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Arima Real Estate Socimi S.A.

Pre-Annual General Meeting Information May 18, 2024

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Pre-Annual General Meeting Information

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COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

De conformidad con lo previsto en el ar�culo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (en adelante, "Árima" o la "Sociedad") pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") y del mercado la siguiente

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

Se hace público el texto del anuncio de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad que se celebrará en Madrid, el miércoles día 19 de junio de 2024 a las 12:00 horas en primera convocatoria, en el domicilio social sito en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, y para el caso de que, por no haberse alcanzado el quorum de asistencia necesario, dicha Junta no pudiera celebrarse en primera convocatoria, se celebrará, a la misma hora y en el mismo lugar el jueves, el 20 de junio de 2024 en segunda convocatoria. Asimismo, se hacen públicas las propuestas de los acuerdos y los Informes de Administradores en relación con las propuestas de acuerdo a los que se refieren los puntos séptimo, noveno y décimo del orden del día de la citada Junta General.

La restante documentación relacionada con la convocatoria estará a disposición de los accionistas e inversores en la página web www.arimainmo.com.

Madrid, 17 de mayo de 2024

D. Luis Alfonso López de Herrera-Oria Consejero Delegado Árima Real Estate

Árima Real Estate SOCIMI, S.A. Junta General Ordinaria de Accionistas

El Consejo de Administración acuerda por unanimidad convocar Junta General Ordinaria de Accionistas de la sociedad Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (la "Sociedad"), que se celebrará en Madrid, el próximo día 19 de junio de 2024 a las 12 p.m. en primera convocatoria en el domicilio social sito en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, o, de no alcanzarse el quórum de constitución necesario, en segunda convocatoria el día 20 de junio de 2024 a las 12 p.m. en el mismo lugar, con el fin de que los señores accionistas puedan deliberar y resolver sobre los puntos del siguiente:

Orden del día

1.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales de Árima Real Estate SOCIMI, S.A., así como del informe de gestión individual de la Sociedad, correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023.

2.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado de las cuentas anuales individuales de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2023.

3.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión desarrollada por el Consejo de Administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023.

4.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales consolidadas de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. y sus sociedades dependientes, así como del informe de gestión consolidado de la Sociedad, correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2023.

5.- Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023.

6.- Toma de razón del grado de cumplimiento por parte de la Sociedad de las recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas; e información de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la Sociedad.

7.- Modificación del artículo 40.4 de los Estatutos Sociales. Información a la Junta General sobre la modificación del Reglamento del Consejo de Administración.

7.1. Modificación del artículo 40.4 de los Estatutos Sociales.

7.2. Información a la Junta General sobre la modificación del Reglamento del Consejo de Administración.

8.- Reelección del Auditor de Cuentas de la Sociedad y de su Grupo consolidado para auditar el periodo 2024-2026.

9.- Reelección de Consejeros.

9.1.- Reelegir a D. Luis María Arredondo Malo como consejero independiente.

9.2.- Reelegir a D. Luis Alfonso López de Herrera-Oria como Consejero Ejecutivo y Consejero Delegado.

9.3.- Reelegir a D. Fernando Bautista Sagüés como consejero independiente.

9.4.- Reelegir a D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz como consejero independiente.

9.5.- Reelegir a D. Cato Henning Stonex como consejero independiente.

10.- Examen y aprobación, en su caso, de una reducción del capital social mediante la amortización de acciones propias, y consiguiente modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales.

11. - Elevación a público de los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.

Habida cuenta del quorum concurrente a otras convocatorias de Junta, es previsible que la reunión se celebre en segunda convocatoria en el lugar indicado en el encabezamiento.

Complemento de la Convocatoria: A los efectos de lo previsto en el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento (3%) del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General de Accionistas incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los mismos vayan acompañados de una justificación o de una propuesta de acuerdo justificada. En dicha solicitud los señores accionistas deberán indicar, al menos, (i) la identidad del accionista o accionistas que ejercitan el derecho, (ii) el número de acciones de las que es o son titulares, o que representan, (iii) los puntos a incluir en el orden del día, así como (iv) una justificación de los puntos propuestos o, en su caso, una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente a la Sociedad que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. Presentación de propuestas de acuerdo: Los accionistas titulares de, al menos, el tres por ciento (3%) del capital social podrán, en el mismo plazo de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la junta convocada, en los términos de lo establecido

Derecho de información: De conformidad con lo establecido en los artículos 272 y 308 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa a los señores accionistas que a partir de la presente convocatoria queda a disposición de cualquiera de ellos, pudiendo obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, toda la documentación relativa al orden del día y propuestas de acuerdo sometidas a su consideración y aprobación, en el domicilio social de la Sociedad, sito en Madrid, Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta. En particular, la siguiente documentación:

(i) Las propuestas de acuerdos.

en el artículo 519.3 de la Ley de Sociedades de Capital.

  • (ii) Documentación relativa a las cuentas anuales individuales y consolidadas, así como los informes de gestión y los informes del auditor de cuentas del ejercicio 2023.
  • (iii) El Informe sobre Remuneraciones de los Consejeros, correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2023, que será objeto de votación consultiva.
  • (iv) El Informe Anual de Gobierno Corporativo, correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2023.
  • (v) Los Estatutos Sociales, así como el texto íntegro de la modificación estatutaria propuesta, de conformidad con el punto 7.1 del Orden del Día; y el Informe del Consejo de Administración justificativo de la modificación estatutaria propuesta de conformidad con lo establecido en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital.
  • (vi) El Reglamento del Consejo de Administración aprobado por el Consejo de Administración en su reunión de 14 de mayo de 2024, así como los informes emitidos por la Comisión de Auditoría y Control y por el Consejo de Administración.
  • (vii) Currículum vitae de D. Luis María Arredondo Malo, de D. Luis Alfonso López de Herrera-Oria, de D. Fernando Bautista Sagüés, de D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz y de D. Cato Henning Stonex, cuyos cargos como Consejeros está previsto reelegir como punto 9 del Orden del día.
  • (viii) Informes emitidos por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y por el Consejo de Administración en relación con la propuesta de reelección de los Consejeros.
  • (ix) Informe emitido por el Consejo de Administración en relación con la propuesta de reducción de capital social mediante la amortización de acciones propias incluida en el punto 10 del Orden del día.
  • (x) Así como la restante documentación que con ocasión de la celebración de esta Junta General deba ponerse preceptivamente a disposición de los accionistas en el domicilio social y/o proceder a su envío inmediato y gratuito de ser requerido.

Todos los documentos citados anteriormente se pueden consultar y descargar igualmente en la página web de la Sociedad (www.arimainmo.com).

De conformidad con lo establecido en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, y el 29 de los Estatutos Sociales, hasta el quinto día natural anterior al previsto para la celebración de la Junta General, los accionistas podrán solicitar de los Administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes. Asimismo, e igualmente hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta General, los accionistas podrán solicitar a los Administradores, por escrito, las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que Árima Real Estate SOCIMI, S.A. hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores acerca del informe del auditor. A este respecto, los accionistas podrán igualmente solicitar de los Administradores, durante la celebración de la Junta General y de manera verbal, las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes.

Las solicitudes que procedan en ejercicio del derecho de información de los accionistas podrán cursarse mediante la entrega o envío por correspondencia postal o servicio análogo de mensajería al domicilio social (Madrid, Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta) de la petición escrita con firma manuscrita y adjuntando fotocopia de un documento de identidad personal válido; en la solicitud deberá constar el domicilio al que el accionista solicita que le sea enviada la información requerida (pudiendo en este caso incluir para su envío una dirección electrónica). A efectos de lo anterior, y al amparo de lo establecido en el artículo 11 quáter de la Ley de Sociedades de Capital, para responder cualquier consulta o solicitud por medios electrónicos se entenderá aceptado dicho medio para la respuesta si, en el marco de la consulta, el señor accionista hubiera incluido una dirección electrónica y no hubiera rechazado expresamente el uso de medios electrónicos para el envío de la consulta o solicitud. De haberse rechazado, se remitiría la contestación o información por correo postal al domicilio indicado en la comunicación (dato que será obligatorio, caso de no aceptar la remisión por medios electrónicos o no incluir una dirección de envío electrónica).

Información adicional y documentación disponible en la página web de la Sociedad (www.arimainmo.com). A partir de la fecha de la convocatoria y hasta la celebración de la Junta General, estarán disponibles para su consulta, descarga e impresión en la página web de la Sociedad (www.arimainmo.com), entre otros, los siguientes documentos:

  • 1) el texto íntegro del anuncio de la convocatoria de la Junta General;
  • 2) el número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria;
  • 3) las cuentas anuales individuales y el informe de gestión individual de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023, con el correspondiente informe de auditoría;
  • 4) las cuentas anuales consolidadas y el informe de gestión consolidado de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. y sus sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023, con el correspondiente informe de auditoría;
  • 5) los textos completos de las propuestas de acuerdo sobre todos y cada uno de los puntos del orden del día; a medida que se reciban, se incluirán también las propuestas de acuerdo presentadas por los accionistas;
  • 6) el Informe sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2023;
  • 7) el Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2023;
  • 8) los informes justificativos emitidos por la Comisión de Auditoría y Control, Comisión de Nombramientos y Retribuciones y por el Consejo de Administración, en su caso;
  • 9) los textos refundidos vigentes de los Estatutos Sociales, Reglamento de la Junta General de Accionistas, Reglamento del Consejo de Administración y de otros documentos que integran el Sistema de gobierno corporativo;
  • 10) las reglas aplicables para la delegación y el voto a través de medios de comunicación a distancia y el modelo de tarjeta de delegación y voto a distancia;
  • 11) un documento donde se extracta el derecho de información que corresponde a los accionistas;
  • 12) y demás documentación que marca la Ley.

Los señores accionistas tendrán derecho al examen de los documentos relacionados anteriormente en el domicilio social y a pedir que se les entreguen o envíen de forma gratuita.

