Remuneration Information • Feb 27, 2024
Remuneration Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2023 | |
|---|---|---|
| CIF: | A48943864 | |
| Denominación Social: GESTAMP AUTOMOCION, S.A. |
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| Domicilio social: |
POLIGONO INDUSTRIAL DE LEBARIO S/N (ABADIÑO) VIZCAYA

A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
A- PROCEDIMIENTOS Y ÓRGANOS INVOLUCRADOS
El Consejo de Administración de la Sociedad es el órgano responsable de proponer a la Junta General la política de remuneraciones. Una vez aprobada dicha Política por la Junta General de Accionistas de la Sociedad y conforme a la misma, el Consejo de Administración se encarga (i) por un lado, de distribuir la asignación fija anual para los Consejeros en su condición de tales, en la que se tendrá en cuenta las condiciones de cada Consejero, las funciones y responsabilidades que les sean atribuidas y su pertenencia a las distintas Comisiones y (ii) por otro lado, respecto a los Consejeros Ejecutivos, el Consejo de Administración determina su retribución por sus funciones ejecutivas y demás condiciones contractuales ajustándose, en todo caso, a lo establecido en la política de remuneraciones.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones propone al Consejo de Administración, para su elevación a la Junta General, la política de remuneraciones de los Consejeros y propone además al Consejo de Administración la remuneración individual de todos los Consejeros y las condiciones de los contratos de los Consejeros Ejecutivos.
Por último, corresponde a la Junta General de Accionistas de la Sociedad la aprobación de la política de remuneraciones.
B. POLÍTICA DE REMUNERACIONES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO EN CURSO (2024)
Remuneración de los Consejeros en su condición de tales:
De acuerdo con la Política de Remuneraciones Vigente, la retribución de los Consejeros en su condición de tales consiste en una asignación fija anual cuyo importe global máximo es de 1.400.000 euros anuales.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 18 de diciembre de 2023, procedió a verificar el cumplimiento de la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio 2023. Asimismo, en misma fecha, y dentro del marco establecido en la Política de Remuneraciones Vigente, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones acordó someter a la aprobación del Consejo de Administración un incremento del importe de la remuneración fija por pertenencia al Consejo de Administración (manteniendo inalterados los importes por presidencia y pertenencia a las Comisiones), propuesta que fue aprobada finalmente por el Consejo de Administración en la misma fecha. Con ello, la remuneración de los Consejeros en su condición de tales aplicable con efectos desde el 1 de enero de 2024, es la siguiente:
Retribución fija por pertenencia al Consejo de Administración: 90.000 euros/año (habiendo sido en el ejercicio 2023 de 85.000 euros/año). Retribución fija por pertenencia a Comisiones: 20.000 euros/año (mismo importe que el establecido en el ejercicio 2023.).
Retribución fija por Presidencia de cualquiera de las Comisiones: 20.000 euros/año (mismo importe que el establecido en el ejercicio 2023). Remuneración de los Consejeros por el desempeño de funciones ejecutivas:
Asimismo, en la misma reunión referida anteriormente, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones acordó también someter a aprobación del Consejo de Administración una subida salarial del 3% sobre la retribución fija y variable del Presidente Ejecutivo, D. Francisco José Riberas Mera, con efectos desde el 1 de enero de 2024, aplicándose así el mismo porcentaje de revisión salarial realizado con carácter general para la plantilla de los Servicios Corporativos de la Sociedad y de las sociedades pertenecientes a su grupo (en adelante, el "Grupo") y dentro del marco establecido en la Política de Remuneraciones Vigente. Como resultado de lo anterior, la retribución del Presidente Ejecutivo para el ejercicio 2024 queda de la siguiente manera:
La Política de Remuneraciones de los Consejeros de Gestamp Automoción, S.A. (la "Sociedad") para los ejercicios 2024, 2025, 2026 y, por tanto, vigente a la fecha de emisión del presente informe fue aprobada por la Junta General ordinaria de Accionistas en su reunión de fecha 9 de mayo de 2023 (en adelante, la "Política de Remuneraciones Vigente").

• Retribución fija anual: 772.191 euros (habiendo sido en el ejercicio 2023 de 749.700 euros).
• Retribución variable anual: 330.939 euros (habiendo sido en el ejercicio 2023de 321.300 euros).
Aunque la Política de Remuneraciones Vigente contempla la posibilidad de incluir en el sistema retributivo de los Consejeros Ejecutivos, una retribución variable plurianual, el Presidente Ejecutivo no es beneficiario de esta retribución dado que ostenta (a través de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L.) una participación significativa en la Sociedad, situación que implica necesariamente una alineación del interés del Presidente Ejecutivo con el interés social de Grupo a largo plazo.
De otro lado, se hace constar que el contrato de servicios suscrito entre la Sociedad y el Consejero D. Francisco López Peña finalizó su vigencia el 31 de diciembre de 2023. En este sentido, desde el 1 de enero de 2024, el Consejero D. Francisco López Peña dejó de tener la categoría de consejero "ejecutivo", pasando a tener entonces la de consejero "dominical".
C. POLÍTICAS DE REMUNERACIONES DE EMPRESAS COMPARABLES. PARTICIPACIÓN DE ASESORES EXTERNOS.
En la reunión de 18 de diciembre de 2023, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, a los efectos de proponer la determinación de la remuneración individual de los Consejeros en su condición de tales referida anteriormente para el ejercicio 2024, tuvo en cuenta en su análisis, las principales conclusiones sobre remuneraciones del Índice Spencer Stuart, informe que analiza 100 compañías cotizadas incluyendo a las del Ibex-35. La Política de Remuneraciones Vigente contempla que cualquier modificación o excepción temporal de la remuneración, deberá ser aprobada por el Consejo a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y únicamente podrán aplicarse cuando sean necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la Sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad.
A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
En lo que respecta a los Consejeros en su condición de tales, la Política de Remuneraciones Vigente persigue remunerar a los Consejeros de forma adecuada para compensar su dedicación y responsabilidad, sin que en ningún caso pueda comprometer su independencia. En este sentido, dicha remuneración consiste exclusivamente en una remuneración fija en metálico. Tal y como se ha referido anteriormente, en la determinación de la remuneración individual de los Consejeros en su condición de tales para el ejercicio 2024, y para asegurar que esta remuneración es adecuada y obedece a criterios de mercado y a la realidad de la Sociedad, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tuvo en cuenta un análisis comparativo basado esencialmente en el Índice Spencer Stuart de Sociedades Cotizadas con especial foco en el análisis de remuneraciones de los consejeros en 100 sociedades cotizadas, incluyendo todas las pertenecientes al Ibex-35.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en la Política de Remuneraciones Vigente, únicamente los Consejeros Ejecutivos de la Sociedad podrán disponer, en su caso, además de una remuneración fija, de elementos variables como parte de su remuneración, cuyo importe no podrá exceder del 50% de la retribución fija anual aplicable en cada momento al consejero ejecutivo. En este sentido, el mix retributivo del Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración de la Sociedad, D. Francisco José Riberas Mera, consiste en una retribución fija anual que supone un 70% y una retribución variable anual que supone un 30% del total de la remuneración, asumiendo en éste caso, un porcentaje de desempeño del 100% de los objetivos definidos.
En todo caso, los términos y condiciones de los componentes de la remuneración variable anual de los Consejero Ejecutivos de la Sociedad, cuando son de aplicación, permiten siempre su modulación en función del grado de consecución de los objetivos fijados, incluso no devengándose retribución variable en caso de que los objetivos no se hubieran alcanzado en un porcentaje mínimo del 70%, ni existiendo remuneraciones variables garantizadas.
De otro lado, el principal objetivo de la Política de Remuneraciones Vigente es la creación de valor de forma sostenida en el tiempo, asegurando su transparencia y objetividad. En este sentido:
(i) La remuneración variable anual, aplicable en el ejercicio en curso únicamente al Presidente Ejecutivo, se determina en función de: a) por un lado, el grado de consecución de dos objetivos financieros vinculados al valor del Grupo en el corto plazo; y b) por otro, el grado de consecución de dos objetivos cualitativos, vinculados al grado de avance e implantación del proyecto estratégico Phoenix y del Plan Estratégico de ESG (Environmental, Social and Governance) 2025.
(ii) La remuneración variable plurianual, persigue la creación de valor a largo plazo y la alineación de los intereses de sus beneficiarios con los de la Sociedad y permiten evaluar los resultados a largo plazo teniendo en cuenta la estrategia empresarial de cada momento. A este respecto, el Presidente Ejecutivo D. Francisco José Riberas ostenta (a través de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L) una participación significativa en la Sociedad. Esta situación, implica necesariamente una alineación del interés del Presidente Ejecutivo con el interés social de Grupo a largo plazo. Por ello, la retribución del Presidente Ejecutivo no contempla elementos variables plurianuales.
Adicionalmente, y con el objetivo de que la Política de Remuneraciones Vigente no se encuentre expuesta a riesgos excesivos:

