Remuneration Information • Jun 19, 2020
Remuneration Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 29/02/2020 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-32104226 | |
| Denominación Social: | ||
| ADOLFO DOMINGUEZ, S.A. | ||
| Domicilio social: |
PARCELA 21, CALLE 8 POLIGONO INDUSTRIAL (SAN CIPRIAN DE VIÑAS) ORENSE

A.1. Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
El sistema retributivo de los consejeros de Adolfo Domínguez, S.A. ("Adolfo Domínguez", la "Sociedad" o la "Compañía") se regula principalmente en el artículo 23 de los Estatutos Sociales, en los artículos 24 y 25 del Reglamento del Consejo de Administración y en la Política de Remuneraciones de Consejeros de la Sociedad.
De conformidad con esta normativa, la retribución de los miembros del Consejo de Administración, en su condición de tales, consiste en una cantidad anual, fija y en metálico, cuyo importe máximo anual para el conjunto de los consejeros lo determina la Junta General de Accionistas. Por su parte, la retribución individual de los consejeros ejecutivos se recoge en los contratos suscritos individualmente con cada uno de ellos por la Sociedad, en cumplimiento del artículo 249.2 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("Ley de Sociedades de Capital" o "LSC"). Los miembros del Consejo de Administración no perciben ningún tipo de remuneración de carácter variable, salvo por lo indicado a continuación con respecto a la Consejera Delegada.
Como principios que debe respetar la remuneración de los consejeros, el Reglamento del Consejo de Administración establece que el sistema retributivo debe guardar una proporción razonable con la importancia de la Sociedad, la situación económica que tenga en cada momento y los estándares de mercado de empresas comparables.
El esquema de remuneraciones de los consejeros externos pretende atraer y retener a los consejeros con el perfil deseado en cada momento por la Sociedad, así como retribuir su dedicación, cualificación y responsabilidad exigida por el cargo. No obstante, la remuneración de los consejeros externos en ningún caso deberá ser tan elevada como para comprometer su independencia de criterio.
Corresponde a la Junta General de Accionistas aprobar el importe anual máximo de remuneración para el conjunto de los consejeros. Además, en el ejercicio en curso, y siguiendo con la práctica de años anteriores, la Junta General será quien determine la retribución concreta a percibir por los miembros del Consejo de Administración y de sus Comisiones.
La Política de Remuneraciones de consejeros de la Sociedad, aplicable al ejercicio en curso y al siguiente ejercicio, sigue los siguientes principios:
-Que la retribución, en lo que se refiere a la estructura y cuantía global de la misma, cumpla con las mejores prácticas del mercado. -Fomentar la productividad de la Sociedad.
-Alinear los objetivos de los consejeros ejecutivos con los objetivos globales de la Sociedad y su Grupo.
-Establecer una cultura orientada a la consecución de resultados.
-Combinar la retribución fija con un componente variable anual para los consejeros ejecutivos que decida el Consejo de Administración, en cada caso, condicionado a la consecución de objetivos estratégicos marcados de la Sociedad y de su Grupo. -Establecer límites máximos para la retribución variable.
La Política de Remuneraciones de Consejeros de la Sociedad vigente fue aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas el 23 de julio de 2019, previa propuesta del Consejo de Administración e informe justificativo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y es aplicable para el ejercicio en curso y el ejercicio 2021, salvo que la Junta General de Accionistas acuerde modificarla ("Política de Remuneraciones 2019-2021").

