Remuneration Information • Feb 28, 2024
Remuneration Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2023 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-21248893 | |
| Denominación Social: | ||
| IBERPAPEL GESTION, S.A. | ||
| Domicilio social: |
AVDA. SANCHO EL SABIO, 2,1º (SAN SEBASTIAN) GUIPUZCOA

A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
capital, corresponde a la junta general de accionistas, a propuesta del consejo de administración y previo informe favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones.
En cuanto a las retribuciones de empresas comparables se han tenido en consideración diferentes informes sobre las remuneraciones de otras empresas cotizadas comparables, aunque, si bien la retribución de los miembros del consejo de administración de la Sociedad resulta algo inferior a la media del resto de compañías, se ha optado por mantener la línea de los mismos niveles retributivos existentes hasta la fecha, al considerarse que la remuneración es la adecuada para retener y atraer a los consejeros del perfil deseado y que se está retribuyendo adecuadamente la dedicación, cualificación, responsabilidad y desempeño de los mismos.
En la elaboración de la política de remuneraciones (i.e. determinación de la retribución de los miembros del consejo de administración) se contó con el asesoramiento en 2023 del Despacho Pérez-Llorca.
La política de remuneraciones vigente, aprobada por la junta general el 30 de mayo de 2023, si bien no contempla procedimientos para aplicar excepciones temporales a la misma, tiene como base una serie de principios y criterios, que serán revisados de forma periódica por la comisión de nombramientos y retribuciones y por el consejo de administración, con la finalidad de alinear la política de remuneraciones con las mejores prácticas y tendencias del mercado.
A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
El consejo de administración de la Sociedad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 529 novodecies de la ley de sociedades de capital, elabora la política de remuneraciones a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones. Dicha política de remuneraciones se aprueba por períodos de vigencia de tres años, siendo su objetivo fijar y concretar la remuneración de los miembros del consejo de administración y de sus comisiones, adecuándose en todo caso al sistema de remuneraciones previsto en los estatutos sociales de la Sociedad. La competencia para la aprobación de la política de remuneraciones, tal y como dispone el artículo 529 novodecies de la ley de sociedades de

Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
Según la vigente política de remuneraciones aprobada por la Junta General el pasado 30 de mayo de 2023, los conceptos retributivos para los consejeros y consejeros ejecutivos es una asignación anual fija y determinada.
La política de remuneraciones persigue remunerar a los miembros del consejo de administración en su condición de tales de forma adecuada a su valía profesional y experiencia, así como a su dedicación y a la responsabilidad que asuman, evitando que la percepción de su remuneración pueda comprometer su independencia.
Los consejeros externos tiene una retribución fija, no recibiendo retribución variable. No obstante, en cuanto a los consejeros ejecutivos de la Sociedad tendrán derecho a recibir retribuciones variables de carácter extraordinario cuando el consejo de administración, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, considere en el mejor interés de la Sociedad incentivar y premiar su desempeño en la configuración, preparación, negociación y ejecución de operaciones corporativas fundamentales para el futuro de la Sociedad. Los objetivos a satisfacer por los beneficiaros de esta retribución variable podrán complementarse con el cumplimiento de otros parámetros que midan la evolución positiva del negocio a largo plazo.
La Sociedad no ha establecido ningún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados. Tampoco ha acordado cláusula de reducción de la remuneración diferida aun no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
Hay que distinguir entre la remuneración de los consejeros por el ejercicio de sus funciones como miembros del consejo de administración y la remuneración de los consejeros que además desempeñan funciones ejecutivas.
La junta general de accionistas celebrada el 30 de mayo de 2023 aprobó la política de remuneraciones de los consejeros, aplicable a 2023 y el trienio siguiente.
De conformidad con lo indicado, los importes a percibir por los consejeros correspondiente al ejercicio 2023, por las funciones que les corresponden, en su condición de tales, son:
(i) Una asignación fija anual a cada miembro del consejo de administración de cincuenta y ocho mil ochocientos un euros (€58.801). (ii) Una asignación fija anual adicional por el desempeño de funciones o actividades como miembros de las distintas comisiones del consejo de administración, de acuerdo con el siguiente desglose:
(a) Los miembros pertenecientes a la comisión de auditoría percibirán una asignación fija anual de dieciséis mil novecientos treinta y cuatro euros (€16.934). No obstante, el presidente de dicha comisión percibirá una asignación fija anual de veintidós mil quinientos ochenta y uno euros (€22.581).
(b) Los miembros pertenecientes a la comisión de nombramientos y retribuciones percibirán una asignación fija anual de dieciséis mil novecientos treinta y cuatro euros (€16.934).
No obstante, el presidente de dicha comisión percibirá una asignación fija anual de veintidós mil quinientos ochenta y un euros (€22.581). (c) Los miembros pertenecientes a la comisión de responsabilidad social corporativa percibirán una asignación fija anual dieciséis mil novecientos treinta y cuatro euros (€16.934).
No obstante, el presidente de dicha comisión percibirá una asignación fija anual de veintidós mil quinientos ochenta y un euros (€22.581). (d) Los miembros pertenecientes a la comisión de inversiones percibirán una asignación fija anual dieciséis mil novecientos treinta y cuatro euros (€16.934).
No obstante, el presidente de dicha comisión percibirá una asignación fija anual de veintidós mil quinientos ochenta y un euros (€22.581).
No obstante se pone de relieve que la política de remuneraciones establece que todas las cantidades indicadas se acomodarán anualmente a las variaciones que, al alza o a la baja, experimente el Índice General de Precios al Consumo (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística o el organismo que lo sustituya, referido al conjunto nacional y siempre que el Convenio Colectivo de Fabricación de Pastas, Papel y Cartón de la provincia de Guipúzcoa (el "Convenio") experimente la misma o superior variación de conformidad con las actualizaciones periódicas que se acuerden en cada momento a los valores del Salario Convenio y de las gratificaciones extraordinarias previstas en el Anexo III del Convenio. Por el contrario, en el supuesto que la actualización que experimente el Convenio sea inferior a la variación del IPC, la retribución se actualizará de conformidad con la actualización periódica prevista y acordada en el Convenio.
Teniendo en cuenta lo indicado, el precitado Convenio Colectivo de Fabricación de Pastas, Papel y Cartón de la provincia de Guipúzcoa, fue publicado el 29/08/2022, con efecto 1 de enero, estableciendo el incremento para el año 2023 equivalente al 3,1 % . . Para el ejercicio 2023, a percibir en el año 2024, los importes devengados son los establecidos en la política de remuneraciones y que se ha descrito anteriormente se han actualizado incrementándose en un 3,1 % aplicable a dichas cantidades para este ejercicio.

Los consejeros que asumen funciones ejecutivas perciben adicionalmente a su retribución como consejero una retribución por el mayor nivel de dedicación y responsabilidad que implica su cargo, así como por las funciones desarrolladas. Este sueldo tiene dos componentes fijo y variable.
La comisión de nombramientos y retribuciones en su reunión de 23 de febrero de 2022 acordó para el presidente consejero ejecutivo de Iberpapel que su retribución de 373 miles de euros, fuese actualizada con el incremento del I.P.C. del año 2021, un 6,5%, pasando a percibir 400 miles de euros en el año 2022.
Aplicado a dicho importe el incremento que se aplicó con carácter general a toda la plantilla, un 5,70 % , la retribución del consejero ejecutivo en el 2023 quedó en 423 miles de euros. Dicha cifra ha tenido que ser actualizada para el año 2023 en un 0,5 % adicional por aplicación de la sentencia del TSJ de Guipúzcoa en relación a la actualización del sueldo de aquello trabajadores bajo el convenio colectivo de fabricación de Pastas, Papel y Cartón de la provincia de Guipúzcoa , afectando dicha actualización a los años 2021, 2022 y 2023.
La remuneración total del presidente ejecutivo para el año 2023 ha sido en miles de euros de 425. Debido a la actualización del 0.5 % de los años 2021 y 2022 que ha sido abonada en el ejercicio 2023 , la remuneración total ha sido ( en miles de euros ) de 430. No ha habido remuneración variable .
Respecto al consejero ejecutivo, vocal, y consejero delegado de la filial Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga, su retribución fija fue de 308 miles de euros para el año 2022, la cual fue actualizada con el incremento del 5.7% generalizado a todos los empleados. u remuneración fija para 2023 quedó fijada en 326 miles de euros.
A dicha cantidad hay que añadirle la retribución variable de 20.000 Euros.
Su remuneración como ejecutivo de la filial Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga en este año ha sido ( en miles de euros ) de 350 . Dicha cifra incluye la actualización en un 0,5 % adicional, mencionada anteriormente por aplicación de la sentencia del TSJ de Guipúzcoa en relación a la actualización del salario de los trabajadores bajo convenio colectivo de fabricación de pastas y papel de Guipúzcoa para los años 2021, 2022 y 2023.
No existen componentes de remuneración en especie.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
No obstante , la comisión de nombramientos y retribuciones acordó para el Consejero Delegado de Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga, el abono de un bonus, como retribución variable dentro de su relación laboral . El pasado año 2023 la retribución del consejero delegado de Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga fue de 20.000 euros.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese

anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
No hay implementados sistemas de ahorro a largo plazo, ni aportaciones a planes de pensiones para los consejeros.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
Los miembros del consejo de administración de la Sociedad no percibirán importe alguno por el cese en el desempeño de sus funciones. No obstante lo anterior, en el contrato que se celebre a efectos de regular la relación entre la Sociedad y los miembros del consejo de administración que desempeñen funciones ejecutivas establecen indemnizaciones por no competencia o cese, siempre que la causa que lo haya motivado no sea el desistimiento de dicho consejero o su despido disciplinario.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
La comisión de nombramientos y retribuciones propondrá al consejo de administración la celebración de los contratos entre los consejeros a los que se atribuyan funciones ejecutivas y la Sociedad, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 249 de la Ley de Sociedades de Capital.
Los contratos mantendrán su plena eficacia mientras se encuentre en vigor el plazo para el que fue nombrado el consejero ejecutivo, siempre que este desarrolle funciones ejecutivas en la Sociedad.
Dichos contratos recogerán, en todo caso, los siguientes términos y condiciones:
(i) No figurará plazo de preaviso alguno, así como tampoco primas de contratación ni primas por pactos o acuerdos de no concurrencia. (ii) Establecerá obligaciones de confidencialidad durante y tras la terminación de la relación entre el consejero ejecutivo y la Sociedad. (iii) Se podrán fijar indemnizaciones por cese en el cargo de consejero ejecutivo, siempre la causa que haya motivado dicho cese no sea el desistimiento por parte del consejero ejecutivo o su despido disciplinario.
(iv) El consejero ejecutivo, durante el plazo de dos años a contar desde la extinción del contrato (cualquiera que fuera la causa), no podrá concretar o prestar cualquier tipo de servicio para otras personas físicas o jurídicas cuya actividad sea o pueda ser concurrente con la desarrollada por la Sociedad o por cualquier empresa del grupo Iberpapel.
(v) Figurará la cuantía de la retribución fija anual y su variación en el periodo al que la política se refiera, así como, en su caso, las aportaciones, primas o dotaciones adicionales a sistemas de previsión social o seguros de vida, así como los distintos parámetros para la fijación de los componentes variables y los términos y condiciones principales de sus contratos comprendiendo, en particular, su duración, indemnizaciones por cese anticipado o terminación de la relación contractual y pactos de exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización
El contrato del presidente ejecutivo fue propuesto por la comisión de nombramientos y retribuciones y aprobado por el consejo de administración, en su sesión de fecha 25 de marzo de 2010.
En el mismo no figura ningún plazo de preaviso, ni primas de contratación.
Se establece un deber de confidencialidad durante la vigencia de la relación y también tras su terminación.
El mencionado contrato recoge una indemnización, salvo en los supuestos de despido procedente, en los niveles máximos que establecía la legislación laboral vigente en la fecha de firma del contrato, asimilable a la de un despido declarado improcedente bajo una relación ordinaria. Respecto a los pactos de no competencia, se establece que no podrá concertar o prestar cualquier tipo de servicio para otras personas físicas o jurídicas cuya actividad sea o pueda ser concurrente con Iberpapel o cualquier empresa del Grupo Empresarial, en los dos años siguientes a la extinción del contrato, cualquiera que fuere la causa.

