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Metrovacesa S.A.

AGM Information Mar 31, 2022

1858_rns_2022-03-31_2c7a3adc-2bfb-41bc-bfe5-1648ae11fb30.pdf

AGM Information

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METROVACESA S.A. ("Metrovacesa" o la "Sociedad") en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 227 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado mediante Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, realiza la siguiente

COMUNICACIÓN DE OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

El Consejo de Administración de Metrovacesa ha acordado convocar la Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará en la calle Príncipe de Vergara, 187, Plaza de Rodrigo Uría, 28002 Madrid, en primera convocatoria a las 13:00 horas, el día 3 de mayo de 2022 o, de no alcanzarse el quórum necesario en esa convocatoria, a las 13:00 horas, el día 4 de mayo de 2022, en segunda convocatoria.

Se hace constar que, a partir de la fecha de publicación del anuncio de convocatoria, estarán disponibles para su consulta en la página web corporativa de Metrovacesa (www.metrovacesa.com), entre otros, las propuestas de acuerdos del Consejo de Administración a adoptar, en su caso, por la referida Junta General, los informes de los administradores sobre los puntos del orden del día de la Junta General que así lo requieren, el Informe Financiero Anual correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021, los informes de los auditores de cuentas correspondientes a dicho ejercicio y las declaraciones de responsabilidad de los administradores, así como la documentación e información necesaria para que los accionistas puedan acceder al Foro Electrónico de accionistas y las Reglas sobre el derecho de asistencia y sobre la representación y voto mediante medios de comunicación a distancia.

Se acompaña a esta comunicación, el texto íntegro de la convocatoria de la Junta General Ordinaria y las propuestas de acuerdos de los diferentes puntos del orden del día, entre las cuales se contiene la propuesta de acuerdo de distribución de dividendos con cargo a reservas de libre disposición (prima de emisión) por importe de 0,6 euros por acción, lo que implica un importe aproximado 91 millones de euros, cuyo pago se prevé que tenga lugar en torno al día 20 de mayo de 2022.

Madrid, 31 de marzo de 2022

Metrovacesa, S.A.

CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE METROVACESA, S.A. A CELEBRAR LOS DÍAS 3 Y 4 DE MAYO DE 2022, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE

De conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de Metrovacesa, S.A. (la "Sociedad" o "Metrovacesa"), se convoca a los Sres. Accionistas a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará en la calle Príncipe de Vergara, 187, Plaza de Rodrigo Uría, 28002 Madrid, en primera convocatoria a las 13:00 horas, el día 3 de mayo de 2022 o, de no alcanzarse el quórum necesario en esa convocatoria, a las 13:00 horas, el día 4 de mayo de 2022, en segunda convocatoria, para deliberar y resolver los asuntos comprendidos en el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

I. ASUNTOS PARA APROBACIÓN

  • Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales de Metrovacesa, S.A. -balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria- y de las cuentas anuales consolidadas correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2021, y de los informes de gestión de Metrovacesa, S.A. y de su grupo consolidado correspondientes al mismo ejercicio.
  • Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión y actuación del Consejo de Administración durante el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021.
  • Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado individual correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021.
  • Cuarto.- Aprobación, en su caso, de la distribución de dividendos con cargo a reservas de libre disposición.
  • Quinto.- Reelección de auditores de cuentas de la Sociedad y de su grupo consolidado.
  • Sexto.- Reelección, ratificación y nombramiento de consejeros.
    • 6.1 Reelección de D. Ignacio Moreno Martínez
    • 6.2 Reelección de D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren
    • 6.3 Reelección de D. Mariano Olmeda Sarrión
    • 6.4 Reelección de D. Javier García-Carranza Benjumea
    • 6.5 Reelección de D. Cesáreo Rey-Baltar Oramas
    • 6.6 Reelección de Dña. Ana Bolado Valle
    • 6.7 Reelección de D. Carlos Manzano Cuesta
    • 6.8 Ratificación y nombramiento de Dña. Azucena Viñuela Hernández
  • Séptimo.- Modificación de los Estatutos Sociales.

Octavo.- Modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad.

Noveno.- Delegación de facultades para la formalización, inscripción, desarrollo, interpretación, subsanación y ejecución de los acuerdos adoptados.

II. ASUNTOS PARA VOTACIÓN CONSULTIVA

Décimo.- Votación consultiva del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021.

COMPLEMENTO A LA CONVOCATORIA Y PROPUESTAS FUNDAMENTADAS DE ACUERDOS

Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad (Metrovacesa, S.A., Parque Empresarial Vía Norte, C/ Quintanavides, 13, 28050 Madrid) dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la presente convocatoria.

Asimismo, los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social podrán, en el mismo plazo de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día conforme a lo previsto en el artículo 519.3 de la Ley de Sociedades de Capital.

En el escrito de notificación se hará constar el nombre o denominación social del accionista o accionistas solicitantes, y se acompañará la oportuna documentación —copia de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia o certificado de legitimación— que acredite su condición de accionista, a fin de cotejar esta información con la facilitada por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear), así como el contenido del punto o puntos que el accionista plantee o el contenido de la propuesta o propuestas que el accionista formule.

En el caso de que el accionista plantee un nuevo punto o puntos del orden del día, se podrá requerir al accionista para que acompañe igualmente la propuesta o propuestas y el informe o informes justificativos de las propuestas a que se refieran los puntos incluidos en el complemento, en los supuestos en que legalmente sea necesario.

DERECHO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA, ENTREGA O ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN

De acuerdo con lo previsto en el artículo 518 de la Ley de Sociedades de Capital, desde la publicación del anuncio de convocatoria de la Junta y hasta su celebración, estarán a disposición de los accionistas ininterrumpidamente a través de la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com), entre otros, los siguientes documentos e información:

  • El texto íntegro del anuncio de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas.
  • El número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas.
  • Texto íntegro de las propuestas de acuerdos a adoptar, en su caso, por la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad en relación con cada uno de los

puntos comprendidos en el orden del día, así como las justificaciones de acuerdos formulados por el Consejo de Administración.

  • Informe Financiero Anual correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021, que incluye las cuentas anuales individuales y consolidadas, los informes de gestión, individual y consolidado, los respectivos informes de los auditores de cuentas correspondientes a dicho ejercicio y las declaraciones de responsabilidad de los administradores.
  • Informe anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio cerrado 31 de diciembre de 2021.
  • Informe sobre la independencia del auditor externo.
  • Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.
  • Informe de actividades del 2021 de la Comisión de Auditoría.
  • Informe de actividades del 2021 de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad.
  • Informe anual de sostenibilidad.
  • Informe anual sobre remuneraciones de los consejeros de la Sociedad correspondiente al ejercicio cerrado a 31 diciembre de 2021, que se somete a votación consultiva como punto separado del orden del día.
  • Informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad sobre la reelección como otro consejero externo de D. Ignacio Moreno Martínez.
  • Propuesta de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad sobre la ratificación del nombramiento de Dña. Azucena Viñuela Hernández, nombrada consejera por cooptación.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la distribución de dividendos con cargo a reservas de libre disposición.
  • Informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad sobre la reelección como consejero de D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren.
  • Informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad sobre la reelección como consejero de D. Carlos Manzano Cuesta.
  • Informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad sobre la reelección como consejero de D. Cesáreo Rey- Baltar Oramas.
  • Informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad sobre la reelección como consejero de D. Javier García-Carranza Benjumea.
  • Informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad sobre la reelección como consejera de Dña. Ana Bolado Valle.
  • Informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad sobre la reelección como consejero de D. Mariano Olmeda Sarrión.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la reelección como consejero de D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la ratificación del nombramiento de Dña. Azucena Viñuela Hernández, nombrada consejera por cooptación.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la reelección como otro consejero externo de D. Ignacio Moreno Martínez.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la reelección como consejero de D. Carlos Manzano Cuesta.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la reelección como consejero de D. Cesáreo Rey- Baltar Oramas.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la reelección como consejero de D. Javier García-Carranza Benjumea.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la reelección como consejera de Dña. Ana Bolado Valle.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la reelección como consejero de D. Mariano Olmeda Sarrión.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la propuesta de modificación de los Estatutos Sociales, que se somete a votación en el punto 7 del orden del día.
  • Informe justificativo del Consejo de Administración sobre la propuesta de modificación del Reglamento de la Junta General, que se somete a votación en el punto 9 del orden del día.
  • Formulario o modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia.
  • Normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas.
  • Reglas sobre el derecho de asistencia y sobre la representación y voto mediante medios de comunicación a distancia.
  • En su caso, las solicitudes válidas de informaciones, aclaraciones o preguntas realizadas por los accionistas en ejercicio de su derecho de información y las contestaciones que en su caso faciliten los administradores.
  • Los textos vigentes de los Estatutos Sociales, Reglamento de la Junta General de Accionistas, Reglamento del Consejo de Administración y de los restantes documentos que integran el Sistema de Gobierno Corporativo.

Asimismo, de conformidad con los artículos 272 y 287 de la Ley de Sociedades de Capital, cualquier accionista podrá examinar en el domicilio social y solicitar la entrega o el envío gratuito (el cual podrá efectuarse mediante correo electrónico con acuse de recibo si el accionista admite este medio) de la documentación que ha de ser sometida a la aprobación de la Junta en los casos que legalmente proceda y, en particular, el Informe Financiero Anual correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021, los preceptivos informes de los administradores, así como de la restante documentación que con ocasión de la celebración de esta Junta General Ordinaria de accionistas deba ponerse necesariamente a su disposición.

De acuerdo con los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, desde el mismo día de publicación de la convocatoria de la Junta General y hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta, ambos inclusive, o verbalmente durante su celebración, los accionistas

podrán solicitar del Consejo de Administración, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes.

Además, con la misma antelación y por escrito, o verbalmente durante la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor.

