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Neinor Homes S.A.

Pre-Annual General Meeting Information Sep 26, 2025

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Pre-Annual General Meeting Information

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NEINOR HOMES, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 2025

LUGAR, FECHA Y HORA DE CELEBRACIÓN

El consejo de administración de Neinor Homes, S.A. (la "Sociedad") ha acordado convocar a sus accionistas a una junta general extraordinaria, que se celebrará en calle Henao 20, planta 1ª, oficina izquierda, 48009 Bilbao (España) el 20 de octubre de 2025, a las 11:00 horas, en primera convocatoria, o, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria, el día siguiente, 21 de octubre de 2025, en el mismo lugar y hora. A estos efectos, se hace constar que las mesas de registro de accionistas estarán abiertas desde las 9:00 horas y que, previsiblemente, la junta general extraordinaria de accionistas se celebrará en primera convocatoria en el día y lugar antes indicados.

Al amparo de la autorización conferida por la junta general ordinaria de accionistas de 31 de marzo de 2025 bajo el punto Decimocuarto del orden del día, la presente junta general extraordinaria se convoca de conformidad con los plazos previstos en el artículo 515 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "LSC").

ORDEN DEL DÍA

  • Primero Examen y aprobación, en su caso, de la adquisición de hasta el 100% del capital social de Aedas Homes, S.A.
  • Segundo Delegación en el consejo de administración de la facultad de aumentar el capital social en los términos y condiciones del artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital, durante el plazo máximo de cinco años, con atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente hasta el límite del 20% del capital social conforme a lo establecido en el artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital
  • Tercero Examen y aprobación, en su caso, de la política de remuneraciones de los consejeros de Neinor Homes, S.A. para su aplicación desde la fecha de aprobación y hasta el 31 de diciembre de 2028
  • Cuarto Delegación de facultades para la formalización y ejecución de todos los acuerdos adoptados por la junta general, para su elevación a instrumento público y para su interpretación, subsanación, complemento, desarrollo e inscripción

PROPUESTAS FUNDAMENTADAS DE ACUERDO

Los accionistas que representen, al menos, el 3% del capital social podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día conforme a lo previsto en el artículo 519.3 de la LSC. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad (i.e. calle Henao 20, planta 1ª, oficina izquierda, 48009 Bilbao (España)) dentro de los cinco días siguientes a la publicación del presente anuncio de convocatoria.

En el escrito de notificación se hará constar el nombre o denominación social del accionista o accionistas proponentes, y se acompañará la oportuna documentación —copia de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia (la "Tarjeta de Asistencia") o certificado de legitimación— que acredite su condición de accionista, a fin de cotejar esta información con la facilitada por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. ("Iberclear"), así como el contenido de la propuesta o propuestas que el accionista o accionistas formulen.

DERECHO DE ASISTENCIA

Los accionistas podrán asistir a la junta general cualquiera que sea el número de acciones de las que sean titulares siempre que consten inscritas a su nombre en el registro de anotaciones en cuenta correspondiente con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la junta, debiendo acreditar esta circunstancia a la entrada del local donde se celebre la junta general, desde dos horas antes de la hora prevista para el inicio de la reunión, mediante la correspondiente Tarjeta de Asistencia en la que se indicará el número de acciones de su titularidad, así como el número de votos que puede emitir. La Tarjeta de Asistencia se emitirá por las entidades participantes en Iberclear en favor de los titulares de las acciones.

A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente les represente, a la entrada del local donde se celebre la junta general se podrá solicitar a los asistentes, junto a la presentación de la Tarjeta de Asistencia, la acreditación de su identidad mediante la presentación del DNI o de cualquier otro documento oficial en vigor generalmente aceptado a estos efectos.

No obstante lo anterior, se recuerda a los accionistas la posibilidad de delegar su representación y de votar por medios de comunicación a distancia y telemáticos en los términos previstos en este anuncio.

La junta general será retransmitida en directo a través del enlace que se habilitará en la página web corporativa de la Sociedad (www.neinorhomes.com) a la que tendrán acceso tanto los accionistas de la Sociedad como los no accionistas.

