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Grupo Ezentis S.A.

Pre-Annual General Meeting Information Nov 11, 2025

1838_rns_2025-11-11_dadc9fb6-72a9-44d2-bd6f-7901eee7182a.pdf

Pre-Annual General Meeting Information

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Comisión Nacional del Mercado de Valores Calle Edison, 4 28006, Madrid.

11 de noviembre de 2025

Otra Información Relevante

Muy Sres. nuestros,

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y disposiciones concordantes, y para su puesta a disposición del público como otra información relevante, Grupo Ezentis, S.A. ("Ezentis" o la "Sociedad"), comunica que su Consejo de Administración ha decidido convocar Junta General Extraordinaria de accionistas, para que se celebre el próximo día 15 de diciembre de 2025 a las 12:00 horas en primera convocatoria, o, en caso de no alcanzarse el quórum legalmente establecido, a la misma hora el día16 de diciembre de 2025, sin asistencia física de los accionistas y sus representantes, a través de la página web corporativa de la Sociedad (www.ezentis.com). Se publica según figura en anexo el anuncio de convocatoria de la Junta General Extraordinaria de accionistas y la propuesta de acuerdos en relación con los distintos puntos del orden del día.

Asimismo, se hace constar que se publicará en el diario Cinco Días y en la página web corporativa de la Sociedad (www.ezentis.com) el anuncio de convocatoria de la Junta General Extraordinaria de accionistas de la Sociedad para su celebración en alguno de los días anteriormente referidos.

La documentación a que se hace referencia en el apartado "Derecho de Información" del anuncio de convocatoria adjunto estará a disposición de los accionistas en el domicilio social y en la página web corporativa de la Sociedad, en los términos previstos en el anuncio de convocatoria, y se mantendrá accesible ininterrumpidamente en la página web corporativa de la Sociedad al menos hasta la celebración de la Junta General Extraordinaria de accionistas.

Dña. Anabel López Porta Consejera Delegada Grupo Ezentis, S.A.

____________________

GRUPO EZENTIS, S.A.

JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

El Consejo de Administración de GRUPO EZENTIS, S.A. (en adelante, "Ezentis" o la "Sociedad"), de conformidad con lo previsto en sus Estatutos Sociales, el Reglamento de la Junta General y en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, ha acordado convocar Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará de forma exclusivamente telemática el próximo día 15 de diciembre de 2025 a las 12:00 horas en primera convocatoria, o, en caso de no alcanzarse el quórum legalmente establecido, en segunda convocatoria, a la misma hora el día 16 de diciembre de 2025, sin asistencia física de los accionistas y sus representantes, a través de la página web corporativa de la Sociedad (www.ezentis.com), conforme a las instrucciones del presente anuncio de convocatoria. Se informa de que se prevé la celebración de la junta en segunda convocatoria.

La Junta General extraordinaria de accionistas de la Sociedad se considerará celebrada en el domicilio social y se convoca al objeto de deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

I. Puntos relativos al capital social:

    1. Aprobación de un aumento del capital social de la Sociedad, en cumplimiento de lo establecido en la escritura elevada a público ante el Notario de Badalona, D. Arturo Pérez López, bajo el número 2.177 de su protocolo, de formalización de la transmisión de 5 participaciones sociales de fecha 29 de septiembre de 2025, por un importe total, nominal más prima de cuatrocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos tres euros con catorce céntimos de euro (444.403,14.€), mediante la emisión de tres millones novecientos sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta y seis (3.964.346) nuevas acciones ordinarias de la Sociedad de 0,000129410526425 € de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 0,11197 euros por acción, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, para su suscripción por diversos acreedores, cuyo desembolso se llevará a cabo mediante compensación de créditos.
    1. Aprobación de un aumento del capital social de la Sociedad, en cumplimiento de lo establecido en el contrato de compraventa de fecha 16 de octubre de 2025, por un importe total, nominal más prima de quinientos cuarenta y ocho mil noventa y seis euros con ochenta céntimos de euro (548.096,80.€), mediante la emisión de cuatro millones novecientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro (4.964.644) nuevas acciones ordinarias de la Sociedad de 0,000129410526425 € de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 0,11027061 euros por acción, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, para su suscripción por diversos acreedores, cuyo desembolso se llevará a cabo mediante compensación de créditos.

    1. Aprobación de un aumento del capital social de la Sociedad, en cumplimiento de lo establecido en el Préstamo Convertible de Eléctrica Nuriel, S.L.U., de fecha 25 de septiembre de 2025, por un importe total, nominal más prima de seiscientos mil euros (600.000.€) mediante la emisión de seis millones ciento cincuenta y tres mil ochocientas cuarenta y seis (6.153.846) nuevas acciones ordinarias de la Sociedad de 0,000129410526425 € de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 0,0973706 euros por acción, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, para su suscripción por diversos acreedores, cuyo desembolso se llevará a cabo mediante compensación de créditos.
    1. Aprobación de un aumento del capital social de la Sociedad, en cumplimiento de lo establecido en el Préstamo Convertible de Coenersol, S.L., de fecha 10 de octubre de 2025, por un importe total, nominal más prima de un millón cuatrocientos mil euros (1.400.000.€) mediante la emisión de catorce millones trescientas cincuenta y ocho mil novecientas setenta y cuatro (14.358.974) nuevas acciones ordinarias de la Sociedad de 0,000129410526425 € de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 0,0973706 euros por acción, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, para su suscripción por diversos acreedores, cuyo desembolso se llevará a cabo mediante compensación de créditos.

II. Puntos relativos a las normas de gobierno de la Sociedad:

    1. Modificación del apartado 1 del artículo 25 ("Lugar y tiempo de celebración de la Junta General de Accionistas") del Capítulo I del Título III de los Estatutos Sociales de la Sociedad a los efectos de incorporar precisiones sistemáticas.
    1. Modificación del apartado 1 del artículo 17 ("Lugar de celebración") de la Sección V del Reglamento de la Junta General de accionistas a los efectos de incorporar precisiones sistemáticas.

III. Puntos relativos a las autorizaciones y delegaciones al Consejo de Administración:

  1. Delegación en el Consejo de Administración de las facultades de interpretación, subsanación, ejecución, formalización e inscripción de los acuerdos adoptados.

PRESENTACIÓN DE NUEVAS PROPUESTAS DE ACUERDO

De conformidad con lo establecido en los artículos 519.3 de la Ley de Sociedades de Capital, 18.6 de los Estatutos Sociales y 9.8.b del Reglamento de la Junta, los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día de la presente Junta General.

El ejercicio de este derecho deberá notificarse de forma fehaciente a la Secretaria no consejera del Consejo de Administración de Ezentis, y recibirse en el domicilio social (Calle

Automoción 26-28, 41007 Sevilla) dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación de esta convocatoria.

En el escrito se hará constar de manera clara y expresa la propuesta de acuerdo que se formule, la identidad del solicitante, y se acreditará su condición de accionista y el número de acciones de que es titular. Las propuestas fundamentadas de acuerdo y la documentación que, en su caso, se adjunte se publicarán en la página web de la Sociedad (www.ezentis.com) y estarán disponibles para los accionistas en los mismos términos que las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración de la Sociedad.

DERECHO DE INFORMACIÓN

De acuerdo con los artículos 272, 287, 518 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, 24 de los Estatutos Sociales y 10 del Reglamento de la Junta General, desde la fecha de publicación de la convocatoria, los señores accionistas podrán solicitar a la atención del Presidente del Consejo de Administración, al domicilio de la Sociedad (Calle Automoción 26-28, 41007 Sevilla) o por correo electrónico a la dirección [email protected], la entrega o el envío, por parte de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, de los textos completos de las propuestas de acuerdo sobre todos y cada uno de los puntos del Orden del Día; los informes y propuestas elaborados por el Consejo de Administración, los relativos a las ampliaciones de capital, modificación de Estatutos Sociales y Reglamento de la Junta General correspondientes a los puntos 5 y 6 del Orden del Día; los informes y certificaciones emitidos por los auditores de cuentas de la Sociedad acerca de los puntos del Orden del Día que lo requieren, las propuestas fundamentadas de acuerdo presentadas por los accionistas, en su caso; el presente anuncio de convocatoria; el número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria; el modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia; así como de la restante documentación que con ocasión de la celebración de esta Junta General de Accionistas deba ponerse necesariamente a su disposición. También podrán los señores accionistas examinar la referida documentación en el domicilio social (Calle Automoción 26-28, 41007 Sevilla), de lunes a viernes laborables en horario de 9:00 a 18:00 horas. Sin perjuicio de lo anterior, desde la publicación del anuncio de convocatoria y hasta la celebración de la Junta General, toda la documentación relativa a la Junta General se encuentra a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad (www.ezentis.com) de forma ininterrumpida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 518 de la Ley de Sociedades de Capital.

