Transaction in Own Shares • Mar 12, 2020
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Llodio, 12 de marzo de 2020
De conformidad con lo establecido en el artículo 227 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, TUBACEX, S.A. (en adelante, "Tubacex" o la "Sociedad") comunica:
Que el Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión de 12 de marzo de 2020, ha acordado llevar a cabo un programa de recompra de acciones propias (en adelante, el "Programa de Recompra"), al amparo de la autorización conferida por la Junta General de Accionistas celebrada el día 24 de mayo de 2017.
El Programa de Recompra se encuentra sujeto a lo previsto en el artículo 5 del Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre abuso de mercado (en adelante, "Reglamento (UE) 596/2014"), el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento 596/2014 en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (en adelante, "Reglamento Delegado (UE) 2016/1052") y demás normativa aplicable.
El Programa de Recompra se ha firmado en los siguientes términos:
Propósito del programa. El objeto del programa es, según lo previsto en el apartado 2.a) del artículo 5 del Reglamento (UE) 596/2014, el de reducción del capital social.
Dimensión máxima del programa. La Sociedad prevé comprar un máximo de 4.000.000 de acciones propias en el mercado, por un importe efectivo máximo de seis millones de euros (6.000.000€).
Duración del programa. El programa tendrá una duración máxima de seis (6) meses, desde la publicación de esta comunicación.
Condiciones de negociación. Las acciones propias se adquirirán conforme a las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. En particular, en lo que se refiere al precio, la Sociedad no adquirirá acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (a) el precio de la última operación independiente; o (b) la oferta independiente más alta de ese momento en el centro de negociación donde se efectúe la compra, cuando las acciones se negocien en diferentes centros de negociación. En lo que respecta al volumen de contratación, la Sociedad no adquirirá más del 25% del volumen medio diario - negociado en los veinte (20) días

hábiles anteriores a la fecha de cada compra - de las acciones de la Sociedad en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra.
El Programa de Recompra tendrá como intermediario financiero a JB Capital Markets, Sociedad de Valores, S.A.U.
El Programa de Recompra se iniciará con la publicación de la presente comunicación. Asimismo, el Contrato de Liquidez suscrito entre la Sociedad y JB Capital Markets, Sociedad de Valores, S.A.U., con fecha 24 de julio de 2019, comunicado mediante hecho relevante el día 22 de agosto de 2019 y con número 281291, conforme a la Circular 1/2017, de 26 de abril, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre los contratos de liquidez, permanecerá en suspenso mientras el Programa de Recompra se encuentra operativo.
La eventual modificación, interrupción o finalización del Programa de Recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 del Reglamento (UE) Nº 596/2014 y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. Dichas operaciones serán también publicadas en la página web de la Sociedad según lo establecido en dichas normas.
Maider Cuadra Etxebarrena Secretario del Consejo de Administración
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