Pre-Annual General Meeting Information • Nov 16, 2020
Pre-Annual General Meeting Information
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Comisión Nacional del Mercado de Valores C/ Edison, 4 28006 - Madrid
Abengoa, S.A. (la "Sociedad"), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente comunicación relativa a
El Consejo de Administración de Abengoa, en su reunión de fecha 15 de noviembre de 2020, ha acordado por unanimidad convocar la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad para su celebración exclusivamente por medios telemáticos, el día 21 de diciembre de 2020, a las 12:00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria, el día siguiente, 22 de diciembre de 2020, a la misma hora, para tratar sobre el orden del día que consta en el texto del anuncio de convocatoria adjunto.
Se adjunta al presente hecho relevante copia de la siguiente documentación:
La citada documentación adjunta será sometida para su aprobación en la Junta General Extraordinaria de Accionistas convocada por el Consejo de Administración celebrado el 15 de noviembre de 2020, estando prevista su celebración previsiblemente en segunda convocatoria el próximo 22 de diciembre de 2020.
El preceptivo anuncio en el Boletín Oficial de Registro Mercantil se ha remitido con fecha de hoy para su publicación en el día de mañana.
Los acuerdos adoptados por la Junta General Extraordinaria de Accionistas serán igualmente comunicados a través del oportuno hecho relevante.
Sevilla, 16 de noviembre de 2020

El Consejo de Administración de Abengoa, S.A. (en adelante, "Abengoa" o la "Sociedad") en su reunión celebrada el 15 de noviembre de 2020 ha acordado convocar Junta General Extraordinaria de Accionistas para su celebración sólo por medios telemáticos, el día 21 de diciembre de 2020, a las 12:00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria, que es en la que previsiblemente se celebrará, el día siguiente, 22 de diciembre de 2020, a la misma hora y lugar mencionados con arreglo al siguiente
Primero.- Fijación del número de miembros del Consejo de Administración. Nombramiento de consejeros
Segundo.- Sometimiento a votación, con carácter consultivo, del Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros de Abengoa.
Tercero.- Modificación de la política de remuneraciones aplicable a los ejercicios 2018- 2020.
Cuarto.- Aprobación de la política de remuneraciones aplicable a los ejercicios 2021-2023, ambos incluidos.
Quinto.- Delegación en el Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, ejecución, formalización e inscripción de los acuerdos adoptados.
Habida cuenta de la situación sanitaria que atraviesa el país como consecuencia de la crisis ocasionada por el virus COVID-19 y al amparo de lo previsto en el artículo 41 letra (c) del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (el "RDL 8/2020"), en aras a preservar la salud de todas las personas involucradas en la preparación y celebración de la Junta General y, a su vez, garantizar la igualdad de trato entre los accionistas y el ejercicio de sus derechos, el Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado por unanimidad que la Junta General se celebre única y exclusivamente por medios telemáticos, esto es, por tanto, sin la asistencia física de accionistas y representantes, todo ello en los términos previstos en este anuncio.
Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social o del número total de acciones con derecho de voto emitidas y en circulación podrán, mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de esta Junta General de Accionistas Extraordinaria ya convocada (en particular, sin carácter limitativo, propuestas alternativas de nombramiento de consejeros o de política de remuneraciones). Las citadas propuestas de acuerdo fundamentadas se publicarán en la página web de la Sociedad, en los términos establecidos por la normativa aplicable a la Sociedad.
A partir de la fecha de publicación de este anuncio, los accionistas tendrán derecho a examinar, en el domicilio social, y a pedir la entrega o envío gratuito (incluyendo por correo electrónico con acuse de recibo si el accionista así lo acepta) de:
El texto íntegro del presente anuncio de convocatoria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas.
Dicha información está igualmente disponible, desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la celebración de la junta general en la dirección de la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas).
Asimismo, a partir de dicha fecha y hasta el quinto día anterior a la fecha prevista de celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen, o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, de la información accesible al público que se hubiera
facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor. A estos efectos podrán dirigirse al Buzón de Contacto [email protected] o efectuar la petición a través de la plataforma electrónica para delegación y voto que se encuentra disponible en la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas).
