AGM Information • Jul 15, 2025
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Industria de Diseño Textil, S.A. (Inditex, S.A.), de conformidad con lo establecido en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, procede por medio del presente escrito a comunicar la siguiente:
En el día de hoy se ha celebrado, en primera convocatoria, la Junta General Ordinaria de Accionistas de Industria de Diseño Textil, S.A. (Inditex, S.A.) en la localidad de Arteixo (A Coruña), habiéndose adoptado los acuerdos que se recogen a continuación:
Aprobación de las Cuentas Anuales individuales y de la gestión social:
a) Aprobación de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de Industria de Diseño Textil, S.A. (Inditex, S.A.) correspondientes al ejercicio social 2024, finalizado el 31 de enero de 2025.
Aprobar las Cuentas Anuales (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria) y el Informe de Gestión de Industria de Diseño Textil, S.A. (Inditex, S.A.), correspondientes al ejercicio social 2024 (finalizado el 31 de enero de 2025), formuladas por el Consejo de Administración en su sesión del día 11 de marzo de 2025 siguiendo los requisitos de formato y etiquetado establecidos en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815, firmadas por todos los consejeros y auditadas por el auditor de cuentas de la Sociedad.
Aprobar la gestión del Consejo de Administración de Industria de Diseño Textil, S.A. (Inditex, S.A.) correspondiente al ejercicio social 2024, finalizado el 31 de enero de 2025.
Aprobar las Cuentas Anuales (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado del Resultado Global, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria, todos ellos consolidados) y el Informe de Gestión Consolidado del Grupo Inditex, con excepción de la información no financiera que es objeto de aprobación en el punto tercero siguiente del Orden del Día, correspondientes al ejercicio social 2024 (finalizado el 31 de enero de 2025), formuladas por el Consejo de Administración en su sesión del día 11 de marzo de 2025, siguiendo los requisitos de formato y etiquetado establecidos en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815, firmadas por todos los consejeros y auditadas por el auditor de cuentas de la Sociedad.
Aprobar el Estado de Información no Financiera Consolidado e Información sobre Sostenibilidad correspondiente al ejercicio social 2024 (finalizado el 31 de enero de 2025), que forma parte del Informe de Gestión Consolidado del Grupo Inditex correspondiente al referido ejercicio social 2024, aprobado bajo el punto segundo del Orden del Día, y que fue formulado por el Consejo de Administración en su reunión del día 11 de marzo de 2025, y verificado conforme a lo establecido en la normativa vigente.
Aprobar la propuesta de aplicación del resultado positivo del ejercicio social 2024 (finalizado el 31 de enero de 2025), por importe de dos mil setecientos cinco millones de euros (2.705 millones de €), a distribuir del siguiente modo:
| A Reservas voluntarias 87 millones de euros | |
|---|---|
| A dividendos2.618 millones de euros | |
| TOTAL 2.705 millones de euros |
Asimismo, aprobar la distribución de dividendos (importe máximo a distribuir correspondiente a un dividendo fijo de 1,68 euros brutos por acción, siendo un dividendo ordinario de 1,13 euros por acción y un dividendo extraordinario de 0,55 euros por acción, por la totalidad de las acciones en circulación) por el siguiente importe total, incluyendo la aplicación del resultado de ejercicio social 2024:
TOTAL DIVIDENDOS....................................................................... 5.236 millones de euros
Se acuerda, por tanto, retribuir a las acciones con derecho a dividendo con la cantidad de 1,68 euros brutos por acción. Habiéndose pagado ya el día 2 de mayo de 2025, a cuenta del dividendo ordinario, la cantidad de 0,84 euros brutos por acción, se acuerda ahora abonar un dividendo complementario, ordinario y extraordinario, de 0,84 euros brutos por acción, cantidad restante hasta completar el dividendo total, con cargo, en la parte necesaria, a reservas de libre disposición de la Sociedad.
El citado dividendo complementario se hará efectivo a los accionistas a partir del próximo día 3 de noviembre de 2025, a través de las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear) en donde los accionistas tengan depositadas sus acciones. Sobre la cantidad bruta a pagar se practicará, en su caso, la retención fiscal exigida por la normativa aplicable.
Nombramiento de D. Roberto Cibeira Moreiras como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de consejero dominical.
Aprobar el nombramiento de D. Roberto Cibeira Moreiras como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de consejero dominical, por el plazo previsto en los Estatutos Sociales, a contar desde la fecha de la presente Junta General de Accionistas.
Reelección de Ernst & Young, S.L. como Auditor de Cuentas de la Sociedad y de su Grupo para el ejercicio social 2025.
Reelegir a Ernst & Young, S.L., inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 9.364 general, 8.130 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, folio 68, hoja nº 87.690-1, inscripción 1ª, con domicilio social en Torre Azca, calle Raimundo Fernández Villaverde, 65, 28003 (Madrid) y N.I.F. número B-78970506, como auditor de cuentas de la Sociedad y del Grupo Inditex para la revisión de las cuentas anuales e informes de gestión de la Sociedad y de las consolidadas del Grupo Inditex, correspondientes al ejercicio social 2025, que trascurre desde el 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de enero de 2026.
