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Tubos Reunidos S.A.

Pre-Annual General Meeting Information May 27, 2022

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Pre-Annual General Meeting Information

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A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV)

Amurrio, Álava, 27 de mayo de 2022.

De conformidad con lo previsto en el artículo 227 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, TUBOS REUNIDOS, S.A. (en adelante, "Tubos Reunidos" o la "Sociedad") mediante el presente escrito comunica la siguiente información, que por su interés considera necesario difundir entre los inversores:

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

El Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión de 26 de mayo de 2022 ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas de Tubos Reunidos S.A., para su celebración a las 12:00 horas del día 29 de junio de 2022 en primera convocatoria y, en su caso, el día siguiente 30 de junio a la misma hora (12:00 horas) en segunda convocatoria.

Se prevé que la Junta General se celebre en segunda convocatoria el 30 de junio de 2022.

El Consejo de Administración de la Sociedad ofrece la posibilidad de participar en la Junta por las siguientes vías: (i) asistencia física presencial; (ii) otorgamiento de representación conferida al Presidente de la Junta o a otra persona con carácter previo a la Junta por medios de comunicación a distancia (correo postal o electrónico, o por vía telemática) y (iii) voto anticipado a través de medios de comunicación a distancia (correo postal o electrónico, o por vía telemática).

Se adjunta a la presente comunicación el anuncio de la convocatoria de la Junta General, que incluye el orden del día, junto con las propuestas de acuerdo que se someten a la aprobación de los Accionistas.

Inés Núñez de la Parte Secretaria del Consejo de Administración

Tubos Reunidos S.A. Domicilio social – Barrio Sagarribai s/n, Amurrio (Araba/Alava). Inscrita en el Registro Mercantil de Álava, al tomo 881, folio 151, hoja VI-6.719. C.I.F. A48011555. Página web: www.tubosreunidos.com.

TUBOS REUNIDOS, S.A.

Convocatoria de Junta General Ordinaria de Accionistas 2022

Por acuerdo del Consejo de Administración de Tubos Reunidos, S.A. (la "Sociedad"), se convoca Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará en Bilbao, en la sala 0D del Palacio Euskalduna (Abandoibarra Etorbidea 4), el día 29 de Junio de 2022, a las 12:00 horas en primera convocatoria, y, en caso de no reunirse quorum suficiente, el día siguiente 30 de junio de 2022, a la misma hora y en el mismo lugar, en segunda convocatoria. SE PREVÉ QUE LA JUNTA SE CELEBRE EN SEGUNDA CONVOCATORIA, EL 30 DE JUNIO A LAS 12:00 horas, al objeto de deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente

ORDEN DEL DÍA

Asuntos para aprobación

1º.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales y del Informe de Gestión de Tubos Reunidos S.A., así como de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de su grupo consolidado, correspondientes al ejercicio 2021.

2º.- Examen y aprobación, en su caso, del Estado de Información no Financiera de la Sociedad y de su Grupo Consolidado, correspondiente al ejercicio 2021.

3º.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión social desarrollada por el Consejo de Administración de la Sociedad durante el ejercicio 2021.

4º.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio 2021.

5º.- Nombramiento y Reelección de miembros del Consejo de Administración. Previo Informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, reelección de D. Cristóbal Valdés Guinea como Consejero de la Sociedad, con la categoría de Consejero Dominical.

6º.- Reelección por dos años del Auditor de Cuentas de la Sociedad y de su Grupo Consolidado, para los ejercicios 2022 y 2023.

7º.- Autorización al Consejo de Administración para la adquisición de acciones propias, directamente o a través de sociedades del Grupo, dejando sin efecto la autorización otorgada por la Junta anterior.

Tubos Reunidos S.A. Domicilio social – Barrio Sagarribai s/n, Amurrio (Araba/Alava). Inscrita en el Registro Mercantil de Álava, al tomo 881, folio 151, hoja VI-6.719. C.I.F. A48011555. Página web: www.tubosreunidos.com.

Cuida del medio ambiente. Imprime en blanco y negro y solo si es necesario.

8º.- Modificación de los Estatutos Sociales.

8.1º.- Modificación de los artículos 1º,2º,3º,6º,7º,8º,9º,10º,11º,14º,15º,20º,23º,27º y 29º, y de la rúbrica del Título III, para realizar precisiones técnicas y mejorar su redacción.

8.2º.- Modificación del artículo 5º (Ampliación objeto social).

8.3º.- Modificación de artículos del CAPÍTULO I.- JUNTAS GENERALES: Artículo 12º (Cambio página web y obligación de establecer la forma concreta de celebración de la Junta General), artículo 16º (Regulación voto a distancia y por vía telemática), artículo 17º (Asistencia telemática de los consejeros que no forman la Mesa); e incorporación nuevo artículo 14.bis (Junta exclusivamente telemática).

8.4º.- Modificación de artículos del CAPÍTULO II.- DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: Artículo 19º (Concreción competencias Consejo de Administración), artículo 21º (Introducción del cargo de Consejero Coordinador), artículo 22º (Mínimo de 8 reuniones anuales, facultades del Consejero Coordinador, posibilidad de reuniones telemáticas), artículo 24º (Regulación Comisión Ejecutiva), artículo 25º (Posibilidad de creación nuevas comisiones y grupos de trabajo), artículo 26º (Eliminación remuneración variable de los consejeros en su condición de tales, deber del Consejo de aprobar contratos consejeros ejecutivos, aclaración de percepciones compatibles de los consejeros ejecutivos); e incorporación nuevo artículo 19º Bis (Obligaciones del Consejo en materia de Sostenibilidad y Compliance) y nuevo artículo 24º Bis (Consejero Coordinador).

8.5º.- Modificación del artículo 28º (Obligación de contar con auditor externo de cuentas).

8.6º.- Modificación del artículo 30º (Aclaración tribunales competentes).

8.7º.- Refundición de los Estatutos Sociales en un texto único para incluir las modificaciones introducidas en los anteriores puntos 8.1º a 8.6º.

9º.- Modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad.

9.1.º.- Modificación del título del Reglamento y de la rúbrica de sus Capítulos II y VI, así como de los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7,9, 10, 11,13, 14, 15, 18 y 19, para realizar precisiones y correcciones técnicas y mejorar su redacción.

