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Cellnex Telecom S.A.

Share Issue/Capital Change Aug 17, 2020

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ESTE DOCUMENTO Y LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN ÉL NO PUEDEN DIVULGARSE, DISTRIBUIRSE O PUBLICARSE, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, EN LOS ESTADOS UNIDOS, CANADÁ, AUSTRALIA O JAPÓN NI EN NINGÚN OTRO ESTADO O JURISDICCIÓN EN LOS QUE DICHA DIVULGACIÓN, DISTRIBUCIÓN O PUBLICACIÓN PUDIERA SER ILEGAL

Relación con Inversores Tel. +34 935 031 093 [email protected]

COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV)

CELLNEX TELECOM, S.A. ("Cellnex" o la "Sociedad"), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 227 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, mediante el presente escrito comunica a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente

INFORMACIÓN RELEVANTE

Como continuación de las comunicaciones publicadas los días 22 de julio de 2020, 23 de julio de 2020 y 13 de agosto de 2020 relativas a un aumento de capital de la Sociedad, la Sociedad comunica que:

  • − En el día de hoy ha quedado debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid la escritura pública de aumento de capital mediante aportaciones dinerarias y con reconocimiento del derecho de suscripción preferente otorgada el día 14 de agosto de 2020.
  • − Como consecuencia de lo anterior, el capital social de Cellnex ha quedado fijado en 121.677.167,25 euros, dividido en 486.708.669 acciones de 0,25 euros de valor nominal cada una, todas ellas pertenecientes a una única clase y serie.
  • − Cellnex ha solicitado en el día de hoy la admisión a negociación de las 101.382.140 nuevas acciones emitidas (las "Acciones Nuevas") en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia (las "Bolsas de Valores Españolas") a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) donde cotizan las acciones de Cellnex actualmente en circulación. Está previsto que la Comisión Nacional del Mercado de Valores verifique mañana, 18 de agosto de 2020, la concurrencia de los requisitos para la admisión a negociación de las Acciones Nuevas y que las Acciones Nuevas sean admitidas a negociación por las Bolsas de Valores Españolas también mañana, 18 agosto de 2020, y que su contratación efectiva comience el día 19 de agosto de 2020. En caso de producirse un retraso en este calendario, sería comunicado al mercado mediante la publicación de la oportuna comunicación de información relevante.

Madrid, 17 de agosto de 2020

ESTE DOCUMENTO Y LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN ÉL NO PUEDEN DIVULGARSE, DISTRIBUIRSE O PUBLICARSE, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, EN LOS ESTADOS UNIDOS, CANADÁ, AUSTRALIA O JAPÓN NI EN NINGÚN OTRO ESTADO O JURISDICCIÓN EN LOS QUE DICHA DIVULGACIÓN, DISTRIBUCIÓN O PUBLICACIÓN PUDIERA SER ILEGAL

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AVISO IMPORTANTE

La información aquí contenida no podrá divulgarse, distribuirse o publicarse, directa o indirectamente, en o hacia Estados Unidos (incluyendo sus territorios u posesiones, cualquier estado de los Estados Unidos y el Distrito de Columbia), Canadá, Australia, o Japón, o cualquier otra jurisdicción donde su distribución o divulgación podría constituir una violación de las leyes o las normas de dicha jurisdicción.

Estos materiales escritos no constituyen una oferta de venta, ni una solicitud de oferta para comprar o suscribir valores en Estados Unidos. Los valores aquí referidos no han sido registrados ni serán registrados con arreglo a la Ley de Valores de los Estados Unidos de América de 1933, con sus respectivas modificaciones (US Securities Act of 1933) (la "Ley de Valores"), y no pueden ofrecerse, ejercitarse ni venderse en Estados Unidos si no se ha realizado el registro o si no se hace de acuerdo con una exención de registro. La Sociedad no tiene la intención de registrar en Estados Unidos ningún valor al que se haga alusión en este anuncio, ni de realizar una oferta pública de valores en Estados Unidos.

La emisión, ejercicio o venta de valores en el aumento de capital están sujetos a restricciones legales o regulatorias específicas en ciertas jurisdicciones. La Sociedad no asume ninguna responsabilidad en el caso de que se produzca una violación de dichas restricciones por cualquier persona.

La información contenida aquí no constituye una oferta de venta, ni una solicitud de oferta para comprar, ni se producirá ninguna venta de los valores aquí referidos, en cualquier jurisdicción donde dicha oferta, solicitud o venta sería ilegal. Los inversores no deberán aceptar una oferta, ni adquirir cualquier valor a que se refiere este documento, a menos que lo hagan sobre la base de la información contenida en el correspondiente folleto informativo aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 23 de julio de 2020. Dicho folleto informativo se encuentra disponible para los accionistas e inversores a través de la página web de la Sociedad (www.cellnextelecom.com) y la CNMV (www.cnmv.es).

La Sociedad no ha autorizado ninguna oferta al público de valores en Reino Unido ni ningún estado miembro del EEE distinto de España. Respecto del Reino Unido y cada Estado Miembro del EEE distinto de España y donde sea de aplicación el Reglamento de Folletos ("Estado Relevante"), no se ha llevado a cabo ninguna acción ni se llevará a cabo ninguna acción para realizar una oferta pública de valores que requiera la publicación de un folleto. Como consecuencia de esto, los valores solo podrán ser ofertados en los Estados Relevantes (a) a una entidad legal que sea un inversor cualificado tal y como se define en el Reglamento de Folletos ("Inversor Cualificado"); o (b) en cualquier otra circunstancia que no requiera la publicación por la Sociedad de un folleto de acuerdo con el Reglamento de Folletos. A los efectos de este párrafo, la expresión "oferta pública de valores" significa cualquier comunicación que de cualquier forma y por cualquier modo, dé suficiente información de los términos de la oferta y de los valores a ofertar para permitir a un inversor decidir si ejercita, adquiere o suscribe los valores, y de la manera en que la misma pudiera variar en dicho Estado Relevante, y la expresión "Reglamento de Folletos" significa el Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE.

Adicionalmente, en el Reino Unido esta comunicación solo está siendo distribuida y solo se dirige a personas que sean Inversores Cualificados y que (i) tengan experiencia profesional en asuntos relativos a inversiones que se hallen incluidas en la definición de "inversores profesionales" según el Artículo 19 (5) de la Orden de 2005 de la Ley de Mercados y Servicios Financieros de 2000 (promoción financiera) (la "Orden"); o (ii) sean entidades con alto patrimonio neto según lo contemplado en el Artículo 49(2)(a) a (d) de la Orden (todas ellas, conjuntamente, las "personas relevantes"). En el Reino Unido, cualquier inversión o actividad de inversión a la que se refiera esta comunicación solo estará disponible para y podrá realizarse únicamente por las personas relevantes. Cualquier persona en el Reino Unido que no sea una persona relevante no debe actuar o confiar en este documento ni en su contenido.

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