AI Terminal

MODULE: AI_ANALYST
Interactive Q&A, Risk Assessment, Summarization
MODULE: DATA_EXTRACT
Excel Export, XBRL Parsing, Table Digitization
MODULE: PEER_COMP
Sector Benchmarking, Sentiment Analysis
SYSTEM ACCESS LOCKED
Authenticate / Register Log In

Alantra Partners S.A.

Remuneration Information Mar 22, 2024

1784_def-14a_2024-03-22_6fa9c230-75e7-492c-a594-eb526f6e090f.pdf

Remuneration Information

Open in Viewer

Opens in native device viewer

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

Fecha fin del ejercicio de referencia: 31/12/2023
CIF: A81862724
Denominación Social:
ALANTRA PARTNERS, S.A.
Domicilio social:

C/JOSÉ ORTEGA Y GASSET, 29 MADRID

A. POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LA SOCIEDAD PARA EL EJERCICIO EN CURSO

A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.

Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.

En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:

  • a) Descripción de los procedimientos y órganos de la sociedad involucrados en la determinación, aprobación y aplicación de la política de remuneraciones y sus condiciones.
  • b) Indique y, en su caso, explique si se han tenido en cuenta empresas comparables para establecer la política de remuneración de la sociedad.
  • c) Información sobre si ha participado algún asesor externo y, en su caso, identidad del mismo
  • d) Procedimientos contemplados en la política de remuneraciones vigente de los consejeros para aplicar excepciones temporales a la política, condiciones en las que se puede recurrir a esas excepciones y componentes que pueden ser objeto de excepción según la política.

a. Descripción de los procedimientos y órganos de la sociedad involucrados en la determinación, aprobación y aplicación de la política de remuneraciones y sus condiciones

*Política de Remuneraciones de los consejeros en su condición de tales:

En virtud de la propuesta formulada por el Consejo de Administración de la Sociedad (previo informe elaborado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones), la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 28 de octubre de 2020, aprobó la vigente Política de Remuneraciones de los Consejeros, aplicable para las remuneraciones de los consejeros correspondientes al ejercicio 2021 a 2023 en adelante, y la cual fue modificada en sendas Juntas Generales Ordinarias de Accionistas de 27 de abril de 2022 y 27 de abril de 2023 para adaptarla a las distintas novedades legislativas que habrían entrado en vigor tanto en 2022 como en 2023.

En la actualidad, de conformidad con el artículo 20 de los Estatutos Sociales, el sistema de remuneración de los consejeros en su condición de tales consiste en una asignación fija anual pagadera trimestralmente y en dietas de asistencia a cada reunión del Consejo de administración o de sus Comisiones. Según lo aprobado por el Consejo de Administración:

(i) La retribución fija está establecida en 54.000 euros al año para el Presidente y el Vicepresidente, 45.000 euros al año para el consejero coordinador, y 36.000 euros al año para los vocales.

(ii) Dietas de 1.500 euros por reunión del Consejo a la que se asiste y 750 euros (1.500 euros los presidentes de las comisiones) por reunión de las comisiones a la que se asiste. La no asistencia no está retribuida. La participación mediante conexión telefónica se considera como una asistencia.

Las reuniones por escrito y sin sesión no están retribuidas.

El importe máximo total que la Sociedad puede pagar a los Consejeros por ambos conceptos, asignación fija y dietas de asistencia, no puede ser superior a 800.000 euros. En caso de que al final del ejercicio no se hubiera alcanzado el importe máximo de 800.000 euros, el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, puede, atendiendo a los resultados de la Sociedad, acordar un reparto adicional, como incremento de la retribución fija, por un importe máximo igual a la diferencia entre las cantidades efectivamente devengadas por los consejeros y el límite de 800.000 euros, atendiendo a la contribución de los consejeros y al desempeño de sus funciones.

*Esquema de remuneración del Presidente Ejecutivo:

El esquema de remuneración del Presidente Ejecutivo, que tiene la condición de Consejero Delegado y que es el único consejero ejecutivo, consiste en una retribución fija de 300.000 euros anuales (importe aprobado por la Junta General de Accionistas de 27 de abril de 2023) más una retribución variable anual que tiene los siguientes dos componentes:

a) Componente cuantitativo por un importe equivalente al 3,2% del beneficio de la Sociedad antes de impuestos, excluido el resultado derivado de operaciones o ajustes contables no materializados en caja ya sea en efectivo o en instrumentos equivalentes, debiendo verificar la Comisión de Auditoría y Control de Riesgos el cálculo del importe de este componente cuantitativo;

b) Componente cualitativo, cuyos criterios, indicadores y/o parámetros a alcanzar son establecidos anualmente por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y que atiende, entre otros y principalmente, a los siguientes objetivos: (i) el desarrollo de las capacidades del equipo de profesionales integrado en el grupo de la Sociedad, (ii) la sostenibilidad de los ingresos, (iii) la promoción de una gestión del riesgo sólida y efectiva

que impulsa el comportamiento responsable de la entidad y promueva la sensibilización sobre los riesgos conexos a sus actividades y una asunción prudente de dichos riesgos, (iv) el cumplimiento de las iniciativas en materia de sostenibilidad que establezca el órgano competente de la Sociedad, (v) el diseño y ejecución de operaciones corporativas que contribuyan a la generación de valor para la Sociedad y (vi) la maximización del valor para el accionista. El grado de cumplimiento de tales objetivos modula el importe resultante de lo establecido en el párrafo anterior, ya sea al alza o a la baja, en un importe de hasta el 60% del mismo (porcentaje aprobado por la Junta General de Accionistas de 27 de abril de 2023).

