Remuneration Information • Feb 27, 2020
Remuneration Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2019 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-48001655 | |
| Denominación Social: | ||
| VOCENTO, S.A. |
PINTOR LOSADA, 7 (BILBAO) VIZCAYA
A.1. Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
De conformidad con lo previsto en el artículo 529.novodecies de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), la política de remuneraciones de los Consejeros de Vocento, S.A. ("Vocento" o la "Sociedad") para los ejercicios 2019-2021 fue aprobada el 18/04/2018 por la Junta General de Accionistas de Vocento ("JGA").
Sin embargo, el 27/02/2019, el Consejo de Administración de Vocento (el "Consejo de Administración" o "CdA") acordó, previo informe emitido el 19/02/2019 por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ("CNR"), proponer a la JGA la modificación del artículo 21 de los Estatutos Sociales y la política de remuneraciones con el fin de introducir algunas modificaciones en el esquema retributivo de los Consejeros (la "Política de Remuneraciones").
Las mencionadas modificaciones fueron aprobadas, el 24/04/2019, por la JGA y supusieron, básicamente, la eliminación de dietas por asistencia a las reuniones del CdA o sus Comisiones, y el incremento de la retribución fija a percibir por los Consejeros por su condición de tales o por la pertenencia a Comisiones o a otros órganos consultivos constituidos por el Consejo de Administración. Se ha procurado que la disminución de la retribución causada por la eliminación de dietas y el incremento de la retribución fija sean equivalentes para evitar que el cambio de esquema suponga un incremento sustancial del coste que representa la retribución del CdA.
La Política de Remuneraciones está basada en el siguiente esquema:
a) Condición de Consejero: por sus funciones de supervisión y decisión colegiada se compone de los siguientes elementos: -Remuneración fija anual por su condición de miembro del CdA. -Remuneración fija anual adicional del Presidente del CdA como retribución a sus labores de representación y apoyo a la gestión de la Sociedad.
-Remuneración fija anual por la pertenencia a Comisiones del CdA (que será superior para los Presidentes de las Comisiones). -Remuneración fija anual por la pertenencia al Consejo Editorial o al Comité de Estrategia del Consejo, órganos consultivos del Consejo en materia editorial y de estrategia, compuestos por Consejeros (que serán superiores para sus Presidentes).
Adicionalmente, Vocento tiene contratado un seguro de responsabilidad civil para sus Consejeros.
El sistema retributivo de los Consejeros en su condición de tales no incluye retribución variable alguna. Asimismo, no se ha pactado indemnización de ninguna naturaleza con ningún Consejero por la terminación de sus funciones como tal.
b) Funciones ejecutivas:
Los Consejeros que tengan atribuidas funciones ejecutivas tienen derecho a percibir una retribución por la prestación de dichas funciones que podrá estar compuesta por: a) una cantidad fija adecuada a los servicios y responsabilidades asumidos; b) una cantidad variable anual o plurianual ligada a indicadores del rendimiento personal y de la empresa; c) una parte asistencial que incluirá los sistemas de ahorro y previsión y seguros oportunos; d) entrega de acciones, y e) indemnizaciones por cese, pactos de competencia y seguros, en los supuestos de terminación de su relación por razón distinta del incumplimiento grave de sus obligaciones.
A estos efectos, el único consejero ejecutivo es el Consejero Delegado, el cual tiene un contrato de prestación de servicios suscrito con la Sociedad para regular sus funciones ejecutivas, en virtud del cual puede percibir la siguiente retribución:
-Remuneración fija anual. -Remuneración variable anual para un cumplimiento dependiente de la consecución de los objetivos que marque cada año la CNR. -Los planes de incentivos a largo plazo que en cada momento fije la JGA o el CdA.
-Una parte asistencial, consistente en un seguro de asistencia sanitaria y un seguro de vida, así como la utilización de un automóvil.
Además, si alguno de los Consejeros mantuviera con la Sociedad una relación laboral común, mercantil, civil o de prestación de servicios, distinta de las referidas en los apartados anteriores, los salarios, retribuciones, entregas de acciones u opciones sobre acciones, retribuciones referenciadas al valor de las acciones, indemnizaciones, pensiones o compensaciones de cualquier clase, establecidas con carácter general o singular para estos miembros del CdA por razón de cualesquiera de estas relaciones serán compatibles e independientes de las retribuciones previstas en los apartados precedentes que, en su caso, perciba.
El importe de las cantidades que pueda satisfacer la Sociedad al conjunto de los Consejeros por todos los conceptos será fijado por la JGA y permanecerá vigente mientras no sea modificado por ésta. La fijación de la cantidad exacta a abonar dentro de ese límite y su distribución entre los Consejeros corresponde al CdA, que tendrá en cuenta a tal efecto las funciones y responsabilidades atribuidas a cada Consejero, la pertenencia a Comisiones del Consejo o a otros órganos consultivos constituidos por el Consejo de Administración, y las demás circunstancias objetivas que considere relevantes.
Por otra parte, de conformidad con el Reglamento del CdA y la Política de Remuneraciones, la retribución de los Consejeros deberá ser moderada y acorde con la que satisfaga el mercado en compañías de similar tamaño y actividad.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 217.4 de la LSC y la Política de Remuneraciones, la remuneración de los Consejeros guarda una proporción razonable con la importancia de la Sociedad, la situación económica que tuviera en cada momento y los estándares de mercado de empresas comparables.
