Remuneration Information • Feb 28, 2022
Remuneration Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2021 | |
|---|---|---|
| CIF: | A85130821 | |
| Denominación Social: | ||
| GRENERGY RENOVABLES, S.A. | ||
Calle Rafael Botí 26, 28023 MADRID

A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
Tanto la cantidad fija como la variable se recibirán en dinero si bien, a opción de los consejeros ejecutivos, éstos podrán percibir un importe no superior al 15% de esa retribución fija en especie, por uso de coche. La retribución variable no excederá del 150% de la fija y se determinará según cumplimiento de objetivos de rentabilidad del negocio, sostenibilidad en el largo plazo e incorporación de precauciones necesarias para desincentivar la asunción excesiva de riesgos y la recompensa de resultados desfavorables.
El Plan de Opciones sobre Acciones (2019-2023) (el Plan de Opciones) permite al Consejo atribuir al consejero ejecutivo la opción de adquirir un número de acciones que en el momento de la concesión de las opciones no supere el 300% de su retribución fija anual. Cada año el beneficiario tendrá derecho a consolidar hasta un 25% de las opciones concedidas que será determinada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones según cumplimiento de objetivos. El beneficiario podrá ejercitar la opción sobre las acciones consolidadas entre los 2 y los 5 años desde la concesión de la opción. El precio de ejercicio de la opción, que será fijado en el momento de la concesión, estará comprendido entre el precio de cotización al cierre de la sesión anterior a la fecha de concesión y el valor medio de cotización de la acción en las 90 sesiones precedentes a la fecha de concesión. La opción sólo puede ejercitarse si el beneficiario sigue en la compañía. El Plan de Opciones prevé las excepciones habituales (despido, jubilación, fallecimiento e incapacidad del beneficiario).
Retribución de los consejeros externos o no ejecutivos
La retribución de los consejeros externos o no ejecutivos será fija y se abonará parte en dinero y parte en acciones de la compañía. Se basa en una retribución dineraria base por el cargo de consejero y en complementos por la pertenencia a las comisiones del consejo, el ejercicio de la presidencia de las mismas o el ejercicio del cargo de consejero coordinador. Finalizado el ejercicio se entregará al consejero, de forma liberada y adicionalmente a la retribución dineraria, el número de acciones, cuyo valor equivalga a un 15% de su retribución dineraria fija. Retribución máxima para los consejeros
De conformidad con lo previsto en la Política, el importe máximo de la remuneración anual de la totalidad de los consejeros para 2020, base para el resto de ejercicios salvo que la Junta General apruebe su modificación, es de 570.000 euros. En el caso de que durante la vigencia de la Política se incorporaran otros consejeros el importe podrá aumentar un 36% en el caso de que se nombre un consejero ejecutivo o un 6% en el caso de que se incorporara un consejero independiente o dominical, por cada consejero nombrado. Dada la incorporación de dos nuevas consejeras, una independiente y otra dominical, y a la reclasificación del consejero Don Antonio Jiménez Alarcón, pasando de ser consejero ejecutivo a dominical, la cantidad base ha quedado fijada en 555.600 euros.
Sin perjuicio de lo anterior, todas las cantidades que se fijan en la Política están previstas para 2020. En ejercicios sucesivos serán actualizadas según variación anual del IPC. Por tanto, la cantidad máxima de 555.600 euros se actualiza para el ejercicio 2022 en un 6% por lo que el máximo para 2022 es de 588.936 euros.
La política de remuneraciones de la Sociedad correspondiente a 2020, 2021 y 2022 (la Política) distingue la retribución que deben recibir los consejeros ejecutivos de la que percibirán los consejeros externos o no ejecutivos.
Retribución de los consejeros ejecutivos
Los consejeros ejecutivos sólo percibirán retribución por el ejercicio de sus funciones ejecutivas y podrá consistir en una cantidad fija, una variable y la participación en el plan de opciones sobre acciones de la Sociedad.

El importe máximo de la remuneración anual a satisfacer al conjunto de los consejeros incluye todos los conceptos retributivos con las únicas salvedades de la Seguridad Social así como, en su caso, la retribución mediante la participación de los consejeros ejecutivos en el Plan de Opciones.
Cuantías concretas de la retribución de los consejeros
Únicamente los consejeros externos (dominicales e independientes) tienen remuneración por su condición de tales:
Por su condición de consejero, una remuneración de 25.440 euros al año, salvo el consejero dominical y secretario del consejo, cuya remuneración es de 6.360 euros al año.
Por la condición de vocal de las comisiones, 3.180 euros al año
Por la condición de presidente de las comisiones, 6.360 euros al año
Por la condición de consejero independiente coordinador, 6.360 euros al año
En el caso de los consejeros ejecutivos (en el ejercicio 2022, solo David Ruiz de Andrés), una retribución fija bruta anual de 112.235,29 euros (95.400 euros en efectivo y 16.835,29 euros por coche de empresa). La retribución variable se ha fijado para el ejercicio 2022 en hasta 95.400 euros. En relación con las últimas cuestiones planteadas en este punto:
Los órganos implicados en la determinación de la retribución de consejeros han sido la Junta General que aprobó la Política y el Consejo, que ha concretado los conceptos retributivos y ha aprobado los contratos de los consejeros ejecutivos. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha informado favorablemente tanto sobre la Política como sobre las determinaciones de la retribución de los consejeros y los contratos de los consejeros ejecutivos.
Se han analizado supuestos comparables para determinar la remuneración de los consejeros, pero por expreso deseo del consejero delegado su retribución se ha fijado en la banda baja de la remuneración.
No ha participado ningún asesor externo en el proceso.
En la Política no se contemplan procedimientos para aplicar excepciones temporales a la misma, ni condiciones en las que se puede recurrir a
estas excepciones ni componentes que pueden ser objeto de excepción según la Política.
A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
El único consejero que percibirá en el ejercicio 2022 una retribución variable es el consejero ejecutivo. Según lo expuesto, el consejero delegado, Don David Ruiz de Andrés, percibirá una retribución fija de 112.235,19 euros y una retribución variable de hasta 95.400 euros.
En consecuencia, la retribución variable no supone más del 50% de su retribución total, y ello partiendo de que la retribución fija es relativamente baja frente a empresas comparables. Esto hace que se considere que existe un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración.
Por otro lado, el devengo de la retribución variable depende de la consecución de los objetivos fijados por la compañía. En concreto, en el caso del consejero delegado, Don David Ruiz de Andrés, se tienen en consideración únicamente objetivos corporativos fijados por el Consejo de Administración:
(i) EBITDA contemplado en el plan de negocio.
(ii) Cumplimiento de ratios de endeudamiento.
(iii) Cumplimiento del pipeline de megavatios de parques contemplado en el plan de negocio considerando cuatro etapas de desarrollo (Advanced development, Backlog, Under Construction e IPP).
Se considera que esta combinación de objetivos permite reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, pues aunque la consecución de un determinado EBITDA supone un objetivo en el corto plazo, la fijación del pipeline, ponderando adecuadamente el desarrollo de activos en diferentes fases, obliga a cuidar tanto los activos realizables en el corto plazo como