Conforme a lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales de Abengoa, tendrán derecho de asistencia a la Junta General con derecho de voz y voto todos los accionistas que sean titulares de trescientas setenta y cinco (375) acciones o más, ya sean clase A o clase B, inscritas en el registro contable correspondiente con cinco días de antelación, cuando menos, a aquél en que haya de celebrarse.
Como quiera que es previsible que la Junta se celebre en segunda convocatoria, a efectos de lo establecido en el artículo 517 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los accionistas deberán tener registradas a su nombre las acciones no más tarde del día 14 de diciembre de 2020.
La Sociedad o, en su caso, las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear) encargadas del registro contable, facilitarán a cada accionista con derecho de asistencia que lo solicite, una tarjeta nominativa para acreditar la condición de accionista con derecho a asistencia y en ella se indicará el número de acciones de las que sea titular, así como la clase. Las solicitudes podrán enviarse a través de la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas). Los titulares de menor número de acciones del mínimo requerido para la asistencia a la Junta podrán agruparse hasta completar, al menos, dicho número, solicitando la correspondiente tarjeta de agrupación.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta por medio de cualquier persona siguiendo el procedimiento establecido en el apartado de asistencia telemática.
Los accionistas con derecho de asistencia podrán (i) delegar o conferir su representación, (ii) ejercer el voto, a través de medios de comunicación a distancia, con carácter previo a la celebración de la Junta General, de conformidad con lo previsto en los artículos 30 y 31 de los
Estatutos Sociales y 9 y 10 del Reglamento de la Junta General o (iii) tal y como se ha indicado, al amparo de lo previsto en el artículo 41 letra (c) del RDL 8/2020, asistir por medios telemáticos en los términos previstos en los artículos 182, 189 y 521 de la Ley de Sociedades de Capital. Al amparo de lo establecido en los indicados preceptos, el Consejo de Administración ha desarrollado las reglas allí establecidas, acordando que resultarán de aplicación en relación con la Junta General a la que esta convocatoria se refiere, del modo que se indica a continuación.
Los medios de comunicación a distancia válidos para delegar o conferir la representación son los siguientes:
a) Medios electrónicos: Para delegar o conferir su representación por medios electrónicos, los accionistas deberán hacerlo a través de la página web de Abengoa (www.abengoa.es) a partir del 18 de noviembre de 2020 a las 9:00h.
Habida cuenta que el mecanismo para conferir la delegación por medios electrónicos ha de disponer de las adecuadas garantías de autenticidad y de identidad del sujeto que delega, los accionistas que deseen utilizar este mecanismo de delegación deberán disponer previamente de una firma electrónica avanzada o reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, basada en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que podrá ser (i) un Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) o (ii) un certificado electrónico reconocido que se halle incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica (en adelante, conjuntamente, una "Firma Electrónica Válida").
Una vez que el accionista disponga de su correspondiente Firma Electrónica Válida podrá, a través del espacio "Junta General" de la página web de Abengoa (www.abengoa.es), mediante el formulario "Delegación electrónica" y en los términos y condiciones allí descritos, otorgar su representación a otra persona, aunque no sea accionista, para que le represente en la Junta General. El documento electrónico de delegación tendrá, a los efectos de lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales, la consideración de copia en formato electrónico de la tarjeta de asistencia y delegación.
El accionista que confiera su representación por medios electrónicos o mediante correspondencia postal se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida.
Cuando la representación se confiera a Abengoa, a algún Consejero y/o al Secretario del Consejo de Administración, esta comunicación se entenderá realizada y aceptada mediante la recepción por Abengoa de la delegación electrónica o de la tarjeta física debidamente cumplimentada o firmada.
La persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercerlo asistiendo personalmente, de forma telemática, a la Junta General (y no por medios de comunicación a distancia).