Se deja constancia de que, aunque en la documentación disponible en la página web de la Sociedad (www.arimainmo.com) se incluyen las propuestas de acuerdos que se presentan por el Consejo de Administración a la Junta General sobre cada uno de los puntos del orden del día, el Consejo de Administración se reserva la posibilidad de modificar, por causas justificadas, el contenido de las referidas propuestas. En tal caso, se informaría de dicha circunstancia a la mayor brevedad posible, mediante el oportuno hecho relevante, procediéndose a dar publicidad íntegra y completa de las modificaciones.

Para cualquier aclaración sobre la entrega de documentación y otros extremos referentes a esta convocatoria, los accionistas pueden dirigirse a las oficinas de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (Madrid, Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta), al teléfono de atención al accionista + 34 910 532 803 en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas, o bien a la dirección de correo electrónico [email protected].

Derecho de asistencia: Tienen derecho de asistencia a la Junta General, en los términos previstos en el artículo 23 de los Estatutos, los accionistas titulares de una o más acciones, incluidas las que no tienen derecho a voto, cuya titularidad aparezca inscrita en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco (5) días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta General de Accionistas y así lo acrediten mediante la exhibición del correspondiente certificado de legitimación o tarjeta de asistencia emitida por la Sociedad, o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente.

El derecho de asistencia es delegable con arreglo a lo establecido sobre esta materia en la Ley de Sociedades de Capital, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General.

Las tarjetas de asistencia serán expedidas por la propia Sociedad, previa justificación de la titularidad de las acciones, o por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear) o entidades participantes en estos sistemas. La falta de tarjeta sólo podrá ser suplida mediante el correspondiente certificado de legitimación que acredite el cumplimiento de los requisitos de asistencia.

El registro de tarjetas de asistencia se iniciará una hora antes de la señalada para la celebración de la Junta General. A efectos de acreditar la identidad de los accionistas, a la entrada del recinto donde se celebrará la Junta General se podrá solicitar a los asistentes la acreditación de su identidad mediante la presentación del documento nacional de identidad, tarjeta de identificación de extranjeros o pasaporte; en caso de accionista persona jurídica, se podrá igualmente requerir documento acreditativo de las facultades representativas suficientes de la persona física asistente.

Derecho de representación y voto a través de medios de comunicación a distancia: De conformidad con lo previsto en el artículo 25 de los Estatutos, todo accionista que tenga derecho de asistencia a la Junta General podrá (i) hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, sea o no accionista, conforme a lo establecido en los Estatutos Sociales, el Reglamento de la Junta de Accionistas y la Ley de Sociedades de Capital y (ii) ejercer el voto, a través de medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la Junta General. La representación comprenderá la totalidad de las acciones de que sea titular el accionista representado. La representación es siempre revocable. La asistencia del representado a la Junta General tendrá el valor de revocación tanto de la representación como del voto.

  1. Delegación de la representación a través de medios de comunicación a distancia.

a. Para conferir su representación mediante correspondencia postal o servicio de mensajería equivalente, los accionistas podrán remitir a la Sociedad un escrito en el que conste la representación otorgada, acompañada de la tarjeta de asistencia expedida por la Sociedad o entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta; también podrán cumplimentar y firmar (i) la tarjeta de asistencia y delegación expedida en papel por las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), que en cada caso corresponda, o (ii) el modelo facilitado por Árima Real Estate SOCIMI, S.A. a través del mecanismo establecido al efecto en la página web de la Sociedad (www.arimainmo.com) en el apartado "Junta de Accionistas", y en ambos casos firmando en aquel apartado que dicha tarjeta prevea para la firma del representado; en el segundo caso (remisión del modelo facilitado por Árima Real Estate SOCIMI, S.A.), se deberá adjuntar también certificado acreditativo de la titularidad de las acciones. La tarjeta debidamente cumplimentada y firmada con firma manuscrita (y en su caso el certificado de titularidad), deberá remitirse a Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (Madrid, Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta) por correo postal o servicio de mensajería equivalente. Tratándose de accionistas personas jurídicas, deberá acompañarse copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante. La entrega de manera presencial de la delegación en la recepción de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (Madrid, Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta) se asimilará al envío por correspondencia postal.

b. Comunicación de la delegación al representante. El accionista que confiera su representación mediante correspondencia postal o servicio de mensajería equivalente se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. Cuando la representación se confiera a Árima Real Estate SOCIMI, S.A., a algún Consejero y/o al Secretario del Consejo de Administración, esta comunicación se entenderá realizada y aceptada mediante la recepción por Árima Real Estate SOCIMI, S.A. de la tarjeta debidamente cumplimentada y firmada. La persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercerlo asistiendo personalmente a la Junta General. En el día y lugar de celebración de la Junta General y dentro de la hora inmediatamente anterior a la anunciada para el comienzo de la reunión, los representantes designados deberán identificarse mediante su documento nacional de identidad, tarjeta de identificación de extranjeros o pasaporte. En caso de delegación efectuada por accionista persona jurídica, se podrá solicitar copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante de la delegación; asimismo, en caso de que fuera una persona jurídica la que representara a uno o varios accionistas, se podrá solicitar documento acreditativo de las facultades representativas suficientes de la persona física compareciente.

  1. Voto mediante medios de comunicación a distancia.

El Consejo de Administración ha considerado como medios de comunicación a distancia válidos para el voto en esta Junta General la correspondencia postal o servicio de mensajería equivalente. Para la emisión del voto a distancia mediante correspondencia postal o servicio de mensajería equivalente, los accionistas deberán cumplimentar y firmar (i) la tarjeta de voto expedida en papel por las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), que en cada caso corresponda, o (ii) el modelo facilitado por Árima Real Estate SOCIMI, S.A. a través del mecanismo establecido al efecto en la página web de la Sociedad (www.arimainmo.com) en el apartado "Junta de Accionistas", y en ambos casos firmando en aquel apartado que dicha tarjeta prevea para la firma del representado; en el segundo caso (remisión del modelo facilitado por Árima Real Estate SOCIMI, S.A.), se deberá adjuntar también certificado acreditativo de la titularidad de las acciones. La tarjeta debidamente cumplimentada y firmada con firma manuscrita (y en su caso el certificado de titularidad), deberá remitirse a Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (Madrid, Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta) por correo postal o servicio de mensajería equivalente. Tratándose de accionistas personas jurídicas, deberá acompañarse copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante. La entrega de manera presencial del voto en la recepción de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (Madrid, Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta) se asimilará al envío por correspondencia postal.

  1. Plazo de recepción por Árima Real Estate SOCIMI, S.A.:

La representación y los votos conferidos por cualquiera de los citados medios de comunicación a distancia habrán de recibirse por la Sociedad, al menos, antes de las 23:59 horas del día anterior al previsto para la celebración de la Junta General de Accionistas en primera convocatoria. En caso contrario, la representación y los votos se tendrán por no otorgados. Con posterioridad al plazo indicado sólo se admitirán aquellas delegaciones y votos conferidas en papel que se presenten al personal encargado del registro de accionistas en el día y lugar de celebración de la Junta General y dentro de la hora inmediatamente anterior a la prevista para el inicio de la reunión. Sin perjuicio de lo anterior, los intermediarios que reciban representaciones deberán comunicar a la Sociedad, dentro de los siete (7) días anteriores a la fecha prevista para la celebración de la Junta, una lista en la que indiquen la identidad de cada cliente, el número de acciones respecto de las cuales ejerce el derecho de voto en su nombre, así como las instrucciones de voto que el intermediario haya recibido, en su caso.

  1. Reglas de prelación:

a) La asistencia del accionista a la Junta General tendrá el valor de revocación de la delegación y del voto efectuado mediante medios de comunicación a distancia.

b) El voto emitido por medios de comunicación a distancia podrá dejarse sin efecto por revocación posterior y expresa efectuada por el mismo medio empleado para la emisión, y dentro del plazo establecido para ésta.

c) En el caso de que un accionista realice válidamente varias delegaciones mediante tarjeta impresa en papel, prevalecerá la última delegación que se haya recibido por Árima Real Estate SOCIMI, S.A. dentro del plazo establecido.

d) El voto emitido por medios de comunicación a distancia hará ineficaz cualquier delegación escrita, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se entenderá como no efectuada.

  1. Extensión de la delegación e instrucciones de voto:

La delegación de la representación se extenderá a los puntos del orden del día, así como, salvo indicación expresa en contra, a aquellos otros puntos que, aun no previstos en el orden del día de la convocatoria, puedan ser tratados en la Junta General de Accionistas. En las delegaciones de voto constará la indicación del sentido en que votará el representante. En caso de ausencia de instrucciones de voto precisas, o si se suscitaran dudas sobre el alcance de la delegación, se entenderá que (i) se pronuncia por el voto favorable a todas las propuestas formuladas por el Consejo de Administración; y (ii) se extiende, asimismo, al resto de los puntos no previstos en el orden del día de la convocatoria pero que puedan ser tratados en la Junta General, por así permitirlo la normativa de aplicación, respecto de los cuales el representante se abstendrá de votar salvo que tenga elementos de juicio para considerar más favorable a los intereses del representado ejercitar el voto a favor o en contra de dichas propuestas.

Se deja expresa constancia de que los puntos 9.1., 9.2., 9.3., 9.4. y 9.5. serán objeto de votación separada y de que los puntos 6 y 7.2. no serán objeto de votación.

  1. Destinatarios de la delegación de representación:

Las delegaciones de representación hechas simplemente a favor de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. o las que no indiquen la persona en quién se delegue, se entenderán hechas a favor del Presidente del Consejo de Administración o, caso de ausencia del mismo en la Junta General, a favor de quien le sustituyere en la presidencia de la Junta General de Accionistas.

En los supuestos de delegación (expresa o tácita) a favor del Presidente del Consejo, así como en los supuestos de delegación expresa en algún consejero, ante cualquier punto en el que el representante se encontrara en una situación de posible conflicto de interés, y en tanto en el documento de representación no se hubieran impartido instrucciones precisas por parte del accionista representado, la representación se entenderá conferida, para el asunto concreto de que se trate, a favor del Secretario del Consejo de Administración.

A estos efectos, así como a los efectos dispuestos en la normativa de aplicación, se informa que:

(i) en caso de que, por así permitirlo la norma de aplicación, se sometieran a la Junta General alguna o algunas propuestas de las referidas en el artículo 526.1 b) y c) de la Ley de Sociedades de Capital, los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto de interés en la votación de las mismas;

(ii) el presidente del Consejo de Administración y los restantes consejeros se encuentran en situación de conflicto de interés en relación con los puntos tercero, quinto y noveno del orden del día.

