Remuneration Information • Feb 29, 2024
Remuneration Information
Open in ViewerOpens in native device viewer

| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2023 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-28085207 | |
| Denominación Social: | ||
| GRUPO EZENTIS, S.A. | ||
CALLE AUTOMOCIÓN 26-28, POL. INDUSTRIAL CALONGE SEVILLA

A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
La Política de Remuneraciones de los Consejeros para los ejercicios 2023 a 2026 fue aprobada, como punto separado del orden del día, por la Junta General de Accionistas de 29 de junio de 2023, conforme al procedimiento establecido en la Ley de Sociedades de Capital. En este sentido, para su aprobación, la Junta General de Accionistas de la Sociedad contó con la propuesta motivada de la Política de Remuneraciones del Consejo de Administración, acompañada de un informe específico de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad. El artículo 32.3.f) de los Estatutos Sociales y 5.4.vi)c) del Reglamento del Consejo establecen, entre las competencias del Consejo de Administración, fijar los sistemas retributivos correspondientes a los consejeros dentro del marco estatutario y de la política de remuneraciones aprobada por la Junta General de accionistas, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. La referida política de remuneraciones de los consejeros, desarrolla, entre otros aspectos, los distintos conceptos o sistemas retributivos, entre ellos, las retribuciones fijas y las dietas por dedicación y asistencia efectiva a las reuniones, así como las condiciones básicas que deben observar los contratos de los consejeros ejecutivos. Según los artículos 37 bis. 3.i) de los Estatutos Sociales y 34.5.m) y n) del Reglamento del Consejo, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tiene entre sus competencias proponer al Consejo de Administración la política de retribuciones de los Consejeros así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia. El sistema retributivo aplicable en el ejercicio en curso se ajusta a la Política de Remuneraciones aprobada por la Junta General y al sistema de remuneración de los Consejeros estatutariamente previsto. Los principios en los que se basa la Política de Remuneraciones son los siguientes: (i) Atraer, retener y motivar a los Consejeros del perfil deseado, retribuyendo la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan elevada como para comprometer la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos.; (ii) Contribuir a la estrategia empresarial, y asegurar la sostenibilidad de los resultados y de la actividad de la Sociedad a largo plazo, promoviendo la rentabilidad y la generación de valor para el accionista; (iii) Evitar la asunción excesiva de riesgos y la recompensa de resultados desfavorables; (iv) Recompensar el logro de objetivos estratégicos, incluyendo la gestión prudente de riesgos; (v) Mantener la competitividad en el mercado retributivo y(vi) Impulsar la transparencia de las retribuciones y los criterios asociados a su determinación. Asimismo, respecto de la aplicación de la Política de Remuneraciones, la Sociedad tendrá como referencia los criterios de a) Responsabilidad asumida, b) Tiempo de dedicación, c) Cualificación profesional, d) Conocimientos específicos, e) Resultados de la Sociedad y f) Comparables del mercado. De acuerdo con el artículo 35 de los Estatutos Sociales de Ezentis, la retribución de los Consejeros consistirá en una cantidad anual fija y en las correspondientes dietas por dedicación y asistencia a las reuniones del Consejo de Administración y de las Comisiones a las que los consejeros pertenezcan. El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los consejeros, por su pertenencia al Consejo de Administración y sus Comisiones deberá establecerse en la Política de Remuneraciones de consejeros, permaneciendo vigente en tanto no se proceda a su modificación. La fijación individual de la remuneración de cada uno de los consejeros en su condición de tal corresponderá al Consejo de Administración, atendiendo a la dedicación del consejero a la administración y al servicio a la Sociedad, a los cargos desempeñados por cada consejero dentro del Consejo de Administración, y a su pertenencia y asistencia a las distintas Comisiones, dentro del marco estatutario y de la política de remuneraciones, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre

los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
La retribución de los Consejeros no ejecutivos, siguiendo las mejores prácticas en materia de gobierno corporativo y recogida en la Política de Remuneraciones de los consejeros para los ejercicios 2023 a 2026 aprobada por la Junta General de Accionistas celebrada el 29 de junio de 2023, se compone exclusivamente de i) dietas de asistencia que percibirán los consejeros por la asistencia a las sesiones del Consejo de Administración, Comisión de Auditoría y Cumplimiento y de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. El Presidente del Consejo de Administración no percibirá dietas por su asistencia a reuniones del Consejo, y si las percibirá por la asistencia a las reuniones de las Comisiones del Consejo de las que, en su caso, sea miembro; ii) una retribución fija anual adicional para los consejeros que desempeñen los cargos de Presidente de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y Presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones; iii) una retribución fija anual para el Presidente del Consejo de Administración; y iv) la Sociedad abonará las primas correspondientes a las pólizas de responsabilidad civil por el ejercicio del cargo de consejero.
En cuanto a la retribución de los consejeros que desempeñen funciones delegadas o ejecutivas tendrán derecho a recibir una remuneración total máxima de 300.000 € euros compuesta por lo siguientes conceptos:
i) Una retribución fija anual para cada Consejero con funciones delegadas o ejecutivas, retribución que podrá ser revisada por el Consejo de Administración previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones durante la vigencia de la presente Política, si bien respetando el referido importe máximo.
(ii) Una retribución variable consistente en un sistema de prima o bonus anual por un importe que no será superior al 50% de la retribución fija anual. La retribución variable estará vinculada a criterios de rendimientos predeterminados y medibles y que consideran el riesgo asumido para la obtención del resultado.
En todo caso, para la determinación de la retribución variable se tendrán en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y que minoren los resultados de la Sociedad. El abono de la retribución variable se diferirá en el tiempo lo necesario para la aplicación de los distintos parámetros y en todo caso solo se podrá producir después del cierre del ejercicio, a los efectos de que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones pueda evaluar el cumplimiento de los parámetros ligados al cierre del ejercicio de la Sociedad. Tras dicho análisis, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones elevará la propuesta de retribución variable al Consejo de Administración. La retribución variable ya satisfecha a los Consejeros contendrá cláusulas de reembolso que permitan la recuperación, parcial o total, tras su abono. Este tipo de cláusula de reembolso se incluirá también en la retribución variable a largo plazo y en otras retribuciones variables o incentivos especiales que, en su caso, el Consejo de Administración entienda adecuada su aplicación.
En todo caso, la Política de Remuneraciones contempla que será competencia del Consejo de Administración fijar la remuneración de los Consejeros por el desempeño de funciones delegadas o ejecutivas en los términos legalmente establecidos y de conformidad con los estatutos de la Sociedad. En este sentido, la Política de Remuneraciones especifica la cuantía de la remuneración fija anual ; los distintos parámetros para la fijación de los componentes variables; y los términos y condiciones principales de sus contratos comprendiendo, en particular, su duración, indemnizaciones por cese anticipado o terminación de la relación contractual y pactos de exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización. A este respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 249.4 LSC, la totalidad de los conceptos retributivos que compongan la remuneración de un Consejero por el desempeño de funciones delegadas o ejecutivas, así como las condiciones básicas del desempeño de sus funciones, deberán constar en un contrato que deberá ser firmado por la Sociedad con dicho Consejero, y que deberá ser aprobado previamente por el Consejo de Administración, con la abstención del Consejero afectado y por una mayoría de dos terceras partes de sus miembros. El Consejero no podrá percibir retribución alguna por el desempeño de funciones delegadas o ejecutivas cuyas cantidades o conceptos no estén previstas en ese contrato.
La Política de Remuneraciones de los consejeros para el ejercicio 2023 a 2026 y el informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones establecieron la remuneración a percibir por los consejeros es la siguiente:
(i) Dietas por dedicación y asistencia efectiva a las reuniones del Consejo y de las Comisiones La retribución de los Consejeros se determinará sobre la base de su asistencia a las reuniones del Consejo de Administración de la Sociedad y ascenderá al importe de 2.500 euros por sesión. No obstante, el Presidente del Consejo de Administración no percibirá retribución por su asistencia a reuniones del Consejo de Administración de la