Aprobación de un plan de incentivo a largo plazo en efectivo y en acciones dirigido a los miembros del equipo directivo, incluidos los consejeros ejecutivos, y a otros empleados del Grupo Inditex.
Aprobar, de conformidad con el artículo 219 de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 31 de los Estatutos Sociales, el Plan de incentivo a largo plazo 2025-2029 (en adelante, el "Plan") dirigido a los miembros del equipo directivo, incluidos los consejeros ejecutivos, y otros empleados del Grupo Inditex.
El Plan está en línea con la política de remuneraciones de los consejeros para los ejercicios sociales 2024, 2025 y 2026 aprobada, de conformidad con el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, por la Junta General de Accionistas celebrada el 11 de julio de 2023, bajo el punto sexto del Orden del Día (en adelante, la "Política de Remuneraciones de los Consejeros").
Los términos y condiciones básicos del Plan son los siguientes:
del Grupo Inditex, que sean invitados a participar en el Plan, hasta un máximo de 750 beneficiarios.
El incentivo máximo asignado en efectivo es un importe en euros establecido para cada beneficiario.
El incentivo máximo asignado en acciones es un número de acciones para cada beneficiario, que se obtendrá mediante la siguiente fórmula:
Incentivo máximo asignado en acciones = valor de concesión en euros / cotización media ponderada de la acción en los 30 días hábiles bursátiles inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de cada ciclo (sin incluir en el cómputo el citado día). Para el primer ciclo esta fecha es el 1 de febrero de 2025 y la cotización media ponderada es de 49,93 euros.
No se podrá asignar un incentivo superior al incentivo máximo asignado.
/ Condiciones: El importe del incentivo en efectivo y el número de acciones que se entregará a cada beneficiario al finalizar cada ciclo se determinarán multiplicando el incentivo máximo asignado al beneficiario de que se trate, por el coeficiente de pago ponderado, que se determinará en función del grado de cumplimiento de los objetivos establecidos para cada ciclo.
El Consejero Delegado recibirá, en su caso, un incentivo que se liquidará un 60% en acciones y un 40% en efectivo. Los porcentajes de acciones y efectivo que se aplicarán en la liquidación del incentivo del resto del equipo directivo y empleados beneficiarios del Plan dependerá del colectivo concreto al que pertenezcan.
La consecución de los objetivos se medirá a través de parámetros identificables y cuantificables. Las métricas de las que dependerá el incentivo a entregar a cada beneficiario individual estarán vinculadas con los objetivos estratégicos de la Sociedad durante la vigencia del Plan, en línea con lo establecido en la Política de Remuneraciones de Consejeros a este respecto.
Para el primer ciclo del Plan, el incentivo a entregar a cada beneficiario dependerá de las siguientes métricas:
*Las fibras o materiales deben cumplir con los estándares de mejores prácticas de terceros y se requiere una certificación de terceros o una verificación de segunda parte que garantice su cumplimiento. El Plan de Fibras incluye los estándares desarrollados por Textile Exchange, Canopy, Changing Markets o Leather Working Group, entre otros.
La ponderación de cada métrica en el primer ciclo será la siguiente: (i) 25% BAI, (ii) 25% TTTT, (iii) 25% RTA, correspondiendo el 12,5% al RTA absoluto y el 12,5% al RTA relativo y (iv) 25% el Índice de sostenibilidad.
Con la finalidad de calcular el coeficiente de pago conseguido para cada nivel de consecución de objetivos, se determinará una escala de logro para cada métrica, fijada al inicio del ciclo, que incluirá un umbral mínimo por debajo del cual no se abonará incentivo, y que se corresponde con un coeficiente de pago del 30% del incentivo máximo asignado, y un nivel máximo, que supone un coeficiente de pago del 100% del incentivo máximo asignado. Para niveles intermedios, los resultados se determinarán por interpolación lineal.
31 de enero de 2028, para el primer ciclo (inclusive). Para el cálculo de dicho valor final, se considerarán los dividendos u otros conceptos similares percibidos por el accionista por dicha inversión, durante el correspondiente periodo de tiempo, como si se hubiera reinvertido su importe bruto (antes de impuestos) en más acciones del mismo tipo, en la primera fecha en que el dividendo o concepto similar sea debido a los accionistas y al precio de cierre de cotización de dicha fecha.
/ Para el RTA relativo:
El Grupo de Referencia está formado por 14 empresas vinculadas al sector textil con un potencial impacto en su cotización por factores externos similar a Inditex, según se detalla a continuación: Nike, Fast Retailing, Lululemon Athletica, Adidas, H&M, Associated British Foods, VF Corporation, Burberry, Next, Puma, Zalando, JD Sports Fashion, Ralph Lauren Corporation y Hugo Boss (en adelante, el "Grupo de Referencia").
