AGM Information • Apr 18, 2023
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VOCENTO, S.A., de conformidad con lo establecido en los artículos 227 y 228 de la Ley del Mercado de Valores, procede por medio del presente escrito a comunicar la siguiente
En el día de hoy, 18 de abril de 2023, se ha celebrado en primera convocatoria la Junta General Ordinaria de Accionistas de VOCENTO, S.A.
En dicha Junta se han aprobado todas las propuestas de acuerdo que figuraban en el Orden del Día que fueron comunicadas en la comunicación de otra información relevante publicada el 14 de marzo de 2023 con el número de registro 21.344.
Se adjuntan como anexo los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones, que se publicarán íntegros en el día de hoy en la página web de VOCENTO, S.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 525 de la Ley de Sociedades de Capital.
En Bilbao, a 18 de abril de 2023.
D. Carlos Pazos Campos Secretario del Consejo de Administración
En aplicación del artículo 525 de la Ley de Sociedades de Capital, se transcriben a continuación los acuerdos aprobados por la Junta General Ordinaria de Accionistas de VOCENTO, S.A., celebrada en el día de hoy, 18 de abril de 2023, en primera convocatoria, así como el resultado de las votaciones.
Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, las Cuentas Anuales Individuales y el Informe de Gestión Individual de Vocento, S.A. (en adelante, "Vocento" o la "Sociedad", indistintamente), así como las Cuentas Anuales Consolidadas y el Informe de Gestión de su Grupo Consolidado, todo ello correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2022.
Aprobar la propuesta de aplicación de los resultados correspondientes al ejercicio de 2022, de conformidad con lo propuesto por el Consejo de Administración, que alcanzan la cifra de beneficios por importe de trece millones setecientos setenta y nueve mil setecientos noventa euros con diecinueve céntimos (13.779.790,19€) de la siguiente forma:
El dividendo ordinario se abonará en efectivo dinerario el día 3 de mayo de 2023 a los accionistas que tengan dicha condición al cierre del mercado del día anterior a la fecha de pago, mediante un único pago que se efectuará a través de las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR), actuando como agente de pagos el Banco Santander, S.A.
Asimismo, autorizar al Consejo de Administración y/o a los representantes legales de la Sociedad en sustitución de aquel para que añadan al dividendo ordinario acordado la parte proporcional de los derechos económicos inherentes a las acciones propias, y para que en su caso destinen a "Otras Reservas" el importe residual del dividendo total correspondiente que no pueda ser objeto de distribución por efecto del redondeo.
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A efectos de lo previsto en el artículo 49.6 del Código de Comercio, aprobar el Informe sobre la información no financiera del Grupo Vocento incluido en el Informe de Gestión del Grupo Consolidado de Vocento, correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2022.
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Aprobar la gestión del Consejo de Administración de Vocento correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2022.
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Se acuerda compensar el importe de las pérdidas acumuladas de la Sociedad que constan en la cuenta de "Resultados negativos de ejercicios anteriores" del balance aprobado de conformidad con el punto primero del orden del día, contra el saldo existente en la cuenta de "Reservas voluntarias", incrementadas en el importe correspondiente a la aplicación del resultado del ejercicio, aprobada bajo el punto primero del orden del día. Los saldos de dichas cuentas son los siguientes:
Como consecuencia de la referida compensación, la cuenta de "Resultados negativos de ejercicios anteriores" queda completamente saldada y cancelada, ascendiendo a 0 euros, y la partida de "Reservas voluntarias" queda reducida hasta el importe de 181.225.264,22 euros.
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Reelegir a la sociedad PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L. con domicilio en Torre PWC, Paseo de la Castellana, 259 B, 28046, Madrid, inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas con el número S0242 y con N.I.F. número B-79031290, como auditores de las cuentas anuales, individuales y consolidadas, de Vocento, por el plazo de dos (2) años, es decir, en relación con los ejercicios con fecha de cierre a 31 de diciembre de 2023 y 31 de diciembre de 2024.
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Reelegir como miembro del Consejo de Administración a D. Ignacio Ybarra Aznar, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio en Madrid, calle Rafael Calvo 17, y con DNI número 16040955-L, vigente, con la calificación de Consejero Dominical. A estos efectos, se han puesto a disposición de los accionistas, desde la fecha de convocatoria de la presente Junta, los respectivos informes emitidos por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y por el Consejo de Administración, en los que se valora la competencia, experiencia y méritos de D. Ignacio Ybarra Aznar.
El plazo para el que se le reelige como Consejero Dominical es el plazo estatutario de cuatro (4) años.
Asimismo, de conformidad con el artículo 146 del Reglamento del Registro Mercantil, la reelección de D. Ignacio Ybarra Aznar como miembro del Consejo de Administración por el presente acuerdo de la Junta General de Accionistas implica su continuidad en el cargo de Presidente del Consejo de Administración que ya ostentaba con anterioridad.
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Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Vocento correspondiente al ejercicio finalizado a 31 de diciembre de 2022, cuyo texto se ha puesto a disposición de los accionistas junto con el resto de documentación relativa a la Junta General desde la fecha de su convocatoria.
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Facultar con carácter solidario al Presidente del Consejo de Administración, Don Ignacio Ybarra Aznar, al Consejero Delegado, Don Luis Enríquez Nistal, al Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Don Carlos Pazos Campos, y al Vicesecretario no Consejero del Consejo de Administración, Don Pablo Díaz Gridilla, con expresa facultad de sustitución, para que cualquiera de ellos, solidaria e indistintamente, pueda llevar a cabo la ejecución completa de los presentes acuerdos realizando cuantas actuaciones sean necesarias incluyendo, a título meramente enunciativo, comparecer ante Notario de su elección y elevar los acuerdos a escritura pública, así como realizar y otorgar cuantos actos o documentos públicos o privados sean necesarios para llegar a la inscripción en el Registro Mercantil de los anteriores acuerdos, incluyendo el depósito de las Cuentas Anuales Individuales y Consolidadas de la Sociedad, otorgando asimismo cuantos documentos públicos o privados fueran precisos para la subsanación o modificación de errores o complementarios de los primeros y, asimismo, cuantas escrituras de subsanación o complementarias fueran precisas para adaptar estos acuerdos a la calificación del Registrador Mercantil.
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