AGM Information • Oct 20, 2025
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De conformidad con lo previsto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y disposiciones concordantes, Neinor Homes, S.A. ("Neinor" o la "Sociedad") comunica la siguiente
La junta general extraordinaria de accionistas de la Sociedad celebrada en el día de hoy, 20 de octubre de 2025, en primera convocatoria, se constituyó con la asistencia de un total de 68.461.838 acciones (580.197 presentes y 67.881.641 representadas) alcanzándose un quórum del 76,10% del capital social (0,64% presente y 75,46% representado).

| Orden del Día |
A Favor |
Abstención | En Contra |
En Blanco |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Votos | % quorum |
Votos | % quorum |
Votos | % quorum |
Votos | % quorum |
Total Votos |
% Quórum |
% Capital |
|
| 1. Examen y aprobación, en su caso, de la adquisición de hasta el 100% del capital social de Aedas Homes, S.A. |
67.058.007 | 97,95% | 1.403.631 | 2,05% | 200 | 0,00% | 0 | 0,00% | 68.461.838 | 100,00% | 76,10% |
| 2. Delegación en el consejo de administración de la facultad de aumentar el capital social en los términos y condiciones del artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital, durante el plazo máximo de cinco años, con atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente hasta el límite del 20% del capital social conforme a lo establecido en el artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital |
63.422.816 | 92,64% | 1.396.968 | 2,04% | 3.642.054 | 5,32% | 0 | 0,00% | 68.461.838 | 100,00% | 76,10% |
| 3. Examen y aprobación, en su caso, de la política de remuneraciones de los consejeros de Neinor Homes, S.A. para su aplicación desde la fecha de aprobación y hasta el 31 de diciembre de 2028. |
49.471.943 | 72,26% | 751.510 | 1,10% | 18.238.385 | 26,64% | 0 | 0,00% | 68.461.838 | 100,00% | 76,10% |
| 4. Delegación de facultades para la formalización y ejecución de todos los acuerdos adoptados por la junta general, para su elevación a instrumento público y para su interpretación, subsanación, complemento, desarrollo e inscripción. |
68.431.358 | 99,96% | 10.018 | 0,01% | 20.462 | 0,03% | 0 | 0,00% | 68.461.838 | 100,00% | 76,10% |

Asimismo se informa que la referida junta general extraordinaria de accionistas de la Sociedad ha adoptado por mayoría suficiente todas las propuestas que formaban parte del orden del día y que se recogen a continuación:
Examen y aprobación, en su caso, de la adquisición de hasta el 100% del capital social de Aedas Homes, S.A.
Aprobar la adquisición por Neinor DMP BidCo, S.A.U., sociedad íntegramente participada por Neinor Homes, S.A. (la "Sociedad"), de hasta el 100% del capital social de Aedas Homes, S.A. ("Aedas") a través de una oferta pública de adquisición voluntaria sobre la totalidad del capital social de Aedas (la "Oferta"), condicionada a la autorización de la Oferta por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (la "CNMV") conforme a lo establecido en el Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores.
De acuerdo con lo anterior, y conforme a los términos y condiciones de la Oferta, se acuerda aprobar a todos los efectos legales oportunos, y, en particular, de acuerdo con lo previsto en el artículo 160.f) del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, la ejecución de la Oferta y la obtención de la financiación para llevarla a cabo, así como (i) ratificar, en la medida de lo necesario, las actuaciones realizadas por el equipo directivo y el consejo de administración de la Sociedad en el contexto de la Oferta, y (ii) delegar en el consejo de administración, con expresas facultades de sustitución, la posibilidad de llevar a cabo cuantas actuaciones resulten necesarias, recomendables, exigibles o convenientes para la conclusión de la Oferta y realizar cuantos actos sean necesarios, recomendables, exigibles o convenientes para su ejecución, incluyendo, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, los siguientes:


