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Adolfo Dominguez S.A.

Remuneration Information Jun 3, 2016

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Remuneration Information

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ANEXO 1

INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

FECHA FIN DEL EJERCICIO DE REFERENCIA 29/02/2016

C.I.F. A-32104226

DENOMINACIÓN SOCIAL

ADOLFO DOMINGUEZ, S.A.

DOMICILIO SOCIAL

POLÍGONO INDUSTRIAL, CALLE 4, PARCELA 8. SAN CIBRAO DAS VIÑAS (OURENSE)

MODELO DE INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE

LOS CONSEJEROS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

A POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LA SOCIEDAD PARA EL AÑO EN CURSO

  • A.1 Explique la política de remuneraciones de la Sociedad. Dentro de este epígrafe se incluirá información sobre:
  • Principios y fundamentos generales de la política de remuneraciones.
  • Cambios más significativos realizados en la política de remuneraciones respecto a la aplicada durante el ejercicio anterior, así como las modificaciones que se hayan realizado durante el año de las condiciones de ejercicio de opciones ya concedidas.
  • Criterios utilizados y composición de los grupos de empresas comparables cuyas políticas de remuneración se hayan examinado para establecer la política de remuneración de la sociedad.
  • Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos y criterios seguidos para determinar los distintos componentes del paquete retributivo de los consejeros (mix retributivo).

Explique la política de remuneraciones

El sistema retributivo de la Sociedad se regula principalmente en el artículo 23 de los Estatutos Sociales y en los artículos 24 y 25 del Reglamento del Consejo de Administración. De conformidad con esta normativa, la retribución de los miembros del Consejo de Administración, en su condición de tales, consiste en una cantidad anual, fija y en metálico, cuyo importe máximo anual para el conjunto de los consejeros lo determina la Junta General de Accionistas.

Como principios que debe respetar la remuneración de los consejeros, el Reglamento del Consejo de Administración establece que el sistema retributivo debe guardar una proporción razonable con la importancia de la Sociedad, la situación económica que tenga en cada momento y los estándares de mercado de empresas comparables.

El esquema de remuneraciones de los consejeros externos pretende atraer y retener a los consejeros con el perfil deseado en cada momento por la Sociedad, así como retribuir su dedicación, cualificación y responsabilidad exigida por el cargo. No obstante, la remuneración de los consejeros externos en ningún caso deberá ser tan elevada como para comprometer su independencia de criterio.

La modificación de los Estatutos Sociales aprobada por la Junta General de Accionistas el 31 de agosto de 2015 tuvo por objeto, entre otras materias, el sistema retributivo de los consejeros. En particular, se sustituyó el sistema consistente en una asignación fija y en dietas de asistencia a cada reunión del Consejo o de sus Comisiones, por un sistema que consiste en la percepción de una cantidad anual, fija y en metálico.

Corresponde a la Junta General de Accionistas aprobar el importe anual máximo para el conjunto de los consejeros. Además, en el ejercicio en curso, y siguiendo con la práctica de años anteriores, es la Junta General quien determina la retribución concreta a percibir por los miembros del Consejo de Administración y de sus Comisiones.

Por su parte, la retribución individual de los consejeros ejecutivos se recoge en el contrato suscrito individualmente por cada uno de ellos con la Sociedad, en cumplimiento del artículo 249.2 de la Ley de Sociedades de Capital.

Por lo que respecta al ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2016, no está previsto a día de hoy modificar el sistema retributivo ni los importes de remuneración de los consejeros de la Sociedad, manteniendo, un año más, la congelación de la retribución de los miembros del Consejo de Administración, en su condición de tales. Por lo que a la remuneración de los consejeros ejecutivos se refiere, y como ya anticipamos en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros del ejercicio anterior, el nombramiento de D. Estanislao Carpio Martínez como Consejero Delegado de la Sociedad ha supuesto en el ejercicio 2015 un incremento de la retribución total del conjunto de consejeros ejecutivos de la Sociedad, al incluir entre la remuneración de los consejeros ejecutivos las cuantías que percibió el Sr. Carpio.