  1. La enajenación de las acciones cuya titularidad confiere el derecho al voto de que tenga conocimiento Árima Real Estate SOCIMI, S.A. dejará sin efecto la delegación conferida.

  2. Árima Real Estate SOCIMI, S.A. pondrá a disposición de los accionistas en su página web corporativa los formularios que deberán utilizarse para la delegación de representación y voto a distancia.

  3. Los accionistas con derecho de asistencia que emitan su voto a distancia serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta General.

  4. Incidencias técnicas:

Árima Real Estate SOCIMI, S.A. no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados del mal funcionamiento del servicio de correos, servicios de mensajería o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. que impidan la utilización de los mecanismos de delegación y voto a distancia.

  1. Información adicional:

Para mayor información sobre la delegación de la representación y voto a través de medios de comunicación a distancia, los accionistas pueden dirigirse (i) a la página web de la Sociedad (www.arimainmo.com); (ii) a la dirección de correo electrónico [email protected]; o (iii) al teléfono de Atención al Accionista + 34 910 532 803.

Tratamiento de Datos de Carácter Personal: Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a Árima Real Estate SOCIMI, S.A. para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General, así como para el cumplimiento de cuantas otras obligaciones legales se deriven de la convocatoria o celebración de la Junta General, o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, IBERCLEAR, serán tratados con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo relativo a la convocatoria y celebración de la Junta General. Estos datos se incorporarán a un fichero cuyo responsable es Árima Real Estate SOCIMI, S.A. En caso de que en la tarjeta de asistencia o delegación se incluyan datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas del titular, el accionista deberá contar con el consentimiento de los titulares para la cesión de los datos personales a Árima Real Estate SOCIMI, S.A. e informarles de los extremos indicados en esta convocatoria en relación con el tratamiento de datos personales. Los datos personales serán conservados durante el desarrollo de la relación accionarial y, tras ello, durante un periodo de seis (6) años únicamente para poder hacer frente a cualesquiera acciones legales o contractuales, salvo que, excepcionalmente, fuera de aplicación un plazo de prescripción de cualesquiera acciones legales o contractuales superior. Los titulares de los datos tendrán la posibilidad de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad, supresión, y cualquier otro derecho reconocido por ley en materia de protección de datos, de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos), de conformidad con lo dispuesto la normativa vigente y en los términos y cumpliendo los requisitos establecidos por la misma, dirigiendo un escrito identificado con la referencia "Tratamiento de Datos de Carácter Personal" en el que se concrete su solicitud a la siguiente dirección: Árima Real Estate SOCIMI, S.A. Madrid, Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta.

NOTA.- La Junta General se celebrará, previsiblemente, en segunda convocatoria, el día 20 de junio de 2024, en el lugar y hora señalados, a no ser que fueran advertidos los señores accionistas de lo contrario a través del mismo diario de prensa en que se publica este anuncio, de la página web de la Sociedad (www.arimainmo.com) así como a través del oportuno hecho relevante que se remitiría a la CNMV.

Se recomienda a los Sres. accionistas la utilización de los distintos canales puestos a su disposición para delegar la representación y votar a distancia.

Finalmente, pese a que la Junta General no se celebrará de forma telemática, se permitirá la asistencia por videoconferencia de los miembros del Consejo de Administración, en particular de aquellos que residan o se encuentren fuera de la provincia del domicilio social.

En Madrid, a 16 de mayo de 2024.

Iván Azinovic Gamo Secretario del Consejo de Administración

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO PRIMERO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

___________________________________________________________________________

Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. así como del informe de gestión individual de la Sociedad, correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023.

PROPUESTA DE ACUERDO:

Aprobar las cuentas anuales y el informe de gestión individuales de Árima Real Estate SOCIMI, S.A., correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2023, conforme fueron formuladas por el Consejo de Administración en su reunión del día 20 de febrero de 2024.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO SEGUNDO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

___________________________________________________________________________

Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado de las cuentas anuales individuales de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2023.

PROPUESTA DE ACUERDO:

Aprobar, conforme a la propuesta del Consejo de Administración, la aplicación del resultado del ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023, que arroja unas pérdidas de 7.705 miles de euros, a la partida contable "Resultados Negativos de Ejercicios Anteriores".

En consecuencia, no se prevé ningún reparto de dividendos.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO TERCERO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

Examen y aprobación, en su caso, de la gestión desarrollada por el Consejo de Administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023.

___________________________________________________________________________

PROPUESTA DE ACUERDO:

Aprobar la gestión desarrollada por el Consejo de Administración de Árima Real Estate SOCIMI, S.A., en el ejercicio de sus funciones, durante el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2023.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

___________________________________________________________________________

Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales consolidadas de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. y sus sociedades dependientes, así como del informe de gestión consolidado de la Sociedad, correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2023.

PROPUESTA DE ACUERDO:

Aprobar las cuentas anuales consolidadas y el informe de gestión consolidado de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. y sus sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2023, conforme fueron formuladas por el Consejo de Administración en su reunión del día 20 de febrero de 2024.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

Votación consultiva del Informe sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023.

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PROPUESTA DE ACUERDO:

Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO SEXTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

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Toma de razón del grado de cumplimiento por parte de la Sociedad de las recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas; e información de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la Sociedad.

PROPUESTA DE ACUERDO:

Tomar razón del grado de cumplimiento por parte de la Sociedad de las recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas y de la información sobre los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la Sociedad.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO SÉPTIMO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ARIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

Modificación del artículo 40.4 de los Estatutos Sociales. Información a la Junta General sobre la modificación del Reglamento del Consejo de Administración.

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7.1. Modificación del artículo 40.4 de los Estatutos Sociales.

7.2. Información a la Junta General sobre la modificación del Reglamento del Consejo de Administración.

PROPUESTA DE ACUERDO:

7.1. Modificar el artículo 40.4 de los Estatutos Sociales con el fin de modificar el número de votos favorables requeridos para la aprobación de acuerdos que exijan mayoría cualificada, de forma que el apartado 4. de dicho artículo queda redactado, en lo sucesivo, en los siguientes términos:

Artículo 40.4.: Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros presentes o representados, con excepción de aquellos supuestos en que los Estatutos, la Ley o el Reglamento del Consejo de Administración prevean una mayoría superior. En caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad. Como excepción a lo anterior, para la aprobación de acuerdos en relación con cualquiera de las siguientes materias será necesario el voto favorable de una mayoría cualificada de los consejeros de 4 consejeros (si el Consejo de Administración está compuesto por 5), de 5 (si el Consejo de Administración está compuesto por 6), de 6 (si el Consejo de Administración está compuesto por 7), de 7 (si el Consejo de Administración está compuesto por 8) o de 8 (si el Consejo de Administración está compuesto por 9):

(i) el informe necesario para que la Junta General de Accionistas apruebe el establecimiento de un sistema retributivo de los consejeros y Directivos que consista en la entrega de acciones o de derechos sobre ellas;

(ii) la modificación del negocio de la Sociedad, tal y como este se describe en el subapartado denominado "Investment Policy and Strategy" del apartado denominado "Information about the Issuer" de los folletos informativos presentados por la Sociedad ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 9 de octubre de 2018 y el 8 de abril de 2019, así como el folleto presentado en relación con el aumento de capital aprobado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 5 de noviembre de 2019; y (iii) la modificación del artículo 31.6 del Reglamento del Consejo de Administración.

7.2. Tomar razón de que, con fecha 14 de mayo de 2024, el Consejo de Administración, previa propuesta de la Comisión de Auditoría y Control, que acompañó la correspondiente memoria justificativa, aprobó por unanimidad modificar el artículo 31.6 del Reglamento del Consejo de Administración, con el fin modificar el número de votos favorables requeridos para la aprobación de acuerdos que exijan mayoría cualificada.

El nuevo texto íntegro del Reglamento del Consejo de Administración en el que se incorpora la modificación mencionada se encuentra a disposición de los señores accionistas en la página web de la Sociedad y, de conformidad con el artículo 529 de la Ley de Sociedades de Capital, será objeto de comunicación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores e inscrito en el Registro Mercantil de Madrid.

La modificación al Reglamento ha sido aprobada en la reunión del Consejo de Administración de fecha 14 de mayo de 2024, si bien su vigencia se difiere a la celebración de la Junta General Ordinaria de Accionistas convocada para los días 19 de junio de 2024 y 20 de junio de 2024, en primera y segunda convocatoria, respectivamente, que se pronuncie, en su caso, sobre el acuerdo correspondiente a la modificación del artículo 40.4 de los Estatutos Sociales, para dotar de la debida coherencia sistemática a las normas internas que regulan la organización y el funcionamiento de la Sociedad.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO OCTAVO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

Reelección del Auditor de Cuentas de la Sociedad y de su Grupo consolidado para auditar el periodo 2024-2026.

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PROPUESTA DE ACUERDO:

Reelegir como auditor de las cuentas individuales y consolidadas de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. a PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L., inscrita en el Registro Mercantil de Madrid (folio 75, tomo 9.267, libro 8.054, sección 3ª) y en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (número S0242), con C.I.F. B-79031290 y domicilio social en Paseo de la Castellana 259 B, Edificio Torre PwC, 28046 Madrid. La reelección se efectúa por el plazo de tres ejercicios, esto es, los finalizados el 31 de diciembre de 2024, 31 de diciembre de 2025 y 31 de diciembre de 2026.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO NOVENO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

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Reelección de Consejeros.

PROPUESTA DE ACUERDO:

9.1.- Reelegir a D. Luis María Arredondo Malo como consejero independiente

Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. Luis María Arredondo Malo, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid, y DNI 26396191-B, en vigor, con la condición de consejero independiente de la Sociedad.

9.2. – Reelegir a D. Luis Alfonso López de Herrera-Oria como consejero ejecutivo y consejero delegado

Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad y como Consejero Delegado, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. Luis Alfonso López de Herrera-Oria, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid, y DNI 0503949P, en vigor, con la condición de consejero ejecutivo de la Sociedad.