El contrato del otro consejero ejecutivo recoge igualmente una indemnización, salvo en los supuestos de despido procedente, en los niveles máximos que establecía la legislación laboral vigente en la fecha de firma del contrato, asimilable a la de un despido declarado improcedente bajo una relación ordinaria.
Respecto a los pactos de no competencia, se establece que no podrá concertar o prestar cualquier tipo de servicio para otras personas físicas o jurídicas cuya actividad sea o pueda ser concurrente con Iberpapel o cualquier empresa del Grupo Empresarial, en los dos años siguientes a la extinción del contrato, cualquiera que fuere la causa. En el mismo no figura ningún plazo de preaviso, ni primas de contratación.
A.1.10La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria que será devengada por los consejeros en el ejercicio en curso en contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
A 31-12-2023 no existen otros conceptos retributivos distintos a los apartados anteriores.
A.1.11 Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.
La Sociedad no tiene concedidos anticipos , ni créditos a los consejeros , ni ha prestado garantía por cuenta de los mismos.
A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
A 31-12-2023 no existe previsión de otras remuneraciones.
La Junta General de accionistas del pasado año 2023 aprobó la nueva política de remuneraciones siendo la misma la aplicable hasta el momento de presentación de este informe.
A fecha 31-12-2023 no ha habido modificaciones a la política de remuneraciones .
Cualquier propuesta que el consejo acuerde proponer a la Junta General se publicará oportunamente en los plazos reglamentarios.
A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.
https://www.iberpapel.es/archivos/accionistas-inversores/gobierno-corporativo/estatutos-reglamentos-politicas/Politica-de-remuneraciones-2023.pdf
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
El porcentaje de voto en contra de los accionistas al informe anual de remuneraciones fue de un 0,062 % por lo que se consideró que el informe fue aprobado por una amplísima mayoría y votado en contra de forma consultiva por un porcentaje ínfimo.

B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
El proceso seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales se ha realizado conforme se indica en el apartado A1 del presente informe.
Tales cifras actualizadas con el IPC del 3,1 han resultado las siguientes:
Asignación anual por miembro de consejo : € 60.623,74
Asignación por comisión , cualquiera que ésta fuera: 17.459,16
Asignación por presidencia de comisión: 23.280,69
En aquellos casos de consejeros que han modificado su pertenencia a comisiones o bien cesado o adquirido presidencia de las mismas, se han aplicado las retribuciones según correspondiera en el número de meses de permanencia en los cargos de forma proporcional según consta en la política.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
La política de remuneraciones de Iberpapel es compatible con la gestión adecuada y eficaz del riesgo.
Iberpapel dispone de un sistema global de gestión de riegos propios, englobado dentro de los sistemas comunes de gestión, que permite, el control e identificación de riesgos y que se actualiza anualmente de forma periódica con el objetivo de crear una cultura de gestión común, alcanzar los objetivos establecidos en esta materia y tener capacidad de adaptación para mitigar las amenazas que se puedan presentar en un entorno tan competitivo como el actual.
El consejo de administración, a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones, y tras ello ,la Junta General de accionistas en su sesión de 30 de mayo de 2023 aprobó una nueva política de remuneraciones aplicable tras su aprobación y para los años 2024, 2025 y 2026. En la mencionada política, todos los consejeros por su condición de tales, perciben el mismo importe de retribución fija. La retribución correspondiente a 2023 corresponde a los importes aprobados en la política los cuales contemplando el incremento del IPC del año 2023, el 3,1% por así establecerse en la misma.