Por último, se hace constar que los miembros del Consejo de Administración, con la única excepción del Sr. Carpio, no perciben ningún tipo de remuneración de carácter variable.

A.2 Información sobre los trabajos preparatorios y el proceso de toma de decisiones que se haya seguido para determinar la política de remuneración y papel desempeñado, en su caso, por la Comisión de Retribuciones y otros órganos de control en la configuración de la política de remuneraciones. Esta información incluirá, en su caso, el mandato y la composición de la Comisión de Retribuciones y la identidad de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado para definir la política retributiva. Igualmente se expresará el carácter de los consejeros que, en su caso, hayan intervenido en la definición de la política retributiva.

Explique el proceso para determinar la política de remuneraciones

El Consejo de Administración de Adolfo Domínguez, S.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 5.4.b) (v) del Reglamento del Consejo de Administración, se reserva en pleno la competencia de adoptar, entre otros aspectos, las decisiones relativas a la remuneración de los consejeros, dentro del marco estatutario y, en su caso, conforme a la política de remuneraciones aprobada por la Junta General.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad, entre otras, las competencias de proponer al Consejo de Administración (i) la política de retribuciones de los consejeros y de los directores generales o de quienes desarrollen sus funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo, de comisiones ejecutivas o del Consejero Delegado; y (ii) la retribución individual de los consejeros ejecutivos y demás condiciones de sus contratos.

Asimismo, corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones la función de velar por la transparencia de las retribuciones y verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, verificando la información incluida acerca de las remuneraciones de los consejeros y, a tal efecto, someter al Consejo de Administración cuanta información resulte procedente.

Como consecuencia de todo lo anterior, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Adolfo Domínguez, S.A. es el órgano que propone e informa al Consejo de Administración sobre la política de retribución de los consejeros de la Sociedad, desempeñando un importante papel en todas las cuestiones en que se materializa la misma.

A fecha de elaboración de este informe, la composición de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones era la siguiente: D. Ángel Berges Lobera (externo independiente), Presidente; D. Luis Carlos Croissier Batista (externo independiente), Vocal; D. José María García-Planas Marcet (externo independiente), Vocal; y D. José Luis Nueno Iniesta (externo dominical), Vocal.

Se hace constar que la designación de D. Ángel Berges Lobera como miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y como Presidente de la misma, fue acordada por el Consejo de Administración en su reunión de 22 de octubre de 2015.

Aunque el Reglamento también dispone expresamente la posibilidad de que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones recabe el asesoramiento de expertos externos, en aras de un mejor cumplimiento de sus funciones, durante el ejercicio finalizado el 29 de febrero de 2016, la Sociedad no ha solicitado los servicios de asesores externos a la hora de definir la política retributiva.

A.3 Indique el importe y la naturaleza de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las retribuciones por el desempeño de funciones de la alta dirección de los consejeros ejecutivos, de la remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del consejo, de las dietas por participación en el consejo y sus comisiones u otras retribuciones fijas como consejero, así como una estimación de la retribución fija anual a la que den origen. Identifique otros beneficios que no sean satisfechos en efectivo y los parámetros fundamentales por los que se otorgan.

Explique los componentes fijos de la remuneración

En el ejercicio en curso, la retribución fija de los miembros del Consejo de Administración será la siguiente, sujeto a la aprobación por la Junta General de Accionistas:

  • Miembros de la Comisión de Auditoría: 6.300 euros anuales adicionales por consejero.

  • Miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones: 2.250 euros anuales adicionales por consejero.

Se recuerda que la normativa interna de la Sociedad no prevé el devengo de dietas por la mera asistencia a las sesiones del Consejo de Administración, de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones o de la Comisión de Auditoría.

Por otro lado, está previsto que la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas acuerde el nombramiento de nuevos miembros del Consejo de Administración (a la vista de que algunos de los independientes, por el mero lapso del tiempo, perderían su condición como tales), por lo que el importe anual agregado que percibirán los consejeros al cierre del ejercicio en curso podría verse incrementado en comparación con la cantidad de esta magnitud correspondiente al ejercicio cerrado el 29 de febrero de 2016, dado que es posible que aumente el número de miembros del Consejo.

