Major Shareholding Notification • Feb 28, 2024
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PS. DE LA HABANA N.74 (MADRID)
| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2023 | |
|---|---|---|
| CIF: | A82473018 | |
| Denominación Social: RENTA 4 BANCO, S.A. |
||
| Domicilio social: |
A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:
Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:
[ ] Sí
[ √ ] No
| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de |
|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | |
| 27/09/2011 | 18.311.941,35 | 40.693.203 | 40.693.203 |
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
[ ] Sí
[ √ ] No
A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:
| Nombre o denominación |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de | ||
|---|---|---|---|---|---|
| social del accionista | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | derechos de voto |
| DOÑA MARIA BEATRIZ LOPEZ PERERA |
0,00 | 5,07 | 0,00 | 0,00 | 5,07 |
| DON ÓSCAR BALCELLS CURT |
0,21 | 5,57 | 0,00 | 0,00 | 5,78 |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
7,65 | 31,97 | 0,00 | 0,00 | 39,62 |
| INDUMENTA PUERI S.L. |
0,00 | 5,59 | 0,00 | 0,00 | 5,59 |
| Nombre o denominación social del titular indirecto |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
|---|---|---|---|---|
| DON ÓSCAR BALCELLS CURT |
98 FUTUR 2000, S.L. | 0,57 | 0,00 | 0,57 |
| Nombre o denominación social del titular indirecto |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
|---|---|---|---|---|
| DON ÓSCAR BALCELLS CURT |
LORA DE INVERSIONES S.L. |
5,00 | 0,00 | 5,00 |
| DOÑA MARIA BEATRIZ LOPEZ PERERA |
CONTRATAS Y SERVICIOS EXTREMEÑOS, S.A. |
5,07 | 0,00 | 5,07 |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
SOCIEDAD VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES, S.L. |
26,43 | 26,43 | 26,43 |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
SURIKOMI S.A | 3,11 | 3,11 | 3,11 |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
DOÑA MATILDE ESTADES SECO |
2,43 | 2,43 | 2,43 |
| INDUMENTA PUERI S.L. |
GLOBAL PORTFOLIO INVESTMENTS SL |
5,59 | 0,00 | 5,59 |
(i) En el ejercicio 2023 D. Juan Carlos ha incrementado su porcentaje de participación en la Sociedad desde el 39,566% al 39,62%. No obstante, dicha participación no supone una modificación del umbral de participación significativa.
(ii) Dña. Matilde Ureta Estades, D. Juan Carlos Ureta Estades y Dña. Inés Asunción Ureta Estades ejercen directamente sus derechos de voto, no obstante, existe un acuerdo familiar para ejercerlos concertadamente con su padre, D. Juan Carlos Ureta Domingo.
(iii) Mediante notificación de participaciones significativas presentada con fecha 16 de junio de 2023 por D. Juan Luis López, se informa de la transmisión de la sociedad Cartera de Directivos 2020, S.A. De esta manera, la posición indirecta de D. Juan Luis López se redujo del 0,912% al 0,061%.
A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:
| Nombre o denominación social del consejero |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | ||
| DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ |
0,44 | 0,10 | 0,00 | 0,00 | 0,54 | 0,00 | 0,00 |
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO |
1,42 | 2,64 | 0,00 | 0,00 | 4,06 | 0,00 | 0,00 |
| DON EDUARDO CHACON LOPEZ |
0,04 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,04 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA INES JUSTE BELLOSILLO |
0,05 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,05 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA GEMMA AZNAR CORNEJO |
0,03 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,03 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA MARÍA DEL PINO VELÁZQUEZ MEDINA |
0,01 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,01 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS-ZUÑIGA |
0,02 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,02 | 0,00 | 0,00 |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA |
1,02 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 1,02 | 0,00 | 0,00 |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
0,37 | 0,06 | 0,00 | 0,00 | 0,43 | 0,00 | 0,00 |
| DON JESÚS SANCHEZ QUIÑONES GONZALEZ |
0,51 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,51 | 0,00 | 0,00 |
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ |
0,01 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,01 | 0,00 | 0,00 |
| DON JUAN CARLOS URETA ESTADES |
0,09 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,09 | 0,00 | 0,00 |
| DON RAFAEL NAVAS LANCHAS |
0,01 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,01 | 0,00 | 0,00 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|---|---|---|---|---|---|
| DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ |
KURSAAL 2000, S.L. |
0,10 | 0,00 | 0,10 | 0,00 |
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO |
DOÑA MATILDE FERNANDEZ DE MIGUEL |
0,89 | 0,00 | 0,89 | 0,00 |
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO |
FUNDACION GONZALEZ ENCISO |
1,11 | 0,00 | 1,11 | 0,00 |
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO |
IGE-6, S.L | 0,64 | 0,00 | 0,64 | 0,00 |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
CARTERA DE DIRECTIVOS 2011, S.A. |
0,06 | 0,00 | 0,06 | 0,00 |
% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 11,95
A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.
Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:
| Nombre o denominación | Nombre o denominación | Denominación social de | Descripción relación/cargo |
|---|---|---|---|
| social del consejero o | social del accionista | la sociedad del grupo del | |
| representante, vinculado | significativo vinculado | accionista significativo | |
| DON RAFAEL NAVAS LANCHAS |
MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACIA |
MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACIA |
REPRESENTANTE DEL ACCIONISTA SIGNIFICATIVO EN EL CONSEJO DE RENTA 4 |
| DON EDUARDO CHACON | CONTRATAS Y SERVICIOS | CONTRATAS Y SERVICIOS | PRESIDENTE – CONSEJERO |
| LOPEZ | EXTREMEÑOS, S.A. | EXTREMEÑOS, S.A. | DELEGADO |
| DON JUAN CARLOS URETA ESTADES |
SOCIEDAD VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES, S.L. |
SOCIEDAD VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES, S.L. |
REPRESENTANTE DEL ACCIONISTA SIGNIFICATIVO DEL CONSEJO DE RENTA 4 |
A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
No se han producido.
| Nombre o denominación social | |
|---|---|
| JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
La participación directa e indirecta sobre el capital social es del 39,62%
| Número de | Número de acciones | % total sobre |
|---|---|---|
| acciones directas | indirectas(*) | capital social |
| 0,00 |
A 31 de diciembre de 2023 la Sociedad no mantenía acciones en autocartera
| Nombre o denominación social del titular directo de la participación | Número de acciones directas |
|
|---|---|---|
| Sin datos |
Durante el ejercicio 2023 se han vendido todos los instrumentos de capital propio por importe de 486 miles de euros, registrándose plusvalías directamente en su patrimonio neto por importe de 258 miles de euros.
Con fecha 30 de marzo de 2023 la Junta General de Accionistas adoptó el siguiente acuerdo: "Se autoriza al Consejo de Administración, con facultad expresa de sustitución – aunque pudiera incidir en la figura de autocontratación o existieran intereses contrapuestos - para que, de conformidad con lo establecido en el artículo 146 y siguientes del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y demás normativa aplicable, pueda llevar a cabo, directa o indirectamente a través de entidades que formen parte del grupo de la Sociedad, y en la medida que lo estime conveniente en atención a las circunstancias, la adquisición derivativa de acciones de la propia Sociedad. El precio o contraprestación de adquisición mínimo será el equivalente al valor nominal de las acciones propias adquiridas, y el precio o contraprestación de adquisición máximo será el equivalente al valor de cotización de las acciones propias adquiridas en un mercado secundario oficial en el momento de la adquisición. En ningún momento el valor nominal de las acciones adquiridas, directa o indirectamente, sumándose al de las que ya posean la Sociedad y sus filiales podrá exceder del 10% del capital suscrito o del importe máximo que pudiera establecerse legalmente. Las modalidades de adquisición podrán consistir en compraventa, permuta, donación, adjudicación o dación en pago o cualquier otra modalidad de negocio a título oneroso, según lo aconsejen las circunstancias. La presente autorización se concede por un periodo de 5 años. Se hace constar que la autorización otorgada para adquirir acciones propias puede ser utilizada, total o parcialmente, para su entrega o transmisión a administradores o trabajadores de la Sociedad o de sociedades pertenecientes al grupo de la Sociedad, directamente o como consecuencia del ejercicio por parte de aquéllos de derechos de opción, todo ello en el marco de los sistemas retributivos referenciados al valor de cotización de las acciones de la Sociedad aprobados en debida forma. Para todo ello, se autoriza al Consejo de Administración, con facultad expresa de sustitución en los miembros del Consejo que estime conveniente, incluidos el Secretario y el Vicesecretario del Consejo, tan ampliamente como fuese necesario para solicitar cuantas autorizaciones y adoptar cuantos acuerdos sean necesarios o convenientes en cumplimiento de la normativa legal vigente para la ejecución y buen fin del presente acuerdo."
| % | |
|---|---|
| Capital flotante estimado | 28,99 |
A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Renta 4 Banco, S.A., en su condición de entidad de crédito, está sometida a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, y su normativa de desarrollo, en particular, el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero (que la desarrolla) y la Circular 5/2010, de 28 de septiembre, del Banco de España. En este sentido, cuando una persona (física o jurídica, por si sola o concertada con otras) decida adquirir (directa o indirectamente) una participación significativa en una entidad de crédito, de forma que el porcentaje de derechos de voto o de capital poseído resulte igual o superior al 20, 30 o 50%, o que, en virtud de la adquisición se alcance el control de la entidad de crédito de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio, estará obligada a notificarlo previamente al Banco de España, requiriendo una autorización previa para la adquisición/transmisión de su participación en el capital social de la entidad de crédito.
A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.
[ ] [ √ ] Sí No
En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:
B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.
Con base en el artículo 21 de los Estatutos Sociales ("EESS"), para "cualquier modificación de los Estatutos Sociales, será necesaria, en primera convocatoria, la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito con derecho a voto, y en segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del veinticinco por ciento (25%) de dicho capital", previendo, para la adopción válida del correspondiente acuerdo, que, cuando en segunda convocatoria concurran accionistas que representen el veinticinco por ciento (25%) o más del capital suscrito con derecho de voto sin alcanzar el cincuenta por ciento (50%), los acuerdos sólo podrán adoptarse válidamente con el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta.
En términos similares se pronuncia el artículo 12 del Reglamento de la Junta General de Accionistas (el "Reglamento de la Junta"), disponiendo además su artículo 25.3.c) que la modificación de los EESS deberá votarse por los accionistas de forma separada a fin de que los accionistas puedan ejercer separadamente sus preferencias de voto, forma separada que deberá aplicarse para aquellos otros asuntos que sean sustancialmente independientes, entre ellos, las modificaciones estatutarias.
Finalmente, el artículo 26 del Reglamento de la Junta General establece que, para acordar cualquier modificación de los EESS, si el capital presente o representado supera el cincuenta por ciento (50%), bastará con que el acuerdo se adopte por mayoría absoluta, requiriendo el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta General cuando en segunda convocatoria concurran accionistas que representen el veinticinco por ciento (25%) o más del capital suscrito con derecho de voto sin alcanzar el cincuenta por ciento (50%).
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| % de | % en | % voto a distancia | |||
| Fecha junta general | presencia física | representación | Voto electrónico | Otros | Total |
| 27/04/2018 | 42,81 | 28,12 | 0,00 | 0,00 | 70,93 |
| De los que Capital flotante | 1,58 | 9,89 | 0,00 | 0,00 | 11,47 |
| 29/04/2019 | 48,13 | 19,61 | 0,00 | 0,00 | 67,74 |
| De los que Capital flotante | 1,72 | 6,40 | 0,00 | 0,00 | 8,12 |
| 27/04/2020 | 33,06 | 7,83 | 0,00 | 31,13 | 72,02 |
| De los que Capital flotante | 0,04 | 2,64 | 0,00 | 12,89 | 15,57 |
| 26/10/2020 | 33,48 | 16,78 | 0,00 | 24,59 | 74,85 |
| De los que Capital flotante | 0,04 | 7,79 | 0,00 | 12,04 | 19,87 |
| 26/03/2021 | 0,00 | 1,46 | 0,00 | 66,56 | 68,02 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 6,03 | 6,03 |
| 30/03/2022 | 40,13 | 27,90 | 0,06 | 1,91 | 70,00 |
| De los que Capital flotante | 0,47 | 1,85 | 0,03 | 1,91 | 4,26 |
| 30/03/2023 | 56,16 | 20,90 | 0,00 | 5,13 | 82,19 |
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| % de | % en | % voto a distancia | |||
| Fecha junta general | presencia física | representación | Voto electrónico | Otros | Total |
| De los que Capital flotante | 1,33 | 1,95 | 0,00 | 4,19 | 7,47 |
B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
Página web corporativa: https://www.renta4banco.com/es/
La información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales se localiza en la página web sección "Gobierno Corporativo", situada en la parte superior de la página web corporativa. En esta sección se recoge toda la información corporativa sobre la materia en atención a lo previsto en la legislación vigente.