9.2º.- Modificación de determinados artículos del Reglamento para su adaptación a los últimos cambios legislativos y a la modificación estatutaria acordada en el punto 8º anterior: Artículo 3.- Competencias de la Junta General (nuevas competencias aprobación del estado de información no financiera y de operaciones vinculadas), artículo 5.- Convocatoria de la Junta General (cambio página web, nueva obligación de establecer la forma concreta de celebración, posibilidad de asistencia a través de medios telemáticos), artículo 6.- Derecho de información del accionista (solicitud por escrito, regulación expresa

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del derecho de información de los asistentes telemáticos), artículo 8.-Derecho de asistencia y representación (obligación de asistencia de los consejeros, posibilidad de asistencia de los accionistas por medios telemáticos, posibilidad de los administradores de determinar que las intervenciones y propuestas de asistentes telemáticos se remitan con anterioridad), artículo 10.- Mesa de la Junta General (Asistencia telemática de los consejeros que no forman la Mesa), artículo 12.- Intervenciones (en ausencia del Presidente de la Comisión de Auditoría, cualquiera de los miembros de dicha Comisión informará a la Junta), artículo 14.-Voto a distancia (cambio página web, regulación sistema voto por vía telemática), artículo 16.-Acta de la Junta (exigencia de acta notarial en la Junta exclusivamente telemática); e incorporación de artículo 5.7. (Junta exclusivamente telemática).

9.3º.- Refundición del Reglamento de la Junta en un texto único para incluir las modificaciones introducidas en los anteriores puntos 9.1º y 9.2º.

10º.- Aprobación, en su caso, de la modificación de los apartados 1, 2, y 4.1. de la vigente Política de Remuneración de los Consejeros para los ejercicios 2022, 2023 y 2024, para su adaptación al sistema de remuneración previsto en los nuevos Estatutos Sociales aprobados en el punto 8º anterior, de acuerdo con lo previsto en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital.

11º.- Otorgamiento de facultades para la ejecución, formalización e inscripción de los acuerdos, así como delegación de facultades en el Consejo de Administración, con facultades de sustitución, para subsanar, interpretar y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta General.

Asuntos para votación consultiva

12º.- Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio 2021.

Asuntos para información

13º. Información a la Junta General sobre las modificaciones introducidas en determinados artículos del Reglamento del Consejo de Administración, aprobadas el día 27 de enero de 2022.

COMPLEMENTO A LA CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS DE ACUERDO.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 5.5 del Reglamento de la Junta General, los Accionistas que representen al menos el tres por ciento (3%) del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta, incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día, siempre que los

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Cuida del medio ambiente. Imprime en blanco y negro y solo si es necesario.

nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente a la Sociedad dirigida a la Secretaria del Consejo de Administración, que deberá recibirse en el domicilio social (Barrio Sagarribai, s/n, 01470 Amurrio, Álava) dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación de esta convocatoria. El complemento de convocatoria se publicará como mínimo con quince (15) días de antelación a la fecha señalada para la celebración de la Junta General.

Asimismo, en el mismo plazo señalado anteriormente, los Accionistas que representen al menos el tres por ciento (3%) del capital social podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día. Estas propuestas de acuerdo, así como la documentación que en su caso se adjunte, serán puestas a disposición de todos los Accionistas mediante su publicación ininterrumpida en la página web corporativa (www.tubosreunidosgroup.com) desde el momento de su recepción y hasta la celebración de la Junta General.

DERECHO DE ASISTENCIA

Tendrán derecho de asistencia a la Junta General los Accionistas titulares de acciones inscritas en el correspondiente registro contable con cinco (5) días hábiles bursátiles de antelación a la fecha establecida para su celebración en primera convocatoria. Dicha circunstancia deberá ser acreditada por los Accionistas que deseen asistir mediante la oportuna tarjeta nominativa de asistencia facilitada por la correspondiente entidad adherida a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear). A efectos de acreditar la identidad de los Accionistas, o de quien válidamente les represente, en caso de Accionista persona jurídica, quien asista deberá acreditar también poder con facultades suficientes para ejercer el derecho de asistencia.

El Consejo de Administración de la Sociedad ofrece la posibilidad de participar en la Junta por las siguientes vías: (i) asistencia física presencial; (ii) otorgamiento de representación conferida al Presidente de la Junta o a otra persona con carácter previo a la Junta por medios de comunicación a distancia (correo postal o electrónico, o por vía telemática) y (iii) voto anticipado a través de medios de comunicación a distancia (correo postal o electrónico, o por vía telemática).

DERECHO DE REPRESENTACIÓN

Conforme a lo dispuesto en el en el artículo 522 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 8 del Reglamento de la Junta, todo Accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por otra persona (se recuerda la posibilidad de delegar el voto en el Presidente de la Junta) aunque ésta no sea Accionista, confiriendo dicha representación por escrito y notificando a la Sociedad el nombramiento de representante, así como en su caso, su revocación, mediante cualquiera las fórmulas que se indican a continuación:

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Delegación por medios de comunicación a distancia (correo postal o correo electrónico). Esta fórmula de delegación, en la que se ha incorporado la solicitud pública de representación formulada por el Consejo de acuerdo con lo previsto en el artículo 186 de la Ley de Sociedades de Capital, figura impresa en la tarjeta de asistencia. El modelo a cumplimentar está disponible en la página web de la Sociedad (www.tubosreunidosgroup.com), y puede asimismo ser solicitado a la Secretaria del Consejo ([email protected]). El modelo deberá ser firmado por el Accionista y remitido a la Sociedad por correo postal o electrónico, de forma que permita garantizar la identificación del Accionista y de su representante.

La delegación y notificación del nombramiento de representante por correo postal se realizarán remitiendo a la Secretaria del Consejo en el domicilio social, por correo certificado con acuse de recibo, la siguiente documentación:

  • El modelo de delegación cumplimentado y debidamente firmado, en el que se harán constar las instrucciones de voto, y
  • La correspondiente tarjeta de asistencia, cumplimentada en el apartado que contiene la fórmula impresa para conferir la representación.

La delegación y notificación del nombramiento de representante por medios electrónicos se realizarán siguiendo el procedimiento establecido en la página web de la Sociedad www.tubosreunidosgroup.com, apartado "Accionistas e Inversores", garantizando la identificación del Accionista y del representante. La documentación antes descrita (modelo de delegación cumplimentado y firmado con instrucciones de voto, junto con la tarjeta de asistencia cumplimentada) deberá remitirse mediante correo electrónico dirigido a la Secretaria del Consejo ([email protected]). La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse por sobrecarga, averías, caídas de líneas, fallos en la conexión o eventualidades similares ajenas a su voluntad que impidan temporalmente la utilización de los sistemas de delegación por medios electrónicos.