- Miembros del Consejo de Administración: 32.400 euros anuales por consejero.

En resumen, durante el ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2016, el importe bruto anual agregado que percibirán los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, se estima que sería el siguiente:

  • Los ocho miembros del Consejo de Administración a 1 de marzo de 2016 devengarán, a razón de 32.400 euros por consejero, un total de 259.200 euros al cierre del ejercicio el 28 de febrero de 2017.

  • Los nuevos miembros que, en su caso, nombre la Junta General de Accionistas, devengarían en conjunto, y proporcionalmente a los días en el cargo desde su nombramiento hasta el cierre del ejercicio en curso (asumiendo que se designase a tres nuevos miembros), aproximadamente 42.076 euros.

  • Los cuatro miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones devengarán, a razón de 2.250 euros por consejero, un total de 9.000 euros al cierre del ejercicio en curso, que se sumará al importe que les corresponde como miembros del Consejo de Administración.

  • Los tres miembros de la Comisión de Auditoría devengarán, a razón de 6.300 euros por consejero, un total de 18.900 euros al cierre del ejercicio en curso, que se sumará al importe que les corresponde como miembros del Consejo de Administración.

En resumen, el importe bruto anual agregado estimado asciende a 329.176 euros (asumiendo que se designase a tres nuevos miembros). Para el cálculo anterior se ha asumido que la composición de las Comisiones mantendrá el número de miembros que tiene en la actualidad.

En cuanto a las retribuciones de los consejeros ejecutivos (D. Adolfo Domínguez Fernández, D. Estanislao Carpio Martínez y Dña. Elena González Álvarez), la remuneración prevista asciende a aproximadamente 214.000 euros, 350.000 euros y 197.000 euros, respectivamente. A efectos aclaratorios, se hace constar que los tres anteriores importes constituyen la remuneración íntegra a que tienen derecho los consejeros ejecutivos.

Finalmente, se hace constar que las retribuciones de D. Adolfo Domínguez y de Dña. Elena González no contienen conceptos variables, por lo que únicamente perciben, en metálico y como máximo, los importes fijos aprobados anualmente por la Junta General. Sin embargo, para D. Estanislao Carpio se prevé una retribución variable anual de hasta un 40% de su retribución fija anual, en los términos expuestos en el apartado A.4 siguiente, así como otras retribuciones en especie, que se detallan en el apartado A.10 siguiente.

A.4 Explique el importe, la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos.

En particular:

  • Identifique cada uno de los planes retributivos de los que los consejeros sean beneficiarios, su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, periodo de vigencia así como sus principales características. En el caso de planes de opciones sobre acciones y otros instrumentos financieros, las características generales del plan incluirán información sobre las condiciones de ejercicio de dichas opciones o instrumentos financieros para cada plan.
  • Indique cualquier remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, y la razón por la que se otorgaron.
  • Explique los parámetros fundamentales y fundamento de cualquier sistema de primas anules (bonus).
  • Las clases de consejeros (consejeros ejecutivos, consejeros externos dominicales, consejeros externos independientes u otros consejeros externos) que son beneficiarios de sistemas retributivos o planes que incorporan una retribución variable.
  • El fundamento de dichos sistemas de retribución variable o planes, los criterios de evaluación del desempeño elegidos, así como los componentes y métodos de evaluación para determinar si se han cumplido o no dichos criterios de evaluación y una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que daría origen el plan retributivo vigente, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.

  • En su caso, se informará sobre los periodos de diferimiento o aplazamiento de pago que se hayan establecido y/o los periodos de retención de acciones u otros instrumentos financieros si existieran.