C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:
| Número máximo de consejeros | 15 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 5 |
| Número de consejeros fijado por la junta | 14 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON RAFAEL NAVAS LANCHAS |
Dominical | CONSEJERO | 30/03/2022 | 30/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA |
Independiente | CONSEJERO COORDINADOR INDEPENDIENTE |
28/04/2015 | 30/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA MARÍA DEL PINO VELÁZQUEZ MEDINA |
Independiente | CONSEJERO | 28/10/2021 | 30/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA INES JUSTE BELLOSILLO |
Independiente | CONSEJERO | 28/04/2017 | 26/03/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS ZUÑIGA |
Independiente | CONSEJERO | 30/11/2021 | 30/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
Ejecutivo | PRESIDENTE | 20/08/1999 | 26/03/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON EDUARDO |
Dominical | CONSEJERO | 28/04/2017 | 26/03/2021 | ACUERDO JUNTA |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| CHACON LOPEZ |
GENERAL DE ACCIONISTAS |
|||||
| DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ |
Otro Externo | VICEPRESIDENTE 20/08/2000 | 26/03/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
||
| DOÑA GEMMA AZNAR CORNEJO |
Independiente | CONSEJERO | 29/04/2019 | 30/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ |
Independiente | CONSEJERO | 30/03/2022 | 30/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
Ejecutivo | CONSEJERO DELEGADO |
27/09/2011 | 26/03/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JUAN CARLOS URETA ESTADES |
Dominical | CONSEJERO | 30/03/2022 | 30/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JESÚS SANCHEZ QUIÑONES GONZALEZ |
Ejecutivo | CONSEJERO | 26/05/2000 | 26/03/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO |
Ejecutivo | CONSEJERO | 20/08/1999 | 26/03/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
Número total de consejeros 14
Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:
| Nombre o denominación social del consejero |
Categoría del consejero en el momento del cese |
Fecha del último nombramiento |
Fecha de baja | Comisiones especializadas de las que era miembro |
Indique si el cese se ha producido antes del fin del mandato |
|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| CONSEJEROS EJECUTIVOS | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | ||
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
PRESIDENTE | El Sr. Ureta es Diplomado en la Especialidad Jurídico-Económica (Abogado Economista), por la Universidad de Deusto. Como Abogado del Estado (Promoción 1980), prestó sus servicios en el Ministerio de Economía y Hacienda (1980 -1984). También es Agente de Cambio y Bolsa de la Bolsa de Madrid, desde 1986 (número 1 de su promoción). El Sr. Ureta presidió el Instituto Español de Analistas Financieros entre 2010 y 2016, y la Fundación de Estudios Financieros entre 2010 y 2016. Entre 1996 y 2003 fue miembro del Consejo de Administración del Servicio de Compensación y Liquidación de Valores (Iberclear) ostentando la presidencia de dicho Servicio durante 2002. Asimismo, fue miembro del Consejo de Administración y de la Comisión Permanente de la Sociedad Rectora de la Bolsa de Madrid desde 1989 y hasta 2019. El Sr. Ureta también fue miembro del Consejo de Administración de Bolsas y Mercados Españoles (BME) entre 2002-2006, y 2018-2020; miembro del Consejo de Administración de Indra Sistemas (1998- 2007), compañía española líder en tecnologías de información; y miembro del Consejo Asesor de Lucent Technologies en España (1996 y 2001). Actualmente es miembro del Consejo de Administración de Saint Croix Holding Immobilier, Socimi, S.A., ECOENER, S.A. e IZERTIS, S.A. Además de ser autor de numerosas publicaciones especializadas en temas jurídicos y financieros, el Sr. Ureta es consultor de varios grupos empresariales españoles y extranjeros |
||
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
CONSEJERO DELEGADO |
El Sr. López García es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid. Desde 1980 hasta 1986, trabajó como analista financiero en BANIF. Tras esta etapa se trasladó, durante 10 meses, al Banco Hispano Urquijo de Londres (Departamento de Riesgos). En 1987 se incorporó a Urquijo Gestión de Patrimonios desarrollando funciones de gestor de carteras y de gestor de Instituciones de Inversión Colectiva. Con posterioridad (1988 -1991) desarrolló su actividad como gestor de carteras en GESBANZANO, SGIIC (Grupo Banco Zaragozano), para posteriormente, desarrollar su actividad como profesional independiente asesorando a instituciones especialmente del sector de entidades sin ánimo de lucro (1991-1997). En 1997 se incorporó a Renta 4, donde ocupó el cargo de Director General desde marzo de 2004. Durante el 2006 y 2007 fue Presidente de Renta 4 Pensiones EGFP S.A. Hasta marzo de 2011 fue Presidente y Consejero Delegado de Renta 4 Gestora, SGIIC, S.A. y Director General de Renta 4 Servicios de Inversión, S.A. donde ha tenido distintas responsabilidades. Actualmente, D. Juan Luis López es miembro del Consejo de Administración de Torsa Capital, SGEIC, S.A., Renta 4 SV, |
| CONSEJEROS EJECUTIVOS | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | |
| S.A., Renta 4 Pensiones SGFP, S.A. y Renta 4 Banco, S.A., siendo además Consejero Delegado de este último desde enero de 2015. |
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| DON JESÚS SANCHEZ QUIÑONES GONZALEZ |
DIRECTOR GENERAL | El Sr. Sánchez-Quiñones es Licenciado en Dirección y Administración de Empresas por ICADE y Master en Estudios Tributarios y Económicos por CECO, además de haber llevado la dirección (y asistencia) a todos los cursos y seminarios organizados por Aula Financiera & Fiscal entre 1991 y 2004. Desde 2012, el Sr. Sánchez-Quiñones es Consejero Director General de Renta 4 Banco, siendo responsable de las áreas de Negocio, Mercados, Gestión de Activos, Intermediación Online, Corporate Finance, Research, Marketing y Banca Privada. Desde 2006 a 2012, ostentó el cargo de Consejero Director General de Renta 4 S.V., siendo responsable de las áreas de Negocio, Mercados, Gestión de Activos, Intermediación Online, Corporate Finance, Research, Marketing y Gestión Patrimonial Privada. Desde 2000 es Consejero de Renta 4 Servicios de Inversión (Holding), donde tuvo un importante grado de involucración en la salida a Bolsa de la compañía (2007). En 1991 fundó (siendo también Administrador) Aula Financiera & Fiscal, S.L, una empresa especializada en la formación de profesionales de Banca Privada y Gestión Patrimonial en aspectos fiscales y financieros, siendo la mayoría de los ponentes Inspectores de la Dirección General de Tributos. Entre 2004 – 2006 fue Presidente de Renta 4 Gestora S.G.I.I.C., S.A. y Director General de Renta 4 S.V. En 1996 (hasta 2000) ocupó el cargo de Director Adjunto al Presidente de Renta 4 S.V., ocupando previamente los cargos de Director del departamento de análisis, Operador de la mesa de derivados y contratación internacional y Analista del departamento de Corporate Finance. Además de ser coautor de numerosas publicaciones e intervenir en diversos equipos de trabajo (p.ej. CNMV o BME), es miembro, entre otras organizaciones, del Grupo de Asesores Económicos, el Instituto Español de Analistas Financieros, y ponente habitual en cursos y seminarios organizados por distintas instituciones (p.ej. el Comité de Economía y Política Financiera de la CEOE). Desde abril de 2019 es también Consejero de KOBUS PARTNERS MANAGEMENT SGEIC, S.A. |
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| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO |
DIRECTOR TERRITORIAL |
Tras una formación jurídica, su vida profesional ha estado vinculada al mundo de la empresa desempeñando puestos de dirección y formando parte de los órganos de administración de diversas sociedades, fundamentalmente dentro del mundo financiero e inmobiliario. En este sentido, en 1982 trabajó en Manglo, S.A. como Director Comercial, controlando el Departamento Financiero y de Personal. Posteriormente desempeñó los cargos de Consejero desde el año 1985 a 1996. También fue Administrador único de la sociedad Miralpáramo, S.L. Su incorporación a Renta 4 se produjo en 1991 como Director Provincial de Renta 4 SV en Valladolid y Director Regional de Castilla y León de |
| CONSEJEROS EJECUTIVOS | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil |
| Renta 4 SV. En la actualidad es Director de Renta 4 Valladolid; Director Territorial de Renta 4 Castilla y León; Consejero de la sociedad Renta 4 Banco ;Consejero de la sociedad Renta 4 S.V., S.A; Presidente del Consejo de Administración de Auditórium Privatum S.L; y Consejero Delegado de I.G.E-6,S.L. Asimismo, el Sr. González Enciso es asesor financiero y patrono de diversas fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, así como Miembro del Consejo social de la Universidad de Valladolid. |
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| Número total de consejeros ejecutivos | 4 |
| Número total de consejeros ejecutivos | 4 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 28,57 |
| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil | |||
| DON RAFAEL NAVAS LANCHAS |
MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACIA |
El Sr. Navas Lanchas es Licenciado en Ciencias Económicas (1986) y Actuario de Seguros (1986) por la Universidad Complutense. Además, ha cursado diversos cursos en materia de Liquidación de Entidades Aseguradora en UNESPA (Julio 1991); seguros y reaseguros en general, y a otros dedicados específicamente al seguro de vida y los fondos de pensiones; y Control Interno y solvencia II de entidades aseguradoras. Tiene nivel usuario de ofimática, Internet y correo electrónico, así como de programas de cálculo actuarial (ACTUS). Desde 2013 ostenta el cargo de Director General de la Mutualidad General de la Abogacía, habiendo ejercido el cargo de Director General Adjunto un año antes. Desde 2006 a 2012 fue Subdirector General de la Mutualidad General de la Abogacía (desde 2008 Subdirector General del Área Financiera de la Mutualidad General de la Abogacía a cargo de los departamentos de Inversiones Financieras, Inversiones Inmobiliarias, Departamento de Contabilidad y Actuarial; y desde 2006 a 2008 Subdirector General, como responsable de la coordinación de todos los departamentos de la Mutualidad). También fue Responsable del Departamento Técnico Actuarial de la Mutualidad General de la Abogacía (1991-2006). Previamente trabajó en Ernst Young como auditor de cuentas (sector seguro y financiero, 1990-1991) y en Espacontrol Deloitte, donde también fue auditor de cuentas (1987-1990). |
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| DON EDUARDO CHACON LOPEZ |
CONTRATAS Y SERVICIOS EXTREMEÑOS, S.A. |
El Sr. Chacón es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Extremadura (1995), habiendo cursado los dos primeros años en la Universidad de Valladolid, y Diplomado en Alta |
| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil | |
| Dirección de Empresas por el Instituto Internacional San Telmo, Sevilla (1997). También ha cursado un programa de Alta Dirección, PAD (2008) por la Extremadura Business School, escuela de negocios de la que es fundador y patrono. Desde 1995 ocupa el cargo de Consejero Delegado de un grupo de empresas extremeño, de carácter familiar, centrado en la gestión de distintos tipos de servicios: limpieza urbana, mantenimiento, conservación y limpieza de inmuebles, aparcamientos y señalización, con una plantilla en torno a los ochocientos trabajadores, de los que aproximadamente el diez por ciento son discapacitados. Desde 1997 pertenece a la Junta Asesora Empresarial de la Mutua Fremap en Extremadura y es Consejero de la sociedad Cacereña de Parking, S.L. Fue miembro del Consejo Rector de Caja Rural de Almendralejo, sociedad cooperativa de crédito desde Diciembre de 2013 hasta abril de 2017. Posee además formación complementaria en otras materias tales como Medio Ambiente, Gestión y Tratamiento de Residuos Urbanos, Capacitación para el transporte de mercancías por carretera, Gestión de empresas familiares, Habilidades Directivas o Análisis técnico de mercados financieros. Es asistente habitual a cursos de formación del máximo nivel y le interesan especialmente los asuntos centrados en estrategia empresarial, gestión de equipos, la empresa familiar y el paralelismo entre la gestión del mundo del deporte y el mundo empresarial. |
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| DON JUAN CARLOS URETA ESTADES |
SOCIEDAD VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES, S.L. |
El Sr. Ureta Estades ostenta el Doble Grado en Administración y Dirección de Empresas y Derecho (ICADE 3), por la Universidad Pontificia de Comillas, habiendo realizado, un curso de finanzas corporativas (AF Finance 250) en London School of Economics durante el doble grado, y obteniendo u diploma en Competencias Comunicativas y Estudios en Lenguas Extranjeras. Así mismo, posee la certificación del CFA Institute: Chartered Financial Analyst y el EFPA (European Financial Planning Association): European Investment Assistant. Entre julio de 2018 y octubre de 2020, el Sr. Ureta Estades trabajó en JP Morgan como analista, siendo evaluado en dicho banco de inversión en el rango más alto de los analistas de EMEA (Europa Oriente Medio y África), y dedicándose mayormente al asesoramiento en fusiones y adquisiciones (M&A). Desde noviembre de 2020, el Sr. Ureta Estades trabaja en ProA Capital de Inversiones SGEIC, S.A., como asociado en el equipo de Inversión. Previamente en junio y julio de 2016, trabajó en prácticas en ING Wholesale Banking – Banco de Inversión, en Madrid. Durante el verano de 2015, trabajó en W4I Investment Funds en |
| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil |
| Londres, y en una sociedad del grupo de Renta4: Renta 4 Gestora, SGIIC, S.A. (junio de 2015). |
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| Número total de consejeros dominicales | 3 |
| Número total de consejeros dominicales | 3 | |
|---|---|---|
| % sobre el total del consejo | 21,43 | |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | ||||
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA |
El Sr. Rubio ha ocupado diversos cargos de responsabilidad a lo largo de su trayectoria profesional, en concreto inició su carrera profesional en las oficinas centrales de "Marks & Spencer" en Londres; a su vez, entre los años 1975 y 1982 fue Secretario General y del Consejo de Administración y Director de Asesoría Jurídica de un grupo de compañías familiares del sector de la construcción, promoción de viviendas, minería y abastecimiento eléctrico. En 1982 fundó el despacho de abogados "Mateu de Ros, Ramón y Cajal & Rubio", hoy "Ramón y Cajal Abogados", en el que permaneció hasta el año 1994 y en el que desarrolló principalmente el negocio internacional, participando en distintas operaciones de salida bolsa de compañías españolas en Londres, presentación de inversores extranjeros en empresas españolas cotizadas, organización de presentaciones de la Cámara de Comercio española en Londres, asesoramiento a diferentes firmas de bolsa, entre otras, "BNP Securities", "Ark Securities" y "Map Securities", todas de Londres. Ha sido consejero de entidades como "Mediterranean Fund", gestionado por "Lombard Odier y Cia", y Secretario del Consejo de Administración de "Ascorp, S.A.", sociedad cotizada del "Grupo Cooperativo Mondragón", así como diferentes cargos de Consejero en otras sociedades dedicadas a la dirección estratégica, servicios inmobiliarios y sector sanitario. De 1995 a 1998 fue Consejero Delegado del grupo asegurador "Previasa". Desde 1998 hasta 2014 ha sido Vicepresidente Ejecutivo y Consejero Delegado de "Grupo Hospitalario Quirón". En junio de 2012, por el periodo estatuario de un año, fue nombrado Presidente del "Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad" (IDIS), y en julio de 2012 y hasta 2014, Vicepresidente Ejecutivo y Consejero-Delegado de "USP Hospitales". Actualmente ostenta el cargo de Vicepresidente Ejecutivo en "Philyra, S.A.". El Sr. Rubio es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1974) y completó su formación con diversas disciplinas en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense de Madrid (1975) y cursos sobre Derecho Urbanístico. Habla inglés y alemán. Actualmente es Vicepresidente de Philyra, S.A. |
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| DOÑA MARÍA DEL PINO VELÁZQUEZ MEDINA |
Licenciada en Ciencias Matemáticas con la especialidad de Estadística por la Universidad Complutense de Madrid. Durante el periodo desde 1988 a 1989 trabajó como consultora en Accenture, desde 1991 a 1993 fue consultora senior en A.KEARNEY, en 1993 paso a ser Miembro del Gabinete de Presidencia y Planificación Estratégica del Banco Santander, en 1995 fue Directora de atención al cliente de Vodafone y desde 1999 al 2021 Fundadora, |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | ||||
| principal accionista y Presidenta del Grupo Unisono. Recibió el premio Mejor Empresaria 2016 FEDEPE, Premio IWEC 2008 en Nueva York, (International Women´s Entrepreneurial Challenge, www.iwecawards.com). Reconocimiento de las Cámaras de Comercio de Barcelona, New York, New Delhi y Johannesburg a la labor emprendedora de las mujeres. Miembro del Comité Nacional de Antiguos Alumnos del IESE, desde 2007, máster Honoris Causa por la Escuela Europea de Negocios, 2012. Aparición en el estudio de "El Mundo": las 500 mujeres más poderosas en España 2018, entre las más influyentes en el Mundo de la tecnología, medalla de Plata de Mérito al deporte 2005, por Castilla–La Mancha, patrono de Codespa, 2018, ONG internacional que promueve el emprendimiento en países subdesarrollados, miembro del Círculo de Orellana, Fundación sin ánimo de lucro que pretende impulsar el talento femenino, miembro del Comité Ejecutivo global y Circulo de CEOs de DCH y miembro de la Fundación Generation. |
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| DOÑA INES JUSTE BELLOSILLO |
Licenciada en Ciencias Empresariales por la Universidad Autónoma de Madrid en 1997 y Máster en Gestión y Dirección de empresas (M.B.A.) por el Instituto de Empresa en 1998. En 1999 fue Gestora de exportación encargada del mercado europeo y responsable de abrir nuevos mercados, establecer contactos con nuevos socios y asistir a ferias internacionales en Perfumería GAL, S.A. Desde 1999 a 2001, fue consultora externa en DPB Consultores, ocupando el puesto de Responsable Financiero en ONG-German Agro Action (Luanda, Angola) durante 2003 y 2004. En 2011 (hasta la fecha) fue nombrada Presidenta del Grupo JUSTE, siendo éste, un Grupo industrial de capital familiar español, con más de 90 años de experiencia en investigación, desarrollo, fabricación y comercialización de productos farmacéuticos y químico-farmacéuticos. |
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| DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS ZUÑIGA |
Licenciada en Derecho por la Universidad CEU San Pablo de Madrid y MBA por la Open University, UK. Experta ejecutiva con una larga trayectoria profesional en el área tecnológica trabajando en entornos multinacionales con especial dedicación a la innovación tecnológica y la eficacia de las organizaciones. Ha trabajado durante más de 25 años en IBM Corporation, 12 de los cuales con responsabilidades de alto nivel en Europa y a nivel mundial, siendo Executive Vice-President de IBM Global Digital Sales Services, Cloud and Security con sede en Nueva York su última responsabilidad ejecutiva hasta el año 2016. Fue Directora General en España de la empresa Insa (actualmente ViewNext) y de Softinsa en Portugal durante 5 años, entidad especializada en el desarrollo de aplicaciones y servicios de infraestructuras. Ha sido miembro del Comité de Dirección de IBM España y Portugal, de IBM Southwest Europe e Insa, liderando los Comités de IBM Global para la gestión y transformación en áreas estratégicas, comerciales y de optimización de procesos internos a nivel mundial. Actualmente es Presidenta del Patronato "Fundación Caja de Extremadura" (Liberbank) Consejera Independiente en Amadeus y miembro de su comité de auditoría. |
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| DOÑA GEMMA AZNAR CORNEJO |
La Sra. Aznar Cornejo es Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Abad Oliba de Barcelona (especialidad en Economía de Empresa). Desde el 2005 Dª Gemma ha ostentado el cargo de Directora General en Mary Kay Cosmetics de España, donde ha desarrollado, principalmente, funciones de gestión a través de distintos departamentos (Financiero, Marketing, Ventas, Operaciones y RRHH), así como múltiples estrategias entre las que destacan las: comerciales, de marketing, internas, de control de gastos o de análisis de variables. Desde finales del año 1998 hasta finales del año 2004 ocupó el cargo de analista Senior en Banca Corporativa de la División de Riesgos del Banco Santander, S.A., donde realizó, entre otras, labores de análisis financiero y operacional de grandes compañías en distintos sectores. |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | ||||
| Con carácter previo (mayo de 1996 a septiembre de 1998) fue analista de Corporate Banking del Banco Central Hispano, en Londres, cargo en el que desarrollo funciones de análisis financiero y económico de grupos multinacionales, y sirvió de enlace con el cliente para conocer sus necesidades. Además de hablar español, inglés y catalán, la Sra. Aznar ha cursado diversos cursos y programas que complementan su formación principal y entre los que cabe destacar el Curso de "International Business" (Polytechnic City of London), el de "Técnicas y Análisis de las Operaciones bursátiles" (Bolsa de Barcelona y la Abad Oliba), o el "Advance Management Program" (AMP) (ESADE). |
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| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ |
El Sr. Sevilla es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por CUNEF. Trabajó en Bankia desde el año 2014 a 2021, hasta su fusión de Bankia con Caixabank, siendo Consejero Delegado de Bankia y Consejero de BFA Tenedora de Acciones SAU. En el año 2012 se incorporó a Bankia como Consejero Ejecutivo y Director General, siendo responsable de las áreas de Intervención, Riesgos, Financiera y Auditoría Interna. Fue Presidente de la Comisión Delegada de Riesgos del Consejo de Administración hasta 2021. El Sr. Sevilla estuvo en BBVA desde el año 1997 hasta 2009, llegando a ser Consejero de BBVA Bancomer (México) y miembro del Comité de Dirección. Adicionalmente, ha ostentado en el BBVA los cargos del área de Riesgos de 2006 a 2009; Director del Área de Presidencia y miembro del Comité de Dirección de 2003 a 2006. Asimismo, desempeñó los cargos de Director de Desarrollo del Negocio (2001 a 2003), Director de Estrategia y Finanzas del Área de América del Grupo (1998 a 2001) y del mismo modo, trabajó en la Unidad de Desarrollo del Negocio entre 1997 y 1998. Adicionalmente, fue Senior Equity Analyst de bancos europeos en Merrill Lynch (1995 a 1997), Analista de bancos españoles y responsable del Departamento de Análisis de Renta Variable en FG Inversiones Bursátiles (1985 a 1989) y Auditor Junior en Arthur Andersen (1988 y 1989). |
| Número total de consejeros independientes | 6 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 42,86 |
Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
| Nombre o denominación social del consejero |
Descripción de la relación | Declaración motivada |
|---|---|---|
| Sin datos |
| OTROS CONSEJEROS EXTERNOS | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas: |
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| Nombre o denominación social del consejero |
Motivos | Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo |
Perfil | ||
| DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ |
Haber excedido el plazo máximo de 12 años para mantener la condición de consejero independiente. |
RENTA 4 BANCO S.A. | El Sr. Navarro, es Ingeniero Industrial por la Universidad Politécnica de Barcelona. Además, cuenta con un MBA por ESADE y un Máster en Finanzas, Texas Tech University (USA). En sus comienzos profesionales, trabajó durante dos años y medio para Texas Instruments Inc. en Dallas (EE.UU.) y Niza (Francia). Posteriormente, trabajó durante un año para Honeywell Bull España. En 1972 se incorporó a Accenture (antes Arthur Andersen), donde permaneció hasta 2001. En Accenture fue sucesivamente Office Managing Partner de la oficina de Barcelona, Presidente para España, CEO para el Sur de Europa y CEO del sector de Financial Entities para Europa, Latinoamérica y África. Fue miembro del World Board durante diez años, de 1990 a 2000. Actualmente el Sr. Navarro es Consejero Independiente de Renta 4 Banco, S.A. y Jazztel PLC; Vice-Presidente Ejecutivo del Patronato de ESADE y Vice-Presidente de CEDE (Confederación Española de Directivos y Ejecutivos). Asimismo, el Sr. Navarro pertenece al Círculo de Empresarios y al Instituto de Consejeros-Administradores (ICA). |
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| Número total de otros consejeros externos | 1 | ||||
| % sobre el total del consejo | 7,14 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Fecha del cambio | Categoría anterior | Categoría actual |
|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
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|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2020 |
Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2020 |
|
| Ejecutivas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Dominicales | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Independientes | 4 | 4 | 4 | 3 | 66,66 | 66,66 | 80,00 | 75,00 |
| Otras Externas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Total | 4 | 4 | 4 | 3 | 28,57 | 28,57 | 33,33 | 25,00 |
En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.