(i) El devengo de la retribución variable se produce con posterioridad a la formulación de las cuentas anuales del Grupo por el Consejo de Administración y su pago se realiza tras la aprobación de éstas, por la Junta General de Accionistas.
(ii) Los componentes de la retribución variable tienen la flexibilidad suficiente para permitir su modulación hasta hacer posible que su importe sea nulo.
(iii) La remuneración variable está sometida a clausulas clawback que permiten a la Sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la retribución cuando se ponga de manifiesto que su liquidación y abono se ha producido total o parcialmente en base a información falsa o inexacta o cuando afloren riesgos u otras circunstancias no previstas ni asumidas por la Sociedad, que tengan un efecto negativo material sobre la cuenta de resultados.
En relación con las medidas necesarias para evitar conflictos de interés por parte de los Consejeros, en línea con lo establecido por la Ley de Sociedades de Capital, el Reglamento del Consejo de Administración establece el deber del Consejero de comunicar a la Sociedad cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que él o personas vinculadas a él pudieran tener con el interés de la Sociedad. En este sentido, de forma adicional a la comunicación que, en su caso, envíen los Consejeros a la Sociedad en el momento en el que surja una situación de conflicto de interés, los Consejeros deben cumplimentar una declaración en la que deben indicar la existencia de cualquier situación de conflicto con los intereses de la Sociedad con ocasión de la formulación de las cuentas anuales y de la información financiera semestral por el Consejo de Administración.
De otro lado, el Reglamento del Consejo de Administración regula los deberes de los Consejeros incluido el deber de abstención, el deber de no competencia, deberes relativos a la limitación del uso de información no pública y de los activos sociales y deberes relativos al no aprovechamiento de oportunidades de negocio.
El importe y naturaleza de los componentes fijos de la retribución de los Consejeros en su condición de tales que se prevé se devengará en el ejercicio en curso, esto es, en 2024, se encuentran detallados de forma individual en el apartado A.1.1 letra B del presente informe. A continuación, se presentan dichos importes de forma agregada teniendo en cuenta el número de Consejeros y de Comisiones:
• Retribución fija por pertenencia al Consejo de Administración: 1.080.000 euros anuales.
• Retribución fija por pertenencia a Comisiones: 200.000euros anuales.
• Retribución fija por Presidencia de Comisiones: 60.000euros anuales.
El importe total previsto en el ejercicio 2024 para los Consejeros en su condición de tales será, por tanto, de 1.340.000 euros anuales, importe que se encuentra por debajo del límite global máximo de 1.400.000 euros anuales establecido en la Política de Remuneraciones Vigente.
No se definen otros conceptos retributivos, ni beneficios sociales para los Consejeros en su condición de tales.
El importe y naturaleza del componente fijo de la retribución del Presidente Ejecutivo que se prevé se devengarán en el ejercicio en curso se encuentran detallados individualmente en el apartado A1 del presente informe.
No se define remuneración en especie para los Consejeros en su condición de tales ni para el Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración de la Sociedad.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.

Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
Importe y naturaleza de los componentes variables. Parámetros seleccionados para determinar la retribución variable en el ejercicio en curso.
Sólo la remuneración del Presidente Ejecutivo contempla elementos de naturaleza variable según establece la Política de Remuneraciones Vigente.
La remuneración variable anual del Presidente Ejecutivo tiene como objetivo: (i) vincular parte de su retribución a la consecución de objetivos concretos, alineados con los objetivos estratégicos y la creación de valor del Grupo, (ii) potenciar su compromiso y (iii) vincular sus objetivos a corto plazo con los del Grupo y sus accionistas. Los objetivos definidos en el sistema de retribución variable anual guardan relación con el rendimiento profesional de su beneficiario y son definidos sobre bases predeterminadas, medibles y por tanto permiten remunerar el desempeño a corto plazo.
La retribución variable anual, aplicable al Presidente Ejecutivo, D. Francisco José Riberas Mera, para el ejercicio 2024 contiene parámetros de naturaleza financiera, con un peso relativo del 75% sobre el total de la remuneración variable anual y parámetros de naturaleza no financiera con un peso relativo del 25%:
• Los parámetros financieros se encuentran ligados al cumplimiento de dos objetivos económico-financieros con diferente nivel de ponderación: 60% vinculado al EBITDA consolidado y 40% vinculado al Flujo de Caja Libre (Free Cash Flow) definidos en el Presupuesto anual. El grado de cumplimiento de los mismos se calcula comparando el valor real obtenido en el ejercicio y el valor objetivo definido en el presupuesto anual. • Los parámetros no financieros, se encuentran ligados al cumplimiento de dos objetivos no financieros con el mismo nivel de ponderación, esto es un 12,5% cada uno. Dichos parámetros consisten en:
de un lado, el cumplimiento del programa estratégico Phoenix, lanzado en 2024, cuyo nivel de consecución y avance será analizado por el Consejo de Administración de forma periódica. El programa Phoenix, de alcance global y horizonte temporal a varios años, se centra en el crecimiento y consolidación de las operaciones del Grupo en la región de Estados Unidos. El programa persigue la mejora de la eficiencia y eficacia de las operaciones en esta región, así como la consolidación de la organización y la cultura de Grupo. El programa se articula a través de diferentes iniciativas con diferentes objetivos; y.
de otro lado, el cumplimiento del Plan Estratégico de ESG 2025, que fue aprobado por el Consejo de Administración el 19 de diciembre de 2022 previa propuesta de la Comisión de Sostenibilidad. Este plan persigue, a través de una serie de iniciativas con horizonte temporal a 3 años, la creación de valor del Grupo de forma sostenida en el tiempo, la mejora de la competitividad y la mitigación de riesgos con el fin último de alinear los intereses del Grupo con los de la sociedad en general y con los diferentes grupos de interés en particular.
El importe de la retribución variable anual en su conjunto se calcula tomando como base la retribución variable objetivo, a la que se le aplica un porcentaje en función del grado de consecución de cada uno de los objetivos definidos y teniendo en cuenta sus pesos relativos. Para cada objetivo la curva de pago tiene un umbral mínimo de un 70% y un umbral máximo del 120%. Si el resultado alcanzado es inferior al 70%, no se devenga retribución variable para ese objetivo y si se encuentra entre el umbral mínimo (70%) y el máximo (120%) se retribuye en función del porcentaje realmente obtenido. Por encima del umbral máximo del 120%, se retribuye al 120% con independencia del resultado obtenido. El importe de la remuneración variable objetivo del Presidente Ejecutivo asciende en el ejercicio 2024 a 330.939 euros anuales, asumiendo un porcentaje de desempeño del 100%, según aprobó el Consejo de Administración en su reunión del 18 de diciembre de 2023, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable.
La evaluación de la consecución de los objetivos para la determinación, por parte del Consejo de Administración, del importe de la remuneración variable anual a satisfacer al Presidente Ejecutivo, es realizada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de forma anual. El grado de cumplimiento de los objetivos económico-financieros, se cuantifica sobre la base de las cifras de EBITDA y Flujo de Caja Libre incluidas en las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo, por lo que su determinación se realiza tras la auditoría de las mismas y su aprobación por la Junta General de Accionistas.
Asimismo, el grado de consecución de los objetivos de naturaleza no financiera, se determina al finalizar el ejercicio:
De un lado, respecto de los objetivos relativos al Programa estratégico Phoenix, dado que el programa se articula a través de diferentes iniciativas con diferentes objetivos, el comité de dirección del proyecto determinará el grado de consecución o avance de los compromisos adquiridos para el año de referencia para cada iniciativa. Este grado de consecución será posteriormente verificado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
De otro lado, respecto de los objetivos relativos al Plan Estratégico de ESG 2025, su grado de consecución es calculado por el Comité de Sostenibilidad del Grupo, siendo posteriormente validado por parte de la Comisión de Sostenibilidad y verificado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese

anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
La Política de Remuneraciones Vigente no contempla sistemas de ahorro a largo plazo para los Consejeros.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
Hasta la fecha de emisión del presente informe, y durante el ejercicio en curso, no se ha producido ningún pago o indemnización por resolución, o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la Sociedad y sus Consejeros, o pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual, permanencia o fidelización.
La finalización, a fecha 31 de diciembre de 2023, del contrato de servicios suscrito entre el entonces Consejero Ejecutivo, D. Francisco López Peña, y la Sociedad no ha supuesto el pago de ninguno de los conceptos antes referenciados ya que la causa de finalización del contrato es la terminación de su vigencia y el importe de la indemnización derivada de la cláusula de no competencia post contractual definida en el contrato se encontraba incluida en la remuneración fija percibida por el Consejero.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
Características del contrato del Presidente Ejecutivo, D. Francisco José Riberas Mera: • Duración. Indefinida.
• Exclusividad. Cláusula que establece la obligación del Presidente Ejecutivo de prestar sus servicios a las sociedades del Grupo con dedicación absoluta y exclusiva durante la vigencia del contrato, excepto habilitación expresa.
• Obligación de no competencia. Cláusula que establece el compromiso del Presidente Ejecutivo, durante la vigencia del contrato, de no realizar por cuenta propia o ajena, por si o a través de terceros, ninguna actividad que pueda suponer competencia actual o potencial con cualquier sociedad del Grupo.
• Pacto de no competencia post contractual. Cláusula por la que el Presidente Ejecutivo se obliga, una vez extinguido el contrato y siempre que la Sociedad así lo requiera, a no mantener ninguna vinculación o interés, directo o indirecto, como inversor, socio, empleado o prestador de servicios con cualquier persona física o jurídica cuya actividad sea concurrente con la de la Sociedad o las sociedades de su Grupo. La duración de este pacto será de un 1 año desde la fecha de extinción del contrato y la compensación asciende 1.000.000 euros brutos a abonarse en doce mensualidades durante la duración del pacto de no competencia.
• Indemnización. En caso de cese en sus funciones causado por decisión unilateral de la Sociedad, que no derive de un incumplimiento grave y culpable del Presidente Ejecutivo, el mismo tendrá derecho a percibir una indemnización bruta equivalente a dos años de la suma de la retribución fija y variable vigente en el momento del cese.
• Límite. El importe total de las indemnizaciones a satisfacer, en su caso, al Presidente Ejecutivo en virtud del contrato no podrá exceder en su conjunto de dos anualidades de su retribución fija y variable anual.
• Cláusula de recobro (claw-back). Cláusula que permite a la Sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la retribución, cuando se ponga de manifiesto que su liquidación y abono se ha producido total o parcialmente en base a información falsa o inexacta o cuando afloren riesgos u otras circunstancias no previstas ni asumidas por la Sociedad, que tengan un efecto negativo material sobre la cuenta de resultados.

La Política de Remuneraciones Vigente no prevé remuneración suplementaria alguna como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo para los Consejeros en su condición de tales, ni para los Consejeros con funciones ejecutivas.
La Política de Remuneraciones Vigente no contempla la posibilidad como forma de remuneración para los Consejeros de ningún tipo de crédito, ni anticipo, ni garantía, ni ninguna otra remuneración diferente de las indicadas de forma expresa en la citada Política de Remuneraciones Vigente y, por tanto, no se prevé que se devengue cantidad alguna en el ejercicio en curso por estos conceptos.
A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
La Política de Remuneraciones Vigente no prevé el devengo de ninguna otra remuneración suplementaria no incluida en los apartados anteriores para los Consejeros.
Durante el ejercicio en curso, no se ha producido ningún cambio relevante en la Política de Remuneraciones vigente y a la fecha de redacción del presente informe, no se prevé que el Consejo de Administración proponga a la Junta General de Accionistas ningún cambio relacionado con dicha Política de Remuneraciones Vigente.
A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.
https://gestamp.com/Gestamp11/media/GestampFiles/Shareholders%20Investors/Corporate%20Governance/Corporate%20Policies/Director %20Remuneration/DOC-12A-Politica-Remuneraciones-Consejeros-2024-2026.pdf?ext=.pdf
La Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 9 de mayo de 2023 aprobó como punto separado en el orden del día, con carácter consultivo, y con un 98,36% de los votos emitidos a favor, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de la Sociedad del ejercicio 2022. Este acuerdo obtuvo 1,61% de votos en contra, y un 0,03% de abstenciones. A este respecto, se hace constar que no se realizó ninguna intervención por parte de ningún accionista respecto del referido punto del orden del día.

