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A3 Mercados S.A. Board/Management Information 2021

Jan 26, 2021

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Board/Management Information

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Acta de Directorio de Matba Rofex Nro. 13

En la ciudad de Rosario, a 6 días del mes de abril de 2020, reunidos los señores Directores Titulares, Andrés Emilio Ponte y Luis Alberto Herrera, y el Sr. Miembro Titular de la Comisión Fiscalizadora Fernando Raúl José Viñals, como asimismo, los Sres. Marcos Andrés Hermansson Francisco Javier María Fernández Candia, Ignacio María Bosch, Marcelo José Rossi, Alfredo Rubén Conde, Juan Fabricio Silvestri, Ricardo Daniel Marra, Leandro Salvatierra, Sebastián Martín Bravo y Gustavo César Cortona, Directores titulares que asisten a la presente reunión "a distancia" de conformidad con lo estipulado en el Art. 14° del Estatuto Social y, conforme la autorización conferida en el Acta de Directorio Nº 1, el Sr. Presidente firmará en sus nombres el presente acta. Asimismo, asisten "a distancia" los Sres. Miembros de la Comisión Fiscalizadora José María Ibarbia y Sergio Miguel Roldán y conforme la autorización conferida en el Acta de Comisión Fiscalizadora Nº 7 el Sr. Viñals firmará en sus nombres el presente acta. Siendo las 16.00 horas se abre la sesión, para tratar los siguientes puntos:

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Reglamento del Contrato de Opciones Americanas sobre Futuros . Asimismo, el Directorio resuelve aprobar un reglamento marco de opciones americanas, denominado Reglamento del Contrato de Opciones Americanas sobre Futuros, que a continuación se transcribe:

Reglamento del Contrato de Opciones Americanas sobre Futuros

  1. Contrato de Opciones sobre Futuros.

  2. 1.1. Activo subyacente: Serán los contratos de futuros que cuenten con autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV) para su negociación en el ámbito de Matba Rofex, determinados por el Directorio del Mercado mediante Circular.

  3. 1.2. Tamaño del contrato: Será de un (1) Contrato de Futuros.

  4. 1.3. Moneda de negociación y Cotización: Serán iguales a las del contrato de futuros subyacente.

  5. 1.4. Series Disponibles: Se podrán listar series con vencimiento en cada uno de los meses del año.

  6. 1.5. Horario habilitado para la negociación: Será determinado por el Directorio del Mercado mediante Circular.

  7. 1.6. Vencimiento y Último día de negociación: Será igual al del contrato de futuros subyacente.

  8. 1.7. Variación mínima de precio: La variación mínima de precio será informada por Circular del Mercado.

  9. 1.8. Precios de ejercicio: Los precios de ejercicio serán expresados en la misma moneda de negociación y cotización que las del contrato de futuros subyacente. 1.9. Ejercicio: El contrato de opciones se podrá ejercer en cualquier día hábil hasta el último día de negociación, mediante instrucción por parte del titular de la opción a la Cámara de Compensación.

  10. 1.9.1. Ejercicio Automático: En ausencia de una instrucción en contrario entregada a la Cámara Compensadora antes de la finalización de su negociación, todo contrato de opciones con valor intrínseco será ejercido en forma automática.

  11. 1.9.2. Asignación: Los avisos de ejercicio recibidos por la Cámara Compensadora serán asignados a los vendedores en forma aleatoria.

  12. 1.10. Márgenes de garantía: Serán determinados por la Cámara Compensadora.

  13. 1.11. Supuestos no Previstos: Cualquier otro aspecto que no se encuentre cubierto en forma específica por las presentes disposiciones, será determinado de acuerdo al Reglamento Operativo e Interno, el Estatuto del Mercado o las resoluciones que el Comité del Contrato o el Directorio puedan adoptar, en virtud de las facultades legales, estatutarias o reglamentarias que se encuentren en vigencia.

  14. 1.12. Emergencia: Si el Presidente del Directorio y la Gerencia en forma conjunta o el Comité del Contrato estimaren que el procedimiento de liquidación de cualquier serie, o cualquier otro aspecto de la negociación del contrato podría ser afectado por

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hechos o resoluciones del gobierno, de la autoridad de supervisión, de otros organismos o por casos extraordinarios, fortuitos o de fuerza mayor, citarán, en el momento, a una reunión especial del Comité del Contrato o del Directorio y expondrán sobre las condiciones de emergencia. Si el Comité del Contrato o el Directorio determinan que existe una emergencia, se tomarán las resoluciones que consideren apropiadas para preservar o restaurar el normal funcionamiento o continuidad de la negociación del contrato y/o salvaguardar los intereses de los participantes y la normalización, continuidad y subsistencia del mercado y la decisión será efectiva, final y definitiva respecto de todas las partes intervinientes en el contrato.

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No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 18:10 se levantó la sesión y firman los asistentes. Fdo.: Andrés E. Ponte, por sí y en representación de Marcos A. Hermansson, Francisco Javier María Fernández Candia, Ignacio María Bosch, Marcelo J. Rossi, Alfredo Rubén Conde, J. Fabricio Silvestri, Ricardo D. Marra, Leandro Salvatierra, Sebastián M. Bravo y Gustavo César Cortona; Luis A. Herrera; y Fernando R.J. Viñals, por sí y en representación de José M. Ibarbia; Sergio M. Roldán.-

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Germán C. Campi Apoderado Matba Rofex S.A.