* Órganos involucrados en la aprobación de la Política Remuneraciones

El Consejo de Administración de la Sociedad, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones somete a la Junta General de Accionistas la aprobación de la Política Remuneraciones de los consejeros de la Sociedad.

b. Indique y, en su caso, explique si se han tenido en cuenta empresas comparables para establecer la política de remuneración de la sociedad. Para la determinación de la Política de Remuneraciones de los consejeros sí se han tenido en cuenta políticas de remuneraciones de empresas comparables.

c. Información sobre si ha participado algún asesor externo y, en su caso, identidad del mismo. Para la determinación de la Política de Remuneraciones de los consejeros no se ha contado con la asistencia de un asesor externo para su realización.

d. Procedimientos contemplados en la política de remuneraciones vigente de los consejeros para aplicar excepciones temporales a la política, condiciones en las que se puede recurrir a esas excepciones y componentes que pueden ser objeto de excepción según la política. El Consejo no ha contemplado la posibilidad de regular un procedimiento para aplicar excepciones temporales a la política de remuneraciones.

A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.

Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.

(i) el desarrollo de las capacidades del equipo de profesionales integrado en el grupo de la Sociedad,;

(ii) la sostenibilidad de los ingresos;

  • (iii) la promoción de una gestión del riesgo sólida y efectiva que impulsa el comportamiento responsable de la entidad y promueva la sensibilización sobre los riesgos conexos a sus actividades y una asunción prudente de dichos riesgos;
  • (iv) el cumplimiento de las iniciativas en materia de sostenibilidad que establezca el órgano competente de la Sociedad;
  • (v) el diseño y ejecución de operaciones corporativas que contribuyan a la generación de valor para la Sociedad; y

(vi) la maximización del valor para el accionista.

* Mix retributivo y criterios tenidos en cuenta para su determinación:

El Presidente, único consejero con funciones ejecutivas en el seno del Consejo, es el único consejero que percibe una remuneración fija en su condición de tal y además una remuneración de sus funciones ejecutivas, compuesta por una retribución fija y una retribución variable de acuerdo con las condiciones de su contrato, y de conformidad con la política de remuneraciones de los consejeros.

Tal y como se ha indicado anteriormente, el esquema retributivo del Presidente Ejecutivo consiste en (i) una retribución fija de 300.000 euros anuales (importe aprobado por la Junta General de Accionistas de 27 de abril de 2023), (ii) más una retribución variable anual que podrá tener un importe equivalente al 3,2% del beneficio de la Sociedad antes de impuestos, excluido el resultado derivado de operaciones o ajustes contables no materializados en caja ya sea en efectivo o en instrumentos equivalentes. La Comisión de Auditoría y Control de Riesgos verifica en todo caso el cálculo del importe de la retribución variable.

Como se ha adelantado anteriormente, el devengo de la retribución variable está sujeta a los criterios, indicadores y parámetros establecidos anualmente por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y tienen como fin alcanzar los siguientes objetivos:

El grado de cumplimiento de tales objetivos modula el importe resultante de la fórmula 3.2%, ya sea al alza o a la baja, en un importe de hasta el 60% del mismo (porcentaje aprobado por la Junta General de Accionistas de 27 de abril de 2023).

No obstante, el Presidente Ejecutivo ha renunciado voluntariamente a la generación de la remuneración variable correspondiente al ejercicio 2023, y por tanto no ha devengado retribución variable por este concepto. Lo anterior motivó que, de forma extraordinaria, los elementos del

componente cualitativo que iban a ser aprobados por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y que iban a ser utilizados para el cálculo de la remuneración variable, quedaran de facto sin efecto, en tanto que no se generaría remuneración variable alguna en este ejercicio. Tanto la renuncia a la generación de la remuneración variable del ejercicio 2023, como las consecuencias que se derivaban de la misma fueron analizados por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y por el Consejo.

En la medida en que el Presidente Ejecutivo no ha devengado la remuneración variable correspondiente al ejercicio 2023, no han sido de aplicación en ese ejercicio las disposiciones contenidas en la Política de Remuneraciones aplicable al ejercicio 2023 en relación con la remuneración variable y, en particular, las relativas a la determinación del componente cualitativo.

En consecuencia, no procede informar sobre el mix retributivo para el ejercicio en curso.

** Medidas adoptadas para reducir riesgos:

Los sistemas y procedimientos internos de control y gestión de riesgos de la Sociedad establecen mecanismos de supervisión específicos y contrapesos para evitar la concentración de la capacidad de decisión en ámbitos que puedan implicar una elevada asunción de riesgos por la Sociedad, así como para evitar y en su caso gestionar adecuadamente las situaciones de conflicto de interés que puedan presentarse. El esquema retributivo del Presidente Ejecutivo está orientado a promover la rentabilidad y sostenibilidad a largo plazo de la Sociedad, e incorpora las cautelas y controles necesarios para evitar una asunción excesiva de riesgos y la recompensa de resultados desfavorables. Tal y como se explica más adelante, el contrato del Presidente Ejecutivo con la Sociedad contiene una cláusula de recuperación de la remuneración variable (claw-back) que ha sido satisfecha en los términos que se detallan en dicho contrato.

***Periodo de devengo de la retribución variable y cláusulas de diferimiento o recuperación de la remuneración:

El periodo de devengo de la retribución variable del Presidente Ejecutivo es de doce (12) meses. El pago de la retribución variable anual se realiza a ejercicio vencido, por lo que el importe devengado durante un ejercicio se abona en el ejercicio siguiente.

La Sociedad no ha establecido ningún periodo de diferimiento para el pago de importes devengados y consolidados de la retribución variable del Presidente. Sin perjuicio de ello, la Política de Remuneraciones establece que, por acuerdo del Consejo, el pago de la remuneración variable del Presidente Ejecutivo (i) se podrá diferir en un periodo de entre tres y cinco años, y (ii) que parte podrá ser abonada en acciones de Alantra o instrumentos no monetarios similares. Tales medidas serán adoptadas por la Sociedad siempre que sea exigible de acuerdo con la normativa aplicable.

La Sociedad no ha establecido la introducción de cláusulas malus en la retribución variable del Presidente, pero sí que ha introducido una cláusula claw-back para la devolución de remuneraciones devengadas y ya percibidas en caso de que la Sociedad reformulara sus cuentas anuales y, de acuerdo con la citada reformulación, resultase que la magnitud financiera sobre la cual se hubiese calculado y pagado tal retribución, fuese inferior a la formulada inicialmente.