Salvo en los casos expresamente previstos en la Ley, el Consejo de Administración estará obligado a facilitar por escrito la información solicitada hasta el día de la celebración de la Junta General y, en el caso de las solicitudes verbales realizadas durante la celebración de la Junta cuando no sea posible satisfacer el derecho del accionista en ese momento, el Consejo de Administración estará obligado a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta.

Las solicitudes de información podrán realizarse mediante la entrega de la petición en el domicilio social; mediante comunicación electrónica a distancia a través de la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com) en el lugar y forma establecida al efecto o mediante su envío a la Sociedad según se detalla a continuación:

METROVACESA, S.A. Oficina del Accionista

Parque Empresarial Vía Norte C/ Quintanavides, 13 (28050) Madrid Email:[email protected] Teléfono: 913 183 700

En caso de que la solicitud se realice mediante comunicación electrónica a distancia, a través de correo electrónico dirigido a la dirección [email protected], deberá incorporar una Firma Electrónica Válida a los efectos de dotar al sistema de las adecuadas garantías de autenticidad y de identificación del accionista que ejercita su derecho de información.

Cualquiera que sea el medio que se emplee, la petición del accionista deberá incluir su nombre y apellidos, junto con la acreditación de las acciones de las que es titular, mediante copia de la tarjeta de asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear o certificado de legitimación, con objeto de que esta información sea cotejada con la relación de accionistas y el número de acciones a su nombre facilitada por Iberclear, para la Junta General de que se trate. Corresponderá al accionista la prueba del envío de la solicitud a la Sociedad en forma y plazo.

La página web de la Sociedad detallará las explicaciones pertinentes para el ejercicio del derecho de información del accionista en los términos previstos en la normativa aplicable.

Las peticiones de los accionistas se contestarán, en su caso, una vez comprobada la identidad y condición de accionista del solicitante, antes de la Junta General de accionistas a través del mismo medio en que se formularon, a menos que el accionista señale al efecto otro distinto que se considere idóneo. En todo caso, se podrá cursar la información en cuestión a través de correo certificado con acuse de recibo o burofax.

INSTRUMENTOS ESPECIALES DE INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital y en los términos referidos en el mismo, con el fin de facilitar la comunicación de los accionistas con carácter previo a la celebración de la Junta General, se habilitará un Foro Electrónico de Accionistas en la página web

de la Sociedad, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias de accionistas que, al amparo de lo previsto en dicho artículo, puedan constituir.

En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la Ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.

El acceso al Foro y los términos y condiciones de su utilización y funcionamiento se regirán por lo previsto en este anuncio y en las normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas, cuyo contenido puede consultarse en la página web de la Sociedad.

DERECHO DE ASISTENCIA

Los derechos de asistencia, representación y voto de los Sres. Accionistas se regularán por lo dispuesto en la Ley y en los Estatutos Sociales. De conformidad con el artículo 12 de los Estatutos Sociales, podrán asistir a las Juntas Generales los titulares de diez o más acciones que, con una antelación de cinco días a aquél en que se celebre la Junta General, figuren inscritos en el correspondiente Registro de anotaciones en cuenta y se hallen provistos de la correspondiente tarjeta de asistencia en la que se indicará el número de acciones de su titularidad, así como el número de votos que puede emitir. Se podrá utilizar la tarjeta de asistencia emitida por las entidades participantes en Iberclear en favor de los titulares de las acciones que acrediten tenerlas inscritas con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta.

REPRESENTACIÓN

De acuerdo con el artículo 12 de los Estatutos Sociales y el artículo 15 del Reglamento de la Junta General, todo accionista con derecho a voto podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. La representación deberá conferirse con carácter especial para cada Junta General. La representación deberá conferirse por escrito o mediante correspondencia postal, o mediante comunicación electrónica a través de la aplicación informática disponible en la página web corporativa (www.metrovacesa.com).

La delegación de la representación deberá ser cumplimentada y firmada por el accionista, suscribiendo la correspondiente tarjeta de asistencia.

La representación conferida habrá de recibirse por la Sociedad antes de las 23:59 horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta General de accionistas en primera convocatoria. En caso contrario, la representación se tendrá por no otorgada.

Los documentos en los que consten las representaciones para la Junta General deberán incluir, al menos, las siguientes menciones:

(i) Fecha de celebración de la Junta General y el orden del día.

(ii) Identidad del representado y del representante.

(iii) Número de acciones de las que es titular el accionista que otorga la representación.

(iv) Las instrucciones sobre el sentido del voto del accionista que otorga la representación en cada uno de los puntos del orden del día, en su caso.

El Presidente de la Junta General o las personas designadas por su mediación se entenderán facultados para determinar la validez de las representaciones conferidas y el cumplimiento de los requisitos de asistencia a la Junta General.

Lo dispuesto en los párrafos anteriores no será aplicable cuando el representante sea cónyuge, ascendiente o descendiente del representado y así lo acredite; ni tampoco cuando aquel tenga un poder general conferido en escritura pública con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional y así lo aporte.

Cuando se confiera por medio de correspondencia postal solo se reputará válida la que sea dirigida a la Sociedad, a la atención de la Oficina del Accionista, en la sede social, sita en Parque Empresarial Vía Norte, C/ Quintanavides, 13 (28050) Madrid, y que se efectúe remitiendo a la Sociedad un escrito en el que conste la representación otorgada, acompañado de la tarjeta de asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear, debidamente firmada y cumplimentando el apartado correspondiente por el accionista.

En el supuesto de que la tarjeta de asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear no incorpore el apartado relativo a la delegación o este estuviera incompleto, el accionista podrá utilizar la tarjeta de asistencia puesta a disposición de los accionistas por la Sociedad en su página web (www.metrovacesa.com). Dicha tarjeta de asistencia, debidamente firmada, deberá hacerse llegar a la Sociedad mediante correo postal a la dirección indicada en el párrafo anterior, junto con la correspondiente tarjeta de asistencia expedida por la entidad participante en Iberclear, debidamente firmada.

La representación es siempre revocable. La asistencia personal del representado a la Junta General tendrá en todo caso el valor de revocación de la representación. Asimismo, el voto del accionista prevalecerá sobre la delegación y, por tanto, las delegaciones emitidas con anterioridad se entenderán revocadas y las conferidas con posterioridad por no efectuadas.

Cuando se confiera a través de comunicación electrónica a través de la aplicación informática disponible en la página web corporativa (www.metrovacesa.com), el accionista que delegue su voto deberá acceder a la plataforma informática habilitada al efecto en la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com) acreditando su identidad, mediante alguno de los siguientes medios: (i) Documento Nacional de Identidad Electrónico; (ii) certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; o (iii) las credenciales de usuario/clave que el accionista deberá solicitar en la dirección de correo electrónico [email protected] indicando en el asunto "Solicitud de credenciales Junta General 2022".

La solicitud de credenciales de usuario/clave para poder delegar el voto a través de medios electrónicos podrá realizarse desde el día 31 de marzo de 2022 y no se admitirá más allá de las 13:00 horas del día 2 de mayo de 2022.

VOTO POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA

Los accionistas con derecho de asistencia y voto podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día con carácter previo a la celebración de la Junta mediante correspondencia postal en los términos previstos en la Ley y en el artículo 28 del Reglamento de la Junta General, o mediante comunicación electrónica a través de la aplicación informática disponible en la página web corporativa (www.metrovacesa.com).

El voto por correo se emitirá remitiendo mediante correspondencia postal dirigida a la Sociedad a la atención de la Oficina del Accionista, en la sede social, sita en Parque Empresarial Vía Norte, C/ Quintanavides, 13 (28050) Madrid, un escrito en el que conste éste, acompañado de la tarjeta de asistencia expedida por la entidad o entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, debidamente firmada y cumplimentada por el accionista.

Cuando el voto se emita por medio de comunicación electrónica a través de la aplicación informática disponible en la página web corporativa (www.metrovacesa.com), el accionista que emita su voto a distancia deberá acceder a la plataforma informática habilitada al efecto en la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com) acreditando su identidad, mediante alguno de los siguientes medios: (i) Documento Nacional de Identidad Electrónico; (ii) certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; o (iii) las credenciales de usuario/clave que el accionista deberá solicitar en la dirección de correo electrónico [email protected] indicando en el asunto "Solicitud de credenciales Junta General 2022".

La solicitud de credenciales de usuario/clave para poder emitir el voto a través de medios electrónicos podrá realizarse desde el día 31 de marzo de 2022, y no se admitirá más allá de las 13:00 horas del día 2 de mayo de 2022.

Para su validez, el voto emitido por correo o por medios electrónicos habrá de recibirse por la Sociedad antes de las 23:59 horas del día anterior al previsto para la celebración de la Junta General. En caso contrario, el voto se tendrá por no emitido.

Los accionistas con derecho de asistencia que emitan su voto a distancia en los términos indicados, al amparo de lo previsto en los Estatutos Sociales, serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta General de que se trate.

En los documentos en los que consten las representaciones para la Junta General se reflejarán las instrucciones sobre el sentido del voto, entendiéndose que, de no impartirse instrucciones expresas, el representante votará a favor de las propuestas de acuerdos formuladas por el Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día.

En el supuesto de que pudiera ser sometido a votación en la Junta cualquier otro asunto que no figurase en el Orden del Día, siendo por tanto ignorado en la fecha de la delegación, el representante deberá emitir el voto en el sentido que estime oportuno atendiendo al interés de la Sociedad y de su representado.

El voto emitido a distancia quedará sin efecto:

1) Por revocación posterior y expresa efectuada por el mismo medio empleado para la emisión y dentro del plazo establecido para ésta.

2) Por asistencia personal o telemática a la reunión del accionista que lo hubiera emitido o de su representante.

