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Iberpapel Gestion S.A.

AGM Information May 11, 2020

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AGM Information

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A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

IBERPAPEL GESTION, S.A. (IBERPAPEL) de conformidad con lo establecido en la legislación del Mercado de Valores, comunica

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

El Consejo de Administración de Iberpapel Gestión, S.A., en su reunión celebrada el día 23 de abril de 2020, ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrar el día 22 de junio de 2020, a las doce horas y treinta minutos, en el Palacio de Congresos y Auditorio Kursaal, sito en Avenida de Zurriola, 1, de San Sebastián, en primera convocatoria y el día 23 de junio de 2020, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, con arreglo al orden del día que se adjunta.

Asimismo se adjuntan los textos completos de las propuestas de acuerdos.

Los informes de los administradores sobre los puntos del orden día que así lo requieren y la demás documentación relativa a la Junta General se encuentra disponible en la página web de IBERPAPEL GESTIÓN, S.A, www.iberpapel.es.

San Sebastián, 11 de mayo de 2020

Joaquín Manso Ramón

Secretario del Consejo de Administración

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

El Consejo de Administración de Iberpapel Gestión S.A. (en adelante, "IBERPAPEL" o la "Sociedad") ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrar el día 22 de junio de 2020, a las 12.30 horas, en el Palacio de Congresos y Auditorio Kursaal, sito en Avenida de Zurriola, 1, de San Sebastián, en primera convocatoria y el día 23 de junio de 2020, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria.

En el supuesto de que en las fechas previstas para la celebración de la Junta estuviesen vigentes el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o cualquier otra medida de las autoridades administrativas o sanitarias que restrinjan o impidan la celebración de la Junta General Ordinaria de la Sociedad con presencia física de accionistas y representantes de accionistas, la Junta se celebraría en las mismas fechas y hora previstas en este anuncio de forma exclusivamente telemática, esto es, sin asistencia física de accionistas y representantes. En este caso, se informará a los accionistas mediante la publicación de un anuncio complementario a esta convocatoria.

La Junta General se celebrará con arreglo al siguiente:

Orden del día

Primero.- Cuentas anuales, aplicación del resultado y gestión social.

1.1 Aprobación de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de ingresos y gastos reconocidos, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) e Informe de Gestión tanto de Iberpapel Gestión S.A., como de su grupo consolidado, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019.

1.2 Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio 2019.

1.3 Aprobación de la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2019.

Segundo.- Reelección como Auditor de Cuentas de la Sociedad y de su Grupo Consolidado para el ejercicio 2020.

Tercero.- Aprobación, en su caso, de la modificación del artículo 21º de los Estatutos Sociales.

Cuarto.- Adopción de los siguientes acuerdos sobre reelección y nombramiento de miembros del Consejo de Administración:

4.1 Reelección de Don Jesús Alberdi Areizaga, con la categoría de consejero independiente.

4.2 Reelección de Doña María Luisa Guibert Ucín, con la categoría de consejera independiente.

4.3 Reelección de Don Gabriel Sansinenea Urbistondo, con la categoría de consejero independiente.

4.4 Nombramiento de Doña Rosa María Sanz García, con la categoría de consejera independiente.

Quinto.- Votación con carácter consultivo del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros, regulado en el artículo 541.4 de la Ley de Sociedades de Capital.

Sexto.- Delegación de facultades para formalizar, interpretar, subsanar y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.

Séptimo.- Nombramiento de interventores para la aprobación del Acta de la Junta.

COMPLEMENTO DE LA CONVOCATORIA.

De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán: (i) solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria de Junta General, incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada; y (ii) presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la junta convocada.

El ejercicio de estos derechos deberá hacerse mediante notificación fehaciente dirigida a la atención del Secretario del Consejo de Administración, que habrá de recibirse en el domicilio social, Avda. Sancho El Sabio, 2-1º, San Sebastián (Guipúzcoa), dentro de los cinco días siguientes a la publicación de este anuncio de convocatoria.

DERECHO DE INFORMACIÓN.