En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.
De conformidad con lo previsto en el artículo 33.2 de los EESS, el Reglamento del Consejo de Administración (el "Reglamento del Consejo") prevé en su artículo 9.3 que "el Consejo de Administración velará por que los procedimientos de selección de sus miembros favorezcan la diversidad respecto de cuestiones como la edad, el género, las capacidades diversas o los conocimientos, formación y la experiencia profesional, y no adolezcan de sesgos implícitos que puedan implicar discriminación alguna y, en particular, que faciliten la selección de Consejeras en un número que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la Sociedad, todo ello en el mejor interés de ésta." El Consejo de Administración ha atribuido esta función a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ("CNR") a tenor del artículo 32.3.(g) del Reglamento del Consejo, que establece, entre otras funciones de la CNR, la de "Velar por que los procedimientos de selección de consejeros no discriminen por razón de la diversidad de género, estableciendo un objetivo de representación para el sexo menos representado y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo".
A lo largo del ejercicio 2023 la CNR, en aplicación de las políticas de diversidad y a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la Junta General de Accionistas (marzo 2023) acordó, junto con la reelección de D. José Ramón Rubio Laporta, la reelección de Dª. Gemma Aznar Cornejo como consejera independiente por un periodo de cuatro años.
C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:
El artículo 9.3 del Reglamento del Consejo, dispone que el Consejo deberá velar por que los procedimientos de selección de sus miembros favorezcan la diversidad respecto de cuestiones como la edad, el género, las capacidades diversas o los conocimientos, formación y la experiencia profesional, y no adolezcan de sesgos implícitos que puedan implicar discriminación alguna y, en particular, que faciliten la selección de Consejeras en un número que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la Sociedad, todo ello en el mejor interés de ésta. En este sentido, el Consejo ha encomendado a la CNR la responsabilidad de velar por que los procedimientos de selección de consejeros no discriminen por razón de la edad y la diversidad de género, estableciendo un objetivo de representación para el sexo menos representado; y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo de conformidad con lo previsto en el artículo 32.3.g) del Reglamento del Consejo de Administración.
Por su parte, el artículo 32 del Reglamento del Consejo y, a los efectos de evitar cualquier sesgo implícito en los procedimientos de selección de los miembros del Consejo de Administración que obstaculicen y/o impidan la selección de consejeras, dispone que la CNR debe: (i) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia requeridas por el Consejo de Administración definiendo, en consecuencia, las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante y evaluando el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar bien su cometido. Cualquier consejero podrá solicitar de la CNR que tome en consideración, por si los considerara idóneos, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero; y (ii) Velar por que los procedimientos de selección de consejeros no discriminen por razón de la edad y diversidad de género, estableciendo un objetivo de representación para el sexo menos representado, y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo.
La CNR ha buscado, mediante el establecimiento de los objetivos y principios básicos aplicables al proceso de selección de consejeros y de una serie de condiciones que deberán reunir los candidatos, atendiendo a la Política de Selección de consejeros:
a) Favorecer la diversidad e integración de conocimientos, experiencias y género.
b) Alcanzar un adecuado equilibrio en el Consejo de Administración que enriquezca la toma de decisiones y aporte puntos de vista plurales a los debates de los asuntos de su competencia; y
c) Que las propuestas de nombramiento y reelección de consejeros se fundamenten en un análisis previo de las necesidades del Consejo. Como consecuencia de ello, la CNR elaboró la propuesta de Política de Selección de consejeros con base en los principios de diversidad y equilibrio en la composición del Consejo de Administración, que fue aprobada por el Consejo de Administración. En aplicación de dicha política, la CNR, para el ejercicio 2023, ha llevado a cabo el procedimiento de evaluación para la ratificación de los nombramientos, de Dª. Gema Aznar Cornejo y D. José Ramón Rubio Laporta, como consejeros independientes, a fin de mantener la diversidad del Consejo de Administración, concluyendo, en la reelección, de los mencionados consejeros en marzo de 2023.
La CNR, a los efectos de seguir aplicando las buenas prácticas en gobierno corporativo perseguidas por la Sociedad y, en particular, las relativas a la diversidad de género en el seno del Consejo de Administración ha reelegido, entre otros, a Dª. Gemma Aznar Cornejo. Como no podía ser de otra forma, la Sociedad seguirá trabajando en esta línea, promoviendo la diversidad en el Consejo de Administración y proscribiendo la existencia de discriminación o sesgos en el procedimiento de selección de consejeros, especialmente aquellos relacionados con el género del potencial candidato. Lo anterior no hace sino facilitar que la composición del Consejo de la Sociedad se ajuste, aún más, a las tendencias, buenas prácticas y directrices de buen gobierno corporativo.
Asimismo, la Sociedad sigue aplicando las políticas de diversidad de género en el seno de la estructura interna de la misma.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones estableció los principios y/u orientaciones básicas sobre las que debe asentarse la política de designación de consejeros, contenidos en la Política de Selección de consejeros que fue aprobada por el Consejo de Administración. Dicha Política, basada en los principios de diversidad y equilibrio en la composición del Consejo de Administración de la Sociedad, se orienta expresamente a favorecer la diversidad e integración de conocimientos, experiencias y género, procurándose que faciliten la selección de consejeras en un número que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la Sociedad, todo ello en el mejor interés de ésta.
Los miembros de la CNR informaron favorablemente acerca de las políticas de gobierno corporativo de la Sociedad, dentro de la cual expresamente se prevé que el Consejo vele por que los procedimientos de selección de sus miembros favorezcan la diversidad de género, de experiencias y de conocimientos, así como que no adolezcan de sesgos implícitos que puedan implicar discriminación alguna, y en particular, que faciliten la selección de consejeras.
De conformidad con lo ya indicado, la actividad de la CNR se ha centrado, particularmente, en la aplicación de estas políticas, proponiendo en 2023 a la Junta General de Accionistas, la reelección de Dª. Gemma Aznar Cornejo y D. José Ramón Rubio Laporta como consejeros independientes de la Sociedad, aprobándose esta en el mes de marzo.
| Nombre o denominación social del accionista |
Justificación |
|---|---|
| Sin datos |
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
[ ] Sí
[ √ ] No
C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:
| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción |
|---|---|
| JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | Todas las facultades que ostenta el Consejo de Administración, salvo las legal o estatutariamente indelegables. |
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DON JUAN CARLOS URETA | RENTA 4 SOCIEDAD | PRESIDENTE DEL | NO |
| DOMINGO | AGENTE DE BOLSA S.A. | DIRECTORIO | |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
RENTA 4 CORREDORES DE BOLSA S.A. |
MIEMBRO DEL DIRECTORIO | NO |
| DON JUAN CARLOS URETA | RENTA 4 GLOBAL | MIEMBRO DE LA JUNTA | NO |
| DOMINGO | FIDUCIARIA, S.A. | DIRECTIVA |
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
CORPORACIÓN FINANCIERA RENTA 4 SCR S.A. |
PRESIDENTE | SI |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
RENTA 4 CORPORATE, S.A. | CONSEJERO | NO |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
RENTA 4 DIGITAL ASSETS, S.L. |
PRESIDENTE | SI |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
SOCIEDAD OPERADORA DE LA PLATAFORMA IW S.L. |
PRESIDENTE | SI |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
RENTA 4 GLOBAL FIDUCIARIA, S.A. |
MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA |
NO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
CORPORACIÓN FINANCIERA RENTA 4 SCR |
CONSEJERO | NO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
RENTA 4 LERIDA | ADMINISTRADOR ÚNICO | SI |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
RENTA 4 DIGITAL ASSETS, S.L. |
VOCAL | NO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
SOCIEDAD OPERADORA DE LA PLATAFORMA IW S.L. |
VOCAL | NO |
| DON JESÚS SANCHEZ QUIÑONES GONZALEZ |
RENTA 4 CORPORATE, S.A. | PRESIDENTE - CONSEJERO DELEGADO |
SI |
| DON JESÚS SANCHEZ QUIÑONES GONZALEZ |
RENTA 4 S.V., S.A. | CONSEJERO | NO |
| DON JESÚS SANCHEZ QUIÑONES GONZALEZ |
KOBUS PARTNERS MANAGEMENT SGEIC, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO |
RENTA 4 S.V., S.A. | CONSEJERO | NO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
RENTA 4 S.V., S.A. | CONSEJERO | NO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
TORSA CAPITAL, SGEIC, S.A. | CONSEJERO | NO |
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO | IZERTIS, S.A. | CONSEJERO |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO | ECOENER, S.A. | CONSEJERO |
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO | SAINT CROIX HOLDING IMMOBILIER, SOCIMI, S.A. |
CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA DEL PINO VELÁZQUEZ MEDINA |
REPSOL, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA DEL PINO VELÁZQUEZ MEDINA |
USLRM PARENT COMPANY, S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON EDUARDO CHACON LOPEZ | CONTRATAS Y SERVICIOS EXTREMEÑOS, S.A. |
PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON EDUARDO CHACON LOPEZ | CACEREÑA DE OBRAS Y PROYECTOS, S.L. |
CONSEJERO DELEGADO |
| DON EDUARDO CHACON LOPEZ | INVERCYSEX SL | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON EDUARDO CHACON LOPEZ | CACEREÑA DE PARKING S.L. | CONSEJERO DELEGADO |
| DOÑA INES JUSTE BELLOSILLO | JUSTE SOCIEDAD ANONIMA QUIMICO FARMACEUTICA, S.A. |
PRESIDENTE |
| DOÑA INES JUSTE BELLOSILLO | ECOENER, S.A. | CONSEJERO |
| DON JESÚS SANCHEZ-QUIÑONES GONZALEZ |
KOBUS PARTNERS MANAGEMENT SGEIC, S.A. |
CONSEJERO |
| DON JESÚS SANCHEZ-QUIÑONES GONZALEZ |
RENTA 4 CORPORATE, S.A. | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | USP HOSPITAL SAN CARLOS MURCIA, S.L. |
ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | BLUE HEALTHCARE, S.L. | VICEPRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | LA MOUSSE, S.A. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | PROGRESO E INVERSION, S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | PHILYRA, S.A. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | INVERSIONES VIZCOBO, S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | MCM INVERSIONES ERROIS, S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | MCM INMUEBLES ERROIS SL | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | INVERSIONES GRIBOUILLE SL | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | USP HOSPITAL ATLANTICO TENERIFE, S.L. |
ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | USP HOSPITAL DE CANARIAS, S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO | IGE 6 S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO | INMOSIMANCAS, S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO | RENTA 4 SV, S.A. | CONSEJERO |
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO | MIRALPARAMO, S.L. | LIQUIDADOR |
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO | AUDITORIUM PRIVATUM, S.L. | PRESIDENTE |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | RENTA 4 PENSIONES SGFP, S.A. | CONSEJERO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | RENTA 4 LERIDA, S.A. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | CABITO INVERSIONES, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | OPENBRICK SL | CONSEJERO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | RENTA 4 SV, S.A. | CONSEJERO |
| DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ |
NEXTRET, S.L. | CONSEJERO |
| DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ |
ACENTRA RENOVACION, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ |
NUCONTRASU, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | RENTA 4 DIGITAL ASSETS, S.L. | CONSEJERO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | SOCIEDAD OPERADORA DE LA PLATAFORMA IW S.L. |
CONSEJERO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | CORPORACION FINANCIERA RENTA 4 SCR, S.A. |
CONSEJERO |
| DON JUAN CARLOS URETA ESTADES | SOCIEDAD VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES S.L. |
SECRETARIO CONSEJERO |
| DON JUAN CARLOS URETA ESTADES | COMPAÑIA LEVANTINA HORTOFRUTICOLA S.L. |
CONSEJERO |
| DON RAFAEL NAVAS LANCHAS | PRIVILEGIA SOCIEDAD DE AGENCIA DE SEGUROS EXCLUSIVA DE LA MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACIA S.L. |
ADMINISTRADOR UNICO |
| DON RAFAEL NAVAS LANCHAS | INGENIERIA MEDIACION AGENCIA DE SEGUROS EXCLUSIVA S.L. |
ADMINISTRADOR UNICO |
| DON RAFAEL NAVAS LANCHAS | AVANZA PREVISION COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. |
CONSEJERO DELEGADO |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | TORSA CAPITAL SGEIC S.A. | CONSEJERO |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO | CORPORACION FINANCIERA RENTA 4 SCR, S.A. |
PRESIDENTE |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO | SOCIEDAD OPERADORA DE LA PLATAFORMA IW S.L. |
PRESIDENTE |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO | RENTA 4 DIGITAL ASSETS, S.L. | PRESIDENTE |
| DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA | CARTERA DE DIRECTIVOS 2011, S.A. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO | CARTERA DE DIRECTIVOS 2021, S.A. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO | RENTA 4 CORPORATE, S.A. | CONSEJERO |
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO | SOCIEDAD VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES S.L. |
PRESIDENTE |
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ | TEIDE. LTD | CONSEJERO |
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ | AAREAL BANK AG | CONSEJERO |
| DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS ZUÑIGA |
AMADEUS IT GROUP, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS ZUÑIGA |
FUNDACION CAJA DE EXTREMADURA PRESIDENTE | |
| DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS ZUÑIGA |
ASOCIACION ESPAÑOLA DE FUNDACIONES |
PRESIDENTE |
No se han incluido aquellos cargos de sociedades inactivas o que a fecha del presente Informe la información del consejero no está actualizada en el Registro Mercantil pero de facto no desempeña el cargo.
Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.
| Identificación del consejero o representante | Demás actividades retribuidas |
|---|---|
| Sin datos |
| Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) | 3.061 |
|---|---|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros) |
|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros) |
|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros) |
C.1.14 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:
| Nombre o denominación social | Cargo/s |
|---|---|
| DON JOSÉ IGNACIO GARCÍA-JUNCEDA FERNÁNDEZ |
PRESIDENTE/DIRECTOR GENERAL RENTA 4 S.V., S.A. |
| Nombre o denominación social | Cargo/s |
|---|---|
| DON CARLOS RUIZ SANCHEZ | DIRECTOR COMERCIAL RENTA 4 BANCO, S.A. |
| DOÑA MARIA TERESA SANCHEZ ALONSO |
DIRECTORA DE TECNOLOGÍA Y SISTEMAS RENTA 4 BANCO, S.A. |
| DOÑA SONIA ALVAREZ NOZAL | DIRECTORA FINANCIERA RENTA 4 BANCO, S.A. |
| DON ENRIQUE SANCHEZ DEL VILLAR BOCETA |
PRESIDENTE RENTA 4 GESTORA S.G.I.I.C., S.A./ RENTA 4 PENSIONES S.G.F.P., S.A. |
| Número de mujeres en la alta dirección | 2 |
|---|---|
| Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección | 25,00 |
| Remuneración total alta dirección (en miles de euros) | 1.694 |
C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Las modificaciones llevadas a cabo en el Reglamento del Consejo de Administración, hacen referencia a (i) la eliminación del límite de edad como causa objetiva y automática del cese como consejero (artículo 12 del Reglamento) para poder seguir contando con los conocimientos, cualificación, experiencia profesional y personal y completa formación de los consejeros siempre que su estado de salud se lo permita y (ii) la incorporación de un nuevo artículo (Asesores del Consejo), que permita contar con uno o varios asesores por el Consejo que, con carácter consultivo, aporten sus conocimientos y experiencia contribuyan con sus recomendaciones a la toma de decisiones estratégicas de la Sociedad por parte de los consejeros.