De conformidad con los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, 24 de los Estatutos Sociales y 11 del Reglamento de la Junta General, hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta General, los señores accionistas, sin perjuicio de los derechos reconocidos por la Ley, los Estatutos Sociales y el Reglamento de la Junta General, podrán plantear las cuestiones y preguntas que, relacionadas con el Orden del Día de la misma, con la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General

(21 de enero de 2025) y acerca del informe del auditor, estimen pertinentes, bien mediante entrega personal de la petición escrita o mediante su remisión por correo postal al domicilio de la Sociedad (Calle Automoción 26-28, 41007 Sevilla) a la atención del Presidente del Consejo de Administración, o por correo electrónico a la dirección [email protected]. El solicitante deberá acreditar su identidad adjuntando copia de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte y, si se tratara de personas jurídicas, documento de acreditación suficiente de su representación. Adicionalmente, el solicitante deberá acreditar su condición de accionista o proporcionar los datos suficientes (número de acciones y entidad depositaria) para que puedan ser verificados por la Sociedad. Las preguntas formuladas serán contestadas por el mismo medio hasta el día de la celebración de la Junta General.

DERECHO DE ASISTENCIA

En virtud de lo establecido en los artículos 21 de los Estatutos Sociales y 13.1 del Reglamento de la Junta General, tendrán derecho de asistencia a la Junta General los titulares de acciones representadas por medio de anotaciones en cuenta que las tengan inscritas a su nombre en los registros de detalle de las entidades adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear) con cinco (5) días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta. La Sociedad no exige un número mínimo de acciones para poder asistir a la Junta General de Accionistas, votar y tomar parte en sus deliberaciones.

DERECHO DE REPRESENTACIÓN

El derecho de asistencia es delegable con arreglo a lo establecido sobre esta materia en los artículos 22 y 22 bis de los Estatutos Sociales, 14 del Reglamento de la Junta y 522 de la Ley de Sociedades de Capital. En este sentido, los accionistas que tengan derecho de asistencia podrán hacerse representar en la Junta General por cualquier persona, aunque esta no sea accionista.

La representación deberá conferirse por escrito o por los medios de comunicación a distancia previstos en esta convocatoria y con carácter especial para cada Junta.

En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas y tendrá la obligación de conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la Junta General.

A este respecto, en el supuesto de toda tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia remitida por un accionista a la Sociedad con la delegación de voto debidamente firmada sin que esté consignado el nombre del representante, la representación conferida por el accionista será ejercida por el Presidente de la Junta General de Accionistas. Si la delegación hubiera sido otorgada sin expresas instrucciones de voto en relación con todos o algunos de los puntos del Orden del Día, incluyendo a estos efectos los que puedan incluirse mediante un complemento de convocatoria, se entenderá que la decisión del accionista es la de votar en sentido afirmativo a las propuestas de acuerdo que el Consejo de Administración formule

o, en el caso de propuestas que puedan presentar accionistas, en el sentido que sea más favorable a los intereses del accionista representado, a juicio del Consejo de Administración.

La Sociedad ha puesto a disposición del accionista el modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia en la página web de la Sociedad (www.ezentis.com).

Salvo indicación expresa en contrario del representado, en caso de que el representante se encuentre incurso en una situación de conflicto de interés, se entenderá que el representado ha designado, además, como representantes, subsidiaria y sucesivamente, al Presidente de la Junta General de Accionistas y, si este estuviese en situación de conflicto de interés, al Secretario de la Junta General de Accionistas y, si este estuviese a su vez en situación de conflicto de interés, a la Vicesecretaria del Consejo de Administración. La persona que ostente la representación no estará incursa en causa de conflicto de interés cuando los accionistas representados hubieran hecho constar instrucciones de voto precisas al representante.

Las solicitudes públicas dirigidas al conjunto de los accionistas de Ezentis recabando delegaciones de voto con vistas a la Junta General deberán cumplir con los requisitos impuestos por la Ley de Sociedades de Capital, así como con lo dispuesto en el artículo 22 bis de los Estatutos de la Sociedad y el artículo 14.10 del Reglamento de la Junta de la Sociedad, en materia tanto de solicitud pública de representación como de potenciales situaciones de conflicto de interés del representante, requisitos que serán verificados en la Junta General a los efectos de aceptar la validez de las correspondientes delegaciones.

Se informa de que se encuentran en situación de conflicto de intereses en los supuestos recogidos en los apartados b) o c) del artículo 526.1 de la Ley de Sociedades de Capital que pudieran presentarse fuera del Orden del Día con arreglo a la Ley, el consejero afectado, en su caso.

La representación es siempre revocable. La asistencia del accionista representado a la Junta General de Accionistas, ya sea personalmente − telemáticamente− o por haber emitido el voto por medios de comunicación a distancia con carácter previo a la Junta, se considerará como revocación de la representación otorgada.

Otorgamiento de la representación por medios de comunicación a distancia:

De conformidad con lo previsto en los artículos 22.2 de los Estatutos Sociales y 14.2 del Reglamento de la Junta General, todos los accionistas con derecho de asistencia podrán otorgar su representación por alguno de los siguientes medios:

i) Entrega o envío a la Sociedad por correspondencia postal de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia debidamente cumplimentada y firmada por el accionista al domicilio social (Calle Automoción 26-28, 41007 Sevilla) o a la oficina de Madrid (Calle Santa Leonor, 65, planta 4ª, Edificio A, 28037 Madrid), a la atención del Presidente del Consejo de Administración, acompañada de la tarjeta de asistencia o certificado de legitimación expedido por alguna de las entidades depositarias

adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear) que acredite su condición de accionista y de copia de su Documento Nacional de Identidad, pasaporte o cualquier otro documento identificativo oficial válido a estos efectos.

ii) Comunicación electrónica emitida bajo firma electrónica del accionista a través del siguiente enlace https://ezentis.juntadeaccionistas.es, disponible en la página web corporativa (www.ezentis.com) de la Sociedad, para lo que deberán seguir las instrucciones previstas en la página web y acreditar su identidad mediante alguno de los siguientes medios: (a) Documento Nacional de Identidad Electrónico; (b) certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con la normativa aplicable, y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; o (c) las credenciales de "usuario y contraseña" que el accionista recibirá en su dirección de correo electrónico, tras la verificación de su identidad y su condición de accionista, a través de un formulario especial de registro disponible en el apartado destinado al efecto.

Salvo indicación contraria del accionista representado, la representación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el Orden del Día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta. En este caso, si el accionista no indica otra cosa, el representante ejercerá el voto en el sentido que, a su juicio, sea más favorable a los intereses del accionista representado.

La persona a cuyo favor se confiera la representación solo podrá ejercitarla asistiendo personalmente a la Junta, telemáticamente, en los términos previstos en esta convocatoria.

La representación conferida por cualquiera de los medios previstos en la presente convocatoria deberá recibirse por la Sociedad antes de las 24 horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera o segunda convocatoria, según corresponda. Con posterioridad al plazo indicado, sólo serán válidas las representaciones conferidas por escrito que se presenten a los servicios de organización de la Junta, en el lugar y día de celebración de la Junta General y con carácter previo a la hora de inicio de la reunión.

La Sociedad ha puesto a disposición del accionista el modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia en la página web de la Sociedad (www.ezentis.com).