3) Por la enajenación de las acciones con anterioridad a la celebración de la Junta General que tuviera conocimiento la Sociedad.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de que el Presidente de la Junta, así como cualquier otro miembro del Consejo de Administración, pueden encontrarse en conflicto de intereses con respecto a (i) los puntos Segundo (Examen y aprobación, en su caso, de la gestión y actuación del Consejo de

Administración durante el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021); y (ii) los supuestos recogidos en los apartados a), b), c) y d) del artículo 526.1 de la Ley de Sociedades de Capital (nombramiento, reelección o ratificación de administradores, destitución, separación o cese de administradores, ejercicio de la acción social de responsabilidad y aprobación o ratificación de operaciones de la sociedad con el administrador que se trate) que pudieran presentarse fuera del orden del día con arreglo a la Ley. Además, los consejeros D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren, D. Javier García-Carranza Benjumea, D. Ignacio Moreno Martínez, D. Cesáreo Rey-Baltar Oramas, Dña. Ana Bolado Valle, D. Mariano Olmeda Sarrión, D. Carlos Manzano Cuesta y Dña. Azucena Viñuela Hernández pueden encontrarse en conflicto de intereses con respecto al punto Sexto del orden del día ("Reelección, ratificación y nombramiento de consejeros").

En caso de que el representante se encuentre incurso en una situación de conflicto de interés en relación con alguno de los puntos incluidos en el orden del día o que pudieran presentarse fuera del orden del día con arreglo a la Ley, y el accionista no hubiese dado instrucciones de voto precisas para cada uno de dichos puntos, el representante deberá abstenerse. En este caso, se entenderá que el representado ha designado, además, como representantes, solidaria y sucesivamente, al Presidente de la Junta General de accionistas y, si este estuviese en situación de conflicto de interés, al Secretario de la Junta General de accionistas y, si este estuviese, a su vez, en situación de conflicto de interés, al Vicesecretario no miembro del Consejo de Administración, en caso de haber sido nombrado.

La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación a distancia cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan. Asimismo, la Sociedad se reserva el derecho de solicitar a los accionistas los medios adicionales de identificación que considere oportunos para garantizar la identidad de los intervinientes, la autenticidad del voto o de la representación conferida y, en general, la seguridad jurídica del acto de la Junta General de accionistas.

Metrovacesa, S.A. no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegación a distancia.

ASISTENCIA Y VOTO POR MEDIOS TELEMÁTICOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de los Estatutos Sociales de la Sociedad, el Consejo de Administración de la Sociedad ha decidido habilitar la posibilidad de asistencia a la Junta General de accionistas y voto por medios telemáticos. Ello permitirá a los accionistas y representantes conectarse en tiempo real, participar y votar de forma remota el mismo día que se celebre la Junta General.

Se informa que los administradores podrán asistir a la reunión, por audioconferencia o videoconferencia.

1. Asistencia por medios telemáticos

Los medios para asistir de forma telemática a la Junta estarán a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado Asistencia telemática entre las 9:00 horas y las 12:45 horas del día de celebración de la reunión (esto es, del 3 de mayo de 2022 en primera convocatoria y, en su caso, del día siguiente 4 de mayo de 2022, en segunda convocatoria).

A estos efectos, los accionistas que deseen asistir telemáticamente a la Junta, deberán registrarse en la plataforma informática habilitada al efecto en la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com) acreditando su identidad, mediante alguno de los siguientes medios: (i) Documento Nacional de Identidad Electrónico; (ii) certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; o (iii) las credenciales de usuario/clave que el accionista deberá solicitar en la dirección de correo electrónico [email protected] indicando en el asunto "Solicitud de credenciales para Asistencia Telemática Junta General 2022".

La solicitud de credenciales de usuario/clave para poder asistir telemáticamente a la Junta, podrá realizarse desde el día 31 de marzo de 2022, y no se admitirá más allá de las 13:00 horas del día 2 de mayo de 2022.

Si la persona que asiste telemáticamente tuviera conferidas delegaciones en su favor, deberá notificárselo previamente a la Sociedad enviando un correo electrónico a la dirección [email protected], antes de las 13:00h del día 2 de mayo de 2022, en el que adjunte una copia de la delegación conferida, o los poderes de representación en caso de persona jurídica, además de una copia del DNI o pasaporte del representante. En caso de que opte por el acceso mediante usuario/clave, deberá realizar la correspondiente solicitud de credenciales indicada en el párrafo anterior.

Durante la celebración de la Junta y hasta el momento en que el Presidente de la Junta dé comienzo al turno de intervenciones, los accionistas o sus representantes, a través de los medios habilitados para la asistencia telemática en la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado Asistencia telemática, podrán intervenir o solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día.

Asimismo, durante la celebración de la Junta y hasta el momento inmediatamente anterior al inicio de la votación de las propuestas de acuerdos, los accionistas o sus representantes, a través de los medios habilitados para la asistencia telemática, podrán proponer la adopción de acuerdos sobre asuntos no contemplados en el Orden del Día de la reunión, en los casos en los que ello es legalmente admisible.

Cualquiera de los accionistas o representantes asistentes por vía telemática que deseen manifestar al Notario su abandono de la Junta deberán hacerlo enviando una comunicación electrónica a través de los medios habilitados para la asistencia telemática en la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado Asistencia telemática. Una vez comunicada al Notario la voluntad expresa de abandonar la reunión se entenderán por no realizadas cualquier actuación que efectúe telemáticamente con posterioridad.

La asistencia personal o mediante medios telemáticos a la Junta del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, dejará sin efecto dicha delegación o voto. Asimismo, cabe señalar que, en su caso, la asistencia física dejará sin efecto la asistencia telemática.

2. Voto por medios telemáticos

Los accionistas o sus representantes que participen en la Junta mediante asistencia telemática podrán votar a través de los medios habilitados para la asistencia telemática en la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado Asistencia telemática, desde que se registren y hasta el momento en que se proceda a las votaciones.

El mecanismo para la emisión del voto por medios telemáticos dispone de las debidas garantías de autenticidad e identificación del accionista que ejercita el derecho de voto y la seguridad de las comunicaciones electrónicas.

El accionista que desee votar de forma telemática debe indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el Orden del Día. Si, en relación con alguno de los puntos del Orden del Día no indica el sentido de su voto, se entenderá que vota a favor de las propuestas del Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día formulado por éste.

En aquello no regulado expresamente en este anuncio, resultarán de aplicación a los accionistas que asistan telemáticamente a la Junta las mismas normas sobre el voto y la adopción de acuerdos previstas en el Reglamento de la Junta General para los accionistas que asisten presencialmente a la celebración.

INTERVENCIÓN DE NOTARIO

En aplicación del artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la reunión.

DATOS PERSONALES

Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a Metrovacesa para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad responsable de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, serán tratados con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo relativo a la convocatoria y celebración de la Junta General. Estos datos se incorporarán a un fichero cuyo responsable es Metrovacesa. En caso de que en la tarjeta de asistencia o delegación se incluyan datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas del titular, el accionista deberá contar con el consentimiento de los titulares para la cesión de los datos personales a Metrovacesa e informarles de los extremos indicados en esta convocatoria en relación con el tratamiento de datos personales.

Los titulares de los datos tendrán la posibilidad de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente y en los términos y cumpliendo los requisitos establecidos por la misma, dirigiendo un escrito identificado con la referencia "Protección de Datos" en el que se concrete su solicitud a la siguiente dirección: Parque Empresarial Vía Norte, C/ Quintanavides, 13 (28050) Madrid.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Metrovacesa prevé que muy probablemente la Junta se celebrará en primera convocatoria, el día 3 de mayo de 2022, informando a través de su página web (www.metrovacesa.com) de los posibles cambios o medidas a adoptar en relación con la Junta General de Accionistas. En todo caso, se ruega a los accionistas que en los días previos a la celebración de la Junta, consulten las posibles indicaciones de la Sociedad en la página web de la Sociedad (www.metrovacesa.com) o contacten telefónicamente en el número 913 183 700, donde se facilitará la última información disponible en cada momento, todo ello encaminado a que los accionistas que lo consideren puedan ejercer plenamente sus derechos, sin presencia física.

En todo caso, Metrovacesa adoptará cuantas medidas estime convenientes o necesarias para proteger la salud de sus administradores, proveedores, accionistas y empleados.

Madrid, a 30 de marzo de 2022

El Secretario no miembro del Consejo de Administración

______________________ D. Lucas Osorio Iturmendi

PROPUESTAS DE ACUERDOS DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE METROVACESA, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 3 y 4 DE MAYO DE 2022, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE

I. ASUNTOS PARA APROBACIÓN

PUNTO PRIMERO DEL ORDEN DEL DÍA:

Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales de Metrovacesa, S.A. balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria- y de las cuentas anuales consolidadas correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2021, y de los informes de gestión de Metrovacesa, S.A. y de su grupo consolidado correspondientes al mismo ejercicio.

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

De conformidad con el artículo 164 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "Ley de Sociedades de Capital"), la Junta General Ordinaria se reunirá necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.

Se hace constar a los efectos de lo dispuesto por el artículo 272 de la Ley de Sociedades de Capital, que toda la documentación se ha puesto a disposición de los accionistas de forma inmediata y gratuita desde el día de la publicación de los anuncios con la convocatoria de esta Junta General.

Se propone:

Aprobar las cuentas anuales individuales de Metrovacesa, S.A. (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) y las consolidadas con sus sociedades dependientes (balance, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria), correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2021, así como el informe de gestión individual y consolidado correspondientes al mismo ejercicio social, todo lo cual fue formulado por el Consejo de Administración en su reunión del día 24 de febrero de 2022.

PUNTO SEGUNDO DEL ORDEN DEL DÍA:

Examen y aprobación, en su caso, de la gestión y actuación del Consejo de Administración durante el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021.

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

De conformidad con el artículo 164 de Ley de Sociedades de Capital, la Junta General Ordinaria se reunirá necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.

Se hace constar a los efectos de lo dispuesto por el artículo 272 de la Ley de Sociedades de Capital, que toda la documentación se ha puesto a disposición de los accionistas de forma inmediata y gratuita desde el día de la publicación de los anuncios con la convocatoria de esta Junta General.