El nombramiento de los consejeros corresponde a la Junta, sin perjuicio del derecho de representación proporcional que corresponde a los accionistas en los términos previstos en la LSC. En este sentido, si se produjesen vacantes durante el plazo para el que fueron nombrados los consejeros, el Consejo podrá, mediante cooptación, designar a las personas que hayan de ocuparlas hasta que se reúna la primera Junta, salvo que ésta estuviera ya convocada, en cuyo caso el Consejo podrá designar a un consejero hasta la celebración de la siguiente Junta a la ya convocada.
Las propuestas de nombramiento, ratificación o reelección de consejeros tendrán que recaer sobre personas físicas de reconocida honorabilidad, solvencia, competencia técnica y experiencia, y se aprobarán por el Consejo a propuesta de la CNR, en el caso de los consejeros independientes, y a propuesta del propio Consejo previo informe de la CNR, en el caso de los restantes consejeros, debiendo en todo caso la propuesta o informe de la CNR adscribir el nuevo consejero dentro de una de las clases de consejero contempladas en el Reglamento del Consejo de la Sociedad. La propuesta deberá ir acompañada de un informe justificativo del Consejo en el que se valore la competencia, experiencia y méritos del candidato propuesto, que se unirá al acta de la Junta o del propio Consejo. En aquellos casos en los que el Consejo se separe de las propuestas de la CNR, aquel deberá justificar sus razones de dicha decisión, dejando constancia de ellas en el acta.
Los consejeros deberán reunir los requisitos legales establecidos para los administradores y estarán sometida a sus deberes como tales. Desde la publicación del anuncio de convocatoria y hasta la celebración de la Junta, la Sociedad deberá publicar ininterrumpidamente en la página web, al menos, la siguiente información sobre las personas físicas propuestas para el nombramiento, ratificación o reelección de miembros del Consejo: identidad, currículo y categoría a la que pertenezca cada uno de ellos, así como la propuesta e informes mencionados. No podrán ser nombrados consejeros aquellas personas que ostenten cargos o funciones de representación o dirección en otras entidades de crédito u ostenten una participación significativa en su capital social, salvo previa autorización expresa del Consejo.
Anualmente el Consejo evaluará (i) su funcionamiento y la calidad de sus trabajos, (ii) el desempeño de sus funciones por el Presidente, Consejero Coordinador y por el Consejero Delegado, partiendo del informe que le eleve la CNR, (iii) el funcionamiento y composición de sus Comisiones, partiendo del informe que éstas le eleven, (iv) la diversidad en la composición y competencias del Consejo, partiendo del informe que eleve la CNR, y (v) el desempeño y la aportación de los consejeros, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del Consejo, partiendo para ello de los informes que eleven las Comisiones. A tal efecto, el Presidente organizará y coordinará con los presidentes de las Comisiones la evaluación del Consejo.
Los consejeros ejercerán su cargo durante el período de cuatro años, mientras la Junta no acuerde su separación ni renuncien al cargo, pudiendo ser reelegidos una o más veces por períodos de cuatro años.
Los consejeros cesarán en el cargo cuando vencido el plazo para el que fueron nombrados, se haya celebrado Junta o haya transcurrido el plazo para la celebración de la Junta que ha de resolver sobre la aprobación de las cuentas del ejercicio anterior o cuando lo decida la Junta en uso de las atribuciones que tiene conferidas legal y estatutariamente.
La CNR podrá proponer el cese de los consejeros independientes antes del cumplimiento del periodo estatuario para el que hubiera sido nombrado, cuando concurra justa causa, apreciada por la CNR. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero hubiera incumplido los deberes inherentes a su cargo o incurrido en algunas de las circunstancias descritas en el artículo 9.2.a del Reglamento del Consejo que impiden su nombramiento como consejero independiente cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero.
También podrá proponerse su cese a resultas de Ofertas Públicas de Adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la Sociedad cuando tales cambios en la estructura del Consejo vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en el Reglamento del Consejo.
No se han producido cambios relevantes al obtenerse un resultado satisfactorio en la autoevaluación.
Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.
El Consejo de Administración ha procedido a la evaluación de su composición y competencias, del funcionamiento y composición de las comisiones, y del desempeño del Presidente, del Consejero Delegado, del Consejero Coordinador, así como del Secretario de la Sociedad, mediante la remisión a todos los consejeros de los correspondientes cuestionarios de evaluación relativos al Consejo de Administración, Comisión de Nombramientos y Retribuciones ("CNR") y Comité de Auditoría y Control ("CAC").
Recibidas las contestaciones de los mismos, la CNR procedió a la elaboración de los correspondientes informes de evaluación sobre el Consejo de Administración, el Presidente, el Consejero Delegado, el Consejero Coordinador y el Secretario del Consejo. Igualmente procedió a la elaboración del informe de evaluación sobre su composición, competencias y funcionamiento. De la misma forma, el CAC procedió a la elaboración del informe de evaluación sobre su composición, competencias y funcionamiento.
Tras la evaluación realizada, el Consejo de Administración aprobó los informes de evaluación correspondientes al Consejo, sus comisiones y al Presidente, al Consejero Delegado, al Consejero Coordinador y Secretario, concluyendo que:
(i) El Consejo de Administración ostenta una adecuada composición y asume y ejerce de manera eficiente las facultades y competencias que tiene atribuidas por los Estatutos Sociales y el Reglamento del Consejo de Administración, haciendo prevalecer en todo momento en su actuación el interés de la Sociedad y la maximización del valor económico de la Sociedad;
(ii) La CNR y el CAC ostentan una adecuada composición cada uno de ellos, y asumen y cumplen eficientemente las competencias que les han sido atribuidas por la normativa aplicable y por los distintos textos corporativos de la Sociedad; y
(iii) El Presidente, el Consejero Delegado, el Consejero Coordinador y el Secretario han cumplido eficaz y diligentemente sus funciones.
A lo largo del ejercicio 2022 y respecto del ejercicio 2021 anterior, la Sociedad ha sido auxiliada por experto externo, D. Salvador Montejo Velilla, en el proceso de evaluación del Consejo de Administración y sus Comisiones, sin que mantenga cualquier otra relación de negocio, directa o indirectamente con la Sociedad. Intervención de experto externo que no se ha producido en el ejercicio 2023 respecto del ejercicio 2022.
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 12.2 del Reglamento del Consejo, "Los consejeros deberán presentar su dimisión en los siguientes casos: a) Cuando cesen en los puestos, cargos o funciones a los que estuviere asociado su nombramiento como consejeros ejecutivos. b) Si se trata de consejeros dominicales, cuando el accionista a cuya instancia han sido nombrados transmita íntegramente la participación que tenga en la Sociedad o la reduzca hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.
Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición previstos en la Ley, en los Estatutos o en el presente Reglamento.
e) Cuando el propio Consejo así lo solicite por mayoría de, al menos, dos tercios de sus miembros, por haber infringido sus obligaciones como consejero, previa propuesta o informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
f) Cuando, atendiendo a cualquier situación que le afecte, relacionada o no con su actuación en la propia Sociedad, pueda poner en riesgo el crédito y reputación de la Sociedad, informando, en todo caso, al Consejo y a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de cualquier causa penal en la que aparezca como investigado, así como de sus vicisitudes procesales.
En caso de haber sido informado el Consejo de Administración, o habiendo conocido de otro modo, de alguna de las situaciones referidas en el párrafo anterior, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decidirá, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida. De ello se dará cuenta razonada en el Informe Anual de Gobierno Corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta g) Cuando hayan sido gravemente amonestados por el Comité de Auditoría y Control.
h) Cuando haya finalizado la relación contractual u orgánica por cualquier otra justa causa con alguno de los accionistas de la Sociedad que hubiera motivado su designación como consejero".
C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
En su caso, describa las diferencias.
La delegación de voto se prevé en el artículo 38.2 de los Estatutos Sociales al establecer que: "Todos los consejeros podrán hacerse representar mediante otro consejero. La representación se otorgará con carácter especial para la reunión del Consejo de Administración de que se trate y podrá ser comunicada por cualquiera de los medios previstos en el apartado 2 del artículo anterior. Los consejeros no ejecutivos sólo podrán delegar su representación en otro no ejecutivo".
En lo que respecta a los medios por los cuales debe comunicarse la delegación de voto, el artículo 37.2 de los Estatutos Sociales, dispone que "La convocatoria de las sesiones del Consejo de Administración se realizará mediante carta, fax, telegrama, correo electrónico o por cualquier otro medio, y estará autorizada con la firma del Presidente, o la del Secretario o Vicesecretario, por orden del Presidente. La convocatoria se cursará con la antelación necesaria para que los consejeros la reciban no más tarde del tercer día anterior a la fecha de la sesión, salvo en el caso de sesiones de carácter urgente que podrán ser convocadas para su celebración inmediata. Quedan a salvo los supuestos en que el Reglamento del Consejo de Administración exija un plazo de convocatoria específico. La convocatoria incluirá siempre, salvo causa justificada, el Orden del Día de la sesión y se
acompañará, en su caso, de la información que se juzgue necesaria", entre la que se encuentra la forma de realizar dichas delegaciones, que será por escrito y con carácter especial para cada reunión.
C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
| Número de reuniones del consejo | 11 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente |
0 |
Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:
Número de reuniones 5
Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:
| Número de reuniones de COMISIÓN AUDITORÍA Y CONTROL |
12 |
|---|---|
| Número de reuniones de COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
3 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros | 11 |
|---|---|
| % de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio | 100,00 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones específicas, de todos los consejeros |
11 |
| % de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio |
100,00 |
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
El Comité de Auditoría y Control analiza los estados financieros trimestrales, semestrales y anuales, y mantiene reuniones sistemáticas con el Auditor Externo, revisando, en su caso, cualquier cambio de criterio contable que afectase a los estados financieros, procurando que no haya lugar a salvedades por parte del Auditor y que el Consejo de Administración formule las cuentas sin salvedad alguna. De conformidad con los artículos 31 y 37 del Reglamento del Consejo de Administración, el Comité de Auditoría y Control ostenta las facultades de revisión de las cuentas de la Sociedad,
de vigilancia del cumplimiento de los requerimientos legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados, así como de información de las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la Dirección
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:
| Nombre o denominación social del secretario | Representante |
|---|---|
| DON PEDRO ALBERTO RAMON Y CAJAL AGÜERAS |
De conformidad con lo previsto en el artículo 31.3 b) del Reglamento del Consejo, es el Comité de Auditoría y Control el órgano encargado de preservar la independencia de los Auditores Externos, al establecer, entre sus competencias, las relativas, en relación con el auditor externo, a: (i) Elevar al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General de Accionistas, las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación, el alcance de su mandato profesional y la revocación o renovación de su nombramiento;
(ii) Recabar regularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoría, además de preservar su independencia -velando por que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni dicha independencia-, y sobre aquellas cuestiones que puedan en riesgo su independencia y los resultados de su ejecución, para su examen por el Comité, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así como recibir información y mantener con el auditor externo las comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría, así como verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones; (iii) Recibir anualmente de los auditores externos la declaración de su independencia en relación con la Sociedad o sus sociedades vinculadas directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el auditor externo, o por las personas o entidades vinculados a éste de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre auditoría de cuentas y, a tal efecto, que la Sociedad comunique a través de la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido de su contenido, y que en caso de renuncia del auditor externo examine las circunstancias que la hubieran motivado;
(iv) Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia de los auditores de cuentas. Este informe deberá contener, en todo caso, la valoración de la prestación de los servicios adicionales a que se refiere el apartado anterior, individualmente considerados y en su conjunto, distintos de la auditoría legal y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de auditoría, asegurándose de que la Sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre la prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores;
(v) Favorecer que el auditor de la Sociedad asuma la responsabilidad de las auditorías de las empresas que, en su caso, integran el grupo; y, (vi) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la Sociedad.
En la práctica, durante 2022, se han ejercido las funciones indicadas del CAC, observándose con la diligencia debida para mantener la independencia del auditor externo.
| [ ] | Sí |
|---|---|
No
[ √ ]
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:
[ √ ] No
C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/ o su grupo:
| Sociedad | Sociedades del grupo |
Total | |
|---|---|---|---|
| Importe de otros trabajos distintos de los de auditoría (miles de euros) |
72 | 23 | 95 |
| Importe trabajos distintos de los de auditoría / Importe trabajos de auditoría (en %) |
51,40 | 27,40 | 42,40 |
| IndividualesConsolidadas | ||
|---|---|---|
| Número de ejercicios ininterrumpidos | 7 | 7 |
| IndividualesConsolidadas | ||
| Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %) |
20,02 | 20,02 |
C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
[ √ ] [ ] Sí No
El derecho de información de los consejeros respecto de las reuniones del Consejo de Administración se prevé en el artículo 22 del Reglamento del Consejo. El Consejero tiene el deber de exigir y el derecho a recabar de la Sociedad la información adecuada y necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones. En consecuencia, el Consejero podrá informarse sobre cualquier aspecto de la Sociedad y sus participadas, pudiendo examinar sus libros, registros, documentos y demás antecedentes de las operaciones sociales, e inspeccionar todas sus instalaciones y comunicarse con los altos directivos de la Sociedad. Asimismo, tendrán derecho a ser informados periódicamente de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la Sociedad y su grupo.
Para no perturbar la gestión ordinaria de la Sociedad, el ejercicio de las facultades de información se canalizará a través del Presidente del Consejo de Administración, quien atenderá las solicitudes del Consejero, facilitándole directamente la información u ofreciéndole los interlocutores apropiados en el nivel de la organización que proceda.
El Presidente, con la colaboración del Secretario, velará por que los Consejeros cuenten previamente y con suficiente antelación con la información necesaria para la deliberación y la adopción de acuerdos sobre los asuntos a tratar.
Con base en el artículo 37 de los estatutos, la convocatoria de la reunión del Consejo de Administración deberá acompañarse con la información que sea necesaria para la misma.
C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Tal y como regula el Reglamento del Consejo en su artículo 12 "1. Los consejeros cesarán en el cargo cuando vencido el plazo para el que fueron nombrados, se haya celebrado Junta General o haya transcurrido el plazo para la celebración de la Junta que ha de resolver sobre la aprobación de las cuentas del ejercicio anterior o cuando lo decida la Junta General en uso de las atribuciones que tiene conferidas legal y estatutariamente", debiendo presentar su dimisión:
"a) Cuando cesen en los puestos, cargos o funciones a los que estuviere asociado su nombramiento como consejeros ejecutivos. b) Si se trata de consejeros dominicales, cuando el accionista a cuya instancia han sido nombrados transmita íntegramente la participación que tenga en la Sociedad o la reduzca hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.
Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición previstos en la Ley, en los Estatutos o en el presente Reglamento.
e) Cuando el propio Consejo así lo solicite por mayoría de, al menos, dos tercios de sus miembros, por haber infringido sus obligaciones como consejero, previa propuesta o informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones., o cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo el crédito y reputación de la Sociedad.
f) Cuando, atendiendo a cualquier situación que le afecte, relacionada o no con su actuación en la propia Sociedad, pueda poner en riesgo el crédito y reputación de la Sociedad, informando, en todo caso, al Consejo y a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de cualquier causa penal en la que aparezca como investigado, así como de sus vicisitudes procesales.
En caso de haber sido informado el Consejo de Administración, o habiendo conocido de otro modo, de alguna de las situaciones referidas en el párrafo anterior, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decidirá, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida. De ello se dará cuenta razonada en el Informe Anual de Gobierno Corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. g) Cuando hayan sido gravemente amonestados por el Comité de Auditoría y Control.
h) Cuando hayan finalizado la relación contractual u orgánica por cualquier otra justa causa con alguno de los accionistas de la Sociedad que hubiera motivado su designación como Consejero.
Asimismo, el artículo 21.2 del Reglamento del Consejo exige a los consejeros informar a la Sociedad: "De los procedimientos judiciales, administrativos o de cualquier otra índole que se incoen contra el Consejero y que, por su importancia o características, pudieran incidir gravemente en la reputación de la Sociedad. En particular, todo Consejero deberá informar a la Sociedad, a través de su Presidente, en el caso de que resultara imputado o procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 213 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. En este caso, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y adoptará las decisiones que considere más oportunas en función del interés de la Sociedad".
C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ ] | Sí |
|---|---|
[ √ ] No
C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.
