Legal Proceedings Report • Oct 23, 2020
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Abengoa, S.A. (la "Sociedad"), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente comunicación relativa a
En relación con las comunicaciones de otra información relevante publicadas por la Sociedad el 30 de septiembre de 2020 (nº de registro 4745) y el 15 de octubre de 2020 (nº de registro 5039) en virtud de las cuales la Sociedad informaba de sendas extensiones del plazo para la aportación del compromiso de apoyo financiero de la Junta de Andalucía hasta el 15 y el 23 de octubre de 2020 respectivamente, la Sociedad informa que, una vez obtenidos los consentimientos necesarios al efecto, se ha procedido a extender de nuevo dicho plazo así como el plazo para el cierre de la operación hasta el 6 de noviembre de 2020 con el objetivo de dar un periodo de tiempo adicional para que la Junta de Andalucía pueda aportar el compromiso de apoyo financiero antes referido, única condición que no depende del grupo y que está aún pendiente a día de hoy.
La Sociedad informa que, en coherencia, con lo que viene sosteniendo desde el pasado mes de mayo, es de imperiosa urgencia poder cerrar la transacción para que el grupo encabezado por Abengoa Abenewco 1, S.A., cabecera de los negocios del Grupo Abengoa, pueda disponer de las líneas de liquidez y avales comprometidas en la misma. Este retraso perjudica de manera significativa la continuidad de los negocios de Abengoa Abenewco 1, S.A. y su grupo que ven limitadas sus posibilidades para acceder a nueva contratación y para cumplir con sus obligaciones corrientes, con lo que no puede extenderse de manera indefinida. De ahí, que el Consejo de Administración de Abengoa Abenewco 1, S.A. tenga que urgir a las partes implicadas a cerrar la transacción en un periodo de tiempo corto para mitigar los efectos negativos que el retraso está ocasionando en la situación financiera y de negocio de la compañía.
Como consecuencia de lo anterior, la Sociedad considera que es indispensable que la operación se cierre no más tarde del próximo 6 de noviembre. En caso contrario, se verá comprometida gravemente la viabilidad del grupo y, en consecuencia, el Consejo de Administración de Abengoa Abenewco 1, S.A. tomará las decisiones que le correspondan, atendiendo a sus deberes fiduciarios, para proteger los intereses de Abengoa Abenewco 1, S.A. y de todos sus grupos de interés.
Sevilla, 23 de octubre de 2020
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