aquellos destinados a ser fruto de resultados futuros. Establecer como criterio la consecución de una determinada ratio de endeudamiento reduce la exposición a riesgos que se consideran excesivos. Finalmente implementar acciones comprendidas dentro del plan de acción ESG supone considerar objetivos que tienen una contribución en el largo plazo y la sostenibilidad.
Se ha establecido en su contrato que deberá reembolsar los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se haya abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad (cláusula clawback).
Durante el ejercicio 2022, está previsto:
Que Don David Ruiz de Andrés no perciba retribución fija alguna por el ejercicio del cargo de consejero como tal.
Que Doña Ana Cristina Peralta Moreno, consejera independiente, perciba una retribución fija anual de 41.340 euros, de los que 25.440 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejera como tal, 6.360 euros por su condición de presidenta de la comisión de auditoría, 3.180 euros por su condición de vocal de la comisión de nombramientos y retribuciones y 6.360 euros por el cargo de consejera independiente coordinadora de los consejeros no ejecutivos.
Que Don Florentino Vivancos Gasset, consejero dominical, perciba una retribución fija anual de 6.360 euros que se corresponde con el ejercicio del cargo de consejero y adicionalmente su despacho profesional VIVANCOS ASOCIADOS SERVICIOS JURÍDICOS S.L.P. perciba una retribución por importe de 31.800 euros, absorbiendo esta remuneración los 19.080 euros que le corresponderían por el cargo de consejero como tal.
Que Doña María del Rocío Hortigüela Esturillo, consejera independiente, perciba una retribución fija bruta anual de 34.980 euros, de los que 25.440 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejera como tal, 6.360 euros por su condición de presidenta de la comisión de nombramientos y retribuciones y 3.160 euros por su condición de vocal de la comisión de nombramientos y retribuciones.
Que Don Nicolás Bergareche Mendoza, consejero independiente, perciba una retribución fija anual de 28.620 euros, de los que 25.440 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejero como tal y 3.180 euros por su condición de vocal de la comisión de nombramientos y retribuciones.
Que Doña Teresa Quirós Álvarez, consejera independiente, perciba una retribución fija anual de 28.620 euros, de los que 25.440 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejero como tal y 3.180 euros por su condición de vocal de la comisión de auditoría.
Que Doña Maria Merry del Val Mariátegui, consejera dominical, perciba una retribución fija anual de 28.620 euros, de los que 25.440 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejero como tal y 3.180 euros por su condición de vocal de la comisión de nombramientos y retribuciones.
Que Don Antonio Francisco Jiménez Alarcón, consejero dominical, perciba una retribución fija anual de 28.620 euros, de los que 25.440 euros se corresponden con el ejercicio del cargo de consejero como tal y 3.180 euros por su condición de vocal de la comisión de auditoría.
Además, todos los consejeros no ejecutivos, es decir, Doña Ana Cristina Peralta Moreno, Don Florentino Vivancos Gasset, Doña María del Rocío Hortigüela Esturillo, Don Nicolás Bergareche Mendoza, Doña Teresa Quirós Álvarez, Doña María Merry del Val Mariátegui y Don Antonio Francisco Jiménez Alarcón tienen derecho a percibir adicionalmente a lo anterior en acciones una cantidad equivalente al 15% de la retribución fija dineraria percibida por el consejero en ese año. La entrega se verificará en el mes siguiente al cierre del ejercicio y el precio de la acción que se tomará será el medio de cotización durante las noventa últimas sesiones bursátiles del ejercicio. En concreto, conforme a la anterior retribución les corresponde, adicionalmente a la retribución antes especificada, un número de acciones que según su precio medio de cotización durante las noventa últimas sesiones bursátiles del ejercicio ascienda:
6.201 euros en el caso de Doña Ana Cristina Peralta Moreno.
3.816 euros en el caso de Don Florentino Vivancos Gasset.
5.247 euros en el caso de Doña Rocío Hortigüela Esturillo.
4.293 euros en el caso de Don Nicolás Bergareche Mendoza, Doña Teresa Quirós Álvarez, Doña María Merry del Val Mariátegui y Don Antonio Francisco Jiménez Alarcón, para cada uno de ellos.
Durante el ejercicio 2022, está previsto que Don David Ruiz de Andrés, presidente y consejero delegado, y único consejero ejecutivo perciba una retribución fija bruta anual por el ejercicio de funciones ejecutivas de 112.235,19 euros. De ésta, 95.400 euros serán percibidos en efectivo y 16.835,29 euros mediante el uso de un coche de empresa (el importe son las cuotas del correspondiente leasing).

Como se ha indicado anteriormente, existen los siguientes componentes de retribución en especie:
Uso de coche de empresa por parte de Don David Ruiz de Andres por importe de hasta 16.835,29 euros al año.
Entrega de acciones a los consejeros externos que se adquieren a un precio medio de cotización de las últimas noventa sesiones del ejercicio por un importe agregado por todos ellos (según el desglose antes indicado) de 19.557 euros.
Adicionalmente, GRENERGY tiene contratado un seguro de responsabilidad civil de consejeros cuya prima anual para el ejercicio 2022, que paga íntegramente GRENERGY, asciende a 25.307,10 euros.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
Solo Don David Ruiz de Andrés percibe una retribución variable, que es en su totalidad en efectivo.
En concreto Don David Ruiz de Andrés podría recibir una retribución variable de hasta el 150% de su retribución fija, esta última de 112.235,19 euros para el ejercicio 2022. Se trata de un componente en el corto plazo dado que se devenga en el ejercicio 2022. Esta retribución variable se referencia únicamente a la consecución de los objetivos del plan de negocio y de plan ESG.
Los objetivos corporativos son cuatro, permitiendo al beneficiario de la retribución variable obtener un determinado porcentaje de la retribución o de la parte de la retribución correspondiente, la consecución de cada uno de ellos:
El 30% de toda o de la parte correspondiente de la retribución variable por el cumplimiento del objetivo de EBITDA. En concreto, esta parte se atribuirá en proporción al grado de cumplimiento del objetivo a partir del 75% y con el máximo del 120% de variable si el EBITDA es igual o mayor que el previsto en los objetivos anuales. En concreto, el variable se empieza a devengar a partir de la consecución del 75% del objetivo hasta el máximo del 120% según una escala previamente definida.
El 10% de toda o de la parte correspondiente de la retribución variable por el cumplimiento de la ratio de endeudamiento DFN/Ebitda Relevante, fijada en menor que 4. Únicamente 2 opciones: Si se cumple la ratio se consigue el 100% de variable; si no se cumple la ratio, el 0%.
Esta ratio se define de la siguiente forma:
"Ebitda Relevante" significa el importe agregado que resulta de sumar y restar los siguientes elementos a 31 de diciembre de cada año:
"DFN" significa la cantidad que resulta de sumar y restar las siguientes partidas de los Estados Financieros auditados y consolidados del emisor, a 31 de diciembre de cada año:
o Pasivos no corrientes, incluyendo préstamos con entidades de crédito a largo plazo, así como los importes desembolsados y pendientes de pago en cada momento bajo los bonos;
o (más) Pasivos no corrientes, otros pasivos financieros;