C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
| Numero de beneficiarios | 6 |
|---|---|
| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo |
| Presidente (D. Juan Carlos Ureta Domingo), Consejero Delegado (D. Juan Luis López García), Consejero-Director General (D. Jesús Sánchez-Quiñones Gonzalez), Consejero Director Territorial (D. Santiago Gonzalez Enciso); Miembro del Comité de Dirección, Presidente de Renta 4 Gestora SGIIC SA y Renta 4 Pensiones EGFP SA (D. Enrique Sánchez del Villar Boceta) Miembro del Comité de Dirección, Presidente de Renta 4 SV SA (D. Jose Ignacio García-Junceda Fernández) |
El Presidente, el Consejero Delegado, el Consejero y Director General y el Consejero y Director Territorial tienen, en caso de despido declarado improcedente, derecho a percibir una indemnización equivalente a la indemnización legal prevista para el despido improcedente según el régimen laboral común. Por otro lado, los miembros del Comité de Dirección, Presidente de Renta 4 Gestora SGIIC, S.A. y Renta 4 Pensiones EGFP, S.A. y Presidente de Renta 4 SV SA tienen derecho, en caso de despido declarado improcedente, a percibir la indemnización equivalente a la legal prevista para el despido improcedente del régimen laboral común. |
Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:
| Consejo de administración | Junta general | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | √ | |
| Si | No | |
| ¿Se informa a la junta general sobre las cláusulas? |
√ |
C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
| COMISIÓN AUDITORÍA Y CONTROL | |||
|---|---|---|---|
| Nombre Cargo Categoría |
|||
| DOÑA INES JUSTE BELLOSILLO | VOCAL | Independiente | |
| DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS-ZUÑIGA | VOCAL | Independiente |
| COMISIÓN AUDITORÍA Y CONTROL | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ | PRESIDENTE | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 0,00 |
| % de consejeros independientes | 100,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
A. Composición. Está compuesto por un mínimo de 3 consejeros, que serán designados por el Consejo de Administración, a propuesta de su Presidente, de entre sus miembros no ejecutivos, debiendo ser al menos dos de ellos independientes. El Comité designará, de entre sus miembros, al Presidente, que en todo caso habrá de ser un Consejero Independiente, el cual deberá ser sustituido cada 4 años, sin perjuicio de su continuidad o reelección como miembro del Comité. Asimismo, el Comité designará a su Secretario, y en su caso, a un Vicepresidente. Igualmente, todos los integrantes del Comité de Auditoría y Control deberán contar con los conocimientos, experiencia profesional y dedicación necesaria para el desempeño de las funciones que les sean encomendadas.
B. Competencias. Las funciones de la Comisión aparecen recogidas en el Artículo 42 de los Estatutos Sociales y el artículo 31 del Reglamento del Consejo.
C. Funcionamiento. Se reunirá como mínimo trimestralmente y, en todo caso, cada vez que lo convoque su Presidente, o a instancia del Presidente del Consejo de Administración. Las conclusiones obtenidas en cada reunión se llevarán a un acta de la que se dará cuenta al pleno del Consejo. Estarán obligados a asistir a las reuniones del Comité y a prestarle su colaboración y acceso a la información de que disponga, cualquier miembro del equipo directivo o del personal de la Sociedad que sea requerido a tal fin, así como los auditores de cuentas.
D. Funciones adicionales: Adicionalmente (vid. C.1.32, de conformidad con la "Política para la prestación por el auditor externo de servicios distintos a los de auditoría legal", el auditor externo podrá prestar servicios distintos a los de auditoría, por lo que, además de las mencionadas funciones, la CAC deberá autorizar/verificar previamente la prestación de estos servicios, atendiendo a cada una de sus particularidades. Estos servicios autorizados de forma previa por el CAC están sujetos exclusivamente a la verificación previa. En este sentido, el responsable de Auditoría Interna, a los efectos de que se pueda proceder a la contratación de estos servicios distintos a los de auditoría, valora determinadas circunstancias, como (i) la naturaleza de los servicios y contexto en el que vayan a ser prestados; (ii) el cargo o influencia de quién realizará el servicio dentro del auditor externo, y otras relaciones que puedan darse con Renta 4 o su Grupo, y los efectos que éstas tengan; (iii) si dichos servicios pueden amenazar la independencia del auditor, y, en su caso, si existen medidas que eliminan o reducen dichas amenazas de tal manera que no se vea comprometida su independencia; (iv) los honorarios; y (v) la adecuación, en su caso, por sus conocimientos y experiencia, del auditor externo para prestar dichos servicios.
De esta manera, en el ejercicio 2023, la CAC ha llevado a cabo, entre otras, las siguientes funciones:
Servir de canal de comunicación entre el Consejo y el auditor externo, evaluando los resultados de cada auditoría.
Autorizar a KPMG Abogados, S.L. para la realización de los trabajos de asesoramiento profesional en la preparación y presentación de los modelos 1042-S, correspondientes al ejercicio de 2022
Emitir con carácter previo al informe de auditoría de cuentas, un informe sobre si la independencia de los auditores de cuentas o sociedades de auditoría resulta comprometida.
Aprobar el Plan de Actuación de la Auditoría Interna.
Supervisar la eficacia del control interno, la auditoría interna y los sistemas de gestión de riesgos de la Sociedad, habiéndose adaptado la Política de Riesgo Operacional y Riesgo Reputacional de la Sociedad, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas.
Supervisar el cumplimiento de las reglas de los códigos internos de conducta y en materia de ESG.
Aprobar, para su elevación al Consejo, el Informe de Experto Externo en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales, la Memoria e Informe sobre el grado de efectivo cumplimiento de las normas de control interno y de los procedimientos implantados, el Informe semestral de la Unidad de Depositaria de IIC; y los informes sobre situación de conflictos de interés, de Relevancia Prudencia o el de Autoevaluación de Capital, entre otros.
Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva y, en particular de las cuentas anuales, individuales y consolidadas.
Informar sobre el Informe Anual de Gobierno Corporativo.
Evaluar su propio funcionamiento en el marco del proceso de autoevaluación del funcionamiento del Consejo de Administración y de sus Comisiones internas.
Informar, en su caso, sobre las operaciones vinculadas que deba aprobar la junta general o el consejo de administración y supervisar el
procedimiento interno que tenga establecido la Sociedad para aquellas cuya aprobación haya sido delegada.
| Nombres de los consejeros con experiencia |
DOÑA INES JUSTE BELLOSILLO / DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS ZUÑIGA / DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ |
|---|---|
| Fecha de nombramiento del presidente en el cargo |
26/07/2022 |
| COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |||
| DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA | VOCAL | Independiente | |||
| DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ | VOCAL | Otro Externo | |||
| DOÑA GEMMA AZNAR CORNEJO | PRESIDENTE | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 0,00 |
| % de consejeros independientes | 66,67 |
| % de consejeros otros externos | 33,33 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
A. Composición. Está compuesta por un mínimo de 3 miembros, que deberán ser todos ellos consejeros no ejecutivos, debiendo ser al menos un tercio de ellos consejeros independientes, los cuales cesarán en su cargo cuando lo hagan en su condición de Consejeros o cuando así lo acuerde el Consejo de Administración. El Consejo de Administración designará de entre sus miembros al Presidente, que deberá reunir la condición de Consejero independiente, y al Secretario de la misma.
B. Competencias. Las funciones de la Comisión aparecen recogidas en el artículo 32 del Reglamento del Consejo de Administración. C. Funcionamiento. La Comisión se reunirá cuantas veces sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Igualmente deberá reunirse cuando la convoque su Presidente, el Presidente del Consejo de Administración, y al menos una vez al trimestre. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones quedará válidamente constituida cuando concurran la mayoría de sus miembros. La Comisión tendrá acceso a la información y documentación necesaria para el ejercicio de sus funciones. Las conclusiones obtenidas en cada reunión se llevarán a un libro de actas, que será firmado por el Presidente y el Secretario.
En el ejercicio 2023, la CNR ha llevado a cabo, principalmente y entre otras, las siguientes funciones:
Velar por la observancia de la política de retribuciones establecida por la Sociedad.
Dirigir el proceso de evaluación de su propio funcionamiento, del funcionamiento del Consejo y del desempeño de sus funciones por el
Presidente, el Secretario, el Consejero Independiente Coordinador y el Consejero Delegado, e informar al Consejo sobre los resultados alcanzados.
Proponer al Consejo la Política de Remuneraciones para cada ejercicio.
Proponer al Consejo el contenido del Informe Anual de Remuneraciones de los consejeros.
Proponer al Consejo la reelección de Dª. Gemma Aznar Cornejo.
Proponer al Consejo la reelección de D. José Ramón Rubio Laporta.
| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| COMISIÓN AUDITORÍA Y CONTROL |
2 | 66,67 | 2 | 66,67 | 1 | 33,33 | 1 | 33,33 |
| COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
1 | 33,33 | 1 | 33,33 | 2 | 66,67 | 2 | 66,67 |
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
La regulación de la CNR se encuentra en el artículo 42 bis de los Estatutos Sociales y en el artículo 32 del Reglamento del Consejo de Administración. Ambos textos corporativos se encuentran disponibles para su consulta en la página web de la Sociedad.
El Consejo de Administración, con objeto de dar cumplimiento al deber impuesto a dicho órgano por el artículo 28 del Reglamento del Consejo de Administración a través del cual se incorpora la recomendación 36 del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas tras su revisión de junio de 2020 aprobado por el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), evalúa una vez al año (i) su propio funcionamiento y la calidad de sus trabajos, (ii) el desempeño de las funciones del Presidente del Consejo, el Consejero Coordinador y del Consejero Delegado de la Sociedad partiendo del informe que le eleve la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, (iii) el funcionamiento y composición de sus Comisiones, partiendo del informe que éstas le eleven, y (iv) la diversidad en la composición y competencias del Consejo de Administración y el desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del Consejo partiendo del informe que eleve la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
En este sentido, cada una de las comisiones del Consejo de Administración ha realizado un informe sobre su propio funcionamiento, para que el Consejo de Administración pueda evaluar su funcionamiento durante el ejercicio. Ambos informes se ponen a disposición, junto con toda la documentación referente a la Junta General, en la web corporativa de la Sociedad. En dichos informes, igualmente se recoge las principales actividades de cada una de las Comisiones.
La regulación del Comité de Auditoría y Control se encuentra en el artículo 42 de los Estatutos Sociales y en el artículo 31 del Reglamento del Consejo de Administración. Ambos textos corporativos se encuentran disponibles para su consulta en la página web de la Sociedad. El Consejo de Administración, con objeto de dar cumplimiento al deber impuesto a dicho órgano por el artículo 28 del Reglamento del Consejo de Administración a través del cual se incorpora la recomendación 36 del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas tras su revisión de junio de 2020 aprobado por el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), evalúa una vez al año (i) su propio funcionamiento y la calidad de sus trabajos, (ii) el desempeño de las funciones del Presidente del Consejo y del Consejero Delegado de la Sociedad partiendo del informe que le eleve la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, (iii) el funcionamiento y composición de sus Comisiones, partiendo del informe que éstas le eleven, y (iv) la diversidad en la composición y competencias del Consejo de Administración y el desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del Consejo partiendo del informe que eleve la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
En este sentido, cada una de las comisiones del Consejo de Administración ha realizado un informe sobre su propio funcionamiento, para que el Consejo de Administración pueda evaluar su funcionamiento durante el ejercicio. Ambos informes se ponen a disposición, junto con toda la documentación referente a la Junta General, en la web corporativa de la Sociedad. En dichos informes, igualmente se recoge las principales actividades de cada una de las Comisiones.
D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.
Conforme se indica en el artículo 5 del Reglamento del Consejo, éste será competente para "adoptar acuerdos, sobre toda clase de asuntos que no están atribuidos por la Ley o los Estatutos Sociales a la Junta General, correspondiéndole los más altos poderes y facultades para gestionar, administrar y representar a la Sociedad en juicio y fuera de él, sin perjuicio de lo cual centrará su actividad esencialmente en la supervisión y control de la gestión y dirección ordinaria de la Sociedad encargada a los consejeros ejecutivos y alta dirección, así como en la consideración de todos aquellos asuntos de particular trascendencia para la Sociedad o que resulten necesarios para un correcto ejercicio de la referida función general de supervisión". "2. En todo caso, quedarán reservadas al pleno del Consejo de Administración el tratamiento del siguiente catálogo de materias que no podrán ser objeto de delegación: [...] t) La aprobación, previo informe favorable del Comité de Auditoría y Control, de aquellas operaciones vinculadas, en los términos establecidos en la Ley y el presente Reglamento.
[...] 3. Las competencias mencionadas en el apartado anterior podrán ser ejercidas por razones de urgencia por la Comisión Ejecutiva o, en su caso, por el Consejero Delegado, siempre que la ley lo permita, con posterior ratificación por el pleno del Consejo.