Como se especifica en el apartado A1, la remuneración que perciben los consejeros por el desempeño de sus funciones, así como los consejeros ejecutivos, son retribuciones fija, que pueden calificarse como moderadas y prudentes. Las indemnizaciones pactadas para el caso de consejeros ejecutivos y para los miembros de la alta dirección por cese a iniciativa de la Sociedad, tendrán el mismo tratamiento que para cualquier otro empleado de la Sociedad con una relación laboral ordinaria. No existen en la Sociedad blindajes ni en relación con los consejeros ejecutivos, ni con ningún otro miembro del consejo.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
Los miembros del consejo de Administración no han devengado ninguna remuneración en 2023 que no esté prevista en la política de remuneraciones. Asimismo, si bien la remuneración es de un importe que denominamos "prudente", se ha considerado la adecuada para atraer y retener a consejeros del perfil deseado por la Sociedad, retribuyendo adecuadamente la dedicación, cualificación, responsabilidad y desempeño de los miembros del consejo de administración de la Sociedad, sin llegar a comprometer la independencia de los mismos, y fomentando la consecución del interés social, siendo acorde con la coyuntura económica nacional e internacional actual.
| Número | % sobre el total |
|---|---|
| 8.598.173 | 80,46 |
| % sobre emitidos | |
| 6.635 | 0,06 |
| 8.591.431 | 99,92 |
| 0,00 | |
| 107 | 0,00 |
| Número |
La retribución fija de los consejeros de Iberpapel Gestión viene establecida en el artículo 22 de los estatutos sociales que establece: "La retribución comprenderá los dos conceptos siguientes:
Una asignación fija anual a cada Consejero de cincuenta y ocho mil ochocientos un euros (€58.801).
Una asignación adicional en atención a las funciones o actividades realizadas por los Consejeros como miembros de las distintas Comisiones de la Sociedad, de acuerdo al siguiente desglose:
e conformidad con lo indicado, los importes a percibir por los consejeros correspondiente al ejercicio 2023, por las funciones que les corresponden, en su condición de tales, son:
(i) Una asignación fija anual a cada miembro del consejo de administración de cincuenta y ocho mil ochocientos un euros (€58.801).
(ii) Una asignación fija anual adicional por el desempeño de funciones o actividades como miembros de las distintas comisiones del consejo de administración, de acuerdo con el siguiente desglose:

(a) Los miembros pertenecientes a la comisión de auditoría percibirán una asignación fija anual de dieciséis mil novecientos treinta y cuatro euros (€16.934). No obstante, el presidente de dicha comisión percibirá una asignación fija anual de veintidós mil quinientos ochenta y uno euros (€22.581).
(b) Los miembros pertenecientes a la comisión de nombramientos y retribuciones percibirán una asignación fija anual de dieciséis mil novecientos treinta y cuatro euros (€16.934).
No obstante, el presidente de dicha comisión percibirá una asignación fija anual de veintidós mil quinientos ochenta y un euros (€22.581). (c) Los miembros pertenecientes a la comisión de responsabilidad social corporativa percibirán una asignación fija anual dieciséis mil novecientos treinta y cuatro euros (€16.934).
No obstante, el presidente de dicha comisión percibirá una asignación fija anual de veintidós mil quinientos ochenta y un euros (€22.581).
No obstante se pone de relieve que la política de remuneraciones establece que todas las cantidades indicadas se acomodarán anualmente a las variaciones que, al alza o a la baja, experimente el Índice General de Precios al Consumo (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística o el organismo que lo sustituya, referido al conjunto nacional y siempre que el Convenio Colectivo de Fabricación de Pastas, Papel y Cartón de la provincia de Guipúzcoa (el "Convenio") experimente la misma o superior variación de conformidad con las actualizaciones periódicas que se acuerden en cada momento a los valores del Salario Convenio y de las gratificaciones extraordinarias previstas en el Anexo III del Convenio. Por el contrario, en el supuesto que la actualización que experimente el Convenio sea inferior a la variación del IPC, la retribución se actualizará de conformidad con la actualización periódica prevista y acordada en el Convenio.
La retribución correspondiente al ejercicio 2023, a percibir en el año 2024, son los importes percibidos en el año 2022 que coinciden con los aprobados en la política de remuneraciones con una actualización según dispone la propia política de un 3,1 %
De conformidad con las mencionadas competencias, en su reunión de 24 de enero de 2023, la comisión de nombramientos y retribuciones aprobó, por lo que respecta a la retribución del presidente consejero ejecutivo para el año 2023, el sueldo percibido en el ejercicio 2022, con la variación experimentada en el convenio colectivo de Fabricación de Pastas, Papel y Cartón de la provincia de Guipúzcoa, el 5,70%. Para el otro consejero ejecutivo, vocal del consejo, se aplicó igual criterio de actualización. Ver apartado A.1.4
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados y consolidados en el ejercicio cerrado.
En particular:

d) En su caso, se informará sobre los periodos de devengo o de aplazamiento de pago establecidos que se hayan aplicado y/o los periodos de retención/no disposición de acciones u otros instrumentos financieros, si existieran.
Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:
No aplica por no ser beneficiarios de planes retributivos a corto plazo ni sistema de retribución variable .
Explique los componentes variables a largo plazo de los sistemas retributivos:
No aplica por no ser beneficiarios de planes retributivos a largo plazo ni sistema de retribución variable .
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
Al no percibir los consejeros retribución variable, no se ha procedido a reducir o reclamar devolución alguna
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
No existen actualmente sistemas de ahorro a largo plazo ni aportaciones a planes de pensiones.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
La Sociedad no tiene asumidos compromisos de pago por cese de funciones como consejeros.
En cuanto a las eventuales indemnizaciones a los consejeros ejecutivos por cese a iniciativa de la sociedad, tendrá el tratamiento que en su caso correspondieran a las relaciones laborales ordinarias.
A la citada fecha anteriormente mencionada, no se ha producido ningún cese anticipado o terminación de contrato del que se derive ningún tipo de pago o indemnización.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.
Dentro del año 2023 no han aplicado modificaciones en los contratos de consejeros que ejerzan alta dirección como consejeros ejecutivos.

B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
No aplica
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
No aplica
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
No se remunera en especie.
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
No se han realizado remuneraciones por este concepto.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
No hay remuneraciones por este concepto.

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2023 |
|---|---|---|
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES | Presidente Ejecutivo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE | Vicepresidente Otro Externo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA | Consejero Coordinador | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE | Consejero Otro Externo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI | Consejero Dominical | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN | Consejero Otro Externo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don FERMIN URTASUN ERRO | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA | Consejero Otro Externo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES | 60 | 430 | 490 | 459 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE | 60 | 19 | 79 | 76 | ||||||
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA | 60 | 28 | 88 | 81 | ||||||
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE | 60 | 18 | 78 | 76 | ||||||
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI | 60 | 18 | 78 | 76 | ||||||
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN | 60 | 18 | 78 | |||||||
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA | 60 | 24 | 84 | |||||||
| Don FERMIN URTASUN ERRO | 60 | 60 | 59 | |||||||
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO | 60 | 24 | 84 | 50 | ||||||
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA | 60 | 44 | 104 | 104 |
La expresión de las cifra de las remuneraciones en miles ( y sin decimales ) obligan a realizar redondeos en algunas de las remuneraciones de los consejeros.
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante principio del ejercicio 2023 el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FERMIN URTASUN ERRO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA |
Plan | 0,00 |
Observaciones

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES | |
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE | |
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA | |
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE | |
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI | |
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN | |
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA | |
| Don FERMIN URTASUN ERRO | |
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO | |
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | |
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES |
||||||||
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE |
||||||||
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | |
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE |
||||||||
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI |
||||||||
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN |
||||||||
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA |
||||||||
| Don FERMIN URTASUN ERRO | ||||||||
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO |
||||||||
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES | Concepto |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE | Concepto | |
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA | Concepto | |
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE | Concepto | |
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI | Concepto | |
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN | Concepto | |
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA | Concepto | |
| Don FERMIN URTASUN ERRO | Concepto | |
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO | Concepto | |
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA | Concepto |
Observaciones
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES | ||||||||||
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE | ||||||||||
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE | ||||||||||
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI | ||||||||||
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN | ||||||||||
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA | ||||||||||
| Don FERMIN URTASUN ERRO | 350 | 350 | 321 | |||||||
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO | ||||||||||
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA |
Observaciones

| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio principio del ejercicio 2023 el ejercicio 2023 |
Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN |
Plan | 0,00 |