En el día de celebración de la Junta General, los representantes designados deberán registrarse e identificarse a través de la plataforma telemática de acceso a la Junta General, de la forma indicada en el apartado 4 siguiente. En caso de delegación efectuada por accionista persona jurídica, se podrá solicitar copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante de la delegación; asimismo, en caso de que fuera una persona jurídica la que representara a uno o varios accionistas, se podrá solicitar documento acreditativo de las facultades representativas suficientes de la persona física compareciente.
Los medios de comunicación a distancia válidos para emitir el voto a distancia son los siguientes:
mediante correo postal o servicio de mensajería equivalente; si el documento remitido fuera el formulario proporcionado por Abengoa, se deberá remitir igualmente el certificado acreditativo de la titularidad de las acciones. Tratándose de accionistas personas jurídicas, deberá acompañarse copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante. La entrega de manera presencial del voto en el domicilio social de la Sociedad (Campus Palmas Altas, calle Energía Solar número 1, 41014 Sevilla, España), se asimilará al envío por correspondencia postal.
Las aplicaciones informáticas para el ejercicio del voto y la delegación a través de medios electrónicos estarán operativas a partir del día 18 de noviembre de 2020 y se cerrarán a las 23:59 horas del día 20 o 21 de diciembre de 2020, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente.

mediante tarjeta impresa en papel, prevalecerá la última delegación o voto que se haya recibido por Abengoa dentro del plazo establecido.
En los supuestos de delegación (expresa o tácita) a favor del Presidente de la Junta General, así como en los supuestos de delegación expresa en algún consejero, ante cualquier punto en el que el representante se encontrara en una situación de posible conflicto de interés, y salvo que existan instrucciones de voto precisas o en contrario por parte del accionista representado, la representación se entenderá conferida, para el asunto concreto de que se trate, a favor del Secretario del Consejo de Administración, quien en tales casos votaría conforme a las pautas establecidas en la letra C) anterior.
A estos efectos, así como a los efectos dispuestos en la normativa de aplicación, se informa que (i) los consejeros cuya ratificación y/o reelección se propone, podrían encontrarse en una situación de conflicto de interés respecto de dichos puntos, (ii) y, en caso de que, por así permitirlo la norma de aplicación, se sometieran a la Junta General alguna o algunas propuestas de las referidas en el artículo 526.1 b) y c) de la
Ley de Sociedades de Capital, los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto de interés en la votación de las mismas.
Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, los accionistas con derecho de asistencia a la Junta General conforme a lo anteriormente indicado únicamente podrán asistir a la misma de forma telemática usando los medios telemáticos que se indican a continuación.
Los accionistas que deseen utilizar asistir telemáticamente a la Junta, deberán registrarse previamente en el espacio dedicado a la Junta General a través de la web de Abengoa (www.abengoa.com), desde el 18 de noviembre de 2020 hasta las 23:59 horas del día 20 o 21 de diciembre de 2020, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente, sin perjuicio de lo señalado más adelante para los representantes de accionistas. Con posterioridad a la hora indicada, no se admitirá ningún

registro previo para el ejercicio del derecho de asistencia telemática.
El indicado registro previo se llevará a cabo mediante una firma electrónica avanzada o reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, basada en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que podrá ser (i) un Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) o (ii) un certificado electrónico reconocido que se halle incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica.
Si el asistente telemático tuviera conferidas delegaciones, para poder ejercitar los derechos inherentes a dichas acciones, deberá notificárselo a la Sociedad antes de las 24 horas anteriores a la celebración de la Junta General, esto es, antes del 20 o 21 de diciembre de 2020 a las 12:00 horas, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente, enviando un correo electrónico a la dirección [email protected], o mediante correspondencia postal (Campus Palmas Altas, calle Energía Solar número 1, 41014 Sevilla, España), identificándose mediante el envío de una copia del DNI, NIE o pasaporte del representante, para que pueda acreditarse su identidad, además de las tarjetas de delegación y voto a distancia que vaya a representar debidamente cumplimentadas, e indicando que acepta la representación de dichas delegaciones. Este registro previo de los representantes que vayan a asistir remotamente debe realizarse en la forma y plazo indicados en este párrafo
Los accionistas (o sus representantes) registrados previamente según el apartado anterior, deberán conectarse a través de la plataforma de Asistencia telemática, que estará disponible en la página web corporativa, entre las 09.00 horas y las 11.45 horas del día de celebración de la Junta General, es decir 21 o 22 de diciembre de 2020, según la Junta se celebre en primera o segunda convocatoria, e identificarse mediante una firma electrónica avanzada o reconocida, en los términos previstos en el apartado anterior. No se admitirá el registro de asistentes fuera de esta franja horaria.
