Remuneration Information • Feb 28, 2024
Remuneration Information
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RAFAEL BOTI, 2 MADRID

A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
La política de remuneraciones de los consejeros de Grenergy Renovables, S.A. ("Grenergy" o la "Sociedad" e, incluyendo a sus sociedades dependientes, el "Grupo") vigente fue aprobada por la Junta General celebrada en mayo de 2022(95,02% de votos a favor)para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, que fue modificada por la Junta General celebrada en abril de 2023(90,16% de votos a favor)(la "Política"). El Consejo, a propuesta de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad(la "CNRS"), sometió en marzo de 2023 la modificación de la Política a la Junta General, resultando aplicable desde el momento de su aprobación. El detalle de las modificaciones se incluye en el B.2. Su objetivo es que las remuneraciones de los consejeros guarden una proporción razonable con la importancia de Grenergy, la situación económica que en cada momento y los estándares de mercado de empresas comparables. Pretende promover la rentabilidad para Grenergy y sus accionistas, la sostenibilidad a largo plazo, y desincentivar la asunción excesiva de riesgos y la recompensa de resultados desfavorables. Persigue que las remuneraciones de los consejeros guarden relación con su desempeño profesional, retribuyendo su actividad y compromiso con Grenergy, y no dependan sólo de otras circunstancias como la evolución de los mercados o el sector. Las remuneraciones serán adecuadas para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y retribuir adecuadamente el cargo, sin comprometer su independencia de criterio. La Política contribuye a la estrategia empresarial y a los intereses y la sostenibilidad de Grenergy a largo plazo por el carácter moderado de las retribuciones y por fijar para los consejeros ejecutivos una retribución variable, entre cuyos criterios de devengo se establecen objetivos, como la ratio de deuda que tratan de desincentivar la asunción excesiva de riesgos, la existencia de un pipeline que contempla también desarrollos para el largo plazo, el cumplimiento del plan ESG y de objetivos de gobierno corporativo. Asimismo, se tuvieron en cuenta las condiciones de retribución y empleo de los trabajadores. En la Política se distingue la retribución que debe recibir el consejero ejecutivo de la que percibirán los no ejecutivos.
El consejero ejecutivo sólo percibirá retribución por sus funciones ejecutivas. Percibirá un fijo y un variable que remunerará la consecución de ciertos objetivos. Ambas cantidades se recibirán en dinero, si bien se prevé que, a opción de éste, un importe no superior al 15% de la retribución fija se perciba en especie (uso de un coche). La retribución variable no excederá un 150% de la retribución fija anual y se determinará observando el cumplimiento de objetivos que conjugan, entre otros, los principios de obtención de una rentabilidad adecuada al negocio y la sostenibilidad de Grenergy en el largo plazo. En particular, la retribución fija anual por el ejercicio de sus funciones ejecutivas es 90000€, si bien se prevé que, a opción de éste, un importe no superior a 13500€ se perciba en especie mediante el uso de un coche.
La remuneración de los consejeros no ejecutivos consistirá en un importe anual en efectivo a establecer por el Consejo teniendo en cuenta las funciones y responsabilidades que se hayan atribuido a cada uno por la pertenencia a comisiones, el ejercicio de la presidencia de las mismas o el ejercicio del cargo de consejero coordinador. Las remuneraciones de los consejeros en su condición de tales son:i)un importe anual máximo fijo bruto en efectivo por ser vocal del Consejo para cada consejero no ejecutivo de 54000€;ii)un importe anual adicional fijo en efectivo por la pertenencia a las comisiones (importe anual de 13500€ por ser vocal de la Comisión de Auditoría y de 11250€ por ser vocal de la CNRS;22500€ por ser el presidente de la Comisión de Auditoría y 18000€ por ser presidente de la CNRS);y iii)el consejero coordinador percibirá además 6750€. El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los consejeros en su condición de tales es 600000€. Esta cantidad contempla la composición actual del Consejo. En el caso de que durante la vigencia de la Política se incorporaran nuevos consejeros no ejecutivos, el importe incrementará en un 12% por cada nuevo consejero no ejecutivo que aumente el número de miembros del Consejo. No obstante, todas las cantidades de la Política están previstas para el 2023 y, por tanto, deben ser actualizadas según la variación anual del IPC a contar desde diciembre 2023. Los importes concretos de 2024 se describen en los puntos A.1.2 y A.1.3.