A estos efectos, la CNR ha realizado un análisis preliminar a principios de 2020 sobre la retribución de los administradores y su comparación con compañías de su entorno, cuya conclusión ha sido que la remuneración de los Consejeros de Vocento es inferior al de otras empresas cotizadas de su sector o tamaño.
En el diseño de la Política de Remuneraciones no ha participado ningún asesor externo
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
De conformidad con los términos indicados anteriormente, el sistema retributivo de los Consejeros de la Sociedad en su condición de tales no incluye retribución variable alguna.
Únicamente en lo que respecta al Consejero Delegado, la política de retribuciones por el desempeño de sus funciones ejecutivas distintas de las de supervisión y decisión colegiada, inherentes a su pertenencia al Consejo de Administración, incluye un componente variable anual vinculado a la consecución de objetivos medibles alineados con los intereses de los accionistas y, asimismo, sistemas de retribución variable a medio/largo plazo de carácter plurianual con el fin de fomentar la consecución de objetivos sostenidos en el tiempo y la retención de las personas críticas vinculadas a dichos objetivos.
En este sentido, los conceptos retributivos variables, de corto y largo plazo, representan un máximo de un 89.3% y un 30% suponiendo un cumplimiento del 100% de los objetivos, respectivamente, respecto de la retribución bruta fija anual del Consejero Delegado, y del 100% de los objetivos del Consejo de Administración, los cuales se fijan previo informe de la CNR quien establece los objetivos generales para la retribución variable anual del mismo. La determinación del mix retributivo del Consejero Delegado se encuentra en línea con el mix retributivo de los ejecutivos de sociedades similares teniendo en cuenta el sector y evolución del negocio. La CNR ha tenido acceso a informes de retribución elaborados por consultoras de referencia que le han permitido formarse una opinión sobre la idoneidad del mix.
Las acciones adoptadas por la Sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad son las siguientes:
a) Consejeros en su condición de tales:
Retribución acorde con la que satisfaga el mercado en compañías de similar tamaño y actividad, favoreciendo las modalidades que vinculen una parte significativa de la retribución a la dedicación a la Sociedad.
Respecto de los Consejeros independientes, su retribución no debe ser tal que comprometa su independencia.
Mantener un componente variable anual vinculado a la consecución de objetivos medibles alineados con los intereses de los accionistas, de tal manera que la retribución variable se calcule en función de evaluaciones que midan el desempeño a nivel individual y del conjunto de la Sociedad.
Incorporar sistemas de retribución variable a medio/largo plazo de carácter plurianual, que se percibe en función de la evaluación global de la gestión, de acuerdo con objetivos alineados con los intereses de la Sociedad y de los accionistas de tal modo que fomenten la consecución de objetivos sostenidos en el tiempo y la retención de las personas críticas vinculadas a dichos objetivos.
Tal y como ha sido aprobado por el Consejo de Administración al inicio de 2020, la retribución a abonar a todos los Consejeros por su condición de tales en el ejercicio 2020 consiste en lo siguiente:
Una remuneración fija por pertenencia al Consejo de Administración de sesenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco euros (69.875€) anuales.
Una remuneración fija adicional por pertenencia a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, de cinco mil trescientos setenta y cinco euros (5.375€) anuales por cada Comisión. Dicha remuneración fija adicional será del doble, diez mil setecientos cincuenta euros (10.750€) anuales, para los Presidentes de las Comisiones de Nombramientos y Retribuciones y de Auditoría y Cumplimiento.
Una remuneración fija adicional por pertenencia al Consejo Editorial del Grupo, de cinco mil trescientos setenta y cinco euros (5.375€) anuales. Dicha remuneración fija adicional será del doble, diez mil setecientos cincuenta euros (10.750€) anuales, para el Presidente del Consejo Editorial.
Una remuneración fija adicional por pertenencia al Comité de Estrategia del Consejo, de cinco mil trescientos setenta y cinco euros (5.375€) anuales. Dicha remuneración fija adicional será del doble, diez mil setecientos cincuenta euros (10.750€) anuales, para el Presidente del Consejo Editorial.
En consecuencia, no se devengarán dietas de asistencia a reuniones.
Se estima que, durante el ejercicio 2020, teniendo en cuenta el número de Consejeros en la fecha de aprobación de este Informe por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones (es decir, excluyendo posibles nombramientos que se produjesen durante el año 2020), los anteriores conceptos darán origen a una retribución de aproximadamente 808.750, para los Consejeros en su condición de tales por los conceptos indicados.
Además, se ha fijado una retribución adicional para el Presidente del Consejo de Administración, por labores de representación y apoyo a la gestión correspondientes a sus funciones institucionales y de representación, y en ningún caso por la realización de funciones ejecutivas, por un importe anual fijo de doscientos quince mil euros (215.000€).
El Consejero Delegado tiene un contrato suscrito con la Sociedad para regular sus funciones ejecutivas, en virtud del cual tiene derecho a recibir la retribución fija anual de cuatrocientos noventa y tres mil quinientos noventa y ocho euros (493.598€).
Vocento tiene contratado un seguro de responsabilidad civil para sus Consejeros, administradores y directivos que se estima que para el año 2020 supondrá un coste aproximado de treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y nueve con treinta euros (34.249,30€).
b) Consejero Delegado:
a) Consejeros en su condición de tales:
Una parte asistencial, consistente en un seguro de asistencia sanitaria y un seguro de vida, así como la utilización de un automóvil, que se estima que para el año 2020 supondrá un coste aproximado de diecisiete mil doscientos treinta euros (17.230 €).