o 25 puntos porcentuales se devengarán por el cumplimiento de MW conectados como IPP.
o 8 puntos porcentuales se devengarán por el cumplimiento de MW en "Under construction".
El 15% de toda o de la parte correspondiente de la retribución variable por el cumplimiento de implementación de las acciones comprendidas en el plan de acción ESG para el período 2022.
Los objetivos son fijados por el Consejo de Administración cada año. El cumplimiento de los objetivos operativos y financieros corporativos fijados por el Consejo de Administración en relación con el Plan de Negocio se determinan por la Comisión de Auditoría en los dos primeros meses del año. Tras ello, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones informa del cumplimiento de objetivos y el Consejo de Administración apruebas éstos y el porcentaje de la retribución obtenida y consecuentemente ésta. Esto se producirá en los dos primeros meses del año siguiente al que se refiera la retribución, con ocasión de la formulación de las cuentas anuales. La retribución, dado que se provisionará en el ejercicio 2022 se considerará devengada, una vez la determine el Consejo de Administración, en el ejercicio 2022. Dado que todos los objetivos son de cumplimiento anual, referidos en su caso al 31 de diciembre del año 2022 (Ebitda a fin de ejercicio, ratio de endeudamiento a fin de ejercicio, situación del pipeline a fin de ejercicio y el cumplimiento de objetivos de ESG durante todo el año), el período de dos meses establecido se considera suficiente para comprobar que se han cumplido de manera efectiva las condiciones de rendimiento, toda vez que en ese período se estima no sólo realizar la formulación de las cuentas sino que éstas habrán sido auditadas (lo que fija definitivamente las componentes financieras) y se puede comprobar el cumplimiento del pipeline a 31 de diciembre y de las acciones de ESG que en general se cumplen a lo largo del año 2022.
Debido a la inclusión de objetivos del plan de acción ESG y a la actividad de la compañía, la promoción y generación de electricidad de fuentes renovables, se considera que una parte sustancial de la consecución de los objetivos está relacionada con parámetros medioambientales y de sostenibilidad, siendo los dos primeros objetivos corporativos de carácter financiero y el tercero y cuarto no. El cumplimiento de los objetivos del plan de negocio tiene una relación directa con el rendimiento de la compañía. En particular se está identificando el rendimiento del consejero delegado con el de la propia compañía.
El importe máximo de retribución variable que se podrá percibir en el ejercicio 2022 por el consejero delegado ascenderá a 95.400 euros.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
La Sociedad no tiene ningún compromiso, ni de aportación ni de prestación diferida a ningún sistema de jubilación o de ahorro a largo plazo de ningún consejero.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
En caso de terminación del contrato con el Consejero Ejecutivo por desistimiento de la Sociedad, éste tendrá derecho a percibir una indemnización por importe igual a la que deriva de un despido improcedente como trabajador ordinario con el máximo de dos anualidades de remuneración total anual (en la que en ningún caso se tendrá en cuenta la participación, en su caso, del consejero ejecutivo en el Plan de Opciones sobre Acciones).
Aunque se establece que la relación del consejero ejecutivo es exclusiva, se dispone que pueden realizar actividades autorizadas en interés del grupo u otras como administración de su patrimonio personal o responsabilidades en empresas propias, familiares o del grupo de la Sociedad siempre que no dificulten el cumplimiento de los deberes de diligencia y lealtad propios de su cargo ni supongan conflicto alguno con la Sociedad.

Los pactos de exclusividad referidos anteriormente no conceden al consejero ejecutivo derecho a percibir ningún pago específico por dicho concepto.
No se establecen en el contrato cláusulas de no concurrencia post-contractual o de permanencia o fidelización.
El resto de consejeros no tienen relación contractual con la Sociedad, salvo el caso del Secretario del Consejo que, sin perjuicio de su cargo de consejero, presta los servicios de secretaría del consejo a través de una sociedad profesional, cuya relación puede ser resuelta sin ningún tipo de indemnización con un mes de antelación. En caso de incumplimiento de este preaviso, deberá abonarse la mensualidad de preaviso incumplida.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
La duración de la relación contractual con el consejero ejecutivo es indefinida, pudiendo ser terminada en las formas previstas para el cese de consejero.
Respecto al resto de cuestiones, se indica:
i) Límites a las cuantías de indemnización: dos anualidades de remuneración anual (en la que en ningún caso se tendrá en cuenta la participación, en su caso, del consejero ejecutivo en el Plan de Opciones sobre acciones);
ii) Cláusulas de permanencia: no se establecen en el contrato cláusulas de permanencia.
iii) Plazos de preaviso: No hay preaviso.
iv) Pago como sustitución del citado plazo de preaviso: al no existir preaviso, no es preciso incluir ninguna mención.
v) Cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. No hay, salvo: "En caso de terminación del contrato con los Consejeros Ejecutivos por desistimiento de la Sociedad, el Consejero Ejecutivo tendrá derecho a percibir una indemnización por importe igual a la que derivara de un despido improcedente como trabajador ordinario con el máximo de dos anualidades de remuneración anual (en la que en ningún caso se tendrá en cuenta la participación del consejero ejecutivo en el Plan de Opciones sobre Acciones)".
vi) Los pactos o acuerdos de no concurrencia: no se establecen en el contrato cláusulas de no concurrencia.
vii) Los pactos o acuerdos de exclusividad: aunque se establece que la relación del consejero ejecutivo es exclusiva se dispone que puede realizar actividades autorizadas en interés del grupo u otras como administración de su patrimonio personal o responsabilidades en empresas propias, familiares o del grupo de la Sociedad siempre que no dificulten el cumplimiento de los deberes de diligencia y lealtad propios de su cargo ni supongan conflicto alguno con la entidad.
viii) Pactos o acuerdos de fidelización: no se establecen en el contrato cláusulas de fidelización.
No hay remuneraciones suplementarias.
A.1.11 Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.
No existen.

A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
No existen retribuciones suplementarias dentro del Grupo GRENERGY si bien no se tienen en cuenta retribuciones que se puedan obtener de entidades del grupo del accionista significativo que no tienen que ver con la actividad de GRENERGY.
No existe ningún cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso derivada de una nueva política o una modificación de la política ya aprobada por la Junta ni cambios relevantes en las determinaciones específicas establecidas por el consejo para el ejercicio en curso de la política de remuneraciones vigente respecto de las aplicadas en el ejercicio anterior, salvo las derivadas de la composición de las comisiones que determinan el devengo por los consejeros nombrados de conceptos retributivos por pertenencia a comisiones del consejo de administración.
El Consejo de Administración tiene previsto proponer a la Junta General de Accionistas a la que se someterá este informe anual una propuesta de modificación de los importes retributivos previstos para los consejeros no ejecutivos para su aplicación en el ejercicio 2022 según la cual:
En el caso de que algún consejero tenga la condición de secretario percibirá, ya sea él mismo, o la Sociedad profesional en la que se encuentre integrado, una cantidad anual por los servicios de secretaría de 40.000 euros que absorberá hasta en 22.000 euros la cantidad que pueda cobrar como consejero.
https://grenergy.eu/wp-content/uploads/2020/02/Grenergy-Politica_de_Remuneraciones.pdf
El acuerdo por el que se sometió a votación en la Junta General, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio 2020, recibió el voto favorable del 92,9359% del quórum con derecho a voto, en los términos que se recogen en el apartado B.4 de este Informe. A la luz de lo anterior, la Sociedad continuará aplicando para el ejercicio 2022 la misma política de remuneraciones del ejercicio anterior, salvo por la modificación de la remuneración que se propone en el punto A.2 anterior.
B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel

desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
Consejeros no ejecutivos o externos.
La remuneración de los consejeros no ejecutivos o externos está totalmente predeterminada en la propia política sin que exista margen para una determinación ulterior de la retribución individual. En este sentido la política establece que los consejeros no ejecutivos tendrán derecho a percibir:
i. Un importe anual en efectivo que será establecido por el Consejo teniendo en cuenta las funciones y responsabilidades que se hayan atribuido a cada uno de los consejeros por la pertenencia a las comisiones, el ejercicio de la presidencia, de las mismas o el ejercicio del cargo de consejero coordinador. Se contemplan los siguientes conceptos:
a) Un importe anual máximo fijo bruto en efectivo por ser vocal del Consejo de para cada consejero no ejecutivo de 23.880 euros.
b) Un importe anual adicional fijo en efectivo en función de la pertenencia a las comisiones de 2.985 euros para los vocales y de 5.970 euros para los presidentes.
c) En el caso de designarse un consejero coordinador, éste tendrá una retribución adicional de 5.970 euros.
ii. Una retribución en acciones de la Sociedad mediante la entrega liberada del número que se puedan adquirir con una cantidad equivalente al 15% de la retribución fija dineraria percibida por el consejero en ese año. La entrega se verificará en el mes siguiente al cierre del ejercicio y el precio de la acción que se tomará será el medio de cotización durante las noventa últimas sesiones bursátiles del ejercicio.
El papel de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha sido supervisar que la política se aplicaba correctamente y despejar cuestiones de aplicación práctica o meramente interpretativas como la determinación de la retribución de la secretaría del consejo (29.850 euros al año) facturada por la sociedad en la que Florentino Vivancos Gasset se encuentra profesionalmente integrado VIVANCOS ASOCIADOS SERVICIOS JURÍDICOS S.L.P., y la parte de la retribución de consejero de Florentino Vivancos Gasset que es absorbida por la remuneración como secretario del consejo de su despacho profesional (17.910 euros), lo que determina que reciba como consejero la cantidad de 5.970 euros.
Consejeros ejecutivos.
De acuerdo con la política de remuneraciones:
i) La retribución fija anual máxima del consejero por el ejercicio de funciones ejecutivas se determinará teniendo en cuenta la retribución de cargos análogos en sociedades equiparables. La retribución fija se recibirá en dinero, si bien se prevé que, a opción del ejecutivo, un importe no superior al 15% de esa retribución se perciba en especie, mediante el uso de coche.
ii) La retribución variable anual de los consejeros por el ejercicio de funciones ejecutivas consistirá en una cantidad dineraria que no excederá el 150% de su salario bruto anual fijo y se vinculará a la consecución de dos tipos de objetivos:
a) Operativos y financieros corporativos fijados por el Consejo en relación con el Plan de Negocio dentro de los que estarán los tres siguientes:
(i) EBITDA contemplado en el plan de negocio.
(ii) Cumplimiento de ratios de endeudamiento.
(iii) Cumplimiento del pipeline contemplado en el plan de negocio.
Para el ejercicio 2021 se incluyó adicionalmente el cumplimiento de implementación de las acciones comprendidas en el plan de acción ESG para el período 2021.
b) Objetivos específicos de la función del consejero ejecutivo. No obstante, el consejero delegado, Don David Ruiz de Andrés, no ha tenido en su remuneración este tipo de objetivos por considerar que su función depende íntegramente del cumplimiento del Plan de Negocio.
La retribución variable concreta será fijada por el Consejo, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, una vez formule las cuentas del ejercicio al que corresponda la retribución.
iii) Los consejeros ejecutivos podrán ser partícipes del Plan de Opciones sobre Acciones que el Consejo ha aprobado para los empleados y colaboradores de la Sociedad.
En el ejercicio 2021, los consejeros ejecutivos de la compañía eran dos: Don David Ruiz de Andrés, consejero delegado, y Don Antonio Francisco Jiménez Alarcón, director financiero.
En el caso de los consejeros ejecutivos el papel de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha sido tanto a priori como a posteriori del desempeño remunerado.
A priori de ese desempeño, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha informado favorablemente al Consejo que ha aprobado los importes fijos, en dinero y en especie, que le corresponden a cada consejero así como el variable que como máximo le corresponderá.

Adicionalmente, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha informado favorablemente al establecimiento de los objetivos concretos tanto operativos como financieros como los específicos de la función del consejero. El Consejo posteriormente ha aprobado estos objetivos.
A posteriori de ese desempeño, a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones le corresponde supervisar que la retribución previamente fijada (el importe fijo) ha sido la correctamente aplicada y al mismo tiempo informar favorablemente a la concesión de la retribución variable dineraria y la consolidación por parte del consejero ejecutivo Antonio Jiménez Alarcón de la parte correspondiente de las opciones correspondiente a esa anualidad. Éstas últimas se consolidan en el mismo porcentaje en que se devenga la retribución variable dineraria. La Comisión de Auditoría también juega en este caso un papel importante en la medida en que debe informar sobre el grado de consecución de los objetivos operativos y financieros.
Finalmente, el Consejo, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, ha aprobado esa retribución variable.
De todas formas, la Junta General celebrada el 29 de junio de 2021 estableció como importes máximos conjuntos de la remuneración de los consejeros en su condición de tales para el ejercicio 2021 en 252.000 euros (sin incluir la prima de un seguro de responsabilidad civil de consejeros que no superará los 50.000 euros) y la de los consejeros ejecutivos en la cantidad 314.322,35 euros (sin incluir la Seguridad Social a cargo de la empresa, la retribución mediante la participación de los consejeros ejecutivos en el Plan de Opciones sobre Acciones o la prima de un seguro de responsabilidad civil de consejeros que no superará los 50.000 euros). Importes todos ellos que no se han superado.
En el proceso de aplicación de la política retributiva para el ejercicio 2021 no ha participado ningún asesor externo.
No se ha producido ninguna desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones correspondiente al ejercicio cerrado.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
No se ha producido ninguna excepción temporal a la política de remuneraciones.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Sólo dos miembros del consejo han percibido durante el ejercicio 2021 una retribución de GRENERGY que puede considerarse como variable: los dos consejeros ejecutivos.
En concreto pueden percibir una retribución variable que ascienda al 150% de la retribución fija, si bien para este ejercicio se ha fijado en el caso del consejero delegado, Don David Ruiz de Andrés, en 90.000 euros, es decir, en el 85% de su retribución fija, y en el caso del consejero Don Antonio Jiménez Alarcón en 45.000 euros, es decir, en el 62,5%. Se considera que el mix retributivo es adecuado en este caso en la medida en que la retribución fija es relativamente baja para la categoría profesional del puesto, y por ello debiera incentivarse la percepción de una retribución variable que sitúe la retribución en los estándares de empresas comparables del mercado.
La retribución variable se percibe al año una vez se compruebe el cumplimiento de los objetivos establecidos. Los objetivos establecidos son de dos tipos:
a) Operativos y financieros corporativos fijados por el Consejo de Administración en relación con el Plan de Negocio dentro de los que estarán los tres siguientes:
(i) EBITDA contemplado en el plan de negocio.