De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General de Accionistas, y demás normativa aplicable, a partir de la presente convocatoria, cualquier accionista podrá examinar y obtener en el domicilio social Avda. Sancho El Sabio, 2-1º, San Sebastián (Guipúzcoa), en la página web de la Sociedad (www.iberpapel.es) y solicitar su entrega o envío, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta General:

(i) Cuentas Anuales e Informes de Gestión, tanto individuales como consolidados, del ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2019, junto con los respectivos Informes de Auditoria.

(ii) Texto íntegro de la convocatoria.

(iii) Número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria.

(iv) Propuestas de acuerdos que el Consejo de Administración hubiere adoptado, sin perjuicio en este último caso de que puedan ser modificadas hasta la fecha de celebración de la Junta General, cuando fuera legalmente posible.

(v) Perfil profesional y biográfico de los Consejeros cuya reelección y nombramiento se propone a la Junta General, así como el informe justificativo del Consejo de Administración y de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

(vi) Informes de los administradores sobre los acuerdos comprendidos en el Orden del Día que así lo requieran.

(vii) Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio 2019.

(viii) Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de la Sociedad del ejercicio 2019.

(ix) El informe sobre la independencia de Auditor de cuentas formulado por la Comisión de Auditoría.

(x) El informe sobre operaciones vinculadas formulado por la Comisión de Auditoría.

(xi) Modelo de tarjeta de delegación o votación.

(xii) Reglas sobre voto y delegación a distancia.

(xiii) Normas sobre Foro Electrónico de Accionistas.

Hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta General, los accionistas podrán formular las preguntas o peticiones de informaciones o aclaraciones que se refieran a puntos comprendidos en el orden del día, o a la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor.

Cualquier otra información complementaria relativa a la celebración de la Junta que no conste expresamente en este anuncio podrá ser consultada en la página web de la Sociedad (www.iberpapel.es ).

DERECHO DE ASISTENCIA.

Conforme a lo dispuesto en los Estatutos Sociales, Reglamento de la Junta General de Accionistas y la Ley de Sociedades de Capital, podrán asistir a la Junta General los accionistas que tengan inscritas la titularidad de sus acciones en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta, con cinco días de antelación, cuando menos, a aquél en que haya de celebrarse la Junta, y lo acrediten mediante la oportuna tarjeta de asistencia y voto, o el certificado expedido a través de las correspondientes Entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (Iberclear), o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente.

DERECHO DE REPRESENTACIÓN.

Los accionistas con derecho de asistencia podrán delegar su representación en otra persona, aunque ésta no sea accionista, cumpliendo los requisitos y formalidades establecidas al efecto. La representación será nominativa y deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada Junta. En el caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas y tendrá la obligación de conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la Junta correspondiente.

De conformidad con los Estatutos Sociales, el Reglamento de Junta General de Accionistas, y las normas de desarrollo aprobadas por el Consejo de Administración sobre delegación y voto por medios de comunicación a distancia, la representación podrá conferirse por escrito bajo firma autógrafa, o por medios telemáticos bajo firma electrónica. El accionista deberá acreditar su identidad mediante el Documento Nacional de Identidad Electrónico o el certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con lo previsto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que haya sido emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y

Timbre. En el caso de firma electrónica, el accionista utilizará el formulario puesto a disposición de los accionistas por la Sociedad en su página web (www.iberpapel.es). La delegación electrónica deberá realizarse, al menos, 24 horas antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta en primera convocatoria, no computándose aquellos votos que sean recibidos con posterioridad.

En los supuestos de representación conferida mediante correspondencia postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado correspondiente a la delegación de la tarjeta de asistencia emitida en papel por la correspondiente entidad participante en IBERCLEAR, debiendo aceptar el representante la representación, firmando a tal fin la tarjeta de asistencia y delegación que el accionista le habrá hecho llegar. La persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercerlo asistiendo personalmente a la Junta.

En el supuesto de representación conferida mediante medios electrónicos, el representante deberá aceptar la representación firmando a tal fin la impresión del formulario electrónico que consta en la página web de la Sociedad, que el accionista previamente cumplimentará y firmará con su firma electrónica reconocida, y que enviará al representante, y a la sociedad a la dirección que ésta ha establecido ([email protected]); el representante hará una copia del documento electrónico suscrito al efecto de su presentación y entrega a la sociedad en la mesa de registro de entrada de accionistas, en el lugar y fecha señalados para la celebración de la Junta general.