Delegación por medios telemáticos. El Consejo de Administración ha aprobado el siguiente procedimiento para el otorgamiento de representación por medios telemáticos, para facilitar la comunicación, participación activa y ejercicio de los derechos políticos de los Accionistas: Los Accionistas que deseen delegar su representación por vía telemática con anterioridad a la celebración de la Junta General deberán previamente acreditar su identidad, en la forma que se indica a continuación: Acreditación previa: Los Accionistas deberán registrarse accediendo a la página web corporativa (www.tubosreunidosgroup.com) en la sección Junta General del apartado "Accionistas e Inversores" desde las 12:00 horas del 9 de junio de 2022 y acreditar su identidad dándose de alta en la plataforma informática dispuesta al efecto, adjuntando a tal efecto copia escaneada de su documento nacional de identidad o pasaporte, o NIF en caso de personas jurídicas (junto con la escritura de poder de la persona física que asiste por la persona jurídica), así como la tarjeta de asistencia y delegación escaneada, debidamente cumplimentada y firmada por el Accionista. Adicionalmente podrá habilitarse en la plataforma la acreditación a través de DNI Electrónico o Firma Electrónica reconocida o avanzada, basada en un certificado reconocido y vigente emitido por CERES o equivalente, así como medios

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adicionales de identificación que garanticen adecuadamente la identidad del accionista. Los pasos para la acreditación se indican en el documento "Procedimiento para la Representación y Voto por medios telemáticos" disponible en la página web de la Sociedad (www.tubosreunidosgroup.com) dentro del apartado "Accionistas e Inversores". Una vez validada la acreditación de la condición de Accionista por la Sociedad (previa comprobación de la titularidad y número de acciones con los datos proporcionados por Iberclear), el Accionista debidamente acreditado recibirá confirmación de su acreditación, y posteriormente las claves de acceso asignadas para poder operar en la plataforma.

La Sociedad se reserva al derecho de solicitar a los Accionistas los medios de identificación adicionales que considere necesarios para comprobar su condición y garantizar la autenticidad de la delegación o del voto por vía telemática. La custodia de las claves para acceder y utilizar el servicio habilitado a través de la plataforma informática es responsabilidad exclusiva del Accionista.

Una vez acreditados, los Accionistas deberán seguir los pasos que aparecen especificados en la plataforma informática para el otorgamiento de la representación. Se recuerda la posibilidad de delegar el voto en el Presidente de la Junta.

La asistencia personal a la Junta del Accionista que hubiera delegado su representación por algún medio de comunicación a distancia o por vía telemática tendrá valor de revocación.

La representación conferida por medios de comunicación a distancia (postal o electrónicos) o por vía telemática deberá recibirse por la Secretaría del Consejo al menos cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta General en segunda convocatoria, es decir, antes de las 12:00 del 28 de junio de 2022.

El Accionista que confiera su representación mediante correo postal o electrónico o por vía telemática y no hiciera constar marca en alguna o ninguna de las casillas destinadas a dar instrucciones de voto respecto de los puntos del Orden del Día, se entenderá que desea votar a favor de las respectivas propuestas formuladas por el Consejo de Administración.

La delegación por cualquier medio deberá ser especial para cada Junta General, sin perjuicio de lo establecido por la Ley para los casos de representación familiar y de otorgamiento de poderes generales, y el Accionista que confiera la representación deberá señalar su nombre y apellidos, y acciones de las que es titular. La delegación será siempre revocable por los mismos medios por los que se hubiera efectuado.

La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse por sobrecarga, averías, caídas de líneas, fallos en la conexión o eventualidades similares ajenas a su voluntad que impidan temporalmente la utilización de los sistemas de delegación por medios electrónicos o telemáticos.

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DERECHO DE VOTO

De conformidad con el Artículo 13 del Reglamento de la Junta General, cada acción presente o debidamente representada dará derecho a un voto.

El derecho de voto podrá ejercitarse por el Accionista:

  • 1) Personalmente asistiendo a la Junta,
  • 2) Mediante la delegación formal en un representante que asista presencialmente y vote en su nombre, o
  • 3) A distancia, mediante correo postal o electrónico o por vía telemática, o cualquier otro medio que garantice debidamente la identidad del Accionista que ejerce su derecho de voto.

VOTO A DISTANCIA

Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento de la Junta, los Accionistas podrán emitir el voto a distancia mediante correspondencia postal o electrónica, y adicionalmente el Consejo de Administración ha aprobado el procedimiento de voto telemático con anterioridad a celebración de la Junta, para facilitar la comunicación, participación activa y ejercicio de los derechos políticos de los Accionistas.

El voto por correo postal se emitirá remitiendo a la Secretaria del Consejo en el domicilio social, por correo certificado con acuse de recibo, la siguiente documentación:

  • El modelo de tarjeta de voto a distancia cumplimentado y debidamente firmado, en el que se hará constar el sentido del voto. El modelo a cumplimentar está disponible en la página web de la Sociedad (www.tubosreunidosgroup.com) dentro del apartado "Accionistas e Inversores", y puede asimismo ser solicitado a la Secretaria del Consejo ([email protected]) , y
  • La tarjeta de asistencia.

El voto por correo electrónico se emitirá siguiendo el procedimiento establecido en la página web de la Sociedad www.tubosreunidosgroup.com, apartado "Accionistas e Inversores", garantizando la identificación del Accionista. Deberá remitirse mediante un correo electrónico dirigido a la atención de la Secretaria del Consejo ([email protected]) la siguiente documentación:

  • El modelo de tarjeta de voto a distancia cumplimentado y debidamente firmado, en el que se hará constar el sentido del voto. El modelo a cumplimentar está disponible en la página web de la Sociedad (www.tubosreunidosgroup.com) dentro del apartado "Accionistas e Inversores", y puede asimismo ser solicitado a la Secretaria del Consejo en la dirección [email protected], y
  • La tarjeta de asistencia.

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El voto por medios telemáticos previo a la Junta General podrá ejercerse siguiendo el procedimiento que el Consejo de Administración ha aprobado para facilitar la comunicación, participación activa y ejercicio de los derechos políticos de los Accionistas: Los Accionistas que deseen emitir su voto por medios telemáticos con anterioridad a la celebración de la Junta deberán acceder a la página web corporativa (www.tubosreunidosgroup.com), acreditar su identidad en la plataforma informática dispuesta al efecto (siguiendo el procedimiento de Acreditación Previa que se indica más arriba en este anuncio), y una vez acreditados, deberán seguir los pasos que aparecen especificados en la plataforma informática para la emisión del voto telemático.

El voto a distancia, en cualquiera de sus formas (correo postal o electrónico), o por vía telemática, deberá constar en la Secretaria del Consejo con cuarenta y ocho (48) horas de antelación a la fecha establecida para la celebración de la Junta en segunda convocatoria es decir, antes de las 12:00 del 28 de junio de 2022.

El Accionista que emita su voto a distancia será considerado como presente a los efectos de la constitución de la Junta General.

La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse por sobrecarga, averías, caídas de líneas, fallos en la conexión o eventualidades similares ajenas a su voluntad que impidan temporalmente la utilización de los sistemas de voto por medios electrónicos o telemáticos.

La asistencia personal a la Junta de quien hubiera ejercido su voto por algún medio de comunicación a distancia revocará el voto a distancia o telemático que se hubiera producido con anterioridad. En caso de que se ejercitase tanto el voto a distancia como la delegación en un representante, prevalecerá el primero.

