Regulatory Filings • Feb 18, 2022
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Madrid, 18 de febrero de 2022
En cumplimiento del artículo 227 del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, Aena, S.M.E., S.A. ("Aena o la Sociedad"), comunica la siguiente:
El Consejo de Administración de Aena aprobó, con fecha 21 de diciembre de 2021, las tarifas aeroportuarias aplicables a partir del 1 de marzo de 2022, una vez cumplidos los trámites contemplados en la Ley 18/2014. Estas tarifas suponen un descenso del - 3,17% del ingreso máximo anual ajustado por pasajero de 2022 respecto de 2021, fijándose este año en 9,95 euros por pasajero.
En el día de hoy, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC o la Comisión) ha notificado a esta Sociedad la resolución de supervisión de estas tarifas aeroportuarias 2022, declarando conformes y aplicables las tarifas aprobadas por el Consejo de Aena.
Por otra parte, con fecha 3 de febrero de 2022, la CNMC notificó a Aena la iniciación de un procedimiento de conflicto sobre la modificación de las tarifas aeroportuarias 2022, instado por IATA España y Ryanair, que no afecta a su aplicación desde el próximo 1 de marzo. La Sociedad estima que este procedimiento no dará lugar a la modificación de las tarifas aprobadas por Aena ya supervisadas por la Comisión.
Finalmente, la Comisión Ejecutiva del Consejo de Administración de Aena ha aprobado, con fecha, 16 de febrero de 2022, un incentivo para la temporada de verano del 2022 de incremento del tráfico de pasajeros y un incentivo por las operaciones regulares comerciales de helicópteros con origen en los helipuertos de Ceuta y Algeciras para las temporadas de verano e invierno.
El Secretario del Consejo de Administración
Juan Carlos Alfonso Rubio
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