A los efectos del RTA de Inditex y de cada una de las empresas del Grupo de Referencia, se entiende por valor inicial la cotización media ponderada de la acción de cada empresa en los 30 días hábiles bursátiles inmediatamente anteriores al 1 de febrero de 2025, sin incluir en el cómputo el citado día.
A los efectos del RTA de Inditex y de cada una de las empresas del Grupo de Referencia, se entiende por valor final la cotización media ponderada de la acción de cada empresa en los 30 días hábiles bursátiles inmediatamente anteriores al 31 de enero de 2028 (inclusive).
A estos efectos, para el cálculo de dicho valor final, se considerarán los dividendos u otros conceptos similares percibidos por el accionista por dicha inversión, durante el correspondiente periodo de tiempo, como si se hubiera reinvertido su importe bruto (antes de impuestos) en más acciones del mismo tipo, en la primera fecha en que el dividendo o concepto similar sea debido a los accionistas y al precio de cierre de cotización de dicha fecha.
A la finalización del primer ciclo, se calculará:
Grupo de Referencia.
• El RTA anualizado de Inditex y el RTA anualizado del Grupo de Referencia.
A continuación, se calculará la diferencia (resta o sustracción) del RTA anualizado de Inditex y el RTA anualizado del Grupo de Referencia. Esta diferencia se comparará con el objetivo fijado por el Consejo de Administración al inicio del primer ciclo y se corresponderá con un coeficiente de pago.
/ Índice de sostenibilidad:
La Comisión de Retribuciones realizará un seguimiento anual de los objetivos y, una vez finalizado el ciclo, la evaluación de su cumplimiento. Esta evaluación se realizará sobre la base de los datos y resultados facilitados por el Departamento de Sostenibilidad, y analizados todos ellos, con carácter previo, por la Comisión de Sostenibilidad. Para la evaluación a realizar, en el caso del indicador nº 1 (Consumo de materias primas textiles con un menor impacto) y del indicador nº 4 (Trazabilidad origen materia prima), se tomará en consideración el porcentaje de consumo de materias primas textiles preferentes y de productos textiles fabricados con algodón, viscosa y poliéster, respectivamente, alcanzados en la campaña de Invierno 2027 sobre el total de compra de materias primas en la misma campaña. Para el del indicador nº 2 (Mejora de la biodiversidad), se tomará en consideración para la evaluación el dato acumulado de los tres años del ciclo. Y para el cálculo del indicador nº 3 (Descarbonización), la evaluación a realizar tomará en consideración el indicador en la fecha final del ciclo para determinar la reducción contra el año establecido como año base.
a los que así se les comunique expresamente, deberán retener un número de acciones equivalente al incentivo percibido en acciones, netas de los impuestos aplicables, durante un (1) año desde su entrega.
en su caso, cuando proceda, las designaciones y asignaciones previamente realizadas.
Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Inditex, correspondiente al ejercicio social 2024, aprobado por el Consejo de Administración el pasado 11 de marzo de 2025 y cuyo texto íntegro ha estado a disposición de los accionistas, junto con el resto de la documentación de la Junta General de Accionistas, desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria.
Delegar en el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución en cualquier persona a la que el Consejo de Administración apodere expresamente al efecto, las facultades necesarias y tan amplias como se requieran en derecho, para la subsanación, desarrollo y ejecución, en el momento que estime más conveniente, de cada uno de los acuerdos aprobados en esta Junta General de Accionistas.
En concreto, facultar al Consejero Delegado, D. Óscar García Maceiras, y otorgar poder especial, pero tan amplio como en derecho sea necesario, al Secretario del Consejo de Administración, D. Javier Monteoliva Díaz, para que, uno cualquiera de ellos, solidaria e indistintamente, y tan ampliamente como en derecho sea necesario, pueda realizar cuantos actos sean procedentes para ejecutar los acuerdos aprobados en esta Junta General de Accionistas, en orden a la inscripción de los mismos en el Registro Mercantil y en cualesquiera otros registros, incluyendo, en particular, y entre otras facultades, la de comparecer ante notario para otorgar las escrituras públicas y actas notariales necesarias o convenientes a tal fin, subsanar, ratificar, interpretar o complementar lo acordado y formalizar cualquier otro documento público o privado que sea necesario o conveniente hasta conseguir la ejecución y plena inscripción de los acuerdos adoptados, sin necesidad de nuevo acuerdo de la Junta General de Accionistas, así como para proceder al preceptivo depósito de las cuentas anuales individuales y consolidadas en el Registro Mercantil.
De conformidad con lo establecido en el artículo 528 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa a la Junta General de Accionistas de que el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, acordó en su reunión de fecha 10 de junio de 2025, aprobar la modificación del Reglamento del Consejo de Administración en los términos que se exponen en el informe justificativo elaborado por el Consejo de Administración al respecto, cuyo texto íntegro ha estado a disposición de los accionistas, junto con el resto de la documentación de la Junta General de Accionistas, desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria, y que se resumen a continuación:
En Arteixo (A Coruña), a 15 de julio de 2025
Javier Monteoliva Díaz Secretario General y del Consejo
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