DERECHO DE VOTO POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA CON CARÁCTER PREVIO A LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA GENERAL

De conformidad con lo previsto en los artículos 23 de los Estatutos Sociales y 34 del Reglamento de la Junta General, todos los accionistas con derecho de asistencia podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día de la convocatoria con carácter previo a la celebración de la Junta General por alguno de los siguientes medios:

  • i) Entrega o envío a la Sociedad por correspondencia postal de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia debidamente cumplimentada, al domicilio social (Calle Automoción 26-28, 41007 Sevilla) o a la oficina de Madrid (Calle Santa Leonor, 65, planta 4ª, Edificio A, 28037 Madrid) a la atención del Presidente del Consejo de Administración, acompañada de la tarjeta de asistencia o certificado de legitimación expedido por alguna de las entidades depositarias adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear) que acredite su condición de accionista y de copia de su Documento Nacional de Identidad, pasaporte o cualquier otro documento identificativo oficial válido a estos efectos.
  • ii) Comunicación electrónica a través del siguiente enlace https://ezentis.juntadeaccionistas.es, disponible en la página web corporativa (www.ezentis.com) de la Sociedad, para lo que deberán seguir las instrucciones previstas en la página web y acreditar su identidad mediante alguno de los siguientes medios: (a) Documento Nacional de Identidad Electrónico; (b) certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con la normativa aplicable, y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; o (c) las credenciales de "usuario y contraseña" que el accionista recibirá en su dirección de correo electrónico, tras la verificación de su identidad y su condición de accionista, a través de un formulario especial de registro disponible en el apartado destinado al efecto.

Los votos emitidos mediante comunicación electrónica o correspondencia postal habrán de recibirse por la Sociedad antes de las 24 horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera o segunda convocatoria, según corresponda.

La Sociedad ha puesto a disposición del accionista el modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia en la página web de la Sociedad (www.ezentis.com).

ASISTENCIA TELEMÁTICA A LA JUNTA GENERAL

En virtud de lo establecido en los artículos 23 bis de los Estatutos Sociales, 35 del Reglamento de la Junta General y 182 de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejo de Administración ha acordado que los accionistas y representantes de accionistas puedan asistir a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de forma exclusivamente telemática, para lo que deberán seguir las instrucciones recogidas a continuación:

i) Registro previo. Los accionistas que deseen asistir telemáticamente a la Junta, o sus representantes, deberán registrarse entre las 11:30 horas del día 12 de diciembre de 2025 y hasta el día 15 de diciembre de 2025 a las 10:30 horas (CEST) a través del siguiente enlace https://ezentis-asistenciatelematica.juntadeaccionistas.es, disponible en la página web corporativa (www.ezentis.com) de la Sociedad, acreditando su identidad mediante

alguno de los siguientes medios: (a) Documento Nacional de Identidad Electrónico; (b) certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con la normativa aplicable, y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; o (c) las credenciales de "usuario y contraseña" que el accionista o su representante recibirá en su dirección de correo electrónico, tras la verificación de su identidad y su condición de accionista o representante, a través de un formulario especial de registro disponible en el apartado destinado al efecto.

Además de lo anterior, para que el representante pueda asistir telemáticamente a la Junta General, se deberá acreditar la delegación (salvo que la delegación se haya otorgado por medios electrónicos) y la identidad del representante ante la Sociedad, mediante remisión de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia debidamente cumplimentada, y copia del DNI, NIE o pasaporte del representante, que habrán de recibirse por la Sociedad en el domicilio social (Calle Automoción 26-28, 41007 Sevilla) o en la oficina de Madrid (Calle Santa Leonor, 65, planta 4ª, Edificio A, 28037 Madrid) o en la dirección de correo electrónico: [email protected], antes de las 10:30 horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera o segunda convocatoria, según corresponda.

ii) Conexión y acceso. El accionista, o su representante que se haya registrado para asistir telemáticamente a la Junta General deberá conectarse en la página web corporativa (www.ezentis.com) el día de celebración de la Junta General, esto es, el día 15 de diciembre de 2025 o, en su caso, el día 16 de diciembre de 2025, según se celebre en primera o en segunda convocatoria, respectivamente, entre las 8:30 horas y las 11:30 horas (CEST), e identificarse conforme alguno de los medios previstos en el apartado i) anterior, según se le indique en las instrucciones correspondientes. No se admitirá la conexión de los asistentes fuera de esta franja horaria.

La Sociedad se reserva el derecho de solicitar a los accionistas o sus representantes los medios de identificación adicionales que considere necesarios para comprobar su condición de accionistas y garantizar su autenticidad.

iii) Derechos de intervención, información y propuesta. De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, las intervenciones, propuestas de acuerdos en los casos permitidos legalmente o solicitud de informaciones o aclaraciones acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor que, conforme a dicha Ley, tengan intención de formular quienes vayan a asistir por medios telemáticos, deberán remitirse a la Sociedad, por escrito y en todo caso, en la forma, términos y condiciones establecidos en la citada página web de la Sociedad, entre las 8:30 horas y las 11:00 horas (CEST) del día de celebración de la Junta.

En el caso de que el accionista o su representante quiera que su intervención figure literalmente en el acta de la reunión deberá hacerlo constar expresamente en el referido formulario de intervenciones, adjuntando en su caso la citada intervención.

Las solicitudes de informaciones o aclaraciones de los accionistas o sus representantes que asistan telemáticamente serán contestadas verbalmente durante la Junta General o por escrito dentro de los siete días siguientes a su celebración.

iv) Derecho de voto. Los accionistas o sus representantes debidamente registrados que asistan telemáticamente podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día a través de la citada página web corporativa y conforme al correspondiente formulario de voto desde las 8:30 horas del día de celebración de la Junta y hasta que se declare por el Presidente o por el Secretario de la Junta la conclusión del período de votación de las propuestas de acuerdo relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día.

De igual modo, respecto a las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que, de conformidad con la Ley, no figuren en el Orden del Día, los asistentes por medios telemáticos podrán emitir sus votos a partir del momento en que por el Secretario de la Junta General se dé lectura a dichas propuestas y se habilite el correspondiente formulario a través de la página web corporativa para proceder a su votación.

En todo caso, el proceso de votación por vía telemática respecto de todas las propuestas sometidas a la Junta General finalizará en el momento posterior en el que se declare por el Presidente o por el Secretario la conclusión del período de votación de las propuestas de acuerdo.

  • v) Abandono de la reunión. El asistente por medios telemáticos que desee manifestar su abandono expreso de la Junta, deberá hacerlo enviando una comunicación electrónica a través de la página web corporativa (que deberá incluir su decisión de abandonar la reunión, su nombre y apellidos o denominación social y la indicación de las acciones de las que es titular o representa) a la siguiente dirección: [email protected]. Una vez comunicada su voluntad expresa de abandonar la reunión, se tendrán por no realizadas todas las actuaciones que efectúe con posterioridad.
  • vi) Otras cuestiones. La Sociedad no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista o representante derivados de la falta ocasional de disponibilidad de su página web, así como de averías, sobrecargas, caídas de línea, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, sin perjuicio de que se adopten las medidas que cada situación requiera, entre ellas, la eventual suspensión temporal o prórroga de la Junta si ello fuese preciso para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los accionistas o sus representantes.

La asistencia telemática del accionista dejará sin efecto el voto o la delegación realizados con anterioridad por cualquier otro procedimiento establecido por la Sociedad.

RETRANSMISIÓN DE LA JUNTA GENERAL

La Junta General de Accionistas será transmitida en directo por Internet, y a ella podrán acceder tanto los accionistas como quienes no sean accionistas, y una vez finalizada podrá ser seguida en diferido a través de la página web www.ezentis.com. Se hace notar a los accionistas que el acceso a la retransmisión en tiempo real de la junta a través del espacio indicado no supondrá por sí misma la asistencia telemática a la junta ni les permitirá participar en la misma mediante el ejercicio de los derechos de voto o intervención que les asisten, para lo cual deberá seguirse el procedimiento y reglas de acceso expresamente aprobadas al efecto indicadas en el apartado precedente.

FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Junta General, en relación con el 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad ha habilitado un foro electrónico de accionistas en la página web de la Sociedad (www.ezentis.com).

