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Iberpapel Gestion S.A.

AGM Information May 29, 2024

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A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

IBERPAPEL GESTION, S.A. ("IBERPAPEL") de conformidad con lo establecido en la legislación del Mercado de Valores, comunica

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

La Junta General de Accionistas de IBERPAPEL GESTIÓN, S.A. celebrada en el día de ayer, 28 de mayo de 2024, en San Sebastián, en segunda convocatoria, ha aprobado los acuerdos que se incluyen como anexo a la presente comunicación. Una vez efectuada esta notificación, se incluirá la misma y su anexo en la página web corporativa de la compañía (www.iberpapel.es).

San Sebastián, 29 de mayo de 2023

Gloria Martínez Picazo Secretaria del Consejo de Administración

ANEXO

ACUERDOS ADOPTADOS EN LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A. CELEBRADA EL 28 DE MAYO DE 2024

1. PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A: CUENTAS ANUALES, APLICACIÓN DEL RESULTADO Y GESTIÓN SOCIAL.

1.1 Aprobación de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de ingresos y gastos reconocidos, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) e Informe de Gestión tanto de Iberpapel Gestión S.A., como de su grupo consolidado, correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2023.

Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, las Cuentas Anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de ingresos y gastos reconocidos, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) e Informe de Gestión tanto de Iberpapel Gestión S.A., como de su Grupo Consolidado, todo ello referido al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2023.

Facultar al Presidente, Don Iñigo Echevarría Canales, a la Secretaria del Consejo Doña Gloria Martínez Picazo, al Vicesecretario del Consejo, Don Luis González Gutiérrez, indistintamente, para efectuar el depósito de las Cuentas Anuales, Informes de Gestión e Informes de Auditoría, correspondientes tanto de Iberpapel Gestión, S.A., como de su Grupo consolidado, así como para expedir los certificados correspondientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 279 de la Ley de Sociedades de Capital y 366 del Reglamento del Registro Mercantil.

1.2 Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2023.

Aprobar la propuesta de aplicación del resultado por importe de doce millones novecientos noventa y ocho mil ochocientos setenta y tres euros con cuatro céntimos (12.998.873,04 euros), que se distribuirá de la siguiente manera:

  • (i) A dividendos la cantidad de cinco millones trecientos cuarenta y tres mil seiscientos ocho euros (5.343.608,00 euros), que representan 0,50 euros brutos por acción. Dichos dividendos ya fueron distribuidos y pagados el pasado 22 de diciembre de 2023, como dividendo a cuenta del ejercicio 2023, en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión de 28 de noviembre de 2023.
  • (ii) A reserva voluntaria la cantidad de siete millones seiscientos cincuenta y cinco mil doscientos sesenta y cinco euros con cuatro céntimos (7.655.265,04 euros).

1.3 Aprobación del estado de información no financiera consolidado correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2023.

Aprobar el estado de información no financiera consolidado de dicho ejercicio

1.4 Aprobación de la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2023.

Se aprobó la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2023.

2. SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A.: ELECCIÓN DE DELOITTE, S.L. COMO AUDITOR DE CUENTAS DE LA SOCIEDAD Y DE SU GRUPO CONSOLIDADO PARA EL TRIENIO 2024-2026.

Elegir como Auditores de Cuentas de Iberpapel Gestión, S.A. para auditar las cuentas anuales a nivel individual y de su grupo consolidado, para los ejercicios 2024, 2025 y 2026 a la firma Deloitte S.L. entidad domiciliada en Madrid en Plaza Pablo Ruiz Picasso, 1, con C.I.F. B-79104469 y Número S0692 de Inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en la Hoja M-54414, Folio 188, Tomo 13.650, Secc. 8.

3.TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A: AUMENTO DE CAPITAL CON CARGO A RESERVAS VOLUNTARIAS, MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 5 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES RELATIVO AL CAPITAL SOCIAL Y CANCELACIÓN Y DEJACIÓN SIN EFECTOS DEL AUMENTO DE CAPITAL CON CARGO A RESERVAS APROBADO EN LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS CELEBRADA EL 30 DE MAYO DE 2023 BAJO EL PUNTO 9 DE SU ORDEN DEL DÍA. DELEGACIÓN DE FACULTADES.