Sociedad. Adicionalmente, aquellos consejeros que a su vez sean miembros de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y/o de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad percibirán una retribución que ascenderá a un importe de 1.800 euros por sesión. La asistencia a las sesiones del Consejo y/o de las Comisiones no se retribuirá de forma diferenciada según si la asistencia sea presencial, por cualesquiera medios telemáticos o por escrito y sin sesión. Si el consejero confiere la representación, el derecho a percibir la remuneración que correspondería a dicho consejero no se devengará a favor del consejero representado ni del consejero representante.
(ii) En el caso de los Presidentes de las Comisiones del Consejo (Comisión de Auditoría y Cumplimiento y Comisión de Nombramientos y Retribuciones) y, en su caso, del Consejero coordinador, se establece una retribución fija anual adicional en base a la dedicación ligada al ejercicio de dichos cargos, cuyo importe es de 3.000 euros anuales. A su vez, el Presidente del Consejo de Administración percibirá una retribución fija anual adicional, justificada por la especial dedicación que conlleva el ejercicio de las funciones propias de su cargo, teniendo en cuenta la complejidad de Ezentis y su Grupo, cuyo importe es de 75.000 euros anuales, más las dietas de asistencia a las Comisiones del Consejo de las que, en su caso, sea miembro.
En todo caso, serán de aplicación los siguientes límites a la retribución a los consejeros no ejecutivos: (a) la retribución total anual del Presidente del Consejo de Administración por todos los conceptos (tanto por su asistencia a las reuniones del Consejo de Administración y, en su caso, de sus Comisiones, como por el ejercicio de su cargo de Presidente del Consejo de Administración y, en su caso, de Presidente de Comisiones del Consejo), no será superior a 95.000 euros; y (b) la retribución total anual individual del resto de consejeros por todos los conceptos (tanto por su asistencia a las reuniones del Consejo de Administración y, en su caso, de sus Comisiones, como por el ejercicio de cargos de Presidente de Comisiones del Consejo o de consejero coordinador), no será superior a 45.000 euros.
Los Consejeros Ejecutivos no perciben retribución por pertenencia al Consejo de Administración, reciben una retribución fija por las funciones de alta dirección que desempeñan por un importe máximo de 300.000 euros, conforme a la Política de Remuneración, retribución que podrá ser revisada por el Consejo de Administración previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones durante la vigencia de la presente Política de Remuneración, si bien respetando el referido importe máximo.
Los Consejeros Ejecutivos podrán percibir determinadas retribuciones en especie inherentes al ejercicio de las referidas funciones delegadas o ejecutivas, que responden a los siguientes conceptos: seguro de vida, seguro médico, uso de vehículo. Se podrá aprobar la modificación de estas remuneraciones por el Consejo, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. La Sociedad se hace cargo de la prima correspondiente al seguro de responsabilidad civil de los Consejeros.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
Los consejeros de la Sociedad que desempeñen funciones delegadas o ejecutivas tendrán derecho a recibir una retribución variable consistente en un sistema de prima o bonus anual por un importe que no será superior al 50% de la retribución fija anual. La retribución variable estará vinculada a criterios de rendimientos predeterminados y medibles y que consideran el riesgo asumido para la obtención del resultado. A este respecto, los objetivos que servirán de base a la retribución variable de los Consejeros que desempeñen funciones delegadas o ejecutivas en la Sociedad tendrán relación con parámetros vinculados a la generación de valor para el accionista, tales como la viabilidad/sostenibilidad de la Sociedad a largo plazo; métricas económico-financieras propias de la Sociedad como la evolución del valor de la empresa o de sus acciones, de sus distintos márgenes, de los beneficios a distintos niveles, de la deuda, de la generación de caja libre y de liquidez, y otras magnitudes; y la consecución de objetivos concretos que guarden relación con el rendimiento y desempeño profesional del Consejero y con factores financieros y no financieros. En todo caso, para la determinación de la retribución variable se tendrán en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y que minoren los resultados de la Sociedad. El abono de la retribución variable se diferirá en el tiempo lo necesario para la aplicación de los distintos parámetros y en todo caso solo se podrá producir después del cierre del ejercicio, a los efectos de que la Comisión