DERECHO DE INFORMACIÓN

De conformidad con la normativa aplicable, se hace constar que a partir de la publicación del presente anuncio de convocatoria, todos los Accionistas tienen derecho a examinar y obtener en el domicilio social, así como a que les sean remitidos, de forma inmediata y gratuita, los siguientes documentos:

  • El texto íntegro del anuncio de Convocatoria.
  • El texto íntegro de las Propuestas de Acuerdos que se someten a la aprobación de la Junta.
  • Las Cuentas Anuales, el Informe de Gestión y la Propuesta de Aplicación del Resultado correspondientes al ejercicio 2021, tanto de la Sociedad como de su Grupo consolidado, así como los Informes de Auditoria emitidos por EY.

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  • El Estado de Información no Financiera consolidado correspondiente al ejercicio 2021, así como el Informe de verificación independiente emitido por EY.
  • El Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio 2021.
  • Informe justificativo en relación con la propuesta de reelección de D. Cristóbal Valdés Guinea como consejero dominical y perfil de dicho consejero, de acuerdo con lo previsto en el artículo 529 decíes de la Ley de Sociedades de Capital.
  • Informe del Consejo de Administración justificativo de la propuesta de modificación de los Estatutos Sociales, y nuevo texto refundido de los Estatutos Sociales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital.
  • Informe del Consejo de Administración justificativo de la propuesta de modificación del Reglamento de la Junta, y nuevo texto refundido del Reglamento de la Junta General de Accionistas.
  • Propuesta de modificación de los apartados 1, 2, y 4.1 de la Política de Remuneración de los Consejeros y nuevo texto refundido de la Política de Remuneración de los Consejeros para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.
  • Informe del Consejo de Administración justificativo de las modificaciones introducidas en el Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, aprobadas en su reunión del 27 de enero de 2022.
  • El Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Tubos Reunidos S.A. correspondiente al ejercicio 2021.
  • Las normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas.
  • Modelo de delegación de voto por correo electrónico y modelo de delegación de voto por correo postal.
  • Modelo de tarjeta de voto por correo electrónico y modelo de tarjeta de voto por correo postal.
  • Procedimiento para la representación y voto por medios telemáticos.
  • Informe sobre la independencia del Auditor de Cuentas de la Sociedad formulado por la Comisión de Auditoría correspondiente al ejercicio 2021.
  • Informe anual de actividades de la Comisión de Auditoría correspondiente al ejercicio 2021.
  • Número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria.

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Los referidos documentos se encuentran a disposición de los Accionistas en la página web de la Sociedad www.tubosreunidosgroup.com, dentro del apartado "Accionistas e Inversores".

De conformidad con lo establecido en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, desde el mismo día de publicación de la convocatoria hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria, los Accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular las preguntas pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del día o acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General, y acerca del informe del auditor de cuentas.

FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad ha habilitado un Foro Electrónico de Accionistas en la página web de la Sociedad (www.tubosreunidosgroup.com), con ocasión de la convocatoria de la Junta General y hasta su celebración, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los Accionistas individuales como las asociaciones voluntarias de Accionistas debidamente constituidas e inscritas de acuerdo con la normativa vigente, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de la Junta General.

En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del Orden del Día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria, para lo que deberán seguirse las instrucciones que la Sociedad ha puesto a disposición de los Accionistas en su página web corporativa (www.tubosreunidosgroup.com) con ocasión de la convocatoria.

El Foro no constituye un canal de comunicación entre la Sociedad y sus Accionistas y se habilita únicamente con la finalidad de facilitar la comunicación entre los Accionistas de Tubos Reunidos, S.A. con ocasión de la celebración de la Junta General.

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Los datos de carácter personal que los Accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de delegación y voto en la Junta General de Accionistas, o que sean facilitados por las entidades de crédito y sociedades y agencias de valores en los que dichos Accionistas tengas depositadas sus acciones, así como los datos de carácter personal que se generen en el marco de la asistencia de los Accionistas de la Junta General, serán tratados de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos, con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo relativo a la

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convocatoria y celebración de la Junta, así como para grabar y retransmitir la Junta General, y cumplir con las obligaciones legales. Asimismo se informa a los Accionistas que Tubos Reunidos, S.A. es la responsable del tratamiento de dichos datos, y que los mismos serán cedidos a la Notaría para levantar el acta de la Junta General y serán tratados por los prestadores de servicios de tecnología o sistemas y por las entidades contratadas para la gestión y desarrollo de la Junta General, exclusivamente con ocasión de su celebración.

RETRANSMISIÓN EN DIRECTO

La retransmisión de la celebración de la Junta en tiempo real comenzará a las 12:00 horas del 30 de junio de 2022. El enlace para seguir la retransmisión estará disponible en la página web corporativa (www.tubosreunidosgroup.com). Se informa a los Accionistas y representantes asistentes que su imagen y voz podrán ser grabadas, retransmitidas y publicadas en dicha web.

INTERVENCIÓN DE NOTARIO EN LA JUNTA GENERAL

El Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203.1 de la Ley de Sociedades de Capital.

En Amurrio, a 26 de mayo de 2022

La Secretaria del Consejo de Administración Dña. Inés Nuñez de la Parte

Tubos Reunidos S.A. Domicilio social – Barrio Sagarribai s/n, Amurrio (Araba/Alava). Inscrita en el Registro Mercantil de Álava, al tomo 881, folio 151, hoja VI-6.719. C.I.F. A48011555. Página web: www.tubosreunidos.com.

PROPUESTAS DE ACUERDO

QUE SOMETE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE TUBOS REUNIDOS, S.A. QUE SE CELEBRARÁ EL 29 DE JUNIO DE 2022 A LAS 12:00 HORAS EN PRIMERA CONVOCATORIA Y EL 30 DE JUNIO DE 2022 A LAS 12:00 HORAS EN SEGUNDA CONVOCATORIA (PREVISIBLEMENTE SE CELEBRARÁ EN SEGUNDA CONVOCATORIA EL 30 DE JUNIO).

Asuntos para aprobación

1º.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales y del Informe de Gestión de Tubos Reunidos S.A., así como de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de su grupo consolidado, correspondientes al ejercicio 2021.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión de "Tubos Reunidos S.A." así como de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de su grupo consolidado "Tubos Reunidos y Sociedades Dependientes" correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2021".

2º.- Examen y aprobación, en su caso, del Estado de Información no Financiera de la Sociedad y de su Grupo Consolidado, correspondiente al ejercicio 2021.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar el Estado de Información no Financiera de la Sociedad correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2021, que ha sido verificado por EY".

3º.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión social desarrollada por el Consejo de Administración de la Sociedad durante el ejercicio 2021.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar la gestión social desarrollada y las actuaciones llevadas a cabo por el Consejo de Administración de la Sociedad durante el ejercicio 2021."

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4º.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio 2021.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aplicar las pérdidas del ejercicio 2021, por importe de -40.382.809,48 euros a "Resultados Negativos de Ejercicios Anteriores".