1. Aumento de capital social con cargo a reservas voluntarias.

Aumentar el capital social de Iberpapel Gestión, S.A. (la "Sociedad"), con cargo a reservas voluntarias, en la cantidad de 129.000 euros mediante la emisión y puesta en circulación de 215.000 nuevas acciones de la misma clase y serie, y con los mismos derechos que las actualmente en circulación, de 0,60 euros de valor nominal cada una de ellas, que estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta, cuya llevanza corresponderá a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear) y sus entidades participantes en los términos establecidos en la normativa vigente en cada momento (las "Acciones Nuevas").

Las Acciones Nuevas conferirán a sus titulares, a partir de la fecha en que el aumento se declare suscrito y desembolsado y las Acciones Nuevas hayan quedado inscritas en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear), los mismos derechos políticos y económicos que las restantes acciones de la Sociedad. En consecuencia, tendrán derecho a percibir los dividendos de la Sociedad que se acuerde distribuir con posterioridad a la fecha de inscripción de la adjudicación de las Acciones Nuevas en el registro de anotaciones en cuenta.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital, se prevé la posibilidad de suscripción o asignación incompleta de la ampliación de capital.

Las acciones se emiten a la par, es decir, por su valor nominal de 0,60 euros y sin prima de emisión.

2. Balance del aumento y reserva con cargo a la que se realiza el aumento.

El balance que sirve de base de la operación es el correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2023, debidamente auditado por el auditor de cuentas de la Sociedad, y aprobado por esta Junta General Ordinaria bajo el punto primero del orden del día, de conformidad con el artículo 303.2 de la Ley de Sociedades de Capital.

La ampliación de capital se llevará a cabo íntegramente con cargo a las cuentas o subcuentas de reservas voluntarias (dentro de las previstas en el artículo 303.1 de la Ley de Sociedades de Capital) que determine el Consejo de Administración, o la persona en quien se delegue.

3. Asignación de las Acciones Nuevas.

Las Acciones Nuevas que se emitan se asignarán gratuitamente a los accionistas de la Sociedad en la proporción de una (1) Acción Nueva por cada 50 derechos de asignación gratuita. Cada acción de la Sociedad otorgará un (1) derecho de asignación gratuita.

La Sociedad o algunos de sus accionistas renunciarán al número de derechos de asignación gratuita que sea necesario para cuadrar la proporción descrita anteriormente.

Está previsto que los derechos de asignación gratuita se otorguen a los accionistas de la Sociedad que aparezcan legitimados como tales en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear) las 23:59 horas del día de publicación del anuncio de la ampliación de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Si bien, el Consejo de Administración o la persona en quien este delegue, podrá modificar, de conformidad con la normativa vigente en ese momento, el momento de asignación de los derechos, así como determinar el resto de fechas relevantes para la correcta ejecución de las operaciones relacionadas con la asignación de derechos, su cotización y la de las Acciones Nuevas de la Sociedad.

Los derechos de asignación gratuita de las Acciones Nuevas serán transmisibles. Los derechos de asignación gratuita podrán ser negociados en el mercado durante el plazo que determine el Consejo de Administración, o la persona en quien se delegue, con el mínimo de catorce (14) días naturales desde la publicación del anuncio de la ampliación de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (salvo que la normativa aplicable prevea otro plazo mínimo, en cuyo caso se tomará este). Durante el referido plazo, se podrán adquirir en el mercado derechos de asignación gratuita suficientes y en la proporción necesaria para recibir Acciones Nuevas.

4. Depósito de las acciones.

Las Acciones Nuevas que no hubieran podido ser asignadas por causas no imputables a la Sociedad se mantendrán en depósito a disposición de quienes acrediten la legítima titularidad de los correspondientes derechos de asignación gratuita. Transcurridos tres (3) años, las acciones que aún se hallaren pendientes de asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe líquido de la mencionada venta se mantendrá a disposición de los interesados en la forma establecida por la legislación aplicable.

5. Admisión a negociación.

Se solicitará la admisión a negociación de las Acciones Nuevas en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao y su inclusión en el Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo).

6. Ejecución del aumento de capital y delegación de facultades.

Se acuerda delegar en el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital, con expresas facultades de sustitución, la facultad de señalar la fecha en la que el acuerdo adoptado de aumentar el capital social debe llevarse a efecto, en el plazo máximo de un (1) año a contar desde su adopción, y a dar la nueva redacción que proceda al artículo quinto de los Estatutos Sociales en cuanto a la nueva cifra de capital social y al número de acciones.

