Remuneration Information • Feb 27, 2023
Remuneration Information
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Ejercicio 2022
Estimados accionistas:
En nombre del Consejo de Administración (el "Consejo de Administración" o el "Consejo") de Metrovacesa, S.A. ("Metrovacesa", la "Sociedad" o la "Compañía") y de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad de Metrovacesa (la "Comisión" o la "CNRS"), les presentamos el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros de Metrovacesa (el "Informe" o el "IARC 2022") correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2022.
El Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros correspondiente a 2021 ("IARC 2021") fue aprobado por el 99,99%1 de los votos emitidos, razón por la cual el presente Informe mantiene los mismos principios, fundamentos y criterios recogidos en el IARC 2021. Con el objetivo de mantener los mejores estándares en cuanto a la transparencia de la información retributiva se refiere2 , Metrovacesa ha considerado apropiado presentar el IARC 2022, al igual que en el ejercicio anterior, en formato libre, intentado proveer de una mayor coherencia estructural y detalle en la información facilitada.
Esta decisión de Metrovacesa es consecuencia del compromiso de la Sociedad con las cuestiones e inquietudes de sus accionistas y de otros grupos de interés (como, por ejemplo, los asesores de voto). Con esta decisión, Metrovacesa pretende mantener la senda de mejora en lo que respecta a la claridad y precisión en la presentación de la información retributiva de sus consejeros, permitiendo incrementar la comprensión de la citada información y, con ello, la relación de confianza de la Sociedad con sus stakeholders.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en la Norma cuarta de la Circular 4/20133 , indicar que se incorpora como anexo al presente Informe el apéndice estadístico que se ajusta al modelo definido en el Anexo III de la Circular 3/20214 .
Agradecer de antemano la dedicación en la lectura de este Informe, y esperamos que el esfuerzo de la Sociedad resulte merecedor de su apoyo, expresado mediante la votación favorable a este Informe.
Aprobado por el Consejo y firmado en su nombre por Dña. Emma Fernández Alonso, presidenta de la CNRS.
1 Votos a favor 99,99%, votos negativos 0,01%, abstenciones 0% y votos en blanco 0%.
2 La transparencia es uno de los principios por los que se rige la política de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad.
3 Circular 4/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que establece los modelos de informe anual de remuneraciones de los consejeros de sociedades anónimas cotizadas y de los miembros del consejo de administración y de la comisión de control de las cajas de ahorros que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores ("Circular 4/2013").
4 Circular 3/2021, de 28 de septiembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica la Circular 4/2013, de 12 de junio, que establece los modelos de informe anual de remuneraciones de los consejeros de sociedades anónimas cotizadas y de los miembros del consejo de administración y de la comisión de control de las cajas de ahorros que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores; y la Circular 5/2013, de 12 de junio, que establece los modelos de informe anual de gobierno corporativo de las sociedades anónimas cotizadas, de las cajas de ahorros y de otras entidades que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores ("Circular 3/2021").
| 1. | Política de remuneraciones 2021-2023 4 |
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|---|---|---|---|---|---|---|
| A) | Principales características de la Política de Remuneraciones5 | |||||
| B) Alineación de la política de remuneraciones con la estrategia a largo plazo de la sociedad, equilibrio del paquete retributivo y exposición a riesgos 7 |
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| C) | Compañías comparables 9 |
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| 2. | Aplicación prevista de la Política de Remuneraciones para el ejercicio 202311 | |||||
| A) | Consejeros en su condición de tales 11 |
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| B) | Consejeros ejecutivos 13 |
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| a) | Retribución fija14 | |||||
| b) | Retribución variable anual 14 |
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| c) | Retribución variable a largo plazo 16 |
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| d) | Retribución en especie 21 |
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| e) | Sistemas de ahorro a largo plazo21 | |||||
| f) | Cláusulas de reducción ("malus") y recuperación ("clawback")22 | |||||
| g) | Pagos por resolución anticipada de contratos22 | |||||
| h) | Condiciones de los contratos 23 |
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| 3. | Aplicación de la Política de Remuneraciones en el ejercicio 202224 | |||||
| A) | Retribución devengada por los consejeros en su condición de tales en 202224 | |||||
| B) | Retribución devengada por el Consejero Delegado en 2022 26 |
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| a) | Retribución fija26 | |||||
| b) | Retribución variable anual 26 |
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| c) | Retribución variable a largo plazo 29 |
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| d) | Retribución en especie 30 |
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| e) | Sistemas de ahorro a largo plazo31 | |||||
| f) | Cláusulas de reducción ("malus") y recuperación ("clawback")31 | |||||
| g) | Resumen de las remuneraciones devengadas 32 |
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| 4. | Órganos de la compañía que intervienen en el proceso de aprobación y ejecución de la política de remuneraciones 34 |
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| 5. | Composición, funcionamiento y principales funciones de la CNRS 36 |
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| A) | Composición 36 |
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| B) | Funcionamiento36 | |||||
| C) | Principales funciones 37 |
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| 6. | Actuaciones desarrolladas en materia de remuneraciones por la CNRS y el Consejo37 | |||||
| A) | Actuaciones llevadas a cabo durante el ejercicio 2022 37 |
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| B) | Actuaciones llevadas a cabo durante el ejercicio 2023 hasta la aprobación de este Informe por el Consejo 38 |
La Política de Remuneraciones de los miembros del Consejo de Administración, cuya vigencia está prevista para 2021, 2022 y 2023 (la "Política de Remuneraciones", la "Política de Remuneraciones 2021-2023" o la "Política"), fue aprobada por la Junta General de Accionistas de Metrovacesa (la "Junta General de Accionistas" o la "Junta General") de fecha 5 de mayo de 2021. Dicha Política sustituyó a la política de remuneraciones de los consejeros vigente para los ejercicios 2018 a 2020, aprobada por la Junta General extraordinaria de 19 de diciembre de 2017 y posteriormente modificada durante 2018, mediante acuerdo adoptado en la Junta General de Accionistas de 19 de junio de 2018 ("Política de Remuneraciones 2018-2020").
La elaboración de la Política de Remuneraciones supuso una revisión de la anterior, con el objetivo de adaptarla a las últimas novedades introducidas por el Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas, tras su última revisión y modificación en junio de 2020, y, muy particularmente, a la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica la LSC5 ("Ley 5/2021"), entre otros artículos, su artículo 529 novodecies, relativo al proceso de aprobación, requisitos y contenido de la política de remuneraciones. Aunque dicha normativa no estaba en vigor en la fecha de aprobación de esta Política, sí se conocían en ese momento todos los detalles de la modificación legal y se incluyeron expresamente en la citada Política.
Así, entre las principales novedades introducidas en la Política se incluyeron aspectos como: (i) las medidas destinadas a evitar o gestionar conflictos de intereses; (ii) explicar cómo la Política contribuye a la estrategia, los intereses y la sostenibilidad a largo plazo de la Sociedad; (iii) informar de qué forma se tienen en cuenta las condiciones de retribución de los empleados de la Sociedad para fijar la política de remuneraciones; (iv) incluir un apartado de regulación de los supuestos y procedimientos para aplicar excepciones temporales a la Política; (v) actualizar y explicar en mayor detalle los criterios de rendimiento a los que podría vincularse la retribución variable, incluir el mix retributivo del consejero delegado de Metrovacesa (el "Consejero Delegado"), incluir las cláusulas de reducción (malus) y recuperación (clawback), y actualizar determinados términos del contrato del Consejero Delegado, incluyendo un pacto de no competencia post-contractual y la obligación de tenencia de acciones.
La Compañía pone a disposición de los accionistas el enlace directo al documento en el que se recoge la Política de Remuneraciones, disponible en su página web:
https://metrovacesa.com/accionistas-e-inversores/gobierno-corporativo/reglas-internas-de-gobiernocorporativo/politica-de-remuneraciones-de-miembros-del-consejo-de-administracion
No obstante lo anterior, tal y como dispone el artículo 529 novodecies de la LSC, que establece que las propuestas de nuevas políticas de remuneraciones de los consejeros deberán ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas con anterioridad a la finalización del último ejercicio de aplicación de la anterior, y una vez alcanzado el último ejercicio previsto para la aplicación de la Política de Remuneraciones 2021-2023, Metrovacesa procederá a someter a aprobación de la Junta General una nueva política de remuneración de los consejeros, antes de la finalización del ejercicio 2023.
5 Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC").
Los principios, fundamentos y componentes de la remuneración de los consejeros en su condición de tales y de los consejeros ejecutivos, así como otros aspectos relevantes incluidos en la Política de Remuneraciones 2021-2023, son los siguientes:
Asimismo, la Política prevé la posibilidad de que los consejeros puedan (i) percibir indemnizaciones por cese, (ii) ser retribuidos mediante la entrega de acciones, de derechos de opción sobre ellas o mediante una retribución referenciada al valor de las acciones o a otra variable (aunque no se hayan aprobado este tipo de remuneraciones a favor de los consejeros en su condición de tales) o (iii) beneficiarse de la cobertura de una póliza de responsabilidad civil o ser asegurados de una póliza de accidentes.
En concreto, el Plan de Incentivos a Largo Plazo para el periodo 2021 a 2023, consta de tres ciclos (2021, 2022 y 2023) de tres años de duración cada uno y es liquidable un 50% en efectivo y un 50% en acciones (el "LTIP 21-23", o el "Plan").
Adicionalmente, el Consejo de Administración podrá decidir modificar o sustituir el Plan o implantar nuevos planes de incentivos a largo plazo que incluyan a los consejeros ejecutivos entre sus participantes.
Para su aplicación, en caso de producirse alguna circunstancia que lo justifique, la CNRS emitirá un informe valorando las circunstancias y las remuneraciones específicas (dentro de las señaladas con anterioridad) que serían objeto de modificación y formularía, en su caso, la propuesta de aplicación excepcional al Consejo de Administración para su aprobación por éste. Para la elaboración del informe, la CNRS podrá valerse de la opinión de un tercero externo.
Por tanto, este límite de cuatro millones de euros en modo alguno representa la retribución total anual máxima que podría percibir el Consejero Delegado. En este sentido, en un escenario normal, en que se abonasen todos los conceptos retributivos reconocidos al Consejero Delegado de conformidad con la Política de Remuneraciones, a excepción del pacto de no competencia y la indemnización por cese, incluso en el supuesto de consecución del importe máximo de la retribución variable anual o a largo plazo, la retribución total anual del Consejero Delegado no consumiría ni la mitad del citado límite.
El citado límite se aprobó por la Junta General de Accionistas celebrada el 19 de junio de 2018, a propuesta de la CNRS y el Consejo, en base (i) al sistema retributivo reconocido al Consejero Delegado en la Política de Remuneraciones 2018-20206 , y (ii) a criterios de transparencia y flexibilidad, con el objeto de generar un marco retributivo susceptible de adaptarse, con suficiente holgura, a aquellos ejercicios en que procediese el abono de cantidades por retribuciones variables plurianuales en los términos de la política de remuneraciones vigente en cada momento.
En todo caso, los conceptos e importes de la retribución de los consejeros por el desempeño de funciones ejecutivas, dentro del límite máximo anual de cuatro millones de euros, se establecerán en los términos de la política de remuneraciones vigente en cada momento o, en su caso, por los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.
En la preparación de la Política de Remuneraciones, Metrovacesa contó con el asesoramiento externo de J&A Garrigues, S.L.P., que, asimismo, ha asesorado a la Sociedad en la elaboración del presente Informe.
B) Alineación de la política de remuneraciones con la estrategia a largo plazo de la sociedad, equilibrio del paquete retributivo y exposición a riesgos
La CNRS propone al Consejo de Administración la política de remuneraciones de aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgo de la Sociedad, esto es, de los consejeros (ya sea en su condición de tales o como ejecutivos), y de los directores generales o de quienes desarrollen sus funciones como personal directivo bajo la dependencia directa del Consejo de Administración, de su comisión ejecutiva (si la hubiera) o del Consejero Delegado, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, comprobando y velando por su observancia.
6 Tras la modificación de la Política de Remuneraciones 2018-2020, se contemplaba un primer ciclo del Plan de incentivos a largo plazo 2018-2020 en el que el Consejero Delegado podía percibir, en un escenario de consecución máxima, un importe de hasta 1.462.500 euros. Asimismo, el Consejo de Administración aprobó un incentivo excepcional plurianual (2018-2020) cuya cuantía máxima reconocida para 2018 ascendía a 650.000 euros.
La estructura retributiva de los consejeros ejecutivos, que se distribuye entre elementos fijos y variables, tanto de carácter anual como plurianual, tiene como finalidad establecer un paquete retributivo equilibrado que permita acotar la exposición al riesgo, al tratarse de sistemas plenamente flexibles que permiten que los consejeros ejecutivos (en este caso, exclusivamente el Consejero Delegado) no perciban importe alguno de remuneración variable si no se alcanzan unos umbrales mínimos de cumplimiento.
De esta manera, (i) la retribución fija anual pretende establecer una base salarial competitiva que atraiga y retenga el talento, con carácter estable, para contribuir a la creación de valor de manera sostenible, y (ii) la retribución variable busca la motivación de los consejeros ejecutivos asociando dicha retribución a indicadores de crecimiento, rentabilidad y a otros de carácter cuantitativo o cualitativo, incluyendo, entre otros, criterios vinculados a factores de "Environmental, Social and Governance" ("ESG"), combinando objetivos a corto, medio y largo plazo.
El LTIP 21-23, entre cuyos beneficiarios se encuentra el Consejero Delegado, está referenciado a la evolución de la cotización de la acción, a otros parámetros de negocio clave y, para el tercer ciclo, a criterios ESG, con lo que se trata de incentivar el cumplimiento de objetivos a largo plazo y alinear los intereses del Consejero Delegado (y principales directivos) con los intereses de los accionistas.
El primer y segundo ciclo del Plan están vinculados a los siguientes objetivos estratégicos de la Sociedad: (i) generación de flujo de caja, (ii) lanzamientos, (iii) entregas y (iv) evolución del retorno total para el accionista. Por su parte, el tercer ciclo del Plan se vincula a los anteriores objetivos y, además, a un objetivo que se determina en base a métricas vinculadas a criterios ESG. Las métricas incluidas en este objetivo contemplan los tres ámbitos: (E) eficiencia energética y sostenibilidad en proyectos inmobiliarios, (S) igualdad, satisfacción de clientes y empleados, siniestralidad en obra, etc. y (G) transparencia y financiación sostenible.
El incentivo que, en su caso, se derive del Plan, se abonará parcialmente mediante la entrega de un número de acciones de Metrovacesa (correspondientes a un 50% del incentivo), que deberán mantenerse, netas de impuestos, durante un plazo de un año, de manera que los intereses de sus beneficiarios se encuentren alineados con los de los accionistas. Asimismo, el Consejero Delegado tiene incluido en su contrato un compromiso de tenencia de acciones por el cual, mientras éste permanezca desempeñando su cargo deberá mantener la propiedad de un número de acciones cuyo valor sea equivalente a dos veces su remuneración fija anual (este compromiso se verifica periódicamente por la CNRS, la última vez en su sesión de 20 de Julio de 2022).
Se produce así una distribución equilibrada del paquete retributivo, entre componentes fijos y variables (diferenciando entre objetivos a corto, medio y largo plazo, y estableciendo objetivos de negocio, referenciados al valor de la acción y otros de carácter cualitativo), que permite una distribución equilibrada de riesgos.
Asimismo, dado (i) que el abono de la retribución variable únicamente se produce con posterioridad a la formulación de las cuentas anuales, una vez la CNRS y el Consejo de Administración han determinado el grado de consecución de los objetivos, (ii) que la Comisión de Auditoría puede participar, a petición del Consejo o de la CNRS, en el proceso de revisión del cumplimiento de los objetivos financieros de la retribución variable, tanto anual como plurianual, y (iii) que el Consejo tiene potestad de aplicar cláusulas de reducción (malus) y de recuperación (clawback) sobre la remuneración variable en determinados supuestos que puedan perjudicar los intereses a largo plazo o la sostenibilidad de Metrovacesa, también se produce una gestión más adecuada de los riesgos, y se alinea el abono de dicha retribución con la sostenibilidad y los intereses a largo plazo de la Sociedad.
Por último, en relación con los conflictos de intereses, el artículo 28 del Reglamento del Consejo de Administración define y regula el concepto de conflicto de interés como "aquellas situaciones en las
que entren en colisión, de forma directa o indirecta, el interés de la Sociedad o de las sociedades integradas en su Grupo y el interés personal del consejero".
De cara evitar dichos conflictos, los consejeros deben comunicar la existencia de éstos, ya sean directos o indirectos, al Consejo de Administración y abstenerse de intervenir como representantes de la Sociedad en la operación a que el conflicto se refiera, con las excepciones que establezca la legislación aplicable. Además, la Sociedad informará, cuando proceda conforme a la ley, sobre cualquier situación de conflicto de interés en que se hayan encontrado los consejeros (o personas vinculadas a los mismos) durante el ejercicio en cuestión y que le conste en virtud de comunicación del afectado o por cualquier otro medio. Las situaciones de conflicto de interés en que incurran los consejeros serán objeto de información en la memoria de las cuentas anuales de la Sociedad.
Los principios y criterios rectores de la Política de Remuneraciones contemplan, entre otros, la competitividad de la Política tanto por su estructura retributiva como por su cuantía global, con el fin de atraer, motivar y retener a los profesionales clave.
En este sentido, a través del diseño y aplicación de la Política de Remuneraciones se procura que las retribuciones de los consejeros sean acordes con las tendencias en materia de remuneraciones seguidas por compañías comparables por su actividad, de manera que estén alineadas con las mejores prácticas de mercado.
La CNRS ha venido desarrollando sus funciones de supervisión y adecuación del sistema de remuneraciones de los consejeros y del equipo directivo, para alinearlo con la estrategia de la Sociedad y los estándares de mercado, con el objeto de mantener un sistema de remuneración competitivo, que permita alcanzar los objetivos de atracción, retención y motivación del talento.
Por su parte, el Consejo de Administración, apoyado por la labor de la CNRS, aprueba la retribución de cada consejero, de conformidad con la política de remuneraciones aprobada por la Junta General, velando porque sea acorde a la de los demás consejeros y a la que abonan otras entidades comparables.
A este respecto, para apoyar la labor de estos órganos, durante los últimos años Metrovacesa ha solicitado a distintos asesores externos la preparación de estudios retributivos sobre las tendencias en materia de remuneración de los consejeros y miembros de la alta dirección de las compañías comparables a Metrovacesa, de cara al diseño y posterior aplicación de la política retributiva de la Sociedad. En este sentido, los criterios de segmentación que se han utilizado para determinar el grupo de compañías comparables a la Sociedad en los distintos estudios elaborados han sido, entre otros, los siguientes: capitalización bursátil, facturación, número de empleados, pertenencia a un índice de mercado y, en particular, sector de actividad similar o comparable al de Metrovacesa.
En concreto, en el último estudio retributivo elaborado en octubre de 2022 por Willis Towers Watson ("WTW") para conocer el posicionamiento de la remuneración de los consejeros en relación con un grupo de comparación, éste se determinó en base a los siguientes criterios: (i) compañías comparables a Metrovacesa por sector de actividad, y (ii) capitalización bursátil similar a la de Metrovacesa a la fecha de elaboración del citado análisis, identificando aquellas compañías cotizadas en el Mercado Continuo con una capitalización entre 700 y 1.400 millones de euros (el "Grupo de Comparación" o el "Peer Group").
Teniendo en cuenta lo anterior, el Peer Group del citado análisis estaría compuesto por las siguientes compañías:
| Sectorial | Multisectorial |
|---|---|
| Merlin Proper. | Sacyr |
| Colonial | Indra |
| Realia | NH Hotels |
| Aedas Homes | Meliá |
| Neinor Homes | Línea Directa |
| Urbas | Mediaset |
| Arima | Prosegur |
| CAF | |
| Elecnor | |
| Ence | |
| Applus | |
| Edreams |
A estos efectos, comparando con la muestra sectorial, la retribución anual máxima del Consejero Delegado se sitúa en el percentil 68, mientras que la total, incluyendo incentivos a largo plazo anualizados, bajaría al 40. Si observamos el grupo de comparación multisectorial, la retribución anual máxima del Consejero Delegado se situaría en un 20% por debajo de la media, mientras que la retribución máxima incluyendo incentivos a largo plazo anualizados, estaría en el percentil 45.
| Sectorial | Retribucion Fija (RF) |
Bonus Target |
Bonus Target (% RF) |
Retribución Anual Target |
ILP: valor esperado anualizado |
ILP: valor esperado anualizado (% RF) |
Retribución Total Directa Target |
Remuneracion del Consejo |
Retribución Total Target (incl. Remuneración del Consejo) |
Pensión: contibución anual (% RF) |
Retribución Total Target (incl. Remuneracion del Consejo y pensiones) |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Mediana | 600.000 | 420.000 | 70% | 1.020.000 | 1.333.333 | 183% | 2.017.400 | 76.000 | 2.017.400 | 9% | 2.017.400 |
| Consejero Delegado | 650.000 | 487 500 | 75% | 1.187.500 | 650.000 | 100% | 1.787 500 | 85.000 | 1.872 500 | 10% | 1.935.500 |
| Posicionamiento (percentil) | રેદ | રક | 54 | 68 | 3 | Minimo | 40 | 44 | 47 | ||
| Multisectorial | Retribucion Fija (RF) |
Bonus Target |
Bonus Target (% RF) |
Retribución Anual Target |
ILP: valor esperado anualizado |
ILP: valor esperado anualizado (% RF) |
Retribucion Total Directa Target |
Remuneracion del Consejo |
Retribucion Total Target (incl. Remuneración del Consejo) |
Pensión: contibucion anual (% RF) |
Retribucion Total Target (incl. Remuneracion del Consejo y pensiones) |
| Mediana | 714.559 | 538.524 | 66% | 1.272.995 | 673.313 | 83% | 1.845.959 | 106.000 | 1.925.338 | 33% | 1.925.338 |
| Consejero Delegado | 650.000 | 487.500 | 75% | 1.137.500 | 650.000 | 100% | 1.787.500 | 85.000 | 1.872.500 | 10% | 1.935.500 |
| Posicionamiento (percentil) | 34 | 47 | દર્ | X 18 |
44 | રેદ | 42 | 26 | 45 | Minimo | 51 |
Los Estatutos Sociales de Metrovacesa establecen que el cargo de consejero de la Sociedad es retribuido y su artículo 17 señala que la retribución de los consejeros por su condición de tales consistirá en una asignación anual fija y podrá comprender retribuciones tanto en efectivo como en especie.
Los importes a percibir por los consejeros en su condición de tales respetarán siempre el límite máximo anual fijado por la Junta General de Accionistas celebrada el 19 de junio de 2018, que asciende a un importe de dos millones de euros (2.000.000 €) brutos anuales, cantidad que permanecerá vigente hasta que la Junta General de Accionistas acuerde su modificación.
Dicho límite no incluye (a) cualquier retribución, compensación de cualquier naturaleza o pago que se efectúe en otro concepto a los consejeros, de conformidad con lo previsto en la Política, por la realización de funciones ejecutivas o por cualquier otro concepto; (b) los pagos de las primas del seguro de responsabilidad civil; y (c) cualquier reembolso de gastos corrientes en los que incurran los consejeros para asistir a las sesiones del Consejo o de alguna de sus comisiones.
Tomando en consideración dicho límite, corresponde al Consejo, previo informe de la CNRS, llevar a cabo la determinación concreta del importe que corresponda a cada uno de los consejeros, así como la periodicidad y la forma de pago, de acuerdo con la Política de Remuneraciones. A tal efecto, tendrá en cuenta (i) la categoría del consejero, (ii) el papel que cumple en el Consejo de Administración y en cualquiera de sus comisiones, (iii) las tareas y responsabilidades específicas asumidas, (iv) la experiencia y el conocimiento requerido para realizar dichas tareas, el tiempo y la dedicación necesarios, y (v) otras circunstancias objetivas que considere relevantes.
De conformidad con lo aprobado por el Consejo de Administración en su sesión de 22 de febrero de 2021 la asignación anual fija para los consejeros por su condición de tales es la siguiente:
| Cargo | Remuneración | ||
|---|---|---|---|
| Presidente | 250.000 € |
||
| Consejo de Administración | Vocal | 85.000 € |
En relación con la retribución anual fija reconocida por el desempeño del cargo de Presidente del Consejo de Administración, esta ha sufrido modificaciones desde la admisión a cotización de la Sociedad.
El folleto de salida a bolsa preveía la cuantía de 250.000 euros, cuantía que el Consejo de Administración de 22 de febrero de 2018 ratificó. Posteriormente, tras una análisis por parte de la CNRS que concluía que la remuneración del Presidente se encontraba significativamente por debajo de la retribución media de los presidentes de compañías con una alta dedicación, y considerando que los ejercicios 2018 a 2020 eran claves en la consolidación de Metrovacesa como proyecto empresarial y exigían una alta dedicación del presidente (entre otros aspectos, en reforzar y consolidar el gobierno corporativo de la Sociedad), el Consejo de Administración aprobó en su sesión de 23 de julio de 2018, a propuesta de la CNRS, incrementar la retribución fija del Presidente no ejecutivo para situarla en 450.000 euros anuales.
Concluido el periodo inicial de tres años desde la salida a bolsa, que exigió una dedicación adicional del Presidente, el Consejo de Administración, a propuesta de la CNRS, aprobó en su sesión de 22 de febrero de 2021 reducir la remuneración del Presidente fijándola en los 250.000 euros para los ejercicios 2021 y siguientes.
Adicionalmente, los consejeros que formen parte de la CNRS o de la Comisión de Auditoría percibirán los siguientes importes:
| Cargo | Remuneración | ||
|---|---|---|---|
| Presidente | 25.000 € | ||
| CNRS y Comisión de Auditoría | Vocal | 15.000 € |
No obstante lo anterior, los consejeros Sres. García-Carranza, Manzano, Migoya y Rey-Baltar no perciben retribución alguna en su condición de consejeros por los anteriores conceptos. A este respecto, señalar que corresponde al Consejo, previo informe de la CNRS, llevar a cabo la determinación concreta del importe que corresponda a cada uno de los consejeros, e incluso determinar que solo perciban retribuciones algunos de ellos.
Asimismo, los consejeros en su condición de tales podrán percibir los siguientes elementos retributivos:
▪ Una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil de los Consejeros, según las condiciones usuales del mercado, y otros seguros, como el de accidentes.
A este respecto, la Sociedad tiene suscrita (i) una póliza de seguro para cubrir la responsabilidad civil de los Consejeros, cuyo coste total es de 395.891 euros, y tiene un límite de hasta 70.000.000 euros, y (ii) un seguro de accidentes para los miembros del Consejo por un coste de 7.178 euros anuales.
Remuneración en especie.
En el caso del Presidente no ejecutivo del Consejo de Administración se le reconoce el derecho a disponer de un vehículo de empresa, en los términos que se estimen razonables considerando su cargo y representación. El coste asociado a dicha retribución está previsto que ascienda a 13.110 euros para 2023.
▪ Indemnizaciones exclusivamente en determinados casos de cese o de terminación de su cargo.
En el caso del Presidente se le reconoce el derecho a percibir una indemnización por cese o terminación del cargo por cualquier motivo, por importe de 500.000 euros. Este concepto se le reconoció al Presidente con anterioridad a la admisión a cotización de las acciones de Metrovacesa y fue correctamente informado en el folleto de admisión a cotización, se encuentra provisionado en los estados financieros de la sociedad correspondientes a ejercicios previos, y ha sido detallado en los informes anuales de remuneraciones presentados por la Sociedad.
Sociedad, incentivar y premiar su involucración y meritorio desempeño en determinadas operaciones y, en particular, cuando los consejeros participen en la configuración, preparación, negociación y/o ejecución de operaciones corporativas relevantes o fundamentales para el futuro de la Sociedad. Para 2023 no se ha aprobado ninguna remuneración adicional a abonar a los consejeros por este concepto y, asimismo, como se detalla en el apartado 3.A de este Informe, durante el ejercicio 2022 tampoco se abonó importe alguno por este concepto.
Para incentivar el correcto desempeño de sus funciones y alinear los intereses a largo plazo de los consejeros con los de sus accionistas, estas remuneraciones podrán materializarse mediante la entrega de acciones de la Sociedad, en cuyo caso será necesario un acuerdo previo de la Junta General. En cualquier caso, estos importes deben (i) ser una asignación fija, en cómputo anual, y (ii) respetar el importe máximo anual acordado por la Junta General.
Los consejeros que desarrollen funciones ejecutivas tendrán derecho a percibir, de forma adicional a las retribuciones que en su caso les correspondan como consejeros en su condición de tales, una retribución por las funciones de esta naturaleza que desempeñen, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos Sociales, en la Política de Remuneraciones y en los respectivos contratos, que estará compuesta por los siguientes elementos:

De esta forma, el sistema retributivo del Consejero Delegado por el desempeño de funciones ejecutivas se compone de elementos fijos (retribución fija anual, sistema de ahorro a largo plazo y retribuciones en especie) y de elementos variables (retribución variable anual y retribución variable a largo plazo). Adicionalmente, el Consejero Delegado tiene derecho a percibir la asignación anual fija prevista para los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad (i.e. 85.000 euros).
El Consejero Delegado cuenta con un sistema de retribución variable plenamente flexible que permite que dicha retribución pueda llegar a tener una importancia superior a la de los componentes retributivos de carácter fijo, o no percibir retribución variable.
En este sentido, la retribución variable target anualizada del Consejero Delegado a corto y largo plazo representa un 54% de su retribución total target anual (i.e. la suma de los conceptos retributivos fijos -incluida la asignación fija anual como miembro del Consejo- y de los variables –respecto del variable se computa la retribución variable anual target y el LTIP 21-23 target anualizado-).
A efectos de este cálculo, el importe computado de la retribución variable anual y de la retribución variable a largo plazo (computado en base anual) se corresponde con un escenario de cumplimiento target de objetivos. En particular, el importe target anual de la retribución variable a largo plazo se ha determinado anualizando el importe target que se asignaría en cada uno de los tres ciclos del LTIP 21-23, en atención a los cinco años de duración del LTIP 21-23 (2021 a 2025).