En caso de que el 21 de diciembre de 2020 se constatase la inexistencia de quórum
suficiente para la celebración de la Junta General en primera convocatoria, la Sociedad informará de esta circunstancia en la plataforma de Asistencia Telemática. En este caso, los asistentes telemáticos que se hubieran conectado en primera convocatoria deberán conectarse de nuevo para asistir telemáticamente a la Junta en segunda convocatoria.
No se considerarán como asistentes a los accionistas que realicen un registro previo y que no se conecten posteriormente a la reunión.
Aquellos accionistas (o sus representantes) que, asistiendo telemáticamente, quisieran intervenir y, en su caso, formular propuestas en los términos legalmente previstos o ejercer su derecho de información en los términos descritos en el apartado I anterior, podrán hacerlo por escrito y en todo caso, en la forma, términos y condiciones establecidos en plataforma de Asistencia Telemática, desde su conexión a la misma y hasta las 11:45 horas rellenando el correspondiente formulario en el que además deberán indicar si desean que su intervención conste literalmente en el acta. Las intervenciones y las solicitudes de información o aclaraciones serán contestadas conforme a lo establecido legalmente.
Los accionistas (o sus representantes) que asistan a la Junta General telemáticamente, podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día desde que se conecten a la plataforma de Asistencia Telemática y hasta que se haya dado lectura a todos los puntos del orden del día.
El accionista (o su representante) deberá indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el Orden del Día. Si, en relación con alguno de los puntos del Orden del Día no indicase el sentido de su voto, se entenderá que vota a favor de las propuestas formuladas por el Consejo de Administración y abstención en el resto.
Respecto a las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que, por mandato legal, no sea necesario que figuren en el Orden del Día, los asistentes por medios telemáticos podrán emitir sus votaciones a partir del momento en que se dé lectura a dichas propuestas para proceder a su votación y hasta que el Presidente o, en su caso, el Secretario de la Junta, anuncie que se inicia el periodo de votación de dichas propuestas de acuerdo.
Para la votación de las propuestas de acuerdos se aplicará el procedimiento previsto en los
Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General de Accionistas.
La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación electrónica así como de asistencia telemática a la Junta cuando haya razones técnicas o de seguridad que así lo requieran o impongan. La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos aquí descritos para la delegación y el voto a distancia o la asistencia telemática.
Para mayor información sobre la delegación de la representación y voto a través de medios de comunicación a distancia o asistencia telemática a la Junta General, los accionistas pueden dirigirse a la página web de Abengoa, (www.abengoa.es), a la dirección de correo electrónico [email protected] y al teléfono de la Línea de Atención a Accionistas 954 93 71 11.
Abengoa ha habilitado un Foro Electrónico de Accionistas en su página web (www.abengoa.com/accionistas y gobierno corporativo/), con la finalidad legalmente establecida de facilitar la comunicación entre sus accionistas con ocasión de la celebración de la Junta General, al que podrán acceder tanto los accionistas individuales como las asociaciones de accionistas que se hallen debidamente legitimadas, debiendo seguirse las instrucciones que la Sociedad ha publicado en su página web (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas) con ocasión de la convocatoria.
Para acceder y utilizar el Foro, los accionistas deberán disponer de una clave de acceso que podrán obtener a través de la página web (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Juntas Generales y foro de accionistas), siguiendo las instrucciones que a tal efecto figuran en el espacio "Juntas Generales y Foro Electrónico de Accionistas".
