Capital/Financing Update • Jun 29, 2023
Capital/Financing Update
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CaixaBank, S.A. ("CaixaBank") comunica que, en su calidad de emisor y en atención al inminente cese de la publicación del LIBOR USD a 6 meses el próximo 30 de junio de 2023, ha acordado con el único tenedor de la emisión denominada "31ª EMISIÓN DE CÉDULAS HIPOTECARIAS DE CAIXABANK, S.A." ("Emisión"), por importe nominal de 711.200.000 USD, con fecha de emisión y desembolso el 30 de octubre de 2017, con ISIN ES0440609388 y tipo de interés variable referenciado al London InterBank Offered Rate (LIBOR) del USD a 6 meses más un diferencial del 0,59%, la modificación de las disposiciones relativas al tipo de interés contenidas en el epígrafe 8º de las Condiciones Finales de la Emisión registradas en la CNMV el 31 de octubre de 2017 a efectos de establecer como nuevo tipo de interés de referencia aplicable la denominada "Tasa de Financiación Garantizada a un día" ("Secured Overnight Financing Rate" o "SOFR") administrada por el Banco de la Reserva Federal de Nueva York.
De acuerdo con lo anterior, el redactado actual del epígrafe 8º ("Tipo de Interés variable") de las Condiciones Finales de la Emisión se sustituye por el que sigue a continuación, el cual resultará de aplicación al Periodo de Interés que comienza el 30 de octubre de 2023 (y cuya fecha de pago de cupón es el 30 de abril de 2024) y a los subsiguientes Periodos de Interés, y sin efecto retroactivo alguno sobre los anteriores Periodos de Interés cuya fecha de determinación del tipo de interés aplicable ya haya tenido lugar (y con independencia de su fecha de pago de cupón).
"8. Tipo de Interés variable:
• SOFR Diario Compuesto (Secured Overnight Financing Rate) + el Diferencial de Ajuste de Crédito ("Credit Adjustment Spread" o "CAS") + 0,59% pagadero semestralmente hasta la fecha de vencimiento.
Donde:
SOFR Diario Compuesto: El SOFR Diario Compuesto o SOFR a estos efectos, será el tipo que aparezca en el sitio web de la Reserva Federal de Nueva York, actualmente www.newyorkfed.org, o todo sitio web posterior de la Reserva Federal de Nueva York o el sitio web de algún administrador posterior de SOFR. Dicho tipo de interés se tomará por su valor facial publicado sin aplicar ningún tipo de transformación. El Banco de la Reserva Federal de Nueva York no se encuentra dentro del alcance del Reglamento de referencia (Reglamento (UE) 2016/11), por lo que actualmente no se requiere que el Banco de la Reserva Federal de Nueva York obtenga autorización o registro (o si se encuentra fuera del UE, reconocimiento, visado o equivalencia).
Diferencial de Ajuste de Crédito: El Diferencial de Ajuste de Crédito o CAS a estos efectos será el tipo establecido en la denominada "Technical Notice-Spread Fixing Event for LIBOR" de 5 de marzo del 2021 emitida por Bloomberg y que para un plazo de 6m LIBOR es 0,42826%.
• Los importes pagaderos bajo los valores serán calculados por referencia a SOFR Diario Compuesto. A estos efectos, SOFR Diario Compuesto significa en relación con un periodo de intereses, la cantidad igual
al tipo de retorno para cada día natural durante el periodo de intereses, con interés compuesto diario, calculada por el Agente de Cálculo en la fecha de determinación de los intereses, de la siguiente manera:
$$
\left[\prod_{i=1}^{d_0} \left(1 + \frac{SOFRi \times n_i}{360}\right) - 1\right] \times \frac{360}{d}
$$
Donde:
d: significa, en relación con un Periodo de Observación, el número de días naturales de dicho Periodo de Observación;
d0: significa, en relación con un Periodo de Observación, la cantidad de Días Hábiles de publicación del SOFR para un Período de Observación específico;
i: significa, una serie de números enteros desde uno a d0, en la que cada uno representa el Día Hábil de publicación del SOFR en orden cronológico desde el primer Día Hábil de publicación del SOFR en el Periodo de Observación correspondiente;
ni: significa, en relación con el Díai Hábil de publicación del SOFR, la cantidad de días naturales desde (incluido) dicho Díai Hábil de publicación del SOFR, hasta el siguiente (incluido) Día Hábil de publicación del SOFR;
Días Hábil de Publicación del SOFR: Significa, día hábil en los que negocien los Títulos del Gobierno de Estados Unidos;
Periodo de Observación: significa, en relación con un Periodo de Intereses, el periodo desde, (incluida) la fecha de los Días de Variación de la Observación anterior al primer día de dicho Periodo de Intereses y hasta (excluida) la fecha de los Días de Variación de la Observación anterior a la siguiente Fecha de Finalización del Periodo de Intereses para dicho Periodo de Intereses;
Días de Variación de la Observación: significa, cinco Días Hábiles de publicación del SOFR;
SOFRi: Significa, en relación con el Día Hábil de publicación del SOFR, SOFR en virtud del Día Hábil de publicación del SOFR;
En el supuesto de imposibilidad de obtención del SOFR Diario Compuesto, el tipo de interés de referencia sustitutivo será el tipo de interés que haya sido designado por el organismo competente o, en su caso, el contemplado en la normativa aplicable más el correspondiente ajuste que haya sido acordado por la autoridad competente si lo hubiere.
En el supuesto de imposibilidad de aplicación del tipo de interés de referencia sustitutivo anterior, será de aplicación el Tipo del Banco Central más el Ajuste del Tipo del Banco Central.
Donde:
Tipo del Banco Central: a) Tipo a corto plazo objetivo establecido por el Comité Federal del Mercado Abierto (Federal Open Market Committee) publicado por el Banco de la Reserva Federal de Nueva York para cada momento correspondiente, o (b) y si este tipo objetivo no es una única cifra, la media aritmética
de: (i) El límite superior del rango objetivo del tipo de interés a corto plazo fijado por el Comité Federal del Mercado Abierto de Estados Unidos y publicado por el Banco de la Reserva Federal de Nueva York; y (ii) el límite inferior de dicho rango objetivo.
Que incluirá cualquier tipo sucesor o sustitutivo de dicho tipo, según determine razonablemente por el Agente de Cálculo.
Ajuste del Tipo del Banco Central: En relación con el Tipo del Banco Central vigente a cierre de operaciones de cualquier Día Hábil de publicación del SOFR, la media aritmética truncada al 20%, excluyendo el 20% de cada extremo (calculada por el Agente de Cálculo) de los diferenciales del Tipo del Banco Central de los cinco Días Hábiles de publicación del SOFR inmediatamente anteriores para los cuales el SOFR está disponible.
Diferencial del Tipo del Banco Central: En relación con cualquier Día Hábil de publicación del SOFR, la diferencia (expresada como porcentaje por año) calculada por el Agente de Cálculo entre: (a) el SOFR para ese día Hábil; y (b) el Tipo del Banco Central vigente al cierre del Día Hábil de publicación del SOFR.
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29 de junio de 2023
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