9.3. – Reelegir a D. Fernando Bautista Sagüés como consejero independiente

Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. Fernando Bautista Sagüés, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid, y DNI 05343685-A, en vigor, con la condición de consejero independiente de la Sociedad.

9.4. – Reelegir a D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz como consejero independiente

Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid, y DNI 24186711-A, en vigor, con la condición de consejero independiente de la Sociedad.

9.5. - Reelegir a D. Cato Henning Stonex como consejero independiente

Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. Cato Henning Stonex, mayor de edad, de nacionalidad británica, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid y con pasaporte de su nacionalidad número 510766307 y NIE número Y5577692-E, ambos en vigor, con la condición de consejero independiente de la Sociedad.

Se deja constancia de que los puntos 9.1., 9.2., 9.3., 9.4. y 9.5. serán objeto de votación separada.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO DÉCIMO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

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PROPUESTA DE ACUERDO:

Examen y aprobación, en su caso, de una reducción del capital social mediante la amortización de acciones propias, y consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

Se aprueba reducir capital social de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (la "Sociedad") en una cuantía de 24.464.350 euros, quedando la cifra de capital social fijada en 259.829.410 euros, mediante la amortización de 2.446.435 acciones propias, de 10 euros de valor nominal cada una de ellas, representativas de aproximadamente un 8,605% del capital social de la Sociedad, que han sido adquiridas por la Sociedad en el marco del Programa de Recompra de acciones propias de la Sociedad al amparo de las correspondientes autorizaciones de la junta general de accionistas de la Sociedad y con estricto cumplimiento de los límites previstos en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "LSC") y demás normativa aplicable (la "Reducción de Capital"), así como recuperadas por la Sociedad como consecuencia de la resolución del Contrato de Liquidez.

Una vez ejecutada la Reducción de Capital, se procederá a la modificación del artículo 5 de los estatutos sociales de la Sociedad, relativo al capital social, a los efectos de que refleje la cifra de capital y el número de acciones en circulación resultantes de la ejecución de la Reducción de Capital.

La Reducción de Capital no entraña devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia Sociedad la titular de las acciones que se amortizarán, y se realizará con cargo a la cifra del capital social, sin que se produzca la constitución de una reserva en los términos descritos en el artículo 335 c) de la LSC. Consecuentemente, de conformidad con el artículo 334 de la LSC, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de Reducción de Capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos tendrán el derecho de oponerse a la Reducción de Capital.

La finalidad de esta reducción de capital social es amortizar acciones propias.

En consecuencia, el artículo 5 de los estatutos sociales de la Sociedad quedará redactado como sigue:

"Artículo 5 Capital Social

El capital social es de DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS DIEZ EUROS (259.829.410 €). Se encuentra dividido en VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTAS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTAS CUARENTA Y UNA (25.982.941) ACCIONES de DIEZ EUROS (10€) de valor nominal cada una de ellas, pertenecientes a una única clase y serie. Todas las acciones se encuentran íntegramente suscritas y desembolsadas y otorgan a sus titulares los mismos derechos."

Se acuerda asimismo ratificar las actuaciones realizadas hasta la fecha por el Consejo de Administración en relación con la recompra de las acciones a amortizar en virtud del presente acuerdo y facultar solidariamente al Presidente del Consejo de Administración y Consejero Delegado, a los demás miembros del Consejo y al Secretario no miembro del Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, para que cualquiera de ellos, indistintamente, y con toda la amplitud que fuera necesaria en derecho, proceda a la ejecución de este acuerdo, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en este acuerdo o que sean consecuencia de él. En particular, y a título meramente ilustrativo, se acuerda delegar solidariamente en las referidas personas, con toda la amplitud que fuera necesaria en derecho, las siguientes facultades:

  • (a) declarar cerrada y ejecutada la Reducción de Capital y establecer cualesquiera otras circunstancias precisas para llevarlo a efecto;
  • (b) señalar la fecha en que el acuerdo así adoptado de reducir el capital social deba llevarse a efecto;
  • (c) llevar a cabo la publicación de los anuncios legalmente exigidos, en los términos aquí acordados y dispuestos por la normativa aplicable;
  • (d) dar nueva redacción al artículo de los estatutos sociales que fija el capital social para que refleje la cifra resultante tras la ejecución de la Reducción de Capital;
  • (e) declarar el transcurso del plazo de oposición de acreedores previsto en la LSC, así como, en su caso, atender al ejercicio del derecho de oposición de aquellos acreedores que pudieran ejercitarlo en los términos previstos en la Ley;
  • (f) realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para ejecutar y formalizar la Reducción de Capital ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, tales como, entre otros, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, las Bolsas de Valores españolas, la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (Iberclear), incluidas las de comunicación al mercado, declaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo;
  • (g) realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios, y presentar los documentos que sean precisos, ante los organismos competentes para que, una vez se haya producido la amortización de las acciones de la Sociedad, el otorgamiento de la escritura correspondiente a la Reducción de Capital y su inscripción en el Registro Mercantil, se produzca la exclusión de la negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Bilbao, Madrid, Barcelona y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de los correspondientes registros contables en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (Iberclear); y
  • (h) comparecer ante el notario de su elección y elevar a escritura pública el acuerdo de reducción de capital y modificación de estatutos, así como realizar cuantas actuaciones sean precisas y aprobar y formalizar cuantos documentos públicos y privados resulten necesarios o convenientes para la plena efectividad del acuerdo en cualquiera de sus aspectos y contenidos y, en especial, para subsanar, aclarar, interpretar, completar, precisar, o concretar, en su caso, el acuerdo adoptado y, en particular, subsanar los defectos, omisiones o errores que pudieran apreciarse en la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil.

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO UNDÉCIMO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE

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Elevación a público de los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.

PROPUESTA DE ACUERDO:

Sin perjuicio de cualesquiera delegaciones incluidas en los anteriores acuerdos, se acuerda facultar al Consejo de Administración de la Sociedad, con posibilidad expresa de subdelegación o sustitución y con toda la amplitud que fuera necesaria en Derecho para completar, ejecutar y desarrollar y modificar técnicamente (si fuera necesario), todos los acuerdos anteriores, así como para la subsanación de las omisiones o errores (formales, sustantivos o técnicos) de que pudieran adolecer los mismos, y su interpretación, concediendo solidariamente al Consejo de Administración, con expresa posibilidad de subdelegación o sustitución, así como al Presidente y el Secretario del Consejo de Administración, la facultad de otorgar las oportunas escrituras públicas en las que se recojan los acuerdos adoptados, con las más amplias facultades para realizar cuantos actos sean necesarios, otorgando los documentos que fueren precisos para lograr la inscripción, incluso parcial, en el Registro Mercantil de los anteriores acuerdos y de modo particular, para:

  • (a) Subsanar, aclarar, precisar o completar los acuerdos adoptados por la presente Junta General o los que se produjeren en cuantas escrituras y documentos se otorgaren en ejecución de los mismos y, de modo particular, cuantas omisiones, defectos o errores de fondo o de forma, sustantivos o técnicos, que impidieran el acceso de estos acuerdos y de sus consecuencias al Registro Mercantil, Registro de la Propiedad, Registro de la Propiedad Industrial y cualesquiera otros.
  • (b) Realizar cuantos actos o negocios jurídicos sean necesarios o convenientes para la ejecución de los acuerdos adoptados por esta Junta General, otorgando cuantos documentos públicos o privados estimase necesarios o convenientes para la más plena eficacia de los presentes acuerdos, incluyendo la realización de cuantas actuaciones fueren necesarias o convenientes ante cualesquiera organismos públicos o privados.
  • (c) Delegar en uno o varios de sus miembros todas o parte de las facultades que estime oportunas de entre las que corresponden al Consejo de Administración y de cuantas le han sido expresamente atribuidas por la presente Junta General de Accionistas, de modo conjunto o solidario.
  • (d) Determinar en definitiva todas las demás circunstancias que fueren precisas, adoptando y ejecutando los acuerdos necesarios, formalizando los documentos precisos y cumplimentando cuantos trámites fueren oportunos, procediendo al cumplimiento de cuantos requisitos sean necesarios de acuerdo con la Ley para la más plena ejecución de lo acordado por la Junta General.

Asimismo, se faculta expresamente a cualesquiera miembros del órgano de administración para que, individualmente y con su sola firma, puedan elevar a público los acuerdos adoptados, así como para otorgar cualesquiera escrituras adicionales que fueran necesarias o pertinentes para subsanar, aclarar, precisar o completar los acuerdos adoptados por la presente Junta General.

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS SOCIALES

I.- OBJETO DEL INFORME

El presente informe se formula por el Consejo de Administración de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), de conformidad con el artículo 286 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (en adelante la "Ley de Sociedades de Capital"), para justificar la propuesta que se somete a la aprobación de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, convocada para los días 19 y 20 de junio de 2024, en primera y segunda convocatoria, respectivamente, bajo el punto 7.1. del orden del día, relativa a la modificación del artículo 40.4. de los Estatutos Sociales.

Para facilitar a los accionistas la comprensión de la modificación que se somete a la consideración de la Junta, se ofrece en primer lugar una exposición de la finalidad y justificación de dicha modificación y a continuación, se incluye la propuesta de acuerdo que se somete a la aprobación de la Junta General, incluyendo el texto íntegro de la modificación propuesta. Asimismo, y para facilitar la comparación entre la nueva redacción de los artículos que se propone modificar, se señala en negrita en el texto la parte exacta que se modifica.

II.- JUSTIFICACIÓN DE LA REFORMA ESTATUTARIA

El Consejo de Administración está formado por 9 miembros; por ello, se ha propuesto, como uno de los puntos del Orden del Día de la próxima Junta General de Accionistas de la Sociedad que está convocada para los días 19 y 20 de junio de 2024, en primera y segunda convocatoria respectivamente, la modificación del artículo 40.4 de los estatutos sociales de la Sociedad, a fin de adaptar el número de votos favorables requeridos para la aprobación de acuerdos que exijan mayoría cualificada al número de consejeros actual de la Sociedad.