DERECHO DE ASISTENCIA REMOTA O TELEMÁTICA A LA JUNTA GENERAL

Los accionistas y representantes de accionistas podrán asistir a la junta general por vía remota o telemática. Los mecanismos para asistir telemáticamente a la junta se abrirán en el espacio dedicado a la junta general de accionistas extraordinaria 2025 en la página web corporativa de la Sociedad (www.neinorhomes.com) en los términos que se indican a continuación.

A. Identificación y registro previo del accionista o, en su caso, del representante

Los accionistas que deseen asistir telemáticamente a la junta general, o sus representantes, deberán registrarse, con carácter previo, en el portal online habilitado al efecto en la página web corporativa (www.neinorhomes.com) desde el día de la publicación de este anuncio, y no más tarde de las 8:59 horas del día de celebración de la junta general (esto es, del 20 de octubre de 2025, para la primera convocatoria y, en su caso, del día siguiente para la segunda convocatoria). Con posterioridad a dicha hora, no se admitirá ningún registro previo para el ejercicio del derecho de asistencia telemática.

El indicado registro previo se llevará a cabo mediante la cumplimentación del formulario habilitado al efecto, al que se adjuntará la información necesaria para acreditar la condición de accionista: una copia de la Tarjeta de Asistencia y una copia del DNI.

Si la persona que asiste remotamente, tanto si tiene condición de accionista como si no, tuviera conferidas delegaciones en su favor, para ejercitar los derechos inherentes a dichas delegaciones deberá habérselo notificado a la Sociedad antes de las 23:59 horas del día anterior a la celebración de la junta general (esto es, antes de las 23:59 horas del 19 de octubre de 2025, para la primera convocatoria y, en su caso, del día siguiente para la segunda convocatoria), por medios electrónicos (con un correo electrónico dirigido a la dirección [email protected]) o mediante correspondencia postal (calle Henao 20, planta 1ª, oficina izquierda, 48009 Bilbao (España)), indicando que acepta dichas delegaciones e identificándose mediante remisión de la Tarjeta de Asistencia debidamente cumplimentada, y copia del DNI, NIE o pasaporte del representante, para que pueda acreditarse su identidad el día de celebración de la junta. A efectos aclaratorios, los representantes que asistan remotamente deberán registrarse previamente mediante el envío de dicho correo electrónico o postal a la Sociedad, en la forma y plazo indicados en este párrafo.

La Sociedad se reserva el derecho de solicitar a los accionistas o sus representantes los medios de identificación adicionales que considere necesarios para comprobar su condición de accionistas y garantizar su autenticidad.

Una vez que el accionista o, en su caso, su representante, se haya registrado con arreglo a los medios indicados y en el plazo establecido, podrá asistir y votar en la junta general a través de medios telemáticos realizando la correspondiente conexión el día de celebración de la junta general.

B. Conexión y asistencia

El accionista, o su representante, que haya formalizado su registro previo para asistir telemáticamente a la junta general conforme a lo indicado en el apartado anterior, deberá conectarse a la plataforma de asistencia remota el día de celebración de la junta general, entre las 9:00 horas y las 11:00 horas. No se admitirá el registro de asistentes fuera de esta franja horaria.

En caso de que el 20 de octubre de 2025 se constate la inexistencia de quórum suficiente para la celebración de la junta general en primera convocatoria, la Sociedad publicará esta circunstancia a través del espacio dedicado a la junta general de la página web corporativa de la Sociedad (www.neinorhomes.com) confirmando que la junta general se celebrará finalmente en segunda convocatoria. En el supuesto de que la junta general se celebre en segunda convocatoria, los asistentes por medios telemáticos que se hubieran conectado en primera convocatoria deberán conectarse de nuevo para asistir telemáticamente a la junta general en segunda convocatoria.

El accionista o representante asistente que se haya registrado para asistir remotamente y desee manifestar al Notario o personal que lo asista (o, en su defecto, ante la Secretaria de la junta general) su abandono expreso de la junta deberá hacerlo a través del apartado de intervenciones habilitado en la plataforma de asistencia telemática. Una vez haya comunicado al Notario su voluntad expresa de

abandonar la reunión, se tendrán por no realizadas todas las actuaciones que efectúe con posterioridad.