Las Normas de funcionamiento del foro electrónico de accionistas se encuentran disponibles en la página web corporativa (www.ezentis.com).

INTERVENCIÓN DE NOTARIO EN LA JUNTA

El Consejo de Administración ha acordado requerir asistencia telemática de Notario para que levante acta de la Junta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203.1 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con los artículos 101 del Reglamento del Registro Mercantil, 18.9 de los Estatutos Sociales y 9.11 del Reglamento de la Junta General.

PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a Grupo Ezentis, S.A., con NIF A28085207, para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General o que sean facilitados por entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), serán tratados por Grupo Ezentis, S.A., en calidad de responsable de tratamiento, únicamente a los efectos de convocatoria, organización, celebración y difusión de la Junta General, siendo la base del tratamiento una obligación legal y conservándose los datos durante todo el tiempo en que subsista la relación e incluso, posteriormente, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas.

Los datos serán accesibles al notario que asistirá a la Junta General y podrán ser facilitados a terceros en el ejercicio del derecho de información previsto en la ley o accesibles al público en la medida en que consten en la documentación disponible en la página web corporativa (www.ezentis.com) o se manifiesten en la Junta General, cuyo desarrollo podrá ser objeto de grabación audiovisual y difusión pública en dicha página web. Al asistir a la Junta General, el/la asistente presta su consentimiento para esta grabación y difusión.

Los titulares de los datos personales podrán remitir sus solicitudes de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación de su tratamiento, así como oponerse al mismo de conformidad con lo dispuesto en la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal, dirigiéndose al Departamento de Asesoría Jurídica de Grupo Ezentis, S.A., sito en la c/ Santa Leonor 65, Parque Empresarial Avalon, Edificio A, 4ª planta, 28037, Madrid, acreditando debidamente su identidad. En todo caso, podrá interponer una reclamación y/o solicitar más información ante la autoridad de control de protección de datos competente.

En aquellos casos en que se incluyan datos de carácter personal de terceros en la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia, el accionista deberá informarles de los extremos señalados anteriormente y cumplir con cualquier otro requisito que fuera necesario para la cesión de los datos de carácter personal a Grupo Ezentis, S.A., sin que esta deba realizar ninguna acción adicional.

PREVISIÓN DE CELEBRACIÓN DE LA JUNTA GENERAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA

De acuerdo con la experiencia de Juntas anteriores, se prevé la celebración de la Junta General en segunda convocatoria, en el lugar y hora antes señalados.

Madrid, a 6 de noviembre de 2025 Doña Naiara Bueno Aybar Secretaria no consejera del Consejo de Administración

PROPUESTAS DE ACUERDO QUE SE SOMETEN A LA APROBACIÓN DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE GRUPO EZENTIS, S.A. CONVOCADA PARA SU CELEBRACIÓN DÍAS 15 o 16 DE DICIEMBRE DE 2025, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

Acuerdo Primero: Aprobación de un aumento del capital social de la Sociedad, en cumplimiento de lo establecido en la escritura elevada a público ante el Notario de Badalona, D. Arturo Pérez López, bajo el número 2.177 de su protocolo, de formalización de la transmisión de 5 participaciones sociales de fecha 29 de septiembre de 2025, por un importe total, nominal más prima de cuatrocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos tres euros con catorce céntimos de euro (444.403,14.€), mediante la emisión de tres millones novecientos sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta y seis (3.964.346) nuevas acciones ordinarias de la Sociedad de 0,000129410526425 € de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 0,11197 euros por acción, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, para su suscripción por diversos acreedores, cuyo desembolso se llevará a cabo mediante compensación de créditos.

(i) Emisión y tipo de emisión de las acciones

Se acuerda de conformidad con lo previsto en el artículo 296 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC") aumentar el capital social de la Sociedad, con desembolso del mismo mediante compensación de créditos, en un importe ascendente a 444.403,14.-€, mediante la emisión y puesta en circulación de 3.964.346 nuevas acciones, de 0,000129410526425 euros de valor nominal cada una de ellas y de igual clase a las existentes representadas mediante anotaciones en cuenta y destinadas a determinados acreedores de la Sociedad.

El capital social resultante del aumento de capital se incrementará en la cantidad de quinientos trece euros con tres céntimos de euro (513,03 €) mediante la emisión y puesta en circulación de 3.964.346 nuevas acciones, de 0,000129410526425 de valor nominal cada una de ellas.

Las acciones se emiten con una prima de emisión por acción de 0,11197 euros, por lo que la prima de emisión total asciende a cuatrocientos cuarenta y tres mil ochocientos noventa euros con once céntimos de euro (443.890,11 €).

(ii) Suscripción, contravalor y desembolso del aumento de capital

Las nuevas acciones emitidas se desembolsan y suscriben, en este acto, por las personas físicas y jurídicas y en el número según se relaciona en el cuadro adjunto con Anexo 1, en el cual se deja expresa constancia de:

i. la identidad de los aportantes, cuyos datos completos se han hecho constar en el

informe elaborado por el órgano de administración de la Sociedad (el "Informe"), cuya copia se incorpora a este Acta, como Anexo 2 y cuyos términos se dan aquí por íntegramente reproducidos en evitación de innecesarias reiteraciones;

  • ii. los créditos que compensan, cuya naturaleza y características han quedado descritas en el Informe;
  • iii. el importe de los créditos que se compensan;
  • iv. las acciones emitidas y suscritas por cada aportante, con indicación de su numeración;
  • v. el importe de aumento de capital, así como la prima de emisión total y la prima de emisión por cada acción nueva emitida.

Se hace constar que, de conformidad con el artículo 301.3 LSC, al tiempo de la convocatoria de la junta general se ha puesto a disposición de los accionistas en el domicilio social una certificación del auditor de cuentas de la Sociedad que acredita que, una vez verificada la contabilidad social, resultan exactos los datos ofrecidos por los administradores sobre los créditos a compensar en el Informe.

Con la suscripción y el desembolso expuestos, las nuevas acciones emitidas quedan completamente suscritas y tanto el nominal de éstas, como la prima de emisión creada, quedan totalmente desembolsadas todas ellas de igual clase y serie.

(iii) Derecho de suscripción preferente

En atención a lo dispuesto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, al ser un aumento de capital por compensación de créditos, y no haber, por tanto, aportaciones dinerarias, no hay lugar al derecho de suscripción preferente.

(iv) Derechos de las nuevas acciones

Las acciones de nueva emisión serán ordinarias, iguales a las actualmente en circulación y estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable se atribuirá a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (en adelante, "Iberclear") y a sus entidades participantes.

Las nuevas acciones conferirán a sus titulares los mismos derechos económicos y políticos que las acciones en circulación a partir de la fecha en que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado por las personas facultadas al efecto conforme al apartado (vii) siguiente. En particular, los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a percibir las cantidades a cuenta de dividendos y pagos complementarios de dividendos que, en su caso, se satisfagan a partir de la fecha en que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado.

(v) Ejecución del aumento de capital

Al amparo de lo establecido en el artículo 297.1.(a) de la Ley de Sociedades de Capital, se

acuerda facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución en cualquiera de sus miembros, para que, dentro del plazo máximo de un (1) año a contar desde la fecha del acuerdo de la Junta General, y con arreglo a las condiciones indicadas en los párrafos precedentes, ejecute en el modo y manera que tenga por conveniente el acuerdo y decida la fecha en la que, en su caso, este aumento deba llevarse a efecto. Asimismo, se faculta al Consejo de Administración para fijar las condiciones del aumento en todo lo no previsto por esta Junta General, incluyendo la modificación de la redacción del artículo 5 de los Estatutos Sociales para adaptarlo a la nueva cifra de capital social, realizando cuantos actos sean precisos para lograr la inscripción del aumento de capital en el Registro Mercantil.

(vi) Admisión a negociación de las nuevas acciones

Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las acciones objeto de emisión en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo), y requerir ante los organismos competentes la inclusión de las nuevas acciones de EZENTIS en los registros contables de Iberclear, a cuyo efecto el Consejo de Administración podrá llevar a cabo las correspondientes solicitudes, elaborar y presentar todos los documentos oportunos en los términos que considere convenientes y realizar cuantos actos sean necesarios con dicho propósito.

