a partir del 15 de octubre de 2021 y se cerrarán a las 23:59 horas del día 14 o 15 de noviembre de 2021, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente.
A efectos informativos, se hace constar que mediante Auto de fecha 26 de febrero de 2021 dictado por la Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, se declaró el concurso de acreedores ordinario y voluntario de Abengoa.
Mediante Auto de fecha 6 de julio de 2021 el Juzgado conocedor del procedimiento concursal, acordó el cambio del régimen de intervención hacia un régimen de suspensión de las facultades de administración y disposición de la Sociedad.
Abengoa ha habilitado un Foro Electrónico de Accionistas en su página web (www.abengoa.com/accionistas y gobierno corporativo/), con la finalidad legalmente establecida de facilitar la comunicación entre sus accionistas con ocasión de la celebración de la Junta General, al que podrán acceder tanto los accionistas individuales como las asociaciones de accionistas que se hallen debidamente legitimadas, debiendo seguirse las instrucciones que la Sociedad ha publicado en su página web (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas) con ocasión de la convocatoria.
Para acceder y utilizar el Foro, los Accionistas deberán disponer de una clave de acceso que podrán obtener a través de la página web (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas), siguiendo las instrucciones que a tal efecto figuran en el espacio "Juntas Generales y Foro Electrónico de Accionistas".
Para los aspectos relativos a la Junta General no contenidos en este anuncio, los Accionistas podrán consultar el Reglamento de la Junta General que se encuentra a su disposición en la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Estructura de órganos de gobierno/Normas internas).
Asimismo, para obtener información adicional, los Accionistas podrán dirigirse a la Sociedad mediante el formulario disponible en la página web (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Atención al accionista) en la sección Atención al Accionista.
El Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de un notario para que levante acta de la Junta General de Accionistas.
Los datos personales que los Accionistas remitan a la Sociedad o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR) en el marco de la Junta General, incluyendo aquellos datos necesarios para el ejercicio o delegación de sus derechos de asistencia; información; participación en el Foro Electrónico de Accionistas, serán tratados de conformidad con lo siguiente:
Responsable: Abengoa S.A., con domicilio social en Calle Energia Solar 1, 41014 Sevilla.
Finalidad: Gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo referente a la convocatoria y celebración de la Junta General.
Legitimación: Los datos serán tratados para el cumplimiento de las obligaciones legales atribuidas a la Sociedad.
Destinatarios:
El titular de los datos podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición limitación del tratamiento y portabilidad de datos, en los términos establecidos al efecto en la legislación vigente, mediante el envío de un correo electrónico al buzón [email protected].
La Junta General se celebrará con toda probabilidad en segunda convocatoria, el día 16 de noviembre de 2021, a las 12:00 horas.
Sevilla, 8 de octubre de 2021
El Presidente del Consejo de Administración Clemente Fernández González

La presente propuesta se formula en relación con las propuestas de acuerdos del Consejo de Administración de Abengoa, S.A. (en adelante, "Abengoa" o la "Sociedad"), contenidas en la convocatoria para su elevación a la Junta General de Accionistas, que tendrá lugar el próximo 15 de noviembre de 2021, en primera convocatoria, o previsiblemente el 16 de noviembre de 2021, en segunda convocatoria, en el domicilio social de forma presencial, así como por medios telemáticos.
Primero.- Ratificación, y en cuanto fuese menester, nombramiento de los Consejeros designados por el sistema de cooptación
A propuesta del Consejo de Administración y previo informe justificativo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de capital, que se ha puesto a disposición de los Accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta General de Accionistas y que se adjunta a la presente acta, se aprueba la ratificación del nombramiento por cooptación de D. Clemente Fernández González, mayor de edad, casado, con domicilio a estos efectos en San Vicente de la Barquera (Cantabria), calle Rio Saja, nº 3, provisto de D.N.I. 13.916.411- P, el cual fue nombrado consejero dominical por el sistema de cooptación mediante acuerdo del Consejo de Administración de la Sociedad de fecha 1 de octubre de 2021 en sesión universal, para cubrir la vacante existente en el seno del Consejo producida por la dimisión el pasado 19 de mayo de 2021 de Dña. Margarida Aleida S. De la Riva Smith.
De acuerdo con lo anterior, se acuerda por la Junta General de Accionistas de Abengoa, S.A. ratificar el acuerdo de nombramiento por el sistema de cooptación de D. Clemente Fernández González y su elección como miembro del Consejo de Administración, con carácter de dominical, por el plazo estatutario, con efectos desde la fecha de adopción de este acuerdo.
A propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y previo informe justificativo del Consejo de Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital, que se han puesto a disposición de los Accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta General y que se adjunta a la presente acta, se aprueba la ratificación del nombramiento por cooptación

de D. José Alfonso Murat Moreno, mayor de edad, casado, con domicilio a estos efectos en Santander (Cantabria), calle Alféreces Provisionales, número 7, 2C, 39009, provisto de D.N.I. 72.132.331-F, el cual fue nombrado como consejero independiente por el sistema de cooptación mediante acuerdo del Consejo de Administración de la Sociedad de fecha 1 de octubre de 2021 en sesión universal, para cubrir la vacante existente en el seno del Consejo producida por la dimisión el mismo día 1 de octubre de 2021 de D. Juan Pablo López-Bravo Velasco.