A.1.3 Importe y naturaleza de los componentes fijos que se prevé devengarán en el ejercicio los consejeros en su condición de tales.

De acuerdo con la Política de Remuneraciones del Consejo:

a) La retribución fija está establecida en 54.000 euros al año para el Presidente y el Vicepresidente, 45.000 euros al año para el consejero coordinador, y 36.000 euros al año para los vocales; y

b) Las dietas por asistencia a las reuniones del Consejo están retribuidas por importe de 1.500 euros por cada reunión a la que se asiste, y las dietas por asistencia a las reuniones de las Comisiones están retribuidas por importe de 750 euros por cada reunión a la que se asiste (siendo 1.500 euros los presidentes de las comisiones).

El importe máximo total que la Sociedad puede pagar a los Consejeros por ambos conceptos, asignación fija y dietas de asistencia, no puede ser superior a 800.000 euros. En caso de que al final del ejercicio no se hubiera alcanzado el importe máximo de 800.000 euros, el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, puede, atendiendo a los resultados de la Sociedad, acordar un reparto adicional por un importe máximo igual a la diferencia entre las cantidades efectivamente devengadas por los consejeros y el límite de 800.000 euros, atendiendo a la contribución de los consejeros y al desempeño de sus funciones.

A.1.4 Importe y naturaleza de los componentes fijos que serán devengados en el ejercicio por el desempeño de funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos.

El Presidente Ejecutivo, único consejero ejecutivo de la Sociedad, devengará, de conformidad con la Política de Remuneraciones de los Consejeros, una retribución fija de 300.000 euros (importe aprobado por la Junta General de Accionistas de 27 de abril de 2023).

A.1.5 Importe y naturaleza de cualquier componente de remuneración en especie que será devengado en el ejercicio incluyendo, pero no limitado a, las primas de seguros abonadas en favor del consejero.

El Presidente Ejecutivo devengará en el ejercicio en curso una remuneración en especie consistente en el pago del 50% de la cuota de salud de su colectivo familiar directo, cuyo importe estimado será de aproximadamente 2.398,08 euros. El Presidente Ejecutivo es el único consejero que percibe una retribución en especie (por este concepto, y cualquier otro).

A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de

cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.

Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.

Como se ha indicado anteriormente, los únicos componentes variables de la retribución del Consejo son los que corresponden al Presidente Ejecutivo, como retribución de sus funciones de gestión de la Sociedad. La retribución variable anual ha sido determinada de acuerdo con los siguientes dos componentes:

a) Componente cuantitativo por un importe equivalente al 3,2% del beneficio de la Sociedad antes de impuestos, excluido el resultado derivado de operaciones o ajustes contables no materializados en caja ya sea en efectivo o en instrumentos equivalentes, debiendo verificar la Comisión de Auditoría y Control de Riesgos el cálculo del importe de este componente cuantitativo;

b) Componente cualitativo, cuyos criterios, indicadores y/o parámetros a alcanzar son establecidos anualmente por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y que atiende, entre otros y principalmente, a los siguientes objetivos: (i) el desarrollo de las capacidades del equipo de profesionales integrado en el grupo de la Sociedad, (ii) la sostenibilidad de los ingresos, (iii) la promoción de una gestión del riesgo sólida y efectiva que impulsa el comportamiento responsable de la entidad y promueva la sensibilización sobre los riesgos conexos a sus actividades y una asunción prudente de dichos riesgos, (iv) el cumplimiento de las iniciativas en materia de sostenibilidad que establezca el órgano competente de la Sociedad, (v) el diseño y ejecución de operaciones corporativas que contribuyan a la generación de valor para la Sociedad y (vi) la maximización del valor para el accionista. El grado de cumplimiento de tales objetivos modula el importe resultante de lo establecido en el párrafo anterior, ya sea al alza o a la baja, en un importe de hasta el 60% del mismo (porcentaje aprobado por la Junta General de Accionistas de 27 de abril de 2023).

No obstante lo anterior, el Presidente Ejecutivo ha renunciado voluntariamente a la generación de la remuneración variable correspondiente al ejercicio 2023, y por tanto no ha devengado retribución variable por este concepto. Lo anterior motivó que, de forma extraordinaria, los criterios, indicadores y/o parámetros del componente cualitativo que iban a ser aprobados por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y que iban a ser utilizados para el cálculo de la remuneración variable, quedaran de facto sin efecto, en tanto que no se generaría remuneración variable alguna en este ejercicio 2023. La renuncia a la generación de la remuneración variable del ejercicio 2023 fue analizada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y por el Consejo.

En la medida en que el Presidente Ejecutivo no ha devengado la remuneración variable correspondiente al ejercicio 2023, no han sido de aplicación en ese ejercicio las disposiciones contenidas en la Política de Remuneraciones aplicable al ejercicio 2023 en relación con la remuneración variable y, en particular, las relativas a la determinación del componente cualitativo.

A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.

Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.

No existen sistemas de ahorro a largo plazo.

A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no

concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.

No existen indemnizaciones pactadas ni pagadas en caso de terminación de las funciones de consejero.

A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.

El único consejero ejecutivo de la Sociedad es el Presidente Ejecutivo, que tiene la condición de Consejero Delegado. Su contrato, aprobado por el Consejo de Administración, establece las siguientes condiciones:

  • Retribución fija de 300.000 euros anuales (importe aprobado por la Junta General de Accionistas de 27 de abril de 2023).