Esta circunstancia también ha conllevado la modificación del artículo 31.6 del Reglamento del Consejo de Administración (en el mismo sentido que la presente propuesta) que ha sido acordada por el Consejo de Administración mediante acuerdo de fecha 14 de mayo de 2024.

III.- NUEVA REDACCIÓN DEL ARTÍCULO 40.4. CUYA MODIFICACIÓN SE PROPONE

Artículo 40.4: Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros presentes o representados, con excepción de aquellos supuestos en que los Estatutos, la Ley o el Reglamento del Consejo de Administración prevean una mayoría superior. En caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad. Como excepción a lo anterior, para la aprobación de acuerdos en relación con cualquiera de las siguientes materias será necesario el voto favorable de una mayoría cualificada de los consejeros de 4 consejeros (si el Consejo de Administración está compuesto por 5), de 5 (si el Consejo de Administración está compuesto por 6), de 6 (si el Consejo de

Administración está compuesto por 7), de 7 (si el Consejo de Administración está compuesto por 8) o de 8 (si el Consejo de Administración está compuesto por 9):

  • (i) el informe necesario para que la Junta General de Accionistas apruebe el establecimiento de un sistema retributivo de los consejeros y Directivos que consista en la entrega de acciones o de derechos sobre ellas;
  • (ii) la modificación del negocio de la Sociedad, tal y como este se describe en el subapartado denominado "Investment Policy and Strategy" del apartado denominado "Information about the Issuer" de los folletos informativos presentados por la Sociedad ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 9 de octubre de 2018 y el 8 de abril de 2019, así como el folleto presentado en relación con el aumento de capital aprobado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 5 de noviembre de 2019; y
  • (iii) la modificación del artículo 31.6 del Reglamento del Consejo de Administración.

IV.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ESTATUTARIA

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE LOS PUNTOS 7.1. Y […] DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ARIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

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PROPUESTA DE ACUERDO:

[…]

7.1. Modificar el artículo 40.4 de los Estatutos Sociales con el fin de modificar el número de votos favorables requeridos para la aprobación de acuerdos que exijan mayoría cualificada, de forma que el apartado 4. de dicho artículo queda redactado, en lo sucesivo, en los siguientes términos:

Artículo 40.4: Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros presentes o representados, con excepción de aquellos supuestos en que los Estatutos, la Ley o el Reglamento del Consejo de Administración prevean una mayoría superior. En caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad. Como excepción a lo anterior, para la aprobación de acuerdos en relación con cualquiera de las siguientes materias será necesario el voto favorable de una mayoría cualificada de los consejeros de 4 consejeros (si el Consejo de Administración está

compuesto por 5), de 5 (si el Consejo de Administración está compuesto por 6), de 6 (si el Consejo de Administración está compuesto por 7), de 7 (si el Consejo de Administración está compuesto por 8) o de 8 (si el Consejo de Administración está compuesto por 9):

  • (i) el informe necesario para que la Junta General de Accionistas apruebe el establecimiento de un sistema retributivo de los consejeros y Directivos que consista en la entrega de acciones o de derechos sobre ellas;
  • (ii) la modificación del negocio de la Sociedad, tal y como este se describe en el subapartado denominado "Investment Policy and Strategy" del apartado denominado "Information about the Issuer" de los folletos informativos presentados por la Sociedad ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 9 de octubre de 2018 y el 8 de abril de 2019, así como el folleto presentado en relación con el aumento de capital aprobado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 5 de noviembre de 2019; y
  • (iii) la modificación del artículo 31.6 del Reglamento del Consejo de Administración.

[….]

Este Informe ha sido formulado por el Consejo de Administración en Madrid, el 14 de mayo de 2024.

D. Iván Azinovic Gamo Secretario del Consejo de Administración

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MEMORIA ELABORADA POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

INTRODUCCIÓN

Esta memoria se formula por el Consejo de Administración de ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. (la "Sociedad") de conformidad con lo previsto en el artículo 528 de la Ley de Sociedades de Capital, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría y Control en atención a lo dispuesto en el artículo 4. apartados 1 y 2 del Reglamento del Consejo de Administración, para poner en conocimiento de la Junta General de Accionistas las modificaciones efectuadas por el Consejo de Administración al Reglamento del Consejo de Administración y explicar las razones por la que el Consejo ha considerado oportuno llevarlas a cabo.

Artículo 4 del Reglamento del Consejo de Administración

  • 1. El Consejo de Administración podrá modificar el Reglamento a iniciativa de su presidente, de un tercio (1/3) de los miembros del Consejo de Administración o de la Comisión de Auditoría y Control, cuando a su juicio concurran circunstancias que lo hagan conveniente o necesario, para lo cual tomará en consideración las circunstancias y necesidades específicas de la Sociedad, y los principios y normas contenidos en las recomendaciones de buen gobierno que gocen de mayor reconocimiento en cada momento. La propuesta de modificación se deberá acompañar con una memoria justificativa de las causas y el alcance de la modificación que se propone.
  • 2. Las propuestas de modificación deberán ser informadas por la Comisión de Auditoría y Control. El texto de la propuesta, la memoria justificativa y el informe de la Comisión de Auditoría y Control deberán adjuntarse a la convocatoria de la reunión del Consejo de Administración que haya de deliberar sobre ella. La convocatoria habrá de efectuarse con antelación y demás formalidades previstas en los estatutos de la Sociedad (los "Estatutos") y en el Reglamento.

Para facilitar la comprensión de los cambios que motivan esta memoria, se ofrece una exposición de la finalidad y justificación de dichas modificaciones y, a continuación, se incluye la nueva redacción de los artículos del Reglamento del Consejo de Administración que han sido objeto de modificación.

JUSTIFICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES EFECTUADAS

Se ha propuesto, como uno de los puntos del Orden del Día de la próxima Junta General de Accionistas de la Sociedad que está convocada para los días 19 y 20 de junio de 2024, en primera y segunda convocatoria respectivamente, la modificación del artículo 40.4 de los estatutos sociales de la Sociedad. Por ello, se hace necesario incrementar el número de votos favorables requeridos para la aprobación de acuerdos que exijan mayoría cualificada establecido en el Reglamento del Consejo de Administración para adaptarlo al número de consejeros actual de la Sociedad.

En base a lo anterior, se acepta a propuesta de la Comisión de Auditoría y Control de modificación del artículo 31.6. del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad a los efectos de modificar el número de votos favorables requeridos para la aprobación de acuerdos que exijan mayoría cualificada.

La vigencia de las modificaciones al Reglamento aprobadas por el Consejo de Administración se diferirá a la celebración de la junta general de accionistas que se pronuncie sobre las modificaciones de Estatutos Sociales para dotar de la debida coherencia sistemática a las normas internas que regulan la organización y el funcionamiento de la Sociedad.

NUEVA REDACCIÓN DEL ARTÍCULO 31.6. CUYA MODIFICACIÓN SE PROPONE

Sigue transcripción literal de la nueva redacción del artículo del Reglamento del Consejo, señalando en negrita las propuestas de modificación.

Artículo 31.- Constitución, deliberación y adopción de acuerdos

  • 6. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los consejeros presentes o representados, con excepción de aquellos supuestos en que los Estatutos, la Ley o el Reglamento del Consejo de Administración prevean una mayoría superior. En caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad. Como excepción a lo anterior, la aprobación de acuerdos en relación con cualquiera de las siguientes materias requerirá el voto favorable de una mayoría cualificada de los consejeros de 4 consejeros (si el Consejo de Administración está compuesto por 5), de 5 (si el Consejo de Administración está compuesto por 6), de 6 (si el Consejo de Administración está compuesto por 7), de 7 (si el Consejo de Administración está compuesto por 8) o de 8 (si el Consejo de Administración está compuesto por 9):
    • (i) el informe necesario para que la Junta General de Accionistas apruebe el establecimiento de un sistema retributivo de los consejeros y Directivos que consista en la entrega de acciones o de derechos sobre ellas;
    • (ii) la modificación del negocio de la Sociedad, tal y como este se describe en el subapartado denominado "Investment Policy and Strategy" del apartado denominado "Information about the Issuer" de los folletos informativos presentados por la Sociedad ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 9 de octubre de 2018 y el 8 de abril de 2019, así como el folleto presentado en relación con el aumento de capital aprobado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 5 de noviembre de 2019; y
    • (iii) la modificación del presente artículo 31.6 del Reglamento del Consejo de Administración.

La presente Memoria ha sido formulada por el Consejo de Administración en Madrid, a 14 de mayo de 2024.

D. Iván Azinovic Gamo Secretario del Consejo de Administración

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INFORME JUSTIFICATIVO DE LA COMISIÓN DE AUDITORIA Y CONTROL DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. SOBRE LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

INTRODUCCIÓN

Este Informe se formula por la Comisión de Auditoría y Control de ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. (la "Sociedad") de conformidad con lo previsto en el artículo 4.2 del Reglamento del Consejo de Administración, a efectos de informar y proponer al Consejo de Administración la modificación del Reglamento del Consejo de Administración.

Artículo 4 del Reglamento del Consejo de Administración

2. Las propuestas de modificación deberán ser informadas por la Comisión de Auditoría y Control. El texto de la propuesta, la memoria justificativa y el informe de la Comisión de Auditoría y Control deberán adjuntarse a la convocatoria de la reunión del Consejo de Administración que haya de deliberar sobre ella. La convocatoria habrá de efectuarse con antelación y demás formalidades previstas en los estatutos de la Sociedad (los "Estatutos") y en el Reglamento.

Para facilitar la comprensión de los cambios que motivan este Informe, se ofrece una exposición de la finalidad y justificación de dichas modificaciones y, a continuación, se incluye la nueva redacción del artículo del Reglamento del Consejo de Administración que es objeto de la propuesta de modificación.

JUSTIFICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS

El Consejo de Administración ha propuesto, como uno de los puntos del Orden del Día de la próxima Junta General de Accionistas de la Sociedad convocada para los días 19 y 20 de junio de 2024, en primera y segunda convocatoria respectivamente, la modificación del artículo 40.4 de los estatutos sociales de la Sociedad. En base a lo anterior, se propone al Consejo de Administración la modificación del artículo 31.6. del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad a los efectos de modificar el número de votos favorables requeridos para la aprobación de acuerdos que exijan mayoría cualificada, en el mismo sentido que el artículo 40.4 de los estatutos sociales de la Sociedad.