EJERCICIO DEL DERECHO DE VOTO.

El ejercicio del derecho de voto podrá realizarse por el accionista mediante su asistencia personal o a través de representante a la Junta general o mediante correspondencia postal o medios electrónicos.

Para la emisión del voto a distancia mediante correspondencia postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado "Voto a Distancia Postal" de la tarjeta de asistencia, delegación y voto emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones. Una vez cumplimentada y firmada con firma manuscrita la tarjeta de asistencia, delegación y voto, en la que conste con claridad la identidad del accionista, el número de acciones de las que es titular, el sentido de su voto para cada uno de los puntos del Orden del Día; y adjuntando copia del DNI o Pasaporte, si el accionista es persona física y, además, documento que acredite la representación, en caso de que el accionista sea persona jurídica, deberá remitir todo ello en sobre cerrado al domicilio social sito en Avda. Sancho el Sabio, 2, 1º, 20010 San Sebastián (Guipúzcoa) a la atención del Secretario del Consejo.

En el supuesto de que la tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR no incorpore el apartado dedicado al "Voto a Distancia Postal", el accionista que desee votar a distancia mediante voto postal deberá descargar de la página web de Iberpapel www.iberpapel.es e imprimir en papel la Tarjeta de Voto, cumplimentándola y firmándola junto con la tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR. Una vez cumplimentadas y firmadas con firma manuscrita ambas tarjetas, y adjuntando copia del DNI o Pasaporte, si el accionista es persona física y, además, documento que acredite la representación, en caso de que el accionista sea persona jurídica, deberá remitir todo ello en sobre cerrado al domicilio social a la atención del Secretario del Consejo.

Si se utilizan medios electrónicos, el accionista deberá rellenar el formulario establecido al efecto que tiene a su disposición en la página web de la Sociedad (www.iberpapel.es); el formulario se adjuntará a un correo electrónico que será firmado digitalmente con firma electrónica reconocida y avanzada, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que haya sido emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; debiéndolo remitir a la dirección de correo electrónico que la Sociedad ha establecido ([email protected]).

El voto emitido bien por correspondencia postal o por medios electrónicos, no será válido si no se recibe por la Sociedad, al menos, 24 horas antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta en primera convocatoria.

De conformidad con el artículo 524 de la Ley de Sociedades de Capital las entidades que aparezcan legitimadas como accionistas en virtud del registro contable de las acciones pero actúen por cuenta de diversas personas, podrán en todo caso fraccionar el voto y ejercitarlo en sentido divergente en cumplimiento de instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido. Estas entidades intermedias podrán delegar el voto a cada uno de los titulares indirectos o a terceros designados por estos, sin que pueda limitarse el número de delegaciones otorgadas.

NORMAS COMUNES AL EJERCICIO DEL DERECHO DE REPRESENTACIÓN Y DE VOTO POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA.

La Sociedad comprobará si la titularidad y número de acciones que proporcionen cada una de las personas que emitan su representación o voto por medio de comunicación a distancia son correctos. Con este fin los datos proporcionados serán contrastados por la Sociedad con los datos que faciliten las Entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear), y/o por el fichero facilitado por Iberclear, en su calidad de entidad encargada del registro contable de las acciones de la Sociedad.

La asistencia personal a la Junta del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, dejará sin efecto dicha delegación o voto. Asimismo, el voto, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, hará ineficaz cualquier delegación electrónica o mediante tarjeta impresa en papel, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada.

En el caso que un accionista realice válidamente varias delegaciones, prevalecerá la última recibida por la Sociedad.

El accionista podrá votar válidamente a distancia una sola vez en relación con cada posición de valores. En el caso que un accionista efectúe varios votos a distancia respecto de las mismas acciones, sea por vía electrónica o mediante correspondencia postal, prevalecerá el voto que primero haya sido recibido por la Sociedad, quedando invalidados los recibidos en fecha posterior. La revocación o modificación de ese voto a distancia precisará la asistencia personal del accionista a la Junta.