B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
El proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones vigente durante el ejercicio 2023 (en adelante, la "Política de Remuneraciones") y determinar las retribuciones individuales de los Consejeros ha sido el siguiente: El Consejo de Administración, en su reunión de 19 de diciembre de 2022, aprobó, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, el incremento del importe de la remuneración fija de los Consejeros en su condición de tales durante el ejercicio 2023, quedando, por tanto, las determinaciones de la remuneración de los Consejeros en su condición de tales de la siguiente manera, esto es: • Una retribución fija por pertenencia al Consejo de Administración: 85.000 euros anuales (habiendo sido en el ejercicio 2022 de 80.000 euros/año).
• Una retribución fija por pertenencia a Comisiones: 20.000 euros anuales (habiendo sido en el ejercicio 2022 de 15.000 euros/año). • Una retribución fija por Presidencia de alguna Comisión: 20.000 euros anuales (habiendo sido en el ejercicio 2022 de 15.000 euros/año). La retribución global así determinada para los Consejeros por su condición de tales para el ejercicio 2023 fue de 1.195.000 euros anuales y, por tanto, inferior al límite máximo global definido en la Política de Remuneraciones (1.200.000 euros anuales). La diferencia con respecto al importe de remuneración del ejercicio 2022 se encuentra explicada en el apartado B.5 del presente informe.
En relación a los Consejeros Ejecutivos, se aprobó incrementar el paquete retributivo, de la siguiente manera:
• Presidente Ejecutivo. Se aprobó incrementar un 5% la retribución fija y variable:
o Retribución fija anual: 749.700 euros (siendo en el ejercicio 2022 de 714.000 euros/año).
o Retribución variable anual: 321.300 euros (siendo en el ejercicio 2022 de 306.000 euros/año).
• Consejero Ejecutivo. Se aprobó incrementar un 5% la retribución fija:
o Retribución fija anual: 315.000 euros (siendo en el ejercicio 2022 de 300.000 euros/año).
El Consejero Ejecutivo no era beneficiario de una retribución variable anual.
Respecto al Incentivo a Largo Plazo del que era beneficiario el Consejero Ejecutivo, éste estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, liquidándose y abonándose en mayo de 2023.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 27 de febrero de 2023:
• Verificó el grado de cumplimiento del componente variable de remuneración anual del Presidente Ejecutivo para el ejercicio 2022, así como el resultado de dicho componente. Posteriormente fue aprobado por Consejo de Administración en su reunión de la misma fecha. En este sentido, el porcentaje de consecución de los objetivos del 2022 fue de un 108,5% y, por tanto, el Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración percibió 332.010 euros por este concepto. El nivel de consecución total alcanzado es el resultado de aplicar los siguientes cálculos:
(Componentes financieros 75% *Grado de consecución 112,9%) + (Componente no financiero 25% * Grado de consecución 95%)
• Verificó el grado de cumplimiento del Incentivo a Largo Plazo del que era beneficiario el Consejero Ejecutivo y cuyo plazo de vigencia finalizó el 31 de diciembre de 2022. Posteriormente dicho grado de consecución fue aprobado por Consejo de Administración en su reunión de la misma fecha. En este sentido, el porcentaje de consecución fue de un 105% y, por tanto, el Consejero Ejecutivo percibió 3.150.000 euros por este concepto.
Las cantidades reflejadas fueron abonadas a finales de mayo después de haberse completado la auditoría externa sin salvedades y de la aprobación de las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo por la Junta General de Accionistas de las Sociedad de fecha 9 de mayo de 2023.
Por último, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 27 de febrero de 2024, ha verificado el grado de cumplimiento del componente variable de remuneración anual del Presidente Ejecutivo para el ejercicio 2023, así como el resultado de dicho componente. Posteriormente fue aprobado por Consejo de Administración en su reunión de la misma fecha. En este sentido, el porcentaje de consecución de los objetivos de la retribución variable anual del Presidente Ejecutivo para el ejercicio 2023 ha sido del 91.8%. Con ello, el Presidente Ejecutivo percibirá por este concepto 294.953 euros una vez las Cuentas Anuales Consolidadas del ejercicio 2023 sean auditadas por el auditor externo de la Sociedad y, en su caso, aprobadas por la Junta General de Accionistas de la Sociedad que se celebrará en mayo de 2024. El nivel de consecución total alcanzado es el resultado de aplicar los siguientes cálculos:
(Componentes financieros 75% *Grado de consecución 93,1%) +(Componente no financiero 25% * Grado de consecución 88,0%)

B.1.2 Explique cualquier desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones que se haya producido durante el ejercicio.
No se ha producido ningún hecho o circunstancia que haya supuesto una desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la Política de Remuneraciones durante el ejercicio en curso.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
No se ha aplicado ninguna excepción temporal a la Política de Remuneraciones durante el ejercicio en curso.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Acciones adoptadas por las Sociedad en relación con el sistema de remuneración de la Sociedad que hayan contribuido a reducir a la exposición de riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad:
De un lado, el principal objetivo de la Política de Remuneraciones de la Sociedad es la creación de valor del Grupo de forma sostenida en el tiempo, la consecución de la estrategia de la Sociedad y que a su vez permita atraer, retener y motivar a los mejores profesionales. En este sentido, la retribución de todos los Consejeros se asienta en los principios de suficiencia, competitividad, dedicación, razonabilidad, proporcionalidad, buen gobierno, desempeño y equidad.
De otro, la remuneración de los Consejeros Ejecutivos y Directivos del Grupo se compone, además de una remuneración fija, de una: • Remuneración variable anual. Tanto los elementos financieros como los elementos no financieros de la retribución variable anual están vinculados al valor del Grupo y que, al ser recurrente, evita una excesiva asunción de riesgos.
• Remuneración variable plurianual. La remuneración variable plurianual, persigue la creación de valor a largo plazo, fomentar la retención y motivación del personal Directivo, así como alinear sus intereses con los intereses de la Sociedad, según se define en el Plan Estratégico del Grupo en cada momento, y que de forma indirecta se alinean también con los intereses de los accionistas en cuanto que contribuye a la generación de valor de los accionistas. Al ser un objetivo a largo plazo, modera la asunción de riesgos.
Medidas adoptadas para aquellas categorías de personal cuya actividad profesional puede tener repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad.
Los sistemas de retribución variable a corto plazo y largo plazo, se basan en criterios estrictamente objetivos cuyos componentes tienen la flexibilidad suficiente para permitir su modulación en función del grado de consecución de los objetivos fijados, incluso no devengándose retribución variable en caso de que los objetivos de la Sociedad no se hubieran alcanzado en un porcentaje mínimo, no estando por tanto garantizadas las remuneraciones variables.
Todos los objetivos fijados para los Consejeros con funciones ejecutivas y la Alta Dirección, así como los niveles de consecución de los mismos, son propuestos por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y aprobados por el Consejo de Administración y no son satisfechos hasta la auditoría y aprobación de las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo por la Junta General de Accionistas de la Sociedad. Además, los contratos de los Consejeros con funciones ejecutivas contemplan una cláusula de reembolso (claw-back) que permite a la Sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la retribución cuando se ponga de manifiesto que su liquidación y abono se ha producido total o parcialmente en base a información falsa o inexacta o cuando afloren riesgos u otras circunstancias no previstas ni asumidas por la Sociedad, que tengan un efecto negativo material sobre las cuentas de resultados.
B.3. Explique cómo la remuneración devengada y consolidada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente y, en particular, cómo contribuye al rendimiento sostenible y a largo plazo de la sociedad.

Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 18 de diciembre de 2023, verificó y confirmó el cumplimiento de la Política de Remuneraciones aplicada en el ejercicio 2023.
En cuanto a la remuneración de los Consejeros en su condición de tales, se verificaron los importes para el ejercicio 2023, acordados por el Consejo de Administración en su reunión de 19 de diciembre de 2022, y se comprobó que los mismos no superaban el importe máximo anual de 1.200.000 euros definido en la Política de Remuneraciones vigente en aquel momento. Las cantidades agregadas para todos los consejeros en su condición de tales que se han devengado y satisfecho en el ejercicio 2023 son las siguientes:
• Retribución fija por pertenencia al Consejo de Administración: 935.000euros.
• Retribución fija por pertenencia a Comisiones: 200.000euros.
• Retribución fija por Presidencia de alguna Comisión: 60.000 euros.
No existen otros conceptos retributivos, ni beneficios sociales para los Consejeros en su condición de tales.
La retribución obtenida por los Consejeros en su condición de tales no está vinculada a la obtención de resultados u otras medidas de rendimiento.
Del mismo modo, en cuanto a la remuneración fija de los Consejeros con funciones ejecutivas, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 18 de diciembre de 2023, concluyó que ésta cumplía con lo establecido en la Política de Remuneraciones, y con las determinaciones acordadas para el ejercicio 2023 por el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión del 19 de diciembre de 2022.
El importe y naturaleza de los componentes fijos de la retribución de los Consejeros Ejecutivos devengados en el ejercicio 2023 han sido los siguientes:
• Retribución fija del Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración: 749.700 euros.
• Retribución fija Consejero Ejecutivo: 315.000 euros.
La retribución fija obtenida por los Consejeros por sus funciones ejecutivas no está vinculada a la obtención de resultados u otras medidas de rendimiento.
En lo que se refiere a la retribución variable anual del Presidente Ejecutivo, ésta se basa en parámetros financieros y no financieros. En lo que respecta a los parámetros financieros, cualquier variación del resultado de la Sociedad influye directamente sobre dicha remuneración. En cuanto a los parámetros no financieros, la retribución variable anual se encuentra vinculada al grado de consecución de dos proyectos estratégicos para el Grupo: de un lado, el proyecto de transformación de la Sociedad, denominado ATENEA, que ha permitido, través de diferentes iniciativas con impacto en toda la organización, mejorar la eficiencia y la eficacia de los procesos y los sistemas, así como la organización y la cultura de la Sociedad asegurando en un sentido amplio, la sostenibilidad de la Sociedad en el largo plazo. De otro lado, el Plan Estratégico ESG 2025, el cual persigue, a través de una serie de iniciativas con horizonte temporal a 3 años, la creación de valor del Grupo de forma sostenida en el tiempo, la mejora de la competitividad y la mitigación de riesgos con el fin último de alinear los intereses del Grupo con los de la sociedad en general y con los diferentes grupos de interés en particular.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 27 de febrero de 2024, ha verificado el grado de cumplimiento del componente variable de remuneración anual de los Consejeros Ejecutivos para el ejercicio 2023, así como el resultado de dicho componente. Posteriormente ha sido aprobado por el Consejo de Administración en su reunión de la misma fecha. En este sentido, respecto del Presidente Ejecutivo, el porcentaje de consecución de los objetivos para el ejercicio 2023 ha sido del 91.8%. Con ello, el Presidente Ejecutivo percibirá por este concepto 294.953 euros, una vez las Cuentas Anuales Consolidadas del ejercicio 2023 sean auditadas por el auditor externo de la Sociedad y, en su caso, aprobadas por la Junta General de Accionistas de la Sociedad que se celebrará en 2024.
El nivel de consecución total alcanzado es el resultado de aplicar los siguientes cálculos:
(Componentes financieros 75% *Grado de consecución 93,1%) +(Componente no financiero 25% * Grado de consecución 88,0%)
| Número | % sobre el total | |||
|---|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 509.370.651 | 88,51 | ||
| Número | % sobre emitidos | |||
| Votos negativos | 8.195.252 | 1,61 |

| Número | % sobre emitidos | |
|---|---|---|
| Votos a favor | 501.025.099 | 98,36 |
| Votos en blanco | 0,00 | |
| Abstenciones | 150.300 | 0,03 |
Se hace constar que no se realizó ninguna intervención por parte de ningún accionista respecto del punto 6º del orden del día de la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 9 de mayo de 2023, relativo a la votación consultiva del Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros 2022.
La remuneración de los Consejeros en su condición de tales consiste exclusivamente en una remuneración fija por pertenencia al Consejo de Administración y por pertenencia a y/o presidencia de alguna de sus Comisiones, tal y como establece la Política de Remuneraciones. No se contempla ningún otro componente fijo o variable en la remuneración de los Consejeros en su condición de tales. Dicha remuneración fue determinada para el ejercicio 2023 por el Consejo de Administración en su reunión de fecha 19 de diciembre de 2022, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, tal y como se ha explicado en el apartado B.1.
A continuación, se detalla la proporción relativa de la remuneración fija de cada Consejero para el ejercicio2023 y el ejercicio 2022: Nombre Peso relativo 2023 Peso relativo 2022
D. ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ 10,46% 10,23% Dña. ANA GARCÍA FAU 10,46% 10,23% D. CÉSAR CERNUDA REGO 10,46% 10,23% D. PEDRO SAINZ DE BARANDA 8,79% 8,84% D. JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO 8,79% 8,84% Dña. CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO 8,79% 8,84% D. GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ 8,79% 8,84% D. NORIMICHI HATAYAMA 7,11% 7,44% D. JUAN MARÍA RIBERAS MERA 8,79% 8,84% Dña. LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS 8,79% 8,84%
Dña. CHISATO EIKI 8,79% 8,84% Total 100,00% 100,00%
La variación con respecto al año 2022 se debe al incremento de la remuneración de los consejeros en su condición de tales por pertenencia al Consejo, pertenencia a sus Comisiones y por presidencia de las Comisiones, tal y como se ha explicado anteriormente en el apartado B.1.1. Las remuneraciones de cada uno de los Consejeros en su condición de tales durante el ejercicio 2023 ha obedecido a las siguientes funciones: • D. Alberto Rodríguez-Fraile Díaz fue retribuido como vocal del Consejo de Administración y por su pertenencia y presidencia de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
• Dña. Ana García Fau fue retribuida como vocal del Consejo de Administración y por su pertenencia y presidencia de la Comisión de Auditoría. • D. César Cernuda Rego fue retribuido como vocal del Consejo de Administración y por su pertenencia y presidencia de la Comisión de Sostenibilidad.
• D. Pedro Sainz de Baranda fue retribuido como vocal del Consejo de Administración y por su pertenencia a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
• D. Javier Rodríguez Pellitero fue retribuido como vocal del Consejo de Administración y por su pertenencia a la Comisión de Auditoría.
• Dña. Concepción Rivero Bermejo fue retribuida como vocal del Consejo de Administración y por su pertenencia a la Comisión de Sostenibilidad.
• D. Gonzalo Urquijo Fernández de Araoz fue retribuido como vocal del Consejo de Administración y por su pertenencia a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
• Dña. Chisato Eiki fue retribuida como vocal del Consejo y por su pertenencia a la Comisión de Sostenibilidad.

