Remuneration Information • Mar 29, 2023
Remuneration Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2022 | |
|---|---|---|
| CIF: | A84942150 | |
| Denominación Social: | ||
| ATRYS HEALTH, S.A. |
PRÍNCIPE DE VERGARA 132, PLANTA 1ERA. (MADRID)
A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
d) Procedimientos contemplados en la política de remuneraciones vigente de los consejeros para aplicar excepciones temporales a la política, condiciones en las que se puede recurrir a esas excepciones y componentes que pueden ser objeto de excepción según la política.
Remuneración de los consejeros ejecutivos: la retribución de Santiago de Torres Sanahuja (Presidente Ejecutivo) e Isabel Lozano Fernández (Consejera Delegada) establecida en sus contratos mercantiles, prevé los siguientes elementos retributivos:
Retribución fija: 200.000€ brutos anuales para el Presidente Ejecutivo, y 190.000€ brutos anuales para la Consejera Delegada.
Retribución variable anual: consiste, en cada caso, en una cantidad dineraria que no excederá del 40% del salario bruto anual fijo del consejero ejecutivo. La misma está vinculada a la consecución de objetivos operativos, financieros y de sostenibilidad.
Retribución en especie: seguro sanitario, seguro de vida y vehículo de empresa por importe total de 14.500 euros anuales para cada uno de ellos.
Participación en planes de incentivos. A fecha de 20 de diciembre de 2022 se encuentra en vigor el plan de incentivos 2023-2025, aprobado por la Junta General Extraordinaria de accionistas, de 20 de diciembre de 2022. El citado plan, que se devengará al inicio del ejercicio 2026, consiste en la entrega de derechos sobre acciones de Atrys en función de la revalorización de la acción de la Sociedad en las Bolsas de Valores españolas durante la vigencia del Plan de Incentivos y el cumplimiento de determinados objetivos financieros globales. Los objetivos de dicho plan son (i) el incremento del valor de cotización de la acción por encima de 7 euros por acción a la finalización del Plan, tomando como valor final de referencia la media ponderada de cotización de la acción en las 60 sesiones previas a la fecha de finalización del Plan y (ii) el cumplimiento de los covenants de la financiación de la Sociedad a 3 años (Deuda financiera Neta / Ebitda, y Cash flow cover). El Presidente Ejecutivo y la Consejera Delegada son beneficiarios de 181.490 derechos cada uno de ellos.
Remuneración de los miembros del Consejo en su condición de tales: consiste en una retribución fija anual que es establecida por el Consejo de Administración teniendo en cuenta las funciones y responsabilidades que se hayan atribuido a cada uno de los consejeros por la pertenencia a las comisiones del consejo, el ejercicio de la presidencia de las mismas o el ejercicio del cargo de consejero coordinador. Se prevé que la Sociedad pueda suscribir un seguro de responsabilidad civil de consejeros y directivos cuya prima no podrá exceder de 70.000 euros. A continuación se da respuesta a los epígrafes a), b) c) y d):
a) Los órganos competentes en materia de retribución de consejeros son la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, el Consejo de Administración y la Junta General de Accionistas. En particular, la Política de Remuneraciones fue analizada y propuesta, en primer lugar, por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, como órgano consultivo, proponiendo al Consejo de Administración su aprobación por la Junta General, en la reunión celebrada por la Comisión el día 2 de noviembre de 2021. La citada Comisión emitió un informe justificativo de la misma, el cual se puso a disposición del Consejo y de la Junta General Extraordinaria de accionistas. Por su parte, el Consejo de Administración, a la vista del citado informe justificativo, aprobó proponer su aprobación a la Junta General, en su reunión de 4 de noviembre de 2021, siendo aprobada por los accionistas en la Junta General Extraordinaria de 10 de diciembre de 2021. El mismo procedimiento e involucración de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y del Consejo de Administración fue seguido para la modificación de la Política de Remuneraciones, aprobada por la Junta General Ordinaria de 28 de junio de 2022 y por la Junta General Extraordinaria de 20 de diciembre de 2022.
La Política de Remuneraciones de los Consejeros vigente para los ejercicios 2022, 2023 y 2024 de Atrys Health, S.A. ("Atrys" o la "Sociedad") fue aprobada por mayoría del 95,07% del capital presente o representado en la Junta General Extraordinaria de accionistas celebrada el 10 de diciembre de 2021, con un quórum de constitución (asistencia a la Junta General) del 76,41% del capital social. Asimismo, fue modificada por acuerdo de la Junta General Ordinaria de 28 de junio de 2022 y de la Junta General Extraordinaria de 20 de diciembre de 2022 (la "Política de Remuneraciones"). La Política de Remuneraciones de Atrys prevé el siguiente esquema de retribución:
b) En relación con la elaboración de la Política de Remuneraciones, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tuvo en cuenta los siguientes criterios:
-Las condiciones de empleo y niveles retributivos de la plantilla de la Sociedad. La información recibida de expertos independientes (en concreto en el informe emitido a solicitud de la Sociedad por Willis Tower Watson "Análisis de la competitividad externa de la retribución total de consejeros" de fecha 15 de octubre de 2021).
c) Sí, la Sociedad fue asistida por el experto independiente Willis Tower Watson en la definición y elaboración de la Política de Remuneraciones. Asimismo, Atrys también contó con la opinión independiente de dicho experto en el diseño del nuevo Plan de Incentivos 2023-2025, el cual fue aprobado por la Junta General Extraordinaria de accionistas, de 20 de diciembre de 2022.