  • Retribución variable anual con los siguientes dos componentes:

a) Componente cuantitativo por un importe equivalente al 3,2% del beneficio de la Sociedad antes de impuestos, excluido el resultado derivado de operaciones o ajustes contables no materializados en caja ya sea en efectivo o en instrumentos equivalentes, debiendo verificar la Comisión de Auditoría y Control de Riesgos el cálculo del importe de este componente cuantitativo.

b) Componente cualitativo, cuyos criterios, indicadores y/o parámetros a alcanzar son establecidos anualmente por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y que atiende, entre otros y principalmente, a los siguientes objetivos: (i) el desarrollo de las capacidades del equipo de profesionales integrado en el grupo de la Sociedad, (ii) la sostenibilidad de los ingresos, (iii) la promoción de una gestión del riesgo sólida y efectiva que impulsa el comportamiento responsable de la entidad y promueva la sensibilización sobre los riesgos conexos a sus actividades y una asunción prudente de dichos riesgos, (iv) el cumplimiento de las iniciativas en materia de sostenibilidad que establezca el órgano competente de la Sociedad, (v) el diseño y ejecución de operaciones corporativas que contribuyan a la generación de valor para la Sociedad y (vi) la maximización del valor para el accionista. El grado de cumplimiento de tales objetivos modula el importe resultante de lo establecido en el párrafo anterior, ya sea al alza o a la baja, en un importe de hasta el 60% del mismo (porcentaje aprobado por la Junta General de Accionistas de 27 de abril de 2023). - El contrato tiene duración indefinida e incluye un pacto de exclusividad. No prevé indemnizaciones por extinción por decisión de la Sociedad, aunque incluye un preaviso de seis meses aplicable para el caso de extinción sin causa por decisión de la Sociedad o del Presidente Ejecutivo. - El contrato incluye una cláusula de recuperación de la retribución variable ya devengada y abonada al consejero ejecutivo ("Claw-back").

  • El contrato no incluye ningún pacto de no competencia postcontractual.

  • El contrato incorpora una cláusula que permita a la Sociedad, por acuerdo del Consejo de Administración, (i) diferir una parte de su remuneración variable en un periodo de entre tres y cinco años; y (ii) abonar una parte de su remuneración variable en acciones de Alantra o instrumentos no monetarios similares permitidos por el marco regulatorio aplicable vigente en cada momento, siempre que se den en el Grupo Alantra las circunstancias que obliguen a la Sociedad a aplicar dichas medidas conforme al referido marco, en cuyo caso se aplicarán en los términos mínimos que permita dicha normativa.

A.1.10La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria que será devengada por los consejeros en el ejercicio en curso en contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.

No existen remuneraciones suplementarias devengadas en la Sociedad a los consejeros como contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.

A.1.11 Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.

No existen remuneraciones en formas de anticipos, créditos o garantías.

A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.

No está prevista ninguna otra remuneración suplementaria no incluida en los apartados anteriores.

  • A.2. Explique cualquier cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso derivada de:
    • a) Una nueva política o una modificación de la política ya aprobada por la Junta.
    • b) Cambios relevantes en las determinaciones específicas establecidas por el consejo para el ejercicio en curso de la política de remuneraciones vigente respecto de las aplicadas en el ejercicio anterior.
    • c) Propuestas que el consejo de administración hubiera acordado presentar a la junta general de accionistas a la que se someterá este informe anual y que se propone que sean de aplicación al ejercicio en curso.

A fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, el cual establece que la política de remuneraciones de los consejeros mantendrá su vigencia durante los tres ejercicios siguientes a aquel en que haya sido aprobada por la junta general, y habiendo transcurrido dicho plazo desde la aprobación de la política vigente hasta el ejercicio 2023, la Junta General de Accionistas, a propuesta del Consejo en los términos del informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, aprobó la nueva Política de Remuneraciones de Consejeros de la Sociedad para los ejercicios 2024 a 2026, ambos inclusive (la "Política"). De acuerdo con lo establecido en el referido informe, la retribución del Presidente Ejecutivo prevista en la Política resulta también de aplicación en lo referente a la remuneración del Presidente Ejecutivo correspondiente al ejercicio 2023.

La Política incorpora ciertas novedades al régimen retributivo del presidente ejecutivo de la Sociedad respecto de la anterior política en vigor, y son las que se detallan a continuación:

a) Se acordó volver al esquema de remuneración fija y remuneración variable del presidente ejecutivo conforme a los dispuesto en la Política de Remuneraciones de Consejeros de la Sociedad vigente durante los ejercicios 2016 y 2017 de tal forma que (i) la remuneración fija del presidente ejecutivo volviera a estar fijada en 300.000 euros anuales y (ii) la remuneración variable no estaría limitada a un importe equivalente al 200% de la remuneración fija.

b) Se acordó establecer mecanismos para permitir a la Sociedad diferir y abonar en acciones de Alantra o instrumentos no monetarios similares parte de la remuneración variable del presidente ejecutivo, en caso de que se dieran las circunstancias establecidas en la normativa que en su caso fuera de aplicación a la Sociedad, y en los términos mínimos que dicho marco normativo exija.

Tal y como se explica en detalle en el Informe justificativo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de 22 de marzo de 2023 (que es de acceso público en la página web de Alantra junto con la documentación de la Junta General de 2023), tales modificaciones se introducen en la Política como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y los Servicios de Inversión, que transpone la Directiva (UE) 2019/2034, de 27 de noviembre de 2019 relativa a la supervisión prudencial de las empresas de servicios de inversión ("IFD").

A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.

La política de remuneraciones de consejeros vigente se encuentra disponible en el siguiente enlace de la página web de Alantra:

https://www.alantra.com/es/shareholders-investors/politicas-corporativas/

A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.

La Junta General de Accionistas celebrada el 27 de abril de 2023 sometió al voto, con carácter consultivo, de los accionistas de la Sociedad el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros. Al contar con el voto a favor del 99,89% de los votos válidamente emitidos, el consejo decidió aprobar el referido informe y publicarlo en la página web de la Sociedad.

B. RESUMEN GLOBAL DE CÓMO SE APLICÓ LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DURANTE EL EJERCICIO CERRADO

B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y,

en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.

Tal y como se ha explicado en el apartado A.1., el Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, es el órgano encargado de aprobar las retribuciones individuales de los consejeros (en su condición de tales y en su condición de consejeros con funciones ejecutivas), dentro de los límites y parámetros establecidos en la Política de Retribuciones aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad de 27 de abril de 2023 aplicable a las remuneraciones devengadas en los ejercicios 2024 a 2026 (ambos incluidos).