B.6. Explique cómo se han determinado los sueldos devengados y consolidados, durante el ejercicio cerrado, por cada uno de los consejeros ejecutivos por el desempeño de funciones de dirección, y cómo han variado respecto al año anterior.
El importe de remuneración de los Consejeros Ejecutivos para el ejercicio 2023 fue determinado por el Consejo de Administración en su reunión de fecha 19 de diciembre de 2022 a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. En dicha reunión se acordaron los siguientes importes:
Presidente Ejecutivo: se acordó un incremento del 5% sobre la retribución fija y variable aplicada en el ejercicio 2022:
Retribución fija anual: 749.700 euros (habiendo sido en el ejercicio2022 de 714.000 euros/año).
Retribución variable anual: 321.300 euros (habiendo sido en el ejercicio 2022 de 300.000 euros/año).
Consejero Ejecutivo: se acordó un incremento del 5% sobre la retribución fija aplicada en el ejercicio 2022:
Retribución fija anual: 315.000 euros anuales (habiendo sido en el ejercicio 2022 de 300.000 euros/año).
Retribución variable plurianual: No se modificó el importe de la retribución variable plurianual, permaneciendo su importe en 3.000.000 euros, para un porcentaje de desempeño del 100%.
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados y consolidados en el ejercicio cerrado.
Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:
Sólo la remuneración de los Consejeros con funciones ejecutivas contempla elementos de naturaleza variable según establece la Política de Remuneraciones.
La remuneración variable de los Consejeros con funciones ejecutivas tiene como objetivo: (i) vincular parte de su retribución a la consecución de objetivos concretos, alineados con los objetivos estratégicos y la creación de valor del Grupo, (ii) potenciar su compromiso y (iii) vincular sus objetivos a corto y largo plazo con los del Grupo y sus accionistas.

La evaluación de la consecución de objetivos para la determinación de los importes variables a satisfacer a los Consejeros con funciones ejecutivas es realizada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Una vez determinado su importe, es aprobado por el Consejo de Administración. Al tratarse, tanto en el caso de la retribución variable anual como de la retribución variable plurianual, de un sistema de retribución variable ligado, entre otros, a objetivos económico-financieros cuantificables e incluidos en las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo, su consolidación y abono se difiere hasta la auditoría externa y la aprobación de las mismas por la Junta General de Accionistas.
La retribución variable anual, aplicable al Presidente Ejecutivo, D. Francisco José Riberas Mera, para el ejercicio 2023 contiene parámetros de naturaleza financiera, con un peso relativo del 75% sobre el total de la remuneración variable anual y un parámetro de naturaleza no financiera con un peso relativo del 25%.
Los parámetros financieros se encuentran ligados al cumplimiento de dos objetivos económico-financieros con diferente nivel de ponderación: 60% vinculado al EBITDA consolidado y 40% vinculado al Flujo de Caja Libre (Free Cash Flow) definidos en el Presupuesto anual. El grado de cumplimiento de los mismos se calcula comparando el valor real obtenido en el ejercicio y el valor objetivo definido en el presupuesto anual. Los parámetros no financieros se encuentran vinculados al cumplimiento de dos objetivos con el mismo nivel de ponderación, esto es un 12.5% cada uno. Dichos parámetros consisten en:
• de un lado, el cumplimiento del programa estratégico de transformación de la Sociedad, denominado ATENEA, lanzado en 2021 y que es periódicamente presentado al Consejo de Administración para revisar su grado de consecución y avance. El programa ATENEA, de alcance global con horizonte temporal a varios años permitirá, a través de diferentes iniciativas con impacto en toda la organización, mejorar la eficiencia y la eficacia de los procesos y los sistemas, así como la organización y la cultura de la Sociedad asegurando en un sentido amplio, la sostenibilidad de la Sociedad en el largo plazo. El grado de cumplimiento de los objetivos definidos para cada una de las iniciativas que componen el programa se calcula sobre la base del nivel de consecución o avance de los compromisos adquiridos para el año de referencia según determine por el Comité de Dirección.
• de otro lado, el cumplimiento del Plan Estratégico de ESG 2025, que fue aprobado por el Consejo de Administración el 19 de diciembre de 2022 previa propuesta de la Comisión de Sostenibilidad. Este plan persigue, a través de una serie de iniciativas con horizonte temporal a 3 años, la creación de valor del Grupo de forma sostenida en el tiempo, la mejora de la competitividad y la mitigación de riesgos con el fin último de alinear los intereses del Grupo con los de la sociedad en general y con los diferentes grupos de interés en particular. Su grado de consecución es calculado por el Comité de Sostenibilidad del Grupo, siendo posteriormente validado por la Comisión de Sostenibilidad.
El importe de la retribución variable anual en su conjunto se calcula tomando como base la retribución variable objetivo, a la que se le aplica un porcentaje en función del grado de consecución de cada uno de los objetivos definidos y teniendo en cuenta sus pesos relativos. La curva de pago tiene un umbral mínimo de un 70% y un umbral máximo del 120% para cada uno de los objetivos definidos. Si el resultado alcanzado es inferior al 70% no se retribuirá cantidad alguna para el objetivo en cuestión y si se encuentra entre el umbral mínimo (70%) y máximo (120%) se retribuirá un importe que variará en función del porcentaje realmente obtenido. Por encima del umbral máximo del 120%, se retribuirá al 120%, con independencia del resultado obtenido.
El importe objetivo de la remuneración variable anual del Presidente Ejecutivo en 2023 era de 321.300 euros anuales, asumiendo un porcentaje de desempeño del 100%, según determinó el Consejo de Administración en su reunión del 19 de diciembre de 2022, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 27 de febrero de 2024, ha verificado el grado de cumplimiento del componente variable de remuneración anual del Presidente Ejecutivo para el ejercicio 2023, así como el resultado de dicho componente. Posteriormente fue aprobado por Consejo de Administración en su reunión de la misma fecha. En este sentido, el porcentaje de consecución de los objetivos para el ejercicio 2023 ha sido del 91,8%. Con ello, el Presidente Ejecutivo percibirá por este concepto 294.953 euros una vez las Cuentas Anuales Consolidadas del ejercicio 2023 sean auditadas por el auditor externo de la Sociedad y, en su caso, aprobadas por la Junta General de Accionistas de la Sociedad que se celebrará en 2024.
El nivel de consecución total alcanzado es el resultado de aplicar los siguientes cálculos:
(Componentes financieros 75% *Grado de consecución 93,1%) +(Componente no financiero 25% * Grado de consecución 88,0%)
El Plan de Incentivos a Largo Plazo 2022, aprobado por el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 29 de octubre de 2020 y del que el Consejero Ejecutivo, D. Francisco López Peña era beneficiario (junto con otros Directivos de la Sociedad), tenía como objetivo la creación del valor del Grupo para el periodo de referencia. El Plan se encontraba ligado al cumplimiento de un objetivo estrictamente económico-financiero. En mayo de 2023, se procedió a la liquidación y pago del mismo, a través de una cuantía en metálico, una vez que se verificó el cumplimiento del objetivo económico al que estaba vinculado el Plan, tras completarse la auditoría externa sin salvedades y tras la aprobación de las Cuentas Anuales Consolidadas del ejercicio 2022 por parte de la Junta General de Accionistas.
A efectos de la liquidación y pago del Plan de Incentivos a Largo Plazo 2022, la creación de valor se determinaba como un múltiplo del EBITDA consolidado menos la Deuda Neta. La curva de pago tenía un umbral mínimo de un 70% y un umbral máximo del 120%. Si el resultado alcanzado era inferior al 70% no se retribuía cantidad alguna para el objetivo en cuestión y si se encontraba entre el umbral mínimo (70%) y máximo (120%) se retribuía un importe que variaba en función del porcentaje realmente obtenido. Por encima del umbral máximo del 120%, se retribuía al 120%, con independencia del resultado obtenido.
Con ello, el importe de la retribución variable plurianual del Consejero Ejecutivo, D. Francisco López Peña, al que dio lugar el Plan tras su liquidación fue de 3.150.000 euros puesto que el grado de consecución alcanzado fue del 105%. Si bien, tal y como se ha indicado, el importe liquidado en virtud del Plan de Incentivos a Largo Plazo 2022 se ha abonado íntegramente en el ejercicio 2023, éste incluye la remuneración a largo plazo desde el año 2016, es decir, para un total de 7 años, por lo que el importe anual resultante de dicha remuneración es de 450.000 euros.

segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
Tal y como establece la Política de Remuneraciones, los contratos firmados entre la Sociedad y los Consejeros Ejecutivos incluyen una cláusula de recobro (claw-back). No obstante, hasta la fecha, no se ha procedido a reducir o reclamar la devolución de componentes variables, dado que no se han producido los supuestos para la aplicación de la cláusula de recobro (no se ha puesto de manifiesto que la liquidación y abono de dichos componentes variables se haya producido total o parcialmente en base a información falsa o inexacta, ni han aflorado riesgos u otras circunstancias no previstas ni asumidas por la Sociedad, que tengan un efecto negativo material sobre las cuentas de resultados).
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
La Política de Remuneraciones no contempla sistemas de ahorro a largo plazo para los Consejeros en su condición de tales, ni para los Consejeros con funciones ejecutivas.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
Durante el ejercicio 2023, no se ha producido ningún pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado del cese anticipado o de la terminación de la relación contractual en relación con ninguno de los miembros del Consejo de Administración.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.
Durante el ejercicio 2023 no se han producido modificaciones en los contratos de quienes ejercen funciones de alta dirección como Consejeros ejecutivos. Asimismo, las condiciones principales del contrato firmado con el Presidente Ejecutivo han quedado explicadas en el apartado A.1.
B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
La Política de Remuneraciones aplicable no contempla ningún tipo de remuneración suplementaria.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
La Política de Remuneraciones no contempla retribución alguna derivada de la concesión a los Consejeros de ningún tipo de crédito, anticipo o garantía.
En 2016, con anterioridad a la aprobación de la mencionada Política, la Sociedad ofreció a ciertos directivos clave para el Grupo, entre ellos, al Consejero D. Francisco López Peña, la posibilidad de comprar acciones de la Sociedad a precio de mercado. Para ello, la Sociedad concedió a dichos Directivos (entre los que se encontraba D. Francisco López Peña) un préstamo al tipo de interés legal del dinero por lo que, en consecuencia, dicho préstamo no es considerado a ningún efecto parte de la remuneración de los Directivos que lo suscribieron.

La Política de Remuneraciones no contempla remuneración en especie alguna para los Consejeros en su condición de tales.
Respecto a los Consejeros con funciones ejecutivas, D. Francisco López Peña ha dispuesto de vehículo de empresa y seguro de vida durante el ejercicio2023, conforme a la política establecida para los empleados que formen parte de los servicios corporativos del Grupo y a lo establecido en la Política de Remuneraciones. A continuación, se reflejan las cantidades devengadas en 2023 por estos conceptos:
• Primas de seguro de vida cuyo importe asciende a 6.093 euros anuales. • Coche de empresa cuyo importe asciende a 6.247 euros anuales.
Por su parte, respecto al Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración, la Política de Remuneraciones no prevé ninguna retribución en especie.
El 23 de diciembre de 2016 el accionista significativo de la Sociedad, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. suscribió un pacto con, entre otros, Mitsui & Co., Ltd. Este pacto, comunicado a la CNMV mediante Hecho Relevante de 7 de abril de 2017 (Nº Registro 250532), contempla entre otras cuestiones, el derecho de Mitsui & Co., Ltd. de proponer el nombramiento de dos Consejeros del Consejo de Administración de la Sociedad. Las remuneraciones devengadas por los miembros del Consejo de Administración nombrados por la Junta General de Accionistas a propuesta de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. en cumplimiento del pacto parasocial referido, esto es, D. Norimichi Hatayama y Dña. Chisato Eiki (cuyos nombramientos se produjeron el 2 de abril de 2020 y el 1 de abril de 2021, respectivamente), ascendieron a un importe total de 190.000 euros durante el ejercicio 2023 y fueron abonadas, por petición expresa de los mencionados Consejeros dominicales a una cuenta de Mitsui & Co., Ltd.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
A fecha del presente informe, no hay ningún concepto retributivo distinto de los anteriores para los Consejeros de la Sociedad devengado durante el ejercicio 2023.

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2023 |
|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | Presidente Ejecutivo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | Consejero Coordinador | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña ANA GARCÍA FAU | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | Consejero Otro Externo | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don NORIMICHI HATAYAMA | Consejero Dominical | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | Vicepresidente Dominical | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS | Consejero Independiente | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |
| Doña CHISATO EIKI | Consejero Dominical | Desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | 750 | 295 | 1.045 | 1.046 | ||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | 315 | 3.150 | 12 | 3.477 | 312 | |||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | 85 | 40 | 125 | 110 | ||||||
| Doña ANA GARCÍA FAU | 85 | 40 | 125 | 110 | ||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | 85 | 40 | 125 | 110 | ||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | 85 | 20 | 105 | 95 | ||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | 85 | 20 | 105 | 95 | ||||||
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO | 85 | 20 | 105 | 95 | ||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | 85 | 20 | 105 | 95 | ||||||
| Don NORIMICHI HATAYAMA | 85 | 85 | 80 | |||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | 85 | 20 | 105 | 95 | ||||||
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS | 85 | 20 | 105 | 95 | ||||||
| Doña CHISATO EIKI | 85 | 20 | 105 | 95 |
Tanto el nivel de consecución como el importe del Incentivo a Largo Plazo 2022 del Consejero Ejecutivo D. Francisco López Peña fueron verificados por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y aprobados por el Consejo de Administración en sus reuniones de fecha 27 de febrero de 2023. La liquidación del mismo se difirió hasta mayo del 2023 hasta la formulación de la auditoría externa sin salvedades y la aprobación de las Cuentas Anuales del Grupo correspondientes al ejercicio 2022, tal y como se explica en el apartado B.7 del presente informe. El importe del Incentivo a Largo Plazo 2022 tras su liquidación ha sido de 3.150.000 euros