Corresponde a la Junta General tanto aprobar como modificar la Política, a propuesta del Consejo. La propuesta de la Política es motivada y se acompaña de un informe de la CNRS. La determinación de la remuneración de cada consejero corresponde al Consejo, que analiza las funciones y responsabilidades de cada uno, la pertenencia a comisiones y demás circunstancias objetivas que considere. Al Consejo también determina las condiciones del contrato del consejero ejecutivo. La CNRS propone al Consejo la política, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia. Asimismo, comprobará la observancia de la política y revisará periódicamente la política de remuneraciones.
En la determinación de la Política y la remuneración de los consejeros no ejecutivos, se analizaron compañías multi-sectoriales con una capitalización, EBITDA o activos totales similares a Grenergy y empresas del sector. También se analizaron supuestos comparables para determinar la remuneración del consejero ejecutivo, si bien por expreso deseo de éste, su retribución está en la banda baja de la remuneración. La CNRS fue asesorada por WTW, asesor externo independiente, en relación con las remuneraciones de los consejeros no ejecutivos. Por último, la Política no contempla procedimientos para aplicar excepciones temporales a la misma.
A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
El único consejero que percibirá en el ejercicio 2024 una retribución variable es el consejero ejecutivo. Según lo expuesto, está previsto que el presidente y consejero delegado, D. David Ruiz de Andrés, perciba una retribución fija de 92.790 euros y una retribución variable de hasta 139.185 euros. En consecuencia, la retribución variable no supondría más del 60% de su retribución total, y ello sin perjuicio de que su retribución fija es baja frente a las remuneraciones en empresas comparables. Esto hace que se considere que existe un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración.
Por otro lado, el devengo de la retribución variable del consejero ejecutivo depende de la consecución de los siguientes objetivos: (a) Objetivos operativos corporativos fijados por el Consejo de Administración en relación con el plan de negocio y el plan de acción ESG, que representarán un 90% de los objetivos de la retribución variable del consejero ejecutivo. Dentro de estos objetivos, estarán los cuatro siguientes: (1) EBITDA contemplado en el plan de negocio; (2) cumplimiento de ratios de endeudamiento; (3) cumplimiento del pipeline contemplado en el plan de negocio; y (4) cumplimiento del plan de acción ESG para el año 2024.
(b) Objetivos específicos de la función de consejero ejecutivo relacionados con aspectos de gobierno corporativo, que representarán un 10% de los objetivos de la retribución variable del consejero ejecutivo. Estos objetivos serán fijados por la CNRS.
Se considera que esta combinación de objetivos permite reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustar la retribución variable del consejero ejecutivo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad. En este sentido, si bien la consecución de un determinado EBITDA supone un objetivo en el corto plazo, el cumplimiento del pipeline, ponderando adecuadamente el desarrollo de activos en diferentes fases, obliga a prestar atención tanto los activos realizables en el corto plazo como aquellos destinados a ser fruto de resultados futuros. Por otro lado, establecer como criterio la consecución de determinadas ratios de endeudamiento reduce la exposición a riesgos que se consideran excesivos. Finalmente, implementar las acciones comprendidas dentro del plan de acción ESG, así como aspectos de gobierno corporativo, supone considerar objetivos que tienen una contribución en el largo plazo y en la sostenibilidad de la Sociedad. Este último objetivo específico de la función del consejero ejecutivo relacionado con aspectos de gobierno corporativo se ha añadido en la última modificación de la Política y viene a reforzar el compromiso de la Sociedad en materia de ESG.
Por otro lado, en el contrato del consejero ejecutivo se ha establecido que deberá reembolsar los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se haya abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad (cláusula clawback).
Por último, ni los consejeros ejecutivos ni los consejeros no ejecutivos perciben ninguna remuneración referenciada al valor de cotización de las acciones de Grenergy o que conlleven la entrega de acciones o derechos de opción sobre acciones de la Sociedad.

Conforme a la Política, el importe máximo de la remuneración anual para el conjunto de los consejeros en su condición de tales en el ejercicio 2024 es de 618.600 euros. En este sentido, conforme a la distribución acordada por el Consejo de Administración de la Sociedad, está previsto que los consejeros en su condición de tales devenguen la siguiente remuneración durante el ejercicio 2024:
Que D. David Ruiz de Andrés, en su condición de consejero ejecutivo, no perciba ninguna remuneración por su pertenencia al Consejo de Administración.
Que Dña. Ana Cristina Peralta Moreno, consejera independiente, perciba una retribución fija anual de 97.430 euros, de los que 55.674 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejera, 23.198 euros por su condición de presidenta de la Comisión de Auditoría y 11.599 euros por su condición de vocal de la CNRS, además de 6.959 euros por el cargo de consejera coordinadora.
Que Dña. María del Rocío Hortigüela Esturillo, consejera independiente, perciba una retribución fija bruta anual de 88.151 euros, de los que 55.674 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejera, 18.558 euros por su condición de presidenta de la CNRS y 13.919 euros por su condición de vocal de la Comisión de Auditoría.
Que D. Florentino Vivancos Gasset, consejero dominical, perciba una retribución fija anual de 55.674 que se corresponde con el ejercicio del cargo de consejero.
Que D. Nicolás Bergareche Mendoza, consejero independiente, perciba una retribución fija anual de 67.273 euros, de los que 55.674 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejero y 11.599 euros por su condición de vocal de la CNRS.
Que Dña. Maria Merry del Val Mariátegui, consejera dominical, perciba una retribución fija anual de 67.273 euros, de los que 55.674 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejera y 11.599 euros por su condición de vocal de la CNRS.
Que Dña. Ana Plaza Arregui, consejera independiente, perciba una retribución fija anual de 69.593 euros, de los que 55.674 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejera y 13.919 euros por su condición de vocal de la Comisión de Auditoría.
Que D. Antonio Francisco Jiménez Alarcón, consejero dominical, perciba una retribución fija anual de 69.593 euros, de los que 55.674 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejero y 13.919 euros por su condición de vocal de la Comisión de Auditoría.
Toda la remuneración de los consejeros en su condición de tales será dineraria, es decir, se ha suprimido la entrega de acciones de la Sociedad como parte de la remuneración de los consejeros no ejecutivos.
Durante el ejercicio 2024, está previsto que D. David Ruiz de Andrés, presidente y consejero delegado y único consejero ejecutivo de la Sociedad, perciba una retribución fija bruta anual por el ejercicio de sus funciones ejecutivas de 92.790 euros. De ellos, está previsto que 79.290 euros sean percibidos en efectivo y 13.500 euros en especie mediante el uso de un coche de empresa (el importe corresponde a las cuotas del contrato de leasing).
Como se ha indicado en el apartado A.1.4 anterior, está previsto que D. David Ruiz de Andrés, presidente y consejero delegado de la Sociedad, perciba durante el ejercicio 2024 parte de su remuneración fija en especie, a través del uso de un coche de empresa, por un importe de hasta 13.500 euros.
Adicionalmente, Grenergy tiene suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubre la responsabilidad por actos y conductas de los miembros del Consejo de Administración y directivos de la Sociedad, cuya prima anual para el ejercicio 2024, que paga íntegramente Grenergy, asciende a 92.590,36 euros.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.

Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
D. David Ruiz de Andrés (presidente y consejero delegado) es el único consejero que tiene derecho a percibir una retribución variable, que percibe en su totalidad en efectivo. En concreto, éste podría recibir una retribución variable de hasta el 150% de su retribución fija, siendo esta última de 92.790 euros para el ejercicio 2024. Al tener un periodo de devengo de un único ejercicio, se trata de un componente retributivo variable a corto plazo. Esta retribución variable se referencia a la consecución de los siguientes objetivos:
(a) Objetivos operativos corporativos fijados por el Consejo de Administración en relación con el plan de negocio y el plan de acción ESG, que representarán un 90% de los objetivos de la retribución variable del consejero ejecutivo. Dentro de estos objetivos, estarán los cuatro siguientes: (1) EBITDA contemplado en el plan de negocio; (2) cumplimiento de ratios de endeudamiento; (3) cumplimiento del pipeline contemplado en el plan de negocio; y (4) cumplimiento del plan de acción ESG para el año 2024.
(b) Objetivos específicos de la función de consejero ejecutivo relacionados con aspectos de gobierno corporativo, que representarán un 10% de los objetivos de la retribución variable del consejero ejecutivo. Estos objetivos serán fijados por la CNRS.
La retribución variable concreta del consejero ejecutivo será fijada por el Consejo de Administración de la Sociedad, una vez formule las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2024. En este sentido, la aprobación de la retribución variable tiene lugar durante los dos primeros meses del año siguiente, con ocasión de la formulación de las cuentas anuales. Para ello, la Comisión de Auditoría deberá fijar el cumplimiento de los objetivos previstos en los apartados (a) (1), (2) y (3) anteriores. Por otro lado, la CNRS deberá fijar el cumplimiento del resto de objetivos e informar favorablemente al Consejo de Administración sobre la retribución variable correspondiente. Dado que todos los objetivos son de cumplimiento anual, referidos en este caso a 31 de diciembre del año 2024, ((i) EBITDA, ratios de endeudamiento y situación del pipeline a fin de ejercicio, y (ii) cumplimiento de objetivos del plan ESG y de aspectos de gobierno corporativo durante todo el año), el periodo de dos meses establecido se considera suficiente para comprobar que se han cumplido de manera efectiva las condiciones de rendimiento, toda vez que en dicho periodo no sólo se formulan las cuentas anuales, sino que éstas habrán sido auditadas (lo que fija definitivamente los componentes financieros). Adicionalmente, a cierre del ejercicio, se puede comprobar el cumplimiento del pipeline, de las acciones ESG y de los aspectos de gobierno corporativo.
Debido a la inclusión de objetivos del plan de acción ESG y de aspectos de gobierno corporativo, así como a la actividad de la Sociedad consistente en la promoción y generación de electricidad de fuentes renovables, se considera que una parte sustancial de la consecución de los objetivos está relacionada con parámetros medioambientales y de sostenibilidad.
Por otro lado, el cumplimiento de los objetivos del plan de negocio tiene una relación directa con el rendimiento de la Sociedad. En particular, se está identificando el rendimiento del consejero delegado con el de la propia Sociedad.
En base a los criterios expuestos, el importe máximo correspondiente a la retribución variable que podrá percibir en el ejercicio 2024 el consejero delegado ascenderá a 139.185 euros.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
La Sociedad no tiene ningún compromiso ni de aportación ni de prestación diferida a ningún sistema de jubilación o de ahorro a largo plazo con ningún consejero.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
En caso de terminación del contrato con el consejero ejecutivo por desistimiento de la Sociedad, éste tendrá derecho a percibir una indemnización por un importe equivalente al derivado de un despido improcedente de un trabajador ordinario, con el máximo de dos anualidades de su remuneración total anual. Esta indemnización no se abonaría hasta que la Sociedad hubiese podido comprobar que el consejero hubiese cumplido con los criterios de rendimiento previamente establecidos.
El contrato del consejero ejecutivo prevé, con carácter general, la exclusividad, sin perjuicio de otras actividades autorizadas en interés del Grupo u otras actividades, tales como la administración de su patrimonio personal o responsabilidades en empresas propias, familiares o del Grupo siempre