Por lo que se refiere a la retribución por pertenencia al Consejo, la retribución ha consistido exclusivamente en una asignación fija más las dietas, las cuales se han percibido íntegramente en efectivo de acuerdo con las cuantías contempladas en la Política de Retribuciones vigente. La aplicación de estos importes dio lugar, en función de la pertenencia de cada consejero a las distintas Comisiones dependientes del Consejo y al número de reuniones a las que asistieron, a los importes individuales reflejados en el apartado C siguiente. Adicionalmente a los importes fijos determinados por la Política de Retribuciones, a determinados consejeros se les ha concedido una retribución fija adicional (dentro del límite máximo de retribución establecido en la Política) con carácter especial para este ejercicio 2023 como reconocimiento a la contribución de los consejeros durante el ejercicio 2023.

En lo referente al Presidente Ejecutivo, único consejero con funciones ejecutivas, el Consejo, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, aprobó su retribución fija (prevista en su contrato con la sociedad) y tomó razón de la expresa renuncia del Presidente Ejecutivo a la generación de su remuneración variable, tal y como se ha explicado en apartados anteriores.

En la determinación de las retribuciones de los consejeros correspondientes al ejercicio 2023 no ha participado ningún asesor externo.

B.1.2 Explique cualquier desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones que se haya producido durante el ejercicio.

No se han producido desviaciones del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones que se haya producido durante el ejercicio.

B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.

Durante el ejercicio 2023 no se han aplicado excepciones temporales a la política de remuneraciones.

B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.

El diseño del sistema retributivo de los consejeros en su condición de tales y en su condición de consejeros ejecutivos se ha determinado de conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales, el Reglamento del Consejo y la Política de Remuneraciones de consejeros de la Sociedad, aprobada por la Junta General de Accionistas.

Por un lado, la retribución de los consejeros en su condición de tales consiste en una retribución fija únicamente ligada a la pertenencia al Consejo y sus distintas Comisiones dependientes, por lo que se ha diseñado y aprobado con el fin de desligarla a la consecución de objetivos y variables de corto plazo. En todo caso, tal y como se ha indicado anteriormente, la retribución total de los consejeros en su condición de tales está limitada a un importe total previamente fijado por la Junta de Accionistas.

En cuanto a la retribución del Presidente Ejecutivo por el desempeño de sus funciones de gestión, su actual esquema retributivo da un peso más relevante a los componentes variables de la retribución, frente a la retribución fija, tal y como se establece a lo largo del presente informe. Como se ha indicado anteriormente en el apartado A.1.2., el contrato del Presidente Ejecutivo incorpora una cláusula "clawback" que permite

la reclamación y devolución de importes retributivos de la remuneración variable. Los procedimientos internos en materia de gestión y control de riesgos establecen mecanismos de supervisión específicos y contrapesos para evitar que la elevada asunción de riesgos por la Sociedad, así como para evitar y en su caso gestionar la adecuadamente las situaciones de conflicto de interés que puedan presentarse. En este sentido, la Sociedad, en su condición de entidad dominante de un grupo consolidable de empresas de servicios de inversión, está sometida a supervisión prudencial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), y, a tales efectos, le es de aplicación el Real Decreto 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores ("LMV"). En cumplimiento de lo establecido en la LMV en materia de remuneraciones, la Sociedad y el grupo Alantra en su conjunto, debe contar con una política de remuneraciones que atienda a una adecuada gestión del riesgo y de los posibles conflictos de intereses. A tales efectos, el Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, aprobó la "Política de Remuneraciones del Grupo Alantra", la cual, en condiciones proporcionadas al carácter, escala y complejidad de sus actividades, es consistente con la promoción de una gestión del riesgo sólida y efectiva. La Política de Remuneraciones del Grupo Alantra se aplica a las categorías de empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera significativa en el perfil de riesgo a nivel sociedad matriz y filial (el "Colectivo Identificado"). Dicha política, que pude consultarse en la página web del grupo Alantra (www.alantra.com) junto con la política de remuneraciones de los administradores de la Sociedad aprobada por la Junta General de Accionistas, incorpora criterios y mecanismos que posibilitan la aplicación de un adecuado equilibrio entre los componentes fijos y variables de la remuneración del Colectivo Identificado, incluyendo, entre otros, (i) criterios de devengo sobre la base de resultados consolidados efectivamente materializados, (ii) limitaciones a la retribución variable, y (iii) mecanismos para alinear los intereses de los administradores, directivos y empleados del grupo Alantra con los de sus accionistas y clientes.

La remuneración anual del Colectivo Identificado puede consultarse en el Informe de Solvencia del grupo Alantra que se publica anualmente en la página web de la Sociedad. Respecto a las medidas para evitar conflictos de intereses, tal y como se establece en los artículos 25 a 27 del Reglamento del Consejo, los consejeros tienen el deber de adoptar las medidas necesarias para evitar incurrir en situaciones en las que sus intereses puedan entrar en conflicto con el interés social y sus deberes para con la Sociedad.

Además, el consejero está obligado a comunicar la existencia de tales conflictos en caso de haberlos al Consejo de Administración, quien resolverá sobre la resolución de los mismos.

B.3. Explique cómo la remuneración devengada y consolidada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente y, en particular, cómo contribuye al rendimiento sostenible y a largo plazo de la sociedad.

Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.

Los importes retributivos devengados por los consejeros por cada uno de los conceptos previstos en la Política de Remuneraciones resultan de aplicación de los criterios y cuantía previstos en la misma y se encuentran dentro de los límites vigentes establecidos. Los principios que rigen la citada Política, tanto en lo que respecta a la remuneración de los consejeros por su pertenencia a los órganos de administración como por el desarrollo de sus funciones ejecutivas, han sido adecuadamente aplicados.

En particular, la retribución total de los consejeros por su pertenencia al Consejo de Administración ha ascendido a un total de 605.150 euros, y se encuentra dentro del límite de 800.000 euros anuales fijado por la Política.