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
a) Consejeros en su condición de tales:
El sistema retributivo de los Consejeros en su condición de tales no incluye componente variable alguno en su retribución.
La retribución adicional recibida por el Presidente por sus labores de representación y apoyo a la gestión es fija, por lo que tampoco cuenta con componentes variables.
b) Consejero Delegado:
Únicamente el Consejero Delegado de la Sociedad cuenta con una retribución variable hasta la cuantía máxima de 440.915€ vinculada a los resultados de la Sociedad, tanto anual como plurianual.
La retribución variable anual se devenga según los objetivos que cada año marque la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Durante el año 2020, el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, ha establecido como objetivos generales para el cálculo de la retribución variable anual del Consejero Delegado los dos tipos de objetivos siguientes:
(i) A nivel de Grupo: (i) Beneficio Neto, (ii) Deuda Financiera Neta y (iii) EBITDA, de tal manera que:
el Beneficio Neto y la Deuda Financiera Neta y el EBITDA de Grupo se consideran objetivos llave, por lo que deben cumplirse dos de ellos al menos al 90% y el tercero al 75%. Si no se cumpliese la regla anterior el variable a percibir sería cero. 100% para que puedan valorarse el resto de los objetivos, tanto a nivel de Grupo como a nivel operativo. Si no se alcanzase el cumplimiento del 100% de dichos objetivos llave, el variable a percibir sería cero;
el EBITDA de negocio, se considera un objetivo determinante para la evaluación del cumplimiento de los objetivos a nivel operativo, por lo que, si no se alcanza el 90% este objetivo, se cerraría la evaluación del cumplimiento de los objetivos a nivel operativo, sin perjuicio de la evaluación de los objetivos a nivel de Grupo mencionados anteriormente.
El peso de los objetivos a nivel de Grupo en la retribución variable del Consejero Delegado es del 60%.
(ii) A nivel operativo: además del 60% de la retribución variable del Consejero Delegado que se asigne en función del cumplimiento de los objetivos a nivel de Grupo, se podrá asignar:
El grado de cumplimiento de cada objetivo podrá ser superior al 100% hasta el 125%, pudiendo compensarse unos con otros, pero en su conjunto la consecución del cobro no podrá superar el 100%. La escala de consecución y cobro del bloque de objetivos operativos es lineal, y va desde el 75% al 100%.
El Beneficio Neto funcionará como modulador, de manera que sobre el resultado del cumplimiento individual se le aplicará un porcentaje según el grado de cumplimiento.
Finalizado el ejercicio, se eleva al Consejo de Administración, previo informe de la CNR, la propuesta de cumplimiento de cada uno de los objetivos del Consejero Delegado. El grado de cumplimiento de los parámetros EBITDA, Beneficio Neto y Deuda Financiera Neta se obtiene a partir de los datos contables oficiales. El grado de cumplimiento del resto de parámetros se obtiene evaluando diversos indicadores incluidos en la definición de cada uno de ellos. En la actualidad solo existe un plan de incentivos a largo plazo aplicable al Consejero Delegado, que cubre el periodo 2018-2020.
Las principales características del plan de incentivos 2018-2020 son las siguientes:
Objeto y descripción: El Plan de Incentivos consiste en la promesa de entrega de una cantidad en metálico o alternativamente su equivalente en acciones de Vocento. Dicho incentivo se basa en un objetivo trienal, con carácter extraordinario, discrecional y no consolidable.
Forma de pago: La forma de pago del Plan de Incentivos será preferiblemente en metálico, o alternativamente en acciones, lo que podrá ser decidido por el Consejo de Administración una vez alcanzado el objetivo.
Cuantía final: La cuantía final dependerá del valor de la rentabilidad total del accionista (incluyendo el incremento del valor de cotización y los repartos de dividendos – total shareholders' return) de Vocento al final del periodo ajustado al alza o a la baja en base a su comportamiento relativo con otras empresas cotizadas de medios de comunicación. La rentabilidad objetivo será equivalente a un incremento del 33,1% entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2020.
Destinatarios: Los destinatarios del Plan de Incentivos son el Consejero Delegado de Vocento, así como otro grupo de directivos.
Coste del Plan de Incentivos: Para cada directivo, 30% de su retribución fija para un cumplimiento del 100%, que podría aumentarse hasta el 45% en caso de sobrecumplimiento (que vendría ponderado por el comportamiento relativo con otras empresas cotizadas de medios de comunicación, en concreto, aplicando hasta un multiplicador máximo del 150% si se supera hasta en un 10% la evolución de los comparables o un coeficiente reductor de hasta el 50% si el resultado fuera hasta un 10% peor que la evolución de los comparables).
Número máximo de acciones destinadas al Plan de Incentivos: El Consejo de Administración determinará, en caso de alcanzarse el objetivo, si se entrega el citado porcentaje de retribución fija en metálico, o alternativamente su equivalente en acciones a valor de mercado. Por tanto, el número máximo de acciones destinadas al Plan de Incentivos, si esta opción fuese decidida por el Consejo de Administración, vendrá determinado por su valor de mercado en el momento en que el Consejo de Administración adopte la decisión sobre la forma de pago.
Valor de las acciones que se toman como referencia: El valor de cotización de la acción de Vocento, S.A. a 1 de enero de 2018 (1,50€).