Asimismo, se acuerda delegar en el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital, con expresas facultades de sustitución, la facultad de fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en los párrafos precedentes. En especial, a título enunciativo y no limitativo:

  • 1) Señalar, dentro del plazo de un (1) año a contar desde su aprobación, la fecha en que el acuerdo así adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto, así como adoptar, en su caso, los mecanismos que estime oportunos para permitir y ejecutar la venta por los accionistas de los derechos de asignación gratuita de su titularidad cuyo número sea inferior al necesario para recibir una (1) Acción Nueva.
  • 2) Determinar la concreta cuenta o subcuentas de reservas voluntarias con cargo a las cuales se efectuará el aumento de capital.
  • 3) Renunciar, en su caso, al número de derechos de asignación gratuita necesario para cuadrar la proporción de asignación gratuita de las Acciones Nuevas.
  • 4) Establecer la fecha y hora de referencia para la asignación de los derechos de asignación gratuita y la duración del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, con un mínimo de catorce (14) días naturales desde la publicación del anuncio de la ampliación de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (salvo que la normativa aplicable prevea otro plazo mínimo, en cuyo caso se tomará este).
  • 5) Declarar ejecutado y cerrado el aumento de capital.
  • 6) Modificar los Estatutos Sociales para reflejar la nueva cifra de capital social y el número de acciones.
  • 7) Otorgar la escritura de ampliación de capital.
  • 8) Designar a la entidad agente y demás asesores de la operación.
  • 9) Realizar las actuaciones o trámites necesarios o convenientes y redactar y firmar la documentación necesaria o conveniente para la autorización y ejecución completa de la emisión, así como la admisión a cotización de las Acciones Nuevas, ante cualquier la entidad u organismo público o privado, nacional o extranjero, incluyendo, el Registro Mercantil, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores, la Sociedad de Bolsas e Iberclear.
  • 10) Redactar y publicar cuantos anuncios resulten necesarios o convenientes al efecto.
  • 11) En su caso, no ejecutar y dejar sin efecto el acuerdo de aumento de capital.
  • 12) En general, en los términos más amplios posibles realizar cuantas actuaciones fueren necesarias o meramente convenientes para llevar a cabo la completa ejecución de este acuerdo, pudiendo subsanar, aclarar, adaptar o complementar el mismo.

7. Cancelación del acuerdo de aumento de capital aprobado el 30 de mayo de 2023

La Junta General aprueba, en unidad de acto, cancelar y dejar sin efecto el acuerdo de aumento de capital aprobado por la Junta General Ordinaria de Accionistas en fecha 30 de mayo de 2023 bajo el punto 9 del orden del día y la delegación de facultades correspondiente, por quedar subsumido dicho aumento en la ampliación de capital que es objeto de aprobación en esta junta.

4. CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A: MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS SOCIALES:

4.1 Aprobación de la modificación del artículo 21 de los ESTATUTOS SOCIALES que tendrá el siguiente redactado a partir de su aprobación.

Artículo 21º.- El consejo de Administración se compondrá de un mínimo de tres (3) y un máximo de once (11) miembros, designados por la Junta General de Accionistas.

Los consejeros ejercerán su cargo durante el plazo máximo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos una o más veces por periodos de igual duración máxima. El Consejo de Administración estará facultado para cubrir, con carácter provisional, las vacantes que en su seno se produzcan, designando en la forma legalmente establecida las personas que hayan de cubrirlas, sometiendo su nombramiento a la primera Junta General que se celebre con posterioridad al mismo. Asimismo, de producirse la vacante una vez convocada la Junta General y antes de su celebración, el Consejo de Administración podrá designar por cooptación un Consejero hasta la celebración de la siguiente Junta General. Para ser Consejero no será necesario ser accionista.

No podrán ser consejeros quienes se hallen incursos en causa legal de incapacidad o incompatibilidad".

4.2 Aprobación de la modificación del artículo 22 de los ESTATUTOS SOCIALES que tendrá el siguiente redactado a partir de su aprobación

Artículo 22. El Consejo de Administración elegirá en su seno su Presidente y al Secretario y, en su caso, a un Vicepresidente y a un Vicesecretario. El Secretario y Vicesecretario podrán o no ser consejeros. En este último caso tendrán voz, pero no voto.

El Presidente podrá ejercer sus funciones en condición de ejecutivo o no ejecutivo. Si el Presidente tuviera la condición de ejecutivo tendrá las facultades que expresamente le delegue el Consejo de Administración. Si el Presidente tuviera la condición de no ejecutivo será el máximo representante de la Sociedad, correspondiéndole los derechos y obligaciones inherentes a esta representación, incluida la firma social.