Salvo que se exprese lo contrario, la representación se extiende de forma automática a las propuestas sobre puntos que se hayan incluido en el orden del día a través de un complemento a la convocatoria, a las propuestas alternativas formuladas en sustitución, interpretación o aclaración de las publicadas, incluidas las presentadas durante el desarrollo de la Junta General y a los puntos no previstos en el orden del día. En estos casos, salvo que se indique expresamente otra cosa, la instrucción precisa al representante es la de votar en sentido negativo, excepto en el caso de que dichas propuestas sean presentadas por el Consejo de Administración, en cuyo caso se entenderá que la instrucción es la de votar a favor.

Si el representante designado se encontrase en conflicto de intereses en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta, y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas, el representante quedará autorizado para conferir la representación a favor de un tercero que no se encuentre en situación de conflicto de intereses y que ejerza la representación conferida.

Respecto del voto a distancia, no es posible su ejercicio para las posibles propuestas no comprendidas en el orden del día. En caso de que el voto a distancia no se haya emitido sobre todos los puntos del orden del día se considerará que el accionista ha votado a favor de las propuestas del Consejo de Administración.

En caso de emplearse medios electrónicos, sólo cabrá una actuación electrónica para cada tipo de operación (una votación y una delegación). Tanto la representación como el voto emitido a distancia quedarán sin efecto por la enajenación de las acciones que confieren el derecho de asistencia de que tenga conocimiento la Sociedad.

Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia del Certificado de Usuario, así como los datos de creación de firma y del dispositivo, para votar o delegar de forma electrónica.

Suspensión de los sistemas electrónicos/fallos interconexión: la Sociedad se reserva el derecho a modificar, cancelar, suspender, o restringir los mecanismos de voto y delegación por medios electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad así lo aconsejen o impongan.

Si por circunstancias técnicas no imputables a IBERPAPEL o por razones de seguridad derivadas de circunstancias sobrevenidas ajenas a aquella, se produjeren averías, fallos en la conexión, caídas de líneas o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, IBERPAPEL no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista, no pudiendo invocar esta circunstancia como privación ilegítima de los derechos del accionista.

MEDIDAS ESPECIALES ADOPTADAS EN RELACIÓN CON LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS 2020 EN ATENCIÓN AL COVID-19

Habida cuenta la necesidad de IBERPAPEL de continuar desarrollando su actividad con normalidad y alcanzar sus objetivos, y que la misma debe compatibilizarse, a la vez, con el absoluto compromiso del Consejo de Administración con la protección de la salud de todas las personas involucradas en la organización y en la celebración de la Junta General de accionistas, así como con la activa colaboración con las autoridades para controlar la expansión de la enfermedad del coronavirus y el riesgo para la salud pública que supone, la Sociedad ha decidido limitar estrictamente el acceso a la sala en la que tenga lugar la celebración de la Junta General a los accionistas que deseen participar físicamente en ella (o sus representantes) y a aquellas personas que deban asistir a ella o cuya participación se considere necesaria para el mejor desarrollo de la reunión, adoptándose medidas de protección entre los asistentes.

Adicionalmente, por las razones antes expuestas se recomienda encarecidamente a todos los accionistas la utilización de los distintos canales puestos a su disposición para delegar la representación y votar a distancia.

Otra Información Relevante

IBERPAPEL seguirá monitorizando atentamente la evolución de la situación sanitaria para decidir, en su caso, la adopción de aquellas otras medidas que considere adecuadas para salvaguardar el interés social y la salud de sus accionistas y de todos sus restantes grupos de interés. De tomarse nuevas medidas, se informará oportunamente.

Supuesto vigencia estado de alarma

Asimismo, como ya se ha indicado, en el supuesto de que en las fechas previstas para la celebración de la Junta, estuviesen vigentes el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o cualquier otra medida de las autoridades administrativas o sanitarias que restrinjan o impidan la celebración de la Junta General Ordinaria de la Sociedad con presencia física de accionistas y representantes de accionistas, la Junta se celebraría en las mismas fechas y hora previstas en la presente convocatoria, aplicándose las siguientes normas especiales:

i) Los accionistas podrán ejercer sus derechos, personalmente o por representante, únicamente a través de medios de comunicación a distancia y por vía telemática en los términos previstos en este anuncio y en el complementario que en su caso se publique.

ii) El Consejo de Administración informará oportunamente a los accionistas y a los mercados en general de cuantas otras medidas resulten necesarias en función de las resoluciones o recomendaciones que puedan emitir las autoridades competentes a través de su página web o por los medios que resulten necesarios en función del alcance de las medidas.