Duración del Plan de Incentivos, fechas y plazos: El Plan de Incentivos se inició el 1 de enero de 2018 y el grado de cumplimiento del objetivo se evaluará en el primer trimestre de 2021 y se pagará en el primer semestre de 2021, sobre la referencia del valor de cotización a 31 de diciembre de 2020.
Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
El Consejero Delegado es beneficiario de una póliza de seguro colectivo de capital diferido a la jubilación, con reembolso de primas a favor del beneficiario, en caso de fallecimiento del asegurado antes de la jubilación. No se prevé que en 2020 se realice aportación a favor de D. Luis Enríquez Nistal, ya que ésta ha sido pospuesta y vinculada a la evolución positiva del negocio. Los fondos acumulados en dicho seguro, que corresponden a una aportación realizada en el año 2011, ascienden a catorce mil seiscientos sesenta y seis euros (14.666€), sin que desde entonces se hayan realizado aportaciones adicionales. En el contrato de prestación de servicios suscrito entre Vocento y D. Luis Enríquez Nistal se prevé que el importe de la aportación anual sea de 25.000€.
a) Jubilación: Tendrá derecho a percibir la prestación resultante en forma de renta vitalicia, capital o una combinación de ambos, cuando cese en la prestación de sus servicios como consecuencia de pasar a la situación de jubilación o jubilación anticipada dentro de la Sociedad.
b) Cobertura complementaria de fallecimiento; reembolso de primas: En el caso de que el asegurado falleciese antes de la fecha de pago, se reembolsarán las primas abonadas a favor de dicho asegurado al beneficiario designado por el asegurado.
c) Cobertura complementaria de invalidez: En el supuesto de invalidez, en cualquiera de sus grados, el asegurado tendrá derecho a la provisión matemática constituida hasta la fecha.
Al vencimiento del plazo establecido el asegurado percibirá:
Capital por participación en beneficios: El capital final garantizado se verá incrementado al concedérsele cada año al asegurado el 90% de los beneficios financieros que produzca la inversión de sus provisiones matemáticas.
Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
No se ha pactado indemnización con ningún Consejero por la terminación de las funciones como Consejero, sin perjuicio de lo pactado con el Consejero Delegado por terminación de su contrato y que se resume en el apartado siguiente.
No se han abonado indemnizaciones a Consejeros durante el ejercicio 2019, ni está previsto que se vayan a abonar durante el ejercicio 2020.
Únicamente ostenta la condición de Consejero Ejecutivo, D. Luis Enríquez Nistal, quien fue designado como Consejero Delegado. Su contrato de prestación de servicios tiene duración indefinida y presenta las siguientes cláusulas:
a) Cláusula de exclusividad: Está obligado a realizar su labor en régimen de plena dedicación y exclusividad por lo que, salvo que medie autorización previa, expresa y escrita al respecto de la Sociedad, no podrá desarrollar actividad profesional alguna distinta a la prevista y regulada en su contrato, aun cuando dicha actividad no suponga competencia alguna para la Sociedad o su Grupo.
b) Cláusula de no competencia: No podrá concurrir durante los doce (12) meses siguientes a la fecha efectiva de extinción de su relación con la Sociedad por cese voluntario.
c) Cláusula de extinción: Se establece una indemnización que duplica la compensación anual percibida en los últimos 12 meses, prevista para determinados supuestos de extinción de la relación, salvo en casos de incumplimiento muy grave y culpable de sus obligaciones profesionales.
d) Preaviso: Deberá comunicar su voluntad de extinguir su contrato de prestación de servicios con una antelación de, al menos, tres (3) meses a la fecha de efecto de la terminación. Aquél vendrá obligado a indemnizar a la Sociedad con una cantidad equivalente a la retribución correspondiente al periodo de preaviso incumplido.
No existen importes de cualquier otra remuneración suplementaria distintos de los descritos en el presente informe, esto es (i) la retribución fija de los Consejeros en su condición de tales, (ii) la retribución fija adicional del Presidente por labores de representación institucional y apoyo a la gestión, y (iii) la retribución del Consejero Delegado por sus funciones ejecutivas antes descrito.
No se prevé ningún concepto retributivo en forma de anticipo, crédito y/o garantía a los Consejeros en el año 2020.
No existen más conceptos retributivos que los comentados en los epígrafes anteriores.
Tal y como se ha indicado, la JGA aprobó, en su reunión de fecha 24/04/2019, un esquema de retribución de Consejeros con algunos cambios con respecto al aplicado en los años 2015 a 2018, el cual ha sido aplicado desde su aprobación. Las modificaciones introducidas no han supuesto un incremento significativo del importe global a satisfacer a todos los Consejeros con respecto al importe desembolsado a los mismos en los mencionados años.
La principal modificación de la retribución de los Consejeros en su condición de tales se debe a que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo de Administración han detectado un incremento significativo en el número de sus reuniones cada año, debido a la mayor dedicación y participación del Consejo de Administración en asuntos del Grupo, lo que podría incrementar el coste por dietas de asistencia. Con el objeto de evitar un mayor coste por dicha mayor dedicación, y asimismo con el objeto de evitar la tentación de que se fiscalice el número de reuniones de cada órgano para controlar costes, se ha acordado no abonar importe alguno en concepto de dietas de asistencia al CdA y a sus Comisiones, e incrementar la remuneración fija anual por pertenencia al Consejo de Administración y sus Comisiones o a otros órganos consultivos constituidos por el Consejo de Administración.