C. Intervención, información y propuesta

De conformidad con lo establecido en la LSC, las intervenciones y propuestas de acuerdos o solicitudes de información o aclaraciones que, conforme a dicha ley, tengan intención de formular durante la celebración de la junta general quienes vayan a asistir por medios telemáticos, deberán remitirse a la Sociedad por escrito a través de la plataforma de asistencia remota, entre las 9:00 horas y las 11:00 horas del día de celebración de la junta. En el caso de que el accionista o su representante quiera que su intervención figure literalmente en el acta de la reunión deberá hacerlo constar expresamente en el texto de aquella.

Las solicitudes de información o aclaraciones de los accionistas o sus representantes que asistan telemáticamente a la junta general podrán ser contestadas verbalmente durante la junta general y, en todo caso, por escrito dentro de los siete días siguientes a su celebración, de conformidad con lo establecido en la LSC.

D. Votaciones

Los accionistas, o sus representantes, debidamente registrados que asistan telemáticamente podrán emitir su voto sobre las propuestas de acuerdo relativas a puntos comprendidos en el orden del día a través de la plataforma de asistencia remota desde el momento de la conexión del accionista o su representante y hasta que se anuncie la conclusión del periodo de votación de las propuestas de acuerdo relativas a puntos comprendidos en el orden del día.

Respecto de las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que, de conformidad con la Ley, no figuren en el orden del día, los asistentes por medios telemáticos podrán emitir sus votos a través de la plataforma de asistencia remota a partir del momento en que lean dichas propuestas para proceder a su votación y hasta el momento en el que se declare la conclusión del período de votación de las propuestas de acuerdo.

En aquello no regulado expresamente en este anuncio, resultarán de aplicación a los accionistas que asistan telemáticamente a la junta las mismas normas sobre el voto y la adopción de acuerdos previstas en el Reglamento de la Junta General para los accionistas que asisten presencialmente a la celebración.

E. Otras cuestiones

En los supuestos de concurrencia de cotitulares de un depósito de valores, tendrá la consideración de asistente aquél de ellos que se registre en primer lugar (física o remotamente) y, por tanto, se denegará cualquier acceso ulterior por parte de los restantes copropietarios. En relación con ello y a los efectos del artículo 126 de la LSC, se presume que el cotitular que se registre en primer lugar (física o remotamente) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de socio.

Es responsabilidad exclusiva del accionista, o su representante, la custodia de los medios de identificación necesarios para acceder y utilizar el servicio de asistencia telemática. En caso de que se trate de una persona jurídica, ésta deberá comunicar cualquier modificación o revocación en las

facultades que ostente su representante y, por tanto, la Sociedad declina cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación.

La Sociedad podrá adaptar, con las debidas garantías, los medios para permitir la asistencia telemática a la junta general en los casos de accionistas no residentes en España, inversores cualificados y otros supuestos análogos.

A los efectos legales oportunos, se hace constar que la asistencia telemática del accionista a la junta general será equivalente a la asistencia presencial. En este sentido, la asistencia telemática a la junta general de accionistas deja sin efecto la delegación o el voto mediante medios de comunicación a distancia previos a la junta general.

DELEGACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN Y VOTO A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA CON CARÁCTER PREVIO A LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA GENERAL

A. Derecho de representación y delegación a distancia

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 de los Estatutos Sociales y 13 del Reglamento de la Junta General, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la junta general por otra persona, aunque no sea accionista de la Sociedad, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos por la Ley, los Estatutos Sociales y el resto de normativa interna de la Sociedad en lo que resulte de aplicación.

La delegación de la representación deberá ser cumplimentada y firmada por el accionista, suscribiendo la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear.

La persona a cuyo favor se confiera la representación deberá ejercitarla asistiendo personal o telemáticamente, en su caso, a la junta general y, en el caso de asistencia presencial, haciendo entrega de la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear en las mesas de registro de entrada de accionistas, en el lugar y día señalado para la celebración de la junta general, desde dos horas antes de la hora prevista para el inicio de la reunión. Todo ello sin perjuicio de la posible participación del representante de forma telemática conforme a lo indicado en la presente convocatoria.

La representación es siempre revocable. La asistencia del representado, ya sea física o telemáticamente, tendrá en todo caso el valor de revocación de la representación. Asimismo, el voto del accionista prevalecerá sobre la delegación y, por tanto, las delegaciones emitidas con anterioridad se entenderán revocadas y las conferidas con posterioridad por no efectuadas. En el caso de que un accionista realice varias delegaciones o emita varios votos, prevalecerá la última representación o el último voto emitido que haya sido recibido por la Sociedad dentro del plazo establecido.