de Nombramientos y Retribuciones pueda evaluar el cumplimiento de los parámetros ligados al cierre del ejercicio de la Sociedad. Tras dicho análisis, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones elevará la propuesta de retribución variable al Consejo de Administración. En todo caso, el grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, ponderados en su conjunto, deberá alcanzar una media del 80% para generar el derecho a la percepción de la retribución variable por el Consejero. La retribución variable ya satisfecha a los Consejeros contendrá cláusulas de reembolso que permitan la recuperación, parcial o total, tras su abono. Este tipo de cláusula de reembolso se incluirá también en la retribución variable a largo plazo y en otras retribuciones variables o incentivos especiales que, en su caso, el Consejo de Administración entienda adecuada su aplicación.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
Los Consejeros no ejecutivos de la Sociedad, en condición de tales, no tienen derecho a compensación o indemnización alguna en caso de terminación de su mandato.
Los Consejeros que desempeñen funciones delegadas o ejecutivas podrán percibir, de conformidad con lo previsto en sus contratos, una indemnización por cese anticipado en caso de separación del cargo de Consejero o cualquier otra forma de extinción de la relación jurídica con la Sociedad que sirve de base a la retribución de funciones delegadas o ejecutivas no debidas a incumplimiento imputable al Consejero, por una cuantía máxima equivalente al importe de las tres últimas mensualidades de la retribución total anual correspondiente.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
De conformidad con lo previsto en los artículos 249 y 529.octodecies LSC y la Política de Remuneración de la Sociedad, los Consejeros a los que se les hayan atribuido funciones delegadas o ejecutivas por cualquier otro título, tendrán derecho a percibir una retribución por dichas funciones, sin que les resulten de aplicación los conceptos retributivos previstos para el resto de los consejeros.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.4 de los Estatutos Sociales con independencia de los previsto en los apartados anteriores, los Consejeros de la Sociedad que desempeñen funciones delegadas o ejecutivas tendrán derecho a recibir las remuneraciones (sueldos, incentivos, bonus, indemnizaciones por cese del consejero por razón distinta al incumplimiento de sus deberes, pensiones, seguros, sistemas de previsión y otros conceptos retributivos de carácter diferido) que el Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, considere procedentes por el desempeño en la Sociedad de otras funciones, sean de consejero ejecutivo o de otro tipo, distintas de las de supervisión y decisión colegiada que desarrollan como meros miembros del Consejo, y que serán recogidas en el contrato que se celebrará entre el consejero y la Sociedad. Corresponderá al Consejo de Administración la determinación individual de la remuneración de cada consejero

por el desempeño de las funciones ejecutivas que tenga atribuidas dentro del marco de la política de remuneraciones y de conformidad con lo previsto en su contrato, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
La remuneración de los consejeros que desempeñan funciones delegadas o ejecutivas está compuesta por los siguientes conceptos retributivos: (i) Una retribución fija anual: se establece un límite máximo de 300.000 euros. (ii) Una retribución variable: consiste en un sistema de prima o bonus anual por un importe que no será superior al 50% sobre la retribución fija anual.
Los Consejeros que desempeñen funciones delegadas o ejecutivas podrán percibir, de conformidad con lo previsto en sus contratos, una indemnización por cese anticipado en caso de separación del cargo de Consejero o cualquier otra forma de extinción de la relación jurídica con la Sociedad que sirve de base a la retribución de funciones delegadas o ejecutivas no debidas a incumplimiento imputable al Consejero, por una cuantía máxima equivalente al importe de las tres últimas mensualidades de la retribución total anual correspondiente. Los Consejeros que desempeñen funciones delegadas o ejecutivas podrán percibir determinadas retribuciones en especie inherentes al ejercicio de las referidas funciones delegadas o ejecutivas (vehículo, seguros específicos de salud y vida). Asimismo, la sociedad abonará las primas correspondientes a las pólizas de responsabilidad civil por el ejercicio del cargo de consejero ejecutivo.
No está previsto que los Consejeros reciban ninguna remuneración suplementaria por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
A.1.11 Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.
No se han devengado ninguno de los conceptos retributivos señalados en este epígrafe.
A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
No está previsto que los Consejeros perciban ningún otro concepto retributivo diferente de los expuestos en el presente informe.
La Junta General Ordinaria de accionistas celebrada el 29 de junio de 2023 aprobó, como punto separado del orden del día, la Política de Remuneraciones de los Consejeros aplicable a lo que resta del ejercicio 2023 y a los ejercicios 2024 a 2026, conforme al procedimiento establecido en la Ley de Sociedades de Capital. No se ha producido ningún cambio o modificación en la referida Política de Remuneraciones de los Consejeros aprobada por la Junta General Ordinaria
https://www.ezentis.com/media/2023/07/Política-Remuneraciones-Consejeros-2023-2026.pdf