En cuanto a los procedimientos y órganos de la Sociedad involucrados en la aprobación de la Política de Remuneraciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.4. b) (v) del Reglamento del Consejo de Administración, el Consejo de Administración de Adolfo Domínguez, S.A. se reserva la competencia de adoptar las decisiones relativas a la remuneración de los consejeros y de proponer la política de remuneraciones a la Junta General de Accionistas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad, entre otras, las competencias de proponer al Consejo de Administración (i) la política de retribuciones de los consejeros y de los directores generales o de quienes desarrollen funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo, de comisiones ejecutivas o del Consejero Delegado; y (ii) la retribución individual de los consejeros ejecutivos y demás condiciones de sus contratos.
Asimismo, corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones la función de velar por la transparencia de las retribuciones y verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, verificando la información incluida acerca de las remuneraciones de los consejeros y, a tal efecto, someter al Consejo de Administración cuanta información resulte procedente.
Como consecuencia de todo lo anterior, (i) la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Adolfo Domínguez, S.A. propone e informa al Consejo de Administración sobre la política de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad; (ii) el Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, propone a la Junta General de Accionistas la política de remuneraciones que será, en su caso, objeto de su aprobación; y (iii) la Junta General de Accionistas aprueba, en última instancia, la política de remuneraciones de consejeros.
Por otro lado, aunque el Reglamento también dispone expresamente la posibilidad de que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones recabe el asesoramiento de expertos externos, en aras de un mejor cumplimiento de sus funciones, durante el ejercicio finalizado el 29 de febrero de 2020 la Comisión no ha solicitado los servicios de asesores externos a la hora de definir la política retributiva.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
De acuerdo con las previsiones de la Política de Remuneraciones 2019-2021, la remuneración de los consejeros en su condición de tales se compone de una cantidad anual, fija y en metálico.
Por su parte, los consejeros ejecutivos percibirán, por el desempeño de las funciones de dirección, el importe que se recoge en los contratos suscritos con cada uno de ellos por la Sociedad, en cumplimiento del art. 249 de la Ley de Sociedades de Capital. En particular, y sin carácter limitativo, la remuneración de los consejeros ejecutivos podrá consistir en sueldos fijos y/o retribuciones variables (en función de la consecución de objetivos de negocio y/o de desempeño personal).
Durante parte del ejercicio en curso ha habido dos consejeros ejecutivos en la Sociedad: el Presidente del Consejo, D. Adolfo Domínguez, y la Consejera Delegada, Dña. Adriana Domínguez.
Conforme a la Política de Remuneraciones 2019-2021, de estos dos consejeros ejecutivos, únicamente Dña. Adriana Domínguez, en su condición de Consejera Delegada, podrá percibir una retribución variable anual por sus funciones ejecutivas, de naturaleza no consolidable, de hasta un 50% de su retribución fija anual, por el cumplimiento de objetivos anuales, ligados tanto al desempeño de sus funciones como consejera delegada, como a los resultados obtenidos por la Sociedad y su Grupo.
Los parámetros utilizados para la fijación de los componentes variables son de carácter cuantitativo y cualitativo. Desde el punto de vista cuantitativo, se exige el cumplimiento de aquellos objetivos concretos que establezca el Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, los cuales podrán estar vinculados, entre otros, a que la Sociedad obtenga un resultado positivo a

nivel individual y/o consolidado, sin tener en cuenta los resultados extraordinarios. Desde un punto de vista cualitativo, se exige el cumplimiento de aquellos objetivos que establezca el Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, que estén vinculados, entre otros, al refuerzo de la relevancia de la imagen de la marca y a la restructuración de la red de tiendas de Adolfo Domínguez.
A este respecto, cada objetivo tiene asociado una escala de consecución definida en función de su variabilidad y de su nivel de exigencia. Estas escalas tienen un umbral de consecución mínimo, por debajo del cual no generan derecho a incentivo, y un umbral de consecución máximo, superior al 105%, a partir del cual generan el derecho a percibir el 100% de la retribución variable o aquel otro porcentaje que determine el Consejo de Administración. El Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en función del nivel de cumplimiento de cada objetivo y su ponderación, determinará el importe de la retribución variable que le corresponde percibir a la Consejera Delegada, en cada momento. En cualquier caso, en el cómputo de todos los supuestos, cuantitativos y cualitativos, se excluirán los resultados extraordinarios obtenidos por operaciones no relacionadas con la actividad ordinaria de la Sociedad.
El derecho a la percepción de la retribución variable nacerá en virtud de acuerdo del Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, que revisará el grado de cumplimiento de los citados objetivos cuantitativos y cualitativos.
Por el momento, la Sociedad no ha establecido períodos de devengo o consolidación de conceptos retributivos variables, períodos de diferimiento en el pago de o cláusulas de reducción de la remuneración diferida o que obliguen al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
A la fecha de este informe existe un único consejero ejecutivo en la Sociedad: la Presidenta del Consejo de Administración y Consejera Delegada, Dña. Adriana Domínguez, dado que, tras la renuncia de D. Adolfo Domínguez a sus funciones ejecutivas y a su cargo como Presidente del Consejo de Administración con fecha 28 de mayo de 2020, ha sido recalificado como consejero dominical.
Conforme al artículo 23 de los Estatutos Sociales de Adolfo Domínguez, los miembros del Consejo de Administración percibirán, en su condición de tales, una remuneración estatutaria cuyo importe anual máximo para el conjunto del Consejo de Administración será determinado por la Junta General. Dicha remuneración se compone de una cantidad anual, fija y en metálico.
El Consejo de Administración determinará, en cada ejercicio, la forma y el momento de pago y acordará la distribución entre sus miembros del importe conjunto correspondiente a la retribución estatutaria prevista en el párrafo anterior.
La distribución podrá hacerse de modo individualizado teniendo en cuenta las funciones y responsabilidades que correspondan a cada consejero, si pertenece a alguna de las comisiones del Consejo y las demás circunstancias objetivas que el Consejo de Administración considere relevantes. [Se hace constar que la Sociedad podría fijar una remuneración para el consejero D. Adolfo Domínguez, superior a la del resto de miembros del Consejo, en atención a las funciones institucionales y de representación de la Sociedad y de la marca, entre otras funciones no ejecutivas, que podría desempeñar para la Sociedad y su Grupo.]
En relación con la remuneración de los consejeros como tales, la política de remuneraciones debe establecer el importe máximo de la remuneración anual a satisfacer al conjunto de los consejeros por dicho concepto.
En este sentido, los importes máximos previstos en la Política de Remuneraciones de Consejeros 2019-2021, aplicable en el ejercicio en curso, son los siguientes:
Se recuerda que la normativa interna de la Sociedad no prevé el devengo de dietas por la mera asistencia a las sesiones del Consejo de Administración, de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones o de la Comisión de Auditoría.
En consecuencia, el importe máximo total que se prevé devengarán en el ejercicio los Consejeros en su condición de tales, en concepto de asignación fija anual, teniendo en cuenta el número actual de miembros del Consejo (8) y de sus Comisiones, será de 315.000 euros, importe que permanecerá vigente en tanto no se apruebe su modificación.
La remuneración fija de los consejeros ejecutivos se determinará de conformidad con los contratos suscritos con cada uno de ellos por la Sociedad, en cumplimiento del art. 249.4 de la Ley de Sociedades de Capital. Tales remuneraciones fijas serán revisadas anualmente por el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