D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social del accionista o de cualquiera de sus sociedades dependientes |
% Participación |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o | Naturaleza | Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
|---|---|---|
| denominación social | de la relación | |
| del accionista o | ||
| de cualquiera de | ||
| sus sociedades | ||
| dependientes | ||
| Sin datos |
D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| (1) | DON JOSÉ IGNACIO GARCÍA JUNCEDA FERNÁNDEZ |
RENTA 4 SOCIEDAD DE VALORES S.A. |
CONTRACTUAL | 46 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (2) | DON JOSÉ IGNACIO GARCÍA JUNCEDA FERNÁNDEZ |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA | 7 | CONSEJO DE ADMINISTRACION -JUNTA GENERAL |
SI | |
| (3) | DON EDUARDO CHACON LOPEZ |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA | 6 | CONSEJO DE ADMINISTRACION -JUNTA GENERAL |
SI | |
| (4) | DOÑA GEMMA AZNAR CORNEJO |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
106 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (5) | DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS ZUÑIGA |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
67 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (6) | DON SANTIAGO GONZALEZ ENCISO |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
2.361 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (7) | DOÑA INES JUSTE BELLOSILLO |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
23 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (8) | DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
129 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO |
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| (9) | DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
64 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (10) | DON RAFAEL NAVAS LANCHAS |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
4 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (11) | DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
263 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (12) | DON JESÚS SANCHEZ QUIÑONES GONZALEZ |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
81 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (13) | DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
4 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (14) | DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
1.150 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (15) | DON JUAN CARLOS URETA ESTADES |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
20 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (16) | DOÑA MARÍA DEL PINO VELÁZQUEZ MEDINA |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
10 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (17) | DOÑA SONIA ALVAREZ NOZAL |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
23 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO | |
| (18) | DOÑA MARIA TERESA SANCHEZ ALONSO |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
36 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO |
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| (19) | DON CARLOS RUIZ SANCHEZ |
RENTA 4 BANCO S.A. |
SOCIETARIA/ CONTRACTUAL |
32 | GIRO O TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD |
NO |
| Nombre o | ||
|---|---|---|
| denominación | ||
| social de los | ||
| administradores | ||
| o directivos o de | Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
| sus entidades | ||
| controladas o | ||
| bajo control | ||
| conjunto | ||
| DON JOSÉ | ||
| IGNACIO | ||
| (1) | GARCÍA | VER DESGLOSE APARTADO H |
| JUNCEDA | ||
| FERNÁNDEZ | ||
| DON JOSÉ | ||
| IGNACIO | ||
| (2) | GARCÍA | VER DESGLOSE APARTADO H |
| JUNCEDA | ||
| FERNÁNDEZ | ||
| DON EDUARDO | ||
| (3) | CHACON LOPEZ | VER DESGLOSE APARTADO H |
| DOÑA GEMMA | ||
| (4) | AZNAR | VER DESGLOSE APARTADO H |
| CORNEJO | ||
| DOÑA PILAR | ||
| GARCÍA | ||
| (5) | CEBALLOS | VER DESGLOSE APARTADO H |
| ZUÑIGA | ||
| DON SANTIAGO | ||
| (6) | GONZALEZ | VER DESGLOSE APARTADO H |
| ENCISO | ||
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
|---|---|---|
| (7) | DOÑA INES JUSTE BELLOSILLO |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (8) | DON JUAN LUIS LOPEZ GARCIA |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (9) | DON PEDRO ANGEL NAVARRO MARTINEZ |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (10) | DON RAFAEL NAVAS LANCHAS |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (11) | DON JOSE RAMON RUBIO LAPORTA |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (12) | DON JESÚS SANCHEZ QUIÑONES GONZALEZ |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (13) | DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (14) | DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (15) | DON JUAN CARLOS URETA ESTADES |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (16) | DOÑA MARÍA DEL PINO VELÁZQUEZ MEDINA |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| (17) | DOÑA SONIA ALVAREZ NOZAL |
VER DESGLOSE APARTADO H |
| Nombre o | ||
|---|---|---|
| denominación | ||
| social de los | ||
| administradores | ||
| o directivos o de | Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
| sus entidades | ||
| controladas o | ||
| bajo control | ||
| conjunto | ||
| DOÑA MARIA | ||
| TERESA | ||
| (18) | SANCHEZ | VER DESGLOSE APARTADO H |
| ALONSO | ||
| DON CARLOS | ||
| (19) | RUIZ SANCHEZ | VER DESGLOSE APARTADO H |
D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
| Denominación social de la entidad de su grupo |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| KOBUS PARTNERS MANAGEMENT S.G.E.I.C. S.A. |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 64 |
D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| MATILDE FERNÁNDEZ DE MIGUEL |
CUENTAS CORRIENTES | 4 |
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| MATILDE FERNÁNDEZ DE MIGUEL |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 127 |
| MATILDE FERNÁNDEZ DE MIGUEL |
COMPROMISOS ADQUIRIDAS | 100 |
| MATILDE FERNÁNDEZ DE MIGUEL |
GARANTÍAS ADQUIRIDAS | 193 |
| SANTIAGO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
ACUERDOS DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS | 236 |
| SANTIAGO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
CUENTAS CORRIENTES | 8 |
| SANTIAGO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
INTERESES PRÉSTAMOS DISPUESTOS | 11 |
| SANTIAGO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 28 |
| SANTIAGO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
COMPROMISOS ADQUIRIDOS | 280 |
| SANTIAGO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
GARANTÍAS ADQUIRIDAS | 511 |
| MARÍA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
ACUERDOS DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS | 236 |
| MARÍA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
INTERESES PRÉSTAMOS DISPUESTOS | 11 |
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| MARÍA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 28 |
| MARÍA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
COMPROMISOS ADQUIRIDOS | 280 |
| MARÍA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
GARANTÍAS ADQUIRIDAS | 525 |
| CRISTINA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
ACUERDOS DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS | 235 |
| CRISTINA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
CUENTAS CORRIENTES | 1 |
| CRISTINA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
INTERESES PRÉSTAMOS DISPUESTOS | 11 |
| CRISTINA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 28 |
| CRISTINA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
COMPROMISOS ADQUIRIDOS | 280 |
| CRISTINA GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
GARANTÍAS ADQUIRIDAS | 509 |
| IGNACIO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
ACUERDOS DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS | 244 |
| IGNACIO GONZÁLEZ- |
CUENTAS CORRIENTES | 1 |
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| ENCISO FERNÁNDEZ |
||
| IGNACIO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
INTERESES PRÉSTAMOS DISPUESTOS | 11 |
| IGNACIO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 28 |
| IGNACIO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
COMPROMISOS ADQUIRIDOS | 308 |
| IGNACIO GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
GARANTÍAS ADQUIRIDAS | 560 |
| MATILDE GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
ACUERDOS DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS | 236 |
| MATILDE GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
CUENTAS CORRIENTES | 4 |
| MATILDE GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
INTERESES PRÉSTAMOS DISPUESTOS | 11 |
| MATILDE GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 28 |
| MATILDE GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
COMPROMISOS ADQUIRIDOS | 280 |
| MATILDE GONZÁLEZ ENCISO FERNÁNDEZ |
GARANTÍAS ADQUIRIDAS | 523 |
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| MATILDE ESTADES SECO |
CUENTAS CORRIENTES | 39 |
| MATILDE ESTADES SECO |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 3 |
| MATILDE ESTADES SECO |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 346 |
| MATILDE URETA ESTADES |
CUENTAS CORRIENTES | 107 |
| MATILDE URETA ESTADES |
INTERESES PRÉSTAMOS DISPUESTOS | 7 |
| MATILDE URETA ESTADES |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 11 |
| INES ASUNCIÓN URETA ESTADES |
CUENTAS CORRIENTES | 17 |
| INES ASUNCIÓN URETA ESTADES |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 2 |
| INES ASUNCIÓN URETA ESTADES |
INTERESES PRÉSTAMOS DISPUESTOS | 7 |
| INES ASUNCIÓN URETA ESTADES |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 10 |
| ÓSCAR BALCELLS CURT |
CUENTAS CORRIENTES | 88 |
| ÓSCAR BALCELLS CURT |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 29 |
| CONTRATAS Y SERVICIOS EXTREMEÑOS S.A |
CUENTAS CORRIENTES | 34 |
| CONTRATAS Y SERVICIOS EXTREMEÑOS S.A |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 11 |
| CONTRATAS Y SERVICIOS EXTREMEÑOS S.A |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 722 |
| SURIKOMI S.A. | PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 31 |
| SURIKOMI S.A. | DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 443 |
| CARTERA DE DIRECTIVOS 2011 S.A. |
CUENTAS CORRIENTES | 37 |
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| CARTERA DE DIRECTIVOS 2011 S.A. |
OTRAS OPERACIONES DE PASIVOS GARANTÍAS | 3 |
| CARTERA DE DIRECTIVOS 2011 S.A. |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 1 |
| CARTERA DE DIRECTIVOS 2011 S.A. |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 9 |
| INVERCYSEX, S.L. | OTRAS FIANZAS | 4 |
| INVERCYSEX, S.L. | CUENTAS CORRIENTES | 7 |
| INVERCYSEX, S.L. | ARRENDAMIENTO LOCAL DE NEGOCIO | 27 |
| INVERCYSEX, S.L. | PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 1 |
| INVERCYSEX, S.L. | INTERESES PAGADOS | 7 |
| MOBEL LINEA S.L. | ACUERDOS DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS | |
| MOBEL LINEA S.L. | CUENTAS CORRIENTES | 306 |
| MOBEL LINEA S.L. | PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 14 |
| MOBEL LINEA S.L. | INTERESES PRÉSTAMOS DISPUESTOS | 274 |
| MOBEL LINEA S.L. | DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 329 |
| MOBEL LINEA S.L. | COMPROMISOS ADQUIRIDOS | 5.000 |
| MUEBLES Y ASIENTOS DE OFICINA SL |
CUENTAS CORRIENTES | 14 |
| 98 FUTUR 2000, S.L. |
ACUERDOS DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS | 760 |
| 98 FUTUR 2000, S.L. |
CUENTAS CORRIENTES | 26 |
| 98 FUTUR 2000, S.L. |
OTRAS OPERACIONES DE PASIVO GARANTÍAS | 314 |
| 98 FUTUR 2000, S.L. |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 1 |
| 98 FUTUR 2000, S.L. |
INTERESES PRÉSTAMOS DISPUESTOS | 35 |
| 98 FUTUR 2000, S.L. |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 81 |
| 98 FUTUR 2000, S.L. |
COMPROMISOS ADQUIRIDOS | 800 |
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| 98 FUTUR 2000, S.L. |
GARANTÍAS ADQUIRIDAS | 2.106 |
| I.G.E. 6, S.L. | DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 91 |
| I.G.E. 6, S.L. | COMPROMISOS ADQUIRIDOS | 1.000 |
| I.G.E. 6, S.L. | GARANTÍAS ADQUIRIDAS | 1.875 |
| KURSAAL 2000 SL | DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 14 |
| KURSAAL 2000 SL | CUENTAS CORRIENTES | 386 |
| KURSAAL 2000 SL | OTRAS OPERACIONES DE PASIVO GARANTÍAS | 6 |
| KURSAAL 2000 SL | PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 25 |
| LORA DE INVERSIONES SL |
CUENTAS CORRIENTES | 1.050 |
| LORA DE INVERSIONES SL |
OTRAS OPERACIONES DE PASIVO GARANTÍAS | 887 |
| LORA DE INVERSIONES SL |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 383 |
| LORA DE INVERSIONES SL |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 234 |
| AVILUGAM SL | PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 194 |
| AVILUGAM SL | DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 9 |
| USLRM PARENT COMPANY SL |
CUENTAS CORRIENTES | 112 |
| USLRM PARENT COMPANY SL |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 10 |
| USLRM PARENT COMPANY SL |
GASTOS FINANCIEROS | 4 |
| SDAD. VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES,SL |
CUENTAS CORRIENTES | 98 |
| SDAD. VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES,SL |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 194 |
| SDAD. VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES,SL |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 3.763 |
| INDUMENTA PUERI S.L. |
CUENTAS CORRIENTES | 4 |
| INDUMENTA PUERI S.L. |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 12 |
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| GLOBAL PORTFOLIO INVESTMENTS SL |
CUENTAS CORRIENTES | 852 |
| GLOBAL PORTFOLIO INVESTMENTS SL |
PRESTACIÓN DE SERVICIOS | 19 |
| GLOBAL PORTFOLIO INVESTMENTS SL |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 797 |
| FUNDACIÓN GONZÁLEZ ENCISO |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 158 |
| MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACIA |
CUENTAS CORRIENTES | 910 |
| MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACIA |
RECEPCIÓN DE SERVICIOS | 14 |
| MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACIA |
GASTOS FINANCIEROS | 11 |
| MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACIA |
DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS | 980 |
El Reglamento del Consejo establece en sus artículos 17 al 20 bis mecanismos de la Sociedad para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses, así como, el régimen de operaciones vinculadas. Así, el mencionado artículo 17 establece que "existe conflicto de interés en aquellas situaciones en las que entren en colisión, de forma directa o indirecta, el interés de la Sociedad, o de las sociedades integradas en su grupo, y el interés personal del consejero", entendiéndose por este último los casos en que el asunto le afecte a él o a una persona a él vinculada.
Son personas vinculadas del consejero persona física las siguientes: a) cónyuge o las personas con análoga relación de afectividad) sus ascendientes, descendientes y hermanos o del cónyuge (o persona con análoga relación de afectividad); c) los cónyuges de los ascendientes, de los descendientes y de los hermanos; d) las sociedades en las que, por sí o por persona interpuesta, se encuentre en alguna de las situaciones del Art. 42.1 del C.Com.
Las situaciones de conflicto de interés se regirán por las siguientes reglas: a) Comunicación: el consejero deberá comunicar a los demás consejeros y, en su caso, al Consejo, a través del Presidente o del Secretario, cualquier situación de conflicto en que se encuentre él o personas a él vinculadas; b) Abstención: el consejero no podrá realizar directa o indirectamente transacciones profesionales o comerciales con la Sociedad a no ser que informe primero de la situación de conflicto de intereses, y el Consejo apruebe la transacción. Deberá abstenerse de asistir e intervenir en la deliberación y votación en dichos asuntos. En el caso de consejeros dominicales, deberán abstenerse de participar en las votaciones de los asuntos que puedan suponer un conflicto entre los accionistas que representen y la Sociedad; c) Transparencia: Informar en la memoria y en el Informe Anual de Gobierno Corporativo sobre cualquier situación de conflicto de interés.
El RIC regula los conflictos de interés en los artículos 21, 22 y 23. En este sentido "existe conflicto entre la Sociedad y uno de sus clientes o entre dos de sus clientes, cuando en una particular situación, la Sociedad pueda obtener un beneficio, siempre que exista también un posible perjuicio correlativo para un cliente o cuando un cliente pueda obtener una ganancia o evitar una pérdida, y exista la posibilidad de pérdida concomitante de otro cliente".
Para identificar estas situaciones se atenderá a si la Sociedad, una persona sujeta al RIC ("Persona Sujeta") u otra persona directa o indirectamente vinculada a aquélla mediante una relación de control, se encuentra en alguna de las siguientes situaciones: a) La Sociedad o la persona en cuestión puede obtener un beneficio financiero, o evitar una pérdida financiera, a costa del cliente; b) Tiene un interés en el resultado del servicio prestado o de la operación efectuada por cuenta del cliente, distinto del interés del propio cliente; c) Tiene incentivos financieros o de cualquier otro tipo para favorecer los intereses de terceros clientes, frente a los propios intereses del cliente en cuestión; d) La actividad profesional es idéntica a la del cliente; e) Recibe, o va a recibir, de un tercero un incentivo en relación con el servicio prestado al cliente, en dinero, bienes o servicios, distinto de la comisión o retribución habitual por el servicio en cuestión.
Podrán determinarse por la Sociedad otros conflictos en que puedan incurrir las Personas Sujetas en virtud de sus vinculaciones familiares, económicas o profesionales o por cualquier otra causa. Todos los empleados y las Personas Sujetas deberán informar a la misma, a través del Órgano de Seguimiento del RIC, de cualquier situación personal o familiar, económica o de cualquier otro tipo, que pueda constituir un conflicto de dicha persona y los de un cliente de la Sociedad o de la propia compañía.
Se considera, al menos, que se da esta situación de conflicto, cuando la Persona Sujeta o alguna persona o entidad con la que tenga un vínculo de parentesco o vínculo estrecho se encuentre en uno de los siguientes casos: a) Pertenencia al Consejo de Administración o Alta Dirección de una empresa con un ámbito de actividad concurrente al de la Sociedad; b) Participación accionarial significativa en empresas con un ámbito de actividad concurrente al de la Sociedad; c) Participación accionarial significativa u otro tipo de interés personal respecto de un cliente de la Sociedad.
Las Personas Sujetas se abstendrán de intervenir en los actos preparatorios y de decidir o de emitir su voto, advirtiendo de ello a quienes vayan a tomar la correspondiente decisión. Asimismo, indicarán a los clientes de gestión de carteras, de los conflictos que se pudieran plantear en el desarrollo de su actividad. En caso de duda sobre la existencia de un conflicto, las Personas Sujetas tienen la obligación de informar de ello al Órgano de Seguimiento del RIC, así como de las circunstancias concretas de la operación, para la determinación por éste de una adecuada actuación.
La resolución de conflictos se realizará siempre bajo los siguientes principios: 1. Deberá darse en todo caso prioridad a los legítimos intereses de los clientes, sin perjuicio del respeto debido a la integridad del mercado. 2. Se procurará reducir al mínimo los conflictos entre clientes y entre la Sociedad y sus clientes. 3. No se antepondrá los intereses de la Sociedad ante los de los clientes en las operaciones con idénticas características. 4. No deberán privilegiar a ningún cliente cuando exista conflicto entre varios. 5. No multiplicarán las transacciones de forma innecesaria y sin beneficio para el cliente.
D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Los diferentes riesgos implícitos en la actividad que desarrolla el Grupo Renta 4 se gestionan con criterios de prudencia, preservando su nivel de solvencia, rentabilidad, eficiencia y adecuada liquidez. El Grupo Renta 4 mantiene un sistema de gestión y control continua de todos los riesgos asumidos en la actividad que desarrolla, abarcando todas las empresas que integran el Grupo, así como todas las áreas o unidades de negocio, prestando especial énfasis en aquellas más sensibles a los riesgos inherentes a la actividad desarrollada.
Descripción de funciones:
Descripción de funciones:
La supervisión de la eficacia del control interno de la Sociedad, los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, la dirección de los servicios de auditoría interna que velen por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno, en particular respecto de los procesos de elaboración en integridad y presentación de la información financiera regulada relativa a la Sociedad y, a su grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables, dando cuenta de ello al Consejo de Administración, viniendo obligado el responsable de la función de auditoría interna a presentar al Comité su orientación y planes de trabajo para su aprobación por éste asegurándose de que su actividad está enfocada principalmente hacia los riesgos relevantes de la Sociedad, y a informarle directamente de las incidencias que se presenten en su desarrollo, así como a someterle al final de cada ejercicio un informe sobre sus actividades. Asimismo, el Comité de Auditoría y Control discutirá con el Auditor las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría.
Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera y no financiera preceptiva y los sistemas de control y gestión de riesgos internos asociados a los riesgos relevantes de la Sociedad de modo que éstos se identifiquen (operativo, tecnológico, financiero, legal o reputacional), gestionen y den a conocer adecuadamente, fijándose el nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable, las medidas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, así como la determinación de los sistemas de control e información que se emplearán para controlarlos y gestionarlos, velando por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna, proponiendo la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna, así como el presupuesto de dicho servicio, recibiendo información periódica sobre sus actividades y verificando que la alta dirección tienen en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
Supervisar el desarrollo de las funciones atribuidas al área responsable de prevención de blanqueo de capitales y conocer los informes y propuestas que a este respecto le sean presentados.
AUDITORÍA INTERNA
Descripción de funciones:
DEPARTAMENTO DE RIESGOS
Descripción de funciones:
Se trata de un órgano dependiente del Consejo de Administración.
El departamento de Riesgo ejerce sus funciones sobre todas las entidades incluidas dentro del perímetro de consolidación del Grupo Renta 4 y se encarga del seguimiento de los sistemas de control de riesgos establecidos.
DEPARTAMENTO DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO.
Descripción de funciones:
Se trata de un órgano dependiente del Consejo de Administración.
La función de cumplimento normativo tiene por finalidad, entre otras, establecer, aplicar y mantener medidas y procedimientos adecuados para detectar cualquier riesgo de incumplimiento por parte de la Entidad.
El Grupo Renta 4 constituye un conjunto de sociedades dedicadas a proporcionar servicios especializados de ahorro e inversión e independiente de cualquier grupo financiero o industrial, por lo que se ve especialmente afectado por la evolución del sector financiero, que puede influir de manera muy significativa en sus resultados.
De conformidad con lo anterior, los riesgos básicos susceptibles de afectar al Grupo Renta 4, son los que se exponen a continuación: 1. Riesgo de crédito: El riesgo de crédito se define como la posibilidad de sufrir pérdidas derivadas del incumplimiento por el deudor de sus obligaciones contractuales, incluyendo el riesgo de contraparte.
Riesgo de mercado: El riesgo de mercado representa la posibilidad de sufrir pérdidas ante movimientos adversos en los precios de los activos que componen la cartera de negociación del Grupo Renta 4.
Riesgo operacional: El riesgo operativo hace referencia a las posibles pérdidas resultantes de una falta de adecuación o de un eventual fallo de los procesos, del personal y de los sistemas internos, o bien por causa de acontecimientos externos, en particular, materialización de posibles desastres naturales, errores de los proveedores de información y precios, intrusiones en los sistemas tecnológicos que puedan hacer peligrar la seguridad de las infraestructuras del Grupo Renta 4.