d) No están previstos en la Política de Remuneraciones vigente, ningún procedimiento para aplicar excepciones temporales a su aplicación. No obstante lo anterior, se prevé, respecto de la retribución variable anual de los consejeros ejecutivos, que el Consejo de Administración pueda decidir no pagar la retribución variable, a pesar del cumplimiento de los objetivos, en las siguientes circunstancias: (i) incumplimientos de las normas de conducta y éticas de la Sociedad por parte del Consejero; (ii) imputación o investigación del Consejero en un proceso penal relacionado con su gestión de la Sociedad; o (iii) situación de riesgo de insolvencia de la Sociedad.
y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
El mix retributivo de los consejeros ejecutivos de la Sociedad está compuesto por salario fijo (sueldo), variable a corto plazo (anual), retribución en especie y variable a largo plazo. Todos ellos persiguen garantizar una retribución de los consejeros ejecutivos que sea adecuada y competitiva, otorgándose un peso relevante a la retribución variable total (anual y la correspondiente al incentivo a largo plazo). Es preciso hacer constar que, tanto la retribución de los consejeros ejecutivos, como la de los no ejecutivos, se encuentra por debajo de la media de empresas comparables, de conformidad con el estudio emitido para la Sociedad por Willis Tower Watson ("Análisis de la competitividad externa de la retribución total de consejeros" de fecha 15 de octubre de 2021).
Asimismo, es preciso hacer constar que la remuneración variable a corto plazo está vinculada a la consecución de objetivos financieros y de negocio (Importe Neto de la cifra de negocio, EBITDA ajustado y Beneficio Neto ajustado,) un cuarto criterio relativo a Responsabilidad Social Corporativa, y un quinto consistente en la valoración discrecional por el Consejo. Se considera que la inclusión de tres criterios de carácter financiero y relativos contribuyen en gran medida a establecer una correlación entre el desempeño de la Sociedad y la contribución de los consejeros ejecutivos a dicho desempeño.
Del mismo modo, en relación con la retribución a largo plazo, a la fecha de aprobación de este informe por el Consejo de Administración de Atrys, se encuentra en vigor el Plan de Incentivos 2023-2025, aprobado por la Junta General Extraordinaria de accionistas, de 20 de diciembre de 2022. El citado plan, que se devengará al inicio del ejercicio 2026, consiste en la entrega de derechos sobre acciones de Atrys en función de la revalorización de la acción de la Sociedad en las Bolsas de Valores españolas durante la vigencia del Plan de Incentivos y el cumplimiento de determinados objetivos financieros globales.
Los objetivos de dicho plan son (i) el incremento del valor de cotización de la acción por encima de 7 euros por acción a la finalización del Plan, tomando como valor final de referencia la media ponderada de cotización de la acción en las 60 sesiones previas a la fecha de finalización del Plan y (ii) el cumplimiento de los covenants de la financiación de la Sociedad a 3 años (Deuda financiera Neta / Ebitda, y Cash flow cover, alienando de esta forma los intereses de los consejeros ejecutivos y del resto de beneficiarios del citado plan, con los intereses de los accionistas de la Sociedad. El diseño y desarrollo de este plan contó con el apoyo de la consultora Willis Tower Watson.
Se hace constar, asimismo, que la retribución variable de los directivos de la Sociedad está también vinculada a parámetros financieros y de negocio.
En relación con el tratamiento de los potenciales conflictos de interés, cabe apuntar que los consejeros ejecutivos no forman parte de ninguna de las Comisiones y que, en relación con los asuntos debatidos en el Consejo de Administración en materia de nombramientos y retribuciones, aquellos se abstienen de intervenir en la deliberación y votación de dichos asuntos. Asimismo, está en vigor el Reglamento Interno de Conflictos de Interés, el cual establece un procedimiento reglado para los consejeros en caso de que se encuentren en un potencial conflicto de interés, estableciéndose la obligación de comunicarlo al Consejo y a la Unidad de Cumplimiento y de abstenerse de la toma de decisión en la que esté conflictuado. Finalmente, en términos de buen gobierno corporativo, cabe apuntar que en materia de remuneraciones, la Comisión de
La retribución de los consejeros no ejecutivos en su condición de tales está íntegramente compuesta por componentes fijos cuyo importe se determina en función de los cargos desempeñados en el Consejo: vocal, miembro de las Comisiones, Presidente de las Comisiones, y consejero coordinador.
Nombramientos y Retribuciones respeta los criterios de independencia en su composición y deliberaciones. Está formada por cuatro miembros, tres de ellos independientes, recayendo la presidencia en una consejera independiente (Aurora Catá Sala). Finalmente, y en relación con el último apartado de este epígrafe, se hace constar que a finales del ejercicio 2021 se incluyó en los contratos de los consejeros ejecutivos una cláusula que permite la Sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad.
La remuneración de los consejeros en su condición de tales (esto es, no ejecutivos) consiste en una retribución fija anual que es aprobada con carácter anual por el Consejo de Administración teniendo en cuenta las funciones y responsabilidades de uno de los consejeros por la pertenencia a las comisiones del Consejo, el ejercicio de la presidencia de las mismas o el ejercicio del cargo de consejero coordinador. Se contemplan los siguientes conceptos:
(i) Un importe anual máximo fijo bruto en efectivo por ser vocal del Consejo de Administración para cada consejero no ejecutivo de 30.000 euros.
(ii) Un importe anual (adicional al anterior) fijo en efectivo en función de la pertenencia a las comisiones del Consejo. Se establece un importe de 10.000 euros para el caso de los vocales y de 15.000 euros para los presidentes. En el caso de los Presidentes de las Comisiones, solo reciben la asignación adicional por dicha presidencia, que no se acumula a la de pertenencia en sí a la Comisión.