La representación deberá conferirse con carácter especial para cada junta general, por escrito o por medios de comunicación a distancia.

En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas y tendrá la obligación de conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la junta.

El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista.

En todo caso, el número de acciones representadas se computará para la válida constitución de la junta.

Los documentos en los que consten las representaciones para la junta general deberán incluir, al menos, las siguientes menciones:

  • (i) Fecha de celebración de la junta general y el orden del día.
  • (ii) Identidad del representado y del representante. En caso de no especificarse, se entenderá que la representación ha sido otorgada a favor del Presidente del consejo de administración, sin perjuicio de lo señalado más adelante para el caso de conflicto de intereses.
  • (iii) Número de acciones de las que es titular el accionista que otorga la representación.
  • (iv) Las instrucciones sobre el sentido del voto del accionista que otorga la representación para cada uno de los puntos del orden del día, en su caso.

El Presidente de la junta general o las personas designadas por su mediación se entenderán facultados para determinar la validez de las representaciones conferidas y el cumplimiento de los requisitos de asistencia a la junta general.

Cuando se confiera por medios de comunicación a distancia, sólo se reputará válida la representación que se efectúe:

1. Mediante entrega o correspondencia postal

Se entregará o remitirá al domicilio social de la Sociedad (i.e. calle Henao 20, planta 1ª, oficina izquierda, 48009 Bilbao (España)) la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear, debidamente firmada y cumplimentado el apartado correspondiente por el accionista. Se habrá de garantizar la representación atribuida y la identidad del representado.

En el supuesto de que la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear no incorpore el apartado relativo a la delegación o este estuviera incompleto, el accionista podrá utilizar la Tarjeta de Asistencia puesta a disposición de los accionistas por la Sociedad en su página web corporativa (www.neinorhomes.com). Dicha Tarjeta de Asistencia, debidamente firmada, deberá hacerse llegar a la Sociedad mediante correo postal a la dirección indicada en el párrafo anterior, junto con la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear, debidamente firmada.

2. Mediante comunicación electrónica

Será admitida la representación otorgada mediante comunicación electrónica remitida por correo electrónico a la dirección [email protected], adjuntado una copia de la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante, debidamente cumplimentada y firmada, así como una copia del DNI del representante designado. La delegación deberá remitirse a la Sociedad a través del citado medio no más tarde de las 23:59 del día anterior a la celebración de la junta general en primera convocatoria.

B. Derecho de voto y ejercicio del derecho de voto a distancia

Los accionistas con derecho de asistencia y voto podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día con carácter previo a la celebración de la junta general, mediante correspondencia postal o mediante correo electrónico enviado a la dirección [email protected], en los términos previstos en la Ley y en los artículos 25 de los Estatutos Sociales y 11.4 y 26 del Reglamento de la Junta General.

1. Voto mediante entrega o correspondencia postal

Para la emisión del voto por correo, el accionista deberá cumplimentar y firmar la Tarjeta de Asistencia expedida a su favor por la entidad participante en Iberclear, en la que hará constar su sentido del voto a favor, en contra, abstención o en blanco— marcando con una cruz en la casilla correspondiente del cuadro que figurará en la referida Tarjeta de Asistencia.

Una vez cumplimentado el apartado correspondiente y firmada la Tarjeta de Asistencia, el accionista la deberá entregar o remitir mediante correo postal al domicilio social de la Sociedad (i.e. calle Henao 20, planta 1ª, oficina izquierda, 48009 Bilbao (España)).

En el supuesto de que la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear no incorpore el apartado relativo al voto a distancia o este estuviera incompleto, el accionista podrá utilizar la Tarjeta de Asistencia puesta a disposición de los accionistas por la Sociedad en su página web corporativa (www.neinorhomes.com). Dicha Tarjeta de Asistencia, debidamente firmada, deberá hacerse llegar a la Sociedad mediante correo postal a la dirección indicada en el párrafo anterior, junto con la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear, debidamente firmada.