Se hace constar expresamente que, en caso de que se solicitase posteriormente la exclusión de la negociación de las acciones de la Sociedad, ésta se adoptaría con las mismas formalidades y, en tal supuesto, se garantizaría el interés de los accionistas, cumpliendo con los requisitos previstos en la Ley 6/2023, de 17 de marzo, por el que se aprueba la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, así como en cualesquiera otras normas vigentes que resulten aplicables en cada momento.

(vii) Delegación de facultades

Sin perjuicio de las delegaciones concedidas anteriormente, se acuerda facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución en el Presidente del Consejo de Administración, Consejero Delegado y Secretario del Consejo, para que, cualquiera de ellos, de forma indistinta y solidaria, en nombre y representación de la Sociedad, pueda formalizar cualquier documento público o privado y lleve a cabo cualquier trámite o actuación que resulte conveniente o necesaria para la plena ejecución de los anteriores acuerdos, pudiendo en particular, con carácter indicativo y no limitativo:

  • a. decidir la fecha en la que el aumento de capital deba llevarse a efecto;
  • b. fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en este acuerdo y de conformidad con sus términos y condiciones;
  • c. declarar la ampliación de capital incompleta y determinar la cuantía efectivamente suscrita;
  • d. fijar el importe exacto del número de nuevas acciones a emitir, de conformidad con el criterio de valoración establecido en el presente acuerdo;
  • e. dar una nueva redacción al artículo quinto de los Estatutos Sociales de la Sociedad que fija el capital social para que refleje la cifra de capital y el número de acciones en

circulación resultantes de la ejecución del aumento de capital objeto del presente acuerdo;

  • f. declarar cerrado el aumento de capital en la cuantía indicada, una vez suscritas y desembolsadas las nuevas acciones, y otorgando cuantos documentos públicos y privados sean convenientes para la ejecución total o parcial del aumento de capital, así como para que, sin perjuicio de cualquier otro apoderamiento existente para elevar a público los acuerdos sociales, cualquiera de ellos comparezca ante Notario y otorgue la correspondiente escritura de aumento de capital y modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales de EZENTIS y, en su caso, para subsanar y aclarar este acuerdo en los términos que sean necesarios para lograr su plena inscripción en el Registro Mercantil;
  • g. realizar todos los trámites necesarios para que las nuevas acciones resultantes del aumento de capital sean inscritas en los registros contables de Iberclear y admitidas a negociación en las Bolsas de Valores en las que cotizan las acciones de la Sociedad actualmente en circulación, así como en el Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo); y
  • h. en general, para realizar los actos, presentar las solicitudes, suscribir los documentos y llevar a cabo las actuaciones que se precisen para la plena efectividad y cumplimiento de los acuerdos precedentes.

Acuerdo Segundo: Aprobación de un aumento del capital social de la Sociedad, en cumplimiento de lo establecido en el contrato de compraventa de fecha 16 de octubre de 2025, por un importe total, nominal más prima de quinientos cuarenta y ocho mil noventa y seis euros con ochenta céntimos de euro (548.096,80.€), mediante la emisión de cuatro millones novecientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro (4.964.644) nuevas acciones ordinarias de la Sociedad de 0,000129410526425 € de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 0,11027061 euros por acción, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, para su suscripción por diversos acreedores, cuyo desembolso se llevará a cabo mediante compensación de créditos.

(i) Emisión y tipo de emisión de las acciones

Se acuerda de conformidad con lo previsto en el artículo 296 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC") aumentar el capital social de la Sociedad, con desembolso del mismo mediante compensación de créditos, en un importe ascendente a 548.096,80 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 4.964.644 nuevas acciones, de 0,000129410526425 euros de valor nominal cada una de ellas y de igual clase a las existentes representadas mediante anotaciones en cuenta y destinadas a determinados acreedores de la Sociedad.

El capital social resultante de del aumento de capital se incrementará en la cantidad de seiscientos cuarenta y dos euros con cuarenta y ocho céntimos de euro (642,48 €) mediante la emisión y puesta en circulación de 4.964.644 nuevas acciones, de 0,000129410526425 de

valor nominal cada una de ellas.

Las acciones se emiten con una prima de emisión por acción de 0,11027061 euros, por lo que la prima de emisión total asciende a quinientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y cuatro euros con treinta y dos céntimos de euro (547.454,32 €).

(ii) Suscripción, contravalor y desembolso del aumento de capital

Las nuevas acciones emitidas se desembolsan y suscriben, en este acto, por las personas físicas y en el número según se relaciona en el cuadro adjunto con Anexo 1, en el cual se deja expresa constancia de:

  • i. la identidad de los aportantes, cuyos datos completos se han hecho constar en el informe elaborado por el órgano de administración de la Sociedad (el "Informe"), cuya copia se incorpora a este Acta, como Anexo 2 y cuyos términos se dan aquí por íntegramente reproducidos en evitación de innecesarias reiteraciones;
  • ii. los créditos que compensan, cuya naturaleza y características han quedado descritas en el Informe;
  • iii. el importe de los créditos que se compensan;
  • iv. las acciones emitidas y suscritas por cada aportante, con indicación de su numeración;
  • v. el importe de aumento de capital, así como la prima de emisión total y la prima de emisión por cada acción nueva emitida.

Se hace constar que, de conformidad con el artículo 301.3 LSC, al tiempo de la convocatoria de la junta general se ha puesto a disposición de los accionistas en el domicilio social una certificación del auditor de cuentas de la Sociedad que acredita que, una vez verificada la contabilidad social, resultan exactos los datos ofrecidos por los administradores sobre los créditos a compensar en el Informe.

Con la suscripción y el desembolso expuestos, las nuevas acciones emitidas quedan completamente suscritas y tanto el nominal de éstas, como la prima de emisión creada, quedan totalmente desembolsadas todas ellas de igual clase y serie.

(iii) Derecho de suscripción preferente

En atención a lo dispuesto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, al ser un aumento de capital por compensación de créditos, y no haber, por tanto, aportaciones dinerarias, no hay lugar al derecho de suscripción preferente.

(iv) Derechos de las nuevas acciones

Las acciones de nueva emisión serán ordinarias, iguales a las actualmente en circulación y estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable se atribuirá a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (en adelante, "Iberclear") y a sus entidades participantes.

Las nuevas acciones conferirán a sus titulares los mismos derechos económicos y políticos que las acciones en circulación a partir de la fecha en que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado por las personas facultadas al efecto conforme al apartado (vii) siguiente. En particular, los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a percibir las cantidades a cuenta de dividendos y pagos complementarios de dividendos que, en su caso, se satisfagan a partir de la fecha en que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado.

(v) Ejecución del aumento de capital

Al amparo de lo establecido en el artículo 297.1.(a) de la Ley de Sociedades de Capital, se acuerda facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución en cualquiera de sus miembros, para que, dentro del plazo máximo de un (1) año a contar desde la fecha del acuerdo de la Junta General, y con arreglo a las condiciones indicadas en los párrafos precedentes, ejecute en el modo y manera que tenga por conveniente el acuerdo y decida la fecha en la que, en su caso, este aumento deba llevarse a efecto. Asimismo, se faculta al Consejo de Administración para fijar las condiciones del aumento en todo lo no previsto por esta Junta General, incluyendo la modificación de la redacción del artículo 5 de los Estatutos Sociales para adaptarlo a la nueva cifra de capital social, realizando cuantos actos sean precisos para lograr la inscripción del aumento de capital en el Registro Mercantil.

(vi) Admisión a negociación de las nuevas acciones

Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las acciones objeto de emisión en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo), y requerir ante los organismos competentes la inclusión de las nuevas acciones de EZENTIS en los registros contables de Iberclear, a cuyo efecto el Consejo de Administración podrá llevar a cabo las correspondientes solicitudes, elaborar y presentar todos los documentos oportunos en los términos que considere convenientes y realizar cuantos actos sean necesarios con dicho propósito.