Como se ha adelantado, en la fecha de emisión de este informe existe un único consejero ejecutivo: Dña. Adriana Domínguez. No obstante, desde el comienzo del ejercicio en curso y hasta el 28 de mayo de 2020, existía en la Sociedad otro consejero ejecutivo: D. Adolfo Domínguez.
Por lo que se refiere a la remuneración fija de D. Adolfo Domínguez, se hace constar que como consecuencia de su recalificación como consejero dominical, la remuneración fija que éste percibirá por sus funciones ejecutivas durante el ejercicio en curso, será la correspondiente al periodo comprendido entre el inicio del ejercicio y la fecha en que dejó de desarrollar funciones ejecutivas en la Sociedad, esto es, el importe proporcional a la remuneración fija establecida por dichas funciones de alta dirección (equivalente a 218.000 euros anuales incluyendo su remuneración como consejero en su condición de tal).
En cuanto a la remuneración fija de Dña. Adriana Domínguez, está establecida en su contrato firmado en agosto de 2017 en calidad de ejecutiva de la Sociedad en base a un sistema escalonado: en el primer año de su contrato, percibió un sueldo bruto anual de 150.000 euros, en el segundo año un sueldo de 175.000 euros y en el tercer año y sucesivos un sueldo de 200.000 euros. En consecuencia, durante el ejercicio en curso, está previsto que Dña. Adriana Domínguez devengue una retribución fija aproximada de 200.000 euros por el desempeño de funciones de alta dirección.
La Sociedad mantiene un seguro de responsabilidad civil en favor de sus consejeros. No existen otros compromisos en materia de pensiones, seguros de vida u otros conceptos análogos.
Salvo por lo señalado anteriormente, no se prevé, en el esquema de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad, percepción de remuneraciones en especie.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
Como se ha explicado, sólo existe una consejera ejecutiva, Dña. Adriana Domínguez, que perciba una retribución con un componente variable.
En particular, Dña. Adriana Domínguez percibirá, por el desempeño de sus funciones ejecutivas durante el ejercicio en curso, una retribución variable, cuyo importe, naturaleza y objetivos asociados a la misma se fijan de acuerdo con las disposiciones de la Política de Remuneraciones 2019-2021, aplicable al ejercicio en curso.

Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
No están previstos, en el esquema de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad, sistemas de ahorro a largo plazo.
A la fecha de este informe, no existen blindajes ni indemnizaciones pactadas para el caso de terminación de funciones de los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales.
Como se ha adelantado en apartados anteriores, la única consejera de la Sociedad que a la fecha de elaboración de este informe desempeña funciones ejecutivas es Dña. Adriana Domínguez.
El contrato de Dña. Adriana Domínguez como consejera ejecutiva es de duración indefinida, siendo de obligatorio cumplimiento para la empresa durante los tres primeros años desde la fecha de firma del contrato (agosto de 2017), de manera que si la Sociedad lo hubiese resuelto con anterioridad al transcurso de dicho plazo, salvo por despido disciplinario, hubiera tenido que indemnizar a la consejera por la cantidad que restase por percibir hasta el tercer año de duración incluido. Transcurrido ese plazo (que expira en agosto del ejercicio en curso), se prevé la posibilidad de las partes de resolver en cualquier momento el contrato con un plazo de preaviso de tres meses.
Adicionalmente, el contrato de Dña. Adriana Domínguez contempla cláusulas relativas a pactos de no concurrencia y exclusividad e indemnización por resolución unilateral, para lo cual se remite a lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985 de Alta Dirección. Por otro lado, no contempla ninguna cláusula relativa a primas de contratación, blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual con posterioridad al tercer año desde su firma, ni tampoco relativas a permanencia o fidelización, al margen de lo ya señalado en apartados anteriores.
La Política de Remuneraciones de Consejeros 2019-2021 prevé que los miembros del Consejo de Administración puedan percibir, en su caso, remuneraciones suplementarias como contraprestación por aquellos servicios que puedan prestar a la Sociedad y que sean distintos de los inherentes a su cargo.
De conformidad con el artículo 529 ter de la Ley de Sociedades de Capital, las retribuciones que, en su caso, pudieran devengar los consejeros por el desempeño de tales servicios serán previamente aprobadas por el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Auditoría, en calidad de operaciones vinculadas, y se informará debidamente sobre las mismas en el Informe Anual de Gobierno Corporativo y en el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros de la Sociedad, todo ello en los términos previstos legalmente.
En este sentido, el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Auditoría, acordó (i) aprobar la operación vinculada consistente en que Dña. Valeria Domínguez (o una tercera entidad en la cual preste servicios la consejera) perciba una remuneración de 6.300 euros al año por sus servicios de asesoramiento en materia de transformación digital; en calidad de experta en los campos de e - Commerce, transformación digital