Se propone:

Aprobar la gestión social y la actuación llevada a cabo por el Consejo de Administración de Metrovacesa, S.A. durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2021.

PUNTO TERCERO DEL ORDEN DEL DÍA:

Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado individual correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021.

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

De conformidad con el artículo 164 de la Ley de Sociedades de Capital, la Junta General Ordinaria se reunirá necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.

Se hace constar a los efectos de lo dispuesto por el artículo 272 de la Ley de Sociedades de Capital, que toda la documentación se ha puesto a disposición de los accionistas de forma inmediata y gratuita desde el día de la publicación de los anuncios con la convocatoria de esta Junta General.

Se propone:

Aprobar la siguiente propuesta de aplicación del resultado:

PROPUESTA DE APLICACIÓN DEL RESULTADO DE METROVACESA, S.A. (INDIVIDUAL) (en miles de euros):

  • Beneficios obtenidos durante el ejercicio: 18.480
  • Aplicación:
    • o Reserva legal: 1.848
    • o Resultados Negativos de Ejercicios Anteriores: 16.632

PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA:

Aprobación, en su caso, de la distribución de dividendos con cargo a reservas de libre disposición.

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

De conformidad al art. 273.2 de la Ley de Sociedades de Capital, las sociedades, una vez cubiertas las atenciones previstas por la Ley o los estatutos, podrán repartir dividendos con cargo beneficios o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es inferior al capital social y no se produce tal situación como consecuencia del reparto.

Si bien se propone en el punto tercero del orden del día una distribución del resultado del ejercicio 2021 destinada a Reserva Legal y Resultados Negativos de Ejercicios Anteriores, se considera oportuno proponer a la Junta General la distribución entre los accionistas de reservas de libre disposición (prima de emisión) por importe de 0,6 euros por acción.

Dicho reparto se justifica por la adecuada estructura de balance de la Sociedad, que contaba con un saldo neto de caja positivo a 31 de diciembre de 2021. Asimismo, dicho reparto, es consistente con el plan de negocio de la Sociedad expuesto con motivo de su admisión a bolsa en el 2018.

A los efectos oportunos, se hace constar que (i) existe suficiente liquidez para este reparto, teniendo en cuenta la caja operativa generada por la Sociedad durante el ejercicio, proveniente de sus actividades de promoción y venta de suelo; (ii) tras este reparto, el valor del patrimonio neto seguirá siendo superior al capital social; y (iii) se cumple con los demás requisitos establecidos en el artículo 273 de la Ley de Sociedades de Capital para poder realizar dicho reparto.

Se propone:

Aprobar la distribución de dividendos por un importe de 0,6 euros/acción con cargo a reservas de libre disposición (prima de emisión), lo que implica un importe de 91 millones de euros.

La distribución de dividendos será pagadera en torno al día 20 de mayo de 2022.

Se hace constar que, tras la distribución del dividendo aprobado, el patrimonio neto de la Sociedad continuará siendo superior a su capital social.

PUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA

Reelección de auditores de cuentas de la Sociedad y de su grupo consolidado.

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

La actual firma auditora de la Sociedad y de su grupo, PriceWaterhouseCoopers Auditores, S.L., fue nombrada en la Junta General Ordinaria de Accionistas de 2016 por un periodo inicial de tres años que finalizó en el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2018.

Asimismo, PriceWaterhouseCoopers Auditores, S.L. fue reelegida como auditor de cuentas de la Sociedad y de su grupo consolidado por periodos de un año para los ejercicios 2019, 2020 y 2021, respectivamente.

De acuerdo con el artículo 264 de la Ley de Sociedades de Capital, el nombramiento de auditores compete a la Junta General y debe efectuarse antes de que finalice el ejercicio que se somete a revisión.

Conforme a los artículos 529 quaterdecies.4 d) de la Ley de Sociedades de Capital y 51.3 d) de los Estatutos Sociales, corresponde a la Comisión de Auditoría proponer al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General de Accionistas, el nombramiento de los auditores de cuentas, propuesta que se ha producido en su sesión de30 de marzo de 2022.

En aplicación de los citados preceptos, y previa propuesta de la Comisión de Auditoría de la Sociedad, se somete a la Junta la renovación de la actual firma auditora para el ejercicio 2022.

Se propone:

Reelegir como auditor de cuentas de Metrovacesa, S.A. y de su grupo consolidado de sociedades por un periodo de un año (ejercicio 2022) a la firma PriceWaterhouseCoopers Auditores, S.L., domiciliada en Paseo de la Castellana 259, 28046 Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 3.805, folio 223, hoja M-63988, inscrita en el ROAC con el número S0242 y provista de NIF B-79031290.

PUNTO SEXTO DEL ORDEN DEL DÍA:

Reelección, ratificación y nombramiento de consejeros

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

Nombramientos que se proponen

Los siguientes Consejeros fueron nombrados por las Juntas Generales de Accionistas de la Sociedad celebradas en las fechas que se indican a continuación, todos ellos por un plazo de 6 años:

  • Junta General de Accionistas celebrada el 6 de abril de 2016: o D. Javier García-Carranza Benjumea.
  • Junta General de Accionistas celebrada el 18 de febrero de 2016: o D. Ignacio Moreno Martínez.
  • Junta General de Accionistas celebrada el 30 de junio de 2017:
    • o D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren.
    • o D. Cesáreo Rey-Baltar Oramas.
    • o Dña. Ana Bolado Valle.
    • o D. Mariano Olmeda Sarrión.
  • Junta General de Accionistas celebrada el 24 de noviembre de 2017:
    • o D. Carlos Manzano Cuesta.

Por otro lado, con fecha 6 de febrero de 2018 se produjo la admisión a bolsa de la Sociedad, estableciéndose, conforme al art. 529 undecies de la Ley de Sociedades de Capital que la duración del cargo de los consejeros será el que determinen los estatutos sociales, sin que en ningún caso exceda de cuatro años, en línea con la redacción actual del art. 16 de los Estatutos Sociales de la Sociedad, que establece que "Los miembros del Consejo de Administración ejercerán su cargo durante el plazo de cuatro años y podrán ser reelegidos una o más veces por periodos de igual duración (…)". Se propone a la Junta la reelección de todos ellos por un periodo estatutario completo de cuatro años.

Desde la celebración de la última Junta General de Accionistas, el Consejo de Administración ha designado como Consejera Independiente a Dña. Azucena Viñuela Hernández, en su reunión de 20 de enero de 2022, en ejercicio de la facultad legal de cooptación. Atendido el artículo 244 de la Ley de Sociedades de Capital, se somete a la Junta la ratificación de la designación efectuada en su día por el Consejo, así como su nombramiento como Consejera, con la misma categoría, para un periodo estatutario completo de cuatro años.

Se indica a continuación la categoría de cada consejero propuesto:

  • (i) D. Ignacio Moreno Martínez, Otro Consejero Externo.
  • (ii) Dña. Azucena Viñuela Hernández, Consejera Independiente.
  • (iii) D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren, Consejero Ejecutivo.
  • (iv) D. Mariano Olmeda Sarrión, Consejero Dominical.
  • (v) D. Javier García-Carranza Benjumea, Consejero Dominical.
  • (vi) Dña. Ana Bolado Valle, Consejera Dominical.
  • (vii) D. Cesáreo Rey-Baltar Oramas, Consejero Dominical.
  • (viii)D. Carlos Manzano Cuesta, Consejero Dominical.

De conformidad con los artículos 529 decies.4 de la Ley de Sociedades de Capital y 18.1 del Reglamento del Consejo de Administración, el presente acuerdo viene precedido de la propuesta de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad en el caso de los Consejeros Independientes, y del informe de esa misma Comisión en los restantes casos.

Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 529 decies.5 de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejo de Administración ha formulado los preceptivos informes de los consejeros no independientes.

En cumplimiento del artículo 518 e) de la Ley de Sociedades de Capital, se pondrán a disposición de los accionistas, mediante su publicación en la página web de la Sociedad desde la convocatoria de la junta general: (i) la propuesta e informes de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad; y (ii) los informes del Consejo de Administración, en todos los casos haciéndose referencia a la identidad, categoría y un breve curriculum vitae de cada uno de los Consejeros, con objeto de que se disponga de información sobre su perfil y méritos.

Las reelecciones, y las ratificaciones y nombramientos propuestos, se someten a votación de forma individualizada, tal y como dispone el artículo 197 bis.2 a) de la Ley de Sociedades de Capital.

Acuerdos que se proponen:

6.1.- REELECCIÓN DE D. IGNACIO MORENO MARTÍNEZ

"Reelegir como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de Otro Consejero Externo, al Consejero D. Ignacio Moreno Martínez, mayor de edad, [estado civil], con nacionalidad española, con D.N.I. [***], en vigor, y domicilio a estos efectos en [***], por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo."

6.2.- REELECCIÓN DE D. JORGE PÉREZ DE LEZA EGUIGUREN

"Reelegir como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de Consejero Ejecutivo, al Consejero D. Jorge Pérez de Leza Eguiguren, mayor de edad, [estado civil], con nacionalidad española, con D.N.I. [***], en vigor, y domicilio a estos efectos en [***], por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo."

6.3.- REELECCIÓN DE D. MARIANO OLMEDA SARRIÓN

"Reelegir como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de Consejero Dominical, al Consejero D. Mariano Olmeda Sarrión, mayor de edad, [estado civil], con nacionalidad española, con D.N.I. [***], en vigor, y domicilio a estos efectos en [***], por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo."

6.4.- REELECCIÓN DE D. JAVIER GARCÍA-CARRANZA BENJUMEA

"Reelegir como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de Consejero Dominical, al Consejero D. Javier García-Carranza Benjumea, mayor de edad, [estado civil], con nacionalidad española, con D.N.I. [***], en vigor, y domicilio a estos efectos en [***], por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo."