(ii) Cumplimiento de ratios de endeudamiento. (iii) Cumplimiento del pipeline contemplado en el plan de negocio.
Para el ejercicio 2021 se incluyó adicionalmente el cumplimiento de implementación de las acciones comprendidas en el plan de acción ESG para el periodo 2021.
b) Objetivos específicos de la función del consejero ejecutivo. No obstante, el consejero delegado, Don David Ruiz de Andrés, no ha tenido en su remuneración este tipo de objetivos por considerar que su función depende íntegramente del cumplimiento del Plan de Negocio. El consejero ejecutivo Don Antonio Jiménez Alarcón sí ha tenido objetivos específicos que eran, la planificación, supervisión y validación del control de gestión del grupo y la consecución y renovación de financiación corporativa necesarias para cumplir plan de negocio y la relación con bancos. En su caso el 50% de la retribución variable dependía de los objetivos derivados del plan de negocio y el 50% de la retribución variable dependía de los objetivos específicos.
Se considera que esta combinación de objetivos ha reducido la exposición a riesgos excesivos y se ajusta a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, pues aunque la consecución de un determinado EBITDA supone un objetivo en el corto plazo la fijación del pipeline, ponderando adecuadamente el desarrollo de activos en diferentes fases, obliga a cuidar tanto los activos realizables en el corto plazo como aquellos destinados a ser fruto de resultados futuros. Finalmente establecer como criterio la consecución de una determinada ratio de endeudamiento reduce la exposición a riesgos que se consideran excesivos.
Los dos consejeros ejecutivos tenían previsto en sus contratos cláusulas que les obligaban a la devolución de remuneraciones percibidas cuando las remuneraciones no se hubiesen ajustado a las condiciones de rendimiento o se basen en datos cuya inexactitud que haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
B.3. Explique cómo la remuneración devengada y consolidada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente y, en particular, cómo contribuye al rendimiento sostenible y a largo plazo de la sociedad.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
Las remuneraciones devengadas en el ejercicio 2021 se corresponden con la retribución acordada: en el caso de los consejeros externos o no ejecutivos con la acordada directamente en la política de remuneraciones y en el caso de los consejeros ejecutivos con la acordada por el consejo de administración previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de acuerdo con la Política de Remuneraciones para los años 2020, 2021 y 2022.
Así el máximo de retribución que podrían percibir en el ejercicio 2021 por todos los consejeros podría ascender a 567.150 euros y finalmente ha ascendido a 537.086,88 euros (sin incluir la Seguridad Social a cargo de la empresa, la retribución mediante la participación de los consejeros ejecutivos en el Plan de Opciones sobre Acciones o la prima de un seguro de responsabilidad civil de consejeros que no superará los 50.000 euros).
La cantidad total abonada a los consejeros externos o no ejecutivos, es decir, por su condición de tales ha ascendido a la cantidad de 183.657,00 euros inferior a la fijada por la Junta General de 29 de junio de 2021, que ascendía a 252.000,00 euros (sin incluir la prima de un seguro de responsabilidad civil de consejeros que no superará los 50.000 euros).
Aún en el caso de que se tuviera en cuenta la remuneración que percibe, a través de su Sociedad profesional, Don Florentino Vivancos Gasset por los servicios de secretaría del consejo tampoco se superaría el límite marcado, alcanzando en ese caso la cantidad de 252.000,00 euros.
La retribución de David Ruiz de Andrés ha ascendido a 194.402 euros, que se corresponde con 90.000 euros de retribución fija dineraria, 11.602 euros de retribución fija en especie por uso de coche, y 92.800 euros de retribución variable dineraria, y por tanto inferior al máximo que podría ascender a 195.882,35 euros –si bien con otra composición pues se preveían 105.882,35 euros de retribución fija dineraria y no dineraria, y 90.000 euros de retribución variable dineraria.
La retribución de Don Antonio Jiménez Alarcón ha ascendido a 119.872,88 euros, que se corresponde con 65.000 euros de retribución fija dineraria, 7.199,88 euros de retribución fija en especie por uso de coche, 1.368 euros por seguro sanitario, y 46.305 euros de retribución variable dineraria. Adicionalmente Don Antonio Francisco Jiménez Alarcón, tiene una retribución de 144.465,84 euros por consolidación de 6.792 opciones sobre acciones. La retribución, sin contar la consolidación de las opciones, supera ligeramente la cantidad que se había indicado en el ejercicio anterior y que ascendía a 118.440 euros –73.440 euros de retribución fija dineraria y no dineraria, y 45.000 euros de retribución variable dineraria-. Sin embargo, el exceso se debe, en primer lugar, a un incremento de las cuotas de leasing en 199,88 euros respecto de las estimadas inicialmente y en segundo lugar a un variable superior en 1.305 euros debido al cumplimiento de objetivos en 102,90%, estimándose por el consejo desincentivador no atribuirle el exceso. De acuerdo con la política de retribuciones la retribución por medio de opciones sobre acciones no se computaba dentro de esos límites, si bien fue aprobada específicamente por la Junta. La cantidad percibida por este concepto se corresponde con el valor de 6.792 acciones por la diferencia del valor de esas acciones a 31 de diciembre de 2021 y el precio de ejercicio de la opción. Las acciones finalmente

consolidadas están en el límite de las que podía considerar pues aunque eran 6.791,25 acciones, se ha considerado conveniente atribuir este año la acción entera que convendría atribuir, dada la consecución de objetivos por encima del 100% y ser el último año del consejero en su función ejecutiva.
Por tanto, la cantidad total abonada a los consejeros ejecutivos, es decir, por sus funciones ejecutivas ha ascendido a la cantidad de 314.274,88 euros inferior a la fijada por la Junta General de 29 de junio de 2021, que ascendía a 314.322,35 euros (sin incluir la Seguridad Social a cargo de la empresa, la retribución mediante la participación de los consejeros ejecutivos en el Plan de Opciones sobre Acciones o la prima de un seguro de responsabilidad civil de consejeros que no superará los 50.000 euros).
La única retribución que está relacionada con los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad es la retribución variable de los consejeros ejecutivos, es decir, la retribución variable dineraria fijada para el consejero delegado en 92.800 -que partía de una retribución variable que se había fijado en un máximo de 90.000 euros pero que se ha incrementado ligeramente al verificarse un cumplimiento de los objetivos en 105,8%- y la retribución del otro consejero ejecutivo que al considerarse devengada en 102,90% ha supuesto el pago de un variable en metálico de 46.305 euros y la consolidación de opciones sobre acciones por un número máximo para este ejercicio de 6.792 acciones.
| Número | % sobre el total | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 19.636.707 | 98,76 | |||
| Número | % sobre emitidos | ||||
| Votos negativos | 1.322.919 | 6,74 | |||
| Votos a favor | 18.249.558 | 92,94 | |||
| Votos en blanco | 0,00 | ||||
| Abstenciones | 64.230 | 0,33 | |||
La determinación de los componentes fijos se ha establecido en función de lo previsto en la política de remuneraciones. En este sentido, los únicos consejeros que han percibido una retribución en su condición de tales eran los consejeros no ejecutivos. Estos importes se han determinado en función de una cuantía fija de 23.880 euros que se percibe por la mera condición de consejero a la que se le suman complementos en función de sus cargos o funciones dentro del consejo (5.970 euros por ser consejero independiente coordinador de los consejeros externos, 5.970 euros por la condición de presidente de comisiones y 2.985 euros por la condición de ser vocal de una comisión). En el caso de Don Florentino Vivancos Gasset sólo ha percibido una retribución de 5.970 euros por el cargo de consejero y su sociedad profesional ha facturado sus servicios de secretario del consejo por un importe de 29.850 euros.
Les corresponde, adicionalmente a la retribución antes especificada, un número de acciones que según su precio medio de cotización durante las noventa últimas sesiones bursátiles del ejercicio ascienda:
o 5.820,75 euros en el caso de Doña Ana Cristina Peralta Moreno, que se corresponde con 186 acciones, siendo el valor de las mismas a 31 de diciembre de 2021, 5.394 euros.
o 3.582,00 euros en el caso de Don Florentino Vivancos Gasset, que se corresponde con 115 acciones, siendo el valor de las mismas a 31 de diciembre de 2021, 3.335, euros.
o 4.925,25 euros en el caso de Doña Rocío Hortigüela Esturillo, que se corresponde con 158 acciones, siendo el valor de las mismas a 31 de diciembre de 2021, 4.582 euros.
o 4.254,75 euros en el caso de Don Nicolás Bergareche Mendoza, que se corresponde con 136 acciones, siendo el valor de las mismas a 31 de diciembre de 2021, 3.944,00 euros.
o 2.014,88 euros, el caso de Doña Teresa Quirós Álvarez, que se corresponde con 64 acciones, siendo el valor de las mismas, siendo el valor de las mismas a 31 de diciembre de 2021, 1.856 euros.
o 2.014,88 euros, el caso de Doña María Merry del Val Mariátegui, que se corresponde con 64 acciones, siendo el valor de las mismas, siendo el valor de las mismas a 31 de diciembre de 2021, 1.856 euros.