que no dificulten el cumplimiento de los deberes de diligencia y lealtad propios de su cargo, ni supongan conflicto alguno con la Sociedad. Los pactos de exclusividad referidos anteriormente no conceden al consejero ejecutivo derecho a percibir ningún pago específico por dicho concepto.
No se establecen en el contrato del consejero ejecutivo cláusulas de no concurrencia post-contractual o de permanencia o fidelización. No existen pactos acordados con el resto de los consejeros de la Sociedad, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho a los consejeros a cualquier tipo de percepción en la medida en que no existe una relación contractual con ellos.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
Los términos y condiciones esenciales del contrato del consejero delegado son los que se indican a continuación:
(i) Duración: la duración de la relación contractual con el consejero ejecutivo es indefinida, pudiendo ser terminada en las formas previstas para el cese de consejero.
(vi) Otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la Sociedad y el consejero ejecutivo: no existen.
(vii) Pactos o acuerdos de no concurrencia: no se establecen en el contrato cláusulas de no concurrencia.
(viii) Pactos o acuerdos de exclusividad: aunque se establece que la relación del consejero ejecutivo es exclusiva, se dispone que puede realizar actividades autorizadas en interés del Grupo u otras como administración de su patrimonio personal o responsabilidades en empresas propias, familiares o del grupo de la Sociedad siempre que no dificulten el cumplimiento de los deberes de diligencia y lealtad propios de su cargo ni supongan conflicto alguno con la Sociedad. Los pactos de exclusividad referidos anteriormente no conceden al consejero ejecutivo derecho a percibir ningún pago específico por dicho concepto.
(ix) Pactos o acuerdos de fidelización: no se establecen en el contrato cláusulas de fidelización.
No está previsto que en el ejercicio en curso los consejeros devenguen remuneraciones suplementarias en contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
No existen otros conceptos retributivos.
No existen retribuciones suplementarias dentro del Grupo, si bien no se tienen en cuenta las retribuciones que pueda percibir algún consejero de entidades del grupo del accionista significativo que no estén relacionadas con la actividad de Grenergy.

Salvo por lo que se indica a continuación, no se prevé ningún cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso derivado de una nueva política o una modificación de la Política, ni cambios relevantes en las determinaciones específicas establecidas por el Consejo de Administración para el ejercicio en curso de la Política respecto de las aplicadas en el ejercicio anterior.
En la medida en que en diciembre de 2023 venció el plan de opciones sobre acciones vigente, la Sociedad tiene previsto someter a la aprobación de la próxima Junta General Ordinaria un nuevo incentivo a largo plazo cuyos beneficiarios podrán ser los Consejeros ejecutivos y empleados de la Sociedad.
Adicionalmente, se hace constar que, tal y como se detalla en el apartado B.2 siguiente, la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 24 de abril de 2023 aprobó modificar la política de remuneraciones de los consejeros de la Sociedad para los ejercicios 2023, 2024 y 2025 que había sido aprobada por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 11 de mayo de 2022. Las referidas modificaciones entraron en vigor desde el momento de su aprobación por la Junta General.
La Política vigente está disponible en la página web corporativa de la Sociedad en el siguiente enlace: https://grenergy.eu/wp-content/ uploads/2024/02/Grenergy_JGO-2023_Modificacion-politica-remuneraciones-1.pdf
El acuerdo relativo al informe anual de remuneraciones del ejercicio 2022 se sometió a votación, con carácter consultivo, en la Junta General de Accionistas celebrada el 24 de abril de 2023 y recibió el voto favorable del 94,31% del quórum con derecho a voto, en los términos que se recogen en el apartado B.4 de este informe. A la luz de lo anterior, la Sociedad continuará aplicando la Política, con las modificaciones que se sometieron a la aprobación de la referida Junta General y que se detallan en el apartado B.2 siguiente, que fueron aprobadas con un 90,16% del quórum con derecho a voto.
B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
La Junta General de Accionistas de Grenergy celebrada el 11 de mayo de 2022 aprobó la política de remuneraciones de los consejeros de Grenergy para los ejercicios 2023, 2024 y 2025. Dicha política de remuneraciones fue propuesta por el Consejo de Administración, previo informe favorable de la CNRS. No obstante, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la CNRS, acordó en marzo de 2023 someter a la aprobación de la Junta General de Accionistas celebrada el 24 de abril de 2023 una modificación de dicha política de remuneraciones, manteniendo su vigencia durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025. La referida Junta General aprobó las modificaciones propuestas, que entraron en vigor a partir de la fecha de su aprobación por la Junta.
En la Política se determina: (i) la remuneración a percibir por los consejeros en su condición de tales en función de las responsabilidades atribuidas a cada uno de ellos, así como la pertenencia a comisiones del Consejo; (ii) la cuantía de la retribución fija anual y el importe máximo de la