Riesgo de liquidez: El riesgo de liquidez hace referencia, como el propio nombre indica, a una falta de tesorería, producida normalmente como consecuencia de desfases de entradas y salidas de saldos de tesorería.
Riesgo normativo: Este riesgo se refiere a la probabilidad de incurrir en pérdidas como consecuencia de la falta de adecuación de las políticas del Grupo Renta 4 a la normativa a la que está sujeta su actividad, transacciones defectuosamente documentadas y reclamaciones o actuaciones contra el Grupo.
Riesgo reputacional: El riesgo de reputación es el derivado de actuaciones del Grupo Renta 4 que posibiliten una publicidad negativa relacionada con las prácticas y relación de negocios, que pueda causar una pérdida de confianza en el Grupo, y por esta vía, afectar a su solvencia.
Riesgo fiscal: El riesgo fiscal es el riesgo de ocurrencia de efectos negativos para los estados financieros y/o la reputación del Grupo Renta 4 derivados de decisiones de índole tributaria adoptadas bien por la propia entidad o bien por las autoridades tributarias y judiciales. 8. Riesgo tecnológico: Riesgo derivado de una pérdida de Confidencialidad, Integridad o Disponibilidad asociada a los sistemas o a los datos; o de la incapacidad para cambiar la Tecnología de Información y Comunicación en un tiempo y coste razonables cuando el entorno o los requisitos comerciales cambian. Esto incluye los riesgos de seguridad que resultan de procesos internos inadecuados o fallidos, o de eventos externos incluidos los ataques ciber o una seguridad física inadecuada.
Riesgo ESG o de sostenibilidad. Riesgos medioambientales, sociales y de gobernanza que de forma integrada que, por considerarse materiales, tanto en el corto como en el largo plazo, puedan generar pérdidas económicas o impactar negativamente en su capital y/o liquidez. El cambio climático y el deterioro medioambiental se pueden materializar en riesgos financieros a través de dos canales de transmisión básicamente: los riesgos físicos y los riesgos de transición. Los riesgos sociales se relacionan con las condiciones laborales, comunidades locales, salud y seguridad de los trabajadores, discriminación, entre otros. Los riesgos de gobernanza se relacionan con la remuneración de los ejecutivos, respeto del estado de derecho, soborno y corrupción, estrategia fiscal, ciberseguridad, blanqueo de capitales, entre otros.
La estrategia de gestión de riesgo del Grupo Renta 4 se basa en la implantación de medidas que mitiguen o diluyan los riesgos definidos, estableciendo límites de manera específica para cada línea de negocio, mercado y productos.
El objetivo de este sistema es preservar la solvencia y liquidez del Grupo, asegurando que la exposición al riesgo esté dentro de los límites preestablecidos y con un perfil equilibrado.
El Grupo Renta 4 dispone de un Marco de Apetito al Riesgo en el que se establecen límites para los principales riesgos inherentes a su actividad.
No se ha materializado riesgo alguno durante el ejercicio.
Las medidas adoptadas para mitigar el impacto de los riesgos básicos susceptibles de afectar al Grupo Renta 4 ("Grupo"), son las que se exponen a continuación: 1. Riesgo de crédito: Para mitigar este riesgo se establecen procedimientos y límites específicos que tratan de evitar situaciones de descubierto de efectivo y/o de títulos en la operativa de intermediación y liquidación de operaciones de los clientes. Excepcionalmente se pueden permitir situaciones individualizadas de descubierto siempre que se produzcan con las autorizaciones preceptivas. Estas situaciones están limitadas atendiendo a la garantía crediticia del cliente y son monitorizadas por el Dpto. de Riesgos y la Unidad de Auditoría. Renta 4 concede financiación a clientes mediante la formalización de un contrato de crédito con garantía de valores y que, mediante la pignoración de los instrumentos financieros y el seguimiento continuo de su evolución, se dé cobertura al riesgo asumido en las operaciones concedidas a los clientes. La exposición al riesgo de crédito de las exposiciones de balance se centra mayoritariamente en inversiones líquidas (cuentas corrientes, depósitos y emisiones de deuda pública del gobierno español a corto plazo), todo ello conforme a los límites de grado de concentración de inversiones que establece la normativa. La evaluación del riesgo de contraparte frente a entidades de crédito se realiza basándose en ratings de las principales agencias que suministran esta información, seleccionando aquellas de mayor solvencia, experiencia y reconocimiento en el mercado. 2. Riesgo de mercado: Para controlar este tipo de riesgo se establecen límites para que, ante variaciones en los precios de mercado, las pérdidas se limiten a los máximos prefijados. Los controles establecidos se fijan atendiendo a las condiciones de los distintos activos y a la importancia del riesgo inherente a cada mercado. Dentro de este tipo de riesgo adquiere especial relevancia el concepto de Valor en Riesgo o máxima pérdida potencial que puede experimentar una cartera en condiciones actuales de mercado, que se encuentra incorporado a los sistemas de detección de riesgos. El Dpto. de Riesgos y la Unidad de Auditoría se encargan de supervisar el adecuado cumplimiento de los límites establecidos. 3. Riesgo operacional: Para mitigar este riesgo la Sociedad ha impuesto unos requisitos mínimos de formación a los empleados, además de controles primarios en los
distintos puestos de trabajo, de tal forma que las rutinas de control se integren en cada tarea desarrollada. Las mejoras en los sistemas informáticos contribuyen a establecer mejores controles y a que los procesos manuales sean cada vez menos numerosos, reduciendo los errores humanos. El Dpto. de Riesgos y la Unidad de Auditoría realizan un seguimiento y evaluación continua para detectar cualquier riesgo derivado de posibles errores, principalmente de la intermediación de operaciones de la clientela, verificando el correcto funcionamiento del sistema de control. Se ha definido e implementado un modelo de gobierno que cubre los principales ámbitos de la gestión de riesgos tecnológicos e incluye un marco de control que permite monitorizarlos de cara a su gestión y reporte interno y externo. 4. Riesgo de liquidez: Para controlar este riesgo y que se cumplan todos los requisitos establecidos en la legislación en cuanto a coeficientes legales y compromisos de pagos con terceros, se revisan los plazos residuales de vencimiento de los activos y pasivos. El seguimiento y control del riesgo de liquidez es realizado por el Dpto. de Tesorería de forma diaria, en coordinación con el Dpto. Financiero, supervisado por el Dpto. de Riesgos del Grupo. En cualquier caso, la política de mitigación de este riesgo se centra en la actual política de inversión en activos a corto plazo y líquidos que pudiesen estar disponibles ante cualquier tensión que pudiera materializarse. 5. Riesgo normativo: El Grupo cuenta con una Unidad de Cumplimiento Normativo responsable de la adecuación de los procedimientos a los requerimientos normativos, así como del seguimiento y control de su correcta aplicación. 6. Riesgo reputacional: El Grupo tiene establecidas una serie de políticas de cumplimiento normativo, a través de las cuales se realiza un seguimiento directo sobre los aspectos más significativos que pueden causar la materialización de este riesgo, que, a nivel enunciativo, son: Prevención de blanqueo de capitales • Reglamento Interno de Conducta • Comercialización de productos y normativa MIFID II, MIFIR y PRIIPs • Abuso de mercado en los mercados de capitales • Reclamaciones de clientes • Modelo de Gestión de riesgos penales • Protección de datos personales 7. Riesgo fiscal: El impacto de este riesgo se mitiga mediante actuaciones de expertos independientes en el marco de la auditoría financiera, opiniones fiscales solicitadas en el marco de transacciones relevantes y, en última instancia, por la interacción con la Administración Tributaria. 8. Riesgo tecnológico: se ha definido un modelo de gestión del riesgo tecnológico que se basa en el modelo de gobierno y el modelo operativo que permite establecer de forma clara las responsabilidades y competencias en materia de gestión de riesgos tecnológicos, incluyendo los principales órganos de gobierno, así como, la normativa interna y los principales procesos de gestión del riesgo tecnológico. 9. Riesgo ESG: El Grupo integra estos riesgos en sus procedimientos actuales, adoptando un enfoque global para su identificación, evaluación, seguimiento y mitigación, en concreto, en lo relacionado con las finanzas sostenibles, incorporando criterios ESG en el catálogo de productos, implantando en asesoramiento y gestión preferencias ESG de los clientes, reportando las acciones llevadas a cabo, desarrollando procesos y metodología de gestión de riesgo medioambiental y adaptando tratamientos de capital favorables a las exposiciones ligadas al ámbito ESG.
Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
El Consejo de Administración de Renta 4 Banco tiene la responsabilidad última de la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF que, de acuerdo con su Reglamento, tiene delegada su supervisión en el Comité de Auditoría y Control.
COMITÉ DE AUDITORÍA Y CONTROL.
El Reglamento del Consejo de Administración de Renta 4 Banco establece en su artículo 31 que las responsabilidades básicas del Comité de Auditoría y Control, en relación con los sistemas de información y control interno, son las que a continuación se exponen:
La supervisión de la eficacia y de la dirección de los servicios de auditoría interna de la Sociedad que velen por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno, en particular respecto de los procesos de elaboración en integridad y presentación de la información financiera regulada relativa a la Sociedad y, a su grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables, dando cuenta de ello al Consejo de Administración, viniendo obligado el responsable de la función de auditoría interna a presentar al Comité su plan anual de trabajo y a informarle directamente de las incidencias que se presenten en su desarrollo, así como a someterle al final de cada ejercicio un informe sobre sus actividades.
Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera regulada y los sistemas de control y gestión de riesgos internos asociados a los riesgos relevantes de la Sociedad de modo que éstos se identifiquen (operativo, tecnológico, financiero, legal o reputacional), gestionen y den a conocer adecuadamente, fijándose el nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable, las medidas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, así como la determinación de los sistemas de control e información que se emplearán para controlarlos y gestionarlos, velando por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna, proponiendo la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna, así como el presupuesto de dicho servicio, recibiendo información periódica sobre sus actividades y verificando que la alta dirección tienen en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
Revisar las cuentas de la Sociedad, vigilar el cumplimiento de los requerimientos legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados, así como informar de las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la dirección. 4. Revisar e informar previamente al Consejo de Administración respecto de: (i) la información financiera que, por su condición de cotizada, la Sociedad deba hacer pública periódicamente, asegurándose de que las cuentas intermedias se formulan con los mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión limitada del auditor externo de la Sociedad; (ii) la creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo al que pertenezca la Sociedad; (iii) y de las operaciones vinculadas.
Recibir de los empleados, de forma confidencial, pero no anónima, y por escrito, comunicaciones sobre posibles irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la Sociedad o de sociedades de su grupo.
Velar por el cumplimiento de los códigos internos de conducta y las reglas de gobierno corporativo, así como de la normativa sobre mercados del sector.
Supervisar el desarrollo de las funciones atribuidas al área responsable de prevención de blanqueo de capitales y conocer los informes y propuestas que a este respecto le sean presentados. Los miembros del Comité de Auditoría y Control se designan teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o gestión de riesgos, siendo la totalidad de sus miembros consejeros externos, y se les mantiene adecuadamente informados de todos los cambios regulatorios que se puedan producir en las citadas materias. De entre los mismos el Consejo de Administración designa al Presidente, que será un consejero independiente y que desempeñará su cargo por un periodo no superior a cuatro años sin perjuicio de su continuidad o reelección como miembro del Comité. AUDITORÍA INTERNA.
El Grupo dispone de un área de Auditoría Interna que está sometida al control y supervisión del Comité de Auditoría y Control. Dentro de las funciones que desarrolla el área de Auditoría Interna, se encuentran entre otras, las de:
Supervisar el cumplimiento y efectividad de los sistemas y procedimientos de control interno, así como asistir a la organización en la mejora de estos y de las actividades de control.
Velar por la suficiencia, integridad y fiabilidad de la información financiera y de gestión.
Examinar los sistemas establecidos para asegurar el cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable, evaluando para ello la idoneidad y efectividad de los mismos.
Para el cumplimiento de sus objetivos compagina la actividad de auditoría presencial con la de auditoría a distancia. COMITÉ DE DIRECCIÓN.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.
Las funciones del Comité de Dirección son la dirección, el control y el seguimiento del Banco y del Grupo; el seguimiento, control y evaluación de las áreas de negocio; el establecimiento de la estrategia comercial y seguimiento de su actividad; la implantación de los objetivos y de la política comercial común; la evaluación de inversiones, operaciones en los mercados de valores y estructura de financiación; el análisis de precios y propuestas de tarifas y precios intra-grupo; la evolución de las necesidades tecnológicas del Grupo y propuestas para la mejora del sistema; la coordinación del Banco con las distintas áreas del Grupo; y, por último, llevar a cabo las políticas de gestión de filiales y seguimiento de los resultados.
El Grupo Renta 4 posee una función independiente de Cumplimiento Normativo que, a través de las políticas y procedimientos adecuados, detecta y gestiona el riesgo de incumplimiento de las obligaciones en la materia, tanto internas como externas, que tiene la organización. Asimismo, informa y asesora a la dirección y a empleados, y monitoriza el cumplimiento de las reglas internas a lo largo de toda la organización. El riesgo de incumplimiento normativo puede llegar a tener impacto sobre la información financiera.
Adicionalmente, el Grupo Renta 4 pone a disposición de sus clientes un Servicio de Atención al Cliente, cuya finalidad es conocer, estudiar y resolver las quejas y reclamaciones que los clientes le planteen con respecto a las operaciones, contratos o servicios financieros y, en general, con respecto a sus relaciones con las diferentes entidades que componen el Grupo Renta 4. Este Servicio de Atención al Cliente supone un control adicional en la detección de posibles errores en la información financiera tras los correspondientes análisis de las reclamaciones presentadas. ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTABILIDAD.
El área de Administración y Contabilidad de Renta 4 Banco, es el área responsable de la elaboración y control directo sobre la Información Financiera, reportando directamente tanto a la Alta Dirección como al Consejo.
En esta área recaen las siguientes funciones en el proceso de elaboración de la información financiera:
Contabilidad: responsable de la contabilidad del Banco y de comprobar el cumplimiento de los procedimientos de control sobre la calidad y fiabilidad de la información que se genera desde las diferentes áreas del Grupo.
Consolidación: responsable del proceso de consolidación y de seguimiento de la información de filiales y participadas.
F.1.2 Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera, los siguientes elementos:
El diseño y revisión de la estructura organizativa, así como la definición de las líneas de responsabilidad y autoridad es realizado por el Consejo de Administración, por medio del Consejero Delegado y de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones (órgano integrado por miembros externos del Consejo de Administración), con la asistencia del Comité de Dirección.
El Consejero Delegado y la Comisión de Nombramientos y Retribuciones determinan la distribución de tareas y funciones, velando por que exista una adecuada distribución de funciones, así como unos sistemas de coordinación entre los diferentes departamentos que garanticen la eficiencia de las operaciones.
· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:
El Grupo Renta 4 dispone de un Reglamento Interno de Conducta, aprobado por el Consejo de Administración, de aplicación a todos los empleados, apoderados, directivos, administradores y representantes del Grupo, que desarrolla los principios y valores que deben regir la actuación del Grupo. En este Reglamento Interno de Conducta, se establece un marco de actuación en caso de incumplimiento por las personas sujetas. Renta 4 Banco traslada este Reglamento Interno de Conducta a todas las personas afectadas por él, quienes acusan recibo de su comunicación y asumen personalmente que conocen, comprenden y aceptan el RIC, así como todos los compromisos que el mismo comporta. La función de Cumplimiento Normativo es el órgano responsable de vigilar la correcta difusión del citado Código, así como de asegurarse de su correcto cumplimiento, comunicando al Comité de Auditoría y Control los incumplimientos o malas prácticas que se detecten y proponiendo las sanciones que correspondan, que deberán ser ratificadas por el correspondiente órgano de gobierno.
· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.
La comunicación al Comité de Auditoría de las irregularidades de naturaleza financiera y contable se realiza a través del Auditor interno, el cual se encuentra presente en todas las reuniones de dicho Comité, y las traslada al Presidente del Comité para su estudio y subsanación. Adicionalmente, el Grupo dispone de un canal de denuncias a través del cual, los clientes, empleados o proveedores pueden comunicar cualquier conducta presuntamente irregular, incumplimiento o ilegalidad, cometida en el ámbito de actuación de las sociedades que componen el Grupo Renta 4 que pueda suponer la comisión de un delito en el ámbito penal. Este canal de denuncias es confidencial.
La Unidad de Cumplimiento (formado por el Director de Auditoría Interna, Director de Gestión de Riesgos y Director de Cumplimiento Normativo) es el órgano colegiado, dependiente de la Comisión de Auditoría y Control, que recibe y analiza todas las denuncias, con poder autónomo para su investigación y resolución. De su actividad en la gestión de denuncias, la Unidad de Cumplimiento dará reporte a la Comisión de Auditoría y Control del Consejo.
· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:
El Grupo desarrolla planes de formación para todo el personal, incluidos aquellos que están directamente involucrados en la elaboración de la información financiera.
Estos planes incluyen la actualización permanente ante cualquier cambio regulatorio de las actividades que desarrollan las distintas sociedades del Grupo, como en el conocimiento de las Normas Internacionales de Información Financiera y de la normativa aplicable emitida por el Banco de España, CNMV y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
F.2.1 Cuáles son las principales características del proceso de identificación de riesgos, incluyendo los de error o fraude, en cuanto a:.