Explique los componentes variables de los sistemas retributivos

Los miembros del Consejo de Administración no perciben ningún tipo de remuneración de carácter variable por el desempeño de sus funciones como tales. En particular, y sin perjuicio de lo señalado en los apartados anteriores, no está previsto que ninguno de los miembros del Consejo de Administración perciba remuneraciones en concepto de participación en beneficios o primas u opciones sobre acciones o cualesquiera otros instrumentos referenciados al valor de la acción por su cargo de consejero. Estos conceptos retributivos no están contemplados en el esquema de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad.

Como excepción a lo anterior, el contrato celebrado por la Sociedad con su Consejero Delegado, D. Estanislao Carpio, prevé una retribución variable anual, de naturaleza no consolidable, de hasta el 40% de su retribución fija anual, por el cumplimiento de objetivos cuantitativos y cualitativos anuales, que son fijados anualmente por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Además, si el grado de consecución de objetivos de negocio e individuales marcados excediera del 100%, el Consejo de Administración podrá aumentar el importe de la retribución variable anual hasta un importe total máximo de 180.000 euros.

A.5 Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, financiados parcial o totalmente por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, con una estimación de su importe o coste anual equivalente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.

Indique también las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida.

Explique los sistemas de ahorro a largo plazo

No están previstos, en el esquema de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad, sistemas de ahorro a largo plazo ni ninguna otra prestación o aportación a favor de los consejeros a planes de pensiones.

A.6 Indique cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de las funciones como consejero.

Explique las indemnizaciones

A la fecha de este informe, no existen blindajes ni indemnizaciones pactadas para el caso de terminación de funciones de los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales.

A.7 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual.

Explique las condiciones de los contratos de los consejeros ejecutivos

Como se ha adelantado en el Apartado A.3, los consejeros de la Sociedad que, a la fecha de elaboración de este informe, desempeñan funciones ejecutivas son D. Adolfo Domínguez Fernández, D. Estanislao Carpio Martínez y Dña. Elena González Álvarez.

Condiciones principales de los contratos:

  • Los contratos de los consejeros ejecutivos cuentan con una duración indefinida y no tienen previstos plazos de preaviso en casos de terminación.

  • En relación con las indemnizaciones, el contrato suscrito por uno de los consejeros ejecutivos mencionados indica que tiene derecho a percibir una indemnización equivalente a cinco anualidades brutas de salario (incluyendo la retribución en especie), tomando como base las remuneraciones percibidas en la anualidad (quince pagas) inmediatamente anterior a la resolución del contrato en caso de (i) despido improcedente; (ii) resolución del contrato por la Sociedad alegando causas de fuerza mayor que imposibiliten la prestación de trabajo; (iii) cesación de la industria de forma definitiva; o (iv) extinción contractual individual o colectiva fundadas en causas económicas, técnicas, organizativas o cualquier causa objetiva legalmente precedente.

El contrato de otro de los consejeros establece el derecho a percibir una indemnización por un importe bruto igual a una anualidad de su retribución fija más la mitad del importe máximo de su retribución variable (20% de la retribución fija). Además, uno de los contratos contempla cláusulas de prestación de servicios en exclusividad para la Sociedad, con carácter general, y de no competencia post-contractual durante un año tras la extinción del contrato.

Aparte de los conceptos mencionados, no se contempla ninguna otra cláusula relativa a primas de contratación, blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual ni pactos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y de no competencia post-contractual.

A.8 Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.

Explique las remuneraciones suplementarias

No está previsto que ninguno de los miembros del Consejo de Administración perciba remuneraciones suplementarias como contraprestación por servicios prestados distintos a los inherentes a su cargo.

A.9 Indique cualquier retribución en forma de anticipos, créditos y garantías concedidos, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.

Explique los anticipos, créditos y garantías concedidos

No está previsto que ninguno de los miembros del Consejo de Administración perciba retribución alguna en forma de anticipo, de créditos o de garantías concedidos. Como excepción, se hace constar que D. Estanislao Carpio tiene concedido un préstamo que, a 29 de febrero de 2016, tiene un saldo vivo por importe de 367.691 euros.

A.10 Explique las principales características de las remuneraciones en especie.

Explique las remuneraciones en especie

La Sociedad mantiene un seguro de responsabilidad civil en favor de sus consejeros. No existen otros compromisos en materia de pensiones, seguros de vida u otros conceptos análogos.