(iii) Adicionalmente a los apartados anteriores, la Sociedad tiene un consejero coordinador en la figura de Jaime del Barrio Seoane, cuya retribución por ese cargo supone una retribución adicional de 12.000 euros.
Teniendo en cuenta lo anterior, está previsto que la remuneración bruta de los consejeros no ejecutivos en el 2023 sea la siguiente: Jaime Cano Fernández: 50.000€
Jaime del Barrio Seoane: 62.000€ Josep María Echarri Torres: 30.000€ Fernando de Lorenzo López: 40.000€ Josep Piqué i Camps: 45.000€ Antonio Baselga de la Vega: 30.000€ Ana Isabel López Porta: 30.000€ María Rosa González Sans: 30.000€ Manuel Guerrero Maldonado: 27.500€ (*) Nombrado el 30.01.2023 Aurora Catá Sala: 45.000€ Finalmente, es preciso hacer constar que el importe máximo de la remuneración anual de la totalidad de los consejeros, incluyendo tanto a ejecutivos como no ejecutivos, ascenderá a la cantidad de un millón de euros (apartado 4.1 de la Política de Remuneraciones).
De conformidad con el apartado 4.2.2 (I) de la Política de Remuneraciones, la retribución fija (sueldo) de los consejeros ejecutivos en el ejercicio 2023 será la siguiente: Santiago de Torres Sanahuja (Presidente): 200.000€ anuales.
Isabel Lozano Fernández (Consejera Delegada): 190.000€ anuales.
De conformidad con el apartado 4.2.2 (iii) de la Política de Remuneraciones, la remuneración en especie de los consejeros ejecutivos en el ejercicio 2023 será la siguiente:
Santiago de Torres Sanahuja (Presidente): seguro de salud (1.000€), seguro de vida (2.500€), vehículo de empresa (11.000€). Total: 14.500€. Isabel Lozano Fernández (Consejera Delegada): seguro de salud (1.000€), seguro de vida (2.500€), vehículo de empresa (11.000€). Total: 14.500€.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos
para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
La remuneración variable de los consejeros ejecutivos (los consejeros no ejecutivos no perciben ninguna retribución variable), contemplada en la Política de Remuneraciones, es la siguiente:
A corto plazo: los consejeros ejecutivos tienen derecho a una retribución variable anual de carácter dinerario, del máximo del 40% de su salario bruto anual, vinculada a los siguientes objetivos y con el siguiente peso en su valoración de dicha retribución:
Importe Neto de la Cifra de Negocio: 20%
EBITDA ajustado: 30%
Valoración del Consejo de Administración: 20%
Responsabilidad Social Corporativa: 10%
Beneficio Neto ajustado: 20% En el caso de la retribución variable a corto plazo, el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, determina en qué medida se han cumplido los objetivos una vez formule las cuentas anuales consolidadas del ejercicio (y que éstas hayan sido auditadas) al que corresponda la retribución, a cuyos efectos podrá contar con el asesoramiento de un experto independiente. La retribución variable tomará en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo, en caso de que existan, que puedan minorar dichos resultados. Asimismo, el Consejo de Administración contará con un margen de discrecionalidad del 20% sobre la base de la propuesta que formule la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, teniendo en cuenta, entre otros factores, la incertidumbre regulatoria y la concurrencia de circunstancias excepcionales que tengan lugar durante el ejercicio.
Del mismo modo, se considera que la inclusión de tres criterios de carácter financiero y relativos al negocio (esto es, Importe Neto de la cifra de negocio, EBITDA ajustado y Beneficio Neto ajustado), contribuyen en gran medida a establecer una correlación entre el desempeño de la Sociedad y la contribución de los consejeros ejecutivos a dicho desempeño. Con carácter anual el Consejo de Administración aprueba los objetivos para los tres citados criterios. Asimismo, se tiene en cuenta también la Responsabilidad Social Corporativa, vinculada a las actuaciones y actividades que lleva a cabo la Sociedad, bajo la dirección de los consejeros ejecutivos, y un quinto factor, consistente en la valoración discrecional por el Consejo en relación con el devengo de la retribución variable por los consejeros ejecutivos.
En el caso de la retribución variable a corto plazo, y en un supuesto de cumplimiento del 100% de los objetivos, la retribución variable del Presidente del Consejo ascendería a 80.000€, y en el caso de la Consejera Delegada, a 76.000€.
Los objetivos de dicho plan son (i) el incremento del valor de cotización de la acción por encima de 7 euros por acción a la finalización del Plan, tomando como valor final de referencia la media ponderada de cotización de la acción en las 60 sesiones previas a la fecha de finalización del Plan y (ii) el cumplimiento de los covenants de la financiación de la Sociedad a 3 años (Deuda financiera Neta / Ebitda, y Cash flow cover, alienando de esta forma los intereses de los consejeros ejecutivos y del resto de beneficiarios del citado plan, con los intereses de los accionistas de la Sociedad. Atrys contó con el asesoramiento del experto independiente Willis Tower Watson en el diseño y elaboración de este plan.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
No existen sistemas de ahorro para ninguno de los consejeros ni está previsto que se aprueben para ninguno de ellos en el ejercicio 2023.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no
No se contempla otro tipo de remuneración en favor de los administradores, en su condición de tales, ni en favor de los consejeros ejecutivos, distinta de la indicada en los apartados precedentes, en particular, por las causas o situaciones indicadas en la pregunta de este apartado, que esté previsto que se devengue en el presente ejercicio 2023.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
Según lo previsto en el apartado 4.2.3 de la Política de Remuneraciones, los contratos de los consejeros ejecutivos contienen los siguientes términos:
(ii) Exclusividad: prevén con carácter general la exclusividad, sin perjuicio de otras actividades autorizadas en interés del grupo u otras como administración del patrimonio personal o responsabilidades en empresas propias, familiares o del grupo de la Sociedad, siempre que no dificulten el cumplimiento de los deberes de diligencia y lealtad propios de su cargo ni supongan conflicto alguno con la entidad.