retribución variable anual correspondiente al consejero por el desempeño de sus funciones ejecutivas; y (iii) el importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los consejeros en su condición de tales.
Por tanto, el Consejo de Administración únicamente fija la retribución variable concreta del consejero ejecutivo, una vez formuladas las cuentas anuales. En el ejercicio 2023, el único consejero que ha tenido la condición de ejecutivo ha sido D. David Ruiz de Andrés, siendo a su vez presidente y consejero delegado de la Sociedad. El papel de la CNRS ha consistido tanto a priori como a posteriori en la evaluación del desempeño del consejero delegado. Con anterioridad a la evaluación de su desempeño, la CNRS informó favorablemente sobre el mismo al Consejo, el cual aprobó los importes fijos, en dinero y en especie que le correspondían al consejero, así como el variable que como máximo podía corresponderle. Adicionalmente, la CNRS ha informado favorablemente sobre el establecimiento de los objetivos concretos, que han sido posteriormente aprobado por el Consejo de Administración.
A posteriori de ese desempeño, a la CNRS le ha correspondido supervisar que la retribución previamente fijada (el importe fijo) ha sido correctamente aplicada y al mismo tiempo informar favorablemente sobre la concesión de la retribución variable. La Comisión de Auditoría también juega en este caso un papel importante en la medida en que debe informar sobre el grado de consecución de los objetivos operativos y financieros. Finalmente, el Consejo, previo informe de la CNRS, ha aprobado esa retribución variable.
Por último, a la CNRS le ha correspondido la observancia de la política retributiva establecida por la Sociedad y revisar periódicamente la política de remuneraciones aplicada a los consejeros.
En cuanto a los asesores externos, la CNRS únicamente contó con el asesoramiento de Willis Towers Watson plc ("WTW"), asesor externo independiente especializado en materia de retribución de consejeros, en relación con el posicionamiento de las remuneraciones de los consejeros no ejecutivos de la Sociedad frente a otras compañías comparables.
No se ha aplicado ninguna desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones correspondiente al ejercicio cerrado.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
No se ha producido ninguna excepción temporal a la política de remuneraciones correspondiente al ejercicio cerrado.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
El Consejo, a propuesta de la CNRS, acordó (marzo 2023) someter a la aprobación de la Junta General (abril 2023) la modificación de la política de remuneraciones para los ejercicios 2023-2024y2025, siendo aplicable desde su aprobación. La propuesta modificación se circunscribió, principalmente, a modificar el importe de los conceptos de la remuneración de los consejeros en su condición de tales. Se ajustó la retribución de los consejeros en su condición de tales para que guardara una proporción razonable con Grenergy, su situación económica actual y los estándares de mercado de empresas comparables. Para fijar las remuneraciones, se consideraron las remuneraciones de consejeros de sociedades de capitalización similar y otras del sector. Se creyó conveniente incrementarla para seguir atrayendo y reteniendo el talento necesario en el Consejo, promoviendo así la sostenibilidad en el largo plazo. Se acordó que los importes a percibir por los consejeros en su condición de tales desde la celebración de la Junta fuesen:a)un importe anual máximo fijo bruto en efectivo por ser vocal del Consejo para cada consejero no ejecutivo (54.000€);b)un importe anual adicional fijo en efectivo en función de la pertenencia a comisiones(importe anual de 13500€ por ser vocal de la Comisión de Auditoría y de 11250€ por ser vocal de la CNRS;22500€ por ser el presidente de la Comisión de Auditoría y 18000€ por ser presidente de la CNRS);y c)que el consejero coordinador percibiera además 6750€
El resto de modificaciones de la Política aprobadas por la Junta General son:1)siguiendo los estándares de mercado, toda remuneración de los consejeros en su condición de tales es dineraria (i.e. se suprime la parte de la remuneración en acciones);2)se sustituye la referencia al importe máximo de la remuneración anual a satisfacer al conjunto de los consejeros por "importe máximo de la remuneración anual a satisfacer al conjunto de los consejeros en su condición de tales" conforme al art. 529 septdecies LSC, permaneciendo inalterado el importe máximo a percibir(600000€), circunscrito únicamente a los consejeros en su condición de tales (i.e. excluye la remuneración a percibir por el consejero ejecutivo);3)se determina la cuantía de retribución fija anual correspondiente al consejero ejecutivo conforme al art. 529 octodecies

LSC(90000€);4)se incluye un nuevo objetivo vinculado a la retribución variable del consejero ejecutivo relacionado con gobierno corporativo, reforzando el compromiso de Grenergy en materia de ESG;5)se suprimen las referencias en la Política a la participación del consejero ejecutivo en planes de opciones sobre acciones al no ser beneficiario;y 6) se suprime la referencia a importes a percibir por cualquier consejero por llevar la secretaría del Consejo ya que no se prevé que el cargo lo ocupe un consejero
La modificación de la Política contribuyó a la estrategia empresarial y a los intereses y sostenibilidad a largo plazo. Para determinar las nuevas remuneraciones de los consejeros no ejecutivos, se consideraron las remuneraciones de sociedades de capitalización similar y del sector (considerando los estándares de mercado de empresas comparables). Se consideraron las condiciones de retribución y empleo de los trabajadores
Remuneración del consejero ejecutivo: único consejero que percibió en el 2023 una retribución variable. D. David Ruiz, percibió una retribución variable de 83970€ durante el 2023 (importe equivalente al 89,24% de su retribución fija), si bien podría haber recibido un importe de hasta un 150% de su retribución fija. Se considera que el mix retributivo es adecuado ya que la retribución fija es relativamente baja para la categoría profesional del puesto y, por ello, debiera incentivarse la percepción de una retribución variable que sitúe la retribución en los estándares de empresas comparables del mercado
La retribución variable del consejero ejecutivo se percibe una vez al año tras comprobarse el cumplimiento de:a) Objetivos operativos corporativos fijados por el Consejo en relación con el plan de negocio y el plan de acción ESG(90% de los objetivos de la retribución variable). Entre estos objetivos, estarán los cuatro siguientes:1)EBITDA del plan de negocio;2)cumplimiento de ratios de endeudamiento;3)cumplimiento del pipeline del plan de negocio;y 4)cumplimiento del plan de acción ESG para el 2023;b)Objetivos específicos de la función de consejero ejecutivo relacionados con aspectos de gobierno corporativo(10% de los objetivos de la retribución variable). Los objetivos se fijan por la CNRS
Esta combinación de objetivos permite reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustar la retribución variable del consejero ejecutivo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de Grenergy. Si bien la consecución de un determinado EBITDA supone un objetivo en el corto plazo, el cumplimiento del pipeline, ponderando adecuadamente el desarrollo de activos en diferentes fases, obliga a atender tanto los activos realizables en el corto como el largo plazo. Establecer como criterio la consecución de ciertas ratios de endeudamiento reduce la exposición a riesgos considerados excesivos. La implementación de las acciones dentro del plan de acción ESG, así como aspectos de gobierno corporativo, supone considerar objetivos que contribuyen en el largo plazo y la sostenibilidad de Grenergy. Este último objetivo específico del consejero ejecutivo, relacionado con el gobierno corporativo, se añadió en la última modificación de la Política reforzando el compromiso de Grenergy en ESG El presidente tiene en su contrato una cláusula que le obliga a reembolsar la remuneración variable cuando el pago no haya ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se haya abonado atendiendo a datos inexactos y quede acreditado con posterioridad Por último, Grenergy considera que no hay personal en su plantilla cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de Grenergy
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
Las remuneraciones devengadas en el ejercicio 2023 cumplen con lo dispuesto en la Política. En particular, la cantidad total abonada a los consejeros no ejecutivos, es decir, por su condición de tales, ha ascendido a la cantidad de 416.330 euros, inferior a la fijada en la Política, que ascendía a 600.000 euros.
Por su parte, la retribución de D. David Ruiz de Andrés (presidente y consejero delegado) ha ascendido a 177.520 euros, que se corresponde con 79.650 euros de retribución fija dineraria, 13.900 euros de retribución fija en especie por uso de coche y 83.970 euros de retribución variable dineraria, inferior a la remuneración máxima prevista en la Política, esto es, 225.000 euros.
La retribución variable del consejero ejecutivo es la única retribución que está relacionada con los resultados y otras medidas de rendimiento de la Sociedad, en la medida en que los objetivos operativos de éste (los cuales representan el 90% de su retribución variable total, tal y como tal y como se indica en el apartado B.7 posterior) están alineados con los objetivos relativos al rendimiento sostenible y a largo plazo de la Sociedad. En este sentido, en el ejercicio 2023 la Sociedad cumplió satisfactoriamente con sus objetivos. Entre otros, obtuvo un EBITDA superior al previsto en el plan de negocio, cumplió los ratios de endeudamiento a los que se había comprometido, cumplió el pipeline previsto en el plan de negocio e implementó correctamente el plan ESG 2023. Por ello, la retribución variable dineraria del presidente quedó fijada en 83.970 euros. Este importe se determinó dentro del importe máximo de 135.000 euros establecido en la Política, al verificarse un grado de cumplimiento de los objetivos del 94,7%.
| Número | % sobre el total | |||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 19.210.125 | 62,75 |

