M&A Activity • May 20, 2024
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Lunes, 20 de mayo de 2024
La Comisión Nacional del Mercado de Valores informa que con fecha 20 de mayo de 2024 ha sido publicado el primero de los anuncios a los que se refiere el artículo 22 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, con las nuevas condiciones de la oferta formulada por Amber EquityCo, S.L.U. sobre Applus Services, S.A. tras la mejora formulada en la fase de sobres.
En consecuencia con lo anterior, y de acuerdo con los términos del artículo 45.7 del referido Real Decreto, el plazo de aceptación se extiende desde el día 21 de mayo de 2024 hasta el día 4 de junio de 2024, ambos incluidos.
El folleto explicativo de la oferta y la documentación que lo acompaña y el suplemento al folleto se encuentran en el Registro de Ofertas Públicas de Adquisición de Valores de la CNMV. Asimismo, puede obtenerse a través de la página web de la CNMV.
En relación con el proceso de ofertas competidoras sobre Applus Services, S.A., al haber desistido Manzana Spain Bidco S.L.U. de su oferta con fecha 16/05/2024, sólo subsiste la oferta formulada por Amber EquityCo, S.L.U., por lo que las aceptaciones de la oferta formulada por Manzana Spain Bidco S.L.U. han quedado sin efecto.

Las declaraciones de aceptación recibidas por la oferta formulada por Amber EquityCo, S.L.U. antes de su modificación en fase de sobres, durante el plazo de aceptación de las ofertas competidoras que finalizó el pasado día 24 de abril de 2024, se entenderán que se adhieren a la oferta modificada con el precio mejorado de 12,78 euros por acción, salvo declaración expresa en contrario del destinatario de la oferta, sujeta a los mismos requisitos establecidos inicialmente para su aceptación.
Las declaraciones de aceptación múltiples que fueron formuladas por los accionistas de Applus Services, S.A. durante el referido plazo de aceptación de las opas competidoras se atribuirán a la oferta de Amber EquityCo, S.L.U., tanto aquellas en las que la oferta de Amber EquityCo, S.L.U. era la primera preferencia del aceptante como aquellas en las que era la segunda en el orden preferencia, por haber quedado sin efecto las aceptaciones de la oferta de Manzana Spain Bidco S.L.U. tras su desistimiento, en virtud del artículo 43 del Real Decreto 1066/2007.
Se quiere llamar la atención sobre el hecho de que el resto de accionistas de Applus Services, S.A. que desee aceptar la oferta deberá hacerlo en los términos previstos en el folleto de la oferta durante el plazo de aceptación.
Al encontrarse la oferta de Amber EquityCo, S.L.U. condicionada a su aceptación por un mínimo del 50% del capital (64.537.067 acciones) y ser ésta la única oferta sobre Applus Services, S.A. que subsiste, en el supuesto de que la oferta no sea aceptada por este número mínimo de acciones y Amber EquityCo, S.L.U. no renuncie al cumplimiento de la condición adquiriendo todos los valores ofrecidos, la oferta quedará sin efecto.
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