Para los aspectos relativos a la Junta General no contenidos en este anuncio, los accionistas podrán consultar el Reglamento de la Junta General que se encuentra a su disposición en la página web de la Sociedad (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Estructura de órganos de gobierno/Normas internas).
Asimismo, para obtener información adicional, los accionistas podrán dirigirse a la Sociedad mediante el formulario disponible en la página web (www.abengoa.com/Accionistas y Gobierno Corporativo/Atención al accionista) en la sección Atención al Accionista.
El Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de un notario para que levante acta de la Junta General de Accionistas.
Los datos personales que los señores accionistas remitan a la Sociedad o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR) en el marco de la Junta General, incluyendo aquellos datos necesarios para el ejercicio o delegación de sus derechos de asistencia; información; participación en el Foro Electrónico de Accionistas, serán tratados de conformidad con lo siguiente:
Responsable: Abengoa S.A., con domicilio social en Calle Energia Solar 1, 41014 Sevilla.
Finalidad: Gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo referente a la convocatoria y celebración de la Junta General.
Legitimación: Los datos serán tratados para el cumplimiento de las obligaciones legales atribuidas a la Sociedad.
La entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR).
Administraciones Públicas, en los casos previstos por la Ley.
Registros y Fedatarios Públicos, en los casos previstos por la Ley.
El titular de los datos podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición limitación del tratamiento y portabilidad de datos, en los términos establecidos al efecto en la legislación vigente, mediante el envío de un correo electrónico al buzón [email protected].
La Junta General se celebrará con toda probabilidad en segunda convocatoria, el día 22 de diciembre de 2020 a las 12:00 horas.
Se recuerda a los Sres. Accionistas que, tal y como se ha indicado, la Junta General se celebrará exclusivamente por medios telemáticos por lo que no se podrá asistir a la misma de forma física.
Sevilla, 15 de noviembre de 2020
El Secretario del Consejo de Administración
Daniel Alaminos Echarri

Primero.- Fijación del número de miembros del Consejo de Administración. Nombramiento de consejeros
Habida cuenta de que llegada la fecha de conversión de los instrumentos convertibles emitidos por las filiales de la sociedad, Abengoa Abenewco 2, S.A.U., Abengoa Abenewco 2 Bis, S.A.U. y Abengoa Abenewco 1, S.A.U., esto es el próximo 3 de diciembre de 2020, se producirá la ruptura del grupo económico y fiscal actualmente encabezado por la Sociedad y, como consecuencia de dicha ruptura, la Sociedad pasará a ostentar, en su caso, una participación minoritaria en Abengoa Abenewco 1, S.A.U., nueva sociedad cabecera del grupo consolidado, y sus negocios, se acuerda fijar en tres el número de miembros del Consejo de Administración.
A propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se aprueba el nombramiento de don Francisco Prada Gayoso, mayor de edad, casado, de nacionalidad española, con D.N.I. número 34550143A, y con domicilio a estos efectos en Madrid, Calle Manuel Pombo Angulo 20, como consejero independiente por el plazo de cuatro años.
Esta propuesta cuenta con el informe justificativo del Consejo de Administración establecido en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital, que se ha puesto a disposición de los accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta General y se adjunta a la presente acta.
A propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se aprueba el nombramiento de don Joaquín García-Romanillos Valverde, mayor de edad, casado, de nacionalidad española, con D.N.I. número 23616890F, y con domicilio a estos efectos en Madrid, Calle Manuel Pombo Angulo 20, como consejero independiente por el plazo de cuatro años.
Esta propuesta cuenta con el informe justificativo del Consejo de Administración establecido en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital, que se ha puesto a disposición de los accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta General y se adjunta a la presente acta.
A propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se aprueba el nombramiento de don Alejandro Sánchez-Pedreño Kennaird, mayor de edad, casado, de nacionalidad
española, con D.N.I. número 00796125 A, y con domicilio a estos efectos en Madrid, Calle Manuel Pombo Angulo 20, como consejero independiente por el plazo de cuatro años.
Esta propuesta cuenta con el informe justificativo del Consejo de Administración establecido en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital, que se ha puesto a disposición de los accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta General y se adjunta a la presente acta.