NUEVA REDACCIÓN DEL ARTÍCULO 31.6. CUYA MODIFICACIÓN SE PROPONE

Sigue transcripción literal de la nueva redacción del artículo del Reglamento del Consejo, señalando en negrita las propuestas de modificación.

Artículo 31.- Constitución, deliberación y adopción de acuerdos

6. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los consejeros presentes o representados, con excepción de aquellos supuestos en que los Estatutos, la Ley o el Reglamento del Consejo de Administración prevean una mayoría superior. En caso de empate, el presidente tendrá voto de

calidad. Como excepción a lo anterior, la aprobación de acuerdos en relación con cualquiera de las siguientes materias requerirá el voto favorable de una mayoría cualificada de los consejeros de 4 consejeros (si el Consejo de Administración está compuesto por 5), de 5 (si el Consejo de Administración está compuesto por 6), de 6 (si el Consejo de Administración está compuesto por 7), de 7 (si el Consejo de Administración está compuesto por 8) o de 8 (si el Consejo de Administración está compuesto por 9):

  • (i) el informe necesario para que la Junta General de Accionistas apruebe el establecimiento de un sistema retributivo de los consejeros y Directivos que consista en la entrega de acciones o de derechos sobre ellas;
  • (ii) la modificación del negocio de la Sociedad, tal y como este se describe en el subapartado denominado "Investment Policy and Strategy" del apartado denominado "Information about the Issuer" de los folletos informativos presentados por la Sociedad ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 9 de octubre de 2018 y el 8 de abril de 2019, así como el folleto presentado en relación con el aumento de capital aprobado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 5 de noviembre de 2019; y
  • (iii) la modificación del presente artículo 31.6 del Reglamento del Consejo de Administración.

El presente Informe ha sido formulado por la Comisión de Auditoría y Control en Madrid, a 14 de mayo de 2024.

D. Iván Azinovic Gamo Secretario de la Comisión de Auditoría y Control

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INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. (LA "SOCIEDAD") EN RELACIÓN CON LA REELECCIÓN DE DON LUIS LÓPEZ DE HERRERA-ORIA COMO CONSEJERO EJECUTIVO Y DE DON LUIS MARÍA ARREDONDO MALO, D. FERNANDO BAUTISTA SAGÜÉS, D. DAVID JIMÉNEZ-BLANCO CARRILLO DE ALBORNOZ Y D. CATO HENNING STONEX, COMO CONSEJEROS INDEPENDIENTES

INTRODUCCIÓN

De conformidad con el artículo 529 decies del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "Ley de Sociedades de Capital"), se formula el presente informe, que tiene por objeto evaluar la propuesta de reelección de Don Luis López de Herrera-Oria, Don Luis María Arredondo Malo, D. Fernando Bautista Sagüés, D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz y D. Cato Henning Stonex como consejeros de la Sociedad y valorar su competencia, experiencia y méritos.

OBJETO

De conformidad con lo previsto en el apartado 5 del artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital, corresponde al Consejo de Administración elaborar un informe justificativo en el que se valore la competencia, experiencia y méritos de los candidatos propuestos que además, el caso de los Consejeros no independientes, deberá ir precedido, de conformidad con el apartado 6 del citado artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital, de un informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. En la elaboración del presente informe del Consejo de Administración se han tenido en cuenta las conclusiones del informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones con respecto al Consejero no independiente.

En virtud de lo anterior, el presente informe tiene por objeto (i) justificar la reelección de Don Luis López de Herrera-Oria como consejero de la Sociedad, con la categoría de consejero ejecutivo; (ii) justificar la reelección de Don Luis María Arredondo Malo, D. Fernando Bautista Sagüés, D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz y D. Cato Henning Stonex como consejeros de la Sociedad, con la categoría de consejeros independientes y (iii) valorar la competencia, experiencia y méritos de los candidatos propuestos; en cuanto al Consejero no independiente a la vista del referido informe previo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad. El citado informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones se adjunta como Anexo Único al presente informe.

JUSTIFICACIÓN DE LA REELECCIÓN

1. Perfil profesional y biográfico de los candidatos; competencia, experiencia y méritos

1.1 Don Luis López de Herrera-Oria

Tiene más de 30 años de experiencia en el sector inmobiliario. Fue Consejero Delegado de Axiare desde 2014 hasta 2018 y Director ejecutivo de Prima desde 1986 hasta 2002. Durante ese periodo, Prima fue admitida a cotización en la Bolsa de Madrid (1988) y, en 1990, se convirtió en la empresa inmobiliaria más grande de España.

En 2002, fundó Rodex Asset Management con un pequeño equipo de antiguos miembros de Prima. En 2007, el negocio principal de Rodex se transfirió a Alza Real Estate, S.A., donde desempeñó su carrera como CEO y Consejero independiente.

Luis Alfonso López de Herrera-Oria también ha sido asesor independiente de fondos como Falcon II Real Estate, fundado por Morgan Stanley y CBRE, y ex asesor de iAdvise Partners, EAFI, SL.

Es licenciado en Ciencias Económicas y miembro de la Royal Institution of Chartered Surveyors (FRICS).

1.2 Don Luis María Arredondo Malo

Es Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y posee la Medalla al Mérito Profesional del colegio de I.C.C.P. También ha realizado un programa senior en Administración de Empresas (P.A.D.E) en la IESE Business School (Universidad de Navarra).

Entre 1969 y 1975 trabajó en el Ministerio de Obras Públicas de España como ingeniero de proyectos. Entre 1975 y 1978 fue Director General de la empresa constructora S.A.C.R.A., dependiente del Grupo Belga C.F.E. En 1980 y hasta 1988 fue Director General de la Corporación Inmobiliaria Hispamer (CIH) y Director General de la Sociedad de Edificaciones de Madrid y Provincia, S.A. (EMPSA). En 1988 y hasta 1994 fue Consejero Delegado (CEO) de Inmobiliaria Zabálburu, S.A., una compañía que cotizaba en el mercado bursátil español. En ese período, la inmobiliaria se convirtió en una empresa con un crecimiento rápido y constante. Entre 1994 y 2006 fue Consejero Delegado de Inmobiliaria Urbis, puesto que ocupó simultáneamente con el de Presidente durante 2006, una empresa que, en ese período, alcanzó un valor de mercado de 3.400 millones de euros.

Entre 2006 y 2013, fue Presidente y Consejero Delegado de Santander Global Property, la compañía de activos del Banco Santander, con grandes proyectos internacionales en ciudades como Madrid, Sao Paulo, México DF, Monterrey, Miami y Berlín. Entre 2014 y 2018, fue Presidente del Consejo de Administración de Axiare Patrimonio, una de las mayores SOCIMI´s cotizadas en el mercado bursátil español, y adquirida por Inmobiliaria Colonial.

1.3 D. Fernando Bautista Sagüés

Es licenciado en Derecho por la Universidad de Deusto y Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por el Instituto Católico de Dirección de Empresas (ICADE) y es miembro del Colegio de Abogados de Madrid desde 1981, mediador mercantil registrado en el Ministerio de Justicia y asesor en materias de ESG certificado por la Asociación Europea de Planificadores Financieros (EPFA).

D. Fernando Bautista Sagüés fue nombrado socio del bufete de abogados J&A Garrigues en 1989 y, tras su fusión con Arthur Andersen, pasó a ser socio de Arthur Andersen Worldwide en 1996.Dos años más tarde, en 1998, fue nombrado socio de Freshfields.

Entre 2014 y 2018 fue Consejero independiente no ejecutivo de Axiare Patrimonio y entre 2014 y 2022 fue secretario de la Comisión de Desarrollo Sostenible de Iberdrola, S.A.

Actualmente es consejero independiente de Abante Asesores, S.A, Presidente de las Unidades de Cumplimiento de Iberdrola Energía Internacional, S.A.U. e Iberdrola Renovables Internacional, S.A.U. y asesora, como abogado independiente, en asuntos de derecho corporativo y financiero y en materias de ESG.

1.4 D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz

Es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por CUNEF.

El señor Jiménez-Blanco trabajó en Goldman Sachs International entre 1995 y 2006, siendo responsable del Grupo de Clientes Industriales Europeos y de los equipos de banca de inversión en España y Portugal.

Entre 2006 y 2009, el señor Jiménez-Blanco fue Presidente de Merrill Lynch Capital Markets España, S.A, Sociedad de Valores, Jefe de Banca de Inversión y Mercados Globales de la misma firma en España y Portugal, y miembro del Comité Operativo de Banca de Inversión de EMEA.

Entre 2010 y 2013, fue socio de BK Partners, una empresa dedicada a la inversión directa en México; entre 2013 y 2016 fue Director Financiero de World Duty Free SpA, compañía cotizada en Milán, y entre 2016 y 2020 fue Director de Reestructuración en Abengoa. Entre 2011 y 2012 fue Consejero de Atento (compañía filial del grupo Telefónica) y entre 2014 y 2018 fue Consejero independiente de Axiare Patrimonio.

En la actualidad y desde 2020 es Presidente de la Sociedad Rectora de la Bolsa de Madrid, Vicepresidente de Bolsas y Mercados Españoles y Consejero independiente de SIX Group. También es Presidente de Gawa Capital, entidad gestora de fondos de inversión de impacto, y miembro del Consejo Asesor de CUNEF Universidad. Desde enero de 2024 es Presidente del Patronato de la Fundación Amigos de la Alhambra.

1.5 D. Cato Henning Stonex

Es titular de un BSC (Econ) de la London School of Economics and Political Science.

De 2006 a 2016 fue gobernador y en 2016 fue nombrado gobernador emérito. Mr. Cato Henning Stonex es director de LSE Ideas (think tank) y es miembro del Comité de Inversiones.

Mr. Cato Henning Stonex se unió a Morgan Grenfell & Co en 1986, donde se convirtió en un operador de bonos gubernamentales europeos.

En 1989, se unió a J. Rothschild Administration como administrador de fondos.

En 1996 fue socio fundador de Taube Hodson Stonex.

En 2016, Taube Hodson Stonex se fusionó con Global Asset Management.