6.5.- REELECCIÓN DE D. CESÁREO REY-BALTAR ORAMAS

"Reelegir como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de Consejero

Dominical, al Consejero D. Cesáreo Rey-Baltar Oramas, mayor de edad, [estado civil], con nacionalidad española, con D.N.I. [***], en vigor, y domicilio a estos efectos en [***], por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo."

6.6.- REELECCIÓN DE DÑA. ANA BOLADO VALLE

"Reelegir como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de Consejera Dominical, a la Consejera Dña. Ana Bolado Valle, mayor de edad, [estado civil], con nacionalidad española, con D.N.I. [***], en vigor, y domicilio a estos efectos en [***], por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo."

6.7.- REELECCIÓN DE D. CARLOS MANZANO CUESTA

"Reelegir como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de Consejero Dominical, al Consejero D. Carlos Manzano Cuesta, mayor de edad, [estado civil], con nacionalidad española, con D.N.I. [***], en vigor, y domicilio a estos efectos en [***], por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo."

6.8.- RATIFICACIÓN Y NOMBRAMIENTO DE DÑA. AZUCENA VIÑUELA HERNÁNDEZ

"Ratificar la designación como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de Consejera Independiente, de Dña. Azucena Viñuela Hernández, , mayor de edad, [estado civil], con nacionalidad española, con D.N.I. [***], en vigor, y domicilio a estos efectos en [***], realizada por cooptación por el Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión de 20 de enero de 2022 y nombrarla Consejera, con la misma categoría, por el plazo estatutario de cuatro años a contar desde la fecha del presente acuerdo."

PUNTO SÉPTIMO DEL ORDEN DEL DÍA:

Modificación de los Estatutos Sociales.

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

De conformidad con el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, se ha puesto a disposición de los accionistas, en documento separado, un informe del Consejo de Administración en el que se justifica pormenorizadamente la modificación estatutaria que se somete a la Junta General.

En cumplimiento del artículo 197 bis.2 b) de dicho texto legal, se someten a votación separada cada grupo de artículos que cuentan con autonomía propia.

7.1. Modificación del artículo 12 para regular la facultad de celebrar juntas generales exclusivamente telemáticas, al amparo del nuevo artículo 182 bis de la Ley de Sociedades de Capital incorporado por la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas (la "Ley 5/2021").

Acuerdo que se propone:

Modificar el artículo 12 de los Estatutos Sociales que, en lo sucesivo, tendrá la siguiente redacción:

Artículo 12.- Asistencia, representación y forma de celebración de las Juntas Generales

  • 1. Tienen derecho de asistencia a las Juntas Generales los accionistas titulares de diez o más acciones, cuya titularidad aparezca inscrita en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta General.
  • 2. Los accionistas y sus representantes podrán asistir a la Junta General y votar en la misma mediante medios de comunicación telemáticos o a distancia, de conformidad con lo previsto en la Ley, el Reglamento de la Junta General y siempre que el Consejo de Administración así lo acuerde con ocasión de cada convocatoria. Las condiciones y limitaciones de esta forma de asistencia y votación se desarrollarán en el Reglamento de la Junta General, de conformidad con lo previsto en la Ley en cada momento.
  • 3. El Presidente de la Junta General podrá autorizar la asistencia de los directores, gerentes y técnicos de la Sociedad y demás personas que tengan interés en la buena marcha de los asuntos sociales, así como cursar invitación a las personas distintas de las anteriores que tenga por conveniente. La Junta, no obstante, podrá revocar dicha autorización.
  • 4. Los accionistas podrán hacerse representar en la Junta General por otra persona. El nombramiento del representante y la notificación del nombramiento podrán realizarse por escrito o por los medios electrónicos que, garantizando debidamente la identidad del representado y del representante, el Consejo de Administración determine, en su caso, con ocasión de la convocatoria de cada Junta General y conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Junta General.
  • 5. La Junta General podrá celebrarse de las siguientes formas: (i) únicamente presencial; (ii) presencial con la posibilidad de asistir telemáticamente; o (iii) exclusivamente telemática, es decir, sin asistencia física de los accionistas o sus representantes, en los términos previstos en la normativa aplicable. El Consejo de Administración expondrá en la convocatoria las razones que justifiquen la celebración de la Junta General de forma exclusivamente telemática. En todos los casos, los accionistas podrán conferir la representación y votar a distancia con arreglo a lo dispuesto en la Ley, los presentes Estatutos, en el Reglamento de la Junta General y en las normas de desarrollo que establezca el Consejo de Administración con ocasión de la convocatoria.

7.2. Modificación de los artículos 17 y 22 para sustituir la denominación de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones por la de la nueva Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad

Acuerdo que se propone:

Modificar los artículos 17 y 22 de los Estatutos Sociales que, en lo sucesivo, tendrán la siguiente redacción:

Artículo 17.- Remuneración del cargo

  • 1. Los consejeros percibirán una retribución por el ejercicio de las funciones que les corresponde desarrollar en virtud de su pertenencia al Consejo de Administración como órgano colegiado de decisión de la Sociedad, así como a las Comisiones de las que formen parte.
  • 2. La retribución de los consejeros en su condición de tales a que se refiere el apartado anterior consistirá en una asignación anual fija. El importe total de las retribuciones que podrá satisfacer la Sociedad al conjunto de sus consejeros en su condición de tales podrá comprender retribuciones tanto en efectivo como en especie y no excederá de la cantidad que a tal efecto determine la Junta General de Accionistas. La cantidad así fijada por la Junta se mantendrá entretanto no sea modificada por un nuevo acuerdo de la Junta General de accionistas, de conformidad con lo dispuesto por la legislación aplicable.

Corresponderá al Consejo de Administración de acuerdo con la política de remuneraciones de los consejeros, que se aprobará al menos cada tres años por la Junta General, la determinación concreta del importe que corresponda a cada uno de los consejeros en su condición de tal, la periodicidad y forma de pago, e incluso determinar que solo perciban retribuciones alguno de ellos. Entre otros aspectos, tendrá en cuenta los cargos desempeñados por cada consejero en el propio órgano colegiado y su pertenencia y asistencia a las distintas Comisiones.

3. Los consejeros que desarrollen funciones ejecutivas tendrán derecho a percibir, adicionalmente, la retribución que por el desempeño de dichas responsabilidades se prevea en los contratos celebrados a tal efecto entre cada consejero y la Sociedad.

Dichos contratos se ajustarán a la política de remuneraciones de los consejeros a aprobar por la Junta General, que deberá contemplar la cuantía de la retribución fija anual y su variación en el periodo al que la política se refiera, los distintos parámetros para la fijación de los componentes variables y los términos y condiciones principales de sus contratos, incluyendo en particular su duración, indemnizaciones por cese anticipado o terminación de la relación contractual y pactos de exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización.

  • 4. Corresponde al Consejo de Administración fijar la retribución de los consejeros por el desempeño de las funciones ejecutivas y aprobar, con la mayoría legalmente exigible, los contratos de los consejeros ejecutivos con la Sociedad, que deberán ajustarse a la política de remuneraciones aprobada por la Junta General.
  • 5. Además del sistema de retribución previsto en los apartados anteriores, los consejeros tendrán derecho a (i) percibir indemnizaciones por cese, en caso de que así se prevea en la política de remuneraciones de los consejeros, y (ii) ser retribuidos mediante la entrega de acciones, o mediante la entrega de derechos de opción sobre ellas o mediante retribución en efectivo referenciada al valor de las acciones o a otra variable, siempre y cuando la aplicación de alguno de estos sistemas de retribución sea acordada previamente por la Junta General de accionistas. Dicho acuerdo determinará, en su caso, el número máximo de acciones que se podrán asignar en cada ejercicio a este sistema de remuneración, el precio de ejercicio o el sistema de cálculo del precio de ejercicio de las opciones sobre acciones, el valor de las acciones que, en su caso, se tome como referencia y el plazo de duración del plan.
  • 6. La política de remuneraciones de los consejeros se ajustará en lo que corresponda al sistema de remuneraciones previsto en los presentes Estatutos y en el Reglamento del Consejo de Administración, tendrá el alcance previsto legalmente y se someterá por el Consejo de Administración a la aprobación de la Junta General de accionistas con la periodicidad que establezca la Ley. La política de

remuneraciones será propuesta al Consejo de Administración por la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad.

7. La Sociedad contratará un seguro de responsabilidad civil para sus consejeros en las condiciones usuales y proporcionadas a las circunstancias de la propia Sociedad.

Artículo 22.- Comisiones del Consejo

  • 1. El Consejo de Administración deberá constituir una Comisión de Auditoría y una Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad con las facultades de información, supervisión, asesoramiento y propuesta en las materias de su competencia que se especifican en la Ley y en estos Estatutos Sociales y que se desarrollan en el Reglamento del Consejo de Administración.
  • 2. Asimismo, el Consejo de Administración podrá constituir otras Comisiones con funciones consultivas o asesoras, sin perjuicio de que excepcionalmente se les atribuya alguna facultad de decisión.

PUNTO OCTAVO DEL ORDEN DEL DÍA:

Modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad:

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

Se ha puesto a disposición de los accionistas, en documento separado, un informe del Consejo de Administración en el que se justifica pormenorizadamente la modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas que se propone.

Se someten a votación separada cada grupo de artículos que cuentan con autonomía propia.

El punto 8.1 no se sometería a votación si la modificación de los Estatutos Sociales que persigue el mismo (punto 7.1 del orden del día) no pudiera aprobarse (por falta de quorum) o se hubiera rechazado (por no alcanzar la mayoría requerida).

8.1. Modificación de los artículos 8, 9, 13, 18, 29 y 33 para regular la facultad de celebrar juntas generales exclusivamente telemáticas, al amparo del nuevo artículo 182 bis de la Ley de Sociedades de Capital (la "Ley de Sociedades de Capital" o la "LSC") incorporado por la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas (la "Ley 5/2021").