De acuerdo con la Política de Remuneraciones, el importe de la retribución fija anual del Consejero Delegado por el desempeño de funciones ejecutivas será de 650.000 euros.
Además, el Consejero Delegado tiene derecho a percibir la remuneración por su condición de miembro del Consejo de Administración de la Sociedad mencionado anteriormente (i.e. 85.000 euros).
Las principales características del sistema de retribución variable anual del Consejero Delegado, correspondiente al ejercicio 2023 ("RVA" o "Retribución Variable Anual"), se indican a continuación:
La Retribución Variable Anual se encuentra ligada a la consecución de componentes financieros y no financieros. Los objetivos establecidos para la RVA se distribuyen entre un 75% de objetivos de compañía con componentes cuantitativos, incluyendo en este porcentaje para 2023 los objetivos de ESG, y un 25% de objetivos personales con componentes cualitativos.
Con carácter general, los objetivos, su ponderación, las escalas de consecución de objetivos, y los parámetros a tomar en consideración para la determinación del cumplimiento de los objetivos, se determinan por el Consejo, a propuesta de la CNRS, sobre la base de indicadores correlacionados con variables de la Sociedad relativas a (i) crecimiento, (ii) rentabilidad y (iii) otros indicadores de carácter cualitativo o cuantitativo como, por ejemplo, la sostenibilidad a medio y largo plazo o el cumplimiento de objetivos estratégicos relativos a la responsabilidad social corporativa.
Los objetivos y parámetros anteriores considerarán el riesgo asumido para la obtención de un resultado y perseguirán el equilibrio entre los objetivos a corto, medio y largo plazo de la Sociedad, no girando únicamente en torno a hechos o datos puntuales, ocasionales o extraordinarios.
Tomando en consideración lo anterior, el Consejo de Administración ha establecido los siguientes objetivos de compañía con componentes cuantitativos, sus ponderaciones y los umbrales mínimos y máximos de cumplimiento para el ejercicio 2023, incluyéndose asimismo a continuación el objetivo de ESG, su ponderación y sus correspondientes umbrales mínimo y máximo:
| Objetivo | Ponderación | Umbral mínimo de cumplimiento |
Umbral máximo de cumplimiento |
|---|---|---|---|
| Nuevos lanzamientos residenciales |
10% | 75% | 130% |
| Ventas comerciales | 15% | 70% | 130% |
| Entregas residenciales | 15% | 75% | 130% |
| Ventas de suelos | 15% | 70% | 130% |
| Hitos urbanísticos a cumplir en el año |
15% | 70% | 100% |
| Terciario: Inicios obra Oria + Alquileres oficinas 6 |
10% | En función de cada métrica (ver nota) | 100% |
| EBITDA | 10% | 75% | 130% |
| ESG7 | 10% | En función de la escala de consecución de cada métrica (v. nota al pie). |
100% |
Como se ha detallado en el cuadro anterior, todos los objetivos tienen establecido un umbral mínimo de cumplimiento, por debajo del cual no devengará importe alguno de RVA, y un umbral máximo de sobrecumplimiento de objetivos. No obstante, incluso en un escenario de sobrecumplimiento máximo de todos los objetivos el grado de consecución de la retribución variable anual no superará el 120% del incentivo target (como se detalla en el apartado siguiente). Dichos umbrales se han establecido tomando como referencia los objetivos establecidos en el presupuesto anual de la Compañía, vinculando, de este modo, la retribución a percibir por el Consejero Delegado con la situación de Metrovacesa.
Por otro lado, los objetivos personales cualitativos (cuya ponderación es del 25%) tienen como finalidad (i) poder valorar determinados aspectos relacionados con la gestión corporativa por parte del Consejero Delegado, y (ii) fomentar que se alcancen hitos clave para la Sociedad. En ese sentido, se determinan sobre la base de una serie de objetivos cualitativos de carácter estratégico para la Sociedad, relacionados principalmente con aspectos clave en el ámbito de la gestión corporativa, y que se encuentran vinculados con las funciones desempeñadas por el Consejero Delegado en el contexto actual de transformación y crecimiento de la compañía (i.e. revisión de la organización comercial y de marketing, reforzar operaciones, introducir nuevas formas de trabajo y de gestión de personas, desarrollar y consolidar el equipo directivo, adaptar los productos a la situación de mercado, etc.).
6 Al tratarse de métricas de inicios de proyectos de obra, no se pueden mantener los umbrales mínimos del 75%, y dependen de los m2 de los edificios que se inicien. Igual ocurre con el alquiler, y que va por secciones o plantas del edificio en cuestión. En cualquier caso, el mínimo es lo suficientemente ambicioso para el cumplimiento del plan de negocio.
7 El objetivo de ESG se mide a través de las siguientes métricas, cada una de las cuales tiene su correspondiente ponderación en el objetivo ESG y su propia escala de consecución: (a) mejorar la eficiencia energética y consumo de las promociones (ponderación 40%); (b) igualdad de género e igualdad retributiva (ponderación 20%); (c) formación de empleados (ponderación 10%); (d) riesgos laborales y siniestralidad (ponderación 10%); (e) nivel de satisfacción de empleados (ponderación 10%) y (f) porcentaje de financiación verde (ponderación 10%).
El Consejo de Administración, a propuesta de la CNRS, podrá ajustar las ponderaciones o incorporar otros objetivos que resulten prioritarios para el desarrollo del negocio a corto plazo, de tal manera que la RVA contribuya de manera suficiente a la estrategia empresarial y a los intereses y la sostenibilidad a largo plazo de Metrovacesa.
La retribución variable anual target es un 75% de la retribución fija anual del Consejero Delegado por el desempeño de funciones ejecutivas indicada en el apartado a) anterior, (suponiendo un escenario de cumplimiento del 100% de los objetivos), pudiendo contemplarse un escenario de sobrecumplimiento máximo del 120% del incentivo target antes referido, en un escenario de cumplimiento máximo de objetivos.
Como consecuencia de lo anterior, el importe de la RVA oscilará entre 0 euros (si no se alcanzasen los umbrales mínimos de cumplimiento) y 585.000 euros, si estuviésemos ante un escenario de cumplimiento del 120% del incentivo target.
El Consejo de Administración, a propuesta de la CNRS, ha determinado la escala de cumplimiento de cada métrica y la escala de consecución de la RVA asociada a cada métrica, en función de la dificultad de consecución (incluyendo supuestos de infra-cumplimiento y sobre-cumplimiento).
Al finalizar el ejercicio, con el objetivo de comprobar de modo efectivo el cumplimiento de las condiciones necesarias para el devengo de la RVA, la CNRS determina el grado de cumplimiento de los objetivos (cualitativos y cuantitativos) de acuerdo con los criterios fijados inicialmente (en un plazo máximo de tres (3) meses desde la finalización del ejercicio), y propone al Consejo de Administración para su aprobación el importe de la RVA que, en su caso, tendrá derecho a percibir el Consejero Delegado.
Una vez determinado el importe de la RVA se procederá a su abono en efectivo, salvo que hubiera sido debidamente aprobado por la Junta General de Accionistas que se abone mediante la entrega acciones.
1. LTIP 21-23
El LTIP 21-23 (Plan de incentivos a largo plazo 2021-2023) tiene como objetivo (i) alinear los intereses de los beneficiarios con los intereses a largo plazo de los accionistas; (ii) servir como herramienta de motivación y retención del equipo directivo (incluido el Consejero Delegado); (iii) ayudar a crear un sistema retributivo competitivo que resulte retador para los beneficiarios y sea, a su vez, realista según la situación del mercado y de la Sociedad; y (v) alinearse con las prácticas de mercado en materia de remuneraciones.
El LTIP 21-23 se instrumenta a través de la concesión en los años 2021, 2022 y 2023, a título gratuito, de un determinado incentivo inicial target ("Incentivo Target") el cual, transcurrido un periodo de tiempo, condicionado a la permanencia del Consejero Delegado en la Sociedad y en función del grado de cumplimiento de determinados objetivos, dará derecho a percibir un importe en metálico y un número de acciones de la Sociedad (el "Incentivo").
El Plan se extenderá desde la fecha de su aprobación por la Junta General de Accionistas (i.e. 5 de mayo de 2021), hasta la fecha en que tenga lugar la liquidación del tercer ciclo.
El LTIP 21-23 está compuesto por tres ciclos superpuestos. El periodo de medición de objetivos de cada ciclo es de tres años:
A fecha de aprobación de este informe por el Consejo ya se habría realizado la tercera y última concesión de este LTIP 21-23, correspondiente al tercer ciclo.