| Número | % sobre emitidos | |
|---|---|---|
| Votos negativos | 1.092.186 | 5,68 |
| Votos a favor | 18.117.779 | 94,31 |
| Votos en blanco | 0,00 | |
| Abstenciones | 160 | 0,00 |
La determinación de los componentes fijos se ha llevado a cabo en función de lo previsto en la Política. En este sentido, los únicos consejeros que han percibido una retribución en su condición de tales son los consejeros no ejecutivos, representando los componentes fijos un 100% del total de su retribución. Sin perjuicio de lo anterior, en la medida en que la Política se modificó en abril de 2023 y, entre otros, se modificó el importe de los diversos conceptos que conformaban la remuneración de los consejeros en su condición de tales, la determinación de los componentes fijos de su remuneración se ha calculado de la siguiente forma:
(a) Los consejeros no ejecutivos percibieron hasta el 23 de abril de 2023 (inclusive) la parte proporcional de los siguientes importes: (i) por su condición de consejero, una remuneración de 34.000 euros al año; (ii) por la condición de vocal de las comisiones, 6.500 euros al año; (iii) por la condición de presidente de las comisiones, 3.000 euros al año; y (iv) por la condición de consejero independiente coordinador, 3.000 euros al año.
(b) Los consejeros no ejecutivos percibieron a partir del 24 de abril de 2023 (inclusive) la parte proporcional de los siguientes importes: (i) un importe anual máximo fijo bruto en efectivo por ser vocal del Consejo para cada consejero no ejecutivo de 54.000 euros; (ii) un importe anual adicional fijo en efectivo en función de la pertenencia a las comisiones del Consejo, esto es, 13.500 euros por ser vocal de la Comisión de Auditoría y 11.250 euros por ser vocal de la CNRS. Por su parte, el presidente de la Comisión de Auditoría percibió 22.500 euros y el presidente de la CNRS percibió 18.000 euros; y (iii) una retribución adicional de 6.750 euros por ser consejero coordinador.
A efectos meramente aclarativos, y tal y como se ha indicado previamente, la Junta General celebrada en abril de 2023 acordó suprimir que una parte de la remuneración de los consejeros no ejecutivos se entregase en acciones. Por tanto, en el ejercicio 2023, toda la remuneración de los consejeros en su condición de tales ha sido dineraria.
La variación de la remuneración de los consejeros en su condición de tales en el ejercicio 2023 respecto a la del ejercicio 2022 ha sido la siguiente:
Dña. Ana Peralta ha percibido en el ejercicio 2023 una retribución de 80.933 euros, mientras que en el ejercicio 2022 percibió una retribución de 66.629 euros. En este sentido, en el ejercicio 2023 su remuneración se incrementó en un 21,47% respecto de la percibida en 2022. - D. Nicolás Bergareche ha percibido en el ejercicio 2023 una retribución de 57.481 euros, mientras que en el ejercicio 2022 percibió una retribución de 51.870 euros. En este sentido, en el ejercicio 2023 su remuneración se incrementó en un 10,82% respecto de la percibida en 2022.
Dña. Rocío Hortigüela Esturillo ha percibido en el ejercicio 2023 una retribución de 74.358 euros, mientras que en el ejercicio 2022 percibió una retribución de 64.096 euros. En este sentido, en el ejercicio 2023 su remuneración se incrementó en un 16,01% respecto de la percibida en 2022.
D. Florentino Vivancos Gasset ha percibido en el ejercicio 2023 una retribución de 47.722 euros, mientras que en el ejercicio 2022 percibió una retribución de 24.034 euros. En este sentido, en el ejercicio 2023 su remuneración se incrementó en un 98,56% respecto de la percibida en 2022.
Dña. María Merry del Val Mariátegui ha percibido en el ejercicio 2023 una retribución de 57.481 euros, mientras que en el ejercicio 2022 percibió una retribución de 51.870 euros. En este sentido, en el ejercicio 2023 su remuneración se incrementó en un 10,82% respecto de la percibida en 2022.
D. Antonio Jiménez Alarcón ha percibido en el ejercicio 2023 una retribución de 59.025 euros, mientras que en el ejercicio 2022 percibió una retribución de 51.870 euros. En este sentido, en el ejercicio 2023 su remuneración se incrementó en un 13,79% respecto de la percibida en 2022. - Dña. Ana Plaza ha percibido en el ejercicio 2023 una retribución de 17.813 euros, correspondiente a la remuneración percibida desde la fecha de su nombramiento como consejera el 26 de septiembre de 2023.
Por otro lado, Dña. Teresa Quirós Álvarez ha percibido en el ejercicio 2023 una retribución de 21.517 euros, correspondiente a la remuneración percibida hasta la fecha de su dimisión como consejera el 23 de mayo de 2023.