Acuerdo que se propone:

Modificar los artículos 8, 9, 13, 18, 29 y 33 del Reglamento de la Junta General que, en lo sucesivo, tendrán la siguiente redacción:

Artículo 8.- Convocatoria de la Junta General de accionistas y forma de celebración

  • 1. Sin perjuicio de lo establecido en la normativa aplicable sobre la Junta General de accionistas universal y la convocatoria judicial de la Junta General de accionistas, las Juntas Generales de accionistas de la Sociedad habrán de ser convocadas por el Consejo de Administración o, en su caso, por los liquidadores de la Sociedad.
  • 2. El Consejo de Administración convocará la Junta General de accionistas ordinaria para su reunión necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio. La Junta General de accionistas ordinaria será válida aunque haya sido convocada o se celebre fuera de plazo. Asimismo, el Consejo de Administración convocará la Junta General de accionistas extraordinaria siempre que lo estime conveniente para los intereses sociales.
  • 3. El Consejo de Administración deberá, asimismo, convocar la Junta General de accionistas cuando así lo soliciten accionistas que sean titulares de, al menos, el tres por ciento del capital social, expresando en la solicitud los asuntos a tratar en la Junta General de accionistas. En este caso, la Junta deberá ser convocada para celebrarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se hubiere requerido notarialmente al Consejo para convocarla. Asimismo, el Consejo de Administración deberá incluir en el orden del día el asunto o asuntos que hubieran sido objeto de la solicitud.
  • 4. Si la Junta General de accionistas ordinaria no fuera convocada dentro del plazo legal indicado en el presente artículo, podrá serlo, a petición de los accionistas, y, con audiencia de los miembros del Consejo de Administración, por el Secretario judicial o por el Registrador mercantil del domicilio social de la Sociedad, quien además designará la persona que habrá de presidir la Junta General de accionistas. Esa misma convocatoria habrá de realizarse respecto de la Junta General de accionistas extraordinaria, cuando lo solicite el número de accionistas a que se refiere el párrafo anterior y los administradores

no hubiesen convocado la Junta General dentro del plazo de dos meses siguiente a la fecha de la solicitud.

5. La Junta General de accionistas podrá celebrarse de las siguientes formas: (i) únicamente presencial; (ii) presencial con la posibilidad de asistir telemáticamente; (iii) exclusivamente telemática, es decir, sin asistencia física de los accionistas o sus representantes, en los términos previstos en la normativa aplicable. El Consejo expondrá en la convocatoria las razones que justifiquen la celebración de la Junta General de forma exclusivamente telemática. En todos los casos, los accionistas podrán conferir la representación y votar a distancia con arreglo a lo dispuesto en la ley, los Estatutos Sociales, en el presente Reglamento y en las normas de desarrollo que establezca el Consejo de Administración con ocasión de la convocatoria.

Artículo 9.- Anuncio de convocatoria

  • 1. La convocatoria, tanto para las Juntas Generales ordinarias como para las extraordinarias, se realizará mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil o en uno de los diarios de mayor circulación en España, en la página web corporativa de la Sociedad y en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por lo menos, un mes antes de la fecha fijada para su celebración (sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 siguiente de este artículo y de los supuestos en los que la Ley establezca una antelación superior).
  • 2. Cuando la Sociedad ofrezca a los accionistas la posibilidad efectiva de votar por medios electrónicos accesibles a todos ellos, la Juntas Generales extraordinarias de la Sociedad podrán ser convocadas con una antelación mínima de quince días.

La reducción del plazo de convocatoria requerirá un acuerdo expreso adoptado en Junta General ordinaria por, al menos, dos tercios del capital suscrito con derecho a voto y cuya vigencia no podrá superar la fecha de celebración de la siguiente.

  • 3. El anuncio de convocatoria expresará el carácter de ordinaria o extraordinaria, el nombre de la Sociedad, el día, el lugar y la hora de celebración de la Junta General de accionistas, la forma de celebración, el orden del día en el que figurarán todos los asuntos a tratar, el cargo de la persona o personas que realicen la convocatoria, la fecha en que, si procediere, se reunirá la Junta General de accionistas en segunda convocatoria, debiendo mediar, al menos, un plazo de veinticuatro horas entre una y otra, así como cualesquiera otras informaciones que sean requeridas por la normativa aplicable en cada momento y, en particular, las exigidas por la Ley de Sociedades de Capital. Asimismo, el anuncio expresará la fecha en la que el accionista deberá tener registradas a su nombre las acciones para poder participar y votar en la Junta General, el lugar y la forma en que pueda obtenerse el texto completo de los documentos y propuestas de acuerdos y la dirección de la página web de la sociedad en que estará disponible la información.
  • 4. El anuncio hará, asimismo, mención al derecho de los accionistas de hacerse representar en la Junta General de accionistas por otra persona, aunque esta no sea accionista, y los requisitos y procedimientos para ejercer este derecho, así como al derecho de información que asiste a los accionistas y la forma de ejercerlo.
  • 5. El Consejo de Administración deberá incluir en la convocatoria mención de los concretos medios de comunicación a distancia que los accionistas puedan utilizar para ejercitar o delegar el voto, así como las indicaciones básicas que deberán seguir para hacerlo.
  • 6. Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de una Junta General de accionistas ordinaria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente

que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria. El complemento de la convocatoria deberá publicarse, como mínimo, con quince días naturales de antelación a la fecha establecida para la reunión de la Junta General.

  • 7. Asimismo, los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán, en el mismo plazo señalado en el párrafo anterior, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de una Junta General de accionistas ya convocada. Las citadas propuestas de acuerdo fundamentadas se publicarán en la página web corporativa de la Sociedad, en los términos establecidos por la normativa aplicable.
  • 8. Si la Junta General de accionistas, debidamente convocada, no se celebrara en primera convocatoria, ni se hubiese previsto en el anuncio la fecha de la segunda, deberá esta ser anunciada, con el mismo orden del día y con los mismos requisitos de publicidad que la primera, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la Junta General no celebrada y con, al menos, diez días naturales de antelación a la fecha de la reunión.

Artículo 13.- Derecho de asistencia

1. Tienen derecho de asistencia a las Juntas Generales los accionistas titulares de diez o más acciones, cuya titularidad aparezca inscrita en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta General.

Todos los accionistas con derecho de asistencia a la Junta General, cualquiera que sea el número de acciones de que sean titulares, tendrán derecho a ejercitar su derecho de voto utilizando medios de comunicación a distancia siempre que consten inscritas a su nombre en el registro de anotaciones en cuenta correspondiente con, al menos, cinco días naturales antes de la emisión del voto.

2. Adicionalmente, será requisito para asistir a la Junta General de accionistas que el accionista se provea de la correspondiente tarjeta de asistencia, del certificado expedido por la entidad encargada del registro de anotaciones en cuenta que en cada caso corresponda, o del documento que, conforme a derecho, le acredite como accionista.

Las tarjetas de asistencia serán nominativas y se emitirán, a instancia de la Sociedad, bien directamente por esta, bien por medio de las entidades encargadas de los registros contables, pudiendo utilizarse por los accionistas como documento de otorgamiento de representación para la Junta General de accionistas de que se trate.

A tal fin, la Sociedad podrá proponer a dichas entidades el formato de la tarjeta de asistencia que deba expedirse a favor de los accionistas, procurando que las tarjetas emitidas por tales entidades sean uniformes y que permitan su lectura electrónica para facilitar el cómputo informático de los asistentes a la reunión, así como la fórmula a la que deberá ajustarse tal documento para delegar la representación en la reunión.

  • 3. Aquellos accionistas que acudan personalmente, o a través de su representante, al lugar de celebración de la Junta General de accionistas en el día fijado para la misma, presentarán su tarjeta de asistencia, conforme a lo previsto en el presente Reglamento.
  • 4. Asimismo, aquellos accionistas que deseen votar por medios de comunicación a distancia deberán acreditar su identidad y condición de accionista en la forma que el Consejo de Administración hubiera determinado en el anuncio de convocatoria.
  • 5. Los accionistas con derecho de asistencia y sus representantes podrán asistir a la Junta General de accionistas por medios telemáticos, cuando así lo disponga la convocatoria, de conformidad con lo previsto en la Ley y en los párrafos siguientes.

El consejo de administración considerará los medios telemáticos y las bases jurídicas que hagan posible y garanticen la asistencia telemática y valorará, con ocasión de la convocatoria de cada Junta General de accionistas, la posibilidad de organizar la asistencia a la reunión a través de medios telemáticos.

A tal efecto, el consejo de administración verificará, entre otros aspectos, si se garantiza debidamente la identidad del accionistas y su condición de tal, el correcto ejercicio de sus derechos, la idoneidad de los medios telemáticos y el adecuado desarrollo de la reunión y, todo ello, de conformidad con lo establecido en este Reglamento. En tal caso, si se juzga oportuno, se incluirá en la convocatoria la determinación de los medios telemáticos concretos que los accionistas puedan utilizar, así como las instrucciones que deberán seguir para hacerlo. Asimismo, podrá incluirse en la convocatoria, si así lo determina el órgano de administración, que las intervenciones y propuestas de acuerdos que tengan intención de formular quienes vayan a asistir por medios telemáticos, se remitan a la Sociedad con anterioridad al momento de la constitución de la Junta.

6. La celebración de la Junta General de accionistas de forma exclusivamente telemática estará supeditada en todo caso a que la identidad y legitimación de los accionistas y de sus representantes se halle debidamente garantizada y a que todos los asistentes puedan participar efectivamente en la reunión por los medios de comunicación a distancia previstos, tanto para ejercitar en tiempo real los derechos de palabra, información, propuesta y voto que les correspondan, como para seguir las intervenciones de los demás asistentes por los medios indicados. A tal fin, el Consejo de Administración implementará las medidas necesarias con arreglo al estado de la técnica y a las circunstancias de la Sociedad, especialmente el número de sus accionistas. Además de asistir a la Junta mediante conexión telemática, los miembros del Consejo de Administración podrán asistir físicamente en el lugar desde el que se retransmita.

