AGM Information • May 24, 2023
AGM Information
Open in ViewerOpens in native device viewer

Tubacex S.A. (en adelante, la "Sociedad"), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 228 del Texto Refundido la Ley Mercado de Valores, hace público la siguiente
Que la Sociedad ha celebrado, en segunda convocatoria, Junta General Ordinaria de Accionistas, en la que ha aprobado los acuerdos que se incluyen como anexo a la presente comunicación.
Dña. Maider Cuadra Etxebarrena Secretario del Consejo de Administración
Siendo las trece horas del día 24 de mayo de 2023, se ha reunido, en segunda convocatoria, la Junta General Ordinaria de Accionistas de TUBACEX, S.A., a la que han asistido presencialmente 46 accionistas, titulares de 37.168.306 acciones, que representan el 28,82 % del capital social, y 183 accionistas representados, titulares de 34.823.879 acciones, que representan el 27% del capital social.
Por lo tanto, han asistido presentes o representados 229 accionistas, titulares de 71.992.185 acciones, que representan el 55,82% del capital social.
El siguiente cuadro señala los votos a favor, votos en contra y abstenciones en relación con cada uno de los puntos del orden del día.
| CONTRA | ABSTENCION | A FAVOR | |
|---|---|---|---|
| Punto 1.1. | 0,25% | 0.0055 | 99,75% |
| Punto 1.2. | 0,21% | 0.0056 | ਰੇਰੇ 7996 |
| Punto 1.3. | 0.21% | 0.00% | 99.79% |
| Punto 1.4. | 0,21% | 0.0066 | 99,79% |
| Punto 2. | 0.25% | 0,00% | 99,75% |
| Punto 3.1 | 2.40% | 0.0068 | 97,60% |
| Punto 3.2 | 0.21% | 0,00% | 99,79% |
| Punto 3.3 | 0.23% | 0,00% | 99,77% |
| Punto 3.4 | 1.65% | 4,76% | 93,59% |
| Punto 3.5 | 16.70% | 0,00% | 83.30% |
| Punto 3.6 | 0.21% | 0.00% | 99,79% |
| Punto 4 | 0.21% | 0,000% | 99,79% |
| Punto 5 | 0.80% | 1,63% | 97,56% |
| Punto 6 | 0.80% | 1.63% | 97.56% |
| Punto 7 | 0.21% | 0.00% | 99,79% |
| Punto 8 | 0.21% | 0,00% | 99,79% |
PRIMERO.- APROBACION EN SU CASO DE CUENTAS ANUALES, ESTADO DE INFORMACION NO FINANCIERA, APLICACIÓN DE RESULTADO Y GESTION SOCIAL
7.- SBER Gmbh ATU-41013808 9.- IBF Spa 02941900165 10. Tubacex Prakash U28113MH2015PTC263656
Asimismo con referencia a la antedicha documentación, especificada en el presente acuerdo, se hace constar en cuanto a su firma, haberse observado y cumplido lo dispuesto en el art.253 de la Ley de Sociedades de Capital, en los arts. 47 y 44.8 del Código de Comercio y en el art. 330 del Reglamento del Registro Mercantil, así como que ambos informes de Auditoria, individual y consolidada, están fechados el 23 de febrero de 2023.
Aprobar el Estado de Información no financiera del ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2022 conforme a lo dispuesto en la ley 11/2018 de 29 de diciembre sobre información no financiera y diversidad.
Aplicar el resultado del ejercicio de 2022 consistente en 8.838.156 euros a resultados negativos de ejercicios anteriores como sigue a continuación:
A reparto de dividendo pagadero el 6 de junio de 2023 8.093.600 euros A resultado negativos de ejercicios anteriores 744.556 euros
Aprobar la gestión social desarrollada por el Consejo de Administración de TUBACEX, S.A. durante el ejercicio 2022.
Habiendo sido nombrado por cooptación, proceder al nombramiento como consejera independiente de Doña Gracia López Granados por el plazo estatutario de cuatro años.
CUARTO.- APROBACIÓN EN SU CASO, LA REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD EN LA CIFRA DE 1.093.288,95 EUROS, MEDIANTE LA AMORTIZACIÓN DE 2.429.531 ACCIONES PROPIAS ACTUALMENTE EN AUTOCARTERA (QUE REPRESENTAN, APROXIMADAMENTE, EL 1,88% DEL CAPITAL SOCIAL ACTUAL DE LA SOCIEDAD). DELEGACIÓN DE FACULTADES PARA LA EJECUCIÓN DEL ACUERDO Y CONSECUENTE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 5º DE LOS ESTATUTOS SOCIALES.
Aprobar, delegando en el Consejo de Administración su ejecución, la reducción del capital social de la sociedad en 1.093.288,95 euros, mediante la amortización de 2.429.531 de acciones propias actualmente en autocartera (que representan aproximadamente el 1,88% del capital social de la Sociedad).
La reducción de capital no entrañará devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia Sociedad la titular de las acciones que, en su caso, se amortizarán y se realizará con cargo a reservas de libre disposición, mediante la dotación de una reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas (esto es, por un importe de 1.093.288,95 euros), de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social, en aplicación de lo previsto en el artículo 335. c) de la Ley de Sociedades de Capital.
En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital acordada.