De acuerdo con lo anterior, se acuerda por la Junta General de Accionistas de Abengoa, S.A. ratificar el acuerdo de nombramiento por el sistema de cooptación de D. José Alfonso Murat Moreno y su elección como miembro del Consejo de Administración, con carácter de independiente, por el plazo estatutario, con efectos desde la fecha de adopción de este acuerdo.
A propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y previo informe justificativo del Consejo de Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de capital, que se han puesto a disposición de los Accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta General de Accionistas y que se adjunta a la presente acta, se aprueba la ratificación del nombramiento por cooptación de Dña. Cristina Vidal Otero, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en Sevilla, calle Energía Solar, nº 1, Campus Palmas Altas, provista de D.N.I. 12.769.372-W, la cual fue nombrada consejero independiente por el sistema de cooptación mediante acuerdo del Consejo de Administración de la Sociedad de fecha 1 de octubre de 2021 en sesión universal, para cubrir la vacante existente en el seno del Consejo producida por la dimisión el día 4 de enero de 2021 de D. Jordi Sarrias Prats, y nuevamente por el Consejo de Administración en su sesión de 1 de octubre de 2021 como consecuencia de la caducidad del anterior nombramiento de la celebración de la Junta General de Accionistas de esa misma fecha.
De acuerdo con lo anterior, se acuerda por la Junta General de Accionistas de Abengoa, S.A. ratificar el acuerdo de nombramiento por el sistema de cooptación de Dña. Cristina Vidal Otero y su elección como miembro del Consejo de Administración, con carácter de independiente, por el plazo estatutario, con efectos desde la fecha de adopción de este acuerdo.
2.1. Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, estado de flujos de efectivo, y memoria) y del informe de gestión individual de la Sociedad, así como de las cuentas anuales consolidadas (estados de situación financiera consolidados, cuentas de resultados consolidadas,
Aprobar las cuentas anuales de Abengoa S.A. correspondientes al ejercicio 2019 (integradas por el balance, cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto del ejercicio, el estado de flujos de efectivo y memoria) y las cuentas anuales del grupo consolidado correspondientes al mismo ejercicio (integradas por los estados de situación financiera consolidados, las cuentas de resultados consolidadas, los estados de resultados globales consolidados, los estados de cambios en el patrimonio neto consolidados, el estado de flujos de efectivo consolidados y la memoria consolidada) formuladas, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley Concursal, por el Administrador Concursal con fecha 27 de agosto de 2021, así como el informe de gestión de Abengoa, S.A. e informe de gestión del grupo consolidado correspondientes al ejercicio 2019 y formulados por el Administrador Concursal y el Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión celebrada el día 27 de agosto de 2021.
Los auditores de la Sociedad, PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L. han emitido el preceptivo informe de auditoría, del que resulta que tanto las cuentas anuales como los informes de gestión, individuales y consolidadas, responden a las exigencias del artículo 269 de la Ley de Sociedades de Capital.
Aprobar la siguiente distribución de resultados del ejercicio 2019.
| Saldo de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias | (487.619.059,30) € |
|---|---|
| A Resultados Negativos de Ejercicios Anteriores | (487.619.059,30) € |
| Total | (487.619.059,30) € |
Aprobar la gestión del Consejo de Administración correspondiente a dicho ejercicio 2019
De conformidad con lo previsto en el artículo 541 de la Ley de Sociedades de Capital (tal y como la misma ha sido modificada por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre) y el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, el Consejo de Administración debe elaborar con carácter anual un Informe Anual de Remuneraciones sobre la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio en curso así como sobre la aplicación de la política de remuneraciones durante el ejercicio cerrado, incluyendo el detalle de las
retribuciones individuales devengadas por todos los conceptos por cada uno de los consejeros en dicho ejercicio.
El Consejo de Administración de la Sociedad, en su reunión del 27 de julio de 2020 y previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, aprobó el Informe Anual de Remuneraciones correspondiente al ejercicio 2019, que se propone aprobar a esta Junta General, con carácter consultivo, habiéndose puesto a disposición de los accionistas desde el momento de la publicación del anuncio de convocatoria de la Junta General.
Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual de Remuneraciones correspondiente al ejercicio 2019.
Facultar expresamente al Presidente del Consejo de Administración, al Secretario y al Vicesecretario no Consejeros del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, indistintamente, y como delegado especial de ésta Junta, comparezca ante Notario, otorgue las escrituras públicas necesarias y proceda, en su caso, a la inscripción en el Registro Mercantil de los acuerdos adoptados que legalmente lo requieran, formalizando cuantos documentos sean necesarios en cumplimiento de dichos acuerdos.
Asimismo, autorizar al Consejo de Administración, con facultad de sustitución en cualquier de sus miembros, para que libremente pueda interpretar, aplicar, ejecutar y desarrollar los acuerdos aprobados, incluida la subsanación y cumplimiento de los mismos, así como proceda a delegar en cualquiera de sus miembros para otorgar cualquier escritura de rectificación o complementaria que sea menester para subsanar cualquier error, defecto u omisión que pudiera impedir la inscripción registral de cualquier acuerdo, hasta el cumplimiento de cuantos requisitos pueden ser legalmente exigibles para la eficacia de los citados acuerdos.
Building tools?
Free accounts include 100 API calls/year for testing.
Have a question? We'll get back to you promptly.