En cuanto a la remuneración del Presidente Ejecutivo, único consejero con funcinones ejecutivas de la Sociedad, durante el ejercicio 2023: - el Presidente Ejecutivo ha devengado una remuneracion fija por importe de 300.000 euros, tal y como establece la vigente Política de Remuneraciones, y

  • tal y como se ha explicado en otros apartados de este informe, el Presidente Ejecutivo ha renunciado voluntariamente a la generación de la remuneración variable correspondiente al ejercicio 2023, y por tanto no ha devengado retribución variable por este concepto.

En la medida en que el Presidente Ejecutivo no ha devengado la remuneración variable correspondiente al ejercicio 2023, no han sido de aplicación en ese ejercicio las disposiciones contenidas en la Política de Remuneraciones aplicable al ejercicio 2023 en relación con la remuneración variable y, en particular, las relativas a la determinación del componente cualitativo.

B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de abstenciones y de votos negativos, en blanco y a favor que se hayan emitido:

Número % sobre el total
Votos emitidos 29.153.469 75,46

Número % sobre emitidos
Votos negativos 184.075 0,63
Votos a favor 28.968.774 99,36
Votos en blanco 0,00
Abstenciones 620 0,00

Observaciones

B.5. Explique cómo se han determinado los componentes fijos devengados y consolidados durante el ejercicio por los consejeros en su condición de tales, su proporción relativa para cada consejero y cómo han variado respecto al año anterior.

El Consejo de Administración de la Sociedad, de acuerdo con lo dispuesto en la Política de Retribuciones de los consejeros, tiene derecho a percibir las siguientes retribuciones: (i) 54.000 euros al año para el Presidente y el Vicepresidente, 45.000 euros al año para el consejero coordinador, y 36.000 euros al año para los vocales; más (ii) dietas de 1.500 euros por reunión del Consejo a la que cada consejero ha asistido y 750 euros (1.500 euros los presidentes de las comisiones) por reunión de las comisiones a la que cada consejero ha asistido. Los consejeros no han percibido retribución alguna en aquellas ocasiones en las que no han asistido a las reuniones. Las decisiones adoptadas por el Consejo mediante el procedimiento por escrito y sin sesión no han sido retribuidas.

Además, el Consejo ha aprobado el incremento de la remuneración fija (por pertenencia al Consejo) de tres consejeros independientes como reconocimiento a su contribución, en los importes indicados en el apartado C.1. de este informe. Los referidos incrementos han sido tal y como se expone a continuación:

  • Un incremento de 40.000 euros en la retribución del Presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

  • Un incremento de 30.000 euros en la retribución de los dos consejeros independientes que han ocupado durante el ejercicio 2023 la presidencia

de la Comisión de Auditoría y Control de Riesgos, en una proporción dos tercios / un tercio.

  • Un incremento de 30.000 euros en la retribución de un consejero independiente.
  • Un incremento de 3.000 euros en la retribución de una consejera independiente.

B.6. Explique cómo se han determinado los sueldos devengados y consolidados, durante el ejercicio cerrado, por cada uno de los consejeros ejecutivos por el desempeño de funciones de dirección, y cómo han variado respecto al año anterior.

El Presidente Ejecutivo, único consejero ejecutivo de la sociedad, y por el desempeño de sus funciones de dirección y gestión, ha devengado durante el ejercicio 2023 una retribución fija por importe igual a 300.000 euros, de conformidad con lo dispuesto en su contrato de consejero ejecutivo vigente.

Como consecuencia de las modificaciones introducidas a la Política de Remuneraciones de Consejeros de la Sociedad aprobadas en la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 27 de abril de 2023, la retribución fija del Presidente Ejecutivo ha variado respecto del ejercicio anterior en su importe, pasando de ser de 1.400.000 de euros en 2022, a 300.000 de euros de 2023.

B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados y consolidados en el ejercicio cerrado.

En particular:

a) Identifique cada uno de los planes retributivos que han determinado las distintas remuneraciones variables devengadas por cada uno de los consejeros durante el ejercicio cerrado, incluyendo información sobre su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, condiciones en su caso de consolidación, periodos de devengo y vigencia, criterios que se han utilizado para la evaluación del desempeño y cómo ello ha impactado en la fijación del importe variable devengado, así como los criterios de medición que se han utilizado y el plazo necesario para estar en condiciones de medir adecuadamente todas las

condiciones y criterios estipulados, debiendo explicarse en detalle los criterios y factores que ha aplicado en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y consolidación de cada componente de la retribución variable.

  • b) En el caso de planes de opciones sobre acciones u otros instrumentos financieros, las características generales de cada plan incluirán información sobre las condiciones tanto para adquirir su titularidad incondicional (consolidación), como para poder ejercitar dichas opciones o instrumentos financieros, incluyendo el precio y plazo de ejercicio.
  • c) Cada uno de los consejeros, y su categoría (consejeros ejecutivos, consejeros externos dominicales, consejeros externos independientes u otros consejeros externos), que son beneficiarios de sistemas retributivos o planes que incorporan una retribución variable.
  • d) En su caso, se informará sobre los periodos de devengo o de aplazamiento de pago establecidos que se hayan aplicado y/o los periodos de retención/no disposición de acciones u otros instrumentos financieros, si existieran.

Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:

Tal y como se ha explicado anteriormente en este informe, el Presidente Ejecutivo, único consejero ejecutivo de la Sociedad, ha renunciado voluntariamente a la generación de la remuneración variable correspondiente al ejercicio 2023 , y por tanto no ha devengado retribución variable por este concepto.

En la medida en que el Presidente Ejecutivo no ha devengado la remuneración variable correspondiente al ejercicio 2023, no han sido de aplicación en ese ejercicio las disposiciones contenidas en la Política de Remuneraciones aplicable al ejercicio 2023 en relación con la remuneración variable.

Finalmente, dado que ningún otro consejero de la Sociedad desempeña funciones ejecutivas, no se ha devengado a favor de ningún otro consejera una remuneración variable en el ejercicio en curso de conformidad con lo previsto en la Política de Remuneraciones vigente.