A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
La Junta General de accionistas celebrada el 29 de junio de 2023 aprobó con un 92,07% de votos a favor el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio 2022. En la citada reunión de la Junta General de accionistas se aprobó la nueva Política de Remuneraciones de los Consejeros aplicable a lo que resta del ejercicio 2023 y a los ejercicios 2024 a 2026, que mantiene un esquema retributivo muy similar al que se venía aplicando en ejercicios anteriores, pero que incluye una reducción, respecto de la anterior política de remuneraciones, del importe máximo de la remuneración anual.
B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
Los órganos que intervienen en la determinación de la Política de Remuneraciones son la Junta General de Accionistas, el Consejo de Administración y la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Los Estatutos Sociales y el Reglamento del Consejo establecen, entre las competencias del Consejo de Administración, la de fijar el sistema retributivo correspondiente a los consejeros dentro del marco estatutario, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones es el órgano competente para proponer al Consejo de Administración la Política de Retribuciones de los Consejeros, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia (artículos 37 bis 3 de los Estatutos Sociales y 34.5 del Reglamento del Consejo).
Los asuntos sobre remuneraciones sobre los que ha debatido la Comisión de Nombramientos y Retribuciones durante el 2023 son los siguientes:
-Revisión salarial 2023.
-Evaluación y propuesta retribución variable 2022.
-Propuesta y aprobación del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio 2022.
-Propuesta al Consejo Política de Remuneraciones de los consejeros 2023-2026.
La Sociedad no ha contado con asesores externos para la aplicación de la Política de Remuneraciones durante el 2023. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones se reunirá, previa convocatoria de su Presidente, al menos tres veces al año, y siempre que éste lo considere oportuno, así como cuando sea solicitado por, al menos, dos de sus miembros, por la Comisión Ejecutiva Delegada o por el Consejero Delegado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 bis de los Estatutos Sociales, la Comisión se compondrá por el número de miembros que determine el Consejo de Administración en cada momento, no pudiendo en ningún caso ser inferior a tres ni superior a cinco, los cuales serán designados por el Consejo de Administración, siendo la totalidad de sus miembros Consejeros externos, en su mayoría independientes.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, que se ha reunido en 5 ocasiones durante el ejercicio 2023, está formada por dos consejeros independientes a31 de diciembre de 2023:
-Don Juan Antonio Alcaraz García (Presidente- independiente)
-Doña Anabel López Porta (Vocal-dominical)
-Don Pedro Azcárate Palacios (Vocal-independiente).
No se ha producido ninguna desviación del procedimiento establecido en la Política de Remuneraciones durante el ejercicio.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que

esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
No se ha aplicado ninguna excepción a la política de remuneraciones.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Las diferentes acciones adoptadas por la Sociedad para (a) reducir la exposición a riesgos excesivos, (b) ajustar la remuneración a los intereses de la Sociedad a largo plazo y (c) alcanzar un equilibrio entre los componentes fijos y variables de la retribución de los consejeros, se han descrito previamente en el apartado A de este Informe y que se recogen fundamentalmente en la Política de Remuneraciones de los Consejeros 2023-2026 aprobada por la Junta General de accionistas celebrada el 29 de junio de 2023.
B.3. Explique cómo la remuneración devengada y consolidada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente y, en particular, cómo contribuye al rendimiento sostenible y a largo plazo de la sociedad.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
i) Los consejeros no ejecutivos han percibido en el ejercicio 2023 los importes que se detallan en el apartado C, que comprende tanto la remuneración como las dietas por pertenencia y asistencia a las sesiones del Consejo y de las Comisiones, todo ello en el marco de lo establecido en la Política de Remuneraciones.
La Sociedad ha verificado el cumplimiento de la Política de Remuneraciones 2023-2026 relativo a las remuneraciones percibidas por los consejeros, tanto individualmente como de forma agregada, no superándose en este último caso el importe total máximo anual establecido en la citada Política y aprobado por la Junta General de 800.000 €.
B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de abstenciones y de votos negativos, en blanco y a favor que se hayan emitido:
| Número | % sobre el total | |||
|---|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 157.662.364 | 100,00 | ||
| Número | % sobre emitidos | |||
| Votos negativos | 12.430.036 | 7,89 | ||
| Votos a favor | 145.162.862 | 92,07 |
La remuneración devengada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente.