5º.- Nombramiento y Reelección de miembros del Consejo de Administración. Previo Informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, reelección de D. Cristóbal Valdés Guinea como Consejero de la Sociedad, con la categoría de Consejero Dominical.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Habida cuenta de que han transcurrido los cuatro años desde su nombramiento, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y a propuesta del Consejo de Administración, reelegir a D. Cristóbal Valdés Guinea como Consejero de la Sociedad, con la tipología de Consejero Dominical y por el plazo estatutario de cuatro años.

Los datos identificativos de D. Cristóbal Valdés Guinea constan en la inscripción registral de su primer nombramiento. D. Cristóbal Valdés Guinea, presente en la reunión, acepta su reelección, prometiendo desempeñar su cargo bien y fielmente, y manifiesta no estar incurso en incompatibilidad legal alguna. "

6º.- Reelección por dos años del Auditor de Cuentas de la Sociedad y de su Grupo Consolidado, para los ejercicios 2022 y 2023.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Reelegir como auditor de cuentas de la Sociedad, por un plazo de dos años, para auditar las Cuentas Anuales Individuales y las Cuentas Anuales Consolidadas de la Sociedad correspondientes al ejercicio iniciado el 1 de enero de 2022 y al ejercicio 2023, a la sociedad mercantil Ernst & Young, S.L., de nacionalidad española, con domicilio social en Madrid, Raimundo Fernández Villaverde, 65, con C.I.F. número B-78970506, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 9.364 del Libro 8.130, Folio 68, Sección 3ª, Hoja número 87.690-1, y con el número S-0530 en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

La aceptación por parte de Ernst & Young, S.L. como auditores de la Sociedad se acreditará donde proceda a efectos de su inscripción en el Registro Mercantil".

7º.- Autorización al Consejo de Administración para la adquisición de acciones propias, directamente o a través de sociedades del Grupo, dejando sin efecto la autorización otorgada por la Junta anterior.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

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"Autorizar al Consejo de Administración la adquisición de acciones propias, directamente o a través de sociedades del Grupo, mediante cualquier modalidad de adquisición, hasta el número máximo de acciones permitido por la legislación mercantil vigente, por un precio equivalente al de cotización a la fecha de realización de cada operación, concediendo la autorización para un periodo de cinco años a partir de la fecha de aprobación de este acuerdo. Se acuerda dejar sin efecto, en lo no ejecutado, la autorización concedida en la Junta General de fecha 30 de junio de 2021. Las operaciones de adquisición derivativa de acciones propias se realizarán observando en todo momento las condiciones establecidas en la legislación aplicable y los compromisos asumidos por la Sociedad."

8º.- Modificación de los Estatutos Sociales.

8.1º.- Modificación de los artículos 1º,2º,3º,6º,7º,8º,9º,10º,11º,14º,15º,20º,23º,27º y 29º, y de la rúbrica del Título III, para realizar precisiones técnicas y mejorar su redacción.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar la Modificación de los artículos 1º,2º,3º,6º,7º,8º,9º,10º,11º,14º,15º,20º,23º,27º y 29º, y de la rúbrica del Título III de los Estatutos Sociales, para realizar precisiones técnicas y mejorar su redacción, en los términos que figuran en el informe justificativo que ha elaborado el Consejo de Administración, a los efectos del artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital."

8.2º.- Modificación del artículo 5º (Ampliación objeto social).

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar la Modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales en los términos que figuran en el informe justificativo que ha elaborado el Consejo de Administración a los efectos del artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, con el propósito de introducir el término "Objeto Social" como título introductorio descriptivo de su contenido y de ampliar el objeto social para adaptarlo a la realidad actual, por lo que en lo sucesivo, el citado artículo tendrá la siguiente redacción:

ARTÍCULO 5º.- Objeto Social. La Sociedad tiene por objeto social: (a) La fabricación de tubos de hierro y acero dulces soldados y volteados por el procedimiento cuyas patentes posee; (b) La fabricación, transformación y venta de acero y productos derivados del mismo, fundamentalmente, tubería y accesorios de todas clases, de todo género de construcciones e instalaciones metálicas y cualquier clase de materias primas, materiales o productos manufacturados con ella relacionados.

Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en otras sociedades con objeto idéntico o análogo. A este respecto, la Sociedad es la entidad dominante de un grupo de sociedades, por lo que también forman parte del objeto social tanto la gestión del grupo empresarial constituido por las participaciones en el capital social de las sociedades que lo integran como la prestación de servicios de asistencia o apoyo a las sociedades participadas, a cuyo fin podrá prestar, a favor de estas, las garantías y afianzamientos que resulten oportunos. Asimismo, la Sociedad tiene atribuidas funciones relativas al establecimiento, supervisión e implementación de las políticas y estrategias del Grupo, de las directrices básicas para su gestión y de las decisiones sobre asuntos con relevancia estratégica a nivel de Grupo, así como el diseño de sus sistemas de gobierno

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corporativo, cumplimiento y sostenibilidad, sin perjuicio todo ello del respeto, conforme a la Ley, de la autonomía societaria de las filiales.

La Sociedad no desarrollará ninguna actividad para la que las Leyes exijan condiciones o limitaciones específicas en tanto no se dé exacto cumplimiento a las mismas."

8.3º.- Modificación de artículos del CAPÍTULO I.- JUNTAS GENERALES: Artículo 12º (Cambio página web y obligación de establecer la forma concreta de celebración de la Junta General), artículo 16º (Regulación voto a distancia y por vía telemática), artículo 17º (Asistencia telemática de los consejeros que no forman la Mesa); e incorporación nuevo artículo 14.bis (Junta exclusivamente telemática).

Se proponen a la Junta General de Accionistas los siguientes acuerdos:

"Aprobar la Modificación de los siguientes artículos del CAPÍTULO I.- JUNTAS GENERALES de los Estatutos Sociales, en los términos que figuran en el informe justificativo que ha elaborado el Consejo de Administración a los efectos del artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital: Artículo 12º (Cambio página web y obligación de establecer la forma concreta de celebración de la Junta General), artículo 16º (Regulación voto a distancia y por vía telemática), artículo 17º (Asistencia telemática de los consejeros que no forman la Mesa).

Aprobar la incorporación de un nuevo artículo 14.bis..Junta exclusivamente telemática, para adecuar los Estatutos a la legislación vigente (artículo 182 bis LSC), por lo que en lo sucesivo, el citado artículo tendrá la siguiente redacción:

El Consejo de Administración podrá convocar Junta General para su celebración de forma exclusivamente telemática y, por tanto, sin asistencia física de los accionistas, de sus representantes y, en su caso, de los miembros del Consejo de Administración, cuando así lo permita la normativa aplicable, y de conformidad con la misma.