Se hace constar expresamente que, en caso de que se solicitase posteriormente la exclusión de la negociación de las acciones de la Sociedad, ésta se adoptaría con las mismas formalidades y, en tal supuesto, se garantizaría el interés de los accionistas, cumpliendo con los requisitos previstos en la Ley 6/2023, de 17 de marzo, por el que se aprueba la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, así como en cualesquiera otras normas vigentes que resulten aplicables en cada momento.

(vii)Delegación de facultades

Sin perjuicio de las delegaciones concedidas anteriormente, se acuerda facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución en el Presidente del Consejo de Administración, Consejero Delegado y Secretario del Consejo, para que, cualquiera de ellos, de forma indistinta y solidaria, en nombre y representación de la Sociedad, pueda formalizar

cualquier documento público o privado y lleve a cabo cualquier trámite o actuación que resulte conveniente o necesaria para la plena ejecución de los anteriores acuerdos, pudiendo en particular, con carácter indicativo y no limitativo:

  • a. decidir la fecha en la que el aumento de capital deba llevarse a efecto;
  • b. fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en este acuerdo y de conformidad con sus términos y condiciones;
  • c. declarar la ampliación de capital incompleta y determinar la cuantía efectivamente suscrita;
  • d. fijar el importe exacto del número de nuevas acciones a emitir, de conformidad con el criterio de valoración establecido en el presente acuerdo;
  • e. dar una nueva redacción al artículo quinto de los Estatutos Sociales de la Sociedad que fija el capital social para que refleje la cifra de capital y el número de acciones en circulación resultantes de la ejecución del aumento de capital objeto del presente acuerdo;
  • f. declarar cerrado el aumento de capital en la cuantía indicada, una vez suscritas y desembolsadas las nuevas acciones, y otorgando cuantos documentos públicos y privados sean convenientes para la ejecución total o parcial del aumento de capital, así como para que, sin perjuicio de cualquier otro apoderamiento existente para elevar a público los acuerdos sociales, cualquiera de ellos comparezca ante Notario y otorgue la correspondiente escritura de aumento de capital y modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales de EZENTIS y, en su caso, para subsanar y aclarar este acuerdo en los términos que sean necesarios para lograr su plena inscripción en el Registro Mercantil;
  • g. realizar todos los trámites necesarios para que las nuevas acciones resultantes del aumento de capital sean inscritas en los registros contables de Iberclear y admitidas a negociación en las Bolsas de Valores en las que cotizan las acciones de la Sociedad actualmente en circulación, así como en el Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo); y
  • h. en general, para realizar los actos, presentar las solicitudes, suscribir los documentos y llevar a cabo las actuaciones que se precisen para la plena efectividad y cumplimiento de los acuerdos precedentes.

Acuerdo Tercero: Aprobación de un aumento del capital social de la Sociedad, en cumplimiento de lo establecido en el Préstamo Convertible de Eléctrica Nuriel, S.L.U., de fecha 25 de septiembre de 2025, por un importe total, nominal más prima de seiscientos mil euros (600.000.€) mediante la emisión de seis millones ciento

cincuenta y tres mil ochocientas cuarenta y seis (6.153.846) nuevas acciones ordinarias de la Sociedad de 0,000129410526425 € de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 0,0973706 euros por acción, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, para su suscripción por diversos acreedores, cuyo desembolso se llevará a cabo mediante compensación de créditos.

(i) Emisión y tipo de emisión de las acciones

Se acuerda de conformidad con lo previsto en el artículo 296 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC") aumentar el capital social de la Sociedad, con desembolso del mismo mediante compensación de créditos, en un importe ascendente a 600.000 €, mediante la emisión y puesta en circulación de 6.153.846 nuevas acciones, de 0,000129410526425 euros de valor nominal cada una de ellas y de igual clase a las existentes representadas mediante anotaciones en cuenta y destinadas a determinados acreedores de la Sociedad.

El capital social resultante de del aumento de capital se incrementará en la cantidad de setecientos noventa y seis euros con treinta y siete céntimos de euro (796,37 €) mediante la emisión y puesta en circulación de 6.153.846 nuevas acciones, de 0,000129410526425 de valor nominal cada una de ellas.

Las acciones se emiten con una prima de emisión por acción de 0,0973706 euros, por lo que la prima de emisión total asciende a quinientos noventa y nueve mil doscientos tres euros con sesenta y tres céntimos de euro (599.203,63€).

(ii) Suscripción, contravalor y desembolso del aumento de capital

Las nuevas acciones emitidas se desembolsan y suscriben, en este acto, por la persona jurídica y en el número según se relaciona en el cuadro adjunto con Anexo 1, en el cual se deja expresa constancia de:

  • i. la identidad del aportante, cuyos datos completos se han hecho constar en el informe elaborado por el órgano de administración de la Sociedad (el "Informe"), cuya copia se incorpora a este Acta, como Anexo 2 y cuyos términos se dan aquí por íntegramente reproducidos en evitación de innecesarias reiteraciones;
  • ii. el crédito que compensa, cuya naturaleza y características han quedado descritas en el Informe;
  • iii. el importe del crédito que se compensa;
  • iv. las acciones emitidas y suscritas para el aportante, con indicación de su numeración;
  • v. el importe de aumento de capital, así como la prima de emisión total y la prima de emisión por cada acción nueva emitida.

Se hace constar que, de conformidad con el artículo 301.3 LSC, al tiempo de la convocatoria

de la junta general se ha puesto a disposición de los accionistas en el domicilio social una certificación del auditor de cuentas de la Sociedad que acredita que, una vez verificada la contabilidad social, resultan exactos los datos ofrecidos por los administradores sobre el crédito a compensar en el Informe.

Con la suscripción y el desembolso expuestos, las nuevas acciones emitidas quedan completamente suscritas y tanto el nominal de éstas, como la prima de emisión creada, quedan totalmente desembolsadas todas ellas de igual clase y serie.

(iii) Derecho de suscripción preferente

En atención a lo dispuesto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, al ser un aumento de capital por compensación de créditos, y no haber, por tanto, aportaciones dinerarias, no hay lugar al derecho de suscripción preferente.

(iv) Derechos de las nuevas acciones

Las acciones de nueva emisión serán ordinarias, iguales a las actualmente en circulación y estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable se atribuirá a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (en adelante, "Iberclear") y a sus entidades participantes.

Las nuevas acciones conferirán a sus titulares los mismos derechos económicos y políticos que las acciones en circulación a partir de la fecha en que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado por las personas facultadas al efecto conforme al apartado (vii) siguiente. En particular, los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a percibir las cantidades a cuenta de dividendos y pagos complementarios de dividendos que, en su caso, se satisfagan a partir de la fecha en que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado.

(v) Ejecución del aumento de capital

Al amparo de lo establecido en el artículo 297.1.(a) de la Ley de Sociedades de Capital, se acuerda facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución en cualquiera de sus miembros, para que, dentro del plazo máximo de un (1) año a contar desde la fecha del acuerdo de la Junta General, y con arreglo a las condiciones indicadas en los párrafos precedentes, ejecute en el modo y manera que tenga por conveniente el acuerdo y decida la fecha en la que, en su caso, este aumento deba llevarse a efecto. Asimismo, se faculta al Consejo de Administración para fijar las condiciones del aumento en todo lo no previsto por esta Junta General, incluyendo la modificación de la redacción del artículo 5 de los Estatutos Sociales para adaptarlo a la nueva cifra de capital social, realizando cuantos actos sean precisos para lograr la inscripción del aumento de capital en el Registro Mercantil.

(vi) Admisión a negociación de las nuevas acciones

Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las acciones objeto de emisión en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo), y requerir ante los organismos competentes la inclusión de las nuevas acciones de EZENTIS en los registros contables de Iberclear, a cuyo efecto el Consejo de Administración podrá llevar a cabo las correspondientes solicitudes, elaborar y presentar todos los documentos oportunos en los términos que considere convenientes y realizar

cuantos actos sean necesarios con dicho propósito.

Se hace constar expresamente que, en caso de que se solicitase posteriormente la exclusión de la negociación de las acciones de la Sociedad, ésta se adoptaría con las mismas formalidades y, en tal supuesto, se garantizaría el interés de los accionistas, cumpliendo con los requisitos previstos en la Ley 6/2023, de 17 de marzo, por el que se aprueba la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, así como en cualesquiera otras normas vigentes que resulten aplicables en cada momento.