Adicionalmente, uno de los consejeros ejecutivos percibe, como retribución en especie, el uso de un vehículo de la compañía, en las condiciones detalladas en el contrato firmado con la Sociedad.

Salvo por lo señalado en apartados anteriores, no se prevé, en el esquema de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad, la percepción de remuneraciones en especie.

A.11 Indique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tenga como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.

Explique las remuneración devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero

No se han producido pagos de esta naturaleza.

A.12 Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualesquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.

Explique los otros conceptos retributivos

No existen conceptos retributivos distintos o adicionales a los descritos en el presente Informe.

A.13 Explique las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a: medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, medidas que establezcan un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, fórmulas o cláusulas de recobro para poder reclamar la devolución de los componentes variables de la remuneración basados en los resultados cuando tales componentes se hayan pagado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta y medidas previstas para evitar conflictos de intereses, en su caso.

Explique los acciones adoptadas para reducir los riesgos

Como se ha comentado en el Apartado A.1 anterior, a la vista del entorno económico de crisis generalizada y de los resultados y la situación financiera de la Sociedad, el Consejo de Administración ha acordado proponer a la Junta que se mantengan las remuneraciones a percibir por los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales. Estas son las acciones adoptadas por la Sociedad para reducir la exposición a riesgos y ajustar las remuneraciones de los consejeros a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad. En especial, se hace constar que la remuneración de los consejeros por su pertenencia al Consejo y, en su caso, a sus Comisiones, se mantuvo invariable durante los ejercicios 2007 a 2013, acordándose después una reducción del 10% de dicha remuneración, la cual se ha mantenido desde entonces y se prevé que se mantenga en el ejercicio en curso. Los importes resultantes de esta reducción son los que vienen aplicándose hasta la actualidad, sin que vayan a alterarse en el ejercicio en curso.

Salvo por lo previsto en el contrato del Consejero Delegado, al no existir remuneración variable para el resto de consejeros, la estructura del sistema de remuneración actual de los consejeros de la Sociedad no incentiva la exposición a riesgos excesivos ni se determina en función de los resultados a corto o a largo plazo de la Sociedad.

En relación con la remuneración variable de D. Estanislao Carpio, la Sociedad entiende que su retribución fija constituye una parte suficientemente elevada de la remuneración total, lo que permite introducir medidas de flexibilidad en la retribución variable, pudiendo llegar incluso a su supresión. Además, la previsión de remuneración variable se limita al Sr. Carpio y se percibe por sus labores ejecutivas distintas de su condición de consejero, estableciéndose, entre otros, parámetros vinculados a los resultados de la Sociedad.

B POLITICA DE REMUNERACIONES PREVISTA PARA EJERCICIOS FUTUROS

Derogado.

C RESUMEN GLOBAL DE CÓMO SE APLICÓ LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DURANTE EL EJERCICIO CERRADO

C.1 Explique de forma resumida las principales características de la estructura y conceptos retributivos de la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio cerrado, que da lugar al detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros que se reflejan en la sección D del presente informe, así como un resumen de las decisiones tomadas por el consejo para la aplicación de dichos conceptos.

Explique la estructura y conceptos retributivos de política de retribuciones aplicada durante el ejercicio

En línea con lo expuesto en apartados anteriores, los consejeros de Adolfo Domínguez, S.A. han devengado por su condición de tales, durante el ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2015 y cerrado el 29 de febrero de 2016, las siguientes retribuciones:

  • Cada miembro del Consejo de Administración ha percibido un importe bruto anual de 32.400 euros.

  • Cada miembro de la Comisión de Auditoría ha percibido un importe bruto anual, adicional al devengado como miembros del Consejo de Administración, de 6.300 euros.

  • Cada miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha percibido un importe bruto anual, adicional al devengado como miembros del Consejo de Administración, de 2.250 euros.

No se han satisfecho cantidades en concepto de dietas por la mera asistencia a reuniones del Consejo de Administración o de sus Comisiones.

