Transaction in Own Shares • Feb 24, 2020
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ACS Actividades de Construcción y Servicios S.A. (ACS) comunica que, en el día de hoy, ha acordado poner en marcha un programa de recompra de acciones propias (el "Programa de Recompra") de conformidad con la autorización conferida por la Junta General de Accionistas celebrada el pasado 10 de mayo de 2019 dentro del punto décimo del orden del día (el "Acuerdo").
El Programa de Recompra se efectúa al amparo de lo previsto en el Reglamento (UE) Nº 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, y del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento sobre el abuso de mercado en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización.
El Programa de Recompra será realizado en los términos que se indican a continuación:
Objetivo: El Programa de Recompra se ejecuta con la finalidad de reducir el capital social de ACS mediante amortización de acciones propias. Al propio tiempo, la finalidad de tal reducción de capital es coadyuvar a la retribución del accionista de ACS mediante el incremento del beneficio por acción.
Número máximo de acciones e inversión máxima: El número máximo de acciones a adquirir bajo el Programa de Recompra se fija en 10.000.000 acciones de ACS representativas del 3,18%, aproximadamente, del capital social de ACS a la fecha de esta comunicación. Por su parte, la inversión máxima será de 370.000.000 de euros.
Condiciones de precio y volumen: La adquisición de las acciones se realizará a precio de mercado de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016. En particular, ACS no comprará acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (i) el precio de la última operación independiente; o (ii) la oferta independiente más alta de ese momento en los centros de negociación donde se efectúe la compra. En lo que respecta al volumen de contratación, ACS no comprará más del 25% del volumen medio diario de las acciones de ACS en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra. El volumen medio diario de las acciones de la Sociedad a los efectos del cómputo anterior tendrá como base el volumen medio diario negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.
Plazo de duración: El Programa de Recompra comenzará en el día de hoy, 24 de febrero de 2020, y permanecerá vigente hasta el 30 de septiembre de 2020. No obstante, ACS se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia (esto es, el 30 de septiembre de 2020), se hubiera cumplido su finalidad y, en particular, si ACS hubiera adquirido al amparo del mismo el número máximo de acciones, o acciones por un precio de adquisición que, en total, alcance el importe de la
inversión máxima, o si concurriera cualquier otra circunstancia que así lo aconsejara o exigiera. La interrupción, finalización o modificación del Programa de Recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores mediante la correspondiente comunicación de otra información relevante, con la periodicidad prevista en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016.
24.02.2020
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