(vii) Delegación de facultades

Sin perjuicio de las delegaciones concedidas anteriormente, se acuerda facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución en el Presidente del Consejo de Administración, Consejero Delegado y Secretario del Consejo, para que, cualquiera de ellos, de forma indistinta y solidaria, en nombre y representación de la Sociedad, pueda formalizar cualquier documento público o privado y lleve a cabo cualquier trámite o actuación que resulte conveniente o necesaria para la plena ejecución de los anteriores acuerdos, pudiendo en particular, con carácter indicativo y no limitativo:

  • a. decidir la fecha en la que el aumento de capital deba llevarse a efecto;
  • b. fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en este acuerdo y de conformidad con sus términos y condiciones;
  • c. declarar la ampliación de capital incompleta y determinar la cuantía efectivamente suscrita;
  • d. fijar el importe exacto del número de nuevas acciones a emitir, de conformidad con el criterio de valoración establecido en el presente acuerdo;
  • e. dar una nueva redacción al artículo quinto de los Estatutos Sociales de la Sociedad que fija el capital social para que refleje la cifra de capital y el número de acciones en circulación resultantes de la ejecución del aumento de capital objeto del presente acuerdo;
  • f. declarar cerrado el aumento de capital en la cuantía indicada, una vez suscritas y desembolsadas las nuevas acciones, y otorgando cuantos documentos públicos y privados sean convenientes para la ejecución total o parcial del aumento de capital, así como para que, sin perjuicio de cualquier otro apoderamiento existente para elevar a público los acuerdos sociales, cualquiera de ellos comparezca ante Notario y otorgue la correspondiente escritura de aumento de capital y modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales de EZENTIS y, en su caso, para subsanar y aclarar este acuerdo en los términos que sean necesarios para lograr su plena inscripción en el Registro Mercantil;
  • g. realizar todos los trámites necesarios para que las nuevas acciones resultantes del aumento de capital sean inscritas en los registros contables de Iberclear y admitidas a negociación en las Bolsas de Valores en las que cotizan las acciones de la Sociedad

actualmente en circulación, así como en el Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo); y

h. en general, para realizar los actos, presentar las solicitudes, suscribir los documentos y llevar a cabo las actuaciones que se precisen para la plena efectividad y cumplimiento de los acuerdos precedentes.

Acuerdo Cuarto: Aprobación de un aumento del capital social de la Sociedad, en cumplimiento de lo establecido en el Préstamo Convertible de Coenersol, S.L., de fecha 10 de octubre de 2025, por un importe total, nominal más prima de un millón cuatrocientos mil euros (1.400.000.€) mediante la emisión de catorce millones trescientas cincuenta y ocho mil novecientas setenta y cuatro (14.358.974) nuevas acciones ordinarias de la Sociedad de 0,000129410526425 € de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 0,0973706 euros por acción, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, para su suscripción por diversos acreedores, cuyo desembolso se llevará a cabo mediante compensación de créditos.

(i) Emisión y tipo de emisión de las acciones

Se acuerda de conformidad con lo previsto en el artículo 296 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC") aumentar el capital social de la Sociedad, con desembolso del mismo mediante compensación de créditos, en un importe ascendente a 1.400.000 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 14.358.974 nuevas acciones, de 0,000129410526425 euros de valor nominal cada una de ellas y de igual clase a las existentes representadas mediante anotaciones en cuenta y destinadas a determinados acreedores de la Sociedad.

El capital social resultante de del aumento de capital se incrementará en la cantidad de mil ochocientos cincuenta y ocho euros con veinte céntimos de euro (1.858,20 €) mediante la emisión y puesta en circulación de 14.358.974 nuevas acciones, de 0,000129410526425 de valor nominal cada una de ellas.

Las acciones se emiten con una prima de emisión por acción de 0,0973706 euros, por lo que la prima de emisión total asciende a un millón trescientos noventa y ocho mil ciento cuarenta y un euros con ochenta céntimos de euro (1.398.141,80€).

(ii) Suscripción, contravalor y desembolso del aumento de capital

Las nuevas acciones emitidas se desembolsan y suscriben, en este acto, por la persona jurídica y en el número según se relaciona en el cuadro adjunto con Anexo 1, en el cual se deja expresa constancia de:

i. la identidad del aportante, cuyos datos completos se han hecho constar en el informe elaborado por el órgano de administración de la Sociedad (el "Informe"), cuya copia se incorpora a este Acta como Anexo 2, y cuyos términos se dan aquí por íntegramente reproducidos en evitación de innecesarias reiteraciones;

  • ii. el crédito que compensa, cuya naturaleza y características han quedado descritas en el Informe;
  • iii. el importe del crédito que se compensa;
  • iv. las acciones emitidas y suscritas para el aportante, con indicación de su numeración;
  • v. el importe de aumento de capital, así como la prima de emisión total y la prima de emisión por cada acción nueva emitida.

Se hace constar que, de conformidad con el artículo 301.3 LSC, al tiempo de la convocatoria de la junta general se ha puesto a disposición de los accionistas en el domicilio social una certificación del auditor de cuentas de la Sociedad que acredita que, una vez verificada la contabilidad social, resultan exactos los datos ofrecidos por los administradores sobre el crédito a compensar en el Informe.

Con la suscripción y el desembolso expuestos, las nuevas acciones emitidas quedan completamente suscritas y tanto el nominal de éstas, como la prima de emisión creada, quedan totalmente desembolsadas todas ellas de igual clase y serie.

(iii) Derecho de suscripción preferente

En atención a lo dispuesto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, al ser un aumento de capital por compensación de créditos, y no haber, por tanto, aportaciones dinerarias, no hay lugar al derecho de suscripción preferente.

(iv) Derechos de las nuevas acciones

Las acciones de nueva emisión serán ordinarias, iguales a las actualmente en circulación y estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable se atribuirá a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (en adelante, "Iberclear") y a sus entidades participantes.

Las nuevas acciones conferirán a sus titulares los mismos derechos económicos y políticos que las acciones en circulación a partir de la fecha en que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado por las personas facultadas al efecto conforme al apartado (vii) siguiente. En particular, los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a percibir las cantidades a cuenta de dividendos y pagos complementarios de dividendos que, en su caso, se satisfagan a partir de la fecha en que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado.

(v) Ejecución del aumento de capital

Al amparo de lo establecido en el artículo 297.1.(a) de la Ley de Sociedades de Capital, se acuerda facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución en cualquiera de sus miembros, para que, dentro del plazo máximo de un (1) año a contar desde la fecha del acuerdo de la Junta General, y con arreglo a las condiciones indicadas en los párrafos precedentes, ejecute en el modo y manera que tenga por conveniente el acuerdo y decida la fecha en la que, en su caso, este aumento deba llevarse a efecto. Asimismo, se faculta al Consejo de Administración para fijar las condiciones del aumento en todo lo no

previsto por esta Junta General, incluyendo la modificación de la redacción del artículo 5 de los Estatutos Sociales para adaptarlo a la nueva cifra de capital social, realizando cuantos actos sean precisos para lograr la inscripción del aumento de capital en el Registro Mercantil.

(vi) Admisión a negociación de las nuevas acciones

Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las acciones objeto de emisión en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo), y requerir ante los organismos competentes la inclusión de las nuevas acciones de EZENTIS en los registros contables de Iberclear, a cuyo efecto el Consejo de Administración podrá llevar a cabo las correspondientes solicitudes, elaborar y presentar todos los documentos oportunos en los términos que considere convenientes y realizar cuantos actos sean necesarios con dicho propósito.

Se hace constar expresamente que, en caso de que se solicitase posteriormente la exclusión de la negociación de las acciones de la Sociedad, ésta se adoptaría con las mismas formalidades y, en tal supuesto, se garantizaría el interés de los accionistas, cumpliendo con los requisitos previstos en la Ley 6/2023, de 17 de marzo, por el que se aprueba la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, así como en cualesquiera otras normas vigentes que resulten aplicables en cada momento.