Los objetivos estratégicos a los que se vincula el primer y segundo ciclo del LTIP 21-23, y su ponderación, son los siguientes:
| Objetivo | Descripción | Ponderación |
|---|---|---|
| Generación de flujo de caja |
Refleja el valor de los ingresos por entregas de promoción inmobiliaria y ventas de suelos, ajustado por los gastos de estructura neto del LTIP 21-23. |
50% |
| Lanzamientos | Refleja el número acumulado de unidades netas en promoción cuyo lanzamiento haya sido aprobado en el periodo de medición del ciclo en cuestión, restando las unidades de proyectos cancelados en dicho periodo. |
10% |
| Objetivo | Descripción | Ponderación | |
|---|---|---|---|
| Entregas | Refleja el número de unidades acumuladas entregadas en escritura pública durante el periodo de medición del ciclo en cuestión. |
20% | |
| Refleja la diferencia (expresada como relación porcentual) entre el valor final de una inversión en acciones |
RTA absoluto: medido en función de la evolución del RTA de Metrovacesa durante el periodo de medición de cada ciclo. |
10% | |
| Retorno Total para el Accionista ("RTA") |
ordinarias y el valor inicial de esa misma inversión, teniendo en cuenta que para el cálculo de dicho valor final se considerarán los dividendos u otros conceptos similares percibidos por el accionista por dicha inversión durante el correspondiente periodo de tiempo. Tiene dos componentes: RTA absoluto y RTA relativo. |
RTA relativo, medido como la diferencia del RTA de Metrovacesa sobre la mediana del RTA alcanzado por un grupo de compañías comparables: ▪ Aedas Homes ▪ Realia ▪ Inmobiliaria del Sur ▪ Renta Corporación Real Estate ▪ Neinor Homes |
10% |
Para el tercer ciclo del LTIP 21-23, el Consejo de Administración, a propuesta de la CNRS, ha aprobado los siguientes objetivos y su ponderación, incluyendo, como novedad para este ciclo, un objetivo que se determina en base a métricas vinculadas a criterios ESG:
| Objetivo | Descripción | Ponderación |
|---|---|---|
| Generación de flujo de caja |
Refleja el valor de los ingresos por entregas de promoción inmobiliaria y ventas de suelos, ajustado por los gastos de estructura neto del LTIP 21-23. |
45% |
| Lanzamientos | Refleja el número acumulado de unidades netas en promoción cuyo lanzamiento haya sido aprobado en el periodo de medición del ciclo en cuestión, restando las unidades de proyectos cancelados en dicho periodo. |
10% |
| Entregas | Refleja el número de unidades acumuladas entregadas en escritura pública durante el periodo de medición del ciclo en cuestión. |
20% |
| Objetivo | Descripción | Ponderación | |
|---|---|---|---|
| Refleja la diferencia (expresada como relación porcentual) entre el valor final de una inversión en acciones |
RTA absoluto: medido en función de la evolución del RTA de Metrovacesa durante el periodo de medición de cada ciclo. |
10% | |
| Retorno Total para el Accionista ("RTA") |
ordinarias y el valor inicial de esa misma inversión, teniendo en cuenta que para el cálculo de dicho valor final se considerarán los dividendos u otros conceptos similares percibidos por el accionista por dicha inversión durante el correspondiente periodo de tiempo. Tiene dos componentes, RTA absoluto y RTA relativo. |
RTA relativo, medido como la diferencia del RTA de Metrovacesa sobre la mediana del RTA alcanzado por un grupo de compañías comparables: ▪ Aedas Homes ▪ Realia ▪ Inmobiliaria del Sur ▪ Renta Corporación Real Estate ▪ Neinor Homes |
10% |
| ESG | El objetivo de ESG se compone de las métricas que se fijen anualmente en los objetivos anuales. |
El resultado de los objetivos anuales de ESG se ponderará al 20% en el año 1, 30% en el año 2 y al 50% en el año 3. |
5% |
Las compañías que conforman el grupo de compañías comparables aprobado respecto de los tres ciclos del LTIP 21-23 para medir el objetivo de RTA relativo de Metrovacesa se mantienen en los términos aprobados por la Junta General celebrada el 5 de mayo de 2021. No obstante, difieren del Grupo de Comparación detallado en el apartado 1.C anterior, debido a que su finalidad es distinta.
La métrica de RTA relativo, por su metodología, debe calcularse en relación a compañías del mismo sector o industria, competidores en el mercado, que permitan concluir que una compañía del mercado ha obtenido una mejor rentabilidad relativa para los accionistas en relación con los competidores de su mercado. Por el contrario, el Grupo de Comparación detallado en el apartado 1.C anterior, que se ha utilizado para realizar un análisis comparativo de la retribución de todos los consejeros de Metrovacesa respecto de un grupo de comparación, requiere una muestra compañías de características similares a la Sociedad pero determinada por criterios más amplios que el del sector de actividad, que permitan ponderar otros aspectos (i.e. capitalización bursátil, facturación, número de empleados, pertenencia a un índice de mercado, y como no, sector de actividad similar o comparable).
Los objetivos cuentan con umbrales mínimos de cumplimiento de objetivos y escalas asociadas de consecución del incentivo en función de la dificultad de consecución y su criticidad para el plan estratégico de la Compañía.
Los objetivos se diseñaron con la finalidad de que contribuyeran de manera clara a la consecución de los objetivos estratégicos de la Compañía puesto que están íntimamente relacionados con su plan estratégico.
El Incentivo target asignado al Consejero Delegado para cada uno de los tres ciclos asciende a un importe de 650.000 euros y el Incentivo máximo que podrá percibir está limitado a 975.000 euros para cada ciclo.
Para cada uno de los objetivos de cada ciclo del Plan se establece:
Tras la finalización del periodo de medición de cada ciclo, con el objetivo de comprobar de modo efectivo el cumplimiento de las condiciones necesarias para su devengo, la CNRS determinará el grado de cumplimiento de los objetivos de acuerdo con los criterios fijados inicialmente para cada ciclo, y propondrá al Consejo de Administración el Incentivo que, en su caso, tendrá derecho a percibir el Consejero Delegado en función del grado de cumplimiento de los objetivos a los que se vincula el correspondiente ciclo del Plan.
Una vez determinado el Incentivo se procederá a su abono de conformidad con las siguientes reglas:
Se incluye la entrega de acciones para alinear la retribución del Consejero Delegado con la estrategia empresarial y los intereses de la Sociedad, promoviendo la sostenibilidad y la rentabilidad de la Sociedad en el largo plazo.
El valor de la acción de Metrovacesa que servirá de referencia para determinar el número de acciones a entregar al Consejero Delegado se corresponderá con el precio de cotización medio ponderado de las quince (15) sesiones bursátiles previas a la fecha de finalización del periodo de medición de cada ciclo y de las quince (15) sesiones bursátiles posteriores a dicha fecha.
El 31 de diciembre de 2022 concluyó el tercer y último ciclo del Plan de incentivos a largo plazo 2018- 2020 ("LTIP 18-20"), aprobado en la Junta General de Accionistas celebrada el 19 de diciembre de 2017. Las características y términos de esta retribución pueden consultarse en los Informes Anuales de Remuneraciones de ejercicios previos, así como en el apartado 3.B.c) del presente Informe.
Respecto a la liquidación del tercer ciclo del LTIP 18-20, como se explica detalladamente en el apartado 3.B.c) de este IARC, tras la finalización del periodo de medición del segundo ciclo el 31 de diciembre de 2022, la CNRS ha valorado el grado de cumplimiento de los objetivos de acuerdo con los criterios fijados inicialmente para este tercer ciclo.
El Consejero Delegado deberá mantener la propiedad de la totalidad de las acciones recibidas durante un periodo mínimo de, al menos, un año desde la entrega de éstas por la Sociedad.
El Consejero Delegado, por el desempeño de las funciones ejecutivas, podrá percibir retribuciones en especie.
El Consejero Delegado tiene asignada una retribución en especie que incluye una póliza de asistencia médica, una póliza de seguro de vida y accidentes, tarjeta restaurante y vehículo de empresa, todo ello por importe de 26.320 euros (datos estimados para 2023). El seguro de vida y accidentes que la sociedad tiene suscrito para Consejero Delegado tiene un capital asegurado 3.000.000 euros.
El Consejero Delegado es partícipe de un plan de ahorro de aportación definida que abarca desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2032 (Plan Especial de Ahorro).
La aportación anual es de 63.000 euros.
El derecho a la prestación se concederá en los siguientes supuestos:
Se perderá el derecho a la prestación en caso de cese o extinción de la relación con Metrovacesa antes de la finalización del plan de ahorro por causa justa, entendiendo como tal el incumplimiento grave y culpable de los deberes de lealtad, diligencia y buena fe y cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones asumidas en virtud del contrato del Consejero Delegado con la Sociedad.
Existirá un derecho de rescate a favor del Consejero Delegado en caso de cese o extinción contractual por causa diferente a la mencionada en el párrafo anterior. En este caso, el capital será el fondo acumulado hasta ese momento.
La Política de Remuneraciones prevé la posibilidad de aplicar cláusulas malus y clawback sobre toda la remuneración variable que perciba el Consejero Delegado.En este sentido, la Sociedad podrá (i) cancelar total o parcialmente, según corresponda, el abono de cualquier remuneración variable que se encuentre pendiente de pago; y/o (ii) reclamar el reembolso de la totalidad o parte de la retribución variable percibida durante los dos años siguientes a su abono, si se diera alguno de los siguientes supuestos:
La terminación del contrato por voluntad unilateral de la Sociedad dará derecho al Consejero Delegado a percibir una indemnización bruta equivalente a dos (2) anualidades de la retribución total anual, salvo que dicha extinción se deba a una infracción legal, de la normativa interna o acuerdo social, o a un incumplimiento de sus obligaciones en virtud del contrato. La infracción o el incumplimiento ha de ser muy grave e imputable a título de dolo o culpa grave.
Adicionalmente, el Consejero Delegado tiene previsto en su contrato un pacto de no competencia post-contractual por un plazo de un (1) año tras la finalización de su contrato por cualquier causa, de acuerdo con el cual el Consejero Delegado no podrá prestar servicios ni directa ni indirectamente, ni por cuenta propia o ajena, ni por sí, ni por terceros, a empresas cuya actividad sea idéntica o similar a la de la Sociedad.
Como compensación, Metrovacesa se compromete a abonar al Consejero Delegado un importe de 1.090.500 euros. Dicha compensación se abonará por meses vencidos y el último día de cada uno de los doce (12) meses de duración del pacto.
El contrato del Consejero Delegado, cuya naturaleza es mercantil, incluye, entre otras, las siguientes condiciones:
| Naturaleza | Mercantil. |
|---|---|
| Duración | Indefinida. |
| Causas de terminación y plazo de preaviso |
El contrato del Consejero Delegado puede resolverse por mutuo acuerdo entre las partes, por desistimiento unilateral del Consejero Delegado, con un preaviso de tres meses, o por voluntad unilateral de la Sociedad con el mismo plazo de preaviso. |
| Pacto de exclusividad | El Consejero Delegado deberá prestar sus servicios de forma exclusiva para la Sociedad, por lo que no podrá trabajar, directa o indirectamente, bajo cualquier clase de relación jurídica, para terceros, ni por cuenta propia, aun cuando las actividades que realicen no sean concurrentes con las de la Sociedad. Quedarán exceptuados de la previsión anterior, la prestación de aquellos servicios que hayan sido expresamente consentidos por la Sociedad y aquellos que el Consejero Delegado preste en la gestión de las sociedades y del patrimonio personal y familiar, la realización esporádica de trabajos no remunerados para entidades sin ánimo de lucro y la pertenencia a órganos de administración de otras entidades. |
| Pacto de no competencia |
Pacto de no competencia de un año, retribuido con un importe de 1.090.500 euros. |
| Indemnizaciones | La terminación del contrato del Consejero Delegado por voluntad unilateral de la Sociedad dará derecho al Consejero Delegado a percibir una indemnización bruta equivalente a dos (2) anualidades de la retribución total anual, salvo que dicha extinción se deba a una infracción legal, de la normativa interna o acuerdo social, o a un incumplimiento de sus obligaciones en virtud del contrato. La infracción o el incumplimiento ha de ser muy grave e imputable a título de dolo o culpa grave. |
| Tenencia de acciones | La obligación de mantener un paquete de acciones de Metrovacesa cuyo valor sea equivalente a dos (2) veces su remuneración fija anual, mientras sea Consejero Delegado de la Compañía. Para alcanzar esa cantidad contará con un plazo de cinco (5) años desde su nombramiento. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la CNRS, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran. |
El contrato del Consejero Delegado se encuentra alineado con lo previsto en la Política de Remuneraciones.
La remuneración devengada en el ejercicio 2022 ha seguido los términos descritos en la Política de Remuneraciones, respetando, en todos los casos, los importes máximos acordados por la Junta General de Accionistas.
El IARC 2021, que describía de forma detallada el sistema retributivo de los consejeros del ejercicio 2021, fue aprobado con el voto a favor del 99,99%8 de total de los votos emitidos.
La remuneración devengada en 2022 por el Consejero Delegado y por los consejeros en su condición de tales ha estado compuesta por los elementos que se describen en los siguientes epígrafes.
A) Retribución devengada por los consejeros en su condición de tales en 2022
De conformidad con lo aprobado por el Consejo de Administración en su sesión de 22 de febrero de 2021, la retribución fija anual para los consejeros por su condición de tales durante el ejercicio 2022 ha sido la siguiente:
No obstante lo anterior, los consejeros Sres. García-Carranza, Manzano, Migoya y Rey-Baltar no han percibido retribución alguna en su condición de consejeros por los anteriores conceptos. A este respecto, señalar que corresponde al Consejo, previo informe de la CNRS, llevar a cabo la determinación concreta del importe que corresponda a cada uno de los consejeros, e incluso determinar que solo perciban retribuciones algunos de ellos.
Respecto de la remuneración del Presidente, en los términos expuestos en el apartado 2.A anterior, concluido el periodo inicial de tres años desde la salida bolsa marcado por una intensa transformación de la Sociedad, la CNRS propuso al Consejo de Administración una reducción de la asignación anual fija del Presidente desde los 450.000 euros hasta los 250.000 euros que el Consejo aprobó, en su sesión de 22 de febrero de 2021, para los ejercicios 2021 y siguientes. Por tanto, en 2022 el Presidente no ejecutivo del Consejo de Administración percibió una asignación anual fija de 250.000 euros. Además, tuvo a su disposición un vehículo cuyo coste asociado ascendió a 13.110 euros en el ejercicio 2022.
A este respecto, la Sociedad tiene suscrita (i) una póliza de seguro para cubrir la responsabilidad civil de los consejeros, cuyo coste total es de 409.207 euros y tiene un límite de hasta 70.000.000 euros; y (ii) un seguro de accidentes para los miembros y cargos del Consejo cuyo coste es de 6.678 euros anuales, para el conjunto de ellos.
A continuación, se muestra una tabla resumen de los importes devengados por los consejeros en su condición de tales en el ejercicio 2022 y su proporción relativa (respecto de la retribución total individual de cada consejero, y en relación con la retribución total que perciben todos los consejeros en 2022):
8 Votos a favor 99,99%, votos negativos 0,01%, abstenciones 0% y votos en blanco 0%.
| Consejo de CNRS Administración |
Comisión de Auditoría | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Asignación fija devengada |
Proporción relativa sobre el total de cada consejero |
Importe devengado |
Proporción relativa sobre el total de cada consejero |
Importe devengado |
Proporción relativa sobre el total de cada consejero |
Total | Proporción relativa sobre el total de los consejeros |
| D. Ignacio Moreno Martínez (Presidente) |
250.000 | 94,34% | 15.000 | 5,66% | 265.000 | 28,20% | ||
| D. Mariano Olmeda Sarrión |
85.000 | 100% | 85.000 | 9,04% | ||||
| D. Jorge Pérez de Leza |
85.000 | 100% | 85.000 | 9,04% | ||||
| D. Javier García Carranza Benjumea |
||||||||
| D. Carlos Manzano Cuesta |
||||||||
| Dña. Ana Bolado Valle |
85.000 | 100% | 85.000 | 9,04% | ||||
| D. Cesáreo Rey-Baltar Oramas |
||||||||
| D. Enrique Migoya |
||||||||
| Dña. Beatriz Puente Ferreras |
85.000 | 84,17% | 15.982 | 15,83% | 100.982 | 10,71% | ||
| Dña. Emma Fernández Alonso |
85.000 | 77,28% | 25.000 | 22,72% | 110.000 | 11,70% | ||
| D. Vicente Moreno García Mansilla |
85.000 | 85% | 15.000 | 15% | 100.000 | 10,64% | ||
| Dña. Azucena Viñuela |
80.659 | 77,62% | 23.252 | 22,38% | 103.910 | 11,02% | ||
| D. Juan Béjar Ochoa |
7.083 | 85,00% | 1.250 | 15,00% | 8.333 | 0,88% | ||
| Total | 847.742 | 55.000 | 40.484 | 943.226 | 100% |
De acuerdo con lo anterior, y conforme a lo previsto en la Política de Remuneraciones, los consejeros en su condición de tales únicamente percibieron retribuciones fijas, por tanto, no vinculadas a métricas de rendimiento de la Sociedad, y el importe total devengado no superó el límite máximo fijado por la Junta General de Accionistas (dos millones de euros -2.000.000 €- brutos anuales).
En consecuencia, no se ha no se ha producido desviación alguna respecto al procedimiento de aplicación de la Política de Remuneraciones en relación con la retribución de los consejeros en su condición de tales, ni se ha aplicado ninguna excepción temporal.
La remuneración devengada por el Consejero Delegado durante el ejercicio 2022 ha ascendido a 1.418.080 euros. Dicha retribución ha estado alineada con lo previsto en la Política de Remuneraciones.