La celebración de la Junta General de forma exclusivamente telemática estará supeditada en todo caso a que la identidad y legitimación de los accionistas y de sus representantes se halle debidamente garantizada y a que todos los asistentes puedan participar efectivamente en la reunión mediante los medios de comunicación a distancia admitidos en cada momento bajo la normativa aplicable, tanto para ejercitar en tiempo real los derechos de intervención, información, propuesta y voto que les correspondan, como para seguir las intervenciones de los demás asistentes por los medios indicados, teniendo en cuenta el estado de la técnica y las circunstancias de la Sociedad, especialmente el número de sus accionistas. Cuando la Junta General se reúna de forma exclusivamente telemática, se considerará que el lugar de celebración es el domicilio social."

8.4º.- Modificación de artículos del CAPÍTULO II.- DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD:

Artículo 19º (Concreción competencias Consejo de Administración), artículo 21º (Introducción del cargo de Consejero Coordinador), artículo 22º (Mínimo de 8 reuniones anuales, facultades del Consejero Coordinador, posibilidad de reuniones telemáticas), artículo 24º (Regulación Comisión Ejecutiva), artículo 25º (Posibilidad de creación nuevas comisiones y grupos de trabajo), artículo 26º (Eliminación remuneración variable de los consejeros en su condición de tales, deber del Consejo de aprobar contratos consejeros ejecutivos, aclaración de percepciones compatibles de los consejeros ejecutivos); e incorporación nuevo artículo 19º Bis (Obligaciones del Consejo en materia de Sostenibilidad y Compliance) y nuevo artículo 24º Bis (Consejero Coordinador).

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Cuida del medio ambiente. Imprime en blanco y negro y solo si es necesario.

Se proponen a la Junta General de Accionistas los siguientes acuerdos:

"Aprobar la Modificación de los siguientes artículos del CAPITULO II.- DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD de los Estatutos Sociales, en los términos que figuran en el informe justificativo que ha elaborado el Consejo de Administración a los efectos del artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital: Artículo 19º (Concreción competencias Consejo de Administración), artículo 21º (Introducción del cargo de Consejero Coordinador), artículo 22º (Mínimo de 8 reuniones anuales, facultades del Consejero Coordinador, posibilidad de reuniones telemáticas), artículo 24º (Regulación Comisión Ejecutiva) y artículo 25º (Posibilidad de creación nuevas comisiones y grupos de trabajo).

Aprobar la Modificación del artículo 26º en los términos que figuran en el informe justificativo que ha elaborado el Consejo de Administración a los efectos del artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, para la eliminación de la remuneración variable de los consejeros en su condición de tales, la introducción del deber del Consejo de aprobar los contratos de los consejeros ejecutivos, y la aclaración de percepciones compatibles de los consejeros ejecutivos, por lo que en lo sucesivo, el citado artículo tendrá la siguiente redacción:

ARTÍCULO 26º.- Remuneraciones.

El cargo de administrador, en su condición de tal, es retribuido.

Los Consejeros tendrán derecho a percibir la retribución que les corresponda conforme a los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración, de conformidad con lo previsto en los Estatutos Sociales y en la Política de Remuneraciones de los Consejeros aprobada por la Junta General de Accionistas en los términos previstos en la ley. La Junta General determinará y aprobará la remuneración máxima a percibir como retribución de los consejeros en su condición de tales.

Corresponderá a los administradores una remuneración compuesta por tres conceptos retributivos de forma cumulativa: 1) Una cantidad fija y 2) Dietas por asistencia a las reuniones del Consejo de Administración o de las Comisiones.

La retribución fija consistirá en una cantidad en metálico y podrá ser superior para aquellos consejeros que desempeñen determinados cargos atendiendo a la dedicación, tareas y responsabilidades asumidas por los mismos. Esta retribución podrá complementarse con aportaciones a sistemas de previsión social.

Las dietas por asistencia a las reuniones del Consejo y a las Comisiones, consistirán en una cantidad en metálico por reunión a percibir por los consejeros pudiendo ser superior para aquellos consejeros que desempeñen cargos en el seno de dichas comisiones atendiendo a la dedicación, tareas y responsabilidades asumidas por los mismos.

Dentro de los límites de la política de remuneración aprobada por la Sociedad en cada momento, la Junta General podrá establecer fórmulas de retribución a los administradores consistentes en la entrega de acciones o de derechos de opciones sobre acciones, o que estén referenciadas al valor de las acciones. Corresponderá al Consejo de Administración determinar la forma, cuantía y condiciones en que se harán efectivas tales fórmulas.

El presente régimen de remuneración se entenderá establecido para cada ejercicio de doce meses. El devengo de la retribución se entenderá por meses vencidos, de tal forma que la retribución de

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cada administrador será proporcional al tiempo que dicho administrador haya ejercido su cargo durante el ejercicio para el que se fija dicha remuneración.

Las retribuciones anteriores se entienden sin perjuicio de las remuneraciones adicionales de los consejeros por el desempeño de funciones ejecutivas previstas en los contratos que deberán ser aprobados previamente por el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y celebrados cumpliendo con los requisitos previstos en la legislación aplicable. En el contrato se detallarán todos los conceptos por los que pueda obtener una retribución por el desempeño de sus funciones ejecutivas, incluyendo, en su caso, la eventual indemnización por cese anticipado en dichas funciones y las cantidades a abonar por la sociedad en conceptos de primas de seguro o de contribución a sistemas de ahorro. El contrato deberá ser conforme, en todo caso, con la política de retribuciones aprobada por la Junta General, y sus términos deberán alinear a los Consejeros ejecutivos con el interés social sostenible de la Sociedad.

Las percepciones previstas en este artículo serán compatibles e independientes del pago de los honorarios o salarios que pudieran acreditarse frente a la Sociedad al margen de las que les correspondan como Consejeros, por prestación de servicios o por vinculación laboral, según sea el caso, con origen en una relación contractual distinta de la derivada del cargo de administrador, los cuales se someterán al régimen legal que les fuere aplicable. Asimismo, en el caso de consejeros ejecutivos, también serán compatibles relaciones de arrendamiento de servicios, alta dirección o similares que se establezcan entre la Sociedad y dichos Consejeros, pudiendo consistir las mismas en indemnizaciones, retribuciones variables, pensiones, sistemas de previsión y seguro, seguridad social o compensaciones de cualquier clase que establezca en cada momento la Política de Remuneraciones de los Consejeros. La Sociedad podrá contratar un seguro de responsabilidad civil para consejeros y directivos.

Aprobar la incorporación de un nuevo artículo 14.Bis. Búsqueda del interés social y sostenibilidad para adecuar los Estatutos a las recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas y a las mejores prácticas en materia de ESG (Environmental, Social and Governance), con la siguiente redacción:

ARTÍCULO 14.Bis. Búsqueda del interés social y sostenibilidad.

El Consejo desempeñará sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, persiguiendo y guiándose siempre por el interés social, entendido como el interés común a todos los accionistas de una sociedad anónima independiente orientada a la creación de valor sostenible, mediante el desarrollo de las actividades incluidas en su objeto social y la consecución de un negocio rentable y sostenible a largo plazo que promueva su continuidad y la maximización del valor económico de la empresa a largo plazo, tomando en consideración los demás grupos de interés relacionados con su actividad empresarial y su realidad institucional.