PROTECCION DE DATOS DE PERSONALES.

IBERPAPEL tratará los datos personales que los accionistas le remitan o que le sean facilitados desde las entidades depositarias con la finalidad de gestionar la convocatoria y celebración de la Junta General de Accionistas.

Conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, se informa del enlace a la política de tratamiento de datos personales de IBERPAPEL para Accionistas, http://www.iberpapel.es/accionista-e-inversores/tratamiento-de-datos-de-caracterpersonal, pudiendo contactar para el ejercicio de cualquier derecho a través del correo electrónico: [email protected]. Los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad y limitación del tratamiento podrán ejercitarse con arreglo a lo dispuesto en dicha política.

FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, IBERPAPEL ha habilitado un Foro Electrónico de Accionistas en la página web de la Sociedad, (www.iberpapel.es), con ocasión de la convocatoria de la Junta General, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias de accionistas que se hallen debidamente legitimadas, conforme al artículo 539.4 de la Ley de Sociedades de Capital, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de la Junta General.

En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del Orden del Día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria, para lo que deberán seguirse las instrucciones que la Sociedad publicará en la página web corporativa (www.iberpapel.es) con ocasión de la convocatoria.

El Foro no constituye un canal de comunicación entre la Sociedad y sus accionistas y se habilita únicamente con la finalidad de facilitar la comunicación entre los accionistas de IBERPAPEL con ocasión de la celebración de la Junta General.

Para acceder y utilizar el Foro, los accionistas deberán obtener a través de la página web (www.iberpapel.es) una clave de acceso específica siguiendo para ello las instrucciones que a tal efecto figuran en el espacio "Junta General 2020/ Foro electrónico de accionistas". La acreditación para obtener la clave podrá hacerse, bien a través del DNI electrónico o bien a través de una firma electrónica reconocida o avanzada, basada en un certificado electrónico reconocido y vigente, emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

El Foro se pondrá en funcionamiento el día de la convocatoria de la Junta General y estará abierto hasta el día de celebración de la Junta, ambos inclusive.

PRIMA DE ASISTENCIA

La Sociedad abonará una prima de asistencia de 0,005 euros brutos por acción a las acciones presentes o representadas en la Junta General que acrediten debidamente su asistencia o representación en la misma. De esta forma, los accionistas que participen en la Junta General de Accionistas 2020 ya sea personalmente o votando anticipadamente a través de medios de comunicación a distancia, en los términos anteriormente señalados, tendrán derecho a percibir la prima de asistencia indicada.

CELEBRACIÓN DE LA JUNTA EN SEGUNDA CONVOCATORIA.

LA JUNTA GENERAL SE CELEBRARÁ, PREVISIBLEMENTE, EN SEGUNDA CONVOCATORIA EL DÍA 23 DE JUNIO DE 2020 EN EL LUGAR Y HORA SEÑALADOS, A NO SER QUE FUERAN ADVERTIDOS LOS SEÑORES ACCIONISTAS DE LO CONTRARIO A TRAVÉS DE LA PRENSA DIARIA Y DE LA PÁGINA WEB DEL IBERPAPEL (www.iberpapel.es ).

San Sebastián (Guipúzcoa), 23 de abril de 2020. El Secretario del Consejo de Administración, Joaquín Manso Ramón.

PROPUESTA DE ACUERDOS QUE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A. FORMULA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS A CELEBRAR, EN PRIMERA CONVOCATORIA, EL DÍA 22 DE JUNIO DE 2020 Y, EN SEGUNDA CONVOCATORIA, EL 23 DE JUNIO DE 2020.

Primero.- Cuentas anuales, aplicación del resultado y gestión social.

1.1. Aprobación de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de ingresos y gastos reconocidos, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) e informe de gestión tanto de Iberpapel Gestión S.A., como de su grupo consolidado, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019.

Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, las Cuentas Anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de ingresos y gastos reconocidos, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) e Informe de Gestión tanto de Iberpapel Gestión S.A., como de su Grupo Consolidado, todo ello referido al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019.

Facultar al Presidente, Don Íñigo Echevarría Canales y al Secretario del Consejo, Don Joaquín Manso Ramón, indistintamente, para efectuar el depósito de las Cuentas Anuales, Informes de Gestión e Informes de Auditoría, correspondientes a Iberpapel Gestión, S.A., como de su Grupo consolidado, así como para expedir los certificados correspondientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 279 de la Ley de Sociedades de Capital y 366 del Reglamento del Registro Mercantil.

1.2. Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio 2019.

Aprobar la propuesta de aplicación del resultado por importe de diez millones cuatrocientos veinte mil diez euros con noventa céntimos (10.420.010,90 euros), que se distribuirá de la siguiente manera:

* A dividendos la cantidad de seis millones seis mil ciento cincuenta y un euros (6.006.151,00 euros) (1), que representa 0,55 euros brutos por acción, de la cual 0,40 euros brutos por acción, lo que equivale a la cifra de 4.368.092,80 euros, que ya se encuentran distribuidos como dividendo a cuenta del ejercicio, acordado por el Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión de 28 de noviembre de 2019, quedando pendiente de pago un dividendo complementario y definitivo de 0,15 euros brutos por acción, que representa la cifra de 1.638.058,20 euros (2), que se hará efectivo a los señores accionistas a partir del día 9 de julio de 2020.

* A reserva voluntaria la cantidad de cuatro millones cuatrocientos trece mil ochocientos cincuenta y nueve euros con noventa céntimos (4.413.859,90 euros) (3).

(1) Importe estimado (ver nota (2) siguiente).

(2) Este importe se reducirá/incrementará en función del número de acciones en autocartera que Iberpapel Gestión, S.A. tenga en el momento del pago del dividendo, dado que, conforme exige la Ley de Sociedades de Capital, las acciones propias no podrán percibir dividendo.

(3) Este importe se reducirá/incrementará en la misma cuantía en que se reduzca/incremente el importe destinado al pago del dividendo complementario (véase notas 1 y 2 anteriores).

1.3. Aprobación de la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2019.

Aprobar la gestión del Órgano de Administración durante dicho ejercicio.

Segundo.- Reelección como Auditor de Cuentas de la Sociedad y de su Grupo Consolidado para el ejercicio 2020.

De conformidad con la propuesta formulada por la Comisión de Auditoria, el Consejo de Administración somete a la Junta General la aprobación del siguiente acuerdo:

Reelegir como Auditores de Cuentas de Iberpapel Gestión, S.A. para auditar las cuentas a nivel individual y consolidado, correspondientes al ejercicio de 2020, a la firma PriceWaterhouseCoopers Auditores, S.L. con domicilio en Madrid, Torre PwC, Pº de la Castellana 259 B, y C.I.F. B-79031290, número S-0242 del Registro Oficial de Auditores de Cuentas de España, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 9.267, folio 75, libro 8.054, sección 3ª, hoja 87.250-1.

Tercero.- Aprobación, en su caso, de la modificación del artículo 21º de los Estatutos Sociales.

Modificar el artículo 21º Estatutos Sociales de la Sociedad, cuyo texto pasa a tener la siguiente redacción:

ARTICULO 21º.- El Consejo de Administración se compondrá de un mínimo de tres y un máximo de nueve miembros, designados por la Junta General de Accionistas.

Los Consejeros ejercerán su cargo durante el plazo máximo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos una o más veces por periodos de igual duración máxima.

El Consejo de Administración estará facultado para cubrir, con carácter provisional, las vacantes que en su seno se produzcan, designando en la forma legalmente establecida las personas que hayan de cubrirlas, sometiendo su nombramiento a la primera Junta General que se celebre con posterioridad al mismo. Asimismo, de producirse la vacante una vez convocada la Junta General y antes de su celebración, el Consejo de Administración podrá designar un Consejero hasta la celebración de la siguiente Junta General.