2. Voto mediante comunicación electrónica

A partir de la publicación del presente anuncio de convocatoria, el accionista también podrá emitir su voto mediante el envío de un correo electrónico a la dirección [email protected] al que deberá adjuntar la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear, debidamente firmada y cumplimentado el apartado correspondiente por el accionista, junto con una copia del documento de identidad del accionista.

En el supuesto de que la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear no incorpore el apartado relativo al voto a distancia o este estuviera incompleto, el accionista podrá utilizar la Tarjeta de Asistencia puesta a disposición de los accionistas por la Sociedad en su página web

corporativa (www.neinorhomes.com). Dicha Tarjeta de Asistencia, debidamente firmada, deberá hacerse llegar a la Sociedad mediante correo electrónico conforme a lo indicado en el párrafo anterior, junto con la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear, debidamente firmada y una copia del documento de identidad del accionista.

C. Disposiciones comunes a la delegación y al voto a distancia

Para su validez, la representación conferida y el voto emitido por cualquiera de los medios de comunicación a distancia (postal o electrónica) deberán recibirse por la Sociedad antes de las 23:59 horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la junta general en primera convocatoria. En caso contrario, la representación se tendrá por no conferida y el voto por no emitido. Con posterioridad al plazo indicado, sólo se admitirán los votos emitidos física o telemáticamente en el acto de la junta general por el accionista titular o por la persona que le represente válidamente.

El representante sólo podrá ejercer el voto de su representado asistiendo personalmente a la junta, ya sea física o telemáticamente. En el día y lugar de celebración de la junta, los representantes designados, ya sea mediante correspondencia postal o comunicación electrónica, que asistan físicamente a la junta general deberán identificarse, lo que podrán hacer desde dos horas antes a la prevista para la celebración de la junta, mediante su DNI o cualquier otro documento oficial en vigor generalmente aceptado a estos efectos, con el fin de que la Sociedad pueda comprobar la representación conferida, acompañando copia de la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear remitida a la Sociedad (por vía postal).

Por otro lado, como se ha explicado en apartados anteriores, si se hubiera delegado en una persona que tuviera intención de asistir telemáticamente a la junta general, éste representante designado deberá notificar las delegaciones conferidas en su favor a la Sociedad antes de las 23:59 horas del día anterior a la celebración de la junta general (esto es, antes de las 23:59 horas del 19 de octubre de 2025, para la primera convocatoria) por medios electrónicos (con un correo electrónico dirigido a la dirección [email protected]) o mediante correspondencia postal (calle Henao 20, planta 1ª, oficina izquierda, 48009 Bilbao (España)), indicando que acepta dichas delegaciones e identificándose mediante remisión de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia debidamente cumplimentada, y copia del DNI, NIE o pasaporte del representante, para que pueda acreditarse su identidad el día de celebración de la junta.

Cuando el accionista ejercite su derecho de voto con carácter previo a la celebración de la junta general o confiera su representación, en ambos casos, utilizando medios de comunicación a distancia, sus acciones deberán constar inscritas a su nombre en el registro de anotaciones en cuenta correspondiente con cinco días de antelación, al menos, a aquel en que haya de celebrarse la junta general.

Asimismo, la validez de la representación conferida y del voto emitido mediante comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la junta general está sujeta a la comprobación —con la información facilitada por Iberclear— de la condición de accionista. En caso de divergencia entre el número de acciones comunicado por el accionista que confiere la representación o emite su voto mediante comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la junta general y el que conste en los

registros de anotaciones en cuenta que comunique Iberclear, se considerará válido, a efectos de quórum y votación, y salvo prueba en contrario, el número de acciones facilitado por esta última entidad.

La representación conferida y el voto emitido mediante correspondencia postal o electrónica con carácter previo a la celebración de la junta general podrá dejarse sin efecto por revocación expresa del accionista, efectuada por el mismo medio empleado para conferir la representación o emitir el voto, dentro del plazo establecido.

El accionista que otorgue su representación por medios electrónicos se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. Cuando la representación se confiera al Presidente del consejo de administración o de la junta, a algún consejero o a la Secretaria o al Vicesecretario del consejo de administración de la Sociedad, esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción por la Sociedad de dicha delegación electrónica. La representación ha de ser aceptada por el representante, sin lo cual no se considerará válida.