y omnicanalidad e (ii) informar oportunamente al mercado de esta operación vinculada conforme a la normativa aplicable. En consecuencia, la Política de Remuneraciones de Consejeros 2019-2021, aplicable al ejercicio en curso, prevé que Dña. Valeria Domínguez (o una tercera entidad en la cual preste servicios la consejera) perciba una remuneración por sus servicios de asesoramiento en materia de transformación digital, distintos de los inherentes a su cargo de consejera.
Como se ha mencionado, no se descarta que durante el ejercicio en curso, el consejero D. Adolfo Domínguez pueda prestar servicios a la Sociedad desarrollando determinadas funciones institucionales y de representación, entre otras funciones no ejecutivas, distintas de las inherentes a su cargo como consejero.
No se prevé que se vayan a producir pagos de esta naturaleza.
Salvo por lo ya señalado, no se prevé que se vayan a producir remuneraciones suplementarias en el ejercicio en curso.
Salvo por las modificaciones ya señaladas en las remuneraciones de los consejeros ejecutivos, derivadas del cambio en la condición de consejero ejecutivo de D. Adolfo Domínguez que, en lo sucesivo, será calificado como consejero dominical, no se ha producido ningún cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso, salvo que la Junta General de Accionistas acuerde modificarla.
A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.
http://adz.adolfodominguez.com/fotos/190726082401_190621094537_Política%20de%20Remuneraciones.pdf
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
El Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros del ejercicio 2019 fue aprobado, con carácter consultivo, por la Junta General de Accionistas con el voto favorable del 100% de los votos emitidos, en los términos que se recogen en el apartado B.4.
Teniendo en cuenta el voto de los accionistas al informe del año anterior, se han mantenido los principios, fundamentos y criterios que inspiran la Política de Remuneraciones de los Consejeros de Adolfo Domínguez aprobada en el ejercicio 2019.

B.1. Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
En línea con lo expuesto en apartados anteriores, los consejeros de Adolfo Domínguez, S.A. han devengado por su condición de tales, durante el ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2019 y cerrado el 29 de febrero de 2020, las siguientes retribuciones (o el importe correspondiente a los días en los que hubiera desempeñado el cargo):
• Cada miembro del Consejo de Administración ha percibido un importe bruto anual de 32.400 euros.
• Cada miembro de la Comisión de Auditoría ha percibido un importe bruto anual, adicional al devengado como miembro del Consejo de Administración, de 6.300 euros.
• Cada miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha percibido un importe bruto anual, adicional al devengado como miembro del Consejo de Administración, de 6.300 euros.
Además, como se ha mencionado, las retribuciones de los consejeros en su condición de tales no han incluido conceptos variables, sino que se han compuesto únicamente de los importes fijos señalados en la Política de Remuneraciones aprobada por la Junta General el día 23 de julio de 2019, que han sido abonados siempre en metálico, sin incluir entrega de acciones, opciones sobre acciones o cualquier otro componente variable.
En relación con la remuneración percibida por los consejeros ejecutivos de la Sociedad durante el ejercicio cerrado, la remuneración total recibida por D. Adolfo Domínguez y Dña. Adriana Domínguez, por su condición de consejeros y por razón del desempeño de sus funciones ejecutivas en la Sociedad conforme a su relación contractual ha sido, respectivamente, de 218.000 y 189.498 euros en el ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2019. En el caso de Dña. Adriana Domínguez, el importe anterior comprende la remuneración variable percibida por el desempeño de sus funciones ejecutivas como Consejera delegada, que ascendió a 17.000 euros.
En cuanto a los procedimientos y órganos de la Sociedad involucrados en la aprobación de las remuneraciones de los consejeros, el Consejo de Administración de Adolfo Domínguez, S.A. se reserva en pleno la competencia de adoptar, entre otros aspectos, las decisiones relativas a la remuneración de los consejeros, dentro del marco estatutario y de la Política de Remuneraciones aprobada por la Junta General.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad, entre otras, las competencias de proponer al Consejo de Administración (i) la política de retribuciones de los consejeros y de los directores generales o de quienes desarrollen sus funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo, de comisiones ejecutivas o del Consejero Delegado; y (ii) la retribución individual de los consejeros ejecutivos y demás condiciones de sus contratos.
Asimismo, corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones la función de velar por la transparencia de las retribuciones y verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, verificando la información incluida acerca de las remuneraciones de los consejeros y, a tal efecto, someter al Consejo de Administración cuanta información resulte procedente.
Como consecuencia de todo lo anterior, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Adolfo Domínguez, S.A. es el órgano que propone e informa al Consejo de Administración sobre la política de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad, desempeñando un importante papel en todas las cuestiones en que se materializa la misma.
Por su parte, corresponde a la Junta General de Accionistas la aprobación del importe máximo para el conjunto de los consejeros, el cual se debe adecuar a los límites que se determinan en la Política de Remuneraciones; y al Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la determinación de los importes exactos a percibir por los consejeros ejecutivos.
La Sociedad no ha utilizado servicios de asesores externos en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una