(iii) Indemnización por despido: no se prevén indemnizaciones por despido que superen dos anualidades de remuneración anual (fijo más variable y retribución en especie). En ningún caso se tendrá en cuenta la participación del consejero ejecutivo en los planes de incentivos.
(iv) Competencia post-contractual: se prevén cláusulas de no competencia post-contractual, que será retribuida con hasta el 60% de la remuneración fija anual durante el período que dure la no competencia.
(v) Cláusula clawback: prevén una cláusula que permita a la Sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad.
(vi) Confidencialidad: Los contratos incluirán la regulación de un riguroso deber de confidencialidad tanto durante la vigencia de los contratos como una vez extinguida la relación. Además, al cesar en su relación con la Sociedad, los consejeros ejecutivos deberán devolver a la Sociedad los documentos y objetos relacionados con su actividad que se encuentren en su poder.
(vii) Preaviso: deberá mediar un preaviso por escrito mínimo de 3 meses tanto en caso de que se resuelva el contrato por voluntad del consejero ejecutivo, como en caso de que la resolución sea por desistimiento libre y unilateral de la compañía.
(viii) Pensión complementaria o jubilación: no se prevén sistemas de pensión complementaria o jubilación anticipada.
No se prevé ninguna clase de remuneración por servicios prestados distintos a los inherentes al cargo de administrador, en favor de ningún miembro del Consejo.
No está prevista ningún tipo de remuneración a ningún miembro del Consejo derivada de anticipos, créditos, garantías o cualquier otra de análoga naturaleza.
A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
No está prevista ningún tipo de remuneración suplementaria a ningún miembro del Consejo distinta de las contempladas en la Política de Remuneraciones, la cual se indica en este informe.
a) Está previsto que el Consejo de Administración de la compañía proponga a la Junta General Ordinaria de accionistas de 2023 una modificación en la retribución variable a corto plazo de los consejeros ejecutivos consistente en la incorporación de un objetivo de estructura de balance: Deuda Financiera Neta / EBITDA. De esta forma los objetivos de retribución variable a corto y su ponderación para el Presidente de la compañía y al Consejera Delegada quedarán, de ser aprobados, como sigue:
g) - Beneficio Neto ajustado: 10%
b) Tal y como se indica en el punto anterior se plantean los cambios indicados en el punto anterior en la Política de Remuneraciones vigente para este ejercicio, respecto del año 2022.
https://www.atryshealth.com/wp-content/uploads/2023/01/2022-12-20-ATRYS_Politica-de-remuneraciones-actualizada-20-dic-2022.pdf
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
Con posterioridad a la celebración de la Junta General Ordinaria de 28 de junio de 2022, el Consejo de Administración analizó, a la vista del informe de votaciones elaborado por el agente de recuento de la citada Junta, los votos en contra emitidos por los accionistas sobre el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros del ejercicio 2021, y valoró asimismo las mejoras a introducir en el mismo para el informe del ejercicio 2022.
B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y,
Los componentes retributivos reflejados en la sección C de este informe tienen su origen en la Política de Remuneraciones aprobada por la Junta General Extraordinaria de accionistas de 10 de diciembre de 2021. En esta consta que la remuneración fija de los consejeros ejecutivos (Santiago de Torres Sanahuja e Isabel Lozano Fernández) para el ejercicio 2022 ascenderá a 200.000€ y 190.000€, respectivamente. Asimismo, se prevé que éstos sean beneficiarios de una retribución variable a corto plazo del 40% de su salario bruto, vinculada al cumplimiento de objetivos, de remuneración en especie.
Las remuneraciones de los consejeros no ejecutivos indicadas en la sección C de este informe fueron aprobadas por el Consejo de Administración celebrado el 4 de noviembre de 2021, a propuesta de la Comisión celebrada el 2 de noviembre de 2021.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones se ha reunido en 5 ocasiones durante el ejercicio 2022 para analizar y proponer acuerdos al Consejo sobre asuntos de su competencia, en particular, sobre la retribución de los miembros del Consejo de Administración, a saber:
El 28 de marzo de 2022 la Comisión aprobó proponer al Consejo de Administración (i) la adaptación de los contratos del Presidente Ejecutivo y de la Consejera Delegada, a la Política de Remuneraciones, en particular, la nueva remuneración fija de 200.000 y 190.000 euros, respectivamente, y la inclusión de cláusula claw-back, (ii) el devengo de la retribución variable de los consejeros ejecutivos correspondiente al ejercicio 2021, que se abonó en la primera mitad de 2022 (y que está indicada en la sección C), y (iii) la definición de los objetivos de la retribución variable de los consejeros ejecutivos correspondientes al ejercicio 2022. Las tres propuestas indicadas en (i), (ii) y (iii) fueron aprobadas por el Consejo de Administración, en su reunión de 28 de marzo de 2022.
El 24 de mayo de 2022 la Comisión aprobó formular el informe justificativo de la modificación de la Política de Remuneraciones, en relación con la nueva ponderación de los objetivos de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos.
El 19 de octubre de 2022 la Comisión aprobó proponer al Consejo de Administración la concesión de un incentivo extraordinario en favor de Santiago de Torres, Isabel Lozano aprobado por el Consejo de Administración el 24 de octubre de 2022, y por la Junta General Extraordinaria de accionistas de 20 de diciembre de 2022, al aprobar la modificación de la Política de Remuneraciones, en la que se incluyó dicho incentivo.