A principios de 2020, con el fin de acercar la retribución de los Consejeros de Vocento a la media de otras compañías cotizadas del mismo sector o tamaño así como para atraer y retener talento en dicho órgano, el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, ha acordado una retribución para el año 2020 de los Consejeros no ejecutivos, incluyendo al Presidente, que supone un incremento de un 7,5% en los diferentes conceptos retributivos (pertenencia al Consejo, pertenencia a sus comisiones y órganos consultivos, Presidencia del Consejo o Presidencia de comisiones u órganos consultivos) con respecto a los importes fijados para dichos conceptos en el ejercicio 2019. En cualquier caso, el importe global de la retribución acordada para los Consejeros se encuentra dentro del límite máximo de retribución aprobado por la Junta General de Accionistas de Vocento.
https://www.vocento.com/politica-remuneraciones-de-consejeros-2019-2021/
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
El Informe Anual de Retribuciones de Consejeros del año 2018 fue sometido a la aprobación consultiva de los accionistas de Vocento en la JGA celebrada el 24 de abril de 2019, siendo el mismo aprobado con el voto favorable del 99,9039%% del capital presente o representado.
B.1. Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel
desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
De conformidad con la Política de Remuneraciones, dentro del sistema retributivo previsto estatutaria y reglamentariamente, la remuneración de las diferentes categorías de los Consejeros se ha establecido de conformidad con la dedicación y responsabilidad asumidas por las personas a las que resulta de aplicación, y siempre que sea compatible con la estrategia empresarial, los objetivos, los valores e intereses de Vocento, tanto en términos absolutos como comparativos con el sector, tomando siempre en consideración el interés a largo plazo del conjunto de los accionistas de Vocento.
Como consecuencia de lo anterior, el desarrollo práctico de la Política de Remuneraciones por la Comisión de Nombramientos y Remuneraciones se ha realizado de conformidad con los siguientes principios y objetivos:
Creación de valor a largo plazo, alineando los sistemas retributivos con el plan estratégico;
Garantizar que la retribución, en cuanto a su estructura y cuantía global, cumple con las mejores prácticas y es competitiva respecto de la de entidades comparables a nivel nacional e internacional;
Atraer, retener y motivar la contribución de los profesionales que la Sociedad necesita para cubrir el espectro de conocimientos, competencias y experiencia requeridos en su Consejo de Administración, asegurando que se puede contar con candidatos idóneos para el desempeño del cargo;
Asegurar que la cuantía de la remuneración sea suficiente y adecuada a la dedicación, cualificación y responsabilidades de los Consejeros, pero sin que dicha remuneración pueda llegar a comprometer su independencia de criterio;
Mantenimiento de un equilibrio razonable entre los distintos componentes de la retribución fija (corto plazo) y variable (anual y largo plazo) de los Consejeros Ejecutivos, que refleje una adecuada asunción de riesgos combinada con el logro de los objetivos definidos;
Prevenir los posibles conflictos de interés;
Motivar y reforzar la consecución de resultados de la Sociedad; y
Transparencia en la Política de Remuneraciones.
Asimismo, de conformidad con en el artículo 217 de la LSC, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones busca que la remuneración de los Consejeros guarde una proporción razonable con la importancia de la Sociedad, la situación económica que tuviera en cada momento y los estándares de mercado de empresas comparables.
Los principios y criterios de la Política de Remuneraciones son revisados de forma periódica por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo de Administración, con el objetivo de mantener alineada la política retributiva de la Sociedad con las mejores prácticas y tendencias del mercado. De igual forma, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha revisado regularmente, con el asesoramiento de expertos externos de primera línea especializados en la materia, el paquete retributivo del Consejero Ejecutivo, con la finalidad de determinar su idoneidad y su alineación con la situación de mercado de empresas comparables y con la marcha de la Sociedad.
A la luz de lo anterior, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su sesión de 9 de enero de 2019, aprobó por unanimidad someter a la aprobación del Consejo de Administración de la Sociedad la propuesta de establecer un esquema de remuneración fija por pertenencia al CdA o a sus Comisiones y/o a otros órganos consultivos constituidos por el Consejo de Administración, sin que se devenguen dietas por asistencia, todo ello con el fin de evitar el incremento del coste por la celebración de un mayor número de reuniones. El sistema retributivo propuesto consiste en lo siguiente:
Una remuneración fija de sesenta y cinco mil euros (65.000€) anuales por pertenencia al Consejo de Administración.
Una remuneración fija adicional por pertenencia a la Comisión Delegada, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, de cinco mil euros (5.000€) anuales por cada Comisión.
Una remuneración fija adicional, de diez mil euros (10.000€) anuales para los Presidentes de las Comisiones Delegada, de Nombramientos y Retribuciones y de Auditoría y Cumplimiento.
Una remuneración fija adicional por pertenencia al Consejo Editorial del Grupo, de cinco mil euros (5.000€) anuales.
Una remuneración fija adicional, de diez mil euros (10.000€) anuales para el Presidente del Consejo Editorial;
El Presidente recibió una remuneración fija adicional, por sus funciones de representación, de doscientos mil (200.000€) al año.
Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad por el Consejo de Administración en su sesión de fecha 29 de enero de 2019 y es la que consta en la Política de Remuneraciones aprobada por la JGA en su reunión de 24 de abril de 2019, habiendo sido aplicada por Vocento durante el ejercicio 2019.