La Junta General celebrada el 23 de julio de 2019 aprobó la Política de Remuneraciones 2019-2021, que mantiene las remuneraciones que perciben los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, en el mismo importe que durante ejercicios anteriores.
Esta ha sido la acción principal adoptada por la Sociedad para, teniendo en cuenta la situación financiera de la Sociedad y su Grupo, reducir la exposición a riesgos y ajustar las remuneraciones de los consejeros a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad. En especial, se hace constar que la remuneración de los consejeros por su pertenencia al Consejo y, en su caso, a sus Comisiones, se mantuvo invariable durante los ejercicios 2007 a 2013, acordándose después una reducción del 10% de dicha remuneración, la cual se mantuvo desde entonces y hasta la Política de Remuneraciones que se aprobó por la Junta General de Accionistas de 23 de julio de 2019 que únicamente elevó la remuneración de los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones con el fin de equipararla a la de los miembros de la Comisión de Auditoría.
Asimismo, la Política de Remuneraciones vigente para el ejercicio cerrado prevé que el sistema de retribución variable de la Consejera Delegada, Dña. Adriana Domínguez, esté vinculado al cumplimiento de objetivos cuantitativos y cualitativos.
Desde el punto de vista cuantitativo, se exige el cumplimiento de aquellos objetivos concretos que establezca el Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, los cuales pueden estar vinculados, entre otros, a que la Sociedad obtenga un resultado positivo tanto a nivel individual como consolidado sin tener en cuenta los resultados extraordinarios. Desde un punto de vista cualitativo, será necesario cumplir con aquellos objetivos que establezca el Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, los cuales pueden estar vinculados, entre otros, al refuerzo de la relevancia de la imagen de la marca así como a la restructuración de la red de tiendas de Adolfo Domínguez.
En todo caso, la Presidenta y Consejera Delegada, que es la única consejera con remuneración variable, podrá percibir una retribución variable anual, de naturaleza no consolidable, de hasta un 50% de su retribución fija anual, por el cumplimiento de los mencionados objetivos anuales, ligados al desempeño de las funciones de consejera delegada y a los resultados obtenidos por la Sociedad y su Grupo.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
La remuneración devengada por los consejeros ha sido la que se detalla en el apartado B.1. En este sentido, las retribuciones de los consejeros en su condición de tales se han compuesto únicamente de los importes fijos señalados en la Política de Remuneraciones 2019-2021 que ha estado vigente durante el ejercicio cerrado, tal y como se prevé en la misma.
Las variaciones en el rendimiento de la Sociedad no han influido en la variación de las remuneraciones de los consejeros en su condición de tales, ya que, como se ha explicado, las remuneraciones devengadas en el ejercicio han sido de carácter fijo, sin conceptos retributivos variables.
Por su parte, la remuneración fija percibida por los consejeros ejecutivos de la Sociedad durante el ejercicio cerrado, D. Adolfo Domínguez y Dña. Adriana Domínguez, se ha determinado conforme a su relación contractual.
Asimismo, de acuerdo con las previsiones de la Política de Remuneraciones vigente durante el ejercicio cerrado y el contrato de Dña. Adriana Domínguez, ésta tiene derecho a percibir una retribución variable anual de hasta un 50% de su retribución fija anual, condicionada al cumplimiento de objetivos anuales ligados al desempeño de las funciones de consejera delegada y a los resultados obtenidos por la Sociedad y su Grupo.
Así, de conformidad con la Política de Remuneraciones, la retribución variable de la Consejera Delegada y del equipo directivo está ligada a diversas métricas de resultados y rentabilidad, tanto corporativos cómo de área de negocio durante el ejercicio 2019. En concreto, los sistemas de retribución variable a corto y medio plazo de la que ha sido Consejera Delegada y del equipo directivo, incorporan medidas que tienen en cuenta las posibles variaciones en los resultados de la Sociedad, entre las que se incluyen escalas de consecución definidas que tienen en cuenta objetivos económico - financieros y operativos del presupuesto y del plan estratégico de la Sociedad. De este modo, las variaciones en el rendimiento de la Sociedad impactan de forma directa en el importe de las remuneraciones variables a percibir por la Consejera Delegada y el equipo directivo.
En este sentido, el devengo de la retribución variable únicamente se produce con posterioridad a la fecha de cierre del ejercicio, tras haber podido determinar el grado de consecución de los objetivos cuantitativos fijados.
Adicionalmente, a la hora de determinar el nivel de cumplimiento de los objetivos de carácter cuantitativo de la Consejera Delegada se eliminan los resultados extraordinarios obtenidos por la Sociedad que podrían introducir distorsiones.