Antes de su nombramiento, el representante deberá informar con detalle al accionista de si existe situación de conflicto de intereses. Si el conflicto fuera posterior al nombramiento y no se hubiese advertido al accionista representado de su posible existencia, deberá informarle de ello inmediatamente. En ambos casos, de no haber recibido nuevas instrucciones de voto precisas para cada uno de los asuntos sobre los que el representante tenga que votar en nombre del accionista, deberá abstenerse de emitir el voto.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la LSC, se informa de que el Presidente de la junta general, así como cualquier otro miembro del consejo de administración, pueden encontrarse en conflicto de intereses con respecto a: (i) el punto Tercero del orden del día (Examen y aprobación, en su caso, de la política de remuneraciones de los consejeros de Neinor Homes, S.A. para su aplicación desde la fecha de aprobación y hasta el 31 de diciembre de 2028); y (ii) los supuestos recogidos en los apartados a), b), c) y d) del artículo 526.1 de la LSC (nombramiento, reelección o ratificación de administradores, destitución, separación o cese de administradores, ejercicio de la acción social de responsabilidad y aprobación o ratificación de operaciones de la sociedad con el administrador de que se trate) que pudieran presentarse fuera del orden del día con arreglo a la Ley.

Si la representación hubiera sido válidamente otorgada conforme a la normativa vigente y a la normativa interna de la Sociedad pero no se incluyeran en ella instrucciones para el ejercicio del voto o se suscitaran dudas sobre el destinatario o el alcance de la representación, se entenderá que (i) la delegación se efectúa a favor del Presidente del consejo de administración, sin perjuicio de lo señalado más adelante para el caso de conflicto de intereses; (ii) se refiere a todos los puntos que integran el orden del día de la junta general de accionistas; (iii) se pronuncia por el voto favorable a todas las propuestas formuladas por el consejo de administración; y (iv) se extiende, asimismo, a los puntos que puedan suscitarse fuera del orden del día, respecto de los cuales el representante se abstendrá de votar, salvo que tenga elementos de juicio para considerar más favorable a los intereses del representado ejercitar el voto a favor o en contra de dichas propuestas.

Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, en caso de que el representante se encuentre incurso

en una situación de conflicto de interés en relación con alguno de los puntos incluidos en el orden del día o que pudieran presentarse fuera del orden del día con arreglo a la Ley, y el accionista no hubiese dado instrucciones de voto precisas para cada uno de dichos puntos, el representante deberá abstenerse. En este caso, se entenderá que el representado ha designado, además, como representantes, solidaria y sucesivamente, al Presidente de la junta general de accionistas y, si este estuviese en situación de conflicto de interés, al Secretario de la junta general de accionistas y, si este estuviese, a su vez, en situación de conflicto de interés, al Vicesecretario no miembro del consejo de administración.

De la misma forma, el accionista que emita su voto mediante correspondencia postal o comunicación electrónica con carácter previo a la celebración de la junta general y no hiciera constar marca en alguna o ninguna de las casillas destinadas a señalar el voto respecto de los puntos del orden del día, se entenderá que desea votar a favor de las respectivas propuestas formuladas por el consejo de administración.

Se establecen las siguientes reglas de prelación entre delegación, voto a distancia y presencia en la junta:

  • (i) La asistencia, personal o telemática, a la junta general del accionista o del representante del accionista persona jurídica que hubiera delegado o votado a distancia con carácter previo a la celebración de la junta general, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, dejará sin efecto dicha delegación o voto previo.
  • (ii) En el caso de que un accionista realice varias delegaciones o emita varios votos, prevalecerá la última representación o el último voto emitido que haya sido recibido por la Sociedad dentro del plazo establecido.
  • (iii) Como regla particular, el voto efectuado a través de cualquier medio de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la junta general hará ineficaz cualquier otorgamiento de representación electrónica o mediante tarjeta impresa en papel, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada.
  • (iv) Tanto la representación como el voto emitido a distancia quedarán sin efecto por la enajenación de las acciones que confieren el derecho de asistencia de que tenga conocimiento la Sociedad.

La Sociedad pondrá a disposición de los accionistas en su página web corporativa (www.neinorhomes.com) los formularios que podrán utilizarse para la delegación y el voto por correspondencia postal o comunicación electrónica a distancia, en los términos previstos en este anuncio.