| Número | % sobre emitidos | |
|---|---|---|
| Votos en blanco | 69.400 | 0,04 |
| Abstenciones | 66 | 0,00 |
En el ejercicio 2023, durante el primer semestre, los Consejeros por su condición de tales han percibido una retribución fija y dietas por dedicación y asistencia efectiva a las reuniones del Consejo de Administración y de las Comisiones. En particular, los importes que han percibido los Consejeros no ejecutivos por pertenencia al Consejo de Administración y a las Comisiones y los Presidentes de las Comisiones, durante el primer semestre del ejercicio 2023, fueron aprobados por el Consejo de Administración con una reducción del 30%, esta medida adoptada se enmarca en la política de contención del gasto promovida por el propio Consejo debido a la situación económico-financiera de la compañía. La remuneración a percibir por los consejeros es la siguiente: (i) Retribución fija anual: • de 15.401,28 € por su pertenencia al Consejo de Administración de la Sociedad que percibirán los Consejeros en 12 mensualidades de 1.283,44 €; • de 11.550 € por su pertenencia a cada una de las Comisiones del Consejo que los Consejeros en 12 mensualidades de 962,5 €; (ii) Retribución fija anual adicional por importe de 25.000 € para los Consejeros que desempeñen los cargos de Presidente de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y Presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. (iii)Dietas por dedicación y asistencia efectiva a las reuniones del Consejo de Administración por importe de 1.400 € y de las Comisiones por importe de 1.050 €, remunerándose en todo caso un máximo de 11 reuniones por cada órgano. (iv) Limitaciones de la retribución: El importe máximo anual que se podrá percibir por la suma de la retribución fija anual y dietas será de 44.000 € para el Consejo de Administración y de 33.000 € para cada una de las Comisiones del Consejo
En el segundo semestre del 2023, tras la aprobación de la Política de Remuneraciones de los consejeros para el resto de 2023 y 2024 a 2026 aprobada por la Junta General Ordinaria de accionistas celebrada el 29 de junio de 2023, la remuneración a percibir por los consejeros es la siguiente:
(i) Dietas por dedicación y asistencia efectiva a las reuniones del Consejo y de las Comisiones La retribución de los Consejeros se determinará sobre la base de su asistencia a las reuniones del Consejo de Administración de la Sociedad y ascenderá al importe de 2.500 euros por sesión. No obstante, el Presidente del Consejo de Administración no percibirá retribución por su asistencia a reuniones del Consejo de Administración de la Sociedad. Adicionalmente, aquellos consejeros que a su vez sean miembros de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y/o de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad percibirán una retribución que ascenderá a un importe de 1.800 euros por sesión. La asistencia a las sesiones del Consejo y/o de las Comisiones no se retribuirá de forma diferenciada según si la asistencia sea presencial, por cualesquiera medios telemáticos o por escrito y sin sesión. Si el consejero confiere la representación, el derecho a percibir la remuneración que correspondería a dicho consejero no se devengará a favor del consejero representado ni del consejero representante.
(ii) En el caso de los Presidentes de las Comisiones del Consejo (Comisión de Auditoría y Cumplimiento y Comisión de Nombramientos y Retribuciones) y, en su caso, del Consejero coordinador, se establece una retribución fija anual adicional en base a la dedicación ligada al ejercicio de dichos cargos, cuyo importe es de 3.000 euros anuales. A su vez, el Presidente del Consejo de Administración percibirá una retribución fija anual adicional, justificada por la especial dedicación que conlleva el ejercicio de las funciones propias de su cargo, teniendo en cuenta la complejidad de Ezentis y su Grupo, cuyo importe es de 75.000 euros anuales, más las dietas de asistencia a las Comisiones del Consejo de las que, en su caso, sea miembro.
En todo caso, serán de aplicación los siguientes límites a la retribución a los consejeros no ejecutivos: (a) la retribución total anual del Presidente del Consejo de Administración por todos los conceptos (tanto por su asistencia a las reuniones del Consejo de Administración y, en su caso, de sus Comisiones, como por el ejercicio de su cargo de Presidente del Consejo de Administración y, en su caso, de Presidente de Comisiones del Consejo), no será superior a 95.000 euros; y (b) la retribución total anual individual del resto de consejeros por todos los conceptos (tanto por su asistencia a las reuniones del Consejo de Administración y, en su caso, de sus Comisiones, como por el ejercicio de cargos de Presidente de Comisiones del Consejo o de consejero coordinador), no será superior a 45.000 euros.
La Sociedad ha verificado el cumplimiento de la Política de Remuneraciones relativo a las remuneraciones percibidas por los consejeros, tanto individualmente como de forma agregada, no superándose en este último caso el importe total máximo establecido en la Política de Remuneraciones aprobado por la Junta General de 800.000 €. La Política de Remuneraciones de la Sociedad se aplica a los miembros del Consejo sin ninguna distinción por razón de sexo, siendo de aplicación de forma idéntica para todos los consejeros sin diferenciar entre hombres y mujeres.