puesto que el grado de consecución alcanzado ha sido del 105%. Si bien, tal y como se ha indicado, el importe liquidado en virtud del Plan de Incentivos a Largo Plazo 2022 se ha abonado íntegramente en el ejercicio 2023, éste incluye la remuneración a largo plazo desde el año 2016, es decir, para un total de 7 años, por lo que el importe anual resultante de dicha remuneración es de 450.000 euros.
| Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA GARCÍA FAU |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don NORIMICHI HATAYAMA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña CHISATO EIKI | Plan | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | |
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | |
| Doña ANA GARCÍA FAU | |
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | |
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO | |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | |
| Don NORIMICHI HATAYAMA | |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | |
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS | |
| Doña CHISATO EIKI |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | ||
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
|||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | |||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ FRAILE DÍAZ |
|||||||||
| Doña ANA GARCÍA FAU | |||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | |||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
|||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | |
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO |
||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
||||||||
| Don NORIMICHI HATAYAMA | ||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA |
||||||||
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS |
||||||||
| Doña CHISATO EIKI |
Observaciones
iv) Detalle de otros conceptos
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | Concepto | |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | Concepto | |
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | Concepto |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Doña ANA GARCÍA FAU | Concepto | |
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | Concepto | |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | Concepto | |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | Concepto | |
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO | Concepto | |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | Concepto | |
| Don NORIMICHI HATAYAMA | Concepto | |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | Concepto | |
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS | Concepto | |
| Doña CHISATO EIKI | Concepto |
Observaciones
b) Retribuciones a los consejeros de la sociedad cotizada por su pertenencia a órganos de administración de sus entidades dependientes:
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | ||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2023 |
Total ejercicio 2022 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | ||||||||||
| Doña ANA GARCÍA FAU | ||||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | ||||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | ||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | ||||||||||
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO | ||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | ||||||||||
| Don NORIMICHI HATAYAMA | ||||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | ||||||||||
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS | ||||||||||
| Doña CHISATO EIKI |
Observaciones

| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante principio del ejercicio 2023 el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación Nombre del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA GARCÍA FAU |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |
Plan | 0,00 |

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2023 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2023 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don NORIMICHI HATAYAMA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña CHISATO EIKI | Plan | 0,00 |
Observaciones

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | |
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | |
| Doña ANA GARCÍA FAU | |
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | |
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO | |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | |
| Don NORIMICHI HATAYAMA | |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | |
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS | |
| Doña CHISATO EIKI |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | |||
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | |||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ FRAILE DÍAZ |
||||||||||
| Doña ANA GARCÍA FAU | ||||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | ||||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |
||||||||||
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO |
||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
||||||||||
| Don NORIMICHI HATAYAMA | ||||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA |
||||||||||
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS |
||||||||||
| Doña CHISATO EIKI |

Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | Concepto | |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | Concepto | |
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | Concepto | |
| Doña ANA GARCÍA FAU | Concepto | |
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | Concepto | |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | Concepto | |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | Concepto | |
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO | Concepto | |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | Concepto | |
| Don NORIMICHI HATAYAMA | Concepto | |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | Concepto | |
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS | Concepto | |
| Doña CHISATO EIKI | Concepto |

Observaciones
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 grupo |
Total ejercicio 2023 sociedad + grupo |
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
1.045 | 1.045 | 1.045 | ||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA |
3.477 | 3.477 | 3.477 | ||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ |
125 | 125 | 125 | ||||||||
| Doña ANA GARCÍA FAU | 125 | 125 | 125 | ||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO |
125 | 125 | 125 | ||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
105 | 105 | 105 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2023 grupo |
Total ejercicio 2023 sociedad + grupo |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |
105 | 105 | 105 | ||||||||
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO |
105 | 105 | 105 | ||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
105 | 105 | 105 | ||||||||
| Don NORIMICHI HATAYAMA |
85 | 85 | 85 | ||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA |
105 | 105 | 105 | ||||||||
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS |
105 | 105 | 105 | ||||||||
| Doña CHISATO EIKI | 105 | 105 | 105 | ||||||||
| TOTAL | 5.717 | 5.717 | 5.717 |
Observaciones

C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | |||
| Consejeros ejecutivos | |||||||||||
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
1.045 | -0,10 | 1.046 | 1,95 | 1.026 | 77,20 | 579 | -40,55 | 974 | ||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | 3.477 | n.s | 312 | -1,58 | 317 | -56,22 | 724 | -8,70 | 793 | ||
| Consejeros externos | |||||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ |
125 | 13,64 | 110 | 0,00 | 110 | 17,02 | 94 | -14,55 | 110 | ||
| Doña ANA GARCÍA FAU | 125 | 13,64 | 110 | 2,80 | 107 | 32,10 | 81 | -14,74 | 95 | ||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | 125 | 13,64 | 110 | 13,40 | 97 | 42,65 | 68 | -15,00 | 80 | ||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
105 | 10,53 | 95 | 0,00 | 95 | 17,28 | 81 | -14,74 | 95 | ||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |
105 | 10,53 | 95 | -4,04 | 99 | 5,32 | 94 | -14,55 | 110 | ||
| Doña CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO |
105 | 10,53 | 95 | 6,74 | 89 | 30,88 | 68 | 100,00 | 34 | ||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
105 | 10,53 | 95 | 0,00 | 95 | 17,28 | 81 | -14,74 | 95 | ||
| Don NORIMICHI HATAYAMA | 85 | 6,25 | 80 | 0,00 | 80 | 56,86 | 51 | - | 0 |

| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | 105 | 10,53 | 95 | 0,00 | 95 | 17,28 | 81 | -14,74 | 95 |
| Doña LORETO ORDOÑEZ SOLÍS | 105 | 10,53 | 95 | 55,74 | 61 | - | 0 | - | 0 |
| Doña CHISATO EIKI | 105 | 10,53 | 95 | 37,68 | 69 | - | 0 | - | 0 |
| Resultados consolidados de la sociedad |
|||||||||
| 414.184 | 5,81 | 391.455 | 40,96 | 277.712 | - | -166.545 | - | 334.082 | |
| Remuneración media de los empleados |
|||||||||
| 33 | 6,45 | 31 | 6,90 | 29 | -3,33 | 30 | -3,23 | 31 |
Nota 1. Variación en los importes entre 2022 y 2023. La variación de la remuneración entre 2022 y 2023 se debe al acuerdo del Consejo de Administración de fecha 19 de diciembre de 2022, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, por el que se acordó un aumento de la remuneración de los consejeros en su condición de tales, por su pertenencia al Consejo de Administración, y pertenencia a y presidencia de alguna de sus Comisiones, tal y como se ha referido en el apartado B del presente informe y que se corresponde con las siguientes funciones:

Nota 3. Retribución variable plurianual D. Francisco López Peña. Tanto el nivel de consecución como el importe del Incentivo a Largo Plazo 2022 del Consejero Ejecutivo D. Francisco López Peña, fueron verificados por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y aprobados por el Consejo de Administración en sus reuniones de fecha 27 de febrero de 2023. La liquidación del mismo se difirió hasta mayo del 2023 hasta la formulación, la auditoría externa sin

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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