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A3 Mercados S.A. Audit Report / Information 2021

May 11, 2021

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author: "Ibarbia"
date: 2021-02-18 19:14:00+00:00
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ACTA DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA MATBA ROFEX S.A. N°14

En la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 10 días del mes de mayo de 2021, se reúne la Comisión Fiscalizadora de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT Nro. 30-52569841-2, con la asistencia de sus miembros Dr. Fernando Raúl José Viñals, el Dr. José María Ibarbia y el Cdor. Enrique Lingua, quienes asisten a la presente reunión “a distancia”. Que conforme la autorización conferida en el Acta de esta Comisión N° 10, el Dr. Fernando Viñals firmará en sus nombres.

Estados Financieros al 31.03.21. En uso de la palabra el Dr. Viñals informa que el objeto del presente punto es considerar la documentación contable trimestral de la Sociedad y manifiesta que, como es de conocimiento de los restantes miembros de la Comisión, por haber trabajado en forma conjunta, se ha dado término a las tareas de revisión de los estados financieros intermedios individuales condensados adjuntos, de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA, (en adelante, mencionada indistintamente la “Sociedad”) que incluyen: (a) el estado de situación financiera intermedio condensado al 31 de marzo de 2021, (b) el estado intermedio condensado del resultado y otro resultado integral por el período de nueve meses finalizado el 31 de marzo de 2021, (c) el estado de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa fecha, y (d) la información complementaria contenida en sus notas 1 a 17 y los anexos A, B, C, D, G y H de los estados financieros consolidados condensados y en las notas 1 a 28 y los anexos A, B, C, D, G y H de los estados financieros individuales condensados.

Nuestro trabajo incluyó también los estados financieros intermedios consolidados condensados adjuntos de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA, con sus sociedades controladas (las que se detallan en la nota 1 a dichos estados financieros consolidados) que incluyen (a) el estado intermedio consolidado condensado de situación financiera al 31 de marzo de 2021, (b) el correspondiente estado intermedio consolidado condensado del resultado y otro resultado integral por el período de nueve meses finalizado el 31 de marzo de 2021, (c) los estados de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa fecha y (d) la información complementaria contenida en sus notas 1 a 17 y los anexos A, B, C, D, G y H de los estados financieros consolidados condensados y en las notas 1 a 28 y los anexos A, B, C, D, G y H de los estados financieros individuales condensados.

Hemos revisado asimismo la Reseña Informativa anexa a los Estados Financieros de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA al 31 de marzo de 2021 (nueve meses), requerida por las normas de la Comisión Nacional de Valores; y la Información Adicional a las notas de los Estados Financieros de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA a la misma fecha. Dicha documentación fue oportunamente sometida por el Directorio a la consideración de esta Comisión Fiscalizadora. A los efectos del cumplimiento de las tareas de revisión mencionadas precedentemente, los miembros de la Comisión han solicitado y obtenido todas las aclaraciones y explicaciones que se han considerado necesarias, tanto de los auditores externos como del personal y del Directorio de la Sociedad.

En consecuencia, y de acuerdo con lo expresado anteriormente, se resuelve suscribir los Estados Financieros de la Sociedad correspondientes al período de nueve meses finalizado el 31 de marzo de 2021 y emitir el siguiente informe, en cumplimiento de lo requerido por el inciso 5 del artículo 294, de la Ley N° 19.550 (texto según art. 1° de la Ley N° 27.077):

“INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

Señores Presidente, Directores y Accionistas de

MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA

Presentes

Los miembros de la Comisión Fiscalizadora de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT Nro. 30-52569841-2, de acuerdo con lo dispuesto por el inciso 5 del artículo 294 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550 (texto según art. 1° de la Ley N° 27.077 B.O. 19/12/2014), y los Estatutos Sociales, y en cumplimiento del mandato conferido, hemos procedido a verificar, con el alcance que se describe en el apartado II, los documentos detallados en el apartado I siguiente.

La preparación y emisión de los documentos detallados en el apartado I siguiente es una responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Adicionalmente, el Directorio también es responsable de la existencia del control interno que considere necesario para posibilitar la preparación de estados financieros libres de distorsiones significativas originadas en errores o en irregularidades.

Nuestra responsabilidad es informar sobre dichos documentos en base al trabajo realizado con el alcance que se menciona en el apartado II.

  1. DOCUMENTOS EXAMINADOS

1) Los estados financieros intermedios individuales condensados adjuntos de MATBA-ROFEX S.A. (en adelante, mencionada indistintamente la “Sociedad”) que incluyen: a) el estado de situación financiera intermedio condensado al 31 de marzo de 2021, (b) el estado intermedio condensado del resultado y otro resultado integral por el período de nueve meses finalizado el 31 de marzo de 2021, (c) el estado de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa fecha, y (d) la información complementaria contenida en sus notas 1 a 17 y los anexos A, B, C, D, G y H de los estados financieros consolidados condensados y en las notas 1 a 28 y los anexos A, B, C, D, G y H de los estados financieros individuales condensados.

2) Los estados financieros intermedios consolidados condensados adjuntos de MATBA-ROFEX S.A. con sus sociedades controladas (las que se detallan en la nota 1 a dichos estados financieros consolidados) que incluyen (a) el estado intermedio consolidado condensado de situación financiera al 31 de marzo de 2021, (b) el correspondiente estado intermedio consolidado condensado del resultado y otro resultado integral por el período de nueve meses finalizado el 31 de marzo de 2021, (c) los estados de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa fecha y (d) la información complementaria contenida en sus notas 1 a 17 y los anexos A, B, C, D, G y H de los estados financieros consolidados condensados y en las notas 1 a 28 y los anexos A, B, C, D, G y H de los estados financieros individuales condensados.