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FERMIN URTASUN ERRO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA |
Plan | 0,00 |
Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE | |
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA | |
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE | |
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI | |
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN | |
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA | |
| Don FERMIN URTASUN ERRO | |
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO | |
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados Ejercicio 2022 Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 | ||||
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES |
||||||||||
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE |
||||||||||
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA |
||||||||||
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | |||
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI |
||||||||||
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN |
||||||||||
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA |
||||||||||
| Don FERMIN URTASUN ERRO | ||||||||||
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO |
||||||||||
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA |
Observaciones
iv) Detalle de otros conceptos
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES | Concepto | |
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE | Concepto | |
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA | Concepto |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE | Concepto | |
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI | Concepto | |
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN | Concepto | |
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA | Concepto | |
| Don FERMIN URTASUN ERRO | Concepto | |
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO | Concepto | |
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA | Concepto |
Observaciones
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 grupo |
Total ejercicio 2023 sociedad + grupo |
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES |
490 | 490 | 490 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 grupo |
Total ejercicio 2023 sociedad + grupo |
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE |
79 | 79 | 79 | ||||||||
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA |
88 | 88 | 88 | ||||||||
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE |
78 | 78 | 78 | ||||||||
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI |
78 | 78 | 78 | ||||||||
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN |
78 | 78 | 78 | ||||||||
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA |
84 | 84 | 84 | ||||||||
| Don FERMIN URTASUN ERRO |
60 | 60 | 350 | 350 | 410 | ||||||
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO |
84 | 84 | 84 | ||||||||
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA |
104 | 104 | 104 | ||||||||
| TOTAL | 1.223 | 1.223 | 350 | 350 | 1.573 |

Observaciones
Se han aplicado redondeos en las cifras expresadas en miles de euros.
C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | ||
| Consejeros ejecutivos | ||||||||||
| Don IÑIGO ECHEVARRIA CANALES | 490 | 6,75 | 459 | -8,75 | 503 | 18,35 | 425 | 1,67 | 418 | |
| Don FERMIN URTASUN ERRO | 410 | 7,89 | 380 | 1,06 | 376 | - | 0 | - | 0 | |
| Consejeros externos | ||||||||||
| Don NESTOR BASTERRA LARROUDE |
79 | 3,95 | 76 | 5,56 | 72 | 7,46 | 67 | -9,46 | 74 | |
| Don IÑAKI USANDIZAGA ARANZADI |
78 | 2,63 | 76 | 5,56 | 72 | 7,46 | 67 | -1,47 | 68 | |
| Don IÑAKI MARTINEZ PEÑALBA | 104 | 0,00 | 104 | 11,83 | 93 | 6,90 | 87 | 7,41 | 81 | |
| Don JESUS ALBERDI AREIZAGA | 88 | 8,64 | 81 | 5,19 | 77 | 6,94 | 72 | -1,37 | 73 | |
| Doña MARIA LUISA GUIBERT UCIN | 78 | 2,63 | 76 | -18,28 | 93 | 6,90 | 87 | 7,41 | 81 | |
| Don MARTIN GONZALEZ DEL VALLE |
78 | 2,63 | 76 | 5,56 | 72 | 7,46 | 67 | -9,46 | 74 |

| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | ||
| Doña MARIA JOSE GARCIA BEATO | 84 | 20,00 | 70 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |
| Doña ROSA MARIA SANZ GARCIA | 84 | -9,68 | 93 | 29,17 | 72 | 111,76 | 34 | - | 0 | |
| Remuneración media de los empleados |
||||||||||
| 59 | 1,72 | 58 | 11,54 | 52 | -1,89 | 53 | -1,85 | 54 |
Observaciones

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
No existe ningún otro aspecto relevante
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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