Delegación en el consejo de administración de la facultad de aumentar el capital social en los términos y condiciones del artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital, durante el plazo máximo de cinco años, con atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente hasta el límite del 20% del capital social conforme a lo establecido en el artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital
Facultar al consejo de administración de Neinor Homes, S.A. (la "Sociedad"), tan ampliamente como sea necesario en Derecho, para que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 297.1.b) del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "LSC"), pueda aumentar el capital social, sin previa consulta a la junta general, una o varias veces y en cualquier momento, durante un plazo de cinco años contados desde la celebración de esta junta, en la cantidad máxima permitida por la ley, esto es, hasta la mitad del capital social de la Sociedad en la fecha de la presente autorización (es decir, hasta un importe nominal máximo de 231.203.627,57 euros).
La ampliación o ampliaciones de capital podrán llevarse a cabo mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias o de cualquier otro tipo de conformidad con las exigencias legales aplicables —con o sin prima de emisión— consistiendo el contravalor de las nuevas acciones a emitir en aportaciones dinerarias al patrimonio social o en la transformación de reservas de libre disposición (si estuviera permitido por la ley), en cuyo caso la ampliación o ampliaciones de capital podrán realizarse mediante el aumento del valor nominal de las existentes.
El consejo de administración podrá fijar los términos y condiciones del aumento o aumentos de capital y las características de las acciones; determinar libremente los inversores y mercados a los que se destinen las ampliaciones; ofrecer libremente las nuevas acciones no suscritas en el plazo de suscripción preferente y establecer que, en caso de suscripción incompleta, el capital quedará aumentado sólo en la cuantía de las acciones suscritas, así como dar nueva redacción al artículo de los estatutos sociales de la Sociedad relativo al capital social.
En caso de emisión de nuevas acciones, se faculta expresamente al consejo de administración para excluir, total o parcialmente, el derecho de suscripción preferente hasta el límite del 20% del capital social en los términos del artículo 506 de la LSC.
Asimismo, se faculta al consejo de administración de la Sociedad para:

(iii) delegar todas o parte de las facultades a que se refiere el presente acuerdo a favor de cualquiera de sus miembros.
Se hace constar que se ha puesto a disposición de los accionistas el correspondiente informe de administradores justificativo de la propuesta de delegación para aumentar el capital social.
Este acuerdo deja sin efecto la facultad para aumentar el capital social en una o varias veces y en cualquier momento en los términos y con los límites recogidos en el artículo 297.1.b) de la LSC otorgada al consejo de la administración por la junta general de accionistas de la Sociedad con fecha 13 de abril de 2022.

Examen y aprobación, en su caso, de la política de remuneraciones de los consejeros de Neinor Homes, S.A. para su aplicación desde la fecha de aprobación y hasta el 31 de diciembre de 2028
De conformidad con lo establecido en el artículo 529 novodecies del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, aprobar, a propuesta del consejo de administración y previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones de Neinor Homes, S.A. (la "Sociedad"), la política de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad, cuyo texto se ha puesto a disposición de los accionistas con ocasión de la convocatoria de esta junta general junto con la propuesta motivada del consejo de administración y el informe de la comisión de nombramientos y retribuciones.
Esta nueva política se aplicará desde la fecha de su aprobación y durante los tres siguientes ejercicios (2026, 2027 y 2028), salvo que la junta general acuerde su modificación o sustitución durante su periodo de vigencia.

Delegación de facultades para la formalización y ejecución de todos los acuerdos adoptados por la junta general, para su elevación a instrumento público y para su interpretación, subsanación, complemento, desarrollo e inscripción
Sin perjuicio de las delegaciones incluidas en los anteriores acuerdos, facultar solidariamente al consejo de administración, al Presidente del consejo de administración, al Consejero Delegado, a los demás miembros del consejo de administración, a la Secretaria no miembro del consejo de administración y al Vicesecretario no miembro del consejo de administración, para que cualquiera de ellos, con toda la amplitud que fuera necesaria en derecho, ejecute los acuerdos adoptados por esta junta general, pudiendo a tal efecto:
En Bilbao, a 20 de octubre de 2025
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