La convocatoria informará de los trámites y procedimientos que habrán de seguirse para el registro y formación de la lista de asistentes, para el ejercicio por estos de sus derechos y para el adecuado reflejo en el acta del desarrollo de la Junta. La asistencia no podrá supeditarse en ningún caso a la realización del registro con una antelación superior a una hora antes del comienzo previsto de la reunión.

Las respuestas a los accionistas o sus representantes que ejerciten su derecho de información durante la celebración la Junta General exclusivamente telemática se regirán por lo previsto en la Ley. Si las respuestas se cursan por escrito en el plazo legalmente previsto, se publicarán en la página web corporativa de la Sociedad.

7. En el caso de que se posibilite la asistencia por medios telemáticos, por haberlo acordado así el Consejo de Administración y haberlo incluido en la convocatoria, si por circunstancias técnicas no imputables a la Sociedad no fuera posible la asistencia a la Junta por los medios establecidos, o se produjese durante la Junta una interrupción de la comunicación o se pusiese fin a esta, esta circunstancia no constituirá una privación ilegítima de los derechos del accionista, sin perjuicio de que se adopten las medidas que cada situación requiera, entre ellas la suspensión temporal o prórroga de la Junta General si fuere preciso.

Artículo 18.- Planificación, medios y lugar de celebración de la Junta General

  • 1. El Consejo de Administración podrá decidir, en atención a las circunstancias, la utilización de medios o sistemas que faciliten un mayor y mejor seguimiento de la Junta General de accionistas o una más amplia difusión de su desarrollo.
  • 2. En concreto, el Consejo de Administración podrá:
    • (i) procurar mecanismos de traducción simultánea;
  • (ii) establecer las medidas de control de acceso, vigilancia, protección y seguridad que resulten adecuadas; y
  • (iii) adoptar medidas para facilitar el acceso de los accionistas discapacitados a la sala donde se celebre la Junta General de accionistas.
  • 3. En la sala o salas donde se desarrolle la Junta General de accionistas, los asistentes no podrán utilizar aparatos de fotografía, de vídeo, de grabación, teléfonos móviles o similares, salvo en la medida en que lo permita el Presidente de la Junta General de accionistas. En el acceso a la sala o salas donde se desarrolle la Junta General de accionistas, podrán establecerse mecanismos de control que faciliten el cumplimiento de esta previsión.
  • 4. La Junta General de accionistas se celebrará en el lugar que indique la convocatoria dentro del término municipal del domicilio social. Si en el anuncio no figurase el lugar de celebración, se entenderá que la Junta General de accionistas tendrá lugar en el domicilio de la Sociedad.
  • 5. La Junta General de accionistas exclusivamente telemática se considerará celebrada en el domicilio social con independencia de dónde se halle el Presidente.

Artículo 29.- Votación de las propuestas de acuerdo

  • 1. Una vez finalizadas las intervenciones de los accionistas y facilitadas, en su caso, las informaciones o aclaraciones conforme a lo previsto en la Ley, en este Reglamento y en la convocatoria de la Junta General, se someterán a votación las propuestas de acuerdo sobre los asuntos comprendidos en el orden del día y, en caso de existir, sobre aquellos otros que, por mandato legal, no sea preciso que figuren en él, correspondiendo al Presidente en relación con estos últimos decidir el orden en que se someterán a votación.
  • 2. No será necesario que el Secretario dé lectura previa a aquellas propuestas de acuerdo cuyos textos hubiesen sido publicados por la Sociedad en los términos previstos en el artículo 8 o se hubieran facilitado a los accionistas al comienzo de la sesión. En todo caso, se indicará a los asistentes el punto del orden del día al que se refiere la propuesta de acuerdo que se somete a votación.
  • 3. La Junta General de accionistas votará separadamente aquellos asuntos que sean sustancialmente independientes a fin de que los accionistas puedan ejercer de forma separada sus preferencias de voto. En todo caso, aunque figuren en el mismo punto del orden del día, deberán votarse de forma separada: (i) el nombramiento, reelección o ratificación (en caso de cooptación) de consejeros, que deberá votarse de forma individual; (ii) la votación consultiva del informe anual sobre las remuneraciones de los consejeros; y (iii) en el caso de modificaciones de los Estatutos Sociales, cada artículo o grupo de artículos que sean sustancialmente independientes. No obstante, si las circunstancias así lo aconsejan, el Presidente podrá resolver que se sometan a votación conjuntamente las propuestas correspondientes a varios puntos del orden del día, en cuyo caso el resultado de la votación se entenderá individualmente reproducido para cada propuesta si ninguno de los asistentes hubiera expresado su voluntad de modificar el sentido de su voto respecto de alguna de ellas. En caso contrario, se reflejarán en el acta las modificaciones de voto expresadas por cada uno de los asistentes y el resultado de la votación que corresponda a cada propuesta como consecuencia de ellas.
  • 4. El proceso de adopción de acuerdos se desarrollará siguiendo el orden del día previsto en la convocatoria. En primer lugar, se someterán a votación las propuestas de acuerdo que en cada caso haya formulado el Consejo de Administración y a continuación, si procede, se votarán las formuladas por otros proponentes y las relativas a asuntos sobre los que la Junta General de accionistas pueda resolver sin que consten en el orden del

día, decidiendo el Presidente el orden en el que serán sometidas a votación. En todo caso, aprobada una propuesta de acuerdo, decaerán automáticamente todas las demás relativas al mismo asunto que sean incompatibles con ella, sin que, por tanto, proceda someterlas a votación.

  • 5. Por regla general y sin perjuicio de las facultades del Presidente para emplear otros procedimientos y sistemas alternativos, a los efectos de la votación de las propuestas de acuerdo se procederá a determinar el sentido de los votos de los accionistas como sigue:
    • a) Cuando se trate de propuestas de acuerdo relativas a asuntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria, se considerarán votos a favor los correspondientes a todas las acciones presentes y representadas, deducidos los votos correspondientes a: (i) las acciones cuyos titulares o representantes manifiesten que votan en contra, votan en blanco o se abstienen, mediante la comunicación o expresión de su voto o abstención al Secretario de la Junta General de accionistas o personal que le asista o, en su caso, al notario al que se hubiere requerido para asistir, para su constancia en acta; (ii) las acciones cuyos titulares hayan votado en contra, en blanco o hayan manifestado expresamente su abstención a través de los medios de comunicación a que se refiere este Reglamento; y (iii) las acciones cuyos titulares o representantes hayan abandonado la reunión con anterioridad a la votación de la propuesta de acuerdo de que se trate y hayan dejado constancia ante el notario o personal que lo asista (o, en su defecto, el Secretario de la Junta General de accionistas) de su abandono de la reunión.
    • b) Cuando se trate de propuestas de acuerdo relativas a asuntos no comprendidos en el orden del día de la convocatoria, se considerarán votos contrarios los correspondientes a todas las acciones presentes y representadas, deducidos los votos correspondientes a: (i) las acciones cuyos titulares o representantes manifiesten que votan a favor, votan en blanco o se abstienen, mediante la comunicación o expresión de su voto o abstención al notario (o, en su defecto, al Secretario de la Junta General de accionistas) o personal que le asista, para su constancia en acta; (ii) las acciones cuyos titulares hayan votado a favor, en blanco o hayan manifestado expresamente su abstención a través de los medios de comunicación a que se refiere este Reglamento; y (iii) las acciones cuyos titulares o representantes hayan abandonado la reunión con anterioridad a la votación de la propuesta de acuerdo de que se trate y hayan dejado constancia ante el notario o personal que lo asista (o, en su defecto, el Secretario de la Junta General de accionistas) de su abandono de la reunión.
    • c) Las comunicaciones o manifestaciones al Secretario o al personal que lo asista o, en su caso, al notario al que se hubiere requerido para asistir, previstas en los párrafos anteriores y relativas al sentido del voto o abstención podrán realizarse de forma individualizada respecto de cada una de las propuestas de acuerdos o conjuntamente para varias o para todas ellas, expresando al Secretario o al personal que lo asista o, en su caso, al notario al que se hubiere requerido para asistir la identidad y condición –accionista o representante– de quien las realiza, el número de acciones a que se refieren y el sentido del voto o, en su caso, la abstención.

Artículo 33.- Acta de la Junta General de accionistas

  • 1. Los acuerdos de la Junta General de accionistas se consignarán en acta que se extenderá o transcribirá en el libro de actas llevado al efecto. El acta podrá ser aprobada por la propia Junta General de accionistas, y, en su defecto, y dentro del plazo previsto en la normativa aplicable a la Sociedad, por el Presidente y dos interventores, uno en representación de la mayoría y otro de la minoría.
  • 2. El acta aprobada en cualquiera de estas dos formas tendrá fuerza ejecutiva a partir de la fecha de su aprobación.

3. El Consejo de Administración podrá requerir la presencia de notario para que levante acta de la Junta General de accionistas y estará obligado a hacerlo siempre, que con cinco días naturales de antelación al previsto para la celebración de la Junta General de accionistas, lo soliciten accionistas que representen, al menos, el uno por ciento del capital social.

En el caso de Juntas Generales de accionistas celebradas de forma exclusivamente telemática, el acta de la reunión deberá ser levantada por Notario.

4. El acta notarial tendrá la consideración de acta de la Junta General de accionistas y no necesitará la aprobación por esta.