La variación del ejercicio 2021 respecto a la del ejercicio 2020 ha sido la siguiente:
Doña Ana Peralta ha percibido en el ejercicio 2021 una retribución de 44.199 euros. En el ejercicio 2020 percibió una retribución de 49.670 euros. En este sentido, en 2020 su remuneración se redujo al 88,99%% de la percibida en 2020.
Don Nicolás Bergareche ha percibido en el ejercicio 2021 una retribución de 32.309 euros. En el ejercicio 2020 percibió una retribución de 38.225,60 euros. En este sentido, en 2021 su remuneración se redujo al 84,52% de la percibida en 2020.
Doña Rocío Hortigüela Esturillo ha percibido en el ejercicio 2021 una retribución de 37.417 euros. En el ejercicio 2020 percibió una retribución de 41.962 euros. En este sentido, en 2021 su remuneración se redujo al 89,17% de la percibida en 2020.
Don Florentino Vivancos Gasset ha percibido en el ejercicio 2021 una retribución de 9.305,00 euros. En el ejercicio 2020 percibió una retribución por importe 12.557,20 euros, y por tanto su retribución se redujo al 74,10% de la anterior. Todo ello sin perjuicio de las retribuciones que ha percibido como secretario del consejo de administración antes especificadas.
Doña Teresa Quirós Álvarez y Doña María Merry del Val Mariátegui han percibido en el ejercicio 2021 una retribución por importe de 15.288,50 euros, respectivamente, sin que durante el ejercicio 2020 percibieran retribución alguna dado que no eran consejeras en ese ejercicio.
Los consejeros ejecutivos en el ejercicio 2021 eran Don David Ruiz de Andrés y Don Antonio Jiménez Alarcón.
La retribución de Don David Ruiz de Andrés ha ascendido a 194.402 euros, que se corresponde con 90.000 euros de retribución fija dineraria, 11.602 euros de retribución fija en especie por uso de coche, y 92.800 euros de retribución variable dineraria, y por tanto inferior al máximo que podría ascender a 195.882,35 euros –si bien con otra composición pues se preveían 105.882,35 euros de retribución fija dineraria y no dineraria, y 90.000 euros de retribución variable dineraria.
La retribución de Don Antonio Jiménez Alarcón ha ascendido a 119.872,88 euros, que se corresponde con 65.000 euros de retribución fija dineraria, 7.199,88 euros de retribución fija en especie por uso de coche, 1.368 euros por seguro sanitario, y 46.305 euros de retribución variable dineraria. Adicionalmente, Don Antonio Francisco Jiménez Alarcón, tiene una retribución de 144.465,84 euros por consolidación de 6.792 opciones sobre acciones. La retribución, sin contar la consolidación de las opciones, supera ligeramente la cantidad que se había indicado en el ejercicio anterior y que ascendía a 118.440 euros –73.440 euros de retribución fija dineraria y no dineraria, y 45.000 euros de retribución variable dineraria-. Sin embargo, el exceso se debe, en primer lugar, a un incremento de las cuotas de leasing en 199,88 euros respecto de las estimadas inicialmente y en segundo lugar a un variable superior en 1.305 euros debido al cumplimiento de objetivos en 102,90%, estimándose por el consejo desincentivador no atribuirle el exceso. De acuerdo con la política de retribuciones la retribución por medio de opciones sobre acciones no se computaba dentro de esos límites, si bien fue aprobada específicamente por la Junta. La cantidad percibida por este concepto se corresponde con el valor de 6.792 acciones por la diferencia del valor de esas acciones a 31 de diciembre de 2021 y el precio de ejercicio de la opción. Las acciones finalmente consolidadas están en el límite de las que podía considerar pues aunque eran 6.791,25 acciones, se ha considerado conveniente atribuir este año la acción entera que convendría atribuir, dada la consecución de objetivos por encima del 100% y ser el último año del consejero en su función ejecutiva.
La retribución fija dineraria y en especie está en línea con lo establecido en la Política de Remuneraciones. La retribución variable dineraria o a través de la consolidación de opciones, se ha determinado en función del cumplimiento de objetivos que en el caso de Don David Ruiz de Andrés ha sido del 105,8% y en el caso de Don Antonio Jiménez Alarcón del 102,9%.
La variación del ejercicio 2021 respecto a la del ejercicio 2020 ha sido la siguiente:
Don David Ruiz de Andrés ha percibido en el ejercicio 2021 una retribución de 194.402 euros. En el ejercicio 2020 percibió una retribución de 184.509,72 euros. En este sentido, en 2021 su remuneración se incrementó un 5,36% con respecto a 2020.
Don Antonio Francisco Jiménez Alarcón ha percibido en el ejercicio 2021 una retribución de 264.338,72 euros (incluido el importe correspondiente a la consolidación de las opciones sobre acciones). En el ejercicio 2020 percibió una remuneración de 308.176,18 euros. En este sentido, en 2021 su remuneración se ha reducido al 85,78% de la percibida en 2020.
En particular:
a) Identifique cada uno de los planes retributivos que han determinado las distintas remuneraciones variables devengadas por cada uno de los consejeros durante el ejercicio cerrado, incluyendo información sobre su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, condiciones en su caso de consolidación, periodos de devengo y vigencia, criterios que se han utilizado para la evaluación del desempeño y cómo ello ha impactado en la fijación del importe variable devengado, así como los criterios de medición que se han utilizado y el plazo necesario para estar en condiciones de medir adecuadamente todas las