En consecuencia, la retribución variable a corto y medio plazo de la que ha sido Consejera Delegada podría aumentar o disminuir en cuantía, en consonancia con los mejores o peores resultados conseguidos por la Sociedad.
| Número | % sobre el total | |
|---|---|---|
| Votos emitidos | 7.569.780 | 100,00 |
| Número | % sobre emitidos | |
| Votos negativos | 0,00 | |
| Votos a favor | 7.569.780 | 100,00 |
| Abstenciones | 0,00 |
Los componentes fijos devengados en 2019 por los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, no han sufrido variaciones con respecto al ejercicio anterior.
En particular, los importes fijos de la remuneración de los consejeros en su condición de tales son los previstos en la Política de Remuneraciones aprobada por la Junta General de Accionistas de día 23 de julio de 2019, como se ha explicado en el apartado B.1.
En resumen, durante el ejercicio iniciado el 1 de marzo de 2019, el importe bruto anual agregado que han percibido los consejeros de la Sociedad, en su condición de tales, ha sido el siguiente:
Los miembros del Consejo de Administración a 1 de marzo de 2019 han devengado, a razón de 32.400 euros por consejero, un total de 194.400 euros al cierre del ejercicio, esto es, a 29 de febrero de 2020, a lo que habría que añadir la parte correspondiente de los dos consejeros ejecutivos existentes durante el ejercicio cerrado, por su condición de tales.
Los tres miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones han devengado, a razón de 6.300 euros por consejero, un total de 18.900 euros al cierre del ejercicio 2019, que se suma al importe que les corresponde como miembros del Consejo de Administración.
Los tres miembros de la Comisión de Auditoría han devengado, a razón de 6.300 euros por consejero, un total de 18.900 euros al cierre del ejercicio en curso, que se suma al importe que les corresponde como miembros del Consejo de Administración.
Los importes devengados por los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones durante el ejercicio cerrado han variado con respecto a los del ejercicio anterior. En particular, durante el ejercicio cerrado los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones han devengado un importe de 6.300 euros por cada miembro de la Comisión - el cual se suma al importe que les corresponde como miembros del Consejo de Administración - frente a los 2.250 euros percibidos el año anterior.
Los sueldos devengados en 2019 por los que en ese momento eran consejeros ejecutivos de la Sociedad, esto es, D. Adolfo Domínguez y Dña. Adriana Domínguez, se han determinado de conformidad con las disposiciones de sus respectivos contratos, para cada uno de ellos, y de los acuerdos del Consejo de Administración, previo informe o a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones al respecto.
El contrato de D. Adolfo Domínguez como consejero ejecutivo vigente durante el ejercicio cerrado contemplaba una retribución fija anual de 218.000 euros, incluyendo en dicho importe la remuneración que le corresponde en su condición de consejero. La anterior constituye la remuneración íntegra de D. Adolfo Domínguez para el ejercicio cerrado, dado que su contrato no preveía que su remuneración contuviera