(vii) Delegación de facultades

Sin perjuicio de las delegaciones concedidas anteriormente, se acuerda facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución en el Presidente del Consejo de Administración, Consejero Delegado y Secretario del Consejo, para que, cualquiera de ellos, de forma indistinta y solidaria, en nombre y representación de la Sociedad, pueda formalizar cualquier documento público o privado y lleve a cabo cualquier trámite o actuación que resulte conveniente o necesaria para la plena ejecución de los anteriores acuerdos, pudiendo en particular, con carácter indicativo y no limitativo:

  • a. decidir la fecha en la que el aumento de capital deba llevarse a efecto;
  • b. fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en este acuerdo y de conformidad con sus términos y condiciones;
  • c. declarar la ampliación de capital incompleta y determinar la cuantía efectivamente suscrita;
  • d. fijar el importe exacto del número de nuevas acciones a emitir, de conformidad con el criterio de valoración establecido en el presente acuerdo;
  • e. dar una nueva redacción al artículo quinto de los Estatutos Sociales de la Sociedad que fija el capital social para que refleje la cifra de capital y el número de acciones en circulación resultantes de la ejecución del aumento de capital objeto del presente acuerdo;
  • f. declarar cerrado el aumento de capital en la cuantía indicada, una vez suscritas y desembolsadas las nuevas acciones, y otorgando cuantos documentos públicos y

privados sean convenientes para la ejecución total o parcial del aumento de capital, así como para que, sin perjuicio de cualquier otro apoderamiento existente para elevar a público los acuerdos sociales, cualquiera de ellos comparezca ante Notario y otorgue la correspondiente escritura de aumento de capital y modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales de EZENTIS y, en su caso, para subsanar y aclarar este acuerdo en los términos que sean necesarios para lograr su plena inscripción en el Registro Mercantil;

  • g. realizar todos los trámites necesarios para que las nuevas acciones resultantes del aumento de capital sean inscritas en los registros contables de Iberclear y admitidas a negociación en las Bolsas de Valores en las que cotizan las acciones de la Sociedad actualmente en circulación, así como en el Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo); y
  • h. en general, para realizar los actos, presentar las solicitudes, suscribir los documentos y llevar a cabo las actuaciones que se precisen para la plena efectividad y cumplimiento de los acuerdos precedentes.

Acuerdo Quinto: Modificación del apartado 1 del artículo 25 ("Lugar y tiempo de celebración de la Junta General de Accionistas") del Capítulo I del Título III de los Estatutos Sociales de la Sociedad a los efectos de incorporar precisiones sistemáticas.

Modificar el artículo 25.1 de los Estatutos Sociales que tendrá la siguiente redacción:

"ARTÍCULO 25. Lugar y tiempo de celebración de la Junta General de Accionistas.

  • 1. La Junta General de Accionistas se celebrará en la localidad donde la Sociedad tenga su domicilio, en el lugar del término municipal de Madrid o en el lugar del término municipal de Barcelona y Badalona que se indique en el anuncio de convocatoria.
  • 2. La asistencia a la Junta General de Accionistas podrá realizarse acudiendo al lugar en que vaya a celebrarse la reunión o, en su caso, acudiendo a otros lugares que la Sociedad hubiera dispuesto mediante indicación en la convocatoria y que se hallen conectados por cualesquiera sistemas válidos que permitan el reconocimiento e identificación de los asistentes, la permanente comunicación entre los concurrentes, independientemente del lugar en que se encuentren, así como la intervención y emisión de voto, todo ello en tiempo pág. 26 real. Los asistentes a cualquiera de los lugares dispuestos por la Sociedad se considerarán, en todos los aspectos relativos a la Junta General de Accionistas, como asistentes a la misma y única reunión. La reunión se entenderá celebrada en donde radique el lugar principal, que será donde se ubique la Mesa de la Junta.
  • 3. La Junta General de Accionistas se celebrará el día señalado en la convocatoria, pero podrán ser prorrogadas sus sesiones durante uno o más días consecutivos. La prórroga podrá acordarse a propuesta del Presidente de la Junta, de la mayoría de los consejeros asistentes o de un número de accionistas que representen, al menos, la cuarta parte del capital presente en la Junta General. Cualquiera que sea el número de las sesiones en que se celebre la Junta General, se considerará única, levantándose una sola acta para todas las sesiones.

4. La Junta General de Accionistas podrá suspenderse temporalmente en los casos y en la forma prevista en el Reglamento de la Junta General de Accionistas."

Acuerdo Sexto: Modificación del apartado 1 del artículo 17 ("Lugar de celebración") de la

Sección V del Reglamento de la Junta General de accionistas a los efectos

de incorporar precisiones sistemáticas.

Modificar el artículo 17.1 del Reglamento de la Junta General que tendrá la siguiente redacción:

"ARTÍCULO 17. -Lugar de celebración.

  • 1. La Junta General de Accionistas se celebrará en la localidad donde la Sociedad tenga su domicilio o en el lugar del término municipal de Madrid o en el lugar del término municipal de Barcelona y Badalona que se indique en el anuncio de convocatoria.
  • 2. La asistencia a la Junta podrá realizarse tanto en el lugar de celebración indicado en la convocatoria, como el cualquier otro lugar, que haya habilitado la Sociedad para el seguimiento de la Junta General de Accionistas y que así haya sido indicado en la convocatoria. Estos lugares deberán estar conectados por cualesquiera sistemas válidos que permitan el reconocimiento o identificación de los asistentes, la permanente comunicación entre los concurrentes independientemente del lugar en que se encuentren, la intervención de cualquiera de ellos con conocimiento de los demás y la emisión del voto en cada uno de ellos.
  • 3. La Junta General de Accionistas se considerará celebrada en el lugar donde radique la ubicación principal, que será donde se ubique la Mesa de la Junta.
  • 4. La asistencia a la Junta a través de estas localizaciones accesorias se contabilizará como asistencia a la Junta General de Accionistas a todos los efectos."

Acuerdo Séptimo: Delegación en el Consejo de Administración de las facultades de interpretación, subsanación, ejecución, formalización e inscripción de

los acuerdos adoptados.

Sin perjuicio de las delegaciones incluidas en los anteriores acuerdos, facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución en el Presidente del Consejo de Administración y en la Secretaria del Consejo, así como de cualquiera de los restantes miembros del Consejo de Administración, con toda la amplitud que fuera necesaria en Derecho, para ejecutar los anteriores acuerdos, pudiendo a tal efecto:

(a) Desarrollar, aclarar, precisar, interpretar, completar y subsanar los acuerdos adoptados por esta Junta General de accionistas o los que se produjeren en cuantas escrituras y documentos se otorgaren en ejecución de los mismos y, de modo particular, cuantas omisiones, defectos o errores, de fondo o de forma, impidieran el acceso de estos acuerdos y de sus consecuencias a la vista de las sugerencias verbales o de la calificación escrita del Registro Mercantil, Registro de la Propiedad o cualesquiera otros registros, públicos o privados.

  • (b) Efectuar el depósito de las cuentas anuales y del informe de gestión de la Sociedad, tanto individuales como consolidados, en el Registro Mercantil.
  • (c) Ejecutar los acuerdos adoptados por esta Junta General de accionistas, realizando cuantos actos o negocios jurídicos sean necesarios o convenientes a dicho fin y otorgando cuantos documentos públicos o privados se estimaren necesarios o convenientes para la más plena eficacia de estos acuerdos.
  • (d) Delegar en uno o varios de sus miembros todas o parte de las facultades que estime oportunas de entre las que corresponden al Consejo de Administración y de cuantas le han sido expresamente atribuidas por esta Junta General de accionistas, de modo conjunto o solidario.
  • (e) Determinar, en definitiva, todas las demás circunstancias que fueren precisas, adoptando y ejecutando los acuerdos necesarios, publicando los anuncios y prestando las garantías que fueren pertinentes a los efectos previstos en la Ley, así como formalizando los documentos precisos y cumplimentando cuantos trámites fueren oportunos, procediendo al cumplimiento de cuantos requisitos sean necesarios de acuerdo con la Ley para la más plena ejecución de lo acordado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas.

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