8.2. Modificación de los artículos 10 (salvo el apartado 2.(vi) f)) y 17 para incorporar cambios introducidos en la Ley de Sociedades de Capital tras su modificación por la Ley 5/2021

Acuerdo que se propone:

Modificar los artículos 10 (salvo el apartado 2.(vi) f), que será objeto de otra propuesta) y 17 del Reglamento de la Junta General que, en lo sucesivo, tendrán la siguiente redacción:

Artículo 10.- Puesta a disposición de información desde la fecha de la convocatoria en la página web corporativa de la Sociedad

  • 1. Además de lo exigido por la Ley de Sociedades de Capital o cualquier otra disposición legal o estatutaria y de lo previsto en este Reglamento, desde la fecha de publicación de la convocatoria de la Junta General de accionistas, la Sociedad publicará ininterrumpidamente en su página web corporativa el texto íntegro de las propuestas de acuerdo sometidas a la Junta General, los documentos que deban ser objeto de presentación a la Junta General y, en particular, los informes que sean preceptivos o que se determinen por el Consejo de Administración, así como aquellas propuestas de acuerdo fundamentadas sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta General de accionistas que pudieran presentar los accionistas en los términos previstos por la normativa aplicable.
  • 2. Además, desde la fecha del anuncio de convocatoria se incorporará a la página web corporativa de la Sociedad toda aquella información que se estime útil o conveniente para facilitar la asistencia y participación de los accionistas en la Junta General de accionistas, incluyendo, en su caso y a título ilustrativo, lo siguiente:
    • (i) Procedimiento para la obtención de la tarjeta de asistencia.
    • (ii) Instrucciones para ejercer o delegar el voto a distancia a través de los medios que se hayan previsto, en su caso, en el anuncio de convocatoria y los formularios que deberán utilizarse a estos efectos.
    • (iii) Información sobre el lugar donde vaya a celebrarse la Junta General de accionistas y la forma de llegar y acceder a él.
    • (iv) Información, en su caso, sobre sistemas o procedimientos que faciliten el seguimiento de la Junta General de accionistas.
    • (v) Información sobre la forma en que el accionista puede ejercer su derecho de información.
    • (vi) En el caso de que la Junta General de accionistas deba deliberar sobre el nombramiento, reelección o ratificación (en caso de cooptación) de consejeros, desde la fecha de publicación del anuncio de su convocatoria, también se

publicará en la página web corporativa de la Sociedad la siguiente información actualizada:

  • a) Perfil profesional y biográfico.
  • b) Otros consejos de administración de relevancia a los que pertenezca, se trate o no de sociedades cotizadas, así como las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
  • c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezca, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o a quien estén vinculados.
  • d) Fecha de su primer nombramiento como consejero de la Sociedad, así como de los posteriores.
  • e) Acciones y opciones sobre acciones de la Sociedad de las que sea titular.
  • f) [***].
  • (vii) El complemento de la convocatoria de la Junta General de accionistas, en su caso.
  • (viii) El número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria, desglosados por clases de acciones, si existieran.

Artículo 17.- Representación a través de intermediarios financieros

  • 1. Una entidad que preste servicios de inversión, en su condición de intermediario financiero profesional, podrá ejercitar el derecho de voto en nombre de su cliente, persona física o jurídica, cuando este le atribuya su representación.
  • 2. Dentro de los siete días naturales anteriores a la fecha prevista para la celebración de la Junta General de accionistas, el intermediario financiero deberá comunicar a la Sociedad una lista en la que indique la identidad de cada cliente y el número de acciones respecto de las cuales ejerce el derecho de voto en su nombre.
  • 3. El intermediario financiero podrá recibir instrucciones de voto de sus clientes, que deberán constar, junto a la identificación de los mismos, en la comunicación trasmitida a la Sociedad.
  • 4. Las entidades intermediarias que aparezcan legitimadas como accionistas en virtud del registro contable de las acciones pero que actúen por cuenta de diversos beneficiarios últimos, podrán en todo caso fraccionar el voto en sentido divergente en cumplimiento de las instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido. Las entidades intermediarias podrán delegar el voto en cada uno de los beneficiarios últimos o en terceros designados por estos, sin que pueda limitarse el número de delegaciones otorgadas.
  • 5. Las entidades intermediarias podrán delegar el voto a cada uno de los titulares indirectos o terceros designados por estos, sin que pueda limitarse el número de delegaciones otorgadas por el mismo intermediario financiero.

8.3. Modificación del artículo 10 para sustituir la denominación de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones por la de la nueva Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad

Acuerdo que se propone:

Modificar el artículo 10 del Reglamento de la Junta General que, en lo sucesivo, tendrá la siguiente redacción:

Artículo 10.- Puesta a disposición de información desde la fecha de la convocatoria en la página web corporativa de la Sociedad

  • 1. Además de lo exigido por la Ley de Sociedades de Capital o cualquier otra disposición legal o estatutaria y de lo previsto en este Reglamento, desde la fecha de publicación de la convocatoria de la Junta General de accionistas, la Sociedad publicará ininterrumpidamente en su página web corporativa el texto íntegro de las propuestas de acuerdo sometidas a la Junta General, los documentos que deban ser objeto de presentación a la Junta General y, en particular, los informes que sean preceptivos o que se determinen por el Consejo de Administración, así como aquellas propuestas de acuerdo fundamentadas sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta General de accionistas que pudieran presentar los accionistas en los términos previstos por la normativa aplicable.
  • 2. Además, desde la fecha del anuncio de convocatoria se incorporará a la página web corporativa de la Sociedad toda aquella información que se estime útil o conveniente para facilitar la asistencia y participación de los accionistas en la Junta General de accionistas, incluyendo, en su caso y a título ilustrativo, lo siguiente:
    • (i) Procedimiento para la obtención de la tarjeta de asistencia.
    • (ii) Instrucciones para ejercer o delegar el voto a distancia a través de los medios que se hayan previsto, en su caso, en el anuncio de convocatoria y los formularios que deberán utilizarse a estos efectos.
    • (iii) Información sobre el lugar donde vaya a celebrarse la Junta General de accionistas y la forma de llegar y acceder a él.
    • (iv) Información, en su caso, sobre sistemas o procedimientos que faciliten el seguimiento de la Junta General de accionistas.
    • (v) Información sobre la forma en que el accionista puede ejercer su derecho de información.
    • (vi) En el caso de que la Junta General de accionistas deba deliberar sobre el nombramiento, reelección o ratificación (en caso de cooptación) de consejeros, desde la fecha de publicación del anuncio de su convocatoria, también se publicará en la página web corporativa de la Sociedad la siguiente información actualizada:
      • a) Perfil profesional y biográfico.
      • b) Otros consejos de administración de relevancia a los que pertenezca, se trate o no de sociedades cotizadas, así como las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
      • c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezca, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o a quien estén vinculados.
      • d) Fecha de su primer nombramiento como consejero de la Sociedad, así como de los posteriores.
      • e) Acciones y opciones sobre acciones de la Sociedad de las que sea titular.
  • f) Informe justificativo del Consejo de Administración en el que se valore la competencia, experiencia y méritos del candidato propuesto y, en su caso, informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad.
  • (vii) El complemento de la convocatoria de la Junta General de accionistas, en su caso.
  • (viii) El número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria, desglosados por clases de acciones, si existieran.

PUNTO NOVENO DEL ORDEN DEL DÍA:

Delegación de facultades para la formalización, inscripción, desarrollo, interpretación, subsanación y ejecución de los acuerdos adoptados

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

La propuesta de acuerdo que se presenta a la Junta General de Accionistas viene justificada por la conveniencia de que el Consejo disponga de un mecanismo, previsto por la vigente normativa societaria, que le permita realizar todos aquellos trámites necesarios para cumplir con las obligaciones societarias de la Sociedad.

Se propone:

En relación con los anteriores acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas, ésta acuerda facultar a cada uno de los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad y al Secretario no Consejero del Consejo de Administración D. Lucas Osorio Iturmendi, y a la Vicesecretaria no Consejera del Consejo de Administración, Dña. Pilar Martín Bolea, tan ampliamente como en derecho sea necesario para que cualquiera de ellos, indistinta e individualmente, incluyendo la facultad expresa de subsanación, para que puedan realizar las siguientes actuaciones:

  • 1. Llevar a cabo la presentación y depósito de las cuentas anuales de la Sociedad y de su grupo consolidado en el Registro Mercantil del domicilio social de la Sociedad, así como proceder a formalizar y elevar a público, en nombre de la Sociedad, cuantos documentos públicos o privados sean necesarios o convenientes sin limitación alguna, incluso subsanaciones, hasta obtener la inscripción de los acuerdos anteriores en los Registros correspondientes.
  • 2. Interpretar, aclarar, complementar, desarrollar y ejecutar los acuerdos adoptados por la presente Junta General de Accionistas, y, en particular subsanar cuantos defectos, omisiones o errores de fondo o de forma pudieran impedir el acceso de dichos acuerdos y sus consecuencias al Registro Mercantil, los registro oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Registro de la Propiedad y cualesquiera otros, incluyendo la adaptación de tales acuerdos a la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil o de cualesquiera otras autoridades, funcionarios o instituciones competentes para ello, así como para dar cumplimiento a cuantos requisitos puedan resultar legalmente exigibles para su eficacia.
  • 3. Publicar en la forma que establece la Ley de Sociedades de Capital y demás legislación aplicable, los anuncios relativos a los acuerdos adoptados por la presente Junta General de Accionistas.
  • 4. En general, realizar cuantos actos o negocios jurídicos y otorgar cuantos documentos públicos o privados sean necesarios o convenientes para la plena ejecución y eficacia de los acuerdos adoptados por la presente Junta General de Accionistas, incluyendo la realización de cuantas actuaciones fueran precisas ante cualesquiera organismos públicos o privados.

II. ASUNTOS PARA VOTACION CONSULTIVA

PUNTO DÉCIMO DEL ORDEN DEL DÍA:

Votación consultiva del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021.

JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

De conformidad al artículo 541.4 de la Ley de Sociedades de Capital, es necesario someter a la Junta General de Accionistas, con carácter consultivo, el Informe Anual de Remuneraciones de Consejeros, en este caso correspondiente al ejercicio 2021.

Se propone:

Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021, cuyo texto íntegro se puso a disposición de los accionistas junto con el resto de la documentación relativa a la Junta General de Accionistas desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria.

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