condiciones y criterios estipulados, debiendo explicarse en detalle los criterios y factores que ha aplicado en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y consolidación de cada componente de la retribución variable.
Sólo dos miembros del consejo han percibido durante el ejercicio 2021 una retribución de GRENERGY que puede considerarse como variable a corto plazo.
En concreto pueden percibir una retribución variable que ascienda al 150% de la retribución fija, si bien para este ejercicio se ha fijado en el caso del consejero delegado, Don David Ruiz de Andrés, en 90.000 euros, es decir, en el 85% de su retribución fija, y en el caso del consejero Don Antonio Jiménez Alarcón en 45.000 euros, es decir, en el 62,5%. Se considera que el mix retributivo es adecuado en este caso ya que la retribución fija es relativamente baja para la categoría profesional del puesto, y por ello debiera incentivarse la percepción de una retribución variable que sitúe la retribución en los estándares de empresas comparables del mercado.
La retribución variable se percibe anualmente una vez se comprueba el cumplimiento de los objetivos establecidos. Los objetivos establecidos son de dos tipos:
a) Operativos y financieros corporativos fijados por el Consejo de Administración en relación con el Plan de Negocio dentro de los que estarán los tres siguientes:
(i) EBITDA contemplado en el plan de negocio. (ii) Cumplimiento de ratios de endeudamiento.
(iii) Cumplimiento del pipeline contemplado en el plan de negocio.
Para el ejercicio 2021 se incluyó adicionalmente el cumplimiento de implementación de las acciones comprendidas en el plan de acción ESG para el período 2021.
b) Objetivos específicos de la función del consejero ejecutivo. No obstante, el consejero delegado, Don David Ruiz de Andrés, no ha tenido en su remuneración este tipo de objetivos por considerar que su función depende íntegramente del cumplimiento del Plan de Negocio. El consejero ejecutivo Don Antonio Jiménez Alarcón sí ha tenido objetivos específicos que eran la planificación, supervisión y validación del control de gestión del grupo y la renovación de líneas de financiación corporativa necesarias para cumplir plan de negocio y la relación con bancos. En su caso el 50% de la retribución variable dependía de los objetivos derivados del plan de negocio y el 50% de la retribución variable dependía de los objetivos específicos.
En virtud de lo anterior, Don David Ruiz de Andrés ha devengado una retribución variable que asciende a 92.800 euros, esto es, un 103,11% de su retribución variable (aunque el cumplimiento de los objetivos se ha establecido en un 105,8%) y Don Antonio Jiménez Alarcón ha devengado una retribución variable que asciende a 46.305 euros, esto es, un 102,9% de su retribución variable.
Adicionalmente Don Antonio Jiménez Alarcón era en el ejercicio 2021 beneficiario del plan de opciones sobre acciones de GRENERGY 2019-2023. Éste permite al Consejo de Administración atribuir al consejero ejecutivo, como a otros empleados y colaboradores, la opción de adquirir, según las reglas del plan de opciones, un número de acciones que en el momento de la concesión de las opciones no superen el 300% de su retribución fija anual. En concreto se concederá al consejero ejecutivo un derecho de opción de compra de un número determinado de acciones. Cada año el beneficiario tendrá derecho a consolidar hasta un 25% de las opciones concedidas. La consolidación será determinada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones en función del cumplimiento por el beneficiario de los objetivos establecidos según la Política de Remuneraciones de Altos Directivos y que determinan también el pago de la retribución variable dineraria. El beneficiario podrá ejercitar la opción sobre las acciones

consolidadas entre los dos y los cinco años desde la concesión de la opción. El precio de ejercicio de la opción, que será fijado en el momento de la concesión de la opción por la Sociedad, estará comprendido entre el precio de cotización en el mercado correspondiente al cierre de la sesión anterior a la fecha de concesión y el valor medio de cotización de la acción en las noventa sesiones precedentes a la fecha de concesión de la opción. La opción sólo se puede ejercitar si el beneficiario permanece en la compañía. El Plan regula las excepciones habituales a esta regla (despido, jubilación, fallecimiento e incapacidad del beneficiario). Por acuerdo de la Junta General de Accionistas de 15 de noviembre de 2019 se concedió al consejero Don Antonio Jimenez Alarcón el derecho a adquirir hasta 27.165 acciones a un precio de 7,73 euros la acción. En concreto en este ejercicio Don Antonio Jiménez Alarcón ha consolidado 6.792 acciones que se corresponde con un 100% de las que podía consolidar, porcentaje que equivale al porcentaje devengado de su retribución variable total y que se corresponde con el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos.
Las retribuciones variables antes indicadas se determinaron en función del cumplimiento de los objetivos fijados por el Consejo de Administración en 2021. El cumplimiento de los objetivos operativos y financieros corporativos fijados por el Consejo de Administración en relación con el Plan de Negocio se determinó por la Comisión de Auditoría en el mes de febrero. Tras ello, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones informó favorablemente al cumplimiento de los objetivos específicos y el Consejo de Administración aprobó éstos y el porcentaje de la retribución obtenida y consecuentemente ésta. Esto se produce en los dos primeros meses del año siguiente, con ocasión de la formulación de las cuentas anuales. La retribución, dado que se provisionará en el ejercicio 2021 se considerará devengada, una vez la determine el Consejo de Administración, en el ejercicio 2021. Dado que todos los objetivos son de cumplimiento anual, referidos en su caso al 31 de diciembre del año 2021 (Ebitda a fin de ejercicio, ratio de endeudamiento a fin de ejercicio, situación del pipeline a fin de ejercicio y el cumplimiento de objetivos de ESG durante todo el año), el período de dos meses establecido se considera suficiente para comprobar que se han cumplido de manera efectiva las condiciones de rendimiento, toda vez que en este período se han formulado las cuentas y éstas han sido auditadas (lo que fija definitivamente las componentes financieras) y se puede comprobar el cumplimiento del pipeline a 31 de diciembre de 2021.
Según lo explicado anteriormente, no existen.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
No se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de los componentes variables ya que no se considera que proceda esta reclamación.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
No existe ningún sistema de ahorro en el largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figure en los cuadros de la sección C, porque no están implantados en GRENERGY.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
No se han devengado ni pagado durante el ejercicio indemnizaciones o cualquier otro tipo de pagos derivados de cese anticipado del consejero.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones

No se han producido modificaciones en los contratos con consejeros ejecutivos ni se ha contratado durante el ejercicio a ningún consejero ejecutivo. Sin perjuicio de lo anterior, Don Antonio Francisco Jiménez Alarcón ha pasado de ser consejero ejecutivo a consejero dominical en el ejercicio 2022.
El único consejero que recibe remuneración como contraprestación de los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo es Don Florentino Vivancos Gasset por las labores de secretaría del Consejo de Administración y lo hace a través de su Sociedad Profesional VIVANCOS ASOCIADOS SERVICIOS JURÍDICOS S.L.P. En concreto, VIVANCOS ASOCIADOS SERVICIOS JURIDICOS S.L.P. Sociedad, sociedad participada por el consejero Don Florentino Vivancos Gasset en un 80%, percibe por esa función unos honorarios fijos de 29.850 euros anuales.
No se contempla el otorgamiento de facilidades financieras como forma de retribución de los Consejeros.
Todos los consejeros han devengado durante el ejercicio 2021 retribuciones en especie:
Don David Ruiz de Andrés ha devengado una retribución en especie por uso de coche que asciende a la cantidad de 11.602 euros.
Don Antonio Jiménez Alarcón ha devengado una retribución en especie por uso de coche que asciende a la cantidad de 7.199 euros, una retribución por seguro de salud que asciende a la cantidad de 1368 euros correspondiente a la prima del seguro y una retribución por su participación en el plan de opciones sobre acciones que ha ascendido en el ejercicio a 144.465,84 euros correspondiente a 6.792 opciones consolidadas durante el ejercicio con un valor de 21,27 euros cada opción -correspondiente a la diferencia entre el valor de la acción a 31 de diciembre de 2021 que fue de 29 y 7,73 euros, precio de ejercicio de la opción.
Doña Ana Peralta Moreno ha devengado una retribución en especie por importe 5.394 euros que se corresponde con la entrega de 186 acciones de GRENERGY al precio de cotización de la acción a 31 de diciembre de 2021, es decir, 29 euros. Las 186 acciones son las que se podían adquirir con un importe de 5.820,75 euros al precio medio de cotización de las últimas 90 sesiones del año (31,248 euros la acción).
Doña Rocío Hortigüela Esturillo ha devengado una retribución en especie por importe 4.582 euros que se corresponde con la entrega de 158 acciones de GRENERGY al precio de cotización de la acción a 31 de diciembre de 2021, es decir, 29 euros. Las 158 acciones son las que se podían adquirir con un importe de 4.925,25 euros al precio medio de cotización de las últimas 90 sesiones del año (31,248 euros la acción).
Don Nicolás Bergareche Mendoza ha devengado una retribución en especie por importe 3.944 euros que se corresponde con la entrega de 136 acciones de GRENERGY al precio de cotización de la acción a 31 de diciembre de 2021, es decir, 29 euros. Las 136 acciones son las que se podían adquirir con un importe de 4.254,75 euros al precio medio de cotización de las últimas 90 sesiones del año (31,248 euros la acción).
Don Florentino Vivancos Gasset ha devengado una retribución en especie por importe 3.335 euros que se corresponde con la entrega de 115 acciones de GRENERGY al precio de cotización de la acción a 31 de diciembre de 2021, es decir, 29 euros. Las 115 acciones son las que se podían adquirir con un importe de 3.582 euros al precio medio de cotización de las últimas 90 sesiones del año (31,248 euros la acción).
Doña Teresa Quirós Álvarez ha devengado una retribución en especie por importe de 1.856 euros que se corresponde con la entrega de 64 acciones de GRENERGY al precio de cotización de la acción a 31 de diciembre de 2021, es decir, 29 euros. Las 64 acciones son las que se podían adquirir con un importe de 2.014,88 euros al precio medio de cotización de las últimas 90 sesiones del año (31,248 euros la acción).
Doña María Merry del Val Maríategui ha devengado una retribución en especie por importe de 1.856 euros que se corresponde con la entrega de 64 acciones de GRENERGY al precio de cotización de la acción a 31 de diciembre de 2021, es decir, 29 euros. Las 64 acciones son las que se podían adquirir con un importe de 2.014,88 euros al precio medio de cotización de las últimas 90 sesiones del año (31,248 euros la acción).