Durante el ejercicio 2022, la Sociedad fue asistida por Willis Tower Watson en relación con el diseño del Plan de Incentivos 2023-2025 aprobado por la Junta General Extraordinaria de accionistas, de 20 de diciembre de 2022. Asimismo, durante el ejercicio 2021 y en relación con la elaboración de la Política de Remuneraciones, en particular, la Sociedad fue asistida por Willis Tower Watson, que emitió el informe "Análisis de la competitividad externa de la retribución total de consejeros" de fecha 15 de octubre de 2021.
Durante el ejercicio 2022 no se produjo ninguna desviación respecto del procedimiento o de los componentes retributivos de los consejeros ejecutivos o no ejecutivos.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
Durante el ejercicio 2022 no se ha aplicado ninguna excepción temporal respecto de las remuneraciones de los consejeros ejecutivos o no ejecutivos.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una
Las dos principales medidas adoptadas por la Sociedad para vincular la remuneración de los consejeros ejecutivos al desempeño de la Sociedad han sido los siguientes:
La remuneración variable a corto plazo (de carácter anual) de los consejeros ejecutivos está vinculada a la consecución de objetivos financieros y de negocio (Importe Neto de la cifra de negocio, con una ponderación del incentivo del 20%, EBITDA ajustado, con una ponderación del incentivo del 30%, y Beneficio neto ajustado, con una ponderación del 20%) y un cuarto criterio consistente en la valoración discrecional por el Consejo, con un porcentaje de ponderación del incentivo del 20%. Existe un quinto criterio consistente en objetivos de responsabilidad social corporativa, con una ponderación del 10%. Se considera que la inclusión de los citados criterios de carácter financiero y de negocio y relativos a responsabilidad social corporativa vinculada con las actividades de la Sociedad, contribuyen a establecer una correlación entre el desempeño de la Sociedad y la contribución de los consejeros ejecutivos a dicho desempeño.
En relación con la retribución a largo plazo, el Plan de Incentivos 2023-2025 aprobado por la Junta General Extraordinaria de accionistas, de 20 de diciembre de 2022. El citado plan, que se devengará al inicio del ejercicio 2026, consiste en la entrega de acciones de Atrys en función de la revalorización de la acción de la Sociedad en las Bolsas de Valores españolas durante la vigencia del Plan de Incentivos y el cumplimiento de determinados objetivos financieros globales, alienando de esta forma los intereses de los consejeros ejecutivos y del resto de beneficiarios del citado plan, con los intereses de los accionistas de la Sociedad.
En relación con el tratamiento de los potenciales conflictos de interés, cabe apuntar que los consejeros ejecutivos no forman parte de ninguna de las Comisiones y que, en relación con los asuntos debatidos en el Consejo de Administración en materia de nombramientos y retribuciones en el ejercicio 2022, aquellos se han abstenido de intervenir en la deliberación y votación de dichos asuntos. Asimismo, está en vigor el Reglamento Interno de Conflictos de Interés, el cual establece un procedimiento reglado para los consejeros en caso de que se encuentren en un potencial conflicto de interés, estableciéndose la obligación de comunicarlo al Consejo y a la Unidad de Cumplimiento y de abstenerse de la toma de decisión en la que esté conflictuado.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
La retribución variable a corto plazo en el ejercicio 2022 de los consejeros ejecutivos estuvo vinculada a criterios de negocio, asegurándose de este modo una completa alineación entre el desempeño de la Sociedad y el devengo de dicha retribución. En particular, se hace constar que en las reuniones de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y del Consejo de Administración celebradas el 28 de marzo de 2022 se verificó el cumplimiento de los objetivos de la retribución variable del ejercicio 2021 de los consejeros ejecutivos, concluyéndose por parte del Consejo, con el informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, que dos de los objetivos a los que estaba vinculado el devengo de la retribución variable (Cifra de negocios y EBITDA) no se habían alcanzado íntegramente, luego por tanto la retribución variable de los consejeros ejecutivos del ejercicio 2021 (abonada en 2022 y reflejada en la sección C de este informe) no fue devengada en su totalidad.
En relación con la retribución variable a largo plazo, el Plan de Incentivos 2023-2025 aprobado por la Junta General Extraordinaria de accionistas, de 20 de diciembre de 2022, dirigido a determinados directivos, empleados y miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, está vinculado al incremento de la cotización de la acción y al cumplimiento de los covenants financieros, alienando de esta forma los intereses de los consejeros ejecutivos y del resto de beneficiarios del citado plan, con los intereses de la sociedad y de los accionistas de la Sociedad.
Ni los consejeros ejecutivos ni los no ejecutivos han devengado en el ejercicio 2022 remuneración alguna respecto de la cual se haya acordado un diferimiento en el pago.
B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de abstenciones y de votos negativos, en blanco y a favor que se hayan emitido:
| Número | % sobre el total | |||
|---|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 57.291.735 | 77,79 |
| Número | % sobre emitidos | |
|---|---|---|
| Votos negativos | 466.702 | 0,82 |
| Votos a favor | 56.825.033 | 99,19 |
| Votos en blanco | 0,00 | |
| Abstenciones | 0,00 |
La remuneración fija de los consejeros (no ejecutivos) de la Sociedad ha experimentado en el ejercicio 2022 variación en los importes establecidos respecto de 2021, quedando establecidos como sigue (importe bruto anual):
Vocal del Consejo: 30.000 euros.