La búsqueda del interés social y, dentro de la misma, la maximización del valor de la empresa, habrá de desarrollarse con respeto de las leyes y reglamentos vigentes en cada momento, estará basado en la buena fe, la ética y el respecto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, y procurará conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus trabajadores, sus proveedores, sus clientes, sus financiadores y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la Sociedad en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente, y en general observando todos los deberes éticos que razonablemente imponga una responsable conducción de los negocios."

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Aprobar la incorporación de un nuevo artículo 24.bis para adecuar los Estatutos a la legislación vigente, con la siguiente redacción:

ARTÍCULO 24.Bis. El Consejero Coordinador.

El Consejo de Administración adoptará las medidas necesarias para asegurar que tanto el Presidente del Consejo de Administración como la Comisión Ejecutiva o Delegada y los Consejeros -Delegados en su caso, se hallen bajo su efectiva supervisión. La designación como Presidente del Consejo de Administración de un consejero ejecutivo requerirá el voto favorable de, al menos, dos terceras partes de los consejeros. En caso de que el Presidente del Consejo de Administración tenga la condición de consejero ejecutivo, el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y con la abstención de los consejeros ejecutivos, deberá nombrar necesariamente un Consejero Coordinador de entre los consejeros independientes, quien tendrá las facultades que le otorguen la Ley y el Reglamento del Consejo."

8.5º.- Modificación del artículo 28º (Obligación de contar con auditor externo de cuentas).

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar la Modificación del artículo 28º de los Estatutos Sociales en los términos que figuran en el informe justificativo que ha elaborado el Consejo de Administración a los efectos del artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, por lo que en lo sucesivo, el citado artículo tendrá la siguiente redacción:

ARTÍCULO 28º.- Cuentas anuales. El Consejo de Administración deberá formular, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio social, las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado, así como, en su caso, las cuentas y el informe de gestión consolidados, que serán sometidos a la aprobación de la Junta General Ordinaria de Accionistas. Las Cuentas anuales y los informes de gestión, individuales y consolidados, deberán ser revisados por un auditor externo, cuyo nombramiento o reelección será sometido a la aprobación de la Junta General de Accionistas por el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Auditoría. El auditor externo deberá cumplir con los requisitos profesionales y de independencia exigidos por la legislación vigente.

La Junta General resolverá sobre la aplicación del resultado del ejercicio conforme a lo previsto en la Ley. Los dividendos no reclamados en el término de cinco (5) años desde el día señalado para su cobro prescribirán en favor de la Sociedad.

La Junta General o el Consejo de Administración podrán acordar la distribución de cantidades a cuenta de dividendos con las limitaciones y cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley".

8.6º.- Modificación del artículo 30º (Aclaración tribunales competentes).

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar la Modificación del artículo 30º de los Estatutos Sociales en los términos que figuran en el informe justificativo que ha elaborado el Consejo de Administración a los efectos del artículo 286

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Cuida del medio ambiente. Imprime en blanco y negro y solo si es necesario.

de la Ley de Sociedades de Capital, por lo que en lo sucesivo, el citado artículo tendrá la siguiente redacción:

ARTÍCULO 30º.- Arbitraje y Jurisdicción. Cualquier duda, litigio o controversia que pudiera suscitarse por asuntos sociales entre los accionistas, entre éstos y la Sociedad, o entre aquéllos y el Consejo de Administración, tanto durante la vida de la Sociedad como en período de liquidación, se someten al arbitraje de derecho de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bilbao, a la que se le encomienda de acuerdo con su Reglamento la administración del arbitraje y la designación de los árbitros, y cuyo laudo será de obligado cumplimiento. Se exceptúan de este arbitraje las cuestiones sobre las que las partes no puedan válidamente disponer, la impugnación de acuerdos sociales, o aquéllas respecto de las cuales la Ley determine la exclusiva competencia de una determinada jurisdicción, quedando tales cuestiones sometidas a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales del domicilio social.

Todo accionista queda sometido a dicho arbitraje y jurisdicción, según sea el caso, por el sólo hecho de serlo, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle."

8.7º.- Refundición de los Estatutos Sociales en un texto único para incluir las modificaciones introducidas en los anteriores puntos 8.1º a 8.6º.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"En consecuencia, aprobar el nuevo texto refundido de los Estatutos Sociales resultante de las modificaciones introducidas en los anteriores puntos 8.1º a 8.6º, que se encuentra a disposición de los accionistas desde el momento de la publicación del anuncio de la convocatoria, junto con el resto de la documentación de la Junta General de Accionistas, en la página web de la Sociedad (www.tubosreunidosgroup.com)"

9º.- Modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad.

9.1.º.- Modificación del título del Reglamento y de la rúbrica de sus Capítulos II y VI, así como de los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7,9, 10, 11,13, 14, 15, 18 y 19, para realizar precisiones y correcciones técnicas y mejorar su redacción.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar la modificación del título del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad y de la rúbrica de sus Capítulos II y VI, así como de sus artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7,9, 10, 11,13, 14, 15, 18 y 19, para realizar precisiones técnicas y mejorar su redacción, en los términos que figuran en el informe justificativo que ha elaborado el Consejo de Administración".

9.2º.- Modificación de determinados artículos para su adaptación a los últimos cambios legislativos y a la modificación estatutaria acordada en el punto 8º anterior: Artículo 3.- Competencias de la Junta General (nuevas competencias aprobación del estado de información no financiera y de operaciones vinculadas), artículo 5.- Convocatoria de la Junta General (cambio página web, nueva obligación de establecer la forma concreta de celebración, posibilidad de asistencia a través de medios telemáticos), artículo 6.- Derecho de información del accionista (solicitud por escrito, regulación expresa del derecho de información de los asistentes telemáticos), artículo 8.-Derecho de asistencia y representación (obligación de asistencia de los consejeros, posibilidad de asistencia

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de los accionistas por medios telemáticos, posibilidad de los administradores de determinar que las intervenciones y propuestas de asistentes telemáticos se remitan con anterioridad), artículo 10.- Mesa de la Junta General (Asistencia telemática de los consejeros que no forman la Mesa), artículo 12.- Intervenciones (en ausencia del Presidente de la Comisión de Auditoría, cualquiera de los miembros de dicha Comisión informará a la Junta), artículo 14.-Voto a distancia (cambio página web, regulación sistema voto por vía telemática), artículo 16.-Acta de la Junta (exigencia de acta notarial en la Junta exclusivamente telemática); e incorporación de artículo 5.7. (Junta exclusivamente telemática).