Se acuerda modificar el artículo 5º de los Estatutos Sociales relativos al capital social dándole la siguiente redacción:
TITULO II
Capital Social
ARTICULO 5.-
El capital de la sociedad asciende a 56.947.162,95 euros, totalmente suscrito y desembolsado, está dividido en 126.549.251 acciones de 0,45 euros nominales cada una de ellas de una sola serie que están representadas por medio de anotaciones en cuenta, según lo autoriza el artículo 92 de la Ley de Sociedades de Capital y conforme a los artículos 118 y concordantes de la misma, así como de acuerdo con lo establecido en la Ley y demás disposiciones legales complementarias.
Se acuerda facultar solidariamente al Presidente del Consejo de Administración, al Consejero Delegado, a los demás miembros del Consejo y a la Secretaria no miembro del Consejo de Administración para que cualquiera de ellos, indistintamente, y con toda la amplitud que fuera necesaria en derecho, proceda a la ejecución de este acuerdo, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en este acuerdo o que sean consecuencia de él. En particular, y a título meramente ilustrativo, se acuerda delegar solidariamente en las referidas personas, con toda la amplitud que fuera necesaria en derecho, las siguientes facultades:
(a) declarar cerrada y ejecutada la Reducción de Capital y establecer cualesquiera otras circunstancias precisas para llevarlo a efecto;
(b) señalar la fecha en que el acuerdo así adoptado de reducir el capital social deba llevarse a efecto, en todo caso dentro del plazo máximo de un año a contar desde su aprobación.
(c) llevar a cabo la publicación de los anuncios legalmente exigidos, en los términos aquí acordados;
(d) dar nueva redacción al artículo de los estatutos sociales que fija el capital social para que refleje la cifra resultante tras la ejecución de la Reducción de Capital;
(e) declarar el transcurso del plazo de oposición de acreedores previsto en la LSC, así como, en su caso, atender al ejercicio del derecho de oposición de aquellos acreedores que pudieran ejercitarlo en los términos previstos en la Ley;
(f) realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para ejecutar y formalizar la Reducción de Capital ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, incluidas las de declaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo;
(g) realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios, y presentar los documentos que sean precisos, ante los organismos competentes para que, una vez se haya producido la amortización de las acciones de la Sociedad, el otorgamiento de la escritura correspondiente a la Reducción de Capital y su inscripción en el Registro Mercantil, se produzca la exclusión de la negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Bilbao, Madrid, Barcelona y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de los correspondientes registros contables en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (Iberclear).
(h) comparecer ante el notario de su elección y elevar a escritura pública el acuerdo de reducción de capital y modificación de estatutos, así como realizar cuantas actuaciones sean precisas y aprobar y formalizar cuantos documentos públicos y privados resulten necesarios o convenientes para la plena efectividad del acuerdo en cualquiera de sus aspectos y contenidos y, en especial, para subsanar, aclarar, interpretar, completar, precisar, o concretar, en su caso, el acuerdo adoptado y, en particular, subsanar los defectos, omisiones o errores que pudieran apreciarse en la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil."
QUINTO.- APROBACIÓN DE LA POLÍTICA RETRIBUTIVA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PARA LOS EJERCICIOS 2024, 2025 Y 2026.
Se somete a votación la Política de remuneraciones del Consejo de Administración para los ejercicios 2024, 2025 y 2026, y cuyo texto completo se ha puesto a disposición de los accionistas junto con el resto de la documentación de esta Junta General.
SEXTO.- VOTACIÓN CONSULTIVA DEL INFORME ANUAL DE RETRIBUCIONES DE LOS CONSEJEROS
Se somete a votación el Informe Anual de Remuneraciones formulado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones sobre la política de retribuciones de los consejeros, que comprende el resumen global de la aplicación de dicha política durante el ejercicio 2022, incluyendo el detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros en el indicado ejercicio, así como la política aprobada por el consejo para el año en curso, cuyo texto completo se ha puesto a disposición de los accionistas junto con el resto de la documentación de esta Junta General.
SEPTIMO.- FACULTAR PARA FORMALIZAR, ELEVAR A PÚBLICO LOS ANTERIORES ACUERDOS E INSTAR SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL ASÍ COMO PARA SUBSANAR, INTERPRETAR Y EJECUTAR LOS ACUERDOS QUE ADOPTE LA JUNTA GENERAL.
Facultar, indistintamente con facultad de sustitución, a todos los miembros del órgano de administración, así como al Secretario del mismo, con toda la amplitud que fuera necesaria en Derecho, para indistintamente, puedan formalizar, interpretar, subsanar, complementar, ejecutar, adaptar y elevar a público los acuerdos adoptados en la presente Junta y especialmente para que cualquiera de ellos en nombre y representación de la Sociedad comparezcan ante Notario a efecto de formalizar mediante el otorgamiento de escritura pública cuanto se contiene y establece en los anteriores acuerdos, además de proceder a su ejecución en todo caso, realizando respecto de ellos las peticiones de informes, certificaciones, tramitaciones subsiguientes que procedan a tenor de lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital, Reglamento del Registro Mercantil, Ley Reguladora del Mercado de Valores y demás disposiciones aplicables, prosiguiendo, asimismo, todos los trámites necesarios en orden a la plena efectividad jurídica de los instrumentos públicos otorgados o de los documentos expedidos, inclusive mediante su subsanación instando las inscripciones y depósitos documentales en los Registros Legales que correspondan.
OCTAVO.- APROBACION DEL ACTA
Aprobar el acta de la presente reunión.
Building tools?
Free accounts include 100 API calls/year for testing.
Have a question? We'll get back to you promptly.