II) ALCANCE DEL EXAMEN

La preparación y emisión de los mencionados Estados Financieros es responsabilidad del Directorio de la sociedad, en ejercicio de sus funciones específicas según los siguientes criterios y parámetros:

a) Los estados financieros individuales condensados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera, adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como normas contables profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su normativa, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés), y por lo tanto es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros intermedios consolidados adjuntos, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34, “Información financiera intermedia”. Para preparar los estados financieros intermedios individuales condensados, la Sociedad ha aplicado las normas contables profesionales contenidas en la Resolución Técnica N° 26 de la FACPCE para la preparación de estados financieros individuales de una entidad controladora (controlante).

b) Los estados financieros consolidados condensados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera, adoptadas por la FACPCE como normas contables profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores a su normativa, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés), y por lo tanto es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros intermedios consolidados condensados adjuntos, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34, “Información financiera intermedia”.

El Directorio también es responsable de la existencia del control interno que considere necesario para posibilitar la preparación de estados financieros libres de distorsiones significativas originadas en errores o en irregularidades.

Hemos revisado asimismo la Reseña Informativa anexa a los Estados Financieros de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA, al 31 de marzo de 2021 (nueve meses), requerida por las normas de la Comisión Nacional de Valores; y la Información Adicional a las notas de los Estados Financieros de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA a la misma fecha.

No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización ni producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del directorio.

Nuestro trabajo fue realizado teniendo en cuenta el informe del auditor externo, Sergio Roldán (Socio de la firma Felcaro, Roldán & Asociados), de fecha 10 de mayo de 2021, quien manifiesta que su revisión se limitó a la aplicación de los procedimientos establecidos en la Norma Internacional de Encargos de Revisión NIER 2410 “Revisión de información financiera intermedia desarrollada por el auditor independiente de la entidad”, la cual fue adoptada como norma de revisión en Argentina mediante la Resolución Técnica N° 33 de FACPCE tal y como fue aprobada por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés). Dicha norma requiere que el auditor cumpla con los requisitos éticos pertinentes a la auditoría de los estados financieros anuales de la Sociedad.

Desde nuestra designación, participando de todas las reuniones a las que fuimos citados, en ejercicio de control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período los distintos procedimientos descriptos en el artículo 294 de la Ley General de Sociedades n° 19.550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, examinando periódicamente los documentos de la Sociedad y analizado sus registros e inventarios, no teniendo observaciones que formular al respecto.

III) MANIFESTACIONES DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA.

En base a nuestra revisión, informamos que los estados financieros de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA al 31 de marzo de 2021, indicados más arriba en este informe, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular, y en particular que:

a) Nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados financieros intermedios individuales condensados de MATBA-ROFEX S.A. identificados en el apartado 1. no están preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 34;

b) Nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados financieros intermedios consolidados condensados de MATBA-ROFEX S.A. identificados en el apartado 1. no están preparados en todos sus aspectos significativos, de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 34.

Acreditación cumplimiento de lo previsto por las normas sobre garantía de los Directores:

Se deja constancia que la garantía de los Directores está constituida mediante pólizas de seguros de caución a nombre de MATBA-ROFEX S.A. de acuerdo con lo dispuesto por el Estatuto Social, todo lo cual no ha merecido observación alguna por parte de la Comisión Fiscalizadora.

IV) INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES VIGENTES

En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos, respecto de MATBA ROFEX SOCIEDAD ANÓNIMA, que:

a) los Estados Financieros mencionados en el apartado I. de este informe, cumplen, en lo que es materia de nuestra competencia, con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 (texto según art. 1° de la Ley N° 27.077 ), y en las normas aplicables de la Comisión Nacional de Valores;

b) no tenemos observaciones que formular respecto del contenido de la Reseña Informativa -requerida por el artículo 4 °, Capítulo III, Título IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores;

c) no tenemos observaciones que formular respecto del contenido de información adicional a las notas a los estados financieros individuales requerida por el artículo 12, Capítulo III, Título IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores;

d) los Estados Financieros se encuentran en proceso de transcripción al Libro de Inventarios y Balances y han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con las normas pertinentes de la Ley General de Sociedades y de la Comisión Nacional de Valores. Dichos estados financieros surgen de registros contables que se encuentran pendientes de transcripción al libro Diario respectivo;

e) según surge de los registros contables de la Sociedad mencionados en el apartado I. de este informe, el pasivo devengado al 31 de marzo de 2021 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendían a $ 4.936.705 y eran no exigible a esa fecha. Por otra parte, el pasivo devengado al 31 de marzo de 2021 a favor de la Administración Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ascendía a $ 7.390 y era no exigible a esa fecha;

f) Al 31 de marzo de 2021, según surge de la Nota 18. a los estados financieros individuales condensados mencionados en el apartado 1) de este informe, no existen observaciones que formular respecto del Patrimonio Neto Mínimo y los Fondos de Garantía II y III, conforme a las exigencias establecidas en el Título VI de las Normas de la CNV;

h) Los auditores externos han desarrollado su tarea aplicando las normas de auditoría vigentes para la revisión de períodos intermedios, establecidas por las Resoluciones Técnicas de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.

Rosario, 10 de mayo de 2021.”

El Informe precedente es aprobado por unanimidad y se resuelve autorizar al Dr. Fernando Raúl José Viñals para que, en representación de esta Comisión Fiscalizadora, firme el referido Informe, los Estados Financieros y la demás documentación que se requiera.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

(Fdo.) Dr. Fernando Raúl José Viñals (por sí y en representación del Dr. José María Ibarbia y el Cdor. Enrique Lingua).