Actualmente, Cato Henning Stonex es director de WMC Capital Ltd y Stonex Capital Partners Ltd, centrándose en inversiones internacionales de pequeña y mediana capitalización. Fue Consejero no ejecutivo independiente de Axiare Patrimonio desde 2017 hasta 2018.

2. Informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y valoración del candidato a ser reelegido Consejero Ejecutivo

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha emitido el preceptivo informe previo informando favorablemente la reelección de Don Luis López de Herrera-Oria como Consejero y Consejero Delegado de la Sociedad, conclusiones y argumentos que este Consejo hace suyas. Teniendo en cuenta lo anterior, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones considera oportuno y adecuado la reelección de Don Luis López de Herrera-Oria como Consejero y Consejero Delegado.

3. Justificación de la reelección

En el marco de lo anterior, y de acuerdo con lo previsto en el Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, el Consejo de Administración estima que para que un consejero de la Sociedad pueda ejercer adecuadamente su función de supervisión y control como el resto de las funciones propias del cargo, debe combinar de manera adecuada, entre otras:

  • (i) competencia y experiencia contrastada;
  • (ii) conocimientos, entre otros, del sector en el que la Sociedad desarrolla su actividad;
  • (iii) posibilidad de dedicación e involucración en los negocios de la Sociedad; y
  • (iv) conocimientos adicionales y complementarios a los propios de la actividad de la Sociedad.

El Consejo de Administración estima que el perfil, la elevada cualificación, la relevante trayectoria profesional y el recorrido de los cinco candidatos propuestos, así como las consideraciones expuestas por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones con respecto al Consejero Ejecutivo (que este órgano hace suyas) acreditan que todos ellos disponen de las competencias, experiencia y méritos adecuados para desempeñar los cargos de Consejeros de la Sociedad y contribuir a su mejor funcionamiento y a la consecución de sus objetivos, y en consecuencia, para ser reelegidos miembros del Consejo de Administración de la Sociedad.

Por otro lado, esta reelección se fundamenta también en el compromiso adquirido por la Sociedad, e incluido en el Folleto de emisión de la Oferta Pública de Venta de Árima, de contar con este específico Consejo de Administración, cuyos miembros fueron los responsables de la historia de éxito de Axiare Patrimonio SOCIMI, S.A. en el pasado, así como el compromiso asumido por los sponsors de la Sociedad frente a sus accionistas.

4. Categoría

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que Don Luis López de Herrera-Oria forma parte del Equipo Directivo y, por tanto, sería reelegido como Consejero Ejecutivo. Por su parte, Don Luis María Arredondo Malo, D. Fernando Bautista Sagüés, D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz y D. Cato Henning Stonex serían reelegidos como consejeros independientes de la Sociedad.

CONCLUSIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

A la vista de lo anterior, el Consejo de Administración considera justificada la reelección de Don Luis López de Herrera-Oria, Don Luis María Arredondo Malo, D. Fernando Bautista Sagüés, D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz y D. Cato Henning Stonex como consejeros de la Sociedad.

Este Informe ha sido formulado por el Consejo de Administración en Madrid, el 14 de mayo de 2024.

D. Iván Azinovic Gamo Secretario del Consejo de Administración

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La propuesta de acuerdo que se somete a la aprobación de la Junta General de Accionistas es la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO NOVENO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

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Reelección de Consejeros

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

9.1. Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. Luis María Arredondo Malo, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid, y DNI 26396191-B, en vigor, con la condición de consejero independiente de la Sociedad.

9.2. Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad y como Consejero Delegado, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. Luis Alfonso López de Herrera-Oria, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid, y DNI 0503949P, en vigor, con la condición de consejero ejecutivo de la Sociedad.

9.3. Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. Fernando Bautista Sagüés, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid, y DNI 05343685-A, en vigor, con la condición de consejero independiente de la Sociedad.

9.4. Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. David Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid, y DNI 24186711- A, en vigor, con la condición de consejero independiente de la Sociedad.

9.5. Reelegir como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de la Comisión de Remuneraciones y Nombramientos, por el plazo estatutario de tres (3) años, dentro de los límites establecidos en el artículo 34 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración, a D. Cato Henning Stonex, mayor de edad, de nacionalidad británica, casado, con domicilio a estos efectos en Torre Serrano, calle Serrano 47, 4ª planta, Madrid y con pasaporte de su nacionalidad número 510766307 y NIE número Y5577692-E, ambos en vigor, con la condición de consejero independiente de la Sociedad.

Se deja constancia de que los puntos 9.1., 9.2., 9.3., 9.4. y 9.5. serán objeto de votación separada.

ANEXO - INFORME DE LA COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE REELECCIÓN DE DON LUIS LÓPEZ DE HERRERA-ORIA COMO CONSEJERO EJECUTIVO

INTRODUCCIÓN

El presente informe se formula en cumplimiento de la Recomendación 14 del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante, el "CBG"), en relación con el análisis de las necesidades del Consejo de Administración con carácter previo a la formulación del pertinente informe sobre la reelección de consejeros. Corresponde a esta Comisión elevar al Consejo las propuestas de reelección de Consejeros para su sometimiento a la aprobación de la Junta General de Accionistas, así como comprobar el cumplimiento de los requisitos exigibles y recabar información adecuada sobre sus cualidades personales, experiencia, conocimientos y su efectiva disponibilidad.

OBJETO

El objeto del presente informe es recoger el resultado de los trabajos llevados a cabo por la Comisión en relación con la selección de Don Luis López de Herrera-Oria como candidato a ser reelegido consejero y consejero delegado.

1.- La Recomendación 14 del CBG requiere que se asegure "que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las necesidades del consejo de administración" y que "el resultado del análisis previo de las necesidades del consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero". En el mismo sentido, conforme a los apartados 3 y 4 de la Guía Técnica 1/2019 sobre comisiones de nombramientos y retribuciones aprobada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 20 de febrero de 2019 (la "Guía"), se consideran buenas prácticas analizar las competencias, conocimientos, experiencias y resto de ocupaciones de los consejeros existentes, así como elaborar una matriz de competencias del Consejo, a efectos de definir el perfil, funciones y aptitudes requeridos en los candidatos a consejeros. De conformidad con lo anterior, esta Comisión ha analizado y estudiado las necesidades del Consejo de Administración de la Sociedad en relación con la reelección del consejero.

2.- La Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha realizado un análisis del tamaño, composición, competencias y eficacia del Consejo de Administración, y ha determinado que la Sociedad cuenta con una estructura de gobierno corporativo que garantiza suficientemente la independencia, a través de una serie de contrapesos que evitan los eventuales riesgos asociados a la acumulación de poderes, entre los que destaca la figura del Presidente no ejecutivo del Consejo de Administración, de naturaleza independiente, así como la composición global del Consejo de Administración, en el que, aparte de dos Consejeros Dominicales, el resto de consejeros distintos del Vicepresidente y Consejero Delegado y de dos Consejeras de naturaleza ejecutiva, son consejeros independientes. Por lo que existe un adecuado equilibrio en el Consejo de Administración entre capacidad y experiencia, y un tamaño adecuado y operativo.

3.- Es misión de esta Comisión velar por el adecuado funcionamiento y composición del Consejo de Administración a la hora de emitir el presente informe analizando las necesidades del Consejo de Administración y al mismo tiempo seguir avanzando en el cumplimiento de las recomendaciones y mejores prácticas existentes en materia de gobierno corporativo, atendiendo los compromisos contractuales adquiridos por la Sociedad.

4.- El candidato es propuesto principal y básicamente en atención a sus condiciones personales y profesionales: formación, amplia experiencia, cualificación, trayectoria profesional, valorándose especialmente el profundo conocimiento que tiene de Árima y su disponibilidad y compromiso con ella.

CONCLUSIONES

La Comisión ha concluido, por acuerdo unánime, proponer el nombramiento de Don Luis López de Herrera-Oria como Consejero y Consejero Delegado de la Sociedad con la consideración de consejero ejecutivo, de conformidad con la Recomendación 14 del CBG y los apartados 3 y 4 de la Guía.

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE REDUCCIÓN DE SU CAPITAL SOCIAL MEDIANTE LA AMORTIZACIÓN DE ACCIONES PROPIAS

I.- OBJETO DEL INFORME

El presente informe se formula por el Consejo de Administración de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), de conformidad con los artículos 286 y 318 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (en adelante la "Ley de Sociedades de Capital"), y concordantes del Reglamento del Registro Mercantil aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, para justificar la propuesta que se somete a la aprobación de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, convocada para los días 19 y 20 de junio de 2024, en primera y segunda convocatoria, respectivamente, bajo el punto 10. del Orden del Día, relativa al examen y aprobación, en su caso, de una reducción del capital social mediante la amortización de 2.446.435 acciones propias y consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales (en adelante, la "Reducción de Capital").

En virtud de los referidos artículos, el Consejo de Administración debe formular un informe con la justificación de la propuesta que se somete a la Junta General, en la medida en que la Reducción de Capital supondría la modificación del artículo de los estatutos sociales que fija el capital social.

II.- JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA

Con fecha 8 de mayo de 2024 JSS Real Estate SOCIMI, S.A. (el "Oferente") remitió a la Sociedad una "binding offer" para la adquisición de la totalidad de las acciones de la Sociedad (la "Oferta").

El Consejo de Administración de la Sociedad, en su reunión de fecha 9 de mayo de 2024, analizó la Oferta y consideró, con sujeción a sus deberes fiduciarios y a la posterior evaluación de la Oferta sobre la base de la documentación que deberá ser elaborada por el Oferente y aprobada por la CNMV, y teniendo en cuenta también el asesoramiento recibido por parte de sus asesores financieros y legales, que la Oferta es amistosa y atractiva para sus accionistas, sin perjuicio de que pueda recomendar otras ofertas competidoras más ventajosas para los accionistas.

En el contexto de la Oferta la Sociedad ha contraído con el Oferente el compromiso de no aceptar la Oferta con respecto a 2.446.435 acciones (representativas aproximadamente a un 8,605% del capital social) que mantiene en autocartera y de proceder a su amortización lo antes posible desde el anuncio previo de la Oferta realizado y, en todo caso, con carácter previo a la liquidación de la misma. En consecuencia, una vez ejecutada dicha amortización, la Oferta quedará circunscrita a la totalidad de las acciones restantes en circulación.