La evolución de la retribución total del Consejero Delegado durante los citados ejercicios muestra la estrecha relación de la retribución del Consejero Delegado con los resultados de la Sociedad, lo que se consigue mediante los objetivos a los que se vincula tanto la retribución variable a corto, como a largo plazo (están diseñados teniendo en cuenta los objetivos estratégicos de la Compañía). En este sentido, el diseño del sistema de retribución del Consejero Delegado permite contar un componente variable plenamente flexible que contribuye a reducir la exposición a riesgos excesivos, ajustando la remuneración a los objetivos, los valores y los intereses a largo plazo de la Sociedad, y garantizando, de este modo, su rendimiento sostenible a largo plazo.
Los importes devengados por el Consejero Delegado durante el ejercicio 2022, han sido los siguientes:
Dichas remuneraciones no han sufrido variación con respecto al ejercicio anterior.
Se detalla a continuación la información relativa a la retribución variable anual del ejercicio 2022 ("RVA 2022").
La Retribución Variable Anual se encuentra ligada a la consecución de componentes financieros y no financieros. Los objetivos establecidos para la RVA 2022 se distribuían entre un 75% de objetivos de compañía con componentes cuantitativos y un 25% de objetivos personales con componentes cualitativos.
Tomando en consideración lo anterior, el Consejo de Administración aprobó los siguientes objetivos de compañía con componentes cuantitativos, sus ponderaciones y los umbrales mínimos y máximos de cumplimiento para el ejercicio 2022:
| Objetivo | Ponderación | Umbral mínimo de cumplimiento |
Umbral máximo de cumplimiento |
|---|---|---|---|
| Nuevos lanzamientos residenciales |
10% | 75% | 130% |
| Ventas comerciales |
20% | 75% | 130% |
| Entregas residenciales |
20% | 75% | 130% |
| Venta de suelos | 12% | 75% | 130% |
| Hitos urbanísticos |
15% | 75% | 100% |
| Lanzamientos proyectos terciarios |
3% | 75% | 100% |
| EBITDA | 10% | 75% | 130% |
| ESG9 | 10% | En función de la escala de consecución de cada métrica (v. nota al pie). |
100% |
Como puede observarse, todos los objetivos tienen establecido un umbral mínimo de cumplimiento, por debajo del cual no devengaba importe alguno de RVA, y un umbral máximo de sobrecumplimiento de objetivos. No obstante, incluso en un escenario de sobrecumplimiento máximo de todos los objetivos el grado de consecución de la retribución variable anual no podría superar el 120% del incentivo target (como se detalla en el apartado siguiente). Dichos umbrales se establecieron tomando como referencia los objetivos establecidos en el presupuesto anual de la Compañía, vinculando, de este modo, la retribución a percibir por el Consejero Delegado con la situación de Metrovacesa.
9 En la RVA 2022, el objetivo de ESG se mide a través de las siguientes métricas, cada una de las cuales tiene su correspondiente ponderación en el objetivo ESG y su propia escala de consecución: (a) mejorar la eficiencia energética y consumo de las promociones (ponderación 40%); (b) igualdad de género e igualdad retributiva (ponderación 20%); (c) formación de empleados (ponderación 10%); (d) riesgos laborales y siniestralidad (ponderación 10%); (e) nivel de satisfacción de empleados (ponderación 10%) y (f) porcentaje de financiación verde (ponderación 10%).
Por otro lado, los objetivos personales con componentes cualitativos, que presentan una ponderación del 25% en la RVA tienen como finalidad (i) poder valorar determinados aspectos relacionados con la gestión corporativa por parte del Consejero Delegado, y (ii) fomentar que se alcancen hitos clave para la Sociedad en esta materia. En ese sentido, se determinan sobre la base de una serie de objetivos cualitativos de carácter estratégico para la Sociedad, relacionados principalmente con aspectos clave en el ámbito de la gestión corporativa, y que se encuentran vinculados con las funciones desempeñadas por el Consejero Delegado en el contexto actual de transformación y crecimiento de la Compañía (i.e. revisión de la organización comercial y de marketing, reforzar operaciones, introducir nuevas formas de trabajo y de gestión de personas, desarrollar y consolidar el equipo directivo, adaptar los productos a la situación de mercado, etc.).
El Consejo de Administración, a propuesta de la CNRS, podrá ajustar las ponderaciones o incorporar otros objetivos que resulten prioritarios para el desarrollo del negocio a corto plazo, de tal manera que la RVA contribuya de manera suficiente a la estrategia empresarial y a los intereses y la sostenibilidad a largo plazo de Metrovacesa.
La retribución variable anual que el Consejero Delegado tenía concedida era de un 75% de la retribución anual fija como importe target (suponiendo un escenario de cumplimiento del 100% de los objetivos), que equivaldría a 487.500 euros, pudiendo contemplarse un escenario de sobrecumplimiento máximo del 120% del incentivo target antes referido (585.000 euros).
Al finalizar el ejercicio, con el objetivo de comprobar de modo efectivo las condiciones de rendimiento a las que se vincula el devengo de la retribución variable anual, la CNRS ha valorado el grado de cumplimiento de los objetivos de acuerdo con los criterios fijados inicialmente.
En este sentido el grado de consecución de los objetivos cuantitativos alcanzados ha sido del 83,7% teniendo en cuenta el grado de consecución de cada objetivo y su ponderación.