conceptos variables. Asimismo, se hace constar que el sueldo percibido por D. Adolfo Domínguez no ha sufrido variaciones con respecto al año anterior.
El contrato de Dña. Adriana Domínguez como consejera ejecutiva prevé que ésta perciba: (i) un sueldo bruto anual de 150.000 euros el primer año de su contrato como ejecutiva de la Sociedad firmado en agosto de 2017, 175.000 euros el segundo año y 200.000 euros el tercer año y sucesivos, incluyendo en dicho importe la remuneración que le corresponde en su condición de consejera; y (ii) una retribución variable anual, de naturaleza no consolidable, de hasta un 50% de su retribución fija anual. Durante el ejercicio cerrado, la retribución fija percibida por Dña. Adriana Domínguez se ha incrementado proporcionalmente al alcanzar el tercer año, conforme a lo previsto en su contrato y la retribución variable no ha variado sustancialmente con respecto al año anterior (incluso se redujeron).
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados en el ejercicio cerrado.
En particular:
En el caso de planes de opciones sobre acciones u otros instrumentos financieros, las características generales de cada plan incluirán información sobre las condiciones tanto para adquirir su titularidad incondicional (consolidación), como para poder ejercitar dichas opciones o instrumentos financieros, incluyendo el precio y plazo de ejercicio.
Como se ha explicado, solo la retribución de Dña. Adriana Domínguez, que durante el ejercicio cerrado ocupó el cargo de Consejera Delegada ejecutiva, tiene un componente variable.
En particular, Dña. Adriana Domínguez ha percibido una retribución variable por el desempeño de sus funciones ejecutivas durante el ejercicio cerrado, cuyo importe y naturaleza se ha fijado mediante acuerdo del Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y teniendo en cuenta las disposiciones de la Política de Remuneraciones vigente para el ejercicio 2019, según se han expuesto en los apartados A.1 y B.3. y el cumplimiento de sus objetivos.
La retribución variable en la Sociedad pretende retribuir la creación de valor en el grupo de manera que se alineen los intereses de los accionistas con la gestión y la consecución de objetivos estratégicos marcados de la Sociedad y de su Grupo, y se circunscribe exclusivamente a los consejeros ejecutivos. En este sentido, la retribución variable de la consejera delegada se determina atendiendo al grado de cumplimiento de una serie de objetivos cuantitativos y cualitativos.
Los criterios para la determinación de la retribución variable (o bonus) correspondiente exclusivamente a los consejeros ejecutivos en el ejercicio 2019 se basaron en los siguientes parámetros: a) la evolución de los resultados del Grupo de acuerdo con los objetivos presupuestados y establecidos en el Plan de Negocio así como el cumplimiento de los objetivos estratégicos determinados en dicho Plan; b) junto a esta referencia cuantitativa, en el ejercicio 2019, se establecieron objetivos personales considerando cada uno de ellos individualmente y por su importancia dentro del conjunto y de acuerdo con la estrategia y objetivos de negocio para la empresa. Se han considerado otros elementos cualitativos para modular la fijación del importe de retribución variable vinculados al refuerzo de la relevancia de la imagen de la marca y a la restructuración de la red de tiendas de Adolfo Domínguez, consistentes en la implementación de varios proyectos innovadores para la generación de negocio y la declinación de los valores de la marca.

La valoración del grado de consecución de los objetivos ha sido llevada a cabo por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones una vez cerrado el ejercicio social y sobre la base de los resultados del mismo, tras lo cual la Comisión realizó la correspondiente propuesta al Consejo de Administración.
No están previstos, en el esquema de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad, componentes variables a largo plazo.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables cuando se hubieran, en el primer caso, consolidado y diferido el pago o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
No se han producido pagos de esa naturaleza.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
No se han contemplado, durante el ejercicio cerrado, sistemas de ahorro a largo plazo en los sistemas retributivos de los consejeros de la Sociedad.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
No se han producido pagos de esa naturaleza.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Así mismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado ya en el apartado A.1.
Como se ha explicado, durante el ejercicio cerrado 2019 existieron dos consejeros ejecutivos en la Sociedad: el Presidente del Consejo, D. Adolfo Domínguez, y la Consejera Delegada, Dña. Adriana Domínguez. Durante el ejercicio cerrado, no se han producido modificaciones en ninguno de los contratos suscritos con cada uno de ellos.
B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
Ver apartado A.1 al respecto.

B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
No se han producido pagos de esta naturaleza.
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
La Sociedad mantiene un seguro de responsabilidad civil en favor de sus consejeros. No existen otros compromisos en materia de pensiones, seguros de vida u otros conceptos análogos.
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
La consejera Dña. Valeria Domínguez González es socia principal de la sociedad Digital Influencer Markerplace, S.L., a la cual se ha abonado una remuneración por la prestación de servicios de asesoría en materia de transformación digital; en calidad de experta en los campos de e - Commerce, transformación digital y omnicanalidad que se ha tratado como una operación vinculada en cuanto a aprobación e información al mercado se refiere, tal y como se ha mencionado en el apartado A.1. anterior.
Al margen de lo anterior, no se han producido pagos de esta naturaleza.
B.16. Explique cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.
No se han producido pagos de esta naturaleza.