Explique los componentes variables a largo plazo de los sistemas retributivos:

B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.

A fecha de la presente, el referido contrato del Presidente Ejecutivo no contiene la denominada cláusula malus.

Durante el ejercicio 2023 no se ha aplicado la referida cláusula.

B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con

El Consejo de Administración aprobó en marzo de 2018 la modificación del contrato de consejero delegado del Presidente Ejecutivo de la Sociedad para recoger, entre otras cosas, la denominada cláusula claw-back de recuperación de componentes variables de la retribución del Presidente Ejecutivo.

cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.

No existen sistemas de ahorro a largo plazo aprobados por la Sociedad.

B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.

Durante el ejercicio 2023 no se han percibido por los consejeros ningún tipo indemnización o cualquier otro tipo de pago derivado del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato.

B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.

Durante el ejercicio 2023, el contrato del Presidente Ejecutivo, único consejero ejecutivo de la Sociedad, ha sido modificado para reflejar los cambios introducidos en la Política de Remuneraciones de los Consejeros aprobados por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 27 de abril de 2023 en relación con la retribución del Presidente Ejecutivo. Tal y como se explica en el informe justificativo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y posteriormente aprobado por el Consejo de Administración, la modificación persigue una actualización de la retribución del Presidente Ejecutivo con la misma finalidad por la que la misma ya se actualizó en 2018 y en 2022, esto es, establecer un sistema adecuado y competitivo para el único Consejero ejecutivo de la Sociedad que, adicionalmente, no incida negativamente en el nivel de riesgo de la entidad, pero que evite que las restricciones todavía existentes a la proporción entre retribución fija y variable perjudiquen la alineación de intereses del Presidente Ejecutivo con la consecución de los objetivos de resultados de la Sociedad.

En particular, la retribución del Presidente Ejecutivo, en su condición de consejero ejecutivo de la Sociedad, se ha visto modificada en lo siguiente: (a) reducción del componen fijo anual de la retribución en un importe de 1.100.000 euros, esto es, hasta la cantidad de 300.000 euros al año; y (b) mantenimiento de su esquema actual de retribución variable, si bien (i) se redujo del 90% al 60% el porcentaje de variación al alza o a la baja del elemento cuantitativo de la retribución variable en función del grado de cumplimiento de los objetivos cualitativos, y (ii) se eliminó la cantidad de 1.100.000 euros a detraer de la retribución variable resultante.

Asimismo, como consecuencia de los cambios a la Política de Remuneraciones aprobada por la Junta General Ordinaria de 27 de abril de 2023, se aprobó una modificación al contrato de consejero delegado del Presidente Ejecutivo para incluir una cláusula que permitiera a la Sociedad, por acuerdo del Consejo de Administración, (i) diferir una parte de su remuneración variable en un periodo de entre tres y cinco años; y (ii) abonar una parte de su remuneración variable en acciones de Alantra o instrumentos no monetarios similares permitidos por el marco regulatorio aplicable vigente en cada momento, siempre que se dieran en el Grupo Alantra las circunstancias que obliguen a la Sociedad a aplicar dichas medidas conforme al referido marco, en cuyo caso se aplicarán en los términos mínimos que permita dicha normativa.

B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.

No existen remuneraciones suplementarias devengadas por los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.

B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.

No existen retribuciones derivadas de anticipos, créditos o garantías.

B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.

El presidente ejecutivo es el único consejero en percibir una retribución en especie consistente en el pago del 50% de la cuota del seguro de salud de su colectivo familiar directo (2.398,08 euros).

B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.

No existen remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de pagos que realice la sociedad a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero.

B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.

No existen retribuciones adicionales a los Consejeros.

C. DETALLE DE LAS RETRIBUCIONES INDIVIDUALES CORRESPONDIENTES A CADA UNO DE LOS CONSEJEROS

Nombre Tipología Periodo de devengo ejercicio 2023
Don SANTIAGO EGUIDAZU MAYOR Presidente Ejecutivo Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023
Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET Vicepresidente Otro Externo Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023
Don JAVIER CARRETERO MANZANO Consejero Independiente Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023
Don LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA Consejero Coordinador Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023
Don MARÍA GARAÑA CORCES Consejero Independiente Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023
Don JOSÉ ANTONIO ABAD ZORRILLA Consejero Dominical Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023
Don JORGE MATAIX ENTERO Consejero Dominical Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023
Don SILVIA REINA PARDO Consejero Dominical Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023
Don CATHERINE ELIZABETH LEWIS DE LA TORRE Consejero Independiente Desde 27/04/2023 hasta 31/12/2023
  • C.1. Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
    • a) Retribuciones de la sociedad objeto del presente informe:
      • i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
Nombre Remuneración
fija
Dietas Remuneración
por pertenencia
a comisiones
del consejo
Sueldo Retribución
variable a
corto plazo
Retribución
variable a
largo plazo
Indemnización Otros
conceptos
Total ejercicio
2023
Total ejercicio
2022
Don SANTIAGO EGUIDAZU MAYOR 54 12 300 366 3.152
Don SANTIAGO BERGARECHE BUSQUET 54 11 65 66
Don JAVIER CARRETERO MANZANO 36 23 40 99 89

Nombre Remuneración
fija
Dietas Remuneración
por pertenencia
a comisiones
del consejo
Sueldo Retribución
variable a
corto plazo
Retribución
variable a
largo plazo
Indemnización Otros
conceptos
Total ejercicio
2023
Total ejercicio
2022
Don LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA 45 26 40 111 114
Don MARÍA GARAÑA CORCES 36 21 20 77 89
Don JOSÉ ANTONIO ABAD ZORRILLA 36 15 51 51
Don JORGE MATAIX ENTERO 36 17 53 53
Don SILVIA REINA PARDO 36 12 48 48
Don CATHERINE ELIZABETH LEWIS DE LA TORRE 25 8 3 36

Observaciones

ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.