En este contexto, y para dar cumplimiento al compromiso contraído con el Oferente, el Consejo de Administración propone reducir el capital social de la Sociedad mediante la amortización de 2.446.435 acciones propias.

En relación con lo anterior, la reducción de capital propuesta se llevaría a cabo mediante la amortización de 2.446.435 acciones propias de la Sociedad adquiridas mediante la ejecución de los siguientes instrumentos:

  • Las acciones propias adquiridas al amparo de los siguientes programas de recompra (los "Programas de Recompra") que fueron aprobados por el Consejo de Administración, de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre abuso de mercado (el "Reglamento 596/2014"), y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (el "Reglamento Delegado 2016/1052"):
    • a) 1.242.592 acciones adquiridas al amparo del programa de recompra aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad con fecha 23 de marzo de 2020, en uso de las facultades otorgadas por la Junta General de Accionistas en su reunión celebrada el 28 de mayo de 2020, cuyos términos y condiciones fueron comunicados a la CNMV y al mercado, mediante comunicación de otra información relevante de fecha 23 de marzo de 2020 (número de registro 1194), sucesivamente prorrogado y ampliado por comunicaciones de otra información relevante de fechas 30 de septiembre de 2020 (número de registro 4760), 30 de marzo de 2021 (número de registro 8291) y 15 de noviembre de 2021 (número de registro 12759) (el "Programa de Recompra de 23 de marzo de 2020").
    • b) 1.136.508 acciones adquiridas al amparo del programa de recompra aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad con fecha 27 julio de 2022, en uso de las facultades otorgadas por la Junta General de Accionistas en su reunión celebrada el 28 de junio de 2022, cuyos términos y condiciones fueron comunicados a la CNMV y al mercado mediante comunicación de otra información relevante de fecha 28 de julio de 2022 (número de registro 17660), el cual fue prorrogado y ampliado por comunicación de otra información relevante de fecha 4 de julio de 2023 (número de registro 23421) (el "Programa de Recompra de 27 de julio de 2022").
  • 67.335 acciones propias de la Sociedad que serán recuperadas como consecuencia de la resolución del contrato de liquidez suscrito con JB CAPITAL MARKETS, S.V, S.A. con fecha 6 de noviembre de 2018 con el objetivo de favorecer la liquidez y la regularidad en la cotización de las acciones de la Sociedad (el "Contrato de Liquidez"), para la que ha sido facultado el Consejero Delegado de la Sociedad.

Por todo ello, el Consejo de Administración ha decidido proponer a la Junta General Ordinaria de Accionistasla amortización de parte de la autocartera, con la correspondiente reducción del capital social en la cuantía que corresponde al valor nominal de dichas acciones.

III.- PRINCIPALES TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA REDUCCIÓN DE CAPITAL

Se propone reducir el capital social en una cuantía de 24.464.350 euros, quedando la cifra de capital social fijada en 259.829.410 euros, mediante la amortización de 2.446.435 acciones propias, de 10 euros de valor nominal cada una de ellas, representativas de aproximadamente un 8,605% del capital social de la Sociedad, que han sido adquiridas por la Sociedad, al amparo de las correspondientes autorizaciones de la Junta General de accionistas de la Sociedad y con estricto cumplimiento de los límites previstos en la Ley de Sociedades de Capital y demás normativa aplicable en el marco de los Programas de Recompra de acciones propias citados en el apartado anterior, así como recuperadas por la Sociedad como consecuencia de la resolución del Contrato de Liquidez.

Ejecutado el acuerdo de Reducción de Capital, se procedería a modificar el artículo 5 de los estatutos sociales que fija el capital social, a fin de que refleje la nueva cifra de capital y el nuevo número de acciones en circulación (una vez deducidas las acciones propias cuya amortización se propone).

Se hace constar que la Reducción de Capital no entrañaría devolución de aportaciones por ser la Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

La Reducción de Capital se realizaría con cargo a la cifra del capital social, sin que se produzca la constitución de una reserva en los términos descritos en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital. Consecuentemente, de conformidad con el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de Reducción de Capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la Reducción de Capital durante el plazo establecido legalmente.

La finalidad de esta reducción de capital social es amortizar acciones propias.

También se propone que la Junta General ratifique las actuaciones realizadas hasta la fecha por el Consejo de Administración en relación con la recompra de las acciones a amortizar y faculte a los miembros del Consejo de Administración, a su Presidente, al Consejero Delegado y al Secretario no miembro del Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, para que cualquiera de ellos pueda ejecutar el acuerdo de Reducción de Capital, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en el acuerdo de reducción o que sean consecuencia de él, y adoptar los acuerdos, publicar los anuncios, realizar las actuaciones y otorgar los documentos públicos o privados que sean necesarios o convenientes para la más completa ejecución de la Reducción de Capital.

IV.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ESTATUTARIA

PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE EL PUNTO DÉCIMO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ÁRIMA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. CONVOCADA PARA LOS DÍAS 19 DE JUNIO DE 2024 Y 20 DE JUNIO DE 2024, EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA, RESPECTIVAMENTE.

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PROPUESTA DE ACUERDO:

Examen y aprobación, en su caso, de una reducción del capital social mediante la amortización de acciones propias, y consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

Se aprueba reducir capital social de Árima Real Estate SOCIMI, S.A. (la "Sociedad") en una cuantía de 24.464.350 euros, quedando la cifra de capital social fijada en 259.829.410 euros, mediante la amortización de 2.446.435 acciones propias, de 10 euros de valor nominal cada una de ellas, representativas de aproximadamente un 8,605% del capital social de la Sociedad, que han sido adquiridas por la Sociedad en el marco del Programa de Recompra de acciones propias de la Sociedad al amparo de las correspondientes autorizaciones de la junta general de accionistas de la Sociedad y con estricto cumplimiento de los límites previstos en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "LSC") y demás normativa aplicable (la "Reducción de Capital"), así como recuperadas por la Sociedad como consecuencia de la resolución del Contrato de Liquidez.

Una vez ejecutada la Reducción de Capital, se procederá a la modificación del artículo 5 de los estatutos sociales de la Sociedad, relativo al capital social, a los efectos de que refleje la cifra de capital y el número de acciones en circulación resultantes de la ejecución de la Reducción de Capital.

La Reducción de Capital no entraña devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia Sociedad la titular de las acciones que se amortizarán, y se realizará con cargo a la cifra del capital social, sin que se produzca la constitución de una reserva en los términos descritos en el artículo 335 c) de la LSC. Consecuentemente, de conformidad con el artículo 334 de la LSC, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de Reducción de Capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos tendrán el derecho de oponerse a la Reducción de Capital.

La finalidad de esta reducción de capital social es amortizar acciones propias.

En consecuencia, el artículo 5 de los estatutos sociales de la Sociedad quedará redactado como sigue:

"Artículo 5 Capital Social

El capital social es de DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS DIEZ EUROS (259.829.410 €). Se encuentra dividido en VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTAS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTAS CUARENTA Y UNA (25.982.941) ACCIONES de DIEZ EUROS (10€) de valor nominal cada una de ellas,

pertenecientes a una única clase y serie. Todas las acciones se encuentran íntegramente suscritas y desembolsadas y otorgan a sus titulares los mismos derechos."

Se acuerda asimismo ratificar las actuaciones realizadas hasta la fecha por el Consejo de Administración en relación con la recompra de las acciones a amortizar en virtud del presente acuerdo y facultar solidariamente al Presidente del Consejo de Administración y Consejero Delegado, a los demás miembros del Consejo y al Secretario no miembro del Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, para que cualquiera de ellos, indistintamente, y con toda la amplitud que fuera necesaria en derecho, proceda a la ejecución de este acuerdo, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en este acuerdo o que sean consecuencia de él. En particular, y a título meramente ilustrativo, se acuerda delegar solidariamente en las referidas personas, con toda la amplitud que fuera necesaria en derecho, las siguientes facultades:

  • (a) declarar cerrada y ejecutada la Reducción de Capital y establecer cualesquiera otras circunstancias precisas para llevarlo a efecto;
  • (b) señalar la fecha en que el acuerdo así adoptado de reducir el capital social deba llevarse a efecto;
  • (c) llevar a cabo la publicación de los anuncios legalmente exigidos, en los términos aquí acordados y dispuestos por la normativa aplicable;
  • (d) dar nueva redacción al artículo de los estatutos sociales que fija el capital social para que refleje la cifra resultante tras la ejecución de la Reducción de Capital;
  • (e) declarar el transcurso del plazo de oposición de acreedores previsto en la LSC, así como, en su caso, atender al ejercicio del derecho de oposición de aquellos acreedores que pudieran ejercitarlo en los términos previstos en la Ley;
  • (f) realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para ejecutar y formalizar la Reducción de Capital ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, tales como, entre otros, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, las Bolsas de Valores españolas, la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (Iberclear), incluidas las de comunicación al mercado, declaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo;
  • (g) realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios, y presentar los documentos que sean precisos, ante los organismos competentes para que, una vez se haya producido la amortización de las acciones de la Sociedad, el otorgamiento de la escritura correspondiente a la Reducción de Capital y su inscripción en el Registro Mercantil, se produzca la exclusión de la negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Bilbao, Madrid, Barcelona y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de los correspondientes registros contables en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (Iberclear); y
  • (h) comparecer ante el notario de su elección y elevar a escritura pública el acuerdo de reducción de capital y modificación de estatutos, así como realizar cuantas actuaciones sean precisas y aprobar y formalizar cuantos documentos públicos y privados resulten necesarios o convenientes para la plena efectividad del acuerdo en cualquiera de sus aspectos y contenidos y, en especial, para subsanar, aclarar, interpretar, completar, precisar, o concretar, en su caso, el acuerdo adoptado y, en particular, subsanar los defectos, omisiones o errores que pudieran apreciarse en la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil.

Este Informe ha sido formulado por el Consejo de Administración en Madrid, el 14 de mayo de 2024.

__________________________________________ D. Iván Azinovic Gamo Secretario del Consejo de Administración

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