La prestación de servicios a la Sociedad por parte del Consejero Ejecutivo da lugar a una remuneración por sus funciones ejecutivas. Esta remuneración en el ejercicio 2019 se compuso de una retribución fija, de una retribución variable vinculada a los resultados, seguro de vida e invalidez, así como un seguro de capital diferido de jubilación, todo ello en los términos del contrato suscrito con la Sociedad y dentro de la política retributiva establecida por el Grupo para sus altos directivos.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Las acciones adoptadas por la Sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad son las siguientes:
a) Consejeros:
Retribución acorde con la que satisfaga el mercado en compañías de similar tamaño y actividad, favoreciendo las modalidades que vinculen una parte significativa de la retribución a la dedicación a la Sociedad.
Respecto de los Consejeros independientes, su retribución no debe ser tal que comprometa su independencia.
b) Consejero Delegado:
Mantener un componente variable anual vinculado a la consecución de objetivos medibles alineados con los intereses de los accionistas, de tal manera que la retribución variable se calcule en función de evaluaciones que midan el desempeño a nivel individual y del conjunto de la Sociedad.
Incorporar sistemas de retribución variable a medio/largo plazo de carácter plurianual que se componen de una retribución fija y otra variable, que se percibe en función de la evaluación global de la gestión, de acuerdo con objetivos alineados con los intereses de la Sociedad y de los accionistas de tal modo que fomenten la consecución de objetivos sostenidos en el tiempo y la retención de las personas críticas vinculadas a dichos objetivos.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
La remuneración devengada por los Consejeros en el ejercicio 2019 cumple estrictamente con la Política de Remuneraciones aprobada por la JGA, y cada una de las partidas remuneratorias devengadas se encuentra cubierta por las consecuentes previsiones de la Política.
El único Consejero con derecho al devengo de una retribución variable es el Consejero Delegado. Durante el ejercicio 2019, el Consejero Delegado ha devengado una retribución variable por importe de 216.224€ (doscientos dieciséis mil doscientos veinticuatro €) como consecuencia de la consecución de los objetivos fijados al inicio del ejercicio por el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
El importe de la retribución variable anual del Consejero Delegado se calcula a partir del grado de cumplimiento de los parámetros de negocio que con carácter anual fija el Consejo de Administración a propuesta de la CNR. Existe un reglamento interno aprobado por el Consejo de Administración que regula todas las condiciones que deben darse para que el Consejero Delegado pueda percibir la retribución variable. En este sentido, en el citado reglamento se establece que un determinado grado de cumplimiento de los parámetros de negocio da lugar a un porcentaje de la retribución variable máxima, siendo así que para cumplimientos del 100% se devenga una retribución variable del 50%.
El grado de cumplimiento de cada uno de los parámetros de negocio se calcula teniendo en cuenta las siguientes reglas:
a) Los parámetros EBITDA de Grupo, Beneficio Neto y Deuda Financiera Neta deben cumplirse al 90% para que puedan valorarse el resto de objetivos. Si no se alcanzase el cumplimiento del 90% de estos parámetros, el variable a percibir sería cero.
b) El Beneficio Neto funcionará como modulador, de manera que sobre el resultado del cumplimiento individual, se le aplicará un porcentaje en la siguiente medida:
(i) Un cumplimiento del 90% del objetivo de Beneficio Neto, supone un cobro del 50% de la retribución variable.
(ii) Un resultado de entre el 90% y el 110%, mantendría un cobro del 50% de la retribución variable.
(iii) Entre el 110,1% y el 119.9%, supondría un cobro del 75% de la retribución variable.
(iv) Para obtener el modulador del 100%, se debe de alcanzar el 120% del objetivo.
| Número | % sobre el total |
|---|---|
| 82.378.718 | 65,92 |
| Número | % sobre emitidos |
| 79.170 | 0,10 |
| 82.299.548 | 99,90 |
| 0,00 | |
De conformidad con la Política de Remuneraciones y lo estipulado en el artículo 21.2 de los Estatutos Sociales de Vocento, los Consejeros por su condición de tales, recibirán una retribución consistente en una cantidad anual fija. El importe de las cantidades que pueda satisfacer la Sociedad al conjunto de los Consejeros en su condición de tales será fijado por la JGA y permanecerá vigente mientras no sea modificado por ésta. La fijación de la cantidad exacta a abonar dentro de ese límite y su distribución entre los Consejeros corresponde al Consejo de Administración, que tendrá en cuenta a tal efecto las funciones y responsabilidades atribuidas a cada Consejero, la pertenencia a Comisiones del CdA o a otros órganos consultivos constituidos por el Consejo de Administración, y las demás circunstancias objetivas que considere relevantes.
A la luz de lo anterior, tal y como se ha indicado en el apartado B.1 anterior, la remuneración fija devengada por los Consejeros en su condición de tales fue propuesta por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su sesión de 9 de enero de 2019, y aprobada por el Consejo de Administración en su sesión de fecha 29 de enero de 2019 y ha sido aplicada durante el ejercicio 2019 de conformidad con lo previsto en la Política de Remuneraciones.
La remuneración recibida por los Consejeros en el año 2019 en su condición de tales (excluyendo la remuneración del Consejero Delegado por sus funciones ejecutivas) resulta ligeramente inferior a la del año 2018, causado principalmente por el menor número de Consejeros, y la supresión de las dietas por asistencia a las reuniones del CdA y sus Comisiones.
La remuneración fija devengada por el Consejero Delegado en 2019 se corresponde con la pactada en su contrato de prestación de servicios.