En concreto, el grado de consecución de cada objetivo se detalla a continuación:
Adicionalmente a los objetivos de compañía con componentes cuantitativos, la CNRS valoró los objetivos personales con componentes cualitativos del Consejero Delegado, y su correspondiente ponderación en relación al desempeño del equipo directivo. Teniendo en cuenta lo anterior, la CNRS determinó el porcentaje del cumplimiento del objetivo personal cualitativo en un 90% de cumplimiento.
El Consejo de Administración, previa propuesta de la CNRS, acordó conceder una retribución variable anual al Consejero Delegado de 415.716 euros, derivada de un grado total de cumplimiento del incentivo de un 85,28%.
En relación con el primer ciclo del LTIP 21-23, descrito en el apartado 2.B.c) anterior del presente Informe, no se ha devengado ningún importe en el ejercicio 2022. De acuerdo con lo dispuesto en el IAR 2021, en el ejercicio 2021 se concedió al Consejero Delegado el Incentivo Target correspondiente al primer ciclo, cuyo periodo de medición se extenderá hasta el 31 de diciembre 2023.
En relación con el segundo ciclo del LTIP 21-23, descrito en el apartado 2.B.c) anterior del presente Informe, no se ha devengado ningún importe en el ejercicio 2022, únicamente se ha concedido al Consejero Delegado el Incentivo Target correspondiente a este ciclo.
La Junta General de Accionistas de Metrovacesa acordó en su sesión de 19 de diciembre de 2017, la puesta en marcha del LTIP 18-20 dirigido a consejeros ejecutivos, directivos y empleados clave, incluyendo al Consejero Delegado, con el objetivo de (i) dar la oportunidad de compartir la creación de valor en la Sociedad, (ii) incentivar el logro sostenible de objetivos financieros y de creación de valor, (iii) ser competitivos y retener a los puestos clave de la organización, (iv) fomentar el compromiso con la empresa y con los objetivos estratégicos, y (v) alinearse con los requerimientos de los inversores y asesores de voto.
El LTIP 18-20 se instrumentó a través de la asignación a cada beneficiario de un incentivo inicial ("Incentivo Inicial Target") que se define como un determinado número de performance shares ("Performance Shares") que serviría de base para determinar el número de acciones de Metrovacesa a entregar a cada beneficiario, en caso de cumplirse, al final de cada ciclo, el requisito de permanencia y en función del grado de consecución de los objetivos a los que se vincula el LTIP 18-20.
El LTIP 18-20 fue aprobado con una duración total de 5 años y está estructurado en tres ciclos superpuestos, de aproximadamente tres años cada uno: (i) el primer ciclo, iniciado en la fecha de admisión a negociación de las acciones de la Sociedad (febrero de 2018) y que finalizó el 31 de diciembre de 2020; (ii) el segundo ciclo, que se inició el 1 de enero de 2019 y finalizó el 31 de diciembre de 2021; y (iii) el tercer ciclo, que se inició el 1 de enero de 2020 y finalizó el 31 de diciembre de 2022.
En el ejercicio 2022, todavía estaba en marcha el tercer ciclo, que concluyó el 31 de diciembre de 2022.
El LTIP 18-20 establece un umbral mínimo de cumplimiento de los objetivos por debajo del cual no se devengará incentivo alguno, un nivel objetivo o de cumplimiento target correspondiente a un grado de consecución del 100% de los objetivos, que tiene asociado un correlativo grado de consecución del incentivo del 100%, y un nivel máximo de consecución del incentivo del 150%, que se devengará en el supuesto de que la totalidad de los objetivos alcancen un grado de cumplimiento máximo.
El LTIP 18-20 target del Consejero Delegado es de 487.500 euros en el tercer ciclo y el máximo es de 731.250 euros.
Para determinar el Incentivo Inicial Target (o número de Performance Shares) en el tercer ciclo del LTIP 18-20, el precio de la acción considerado fue el valor de cotización a 31 de diciembre de 2019.
Objetivos del LTIP 18-20
Para el tercer ciclo, el Consejo de Administración aprobó en su reunión de 22 de diciembre de 2020, previo informe favorable de la CNRS, los siguientes objetivos:
La liquidación efectiva del tercer ciclo del LTIP 18-20 se producirá dentro de los treinta (30) días siguientes a la formulación de las cuentas anuales correspondientes al año de finalización del periodo de medición del citado ciclo.
En diciembre 2022 terminó el periodo de medición de los objetivos del tercer ciclo del LTIP 18-20 y, una vez evaluado por la CNRS el Coeficiente de Logro Ponderado (que fue del 63,6%).
Tal y como se describen en el apartado 2.B).e), el Consejero Delegado percibe retribuciones en especie.
En este sentido, conforme a lo previsto en la Política de Remuneraciones, el Consejero Delegado ha devengado las siguientes retribuciones en especie: (i) póliza de asistencia médica, (ii) póliza de seguro de vida y accidentes, (iii) tarjeta restaurante y (v) vehículo de empresa, todo ello por importe
de 26.320 euros. El seguro de vida y accidentes que la sociedad tiene suscrito por el Consejero Delegado tiene un capital asegurado 3.000.000 euros.
El Consejero Delegado es beneficiario de un plan de ahorro a largo plazo, cuyas características se describen en el apartado 2.B).d) del presente Informe.
Tal y como señala la Política de Remuneraciones, se ha procedido a abonar la prima por valor de 63.000 euros.
De acuerdo con la información incluida en el apartado 2.B).f) anterior, la Política de Remuneraciones prevé la posibilidad de aplicar cláusulas malus y clawback sobre toda la remuneración variable que perciba el Consejero Delegado.
Sin perjuicio de lo anterior, en 2022 Metrovacesa no ha aplicado ninguna cláusula de reducción o recuperación.
A continuación se detallan todos los conceptos de la remuneración total devengada por el Consejero Delegado en 2022:
| RVA | LTIP 18-20. Ciclo 3 (20-22) | Ret. | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Ret. Fija | Ret. consejero |
Target | % conse cución |
€ | Target | % conse cución |
€ (*) | Especi e (€) |
Total |
| D. Jorge Pérez de Leza |
650.000 | 85.000 | 487.500 | 85,28% | 415.716 | 487.500 | 63,62% | 241.044 | 26.320 | 1.418.080 |
(*) Este importe resulta de aplicar el precio de cotización de 6,8 €/acc, tomado el 1 de febrero del 2023, ya que es un importe que se entregará en acciones, pero lógicamente cambiará en el momento que se entreguen dichas acciones al precio de cotización de la fecha de entregan a efectos fiscales.
Como puede advertirse en el cuadro anterior el Consejero Delegado no ha percibido en 2022 ningún pago en concepto de indemnización por terminación de su contrato. Asimismo, tampoco ha devengado ninguna otra retribución en forma de anticipos, créditos y garantías.
Asimismo, no se ha abonado ningún pago por parte de otras entidades vinculadas a Metrovacesa.
De acuerdo con lo anterior, los importes de la remuneración devengados por el Consejero Delegado se encuentran alineados con lo previsto en la Política de Remuneraciones y, en ningún caso, superan el límite máximo aprobado por la Junta General de Accionistas. Por tanto, no se ha producido desviación alguna respecto al procedimiento de aplicación de la Política de Remuneraciones en relación con la retribución del consejero ejecutivo, ni se ha aplicado ninguna excepción temporal.
La retribución fija anual pretende establecer una base salarial competitiva que atraiga y retenga el talento, con carácter estable, para contribuir a la creación de valor de manera sostenible. Por su parte, la retribución variable, tanto anual como plurianual, tiene como objetivo la retención y motivación del Consejero Delegado, vinculando la retribución con objetivos estratégicos de negocio, tanto cuantitativos, como cualitativos, y otros referenciados al valor de la acción, diferenciando entre objetivos a corto, medio y largo plazo, de manera que la retribución contribuya al rendimiento sostenible y a largo plazo de la Sociedad.
De este modo se consigue una distribución equilibrada del paquete retributivo del Consejero Delegado que además esté vinculada con la evolución de los resultados de la Sociedad a corto, medio y largo plazo, permitiendo alinear los intereses del Consejero Delegado con los de los accionistas de Metrovacesa.
A continuación, se muestra el mix retributivo del Consejero Delegado en 2022, diferenciando entre componentes fijos (incluyendo tanto la retribución fija, como la retribución en su condición de miembro del Consejo y la retribución en especie), y la retribución variable anual y plurianual (LTIP 1.3 2020- 2022).