De conformidad con lo previsto en el artículo 541 de la Ley de Sociedades de Capital (tal y como la misma ha sido modificada por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre) y el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, el Consejo de Administración debe elaborar con carácter anual un Informe Anual de Remuneraciones sobre la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio en curso así como sobre la aplicación de la política de remuneraciones durante el ejercicio cerrado, incluyendo el detalle de las retribuciones individuales devengadas por todos los conceptos por cada uno de los consejeros en dicho ejercicio.
El Consejo de Administración de la Sociedad, en su reunión del 27 de julio de 2020 y previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, aprobó el Informe Anual de Remuneraciones correspondiente al ejercicio 2019, que se propone aprobar a esta Junta General, con carácter consultivo, habiéndose puesto a disposición de los accionistas desde el momento de la publicación del anuncio de convocatoria de la Junta General.
Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual de Remuneraciones corresponde al ejercicio 2019.
La política de remuneraciones de los consejeros de Abengoa aplicable a los ejercicios 2018, 2019 y 2020 y por tanto, actualmente vigente, fue aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 30 de junio de 2017 y posteriormente modificada por la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 28 de marzo de 2019.
Dicha política de remuneraciones contempla sendos planes de retribución variable plurianual basados en una serie de premisas relacionadas con la evolución del negocio y del valor de la deuda del grupo.
El impacto de la situación COVID19 en Abengoa ha supuesto deterioro muy significativo de las proyecciones de negocio a corto, medio y largo plazo, lo que ha llevado a la compañía a revisar su Plan de Negocio y proponer, además, un Plan de Refinanciación, en aras, todo ello, de salvaguardar su viabilidad presente y futura, teniendo ambas medidas un impacto directo en las premisas sobre las que se sustentaban los planes de retribución a largo plazo, haciendo que pierdan todos ellos validez y eficacia.

Por ello, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones propuso al Consejo de Administración y este aprobó la cancelación formal, para todos sus beneficiarios, del MIP 2017-2020, el Plan de Retribución Variable de Consejeros asociado al MIP 2017-2020 y el New MIP I 2019-2024 en acciones y empezar a estudiar un nuevo esquema, proponiendo el Consejo de Administración someter a la Junta General de Accionistas la modificación en este sentido de la Política de Remuneraciones de los Consejeros durante el período 2018-2020.
Una copia de dicha Política de Remuneraciones de los consejeros, tal y como quedaría novada en virtud de este acuerdo, ha sido puesta a disposición de los accionistas desde el momento de la publicación del anuncio de convocatoria de la Junta General.
Aprobar, de conformidad con lo previsto en el apartado 3 del artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la modificación de la Política de Remuneraciones de los consejeros aplicable a los ejercicios 2018-2020 (inclusive).
Aprobar, de conformidad con lo previsto en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la política de remuneraciones de los consejeros para los ejercicios 2021, 2022 y 2023, una copia de la cual ha estado a disposición de los accionistas desde la convocatoria de la Junta General.
Facultar expresamente al Presidente del Consejo de Administración, al Secretario y a la Vicesecretaria del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, indistintamente, y como delegado especial de ésta Junta, comparezca ante Notario, otorgue las escrituras públicas necesarias y proceda, en su caso, a la inscripción en el Registro Mercantil de los acuerdos adoptados que legalmente lo requieran, formalizando cuantos documentos sean necesarios en cumplimiento de dichos acuerdos.
Asimismo, autorizar al Consejo de Administración, con facultad de sustitución en cualquier de sus miembros, para que libremente pueda interpretar, aplicar, ejecutar y desarrollar los acuerdos aprobados, incluida la subsanación y cumplimiento de los mismos, así como proceda a delegar en cualquiera de sus miembros para otorgar cualquier escritura de rectificación o complementaria que sea menester para subsanar cualquier error, defecto u omisión que pudiera impedir la inscripción registral de cualquier acuerdo, hasta el cumplimiento de cuantos requisitos pueden ser legalmente exigibles para la eficacia de los citados acuerdos.
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