Se proponen a la Junta General de Accionistas los siguientes acuerdos:

Aprobar la Modificación de los siguientes artículos del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad para su adaptación a los últimos cambios legislativos y a la modificación estatutaria acordada en el punto 8º anterior, en los términos que figuran en el informe justificativo que ha elaborado el Consejo de Administración: Artículo 3.- Competencias de la Junta General (nuevas competencias aprobación del estado de información no financiera y de operaciones vinculadas), artículo 5.- Convocatoria de la Junta General (cambio página web, nueva obligación de establecer la forma concreta de celebración, posibilidad de asistencia a través de medios telemáticos), artículo 6.- Derecho de información del accionista (solicitud por escrito, regulación expresa del derecho de información de los asistentes telemáticos), artículo 8.-Derecho de asistencia y representación (obligación de asistencia de los consejeros, posibilidad de asistencia de los accionistas por medios telemáticos, posibilidad de los administradores de determinar que las intervenciones y propuestas de asistentes telemáticos se remitan con anterioridad), artículo 10.- Mesa de la Junta General (Asistencia telemática de los consejeros que no forman la Mesa), artículo 12.- Intervenciones (en ausencia del Presidente de la Comisión de Auditoría, cualquiera de los miembros de dicha Comisión informará a la Junta), artículo 14.-Voto a distancia (cambio página web, regulación sistema voto por vía telemática) y artículo 16.-Acta de la Junta (exigencia de acta notarial en la Junta exclusivamente telemática).

Aprobar la incorporación de un nuevo artículo 5.7. para su adaptación a lo previsto en los artículos 182 bis y 521.3 LSC, por lo que en lo sucesivo, por lo que en lo sucesivo, el citado artículo tendrá la siguiente redacción:

ARTÍCULO 5.7. Junta exclusivamente telemática.

El Consejo de Administración podrá convocar Junta General para su celebración de forma exclusivamente telemática y, por tanto, sin asistencia física de los accionistas, de sus representantes y, en su caso, de los miembros del Consejo de Administración, cuando así lo permita la normativa aplicable, y de conformidad con la misma. La celebración de la Junta General de forma exclusivamente telemática estará supeditada en todo caso a que la identidad y legitimación de los accionistas y de sus representantes se halle debidamente garantizada y a que todos los asistentes puedan participar efectivamente en la reunión mediante los medios de comunicación a distancia apropiados admitidos en cada momento bajo la normativa aplicable, tanto para ejercitar en tiempo real los derechos de intervención, información, propuesta y voto que les correspondan, como para seguir las intervenciones de los demás asistentes por los medios indicados, medios que serán implementados por el Consejo de Administración teniendo en cuenta el estado de la técnica y las circunstancias de la Sociedad, especialmente el número de sus accionistas.

El anuncio de convocatoria de una Junta exclusivamente telemática informará de los trámites y procedimientos que habrán de seguirse para el registro y formación de la lista de asistentes, para

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Cuida del medio ambiente. Imprime en blanco y negro y solo si es necesario.

el ejercicio por estos de sus derechos y para el adecuado reflejo en el acta del desarrollo de la junta. La asistencia no podrá supeditarse en ningún caso a la realización del registro con una antelación superior a la que prevea la Ley."

9.3º.- Refundición del Reglamento de la Junta en un texto único para incluir las modificaciones introducidas en los anteriores puntos 9.1º y 9.2º.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"En consecuencia, aprobar el nuevo texto refundido del Reglamento de la Junta resultante de las modificaciones introducidas en los anteriores puntos 9.1º a 9.3º, que se encuentra a disposición de los accionistas desde el momento de la publicación del anuncio de la convocatoria, junto con el resto de la documentación de la Junta General de Accionistas, en la página web de la Sociedad (www.tubosreunidosgroup.com)"

10º.- Aprobación, en su caso, de la modificación de los apartados 1, 2, y 4.1. de la vigente Política de Remuneración de los Consejeros para los ejercicios 2022, 2023 y 2024, para su adaptación al sistema de remuneración previsto en los nuevos Estatutos Sociales aprobados en el punto 8º anterior, de acuerdo con lo previsto en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar la modificación de los apartados 1, 2, y 4.1. de la vigente Política de Remuneración de los Consejeros para los ejercicios 2022, 2023 y 2024 en los términos que figuran en la propuesta que ha elaborado el Consejo de Administración, para su adaptación al sistema de remuneración previsto en los nuevos Estatutos Sociales. En consecuencia, aprobar el nuevo texto de la Política de Remuneración de los Consejeros resultante de dichas modificaciones, que se encuentra a disposición de los accionistas desde el momento de la publicación del anuncio de la convocatoria, junto con el resto de la documentación de la Junta General de Accionistas, en la página web de la Sociedad (www.tubosreunidosgroup.com)/)".

11º.- Otorgamiento de facultades para la ejecución, formalización e inscripción de los acuerdos, así como delegación de facultades en el Consejo de Administración, con facultades de sustitución, para subsanar, interpretar y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta General.

Facultar indistintamente, con facultad de sustitución, a todos los miembros del órgano de administración, así como a la Secretaria del mismo, con toda la amplitud que fuera necesaria en Derecho, para que indistintamente cualesquiera de ellos puedan formalizar, interpretar, subsanar, complementar, ejecutar, adaptar y elevar a público los acuerdos adoptados en la presente Junta General Ordinaria y, en especial, para otorgar cuantos documentos públicos o privados sean necesarios hasta la obtención de la correspondiente inscripción de los acuerdos adoptados en el Registro Mercantil, incluyendo la petición de inscripción parcial, con facultades incluso para su subsanación o rectificación, a la vista de la calificación verbal o escrita que pueda realizar el Sr. Registrador.

Tubos Reunidos S.A. Domicilio social – Barrio Sagarribai s/n, Amurrio (Araba/Alava). Inscrita en el Registro Mercantil de Álava, al tomo 881, folio 151, hoja VI-6.719. C.I.F. A48011555. Página web: www.tubosreunidos.com.

Cuida del medio ambiente. Imprime en blanco y negro y solo si es necesario.

Asuntos para votación consultiva

12º.- Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio 2021.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"Aprobar con carácter consultivo el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio 2021, cuyo texto ha sido puesto a disposición de los Accionistas junto con el resto de documentación de la Junta General".

Asuntos para información

13º. Información a la Junta General sobre las modificaciones introducidas en determinados artículos del Reglamento del Consejo de Administración, aprobadas el día 27 de enero de 2022.

Se propone a la Junta General de Accionistas el siguiente acuerdo:

"La Junta General de Accionistas se tiene por informada de la modificación de los artículos 1,2,5.6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,19,20,21,24,25,26,27,28,29,30,31,32,33,34,35,36,37,40, 41,44,45,46 y 47 del Reglamento del Consejo de la Sociedad, aprobada en la reunión del Consejo de administración de 27 de enero de 2022, y se pronuncia favorablemente con respecto a la misma."

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Tubos Reunidos S.A. Domicilio social – Barrio Sagarribai s/n, Amurrio (Araba/Alava). Inscrita en el Registro Mercantil de Álava, al tomo 881, folio 151, hoja VI-6.719. C.I.F. A48011555. Página web: www.tubosreunidos.com.

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