Presidente de Comisión de Auditoría: 15.000 euros.
Vocal de la Comisión de Auditoría: 10.000€.
Presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones: 15.000 euros.
Vocal de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones: 10.000 euros.
Consejero coordinador: 12.000 euros.
En 2021 la remuneración de los consejeros no ejecutivos fue la siguiente: Vocal del Consejo: 15.000 euros.
Presidente de Comisión de Auditoría: 10.000 euros.
Vocal de la Comisión de Auditoría: 8.000€.
Presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones: 10.000 euros.
Vocal de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones: 8.000 euros
Los consejeros ejecutivos solo reciben remuneración por sus funciones ejecutivas, y no por su mera condición de consejero. Por su parte, los consejeros en su condición de tales solo han percibido la remuneración correspondiente de acuerdo a lo indicado anteriormente, no participando de ninguna clase de retribución variable a corto o largo plazo, o remuneración en especie. La remuneración fija de los consejeros no ejecutivos en el ejercicio 2022 fue aprobada por acuerdo del Consejo de Administración celebrado el 4 de noviembre de 2021, a propuesta de la Comisión celebrada el 2 de noviembre de 2021.
En la determinación de la remuneración de los consejeros no ejecutivos se tuvieron en cuenta (i) las funciones y responsabilidades que se hayan atribuido a cada uno de los consejeros por la pertenencia a las comisiones del Consejo, el ejercicio de la presidencia de las mismas o el ejercicio del cargo de consejero coordinador, (ii) las condiciones de empleo y niveles retributivos de la plantilla de la Sociedad, y (iii) la información recibida de expertos independientes (en concreto en el informe emitido por Willis Tower Watson "Análisis de la competitividad externa de la retribución total de consejeros" de fecha 15 de octubre de 2021), accionistas minoritarios e institucionales de Atrys.
Los sueldos de los consejeros ejecutivos en el ejercicio 2022 fueron aprobados por el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, el 4 de noviembre de 2021, y por la Junta General Extraordinaria de accionistas, de 10 de diciembre de 2021, y han sufrido variación en el ejercicio 2022. La remuneración Santiago de Torres Sanahuja (Presidente Ejecutivo) en el ejercicio 2022 ascendió a 200.000 euros brutos anuales, y el de Isabel Lozano Fernández (Consejera Delegada), a 190.000 euros brutos anuales. Esto supone un incremento, respecto de 2021, de 50.000€ y 45.000€, respectivamente.
En la determinación de la remuneración de los consejeros ejecutivos se tuvieron en cuenta (i) la retribución de cargos análogos en sociedades equiparables a Atrys, (ii) las condiciones de empleo y niveles retributivos de la plantilla de la Sociedad, y (iii) la información recibida de expertos independientes (en concreto en el informe emitido por Willis Tower Watson "Análisis de la competitividad externa de la retribución total de consejeros" de fecha 15 de octubre de 2021), accionistas minoritarios e institucionales.
En particular:
Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:
a) En el caso de la remuneración variable a corto plazo (de carácter anual), el importe máximo de retribución variable del ejercicio 2021 (el cual se devengó y abonó en 2022) para el Presidente Ejecutivo y la Consejera Delegada quedó aprobado en la reunión del Consejo de Administración de 22 de julio de 2021, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de 21 de junio de 2021, , en un máximo del 30% de la retribución fija (sueldo). Esta retribución variable o bonus anual estuvo referenciada en 2021 a la consecución de unos objetivos presupuestarios en base a los siguientes criterios y con la siguiente ponderación de los mismos.
Importe neto de la cifra de negocio: 20%. Ebitda Ajustado: 30%. Beneficio Neto: 20%. Valoración del Consejo: 30%.
La remuneración se activa cumpliendo el 75% del objetivo y comienza remunerando el 75% del valor con el máximo del 100%. La liquidación del variable tiene lugar tras la formulación y revisión por el auditor de las cuentas de la Sociedad y por tanto de los indicadores a los que se hace referencia en la liquidación del variable. La liquidación del mismo no tiene lugar en ningún caso antes del mes de abril del año en curso. Es por ello que los componentes de la retribución variable están correctamente identificados en los presupuestos aprobados por el Consejo de Administración de la Sociedad y tras la finalización de su periodo de devengo y revisión por el auditor de cuentas son validados para su cotejo y cálculo del componente variable.
Asimismo, respecto de la remuneración a corto plazo del ejercicio 2022, respecto de la cual se verificará su devengo en la primera mitad del ejercicio 2023, cabe apuntar que el Consejo de Administración el Consejo de Administración celebrado el 4 de noviembre de 2021, a propuesta de la Comisión celebrada el 2 de noviembre de 2021, aprobó los objetivos de la citada remuneración (estableciéndose en un máximo del 40% del sueldo), en base a los siguientes objetivos:
Importe Neto de la Cifra de negocio: 20%. EBITDA ajustado: 30%. Beneficio neto ajustado: 20%. Objetivos ESG: 10% Valoración discrecional del Consejo de Administración: 20%.
b) La remuneración a corto plazo es dineraria y no comprende acciones u opciones sobre acciones.
c) Los consejeros no ejecutivos no recibieron ni devengaron en 2022 retribución que no sea una remuneración fija y no han participado de ninguna clase de retribución variable (a corto plazo o largo plazo). Los componentes variables de la retribución sólo aplican a los consejeros ejecutivos (Presidente y Consejera Delegada).
d) El periodo de devengo de la retribución variable ha sido de carácter anual y no está previsto que se aplique diferimiento o aplazamiento en el pago alguno.