B.6. Explique cómo se han determinado los sueldos devengados y consolidados, durante el ejercicio cerrado, por cada uno de los consejeros ejecutivos por el desempeño de funciones de dirección, y cómo han variado respecto al año anterior.
La retribución del consejero ejecutivo, nombrado en la Junta General Ordinaria de accionistas celebrada el 29 de junio de 2023, viene determinada conforme a la Política de remuneraciones de los consejeros 2023 a 2026 aprobada en la citada junta general, que viene determinada por los siguientes conceptos:
i) Una retribución fija anual para cada Consejero con funciones delegadas o ejecutivas, retribución que podrá ser revisada por el Consejo de Administración previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones durante la vigencia de la presente Política, si bien respetando el referido importe máximo.
(ii) Una retribución variable consistente en un sistema de prima o bonus anual por un importe que no será superior al 50% de la retribución fija anual. La retribución variable estará vinculada a criterios de rendimientos predeterminados y medibles y que consideran el riesgo asumido para la obtención del resultado.
En todo caso, para la determinación de la retribución variable se tendrán en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y que minoren los resultados de la Sociedad. El abono de la retribución variable se diferirá en el tiempo lo necesario para la aplicación de los distintos parámetros y en todo caso solo se podrá producir después del cierre del ejercicio, a los efectos de que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones pueda evaluar el cumplimiento de los parámetros ligados al cierre del ejercicio de la Sociedad. Tras dicho análisis, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones elevará la propuesta de retribución variable al Consejo de Administración. La retribución variable ya satisfecha a los Consejeros contendrá cláusulas de reembolso que permitan la recuperación, parcial o total, tras su abono. Este tipo de cláusula de reembolso se incluirá también en la retribución variable a largo plazo y en otras retribuciones variables o incentivos especiales que, en su caso, el Consejo de Administración entienda adecuada su aplicación.
En todo caso, la Política de Remuneraciones contempla que será competencia del Consejo de Administración fijar la remuneración de los Consejeros por el desempeño de funciones delegadas o ejecutivas en los términos legalmente establecidos y de conformidad con los estatutos de la Sociedad. En este sentido, la Política de Remuneraciones especifica la cuantía de la remuneración fija anual ; los distintos parámetros para la fijación de los componentes variables; y los términos y condiciones principales de sus contratos comprendiendo, en particular, su duración, indemnizaciones por cese anticipado o terminación de la relación contractual y pactos de exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización. A este respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 249.4 LSC, la totalidad de los conceptos retributivos que compongan la remuneración de un Consejero por el desempeño de funciones delegadas o ejecutivas, así como las condiciones básicas del desempeño de sus funciones, deberán constar en un contrato que deberá ser firmado por la Sociedad con dicho Consejero, y que deberá ser aprobado previamente por el Consejo de Administración, con la abstención del Consejero afectado y por una mayoría de dos terceras partes de sus miembros. El Consejero no podrá percibir retribución alguna por el desempeño de funciones delegadas o ejecutivas cuyas cantidades o conceptos no estén previstas en ese contrato.
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados y consolidados en el ejercicio cerrado.
En particular:

Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:
En el ejercicio 2023 no se ha devengado retribución variable para los consejeros.
Explique los componentes variables a largo plazo de los sistemas retributivos:
En el ejercicio 2023 no se ha devengado retribución variable para los consejeros.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
No resulta de aplicación en el ejercicio 2023.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
La Sociedad no ha asumido en el ejercicio 2023 ninguna obligación o compromiso en materia de pensiones, jubilación o similares.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
En el ejercicio 2023 no es de aplicación lo establecido en este apartado.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.
En la Junta General Ordinaria de accionistas celebrada el 29 de junio de 2023 se aprobó el nombramiento de consejero con funciones ejecutivas o delegadas, reuniendo el contrato del consejero ejecutivo los requisitos establecidos en la Política de Remuneraciones de los consejeros 2023 a 2026 aprobada en la citada Junta General y descritas en el apartado A1 del presente informe.

B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
En el ejercicio 2023 no es de aplicación lo establecido en este apartado.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
En el ejercicio 2023 no se han concedido anticipos, créditos y garantías a ningún consejero.
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
Los Consejeros que desempeñan funciones delegadas o ejecutivas podrán percibir determinadas retribuciones en especie inherentes al ejercicio de sus funciones:
-Seguro médico. -Seguro de vida.
El importe total de la remuneración en especie percibida por el Consejero Ejecutivo en el ejercicio 2023 es de 2 miles de euros.
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
No se han devengado remuneraciones de esta clase.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
No existen otros conceptos retributivos distintos de los señalados en el presente informe.