Además, como se ha mencionado, las retribuciones de los consejeros no han incluido conceptos variables, sino que se han compuesto únicamente de los importes fijos señalados en los Estatutos Sociales y aprobados por la Junta General, que han sido abonados siempre en metálico, sin incluir entrega de acciones, opciones sobre acciones o cualquier otro componente variable.

En relación con la remuneración percibida por los consejeros ejecutivos de la Sociedad, la remuneración total recibida por D. Adolfo Domínguez, D. Estanislao Carpio y Dña. Elena González, por su condición de consejeros y por razón del desempeño de sus funciones ejecutivas en la Sociedad conforme a su relación contractual, ascendió, respectivamente, a 211.630,74 euros, 420.560 euros y 196.073,88 euros.

D DETALLE DE LAS RETRIBUCIONES INDIVIDUALES DEVENGADAS POR CADA UNO DE LOS CONSEJEROS

Nombre Tipología Período de devengo ejercicio 2015
ADOLFO DOMÍNGUEZ FERNÁNDEZ Ejecutivo Desde 01/03/2015 hasta 29/02/2016.
LUXURY LIBERTY, S.A. Dominical Desde 01/03/2015 hasta 29/02/2016.
ESTANISLAO CARPIO MARTÍNEZ Ejecutivo Desde 31/08/2015 hasta 29/02/2016.
JOSÉ LUIS NUENO INIESTA Dominical Desde 01/03/2015 hasta 29/02/2016.
JOSÉ MARÍA GARCÍA-PLANAS MARCET Independiente Desde 01/03/2015 hasta 29/02/2016.
MARÍA ELENA GONZÁLEZ ÁLVAREZ Ejecutivo Desde 01/03/2015 hasta 29/02/2016.
LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA Independiente Desde 01/03/2015 hasta 29/02/2016.
ÁNGEL BERGES LOBERA Independiente Desde 01/03/2015 hasta 29/02/2016.

D.1 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.

a) Retribuciones devengadas en la sociedad objeto del presente informe:

i) Retribución en metálico (en miles de €)

Nombre Sueldos Remuneración
fija
Dietas Retribución
variable
a corto
plazo
Retribucion
variable
a largo
plazo
Remuneración
por
pertenencia
a
comisiones
del Consejo
Indemnizaciones Otros
conceptos
Total
año
2015
Total
año
2014
JOSÉ LUIS NUENO INIESTA 0 32.400 0 0 0 2.250 0 0 34.650 34.650
LUXURY LIBERTY, S.A. 0 32.400 0 0 0 6.300 0 0 38.700 38.700
LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA 0 32.400 0 0 0 8.550 0 0 40.950 40.950
JOSÉ MARÍA GARCÍA-PLANAS MARCET 0 32.400 0 0 0 2.250 0 0 34.650 34.650
ÁNGEL BERGES LOBERA 0 32.400 0 0 0 6.300 0 0 38.700 38.700
ADOLFO DOMÍNGUEZ FERNÁNDEZ 211.631 0 0 0 0 0 0 0 211.631 211.631
Nombre Sueldos Remuneración
fija
Dietas Retribución
variable
a corto
plazo
Retribucion
variable
a largo
plazo
Remuneración
por
pertenencia
a
comisiones
del Consejo
Indemnizaciones Otros
conceptos
Total
año
2015
Total
año
2014
MARÍA ELENA GONZÁLEZ ÁLVAREZ 196.074 0 0 0 0 0 0 0 196.074 196.074
ESTANISLAO CARPIO MARTÍNEZ 350.000 0 0 70.560 0 0 0 0 420.560 0

ii) Sistemas de retribución basados en acciones

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo

b) Retribuciones devengadas por los consejeros de la sociedad por su pertenencia a consejos en otras sociedades del grupo:

i) Retribución en metálico (en miles de €)

Nombre Sueldos Remuneración
fija
Dietas Retribución
variable
a corto
plazo
Retribucion
variable
a largo
plazo
Remuneración
por
pertenencia
a
comisiones
del Consejo
Indemnizaciones Otros
conceptos
Total
año
2015
Total
año
2014
ÁNGEL BERGES LOBERA 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
ESTANISLAO CARPIO MARTÍNEZ 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
JOSÉ LUIS NUENO INIESTA 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
JOSÉ MARÍA GARCÍA-PLANAS MARCET 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
LUXURY LIBERTY, S.A. 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
MARÍA ELENA GONZÁLEZ ÁLVAREZ 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
ADOLFO DOMÍNGUEZ FERNÁNDEZ 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

ii) Sistemas de retribución basados en acciones

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo

c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):

Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.