Para ser Consejero no será necesario ser accionista.

Si se nombra consejero a una persona jurídica, ésta designará a una persona física como representante suyo para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

No podrán ser consejeros quienes se hallen incursos en causa legal de incapacidad o incompatibilidad.

Cuarto.- Adopción de los siguientes acuerdos sobre reelección y nombramiento de miembros del Consejo de Administración:

4.1 Reelección de Don Jesús Alberdi Areizaga, con la categoría de consejero independiente.

En este punto del orden del día, conforme a la propuesta realizada al Consejo de Administración por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se somete a la Junta General la reelección de Don Jesús Alberdi Areizaga, mayor edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en Avda. Sancho El Sabio, 2, 1º, de San Sebastián (Guipúzcoa), como Consejero por el plazo de cuatro años, con la calificación de Consejero Independiente.

4.2 Reelección de Doña María Luisa Guibert Ucín, con la categoría de consejera independiente.

En este punto del orden del día, conforme a la propuesta realizada al Consejo de Administración por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se somete a la Junta General la reelección de Doña María Luisa Guibert Ucín, mayor edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en Avda. Sancho El Sabio, 2, 1º, de San Sebastián (Guipúzcoa), como Consejera por el plazo de cuatro años, con la calificación de Consejera Independiente.

4.3 Reelección de Don Gabriel Sansinenea Urbistondo, con la categoría de consejero independiente

En este punto del orden del día, conforme a la propuesta realizada al Consejo de Administración por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se somete a la Junta General la reelección de Don Gabriel Sansinenea Urbistondo, mayor edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en Avda. Sancho El Sabio, 2, 1º, de San Sebastián (Guipúzcoa), como Consejero por el plazo de cuatro años, con la calificación de Consejero Independiente.

4.4 Nombramiento de Doña Rosa María Sanz García, con la categoría de consejera independiente.

En este punto del orden del día, conforme a la propuesta realizada al Consejo de Administración por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se somete a la Junta General el nombramiento de Doña Rosa María Sanz García, mayor edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en Avda. Sancho El Sabio, 2, 1º, de San Sebastián (Guipúzcoa), como Consejera por el plazo de cuatro años, con la calificación de Consejera Independiente.

Quinto.- Votación con carácter consultivo del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros, regulado en el artículo 541.4 de la Ley de Sociedades de Capital

Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Iberpapel Gestión, S.A. del año 2019, cuyo texto se ha puesto a disposición de los accionistas junto con el resto de documentación relativa a la Junta General desde la fecha de su convocatoria

Sexto.- Delegación de facultades para formalizar, interpretar, subsanar y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.

Facultar al Presidente del Consejo de Administración, Don Íñigo Echevarría Canales y al Secretario del Consejo Don Joaquín Manso Ramón, para que cualquiera de ellos, indistintamente, en representación de esta Sociedad, pueda comparecer ante Notario para otorgar la elevación a públicos de los acuerdos adoptados, y realizar cuantas gestiones fueran precisas para lograr su más completa ejecución e inscripción, cuando proceda, en los registros públicos correspondientes y, en especial, en el Registro Mercantil de la provincia, extendiéndose esta delegación a la facultad de subsanar, aclarar, interpretar, precisar o completar, en su caso, los acuerdos adoptados o los que se produjeren en cuantas escrituras o documentos se otorgasen en su ejecución y, de modo particular, cuantos defectos, omisiones o errores,

de forma o fondo, impidieran el acceso de los acuerdos adoptados y de sus consecuencias en el Registro Mercantil de la provincia, incorporando, incluso, por propia autoridad las modificaciones que al efecto sean necesarias o puestas de manifiesto en la calificación, oral o escrita, del Sr. Registrador Mercantil o requeridas por las autoridades competentes, sin necesidad de nueva consulta a la Junta General.

Séptimo.- Nombramiento de interventores para la aprobación del Acta de la Junta.

De conformidad con el artículo 202 de la Ley de Sociedades de Capital, se propone a Don Alfonso Arsuaga Cortázar y a Don José Burutaran Usandizaga, como interventores para la aprobación del Acta de la Junta, junto con el Presidente, dentro del plazo máximo de quince días.

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