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2023 |
|---|---|---|
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES | Consejero Delegado | Desde 29/06/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | Presidente Dominical | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA | Consejero Independiente | Desde 29/06/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | Consejero Independiente | Desde 29/06/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA | Presidente Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 29/06/2023 |
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 29/06/2023 |
| Don EDUARD ROMEU BARCELO | Consejero Dominical | Desde 01/01/2023 hasta 29/06/2023 |
C.1. Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES | 75 | 2 | 77 | |||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | 51 | 22 | 73 | 54 | ||||||
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA | 11 | 29 | 40 | 31 | ||||||
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA | 3 | 22 | 25 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | 3 | 12 | 15 | |||||||
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA | 63 | 11 | 74 | 131 | ||||||
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS | 19 | 18 | 37 | 74 | ||||||
| Don EDUARD ROMEU BARCELO | 13 | 9 | 22 | 50 |
Observaciones
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don EDUARD ROMEU BARCELO |
Plan | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES | |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | |
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA | |
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA | |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | |
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS | |
| Don EDUARD ROMEU BARCELO |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | ||
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES |
|||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
|||||||||
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA |
|||||||||
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA |
|||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
|||||||||
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA |
|||||||||
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS |
|||||||||
| Don EDUARD ROMEU BARCELO |

Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES | Concepto | |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | Concepto | |
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA | Concepto | |
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA | Concepto | |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | Concepto | |
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA | Concepto | |
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS | Concepto | |
| Don EDUARD ROMEU BARCELO | Concepto |
Observaciones

i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES | ||||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | ||||||||||
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA | ||||||||||
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA | ||||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | ||||||||||
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA | ||||||||||
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS | ||||||||||
| Don EDUARD ROMEU BARCELO |
Observaciones

| Nombre | Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio principio del ejercicio 2023 el ejercicio 2023 |
Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS |
Plan | 0,00 |

| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio principio del ejercicio 2023 el ejercicio 2023 |
Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don EDUARD ROMEU BARCELO |
Plan | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES | |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | |
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA | |
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA | |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | |
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS | |
| Don EDUARD ROMEU BARCELO |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | |||
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES |
||||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
||||||||||
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA |
||||||||||
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA |
||||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
||||||||||
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA |
||||||||||
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS |
||||||||||
| Don EDUARD ROMEU BARCELO |

Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES | Concepto | |
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | Concepto | |
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA | Concepto | |
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA | Concepto | |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA | Concepto | |
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA | Concepto | |
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS | Concepto | |
| Don EDUARD ROMEU BARCELO | Concepto |
Observaciones

Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 grupo |
Total ejercicio 2023 sociedad + grupo |
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES |
77 | 77 | 77 | ||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA |
73 | 73 | 73 | ||||||||
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA |
40 | 40 | 40 | ||||||||
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA |
25 | 25 | 25 | ||||||||
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
15 | 15 | 15 | ||||||||
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA |
74 | 74 | 74 | ||||||||
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS |
37 | 37 | 37 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 grupo |
Total ejercicio 2023 sociedad + grupo |
| Don EDUARD ROMEU BARCELO |
22 | 22 | 22 | ||||||||
| TOTAL | 363 | 363 | 363 |
C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | ||
| Consejeros ejecutivos | ||||||||||
| Don CÉSAR REVENGA BUIGUES | 77 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |
| Consejeros externos | ||||||||||
| Doña ANA ISABEL LOPEZ PORTA | 73 | 35,19 | 54 | -14,29 | 63 | - | 0 | - | 0 |

| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | ||
| Doña ANA MARÍA SÁNCHEZ TEJEDA |
40 | 29,03 | 31 | -29,55 | 44 | 0,00 | 44 | 4,76 | 42 | |
| Don JUAN ANTONIO ALCARAZ GARCÍA |
25 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |
| Don SANTIAGO DE TORRES SANAHUJA |
15 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |
| Don ENRIQUE SANCHEZ DE LEON GARCIA |
74 | -43,51 | 131 | -42,04 | 226 | 38,65 | 163 | 10,14 | 148 | |
| Don PEDRO MARIA AZCARATE PALACIOS |
37 | -50,00 | 74 | -33,93 | 112 | -9,68 | 124 | 1,64 | 122 | |
| Don EDUARD ROMEU BARCELO | 22 | -56,00 | 50 | 2,04 | 49 | - | 0 | - | 0 | |
| Resultados consolidados de la sociedad |
||||||||||
| 194.136 | - | -60.456 | 58,06 | -144.149 | -234,58 | -43.083 | - | 4.014 | ||
| Remuneración media de los empleados |
||||||||||
| 32 | 190,91 | 11 | -35,29 | 17 | 0,00 | 17 | 6,25 | 16 |
Observaciones

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
Building tools?
Free accounts include 100 API calls/year for testing.
Have a question? We'll get back to you promptly.