La Dirección de Renta 4 Banco es responsable y mantener un adecuado control interno sobre la preparación de información financiera. Este proceso de control interno sobre la información financiera está bajo supervisión del Presidente del Consejo y del Comité de Auditoría y Control con el fin de proveer certeza razonable acerca de la fiabilidad de la información financiera y la preparación de los estados financieros consolidados públicos del Grupo, preparados en base a las normas vigentes en cada momento.
Los principales riesgos que surgen en el proceso de la elaboración de la información financiera son:
Errores por aplicación incorrecta de principios contables.
Fraudes en la información financiera.
Deficiencia en el desglose de la información.
Con el objeto de mitigar estos riesgos en la elaboración de la información financiera, el Grupo Renta 4 tiene prácticamente automatizada toda la contabilización referida a la operativa con clientes. En relación con aquellos procesos en los que existe un componente manual para la elaboración de la información financiera se han identificado los riesgos y controles o factores mitigantes asociados, de forma que se pueda evaluar, supervisar y concluir para cada uno de ellos y para el conjunto de la información financiera, razonablemente se esté libre de errores materiales. Adicionalmente, se realizan una serie de conciliaciones que garantizan que la información contable se corresponde con la información facilitada por terceros.
La supervisión del proceso de identificación de riesgos de la información financiera se realiza por el Comité de Auditoría y Control dentro de sus funciones de supervisión y control sobre la información financiera.
· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:
Este proceso cubre la totalidad de la información financiera y presta especial énfasis en la identificación de riesgos de error material en base a la complejidad de las transacciones, importancia cuantitativa y cualitativa, complejidad de los cálculos y aplicación de juicios y estimaciones. Este proceso se actualiza conforme a la modificación del grado de exposición a los riesgos inherentes a la actividad que desarrolla el Grupo Renta 4.
· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:
El perímetro de consolidación del Grupo Renta 4 es determinado por el Área de Administración y Contabilidad, de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa pertinente.
El perímetro de consolidación es supervisado adicionalmente por la función de auditoría interna y por los auditores externos.
· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:
El proceso tiene en cuenta los principales riesgos en los que incurre el Grupo Renta 4, incluyéndose operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales, etc.
Este proceso de control interno sobre la información financiera está bajo supervisión del Presidente del Consejo y del Comité de Auditoría y Control con el fin de proveer certeza razonable acerca de la fiabilidad de la información financiera y la preparación de los estados financieros consolidados públicos del Grupo, preparados en base a las normas vigentes en cada momento.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes
Existen una serie de controles de las transacciones que puede afectar de forma material a los estados financieros. Estos controles se basan fundamentalmente en los siguientes aspectos:
Confirmación de transacciones: controles para asegurar la integridad y la exactitud de las transacciones registradas.
Controles basados en conciliaciones de aquellas transacciones, posiciones y parámetros significativos.
Valoración: realización de controles de los métodos de valoración, hipótesis e inputs utilizados en la estimación del valor razonable de los instrumentos financieros.
Fiscalidad: controles internos para asegurar que los cálculos fiscales son realizados correctamente y que sus saldos están adecuadamente registrados en los estados financieros, en colaboración con la asesoría fiscal externa del Grupo.
Ajustes basados en estimaciones: controles para asegurar que las técnicas utilizadas para la elaboración de las estimaciones están basadas en juicios previamente autorizados y comunicados.
Controles sobre consolidación y otros procesos de cierre de estados financieros: Los controles sobre consolidación incluyen, entre otros, la validación de asientos contables de eliminación de operaciones inter e intra-grupo y la revisión de ajustes posteriores al cierre.
Presentación y desglose de los estados financieros: revisión final de los estados financieros por la Alta Dirección del Grupo, especialmente por el área financiera, con controles previos del área de Administración y Contabilidad y Unidad de Auditoría.
F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.
El Grupo Renta 4 mantiene diferentes niveles de seguridad de acceso a los sistemas de información que soportan la elaboración y publicación de información financiera, garantizándose la adecuada segregación de funciones dentro del proceso contable, así como evitando cualquier intrusión al respecto.
Asociado a los sistemas de información, existe un riesgo de continuidad de negocio, que deriva de la posible concurrencia de contingencias por fallos de comunicaciones, fallos de energía, funcionamiento erróneo de los equipos de hardware o de los programas de software u otros eventos inesperados o desastres.
El Grupo Renta 4 dispone de un plan de continuidad de negocio, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable, que se traduce en distintos planes de cobertura de los riesgos citados con anterioridad.
F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.
El Grupo Renta 4 no tiene subcontratada ninguna actividad relevante que pueda tener un impacto significativo en los estados financieros del Grupo. Si bien mantiene una política de externalización que establece los procesos de homologación y revisión del cumplimiento por parte de terceros.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.
La responsabilidad sobre la adecuada aplicación de normas contables en la elaboración de la información financiera recae en el Área de Administración y Contabilidad. Junto a la elaboración de la información contable, sus funciones son las siguientes:
Definir las Políticas y Procedimientos Contables del Grupo.
Analizar cualquier operación y/o transacción singular para su adecuado tratamiento contable.
Evaluar los posibles impactos ante cualquier proyecto de cambio normativo.
Resolver cualquier consulta que se pueda realizar a nivel interno.
El área de Administración y Contabilidad mantiene un contacto con los auditores externos ante cualquier operación y/o transacción en las que existan dudas sobre su tratamiento.
Los principales sistemas informáticos que intervienen en la generación de la información financiera utilizados por el Grupo Renta 4 se encuentran centralizados e interconectados.
Existen procedimientos y controles que aseguran el correcto desarrollo y mantenimiento de estos sistemas, y su correcta operativa, continuidad y seguridad.
En el proceso de consolidación y preparación de la información financiera se utilizan como inputs los estados financieros reportados por las filiales del grupo en los formatos establecidos, así como el resto de información financiera requerida tanto para el proceso de armonización contable como para la cobertura de las necesidades de información establecidas.
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.
El Comité de Auditoría y Control realiza una supervisión del correcto funcionamiento de la elaboración de información financiera, a través de la supervisión directa de la función de auditoría interna y del trabajo desarrollado por los auditores externos.
Al mismo tiempo, el Comité de Auditoría y Control puede requerir la asistencia de personal que integran las diferentes áreas del Grupo para recabar información relativa a la existencia o no de debilidades que puedan tener impacto significativo en la información financiera. La Alta Dirección del Grupo, en función de la información obtenida del área de auditoría, tanto interna como externa, e información de procedimientos de inspección de organismos reguladores, realiza una evaluación relativa a la eficacia del SCIIF.
F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.
La función de Auditoría Interna comunica a la Alta Dirección y al Comité de Auditoría y Control las debilidades significativas de control interno identificadas en las revisiones efectuadas durante el ejercicio.
Asimismo, el auditor de cuentas del Grupo tiene acceso directo con la Alta Dirección del Grupo manteniendo reuniones periódicas tanto para obtener información necesaria para el desarrollo de su trabajo como para comunicar las debilidades de control detectadas en el desarrollo de su trabajo. Respecto de este último aspecto, los auditores externos presentan semestral y anualmente un informe a la Alta Dirección en que se detallan las debilidades de control interno puestas de manifiesto en el desarrollo de su trabajo.
A su vez, el auditor de cuentas informa al Comité de Auditoría y Control de las conclusiones de su trabajo de revisión de las Cuentas del Grupo incluyendo cualquier aspecto que considere relevante.
El área de Auditoría Interna realiza un seguimiento periódico de los planes de acción derivados de las recomendaciones emitidas por el auditor externo e informa al Comité de Auditoría y Control de su estado, en función de la relevancia de las situaciones, al menos anualmente.
No se han identificado aspectos adicionales a desglosar.
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
El Grupo Renta 4 no ha considerado necesario la emisión de un informe del auditor externo sobre el SCIIF, principalmente por el hecho que, con periodicidad semestral, los auditores externos realizan o bien una auditoría de las cuentas anuales consolidadas o bien una revisión limitada de los estados financieros consolidados resumidos intermedios, dentro del marco establecido por las normas de auditoría, discutiendo con la Comisión de Control y Auditoría cualquier aspecto o incidencia reseñable.
Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo y, si existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.
Que la sociedad defina y promueva una política relativa a la comunicación y contactos con accionistas e inversores institucionales en el marco de su implicación en la sociedad, así como con los asesores de voto que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los accionistas que se encuentren en la misma posición. Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.
Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
El Consejo mantuvo su compromiso de actualización, análisis y revisión de las políticas internas de la Sociedad para adaptarlas, en caso de ser necesario, a las modificaciones de las recomendaciones de buen gobierno aprobadas por la CNMV en junio de 2020. En este sentido, cabe destacar la aprobación por el Consejo de Administración, el pasado diciembre de 2023, de una nueva versión de la "Política de comunicación y contactos con Accionistas, Inversores y Asesores de Voto y de difusión de información económico-financiera, no financiera y corporativa".
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.
Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas.
Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
d) Con posterioridad a la junta general de accionistas, comunique el desglose del voto sobre tales puntos complementarios o propuestas alternativas.
Que, en el caso de que la sociedad tenga previsto pagar primas de asistencia a la junta general de accionistas, establezca, con anterioridad, una política general sobre tales primas y que dicha política sea estable.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.
Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
Tal y como se informó en el apartado C.1.4 anterior, actualmente, el consejo de administración de la Sociedad cuenta con un total de 4 consejeras que representan un 28,57% del total de los consejeros. No obstante lo anterior, la Sociedad, en cumplimiento de la normativa vigente, seguirá realizando sus mejores esfuerzos en este sentido, procediendo al estudio y análisis de diferentes candidatas con el fin de aumentar el porcentaje de representación femenina en el Consejo.
Este criterio podrá atenuarse:
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.
Que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.
También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.
Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] | |
|---|---|---|---|---|
Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
A pesar de que el Reglamento del Consejo de la Sociedad no contiene ninguna mención al número máximo de consejos de los que pueden formar parte los consejeros de esta, dicho número viene delimitado en la normativa que aplica a la Sociedad por su condición de entidad de crédito. Por ello, queda cumplido el principio que orienta la recomendación, esto es, que los consejeros dediquen el tiempo suficiente para el eficaz desarrollo de sus funciones y para conocer el negocio de la Sociedad y las reglas de gobierno que la rigen, y se cumple con la finalidad de este a pesar de no seguir de forma plena la recomendación, siendo los consejeros conocedores de las limitaciones que la normativa establece al respecto.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.
Que la sociedad establezca los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la empresa.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el plan de sucesión del presidente.
Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva.
Que los miembros de la comisión de auditoría en su conjunto, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Que el responsable de la unidad que asuma la función de auditoría interna presente a la comisión de auditoría, para su aprobación por esta o por el consejo, su plan anual de trabajo, le informe directamente de su ejecución, incluidas las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en su desarrollo, los resultados y el seguimiento de sus recomendaciones y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.
Que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
c) Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el marco de la política definida por el consejo de administración.
Que los miembros de la comisión de nombramientos y de retribuciones –o de la comisión de nombramientos y la comisión de retribuciones, si estuvieren separadas– se designen procurando que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y que la mayoría de dichos miembros sean consejeros independientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Que la comisión de retribuciones consulte al presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Que la supervisión del cumplimiento de las políticas y reglas de la sociedad en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta, se atribuya a una o se reparta entre varias comisiones del consejo de administración que podrán ser la comisión de auditoría, la de nombramientos, una comisión especializada en sostenibilidad o responsabilidad social corporativa u otra comisión especializada que el consejo de administración, en ejercicio de sus facultades de auto-organización, haya decidido crear. Y que tal comisión esté integrada únicamente por consejeros no ejecutivos, siendo la mayoría independientes y se le atribuyan específicamente las funciones mínimas que se indican en la recomendación siguiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]
Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.
Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] | |
|---|---|---|---|---|
| -------------- | ---------------------------- | ----------------- | -- | --------------------- |
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]
No se prevén más mecanismos al respecto que los recogidos en la normativa mercantil aplicable, si bien en la política de remuneraciones de los consejeros se recoge el contenido de dicha recomendación.
A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.
Las indemnizaciones por resolución de los contratos recogen el pago por importe equivalente a la parte devengada y perfeccionada de la Retribución variable anual según corresponda, y respecto de la parte diferida, la totalidad de la cuantía de abono diferida, y, en el supuesto de dimisiones, la parte devengada y perfeccionada de la retribución variable anual según corresponda, conforme a la normativa, hasta la fecha de rescisión de la relación.
En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
C.1.12. A pesar de que el Reglamento del Consejo de la Sociedad no contiene ninguna mención al número máximo de consejos de los que pueden formar parte los consejeros de esta, dicho número viene delimitado en la normativa que aplica a la Sociedad por su condición de entidad de crédito. En este sentido, se cumple con el principio que orienta la recomendación, relativo a, que los consejeros dediquen el tiempo suficiente para el eficaz desarrollo de sus funciones y para conocer el negocio de la Sociedad y las reglas de gobierno que la rigen, y se cumple con la finalidad de este a pesar de no seguir de forma plena la recomendación, siendo los consejeros conocedores de las limitaciones que la normativa establece al respecto.
Nombre o denominación Nombre de la Sociedad Vínculo Naturaleza de la operación Importe Órgano que la ha aprobado DOÑA GEMA AZNAR CORNEJO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 94 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DOÑA GEMA AZNAR CORNEJO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS 7 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DOÑA GEMA AZNAR CORNEJO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL GASTOS FINANCIEROS 1 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DOÑA GEMA AZNAR CORNEJO RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 4 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON EDUARDO CHACÓN LÓPEZ RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 6 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS-ZÚÑIGA RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 65 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DOÑA PILAR GARCÍA CEBALLOS-ZÚÑIGA RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 2 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON J. IGNACIO GARCÍA-JUNCEDA FDEZ. RENTA 4 SV S.A. CONTRACTUAL ACUERDOS FINANC.PRÉSTAMOS 23 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DON J. IGNACIO GARCÍA-JUNCEDA FDEZ. RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 7 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON J. IGNACIO GARCÍA-JUNCEDA FDEZ. RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL COMPROMISOS ADQUIRIDOS 23 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DON SANTIAGO JOSE GONZÁLEZ ENCISO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL ACUERDOS FINANC.PRÉSTAMOS 146 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DON SANTIAGO JOSE GONZÁLEZ ENCISO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL INT. PRÉSTAMOS DISPUESTOS 13 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DON SANTIAGO JOSE GONZÁLEZ ENCISO RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 202 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON SANTIAGO JOSE GONZÁLEZ ENCISO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL COMPROMISOS ADQUIRIDOS 700 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DON SANTIAGO JOSE GONZÁLEZ ENCISO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL GARANTIAS ADQUIRIDAS 1300 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DOÑA INÉS JUSTE BELLOSILLO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 17 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DOÑA INÉS JUSTE BELLOSILLO RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 6 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON JUAN LUIS LÓPEZ GARCÍA RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 61 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DON JUAN LUIS LÓPEZ GARCÍA RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL OTRAS OPS. PASIVO GTÍAS 13 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DON JUAN LUIS LÓPEZ GARCÍA RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS 3 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DON JUAN LUIS LÓPEZ GARCÍA RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 52 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON PEDRO ÁNGEL NAVARRO MARTÍNEZ RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DON PEDRO ÁNGEL NAVARRO MARTÍNEZ RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 62 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON RAFAEL NAVAS LANCHAS RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 2 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DON RAFAEL NAVAS LANCHAS RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 2 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON JOSÉ RAMÓN RUBIO LAPORTA RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 101 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DON JOSÉ RAMÓN RUBIO LAPORTA RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS 17 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DON JOSÉ RAMÓN RUBIO LAPORTA RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 145 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON JESÚS SÁNCHEZ-QUIÑONES GONZÁLEZ RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 5 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DON JESÚS SÁNCHEZ-QUIÑONES GONZÁLEZ RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 76 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 2 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 2 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS 61 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DON JUAN CARLOS URETA DOMINGO RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 1089 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON JUAN CARLOS URETA ESTADES RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL INT. PRÉSTAMOS DISPUESTOS 7 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD
DON JUAN CARLOS URETA ESTADES RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 13 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DOÑA MARÍA PINO VELÁZQUEZ MEDINA RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 8 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DOÑA MARÍA PINO VELÁZQUEZ MEDINA RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 2 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DOÑA SONIA ÁLVAREZ NOZAL RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS 1 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DOÑA SONIA ÁLVAREZ NOZAL RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 15 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DOÑA SONIA ÁLVAREZ NOZAL RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 7 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DOÑA MARÍA TERESA SÁNCHEZ ALONSO RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 31 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DOÑA MARÍA TERESA SÁNCHEZ ALONSO RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 5 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
DON CARLOS RUIZ SÁNCHEZ RENTA 4 BANCO S.A. CONTRACTUAL CUENTAS CORRIENTES 6 TRÁFICO HABITUAL DE LA ENTIDAD DON CARLOS RUIZ SÁNCHEZ RENTA 4 BANCO S.A. SOCIETARIA DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS 26 CONSEJO DE ADMON.-JUNTA GENERAL
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
26/02/2024
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
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