B.6. Explique cómo se han determinado los sueldos devengados y consolidados, durante el ejercicio cerrado, por cada uno de los consejeros ejecutivos por el desempeño de funciones de dirección, y cómo han variado respecto al año anterior.
El único consejero ejecutivo durante el ejercicio 2023 ha sido D. David Ruiz de Andrés. Su retribución en concepto de sueldo ha ascendido a 93.550 euros, de los cuales 79.650 euros corresponden a retribución fija dineraria y 13.900 euros a retribución fija en especie por uso de coche, en línea de lo establecido en la Política.
En el ejercicio 2022, D. David Ruiz de Andrés percibió una retribución en concepto de sueldo de 97.403 euros, por lo que en 2023 su remuneración se redujo un 3,96% respecto a la percibida en el año anterior.
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados y consolidados en el ejercicio cerrado.
Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:
El consejero ejecutivo es el único miembro del Consejo de Administración que ha percibido durante el ejercicio 2023 una retribución variable a corto plazo. En concreto, podía percibir una retribución variable que ascendiera hasta el 150% de su retribución fija. Sin perjuicio de lo anterior, el presidente y consejero delegado, D. David Ruiz de Andrés, percibió una retribución variable de 83.970 euros durante el ejercicio 2023, es decir, un importe equivalente al 89,76% de su retribución fija.
Se considera que el mix retributivo es adecuado en la medida en que la retribución fija es relativamente baja para la categoría profesional del puesto y, por ello, debiera incentivarse la percepción de una retribución variable que sitúe la retribución en los estándares de empresas comparables del mercado.
La retribución variable del consejero ejecutivo correspondiente al ejercicio 2023 se ha determinado tras comprobarse el cumplimiento de los siguientes objetivos:

(a) Objetivos operativos corporativos fijados por el Consejo de Administración en relación con el plan de negocio y el plan de acción ESG, que representarán un 90% de los objetivos de la retribución variable del consejero ejecutivo. Dentro de estos objetivos, estarán los cuatro siguientes: (1) EBITDA contemplado en el plan de negocio; (2) cumplimiento de ratios de endeudamiento; (3) cumplimiento del pipeline contemplado en el plan de negocio; y (4) cumplimiento del plan de acción ESG para el año 2023.
(b) Objetivos específicos de la función de consejero ejecutivo relacionados con aspectos de gobierno corporativo, que representarán un 10% de los objetivos de la retribución variable del consejero ejecutivo. Estos objetivos se fijan por la CNRS.
Las retribuciones variables antes indicadas se han determinado en función del cumplimiento de los objetivos fijados por el Consejo de Administración en el año 2023. El cumplimiento de los objetivos operativos y financieros fijados por el Consejo de Administración en relación con el plan de negocio se ha determinado por la Comisión de Auditoría en el mes de febrero. Tras ello, la CNRS ha informado favorablemente sobre el cumplimiento de los objetivos específicos y el Consejo de Administración ha aprobado estos importes, así como el porcentaje correspondiente de la retribución obtenida. La aprobación ha tenido lugar, por tanto, durante los dos primeros meses del año 2024, con ocasión de la formulación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2023. Dado que todos los objetivos son de cumplimiento anual, referidos al 31 de diciembre del año 2023, el periodo de dos meses establecido se considera suficiente para comprobar que se han cumplido de manera efectiva las condiciones de rendimiento, toda vez que en dicho periodo no sólo se han formulado las cuentas anuales, sino que éstas han sido auditadas (lo que fija definitivamente los componentes financieros). Adicionalmente, a cierre del ejercicio, se ha podido comprobar el cumplimiento del pipeline, de las acciones ESG y de los aspectos de gobierno corporativo.
Según lo explicado anteriormente, no existen.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
En el ejercicio 2023 no se redujo ni reclamó la devolución de ningún componente variable del consejero ejecutivo en la medida en que no se consideró que procediese reclamación alguna.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
No existe ningún sistema de ahorro a largo plazo.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
No se han devengado ni pagado durante el ejercicio 2023 indemnizaciones ni cualquier otro tipo de pagos derivados del cese anticipado o de la terminación del contrato de ningún consejero de la Sociedad.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.
En el ejercicio 2023 no se produjeron modificaciones significativas en el contrato vigente del consejero delegado ni se suscribieron nuevos contratos con consejeros ejecutivos.

