Transaction in Own Shares • Apr 11, 2024
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Ferrovial (Ticker: "FER") anuncia que se ha acordado llevar a cabo un Programa de Recompra de acciones propias (el "Programa") al amparo de (i) el artículo 5 del Reglamento (UE) Nº 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado; y (ii) el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento sobre el abuso de mercado en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (el "Reglamento" y el "Reglamento Delegado", respectivamente), así como de conformidad con cualquier otro requisito normativo aplicable, incluidos, si las acciones de Ferrovial cotizaran en una bolsa de valores de EE.UU., los requisitos de la legislación estadounidense de mercado de valores.
Se indican a continuación los términos en que se llevará a cabo el Programa:
Adicionalmente, en los mercados europeos las acciones de Ferrovial serán adquiridas de acuerdo con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado. En lo que se refiere al precio, Ferrovial no adquirirá acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (a) el precio de la última operación independiente; o (b) la oferta independiente más alta de ese momento en los centros de negociación donde se efectúe la compra. En lo que respecta al volumen de contratación, la Sociedad no adquirirá en cualquier día de negociación más del 25% del volumen medio diario de las acciones de Ferrovial negociado en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra. El volumen medio diario de las acciones de la Sociedad a los efectos del cómputo anterior tendrá como base el volumen medio diario negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.
En los mercados estadounidenses, sujeto a que las acciones de Ferrovial coticen en un mercado de valores de los EE.UU., las acciones de Ferrovial se adquirirían, en su caso, de acuerdo con la legislación estadounidense aplicable del mercado de valores, incluyendo las condiciones establecidas por la Regla 10b-18 de la Ley de Mercado de Valores de EE.UU. de 1934 (U.S. Securities Exchange Act),en su versión modificada.
Traducción al español a efectos meramente informativos. En caso de discrepancias entre la versión española y la inglesa, prevalecerá la versión inglesa.
(iv) Duración: el periodo durante el cual se ha autorizado el Programa va del 2 de mayo de 2024 al 31 de diciembre de 2024 (ambos incluidos), sin perjuicio de que las Sociedad pueda extender la fecha de su duración en atención a las circunstancias concurrentes y en interés de la Sociedad y sus accionistas. Asimismo, Ferrovial se reserva el derecho a finalizar el Programa si, con anterioridad a ese plazo, hubiera adquirido al amparo del mismo acciones por un precio que alcanzara el importe de la inversión máxima neta o el número máximo de acciones autorizado, o si concurriera otra circunstancia que así lo aconsejara.
El Programa no comenzará hasta que el actual programa de recompra de la Sociedad, anunciado al mercado el 30 de noviembre de 2023, haya finalizado.
(v) Comunicaciones públicas: las eventuales modificaciones del Programa, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán comunicadas a la Autoridad de los Mercados Financieros neerlandesa (AFM) y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores española (CNMV) (y a cualquier otra autoridad regulatoria a la que, en su caso, deba comunicarse) conforme a lo previsto en la normativa aplicable, incluyendo el artículo 5 del Reglamento y el Reglamento Delegado. Dichas operaciones serán también publicadas en la página web de la Sociedad según lo establecido en dichas normas.
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