El gráfico anterior muestra la flexibilidad del sistema retributivo del Consejo Delegado para adaptarse a situaciones en las que no se cumplen los objetivos de la Compañía y, por tanto, la estrecha vinculación de la remuneración del Consejero Delegado con los resultados de la Sociedad.
La baja ponderación que presentan los componentes retributivos variables se debe a que no se han alcanzado los umbrales mínimos fijados de cumplimiento de los objetivos del segundo ciclo del LTIP 18-20, no devengándose retribución variable plurianual. Por el contrario, considerando que el Incentivo Inicial Target del segundo ciclo del LTIP 18-20 ascendía a 487.500 euros, en un escenario de cumplimiento target de los objetivos del segundo ciclo del LTIP, la ponderación de los componentes variables de la retribución del Consejero Delegado hubiera ascendido a un 55,88%.
Los órganos involucrados en el proceso de determinación y aprobación de la política de remuneraciones del Consejo de Administración, así como en su aplicación, son la Junta General, el Consejo de Administración, la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad y la Comisión de Auditoría.
A continuación, se resumen los órganos de la Compañía que intervienen en la determinación y aprobación, y en la aplicación de la política de remuneraciones:
| Elemento | Fase | CNRS | Consejo de Administración |
Junta General de Accionistas |
|---|---|---|---|---|
| Política de remuneraciones de los consejeros |
Determinación y aprobación |
Propone al Consejo de Administración la política de remuneraciones. |
Aprueba la política de remuneraciones y la propone para su aprobación por la Junta General de la Sociedad. |
Aprueba la política de remuneraciones de los consejeros. |
| Aplicación | Revisa periódicamente la política, y comprueba su observancia. |
|||
| Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros |
Analiza e informa favorablemente sobre el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros |
Aprueba el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros y lo propone para su aprobación por la Junta General de la Sociedad |
Aprueba, de manera consultiva, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros. |
|
| Retribución de los | Determinación y aprobación |
Propone al Consejo de Administración el sistema retributivo y el importe máximo de la remuneración anual. |
Propone a la Junta General de Accionistas el sistema retributivo y el importe máximo de la remuneración anual. |
Aprueba el importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los consejeros en su condición de tales. |
| consejeros en su condición de tales |
Aplicación | Emite un informe dirigido al Consejo sobre la fijación y distribución individual de la remuneración, periodicidad y forma de pago a cada consejero. |
Fijación y distribución individual de la remuneración, periodicidad y forma de pago de cada consejero. |
| Contratos de los consejeros ejecutivos |
Determinación y aprobación |
Propone al Consejo de Administración las condiciones de los contratos de los consejeros ejecutivos, comprobando y velando por su observancia. |
Aprueba los contratos de los consejeros ejecutivos. |
|
|---|---|---|---|---|
| Retribución de los | Determinación y aprobación |
Emite un informe previo dirigido al Consejo sobre la determinación individual de la remuneración de cada consejero por el desempeño de las funciones ejecutivas. |
Determina de manera individual la remuneración de cada consejero por el desempeño de las funciones ejecutivas que tenga atribuidas, de conformidad con lo previsto en los Estatutos Sociales de la Sociedad, en la política de remuneraciones vigente y en su contrato. |
|
| consejeros ejecutivos |
Aplicación | Propone la modificación o actualización de los sistemas retributivos, a corto y a largo plazo y evalúa el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos a los consejeros ejecutivos. |
Aprueba las condiciones principales del sistema de retribución variable a corto plazo y a largo plazo y la retribución individual, dentro de los límites establecidos en los Estatutos Sociales de la sociedad, en la política de remuneraciones vigente y en los respectivos contratos. |
Aprueba los sistemas de remuneración de los consejeros que incluyen la entrega de acciones o de opciones sobre acciones, o retribuciones referenciadas al valor de las acciones. |
Adicionalmente, la Comisión de Auditoría puede participar, a petición del Consejo o la CNRS, en el proceso de revisión del cumplimiento de los objetivos financieros de la retribución variable, tanto anual como plurianual.
La composición, funcionamiento y competencias de la CNRS de Metrovacesa se encuentra regulada, en el artículo 22 de los Estatutos Sociales de la Sociedad, en el artículo 15 del Reglamento del Consejo de Administración y en el Reglamento de la CNRS.
Sin perjuicio de la regulación legal vigente que le resulta de aplicación, durante el ejercicio 2022 y el ejercicio 2023 (hasta la emisión de este Informe), la Comisión ha actuado de acuerdo con lo dispuesto en la citada regulación.
A continuación se detallan la composición, funcionamiento y principales cometidos de la CNRS:
La Comisión se compondrá de un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros, designados por el propio Consejo de Administración, a propuesta del Presidente del Consejo, que deberán ser consejeros no ejecutivos. Del mismo modo, al menos dos miembros de la Comisión serán independientes.
El cargo de Secretario de la Comisión recaerá sobre la persona designada por el Consejo de Administración, pudiendo ser un Secretario no miembro de la Comisión, en cuyo caso no será necesario que sea un miembro del Consejo de Administración. El cargo de Secretario de la Comisión podrá recaer en el Secretario del Consejo o en una persona distinta.
| Nombre | Categoría | Cargo | |
|---|---|---|---|
| Dña. Emma Fernández Alonso | Independiente | Presidente | |
| D. Ignacio Moreno Martínez | Otro externo | Miembro | |
| D. Cesáreo Rey-Baltar Oramas | Dominical | Miembro | |
| D. Vicente Moreno García-Mansilla | Independiente | Miembro | |
| D. Lucas Osorio Iturmendi |
Secretario no Consejero |
De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Comisión, ésta se reunirá de ordinario cada tres meses o, al menos, cuatro veces por año.
Asimismo, se reunirá a petición de cualquiera de sus miembros y cada vez que la convoque su Presidente, que deberá hacerlo siempre que el Consejo de Administración o su Presidente solicite la emisión de un informe o la adopción de propuestas y, en cualquier caso, siempre que resulte conveniente para el buen desarrollo de sus funciones.
La Comisión quedará válidamente constituida cuando concurran, presentes o representados, la mayoría de sus miembros y sus acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los concurrentes. Se levantará acta de las reuniones, que se pondrá a disposición de todos los miembros del Consejo de Administración.
Durante el ejercicio 2022, la Comisión se reunió en ocho ocasiones, concretamente en los días 17 de enero, 17 de febrero, 24 de marzo, 19 de mayo, 20 de julio, 25 de octubre, 16 de noviembre y 15 de diciembre, cumpliendo así con lo dispuesto en el Reglamento de la Comisión.
La totalidad de los componentes de esta Comisión asistió, estando presente, debidamente representado o a través de medios telemáticos, a todas las reuniones de la Comisión.
En el contexto de estas reuniones asistieron miembros del equipo directivo de Metrovacesa y, en las reuniones de los días 18 de febrero, 18 de marzo, 22 de marzo, 17 de mayo y 22 de julio intervino el Consejero Delegado.
Un equipo de consultores expertos de J&A Garrigues, S.L.P. han participado en la revisión y validación de este informe, y otro equipo de consultores de WTW realizaron el estudio comparativo salarial de consejeros, cuyas conclusiones se incluyen en este informe.
Los principales cometidos asignados a la Comisión en el ámbito de las remuneraciones son los siguientes:
En particular, entre las funciones de la CNRS se encuentran, entre otras, evaluar y revisar periódicamente las políticas de sostenibilidad en materia medioambiental y social, velando por que cumplan su misión de promover el interés social y tomen en cuenta los legítimos intereses de los distintos grupos de interés (stakeholders).
A) Actuaciones llevadas a cabo durante el ejercicio 2022
Durante el ejercicio 2022, las actuaciones más relevantes en materia de remuneraciones llevadas a cabo tanto por la CNRS como por el Consejo, en sus labores de supervisión de la aplicación de la Política de Remuneraciones y dentro del ámbito de sus competencias, han sido las siguientes:
▪ Analizar el grado de consecución de cada uno de los objetivos marcados y aprobar la retribución variable anual de 2021 del equipo directivo, incluyendo al Consejero Delegado.
En otro orden de cosas, durante el 2022 la Sociedad ha mantenido contactos y celebrado algunas reuniones con proxy advisors, con la intervención de la Presidenta de la Comisión, para facilitar y mejorar la comunicación de la Sociedad en relación a la retribución de los administradores.
El Consejo y la CNRS han desarrollado durante el 2023, y hasta la fecha de aprobación de este Informe por el Consejo, las actuaciones propias relacionadas con el buen gobierno corporativo en materia retributiva, con motivo del cierre del ejercicio de 2022, particularmente la aprobación del Informe Anual de Gobierno Corporativo y el presente Informe Anual de Retribuciones.
Asimismo, la Comisión:
▪ Ha analizado e informado sobre el cumplimiento de objetivos del 2022 del equipo directivo de la Sociedad, incluyendo el Consejero Delegado, a efectos de la retribución variable (anual y plurianual) correspondiente a dicho ejercicio o ciclo que lo incluye:
El Consejo ha resuelto sobre todo lo anterior y las decisiones relevantes del presente Informe han quedado debidamente reflejadas.
B.4 Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de abstenciones y de votos negativos, en blanco y a favor que se hayan emitido:
| Número | % sobre el total | |
|---|---|---|
| Votos emitidos | 117.858.141 | 77,70% |
| Número | % sobre emitidos | |
|---|---|---|
| Votos negativos | 15.092 | 0,01% |
| Votos a favor | 117.843.049 | 99,99% |
| Votos en blanco | 0 | 0% |
| Abstenciones | 0 | 0% |
| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2022 |
|---|---|---|
| D. Ignacio Moreno Martínez | Otros externos | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| D. Mariano Olmeda Sarrión | Dominical | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren | Ejecutivo | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| D. Javier García-Carranza Benjumea | Dominical | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| D. Carlos Manzano Cuesta | Dominical | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| Dña. Ana Lucrecia Bolado Valle | Dominical | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| D. Cesáreo Rey-Baltar Oramas | Dominical | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| D. Enrique Migoya Peláez | Dominical | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| Dña. Beatriz Puente Ferreras | Independiente | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| Dña. Emma Fernández Alonso | Independiente | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| D. Vicente Moreno García-Mansilla | Independiente | De 01/01/2022 a 31/12/2022 |
| Dña. Azucena Viñuela | Independiente | De 20/01/2022 a 31/12/2022 |
| D. Juan Béjar Ochoa | Independiente | De 01/01/2022 a 20/01/2022 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| D. Ignacio Moreno Martínez |
250 | 15 | 265 | 265 | ||||||
| D. Mariano Olmeda Sarrión |
85 | 85 | 85 | |||||||
| D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren |
85 | 650 | 416 | 1.151 | 1.213 | |||||
| D. Javier García Carranza-Benjumea |
||||||||||
| D. Carlos Manzano Cuesta |
||||||||||
| Dña. Ana Lucrecia Bolado Valle |
85 | 85 | 85 | |||||||
| D. Cesáreo Rey Baltar Oramas |
||||||||||
| D. Enrique Migoya Peláez |
||||||||||
| Dña. Beatriz Puente Ferreras |
85 | 16 | 101 | 110 | ||||||
| Dña. Azucena Viñuela |
81 | 23 | 104 | |||||||
| Dña. Emma Fernández Alonso |
85 | 25 | 110 | 110 | ||||||
| D. Vicente Moreno García-Mansilla |
85 | 15 | 100 | 100 | ||||||
| D. Juan Béjar Ochoa |
7 | 1 | 8 | 100 |

ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados
| Nombre Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
al final del ejercicio 2022 | Instrumentos financieros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes / consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio Bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren |
Long Term Incentive Plan – LTIP 18-20 Ciclo 3 (20-22) |
55.714 | 35.448 | 6,80 | 241 | 20.266 | ||||||
| Long Term Incentive Plan – LTIP 21-23 Ciclo 1 (21-23) |
53.808 | 53.808 | ||||||||||
| Long Term Incentive Plan – LTIP 21-23 Ciclo 2 (22-24) |
45.646 | 45.646 |
Considerando que las acciones derivadas de la liquidación del "Long Term Incentive Plan – LTIP 18-20 Ciclo 3 (20-22)", cuya entrega corresponde en 2023, no han sido aun entregadas a su beneficiario, para estimar el beneficio bruto de las acciones la Sociedad ha tomado como referencia el precio de cierre de la acción de Metrovacesa correspondiente a la sesión bursátil del 1 de febrero de 2023 que ha sido de 6,80 €/acción.


| Nombre | Concepto | Importe retributivo (miles €) |
|---|---|---|
| D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren |
Seguro médico; Seguro de vida y accidente; Tarjeta restaurante; Vehículo empresa; |
26 |
| D. Ignacio Moreno Martínez |
Vehículo empresa; Seguro de accidente; | 14 |
La Sociedad tiene suscrita una prima de seguro para cubrir la responsabilidad civil de los Consejeros, según condiciones usuales del mercado, cuyo coste total fijo anual para el conjunto de consejeros es de 409.207 euros en 2022, cubriendo una responsabilidad de hasta 70 millones. Adicionalmente, la Sociedad tiene suscrito un seguro de accidentes para los miembros y cargos del Consejo por un importe global anual acumulado de 6.678 euros en 2022 (incluyendo Presidente y Consejero Delegado).
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|

ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados
| Nombre Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes / consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio Bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) |
Importe de los fondos acumulados | |||||||||
| Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
derechos económicos | Sistemas de ahorro con no consolidados |
(miles €) | |||||||
| Nombre | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | ||||||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 |
Sistemas con derechos económicos consolidados |
Sistemas con derechos económicos no consolidados |
Sistemas con derechos económicos consolidados |
Sistemas con derechos económicos no consolidados |
v) Detalle de otros conceptos
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 Sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 grupo |
Total ejercicio 2022 Sociedad + grupo |
|
| D. Ignacio Moreno Martínez |
265 | 14 | 279 | 279 | ||||||||
| D. Mariano Olmeda Sarrión |
85 | 85 | 85 | |||||||||
| D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren |
1.151 | 241 | 26 | 1.418 | 1.418 | |||||||
| D. Javier García Carranza-Benjumea |
||||||||||||
| D. Carlos Manzano Cuesta |
||||||||||||
| Dña. Ana Lucrecia Bolado Valle |
85 | 85 | 85 | |||||||||
| D. Cesáreo Rey Baltar Oramas |
||||||||||||
| D. Enrique Migoya Peláez |
||||||||||||
| Dña. Beatriz Puente Ferreras |
101 | 101 | 101 | |||||||||
| Dña. Azucena Viñuela |
104 | 104 | 104 | |||||||||
| Dña. Emma Fernández Alonso |
110 | 110 | 110 | |||||||||
| D. Vicente Moreno García-Mansilla |
100 | 100 | 100 | |||||||||
| D. Juan Béjar Ochoa | 8 | 8 | 8 | |||||||||
| Total | 2.009 | 241 | 40 | 2.290 | 2.290 |
Respecto a la columna "Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados", como se ha detallado en el cuadro del apartado c.1.a).ii), considerando que las acciones derivadas de la liquidación del "Long Term Incentive Plan – LTIP 18-20 Ciclo 3 (20-22)", cuya entrega corresponde en 2023, no han sido aun entregadas a su beneficiario, para estimar el beneficio bruto de las acciones la Sociedad ha tomado como referencia el precio de cierre de la acción de Metrovacesa correspondiente a la sesión bursátil del 1 de febrero de 2023 que ha sido de 6,80 €/acción.
Asimismo, conforme se ha detallado en el cuadro c.1.a).iv), la Sociedad tiene suscrita una prima de seguro para cubrir la responsabilidad civil de los Consejeros, según condiciones usuales del mercado, cuyo coste total fijo anual para el conjunto de consejeros es de 409.207 euros en 2022, cubriendo una responsabilidad de hasta 70 millones. Adicionalmente, la Sociedad tiene suscrito un seguro de accidentes para los miembros y cargos del Consejo por un importe global anual acumulado de 6.678 euros en 2022 (incluyendo Presidente y Consejero Delegado).
C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados (en miles de €) y % de variación anual | ||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 |
% Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | ||||
| Consejeros ejecutivos | ||||||||||||
| D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren | 1.418 | 14,33% | 1.240 | 26,27% | 982 | -38,89% | 1.607 | -26,05% | 2.173 | |||
| Consejeros externos | ||||||||||||
| D. Ignacio Moreno Martínez | 279 | 279 | -42,59% | 486 | -2,61% | 499 | -11,37% | 563 | ||||
| Dña. Ana Lucrecia Bolado Valle | 85 | 85 | 85 | 85 | 85 | |||||||
| D. Mariano Olmeda Sarrión | 85 | 85 | 85 | 85 | 85 | |||||||
| Dña. Beatriz Puente Ferreras | 101 | -8,20% | 110 | 110 | 110 | 10,89% | 99 | |||||
| Dña. Azucena Viñuela | 104 | |||||||||||
| Dña. Emma Fernández Alonso |
110 | 110 | 110 | 110 | 11,11% | 99 | ||||||
| D. Juan Béjar Ochoa | 8 | -91,67% | 100 | 100 | 100 | 10,89% | 90 | |||||
| D. Vicente Moreno García-Mansilla | 100 | 100 | 100 | 100 | 10,89% | 90 | ||||||
| Resultados consolidados de la Sociedad | -18.275 | 23.729 | -157.441 | -2.439 | 436 | |||||||
| Remuneración media de los empleados | 72 | -1,24% | 73 | 13,55% | 64 | -16,34% | 77 | -18,51% | 94 |
El cálculo de la remuneración media de los empleados se ha realizado considerando el siguiente número medio de empleados: (i) 213 en 2022, (ii) 198 en 2021, (iii) 190 en 2020, (iv) 167 en 2019, y (v) 121 en 2018.
En relación con la consejera Dña. Azucena Viñuela, no se incluyen datos anteriores a 2022 porque su nombramiento como consejera de la Sociedad tuvo lugar en 2022, razón por la cual no recibió remuneraciones en ejercicios previos.
Respecto al consejero D. Juan Béjar, téngase en cuenta que la evolución de su remuneración correspondiente al ejercicio 2022 respecto del ejercicio 2021 está afectada por el hecho de su dimisión como consejero con efectos 20 de enero del año 2022.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha 24 de febrero de 2023
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.


| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2022 | |
|---|---|---|
| CIF: | A87471264 | |
| Denominación Social: | ||
| METROVACESA, S.A. |
QUINTANAVIDES, 13 PARQUE VIA NORTE MADRID

B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de abstenciones y de votos negativos, en blanco y a favor que se hayan emitido:
| Número | % sobre el total | |||
|---|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 117.858.141 | 77,70 | ||
| Número | % sobre emitidos | |||
| Votos negativos | 15.092 | 0,01 | ||
| Votos a favor | 117.843.049 | 99,99 | ||
| Votos en blanco | 0,00 | |||
| Abstenciones | 0,00 | |||

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2022 |
|---|---|---|
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ | Presidente Otro Externo | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN | Consejero Delegado | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN | Vicepresidente Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don CARLOS MANZANO CUESTA | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ | Consejero Independiente | Desde 20/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don JUAN BÉJAR OCHOA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 20/01/2022 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ | 250 | 15 | 265 | 265 | ||||||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN | 85 | 650 | 416 | 1.151 | 1.213 | |||||
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN | 85 | 85 | 85 | |||||||
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA | ||||||||||
| Don CARLOS MANZANO CUESTA | ||||||||||
| Don CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS | ||||||||||
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ | ||||||||||
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS | 85 | 16 | 101 | 110 | ||||||
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA | 85 | 15 | 100 | 100 | ||||||
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO | 85 | 25 | 110 | 110 | ||||||
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE | 85 | 85 | 85 | |||||||
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ | 81 | 23 | 104 | |||||||
| Don JUAN BÉJAR OCHOA | 7 | 1 | 8 | 100 |

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN |
Long Term Incentive Plan – LTIP 21-23 Ciclo 1 (21-23) |
53.808 | 0,00 | 53.808 | ||||||||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN |
Long Term Incentive Plan – LTIP 21-23 Ciclo 2 (22-24) |
45.646 | 0,00 | 45.646 | ||||||||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN |
Long Term Incentive Plan – LTIP 18-20 Ciclo 3 (20-22) |
55.714 | 35.448 | 6,80 | 241 | 20.266 | ||||||
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA CARRANZA BENJUMEA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CARLOS MANZANO CUESTA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CESÁREO REY BALTAR ORAMAS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ |
Plan | 0,00 |

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don VICENTE MORENO GARCÍA MANSILLA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN BÉJAR OCHOA |
Plan | 0,00 |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ | |
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN | |
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN | |
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don CARLOS MANZANO CUESTA | |
| Don CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS | |
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ | |
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS | |
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA | |
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO | |
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE | |
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ | |
| Don JUAN BÉJAR OCHOA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 | ||||
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ |
||||||||||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN |
63 | 63 | 315 | 252 | ||||||
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN |
||||||||||
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | |||
| Don CARLOS MANZANO CUESTA |
||||||||||
| Don CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS |
||||||||||
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ |
||||||||||
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS |
||||||||||
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA |
||||||||||
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO |
||||||||||
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE |
||||||||||
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ |
||||||||||
| Don JUAN BÉJAR OCHOA |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ | Seguro de accidente-Vehículo empresa | 14 |
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN | Seguro médico-Seguro de vida y accidente-Tarjeta restaurante-Vehículo empresa | 26 |
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN | Concepto | |
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA | Concepto | |
| Don CARLOS MANZANO CUESTA | Concepto | |
| Don CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS | Concepto | |
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ | Concepto | |
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS | Concepto | |
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA | Concepto | |
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO | Concepto | |
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE | Concepto | |
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ | Concepto | |
| Don JUAN BÉJAR OCHOA | Concepto |

i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ | ||||||||||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN | ||||||||||
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN | ||||||||||
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA | ||||||||||
| Don CARLOS MANZANO CUESTA | ||||||||||
| Don CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS | ||||||||||
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ | ||||||||||
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS | ||||||||||
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA | ||||||||||
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO | ||||||||||
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE | ||||||||||
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ | ||||||||||
| Don JUAN BÉJAR OCHOA |

| Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA CARRANZA BENJUMEA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CARLOS MANZANO CUESTA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CESÁREO REY BALTAR ORAMAS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don VICENTE MORENO GARCÍA MANSILLA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN BÉJAR OCHOA |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ | |
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN | |
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN | |
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA | |
| Don CARLOS MANZANO CUESTA | |
| Don CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS | |
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ | |
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS | |
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA | |
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO | |
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE | |
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ | |
| Don JUAN BÉJAR OCHOA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | ||
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | ||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN |
|||||||||
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN |
|||||||||
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA |
|||||||||
| Don CARLOS MANZANO CUESTA |
|||||||||
| Don CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS |
|||||||||
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ |
|||||||||
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS |
|||||||||
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA |
|||||||||
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO |
|||||||||
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | |
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ |
||||||||
| Don JUAN BÉJAR OCHOA |
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ | Concepto | |
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN | Concepto | |
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN | Concepto | |
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA | Concepto | |
| Don CARLOS MANZANO CUESTA | Concepto | |
| Don CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS | Concepto | |
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ | Concepto | |
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS | Concepto | |
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA | Concepto | |
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO | Concepto | |
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE | Concepto | |
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ | Concepto |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo | ||
|---|---|---|---|---|
| Don JUAN BÉJAR OCHOA | Concepto |
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 grupo |
Total ejercicio 2022 sociedad + grupo |
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ |
265 | 14 | 279 | 279 | |||||||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN |
1.151 | 241 | 26 | 1.418 | 1.418 | ||||||
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN |
85 | 85 | 85 | ||||||||
| Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA |
|||||||||||
| Don CARLOS MANZANO CUESTA |
|||||||||||
| Don CESÁREO REY BALTAR ORAMAS |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 grupo |
Total ejercicio 2022 sociedad + grupo |
| Don ENRIQUE MIGOYA PELÁEZ |
|||||||||||
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS |
101 | 101 | 101 | ||||||||
| Don VICENTE MORENO GARCÍA-MANSILLA |
100 | 100 | 100 | ||||||||
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO |
110 | 110 | 110 | ||||||||
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE |
85 | 85 | 85 | ||||||||
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ |
104 | 104 | 104 | ||||||||
| Don JUAN BÉJAR OCHOA | 8 | 8 | 8 | ||||||||
| TOTAL | 2.009 | 241 | 40 | 2.290 | 2.290 |

C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | |
| Consejeros ejecutivos | |||||||||
| Don JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN |
1.418 | 14,35 | 1.240 | 26,27 | 982 | -38,89 | 1.607 | -26,05 | 2.173 |
| Consejeros externos | |||||||||
| Doña AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ |
104 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 |
| Doña BEATRIZ PUENTE FERRERAS | 101 | -8,18 | 110 | 0,00 | 110 | 0,00 | 110 | 11,11 | 99 |
| Doña EMMA FERNÁNDEZ ALONSO | 110 | 0,00 | 110 | 0,00 | 110 | 0,00 | 110 | 11,11 | 99 |
| Don IGNACIO MORENO MARTÍNEZ | 279 | 0,00 | 279 | -42,59 | 486 | -2,61 | 499 | -11,37 | 563 |
| Don JUAN BÉJAR OCHOA | 8 | -92,00 | 100 | 0,00 | 100 | 0,00 | 100 | 11,11 | 90 |
| Don MARIANO OLMEDA SARRIÓN | 85 | 0,00 | 85 | 0,00 | 85 | 0,00 | 85 | 0,00 | 85 |
| Don VICENTE MORENO GARCÍA MANSILLA |
100 | 0,00 | 100 | 0,00 | 100 | 0,00 | 100 | 11,11 | 90 |
| Doña ANA LUCRECIA BOLADO VALLE |
85 | 0,00 | 85 | 0,00 | 85 | 0,00 | 85 | 0,00 | 85 |
| Resultados consolidados de la sociedad |
|||||||||
| -18.275 | - | 23.729 | - | -157.441 | n.s | -2.439 | - | 436 |

| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | |
| Remuneración media de los | |||||||||
| empleados | |||||||||
| 72 | -1,37 | 73 | 14,06 | 64 | -16,88 | 77 | -18,09 | 94 |

Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
| 24/02/2023 |
|---|
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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