B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
En el ejercicio 2023 no se devengaron remuneraciones suplementarias como contraprestación por los servicios prestados por los consejeros de la Sociedad distintos a los inherentes a su cargo.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
En el ejercicio 2023 no tuvo lugar el otorgamiento de facilidades financieras como forma de retribución de los consejeros.
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
El único consejero que ha devengado durante el ejercicio 2023 retribuciones en especie ha sido el consejero delegado. En este sentido, D. David Ruiz de Andrés ha devengado una retribución en especie por uso de coche que asciende a la cantidad de 13.900 euros. Adicionalmente, Grenergy tiene suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubre la responsabilidad por actos y conductas de los miembros del Consejo de Administración y directivos de la Sociedad, cuya prima anual para el ejercicio 2023, pagada íntegramente por Grenergy, ascendió a 40.123,65 euros.
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
Durante el ejercicio 2023 no se devengaron remuneraciones por este concepto.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
No existe otro tipo de remuneraciones no mencionadas anteriormente en este informe.

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2023 |
|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | Presidente Ejecutivo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO | Consejero Coordinador | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | Consejero Dominical | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | Consejero Dominical | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN | Consejero Dominical | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña ANA PLAZA ARREGUI | Consejero Independiente | Desde 26/09/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 23/05/2023 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | 80 | 84 | 14 | 178 | 183 | |||||
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO | 48 | 33 | 81 | 58 | ||||||
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | 48 | 26 | 74 | 56 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | 48 | 48 | 18 | |||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | 48 | 9 | 57 | 45 | ||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | 48 | 9 | 57 | 45 | ||||||
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN | 48 | 11 | 59 | 45 | ||||||
| Doña ANA PLAZA ARREGUI | 14 | 4 | 18 | |||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | 16 | 5 | 21 | 46 |
Observaciones
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA PLAZA ARREGUI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
Plan | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO | |
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | |
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | |
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN | |
| Doña ANA PLAZA ARREGUI | |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | ||
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | |||||||||
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO |
|||||||||
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
|||||||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
|||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | |||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
||||||||||
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN |
||||||||||
| Doña ANA PLAZA ARREGUI | ||||||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | Uso de coche | 14 |
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO | Concepto | |
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | Concepto | |
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | Concepto | |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | Concepto | |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | Concepto |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN | Concepto | |
| Doña ANA PLAZA ARREGUI | Concepto | |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | Concepto |
Observaciones
b) Retribuciones a los consejeros de la sociedad cotizada por su pertenencia a órganos de administración de sus entidades dependientes:
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | ||||||||||
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO | ||||||||||
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | ||||||||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | ||||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | ||||||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | ||||||||||
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN | ||||||||||
| Doña ANA PLAZA ARREGUI |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
Observaciones
| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA PLAZA ARREGUI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
Plan | 0,00 |

Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | |
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO | |
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | |
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | |
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN | |
| Doña ANA PLAZA ARREGUI | |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | |||
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | ||
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO |
|||||||||
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
|||||||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
|||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
|||||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
|||||||||
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN |
|||||||||
| Doña ANA PLAZA ARREGUI | |||||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
Observaciones

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | Concepto | |
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO | Concepto | |
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | Concepto | |
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | Concepto | |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | Concepto | |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | Concepto | |
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN | Concepto | |
| Doña ANA PLAZA ARREGUI | Concepto | |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | Concepto |
Observaciones

Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 grupo |
Total ejercicio 2023 sociedad + grupo |
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS |
164 | 14 | 178 | 178 | |||||||
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO |
81 | 81 | 81 | ||||||||
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
74 | 74 | 74 | ||||||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
48 | 48 | 48 | ||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
57 | 57 | 57 | ||||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
57 | 57 | 57 | ||||||||
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN |
59 | 59 | 59 | ||||||||
| Doña ANA PLAZA ARREGUI |
18 | 18 | 18 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 grupo |
Total ejercicio 2023 sociedad + grupo |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
21 | 21 | 21 | ||||||||
| TOTAL | 579 | 14 | 593 | 593 |
C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | ||
| Consejeros ejecutivos | ||||||||||
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | 178 | -4,81 | 187 | -3,61 | 194 | 4,86 | 185 | 45,67 | 127 | |
| Consejeros externos | ||||||||||
| Doña ANA CRISTINA PERALTA MORENO |
81 | 20,90 | 67 | 52,27 | 44 | -12,00 | 50 | 66,67 | 30 |

| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | ||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
48 | 100,00 | 24 | -38,46 | 39 | -9,30 | 43 | 34,38 | 32 | |
| Doña MARÍA DEL ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
74 | 15,63 | 64 | 72,97 | 37 | -11,90 | 42 | n.s | 3 | |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
57 | 9,62 | 52 | 246,67 | 15 | - | 0 | - | 0 | |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
57 | 9,62 | 52 | 62,50 | 32 | -15,79 | 38 | 111,11 | 18 | |
| Don ANTONIO FRANCISCO JIMENEZ ALARCÓN |
59 | 13,46 | 52 | -80,30 | 264 | -14,29 | 308 | -60,56 | 781 | |
| Doña ANA PLAZA ARREGUI | 18 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | 21 | -50,00 | 42 | 180,00 | 15 | - | 0 | - | 0 | |
| Resultados consolidados de la sociedad |
||||||||||
| 51.055 | 395,54 | 10.303 | -36,82 | 16.308 | 7,06 | 15.233 | 33,19 | 11.437 | ||
| Remuneración media de los empleados |
||||||||||
| 42 | 31,25 | 32 | -13,51 | 37 | -32,73 | 55 | 1,85 | 54 |

Observaciones

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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