En caso de que el accionista sea persona jurídica, el accionista deberá comunicar a la Sociedad cualquier modificación o revocación en las facultades que ostente su representante y, por tanto, la Sociedad declina cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación.

Respecto a los accionistas personas jurídicas, independientemente del medio de comunicación a distancia empleado para conferir la representación a un tercero o votar, a solicitud de la Sociedad, deberá remitirse, junto con el resto de documentación requerida conforme a estas reglas, una copia de los poderes de la persona física que en nombre y representación de tal accionista persona jurídica confiere

la representación a un tercero o ejerce el voto a distancia.

Podrán votar, delegar o asistir cualquiera de los cotitulares de un depósito de acciones y les serán de aplicación entre sí las reglas de prelación establecidas supra. A los efectos del artículo 126 de la LSC, se presume que el cotitular que en cada momento realice una actuación (asistencia, delegación o voto) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos que le corresponden como accionista.

La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto, delegación a distancia y participación telemática cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan. Asimismo, la Sociedad se reserva el derecho de solicitar a los accionistas los medios adicionales de identificación que considere oportunos para garantizar la identidad de los intervinientes, la autenticidad del voto o de la representación conferida y, en general, la seguridad jurídica del acto de la junta general de accionistas.

La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de voto, delegación a distancia y participación telemática.

Los accionistas personas jurídicas y los no residentes en España deberán consultar con un correo electrónico dirigido a la dirección [email protected] para examinar la posibilidad de, en su caso, adaptar, con las debidas garantías, los mecanismos de voto y representación a distancia a sus peculiaridades.

DERECHO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE

De conformidad con el artículo 518 de la LSC, desde la publicación del presente anuncio de convocatoria de la junta general y hasta su celebración, estarán a disposición de los accionistas ininterrumpidamente a través de la página web corporativa de la Sociedad (www.neinorhomes.com), entre otros, los siguientes documentos e información:

  • − Anuncio de convocatoria.
  • − Número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria.
  • − Texto íntegro de la propuesta de acuerdos a adoptar, en su caso, por la junta general en relación con cada uno de los puntos comprendidos en el orden del día, así como los respectivos informes del consejo de administración o, en su caso, de sus comisiones legalmente requeridos.
  • − Estatutos Sociales vigentes.
  • − Reglamento de la Junta General de Accionistas vigente.
  • − Tarjeta de Asistencia.
  • − Reglas sobre el derecho de asistencia y sobre la representación y voto mediante medios de comunicación a distancia.

  • − Descripción del derecho de información que corresponde a los accionistas.

  • − Normas del Foro Electrónico de Accionistas.
  • − Las solicitudes válidas de informaciones, aclaraciones o preguntas realizadas por los accionistas en ejercicio de su derecho de información y las contestaciones que, en su caso, faciliten los administradores.
  • − Informe del consejo de administración de la Sociedad relativo a la ampliación de capital con exclusión del derecho de suscripción preferente acordada por el consejo de administración de conformidad con el artículo 506.4 de la LSC.

Asimismo, de conformidad con el artículo 287 de la LSC, cualquier accionista podrá examinar en el domicilio social y solicitar la entrega o el envío gratuito (el cual podrá efectuarse mediante correo electrónico con acuse de recibo si el accionista admite este medio) de la documentación que ha de ser sometida a la aprobación de la junta general en los casos que legalmente proceda y, en particular, los preceptivos informes del consejo de administración o, en su caso, de sus comisiones, así como la restante documentación que, con ocasión de la celebración de esta junta general, deba ponerse necesariamente a su disposición.

De acuerdo con los artículos 197 y 520 de la LSC, desde el mismo día de publicación del presente anuncio de convocatoria y hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la junta, ambos inclusive, o verbalmente durante su celebración, los accionistas podrán solicitar del consejo de administración, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes.

Además, con la misma antelación y por escrito, o verbalmente durante la celebración de la junta, los accionistas podrán solicitar las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última junta general y acerca del informe del auditor.

Salvo en los casos expresamente previstos en la Ley, el consejo de administración estará obligado a facilitar por escrito la información solicitada hasta el día de la celebración de la junta general y, en el caso de las solicitudes verbales realizadas durante la celebración de la junta general cuando no sea posible satisfacer el derecho del accionista en ese momento, el consejo de administración estará obligado a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la junta.