En cuanto a su remuneración variable, la misma se ha determinado mediante la acreditación por el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, del cumplimiento de los objetivos fijados al inicio del año 2019 a estos efectos.
Dado que en el año 2018 se cumplieron los objetivos fijados por el Consejo de Administración y, por tanto, se devengó una retribución variable de trescientos un mil novecientos diecisiete euros (301.917€) por el Consejero Delegado, la variación entre 2018 y 2019 es de - 85.693 € Su remuneración fija no ha variado.
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados en el ejercicio cerrado.
En particular:
En el caso de planes de opciones sobre acciones u otros instrumentos financieros, las características generales de cada plan incluirán información sobre las condiciones tanto para adquirir su titularidad incondicional (consolidación), como para poder ejercitar dichas opciones o instrumentos financieros, incluyendo el precio y plazo de ejercicio.
El sistema retributivo de los Consejeros en su condición de tales en 2019 no incluyó componente variable alguno en su retribución.
La retribución adicional recibida por el Presidente por sus labores de representación y apoyo a la gestión es fija, por lo que tampoco cuenta con componentes variables.
Únicamente el Consejero Delegado de la Sociedad cuenta con una retribución variable vinculada a los resultados de la Sociedad, tanto anual como plurianual.
La retribución variable anual se devenga según los objetivos que cada año marque la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y ratifique el Consejo de
Administración. Los parámetros para el devengo de la retribución variable en el ejercicio 2019 del Consejero Delegado fueron, esencialmente, los siguientes:
Parámetro: EBITDA; Objetivo: Presupuesto; % retribución variable: 60
Parámetro: Beneficio Neto Vocento; Objetivo: Presupuesto; % retribución variable: 60
Parámetro: Deuda Financiera Neta; Objetivo: Presupuesto; % retribución variable: 60
Parámetro: Digitalización del Grupo; Objetivo: Presupuesto de EBITDA y de generación de caja; % retribución variable: 14
Parámetro: Cumplimiento del plan de diversificación; Objetivo: Según valoración de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones; % retribución variable: 14
Parámetro: Plan Inmobiliario; Objetivo: Según valoración de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones; % retribución variable: 12
Durante el año 2019 no se ha devengado remuneración alguna derivada de planes de incentivo a largo plazo. Los únicos planes de incentivo a largo plazo vigentes son los descritos en el apartado A1 anterior.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables cuando se hubieran, en el primer caso, consolidado y diferido el pago o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
No aplicable
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
Únicamente el Consejero Delegado es beneficiario de una póliza de seguro colectivo de capital diferido a la jubilación, con reembolso de primas a favor del beneficiario, en caso de fallecimiento del asegurado antes de la jubilación. No se prevé que en 2020 se realice aportación a favor de D. Luis Enríquez Nistal, ya que ésta ha sido pospuesta. Los fondos acumulados en dicho seguro, que corresponden a una aportación realizada en el año 2011, ascienden a catorce mil seiscientos sesenta y seis euros (14.666€), sin que desde entonces se hayan realizado aportaciones adicionales. En el contrato de prestación de servicios suscrito entre Vocento y D. Luis Enríquez Nistal se prevé que el importe de la aportación anual sea de 25.000€.
Las prestaciones garantizadas son:
a) Jubilación: Tendrá derecho a percibir la prestación resultante en forma de renta vitalicia, capital o una combinación de ambos, cuando cese en la prestación de sus servicios como consecuencia de pasar a la situación de jubilación o jubilación anticipada dentro de la Sociedad.
b) Cobertura complementaria de fallecimiento; reembolso de primas: En el caso de que el asegurado falleciese antes de la fecha de pago, se reembolsarán las primas abonadas a favor de dicho asegurado al beneficiario designado por el asegurado.
c) Cobertura complementaria de invalidez: En el supuesto de invalidez, en cualquiera de sus grados, el asegurado tendrá derecho a la provisión matemática constituida hasta la fecha.
Al vencimiento del plazo establecido el asegurado percibirá:
Capital garantizado en la póliza.
Capital por participación en beneficios: El capital final garantizado se verá incrementado al concedérsele cada año al asegurado el 90% de los beneficios financieros que produzca la inversión de sus provisiones matemáticas.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
Ninguno de los Consejeros ha percibido ningún tipo de indemnización o cualquier tipo de pago derivados del cese anticipado durante el ejercicio 2019.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Así mismo, explique las condiciones
principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado ya en el apartado A.1.
B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
Como se ha citado anteriormente, el Consejo de Administración aprobó una remuneración adicional a favor de su Presidente en 2019, por labores principalmente de representación, consistente en una retribución de doscientos mil euros (200.000€) anuales.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
No ha habido ningún concepto retributivo en forma de anticipo, crédito y/o garantía a los Consejeros en el año 2019.
a) Consejeros en su condición de tales:
Vocento tienen contratado un seguro de responsabilidad civil para sus Consejeros que, durante el año 2019, supuso un coste aproximado de treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y nueve con treinta euros (34.249,30€).
Una parte asistencial, consistente en un seguro de asistencia sanitaria y un seguro de vida, así como la utilización de un automóvil que, durante el año 2019, supuso un coste aproximado de diecisiete mil euros (17.000€).
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
No aplicable
B.16. Explique cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.