B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
No existen este tipo de remuneraciones, salvo el pago, ya especificado en el apartado B.12. por el que GRENERGY RENOVABLES S.A. abona 29.850 euros a la sociedad VIVANCOS ASOCIADOS SERVICIOS JURÍDICOS S.L.P., sociedad profesional en la que se encuentra integrado el consejero Don Florentino Vivancos Gasset, por los servicios de secretaría del consejo de administración.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
No existe otro tipo de remuneraciones no mencionadas anteriormente en este informe.

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2021 |
|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | Presidente Ejecutivo | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Doña ANA PERALTA MORENO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | Consejero Dominical | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | Consejero Dominical | Desde 30/06/2021 hasta 31/12/2021 |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | Consejero Independiente | Desde 30/06/2021 hasta 31/12/2021 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2021 |
Total ejercicio 2020 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | 90 | 93 | 183 | 171 | ||||||
| Doña ANA PERALTA MORENO | 24 | 9 | 6 | 39 | 39 | |||||
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN | 65 | 46 | 111 | 107 | ||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | 24 | 4 | 28 | 30 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2021 |
Total ejercicio 2020 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | 6 | 6 | 6 | |||||||
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | 24 | 9 | 33 | 33 | ||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | 12 | 1 | 13 | |||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | 12 | 1 | 13 |
Observaciones
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2021 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS |
-- | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA PERALTA MORENO |
Entrega de acciones |
186 | 186 | 29,00 | 5 | |||||||
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN |
Plan de Opciones sobre Acciones 2019-2023 |
20.374 | 6.792 | 6.792 | 21,27 | 144 | ||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
Entrega de acciones |
136 | 136 | 29,00 | 4 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2021 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
Entrega de acciones |
115 | 115 | 29,00 | 3 | |||||||
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
Entrega de acciones |
158 | 158 | 29,00 | 4 | |||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
Entrega de acciones |
64 | 64 | 29,00 | 2 | |||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
Entrega de acciones |
64 | 64 | 29,00 | 2 |
Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|||
|---|---|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | ||||
| Doña ANA PERALTA MORENO | ||||
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN | ||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | ||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | |||
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | ||||||||||
| Doña ANA PERALTA MORENO | ||||||||||
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN |
||||||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
||||||||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
||||||||||
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
||||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
||||||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |

Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | Uso de coche | 11.600 |
| Doña ANA PERALTA MORENO | N/A | |
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN | Uso de coche | 7.200 |
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN | Seguro de salud | 1.368 |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | N/A | |
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | Servicios de Secretaría del Consejo a través de la sociedad profesional VIVANCOS ASOCIADOS SERVICIOS JURÍDICOS, S.L.P. |
29.850 |
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | N/A | |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | N/A | |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | N/A |
Observaciones

i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2021 |
Total ejercicio 2020 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | ||||||||||
| Doña ANA PERALTA MORENO | ||||||||||
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN | ||||||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | ||||||||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | ||||||||||
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | ||||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | ||||||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
Observaciones
23 / 31

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos Instrumentos financieros vencidos y al final del ejercicio 2021 no ejercidos |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS |
- | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA PERALTA MORENO |
- | 0,00 | ||||||||||
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN |
- | 0,00 | ||||||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
- | 0,00 | ||||||||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
- | 0,00 | ||||||||||
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
- | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
- | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2021 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
- | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | |
| Doña ANA PERALTA MORENO | |
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN | |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | |
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | |
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | ||
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | |||||||||
| Doña ANA PERALTA MORENO | |||||||||
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN |
|||||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
|||||||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
|||||||||
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
|||||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
|||||||||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |

Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | N/A | |
| Doña ANA PERALTA MORENO | N/A | |
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN | N/A | |
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA | N/A | |
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET | N/A | |
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO | N/A | |
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI | N/A | |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | N/A |
Observaciones

Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2021 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2021 grupo |
Total ejercicio 2021 sociedad + grupo |
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS |
183 | 11 | 194 | 194 | |||||||
| Doña ANA PERALTA MORENO |
39 | 5 | 44 | 44 | |||||||
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN |
111 | 144 | 9 | 264 | 264 | ||||||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
28 | 4 | 32 | 32 | |||||||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
6 | 3 | 30 | 39 | 39 | ||||||
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
33 | 4 | 37 | 37 | |||||||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
13 | 2 | 15 | 15 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2021 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2021 grupo |
Total ejercicio 2021 sociedad + grupo |
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ |
13 | 2 | 15 | 15 | |||||||
| TOTAL | 426 | 164 | 50 | 640 | 640 |
C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | % Variación 2018/2017 |
Ejercicio 2017 | |||
| Consejeros ejecutivos | |||||||||||
| Don DAVID RUIZ DE ANDRÉS | 194 | 5,43 | 184 | 44,88 | 127 | 5,83 | 120 | 0,00 | 120 | ||
| Don ANTONIO JIMÉNEZ ALARCÓN | 264 | -14,29 | 308 | -60,56 | 781 | - | 0 | - | 0 | ||
| Consejeros externos |

| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | % Variación 2018/2017 |
Ejercicio 2017 | |||
| Don FLORENTINO VIVANCOS GASSET |
39 | -9,30 | 43 | 34,38 | 32 | 77,78 | 18 | 0,00 | 18 | ||
| Doña ANA PERALTA MORENO | 44 | -12,00 | 50 | 66,67 | 30 | 0,00 | 30 | 0,00 | 30 | ||
| Don NICOLÁS BERGARECHE MENDOZA |
32 | -15,79 | 38 | 111,11 | 18 | 0,00 | 18 | 0,00 | 18 | ||
| Doña ROCÍO HORTIGÜELA ESTURILLO |
37 | -11,90 | 42 | n.s | 3 | - | 0 | - | 0 | ||
| Doña TERESA QUIRÓS ÁLVAREZ | 15 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | ||
| Doña MARÍA MERRY DEL VAL MARIÁTEGUI |
15 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | ||
| Resultados consolidados de la sociedad |
|||||||||||
| 16.308 | 7,06 | 15.233 | 33,19 | 11.437 | 17,59 | 9.726 | 176,86 | 3.513 | |||
| Remuneración media de los empleados |
|||||||||||
| 37 | -32,73 | 55 | 1,85 | 54 | 35,00 | 40 | 21,21 | 33 |
Observaciones

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.

Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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