En el caso de los Sistemas de Ahorro a largo plazo, se incluirán las aportaciones o dotaciones realizadas a este tipo de sistemas:

Nombre Retribución devengada en la Sociedad Retribución devengada en sociedades del grupo Totales
Total
Retribución
metálico
Importe
de las
acciones
otorgadas
Beneficio
bruto
de las
opciones
ejercitadas
Total
ejercicio
2015
sociedad
Total
Retribución
metálico
Importe
de las
acciones
entregadas
Beneficio
bruto
de las
opciones
ejercitadas
Total
ejercicio
2015
grupo
Total
ejercicio
2015
Total
ejercicio
2014
Aportación
al
sistemas
de
ahorro
durante
el
ejercicio
ADOLFO DOMÍNGUEZ FERNÁNDEZ 211.631 0 0 211.631 0 0 0 0 211.631 211.631 0
ÁNGEL BERGES LOBERA 38.700 0 0 38.700 0 0 0 0 38.700 38.700 0
ESTANISLAO CARPIO MARTÍNEZ 420.560 0 0 420.560 0 0 0 0 420.560 0 0
JOSÉ LUIS NUENO INIESTA 34.650 0 0 34.650 0 0 0 0 34.650 34.650 0
JOSÉ MARÍA GARCÍA-PLANAS MARCET 34.650 0 0 34.650 0 0 0 0 34.650 34.650 0
LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA 40.950 0 0 40.950 0 0 0 0 40.950 40.950 0
LUXURY LIBERTY, S.A. 38.700 0 0 38.700 0 0 0 0 38.700 38.700 0
MARÍA ELENA GONZÁLEZ ÁLVAREZ 196.074 0 0 196.074 0 0 0 0 196.074 196.074 0
TOTAL 1.015.915 0 0 1.015.915 0 0 0 0 1.015.915 595.355 0

D.2 Informe sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros.

Las variaciones en el rendimiento de la sociedad no han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, ya que estas últimas son de carácter fijo, tal y como se establece en los Estatutos, y no consisten en conceptos retributivos variables, con la excepción del Consejero Delegado. Como se ha indicado en el Apartado A.13, la Sociedad entiende que su retribución fija constituye una parte suficientemente elevada de la remuneración total, no constituyendo por lo tanto incentivo alguno para la exposición a riesgos excesivos para la Sociedad.

En particular, la remuneración de los consejeros por su pertenencia al Consejo de Administración y, en su caso, a sus Comisiones, se mantuvo constante desde 2007 hasta el ejercicio 2013, cuando no solo se congeló, sino que se redujo en un 10%, reflejándose de esta forma su objetivo de realizar un esfuerzo de contención del gasto en un entorno de crisis económica internacional y teniendo en cuenta la situación financiera de la Sociedad.

D.3 Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido:

Número % sobre
el total
Votos emitidos 6.774.060 73,03%
Número % sobre
el total
Votos negativos 0 0,00%
Votos a favor 6.773.771 99,99%
Abstenciones 289 0,01%

E OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.

A efectos aclaratorios, se hace constar que la retribución de los consejeros ejecutivos (D. Adolfo Domínguez Fernández, D. Estanislao Carpio Martínez y Dña. Elena González Álvarez) asciende a aproximadamente 214.000 euros, 350.000 euros y 197.000 euros, respectivamente, importe que incluye la remuneración por su condición de consejeros y por el ejercicio de funciones ejecutivas.

Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha 26/05/2016.

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

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