El Plan de Incentivos. A fecha de 20 de diciembre de 2022 se encuentra en vigor el plan de incentivos 2023-2025, aprobado por la Junta General Extraordinaria de accionistas, de 20 de diciembre de 2022. El citado plan, que se devengará al inicio del ejercicio 2026, consiste en la entrega de derechos sobre acciones de Atrys en función de la revalorización de la acción de la Sociedad en las Bolsas de Valores españolas durante la vigencia del Plan de Incentivos y el cumplimiento de determinados objetivos financieros globales.
Los objetivos de dicho plan son (i) el incremento del valor de cotización de la acción por encima de 7 euros por acción a la finalización del Plan, tomando como valor final de referencia la media ponderada de cotización de la acción en las 60 sesiones previas a la fecha de finalización del Plan y (ii) el cumplimiento de los covenants de la financiación de la Sociedad a 3 años (Deuda financiera Neta / Ebitda, y Cash flow cover, alienando de esta forma los intereses de los consejeros ejecutivos y del resto de beneficiarios del citado plan, con los intereses de los accionistas de la Sociedad. El diseño y desarrollo de este plan contó con el apoyo de la consultora Willis Tower Watson. En virtud del referido Plan de Incentivos, la Sociedad otorgará a los consejeros ejecutivos y a ciertos directivos de ATRYS y sociedades de Grupo el derecho a percibir un número determinado de acciones de la Sociedad, en función del incremento de precio de cotización que experimentaran las mismas en el mercado.
Los consejeros ejecutivos podrán ser partícipes de los planes de incentivos a medio o largo plazo que la Sociedad apruebe con el fin de alinear los objetivos de la Sociedad con los de su personal de dirección y gestión clave. El plan de incentivos tendrán una duración mínima de hasta 3 años. Una vez atribuidas las acciones, las opciones o instrumentos financieros correspondientes a los sistemas retributivos, los consejeros ejecutivos no podrán transferir su titularidad o ejercitarlos hasta transcurrido un plazo de al menos tres años, siempre y cuando continúen siendo consejeros ejecutivos. Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición incluyendo los costes fiscales o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias o personales que lo requieran.
El Presidente Ejecutivo y la Consejera Delegada son beneficiarios de 181.490 derechos cada uno de ellos. Se considera que el citado Plan de Incentivos, al estar vinculado al incremento del valor de la Sociedad en las Bolsas de Valores y al cumplimiento de los objetivos financieros a los que se ha comprometido la misma con los financiadores, contribuye al alineamiento de los intereses de sus beneficiarios y de los accionistas, y a la sostenibilidad de Atrys en el largo plazo.
Los consejeros no ejecutivos no recibieron ni devengaron en 2021 retribución que no sea una remuneración fija y no han participado de ninguna clase de retribución variable (a corto plazo o largo plazo). Los componentes variables de la retribución sólo aplican a los consejeros ejecutivos (Presidente y Consejera Delegada).
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
No se ha procedido a reducir o reclamar en el ejercicio 2022 remuneración alguna percibida o devengada en dicho ejercicio por ningún consejero.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con
cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
No han existido, en el ejercicio 2022, sistemas de ahorro para ninguno de los consejeros ni está previsto que se implementen para ninguno de ellos en el ejercicio 2023.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
No han existido, en el ejercicio 2022, indemnizaciones o pagos a consejeros derivados de cese de sus funciones, de cualquier clase.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.
No se han producido modificaciones significativas en 2022 en los contratos de los consejeros ejecutivos, con excepción de la inclusión del importe de remuneración fija actualizada a 1 de enero de 2022, y la cláusula claw back, consistente en que la Sociedad puede reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad. Los términos principales de los consejeros ejecutivos están descritos en el apartado A.1.9.
B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
Los miembros del Consejo de Administración de Atrys no han percibido ninguna remuneración distinta de la relacionada con su cargo.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
Durante el ejercicio 2022 no se ha abonado a ningún miembro del Consejo de Administración retribución derivada de anticipos, créditos, garantías o cualquier otra de análoga naturaleza.
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
La remuneración en especie de los consejeros ejecutivos en el ejercicio 2022 ha comprendido los siguientes elementos: seguro sanitario, seguro de vida y vehículo de empresa.
En el caso del Presidente Ejecutivo, la remuneración en especie para el año 2022 ha ascendido a la cantidad de 6.363 euros En el caso de la Consejera Delegada, la remuneración en especie en el año 2022 has ascendido a la cantidad de 4.670 euros
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin
No se ha abonado ninguna clase de remuneración de la clase o naturaleza previste en este apartado.
remunerar los servicios de éste en la sociedad.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo
todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
No se ha abonado ninguna clase de remuneración de la clase o naturaleza prevista en este apartado.
| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2022 |
|---|---|---|
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña AURORA CATÁ SALA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don OSCAR SANTOS JUVE | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES | 30 | 30 | 15 | |||||||
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ | 30 | 20 | 50 | 30 | ||||||
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE | 42 | 20 | 62 | 32 | ||||||
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ | 30 | 10 | 40 | 23 | ||||||
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA | 30 | 30 | 15 | |||||||
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | 30 | 15 | 45 | 23 | ||||||
| Doña AURORA CATÁ SALA | 30 | 15 | 45 | 4 | ||||||
| Don OSCAR SANTOS JUVE | 30 | 30 | 8 | |||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | 30 | 30 | 8 | |||||||
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS | 30 | 30 | 8 | |||||||
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ | 190 | 33 | 223 | 2.156 | ||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | 200 | 34 | 234 | 2.162 |
Observaciones
| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante principio del ejercicio 2022 el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña AURORA CATÁ SALA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don OSCAR SANTOS JUVE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ |
Plan | 0,00 |
| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante principio del ejercicio 2022 el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
Plan | 0,00 |
Observaciones
NO APLICA
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES | ||||||
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ | ||||||
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE | ||||||
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ | ||||||
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA | ||||||
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | ||||||
| Doña AURORA CATÁ SALA | ||||||
| Don OSCAR SANTOS JUVE |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | ||||||
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS | ||||||
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ | ||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | |||
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES |
||||||||||
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ |
||||||||||
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE |
||||||||||
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ |
||||||||||
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA |
||||||||||
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | ||||||||||
| Doña AURORA CATÁ SALA | ||||||||||
| Don OSCAR SANTOS JUVE |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | ||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
|||||||||
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS |
|||||||||
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ |
|||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
Observaciones
NO APLICA
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES | Concepto | |
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ | Concepto | |
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE | Concepto | |
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ | Concepto | |
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA | Concepto |
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | Concepto | |
| Doña AURORA CATÁ SALA | Concepto | |
| Don OSCAR SANTOS JUVE | Concepto | |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | Concepto | |
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS | Concepto | |
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ | Concepto | |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | Concepto |
Observaciones
NO APLICA
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES | ||||||||||
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ | ||||||||||
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE | ||||||||||
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA | ||||||||||
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | ||||||||||
| Doña AURORA CATÁ SALA | ||||||||||
| Don OSCAR SANTOS JUVE | ||||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | ||||||||||
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS | ||||||||||
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ | ||||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
Observaciones
No aplica, los consejeros de la compañía no devengan retribución en compañías participadas.
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña AURORA CATÁ SALA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don OSCAR SANTOS JUVE |
Plan | 0,00 |
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
Plan | 0,00 |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ | |
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE | |
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ | |
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA | |
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | |
| Doña AURORA CATÁ SALA | |
| Don OSCAR SANTOS JUVE | |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | |
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS | |
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ | |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | ||||
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES |
|||||||||||
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ |
|||||||||||
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | |||
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ |
||||||||||
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA |
||||||||||
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | ||||||||||
| Doña AURORA CATÁ SALA | ||||||||||
| Don OSCAR SANTOS JUVE | ||||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
||||||||||
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS |
||||||||||
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ |
||||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES | Concepto | |
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ | Concepto | |
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE | Concepto | |
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ | Concepto | |
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA | Concepto | |
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | Concepto | |
| Doña AURORA CATÁ SALA | Concepto | |
| Don OSCAR SANTOS JUVE | Concepto | |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | Concepto | |
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS | Concepto | |
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ | Concepto | |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | Concepto |
Observaciones
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 grupo |
Total ejercicio 2022 sociedad + grupo |
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES |
30 | 30 | 30 | ||||||||
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ |
50 | 50 | 50 | ||||||||
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE |
62 | 62 | 62 | ||||||||
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ |
40 | 40 | 40 | ||||||||
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA |
30 | 30 | 30 | ||||||||
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS |
45 | 45 | 45 | ||||||||
| Doña AURORA CATÁ SALA | 45 | 45 | 45 | ||||||||
| Don OSCAR SANTOS JUVE | 30 | 30 | 30 | ||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
30 | 30 | 30 |
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 grupo |
Total ejercicio 2022 sociedad + grupo |
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS |
30 | 30 | 30 | ||||||||
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ |
223 | 223 | 223 | ||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
234 | 234 | 234 | ||||||||
| TOTAL | 849 | 849 | 849 |
Observaciones
C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | |
| Consejeros ejecutivos |
| Importes totales devengados y % variación anual | % Variación 2019/2018 135 19,47 130 26,21 0 - 42 82,61 0 - 21 - 1 - 0 - |
|||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | |||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
234 | -98,92 | 21.623 | n.s | 299 | 121,48 | 113 | |||||||
| Doña ISABEL LOZANO FERNÁNDEZ |
223 | -89,66 | 2.156 | 638,36 | 292 | 124,62 | 103 | |||||||
| Consejeros externos | ||||||||||||||
| Don JAIME CANO FERNÁNDEZ | 50 | 66,67 | 30 | 42,86 | 21 | - | 0 | |||||||
| Don JAIME DEL BARRIO SEOANE | 62 | 87,88 | 33 | 13,79 | 29 | -30,95 | 23 | |||||||
| Don JOSE MARIA ECHARRI TORRES |
30 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |||||||
| Don FERNANDO DE LORENZO LOPEZ |
40 | 73,91 | 23 | 21,05 | 19 | -9,52 | 0 | |||||||
| Don ANTONIO BASELGA DE LA VEGA |
30 | 100,00 | 15 | 36,36 | 11 | n.s | 0 | |||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | 30 | 275,00 | 8 | - | 0 | - | 0 | |||||||
| Doña MARIA ROSA GONZÁLEZ SANS |
30 | 275,00 | 8 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |||||
| Don OSCAR SANTOS JUVE | 30 | 275,00 | 8 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |||||
| Don JOSEP PIQUÉ I CAMPS | 45 | 95,65 | 23 | 64,29 | 14 | n.s | 1 | - | 0 | |||||
| Doña AURORA CATÁ SALA | 45 | n.s | 4 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |||||
| Resultados consolidados de la sociedad |
||||||||||||||
| -23.517 | -1,18 | -23.243 | -318,94 | -5.548 | n.s | -104 | - | 12 |
| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | |
| Remuneración media de los | |||||||||
| empleados | |||||||||
| 40 | -13,04 | 46 | 17,95 | 39 | -20,41 | 49 | -2,00 | 50 |
Observaciones
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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