Las solicitudes de información podrán realizarse mediante la entrega de la petición en, o su envío por correspondencia postal al domicilio social de la Sociedad (i.e. calle Henao 20, planta 1ª, oficina izquierda, 48009 Bilbao (España)) o mediante el envío de un correo electrónico a la dirección [email protected].

Cualquiera que sea el medio que se emplee, la petición del accionista deberá incluir su nombre y apellidos, junto con la acreditación de las acciones de las que es titular, mediante copia de la Tarjeta de Asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear o certificado de legitimación, con objeto de que esta información sea cotejada con la relación de accionistas y el número de acciones a su nombre facilitada por Iberclear para la junta general. Corresponderá al accionista la prueba del envío de la solicitud a la Sociedad en forma y plazo.

La página web corporativa de la Sociedad (www.neinorhomes.com) detallará las explicaciones pertinentes para el ejercicio del derecho de información del accionista en los términos previstos en la normativa aplicable.

Las peticiones de los accionistas se contestarán, en su caso, una vez comprobada la identidad y condición de accionista del solicitante, antes de la junta general a través del mismo medio en que se formularon, a menos que el accionista señale al efecto otro distinto que se considere idóneo. En todo caso, se podrá cursar la información en cuestión a través de correo certificado con acuse de recibo o burofax.

INSTRUMENTOS ESPECIALES DE INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 539.2 de la LSC y en los términos referidos en el mismo, con el fin de facilitar la comunicación de los accionistas con carácter previo a la celebración de la junta general, se habilitará un Foro Electrónico de Accionistas (el "Foro") en la página web corporativa de la Sociedad (www.neinorhomes.com), al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias de accionistas que, al amparo de lo previsto en dicho artículo, puedan constituir.

En el Foro podrán publicarse, entre otros, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la Ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.

El acceso al Foro y los términos y condiciones de su utilización y funcionamiento se regirán por lo previsto en este anuncio, el documento con la descripción del derecho de información que corresponde a los accionistas y las normas de funcionamiento del Foro, cuyo contenido puede consultarse en la página web corporativa de la Sociedad (www.neinorhomes.com).

INTERVENCIÓN DE NOTARIO EN LA JUNTA

El consejo de administración ha acordado requerir la presencia de Notario público para que levante acta de la junta general extraordinaria de accionistas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la LSC en relación con el artículo 101 del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio.

OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LOS ACCIONISTAS

Los datos personales que los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la junta general o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a

través de la entidad responsable de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, serán tratados por la Sociedad como responsable de tratamiento con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo relativo a la convocatoria y celebración de la junta general, así como el cumplimiento de sus obligaciones legales. Los datos serán comunicados al notario que asista y levante el acta notarial de la junta general. El tratamiento de los datos es necesario para las finalidades indicadas y su base jurídica es su relación como accionista y el cumplimiento de obligaciones legales. Los datos serán conservados durante el desarrollo de dicha relación y, tras ello, durante el plazo de seis años únicamente para poder hacer frente a cualesquiera acciones legales o contractuales, salvo que, excepcionalmente, fuera de aplicación un plazo de prescripción superior.

En caso de que en la Tarjeta de Asistencia se incluyan datos personales referentes a terceros, el accionista deberá informarles de los extremos aquí indicados en relación con el tratamiento de datos personales y cumplir con cualesquiera otros requisitos que puedan ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a la Sociedad, sin que la Sociedad deba realizar ninguna actuación adicional vis-à-vis los interesados.

Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y cualesquiera otros derechos reconocidos por la normativa vigente en materia de protección de datos, dirigiendo un escrito identificado con la referencia "Protección de Datos" (adjuntando fotocopia del DNI o documento identificativo) en el que se concrete su solicitud, a la atención del delegado de protección de datos, a la dirección de correo electrónico [email protected] o bien al domicilio social de la Sociedad (i.e. calle Henao 20, planta 1ª, oficina izquierda, 48009 Bilbao (España)). Asimismo, los titulares de los datos pueden presentar cualquier reclamación ante la autoridad de control en materia de protección de datos competente.

En Bilbao, a 24 de septiembre de 2025

La Secretaria no miembro del consejo de administración

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