No existen más conceptos retributivos que los comentados en los epígrafes anteriores.
| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2019 |
|---|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | Presidente dominical | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | Consejero Delegado | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | Vicepresidente dominical | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA | Consejero Dominical | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA | Consejero Dominical | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| VALJARAFE, S.L. | Consejero Dominical | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | Consejero Dominical | Desde 26/07/2019 hasta 31/12/2019 |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | Consejero Independiente | Desde 12/11/2019 hasta 31/12/2019 |
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | Consejero Independiente | Desde 17/12/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET | Consejero Dominical | Desde 01/01/2019 hasta 26/07/2019 |
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 26/07/2019 |
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 26/07/2019 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2019 |
Total ejercicio 2018 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | 265 | 14 | 279 | 8 | ||||||
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA | 65 | 16 | 81 | 86 | ||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | 494 | 216 | 17 | 727 | 810 | |||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | 65 | 10 | 75 | 79 | ||||||
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA | 65 | 8 | 73 | 57 | ||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA | 65 | 10 | 75 | 64 | ||||||
| VALJARAFE, S.L. | 65 | 9 | 74 | 66 | ||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | 28 | 1 | 29 | |||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | 9 | 1 | 10 | |||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | 2 | 2 | ||||||||
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET | 37 | 5 | 42 | 297 | ||||||
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ | 37 | 9 | 46 | 77 | ||||||
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO | 37 | 9 | 46 | 73 |
Observaciones
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| VALJARAFE, S.L. | Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO Y |
Plan | 0,00 |
| Denominación | Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
|||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | del Plan | Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||||||
| FERNANDEZ DE ARAOZ |
||||||||||||||||||
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO |
Plan | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | |
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA | |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | |
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | |
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA | |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA | |
| VALJARAFE, S.L. |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | |
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | |
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET | |
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ | |
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | |||
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | ||||||||||
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA |
||||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | 15 | 15 | ||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE |
||||||||||
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA |
||||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA |
||||||||||
| VALJARAFE, S.L. |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | |||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |
||||||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |
||||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS |
||||||||||
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET |
||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ |
||||||||||
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO |
Observaciones
iv) Detalle de otros conceptos
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | Primas de seguro de vida | 1 |
Observaciones
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2019 |
Total ejercicio 2018 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | ||||||||||
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA | ||||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | ||||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | ||||||||||
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA | ||||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA | ||||||||||
| VALJARAFE, S.L. | ||||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | ||||||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | ||||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | ||||||||||
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET | ||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2019 |
Total ejercicio 2018 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO |
Observaciones
| Denominación | Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | del Plan | Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|||||||
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR |
Plan | 0,00 | |||||||||||||||||
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA |
Plan | 0,00 | |||||||||||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL |
Plan | 0,00 |
| Nombre | Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| VALJARAFE, S.L. | Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET |
Plan | 0,00 |
| Nombre | Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO |
Plan | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | |
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA | |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | |
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA | |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA | |
| VALJARAFE, S.L. | |
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | |
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | |
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET | |
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ | |
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | ||
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | |||||||||
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA |
|||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | |||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | ||
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA |
|||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA |
|||||||||
| VALJARAFE, S.L. | |||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |
|||||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |
|||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS |
|||||||||
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET |
|||||||||
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ |
|||||||||
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | Concepto | |
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA | Concepto | |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | Concepto | |
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | Concepto | |
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA | Concepto | |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA | Concepto | |
| VALJARAFE, S.L. | Concepto | |
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | Concepto | |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | Concepto | |
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | Concepto | |
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET | Concepto | |
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ | Concepto | |
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO | Concepto |
Observaciones
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2019 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2019 grupo |
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | 279 | 279 | ||||||||
| Don CARLOS DELCLAUX ZULUETA | 81 | 81 | ||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | 727 | 727 | ||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | 75 | 75 | ||||||||
| Don ENRIQUE DE YBARRA E YBARRA | 73 | 73 | ||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRÍA | 75 | 75 | ||||||||
| VALJARAFE, S.L. | 74 | 74 | ||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | 29 | 29 | ||||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | 10 | 10 | ||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | 2 | 2 | ||||||||
| Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET | 42 | 42 | ||||||||
| Don GONZALO URQUIJO Y FERNANDEZ DE ARAOZ | 46 | 46 | ||||||||
| Don FERNANDO DE YARZA LÓPEZ - MADRAZO | 46 | 46 | ||||||||
| TOTAL | 1.559 | 1.559 |
Observaciones
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
Con base en lo indicado en la Sentencia 98/2018, de 26 de febrero de 2018, dictada por el Tribunal Supremo, Sala Primera de lo Civil, relativa a la remuneración de los administradores, la JGA celebrada el 24 de abril de 2019, aprobó, entre otras, las siguientes cuestiones relacionadas con la remuneración de sus Consejeros: (i) modificación del artículo 21 de los Estatutos Sociales, (ii) modificaciones a la Política de Remuneraciones de los Consejeros de conformidad con lo indicado en el apartado A del presente informe, y (iii) aumento del importe máximo de remuneración de los Consejeros. Dichas modificaciones se han realizado con el fin de incluir la retribución percibida por el Consejero Delegado (único ejecutivo de la Sociedad) y la retribución adicional del Presidente dentro de los conceptos retributivos percibidos por los Consejeros en su condición de tales, tanto en los Estatutos Sociales, como en el importe máximo de retribución de los Consejeros fijado por la JGA, el cual fue fijado, el 24 de abril de 2019, en 2.600.000€.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
27/02/2020
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
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