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2020 |
|---|---|---|
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | Presidente ejecutivo | Desde 01/03/2019 hasta 29/02/2020 |
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | Consejero Delegado | Desde 01/03/2019 hasta 29/02/2020 |
| Don LUIS CARAMÉS | Vicepresidente independiente | Desde 01/03/2019 hasta 29/02/2020 |
| Don JOSÉ LUIS TEMES | Consejero Independiente | Desde 01/03/2019 hasta 29/02/2020 |
| LUXURY LIBERTY, S.A. | Consejero Dominical | Desde 01/03/2019 hasta 29/02/2020 |
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | Consejero Independiente | Desde 01/03/2019 hasta 29/02/2020 |
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL | Consejero Independiente | Desde 01/03/2019 hasta 29/02/2020 |
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ | Consejero Dominical | Desde 01/03/2019 hasta 29/02/2020 |
C.1. Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2020 |
Total ejercicio 2019 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | 218 | 218 | 218 | |||||||
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | 189 | 17 | 206 | 186 | ||||||
| Don LUIS CARAMÉS | 32 | 13 | 45 | 41 | ||||||
| Don JOSÉ LUIS TEMES | 32 | 7 | 39 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2020 |
Total ejercicio 2019 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| LUXURY LIBERTY, S.A. | 32 | 7 | 39 | 39 | ||||||
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | 32 | 7 | 39 | 34 | ||||||
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL | 32 | 7 | 39 | 34 | ||||||
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ | 32 | 32 | 16 |
Los importes anteriormente expresados se han redondeado, es decir, se ha reducido el número de decimales al valor numérico más cercano, ya sea superior o inferior.
Los sueldos de los consejeros ejecutivos incluyen la remuneración fija como consejeros, en su condición de tales.
No se incluye la remuneración percibida por Dña. Valeria Domínguez señalada en los apartados A.1 y B.15. en la medida en que no se corresponde con remuneración por su cargo de consejera. Asimismo, la cifra de la columna t-1 de la remuneración de Dña. Valeria Domínguez se refiere al periodo parcial en el que fue consejera (6 meses) en dicho ejercicio.
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2020 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2020 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2020 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ |
No aplicable | 0,00 | ||||||||||
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ |
No aplicable | 0,00 | ||||||||||
| Don LUIS CARAMÉS | No aplicable | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2020 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2020 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2020 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don JOSÉ LUIS TEMES |
No aplicable | 0,00 | ||||||||||
| LUXURY LIBERTY, S.A. | No aplicable | 0,00 | ||||||||||
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN |
No aplicable | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL |
No aplicable | 0,00 | ||||||||||
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ |
No aplicable | 0,00 |
Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
||||
|---|---|---|---|---|---|
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | |||||
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | |||||
| Don LUIS CARAMÉS | |||||
| Don JOSÉ LUIS TEMES |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|||
|---|---|---|---|---|
| LUXURY LIBERTY, S.A. | ||||
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | ||||
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL | ||||
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | |||
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | ||||||||||
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | ||||||||||
| Don LUIS CARAMÉS | ||||||||||
| Don JOSÉ LUIS TEMES | ||||||||||
| LUXURY LIBERTY, S.A. | ||||||||||
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | ||||||||||
| Doña MARÍA TERESA | ||||||||||
| ARANZÁBAL | ||||||||||
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ |

Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | Concepto | |
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | Concepto | |
| Don LUIS CARAMÉS | Concepto | |
| Don JOSÉ LUIS TEMES | Concepto | |
| LUXURY LIBERTY, S.A. | Concepto | |
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | Concepto | |
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL | Concepto | |
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ | Concepto |
Observaciones

i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2020 |
Total ejercicio 2019 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | ||||||||||
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | ||||||||||
| Don LUIS CARAMÉS | ||||||||||
| Don JOSÉ LUIS TEMES | ||||||||||
| LUXURY LIBERTY, S.A. | ||||||||||
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | ||||||||||
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL | ||||||||||
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ |
Observaciones
19 / 25

| Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2020 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2020 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2020 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don LUIS CARAMÉS | Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JOSÉ LUIS TEMES |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| LUXURY LIBERTY, S.A. | Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ |
Plan | 0,00 |

Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | |
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | |
| Don LUIS CARAMÉS | |
| Don JOSÉ LUIS TEMES | |
| LUXURY LIBERTY, S.A. | |
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | |
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL | |
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | |
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | ||||||||
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | ||||||||
| Don LUIS CARAMÉS |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | |
| Don JOSÉ LUIS TEMES | ||||||||
| LUXURY LIBERTY, S.A. | ||||||||
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | ||||||||
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL |
||||||||
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | Concepto | |
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | Concepto | |
| Don LUIS CARAMÉS | Concepto | |
| Don JOSÉ LUIS TEMES | Concepto | |
| LUXURY LIBERTY, S.A. | Concepto | |
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | Concepto | |
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL | Concepto |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ | Concepto |
| Observaciones | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €): Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2020 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2020 grupo |
|
| Don ADOLFO DOMÍNGUEZ | 218 | 218 | |||||||||
| Doña ADRIANA DOMÍNGUEZ | 206 | 206 | |||||||||
| Don LUIS CARAMÉS | 45 | 45 | |||||||||
| Don JOSÉ LUIS TEMES | 39 | 39 | |||||||||
| LUXURY LIBERTY, S.A. | 39 | 39 | |||||||||
| Don JOSÉ MANUEL RUBÍN | 39 | 39 | |||||||||
| Doña MARÍA TERESA ARANZÁBAL | 39 | 39 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2020 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2020 grupo |
| Doña VALERIA DOMÍNGUEZ | 32 | 32 | ||||||||
| TOTAL | 657 | 657 |
Los importes anteriormente expresados se han redondeado, es decir, se ha reducido el número de decimales al valor numérico más cercano, ya sea superior o inferior. No se incluye la remuneración percibida por Dña. Valeria Domínguez señalada en los apartados A.1 y B.15. en la medida en que no se corresponde con remuneración por su cargo de consejera.

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
No existe ningún aspecto relevante en materia de remuneración distinto de los descritos en los apartados anteriores del presente informe.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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