Instrumentos financieros al
principio del ejercicio 2023
Instrumentos financieros
concedidos durante
el ejercicio 2023
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio Instrumentos
vencidos y
no ejercidos
Instrumentos financieros
al final del ejercicio 2023
Nombre Denominación
del Plan

instrumentos
Nº Acciones
equivalentes

instrumentos
Nº Acciones
equivalentes

instrumentos
Nº Acciones
equivalentes/
consolidadas
Precio de
las acciones
consolidadas
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
(miles €)

instrumentos

instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
Sin datos

Observaciones

15 / 23

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.

Nombre Remuneración por consolidación
de derechos a sistemas de ahorro
Sin datos
Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) Importe de los fondos acumulados (miles €)
Sistemas de ahorro con derechos
económicos consolidados
Nombre
Sistemas de ahorro con derechos
económicos no consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos no consolidados
Ejercicio 2023
Ejercicio 2022
Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022
Sin datos
Observaciones

iv) Detalle de otros conceptos

Nombre Concepto Importe retributivo
Sin datos
Observaciones

b) Retribuciones a los consejeros de la sociedad cotizada por su pertenencia a órganos de administración de sus entidades dependientes:

i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)

Nombre Remuneración
fija
Dietas Remuneración
por pertenencia
a comisiones
del consejo
Sueldo Retribución
variable a
corto plazo
Retribución
variable a
largo plazo
Indemnización Otros
conceptos
Total ejercicio
2023
Total ejercicio
2022
Sin datos

Observaciones

ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.

Instrumentos financieros al
principio del ejercicio 2023
Instrumentos financieros
concedidos durante
el ejercicio 2023
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio Instrumentos
vencidos y
no ejercidos
Instrumentos financieros
al final del ejercicio 2023
Nombre Denominación
del Plan

instrumentos
Nº Acciones
equivalentes

instrumentos
Nº Acciones
equivalentes

instrumentos
Nº Acciones
equivalentes/
consolidadas
Precio de
las acciones
consolidadas
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
(miles €)

instrumentos

instrumentos
Nº Acciones
equivalentes
Sin datos

Observaciones

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.

Nombre Remuneración por consolidación
de derechos a sistemas de ahorro
Sin datos
Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) Importe de los fondos acumulados (miles €)
Nombre Sistemas de ahorro con derechos
económicos consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos no consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos consolidados
Sistemas de ahorro con derechos
económicos no consolidados
Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022
Sin datos
Observaciones

iv) Detalle de otros conceptos

Nombre Concepto Importe retributivo
Sin datos

Observaciones

c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):

Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.

Retribución devengada en la Sociedad
Nombre Total
Retribución
metálico
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
Remuneración
por sistemas
de ahorro
Remuneración
por otros
conceptos
Total ejercicio
2023 sociedad
Total
Retribución
metálico
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
Remuneración
por sistemas
de ahorro
Remuneración
por otros
conceptos
Total ejercicio
2023 grupo
Total ejercicio 2023
sociedad + grupo
Don SANTIAGO EGUIDAZU
MAYOR
366 366 366
Don SANTIAGO
BERGARECHE BUSQUET
65 65 65
Don JAVIER CARRETERO
MANZANO
99 99 99
Don LUIS CARLOS
CROISSIER BATISTA
111 111 111
Don MARÍA GARAÑA
CORCES
77 77 77
Don JOSÉ ANTONIO ABAD
ZORRILLA
51 51 51

Retribución devengada en la Sociedad
Nombre Total
Retribución
metálico
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
Remuneración
por sistemas
de ahorro
Remuneración
por otros
conceptos
Total ejercicio
2023 sociedad
Total
Retribución
metálico
Beneficio bruto
de las acciones
o instrumentos
financieros
consolidados
Remuneración
por sistemas
de ahorro
Remuneración
por otros
conceptos
Total ejercicio
2023 grupo
Total ejercicio 2023
sociedad + grupo
Don JORGE MATAIX
ENTERO
53 53 53
Don SILVIA REINA PARDO 48 48 48
Don CATHERINE
ELIZABETH LEWIS DE LA
TORRE
36 36 36
TOTAL 906 906 906

Observaciones

C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.

Importes totales devengados y % variación anual
Ejercicio 2023 % Variación
2023/2022
Ejercicio 2022 % Variación
2022/2021
Ejercicio 2021 % Variación
2021/2020
Ejercicio 2020 % Variación
2020/2019
Ejercicio 2019
Consejeros ejecutivos
Don SANTIAGO EGUIDAZU MAYOR 366 -88,39 3.152 -17,01 3.798 70,16 2.232 -26,24 3.026

Importes totales devengados y % variación anual
Ejercicio 2023 % Variación
2023/2022
Ejercicio 2022 % Variación
2022/2021
Ejercicio 2021 % Variación
2021/2020
Ejercicio 2020 % Variación
2020/2019
Ejercicio 2019
Consejeros externos
Don SANTIAGO BERGARECHE
BUSQUET
65 -1,52 66 13,79 58 -25,64 78 -2,50 80
Don LUIS CARLOS CROISSIER
BATISTA
111 -2,63 114 12,87 101 14,77 88 -21,43 112
Don JORGE MATAIX ENTERO 53 0,00 53 0,00 53 60,61 33 -38,89 54
Don JOSÉ ANTONIO ABAD
ZORRILLA
51 0,00 51 -1,92 52 57,58 33 -38,89 54
Don SILVIA REINA PARDO 48 0,00 48 60,00 30 - 0 - 0
Don JAVIER CARRETERO
MANZANO
99 11,24 89 8,54 82 6,49 77 -24,51 102
Don MARÍA GARAÑA CORCES 77 -13,48 89 9,88 81 5,19 77 -24,51 102
Don CATHERINE ELIZABETH LEWIS
DE LA TORRE
36 - 0 - 0 - 0 - 0
Resultados consolidados de
la sociedad
13.688 -78,02 62.287 -34,89 95.662 132,25 41.190 -38,67 67.161
Remuneración media de los
empleados
155 -8,82 170 -37,04 270 71,97 157 -19,49 195

Observaciones

D. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.

Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

[ ] [ √ ] Si No

Talk to a Data Expert

Have a question? We'll get back to you promptly.