En cualquier caso, el Presidente es el principal responsable del eficaz funcionamiento del Consejo de Administración, convocará y presidirá las sesiones del Consejo de Administración, fijando el orden del día y dirigiendo las discusiones y deliberaciones de las reuniones del Consejo de Administración, estimulando el debate y la participación activa de los consejeros durante las sesiones, así como le corresponde velar por que los consejeros reciban con carácter previo la información suficiente para deliberar sobre los puntos del orden de día así como por el cumplimiento de los acuerdos del Consejo de Administración.

El Consejo de Administración podrá designar Presidente de Honor de la Sociedad, que no tendrá la condición de consejero, a aquellas personas que hubieran desempeñado el cargo de Presidente del Consejo de Administración.

El cargo de consejero será retribuido. La Política de Remuneraciones de los Consejeros aprobada por la Junta General de accionistas determinará la retribución total máxima a percibir por los miembros del Consejo de Administración por sus funciones como miembros del Consejo de Administración quedando ampliamente facultado el Consejo para fijar dentro del límite máximo antes expresado y de acuerdo con los criterios fijados en la Política de Remuneraciones su retribución individual, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Igualmente, la Política de Remuneraciones fijará las cantidades, conceptos y condiciones que corresponda a los consejeros que ejerzan funciones ejecutivas. Las cantidades satisfechas serán deducidas de los rendimientos brutos con carácter previo a la determinación del beneficio de la Sociedad.

4.3- Aprobación de la modificación del artículo 24.1 de los Estatutos Sociales que tendrá la siguiente redacción a partir de su aprobación.

Artículo 24.1. Comisión Ejecutiva-Consejero delegado

El Consejo de Administración podrá́ designar de su seno una Comisión Ejecutiva, compuesta de 3 a 5 consejeros, que se constituirá́y disolverá́a voluntad del Consejo.

Dicha Comisión Ejecutiva, una vez nombrada, establecerá́las normas para su actuación y se reunirá́en las fechas y con las condiciones que la misma determine.

El Consejo de Administración también podrá designar de entre los consejeros a un Consejero delegado, que será el máximo responsable de la gestión y dirección del negocio de la entidad, debiendo reportar periódicamente al Consejo de Administración o cada vez que sea debidamente solicitado por el Presidente. El Consejo de Administración delegará de forma permanente en el Consejero delegado todas las facultades legalmente delegables que tenga por conveniente.

Tanto la Comisión Ejecutiva como el Consejero delegado estarán obligados a mantener cumplidamente informado al Consejo de Administración de la realización de las funciones que constituyan el objeto de la delegación.

La delegación permanente de alguna facultad del Consejo de Administración en la Comisión Ejecutiva o en el Consejero delegado y la designación de los consejeros que hayan de ocupar tales cargos requerirán para su validez el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de los componentes del Consejo y no producirán efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil.

5. QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A: ADOPCIÓN DE LOS SIGUIENTES ACUERDOS SOBRE REELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:

5.1 Reelección de Don Jesús Alberdi Areizaga, con la categoría de consejero independiente.

Se acuerda la reelección con la categoría de consejero independiente, por el periodo estatutario de cuatro años, de Don Jesús Alberdi Areizaga, mayor edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en Avda. Sancho El Sabio, 2, 1º, de San Sebastián (Guipúzcoa).

5.2 Reelección de Doña Rosa María Sanz García, con la categoría de consejera independiente.

Se acuerda la reelección con la categoría de consejera independiente, por el periodo estatutario de cuatro años, de Doña Rosa María Sanz García, mayor edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en Avda. Sancho El Sabio, 2, 1º, de San Sebastián (Guipúzcoa).

5.3 Reelección de Doña María Luisa Guibert Ucín, con la categoría de consejera otros externos.

Se acuerda la reelección como miembro del Consejo de Administración, con la categoría de consejero "otros externos" por el periodo estatutario de cuatro años, de Doña Maria Luisa Guibert Ucín, mayor edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en Avda. Sancho El Sabio, 2, 1º, de San Sebastián (Guipúzcoa).

5.4 Nombramiento de Don Miguel Ángel Tapiador Silanes, con la condición de consejero ejecutivo y fecha de efecto del nombramiento a 30 de septiembre de 2024.

Se acuerda por la a la Junta General, con el informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, el nombramiento de D. Miguel Ángel Tapiador Silanes, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en Avda. Sancho El Sabio, 2, 1º, de San Sebastián (Guipúzcoa), como miembro del Consejo de Administración, con la condición de consejero ejecutivo, por el periodo estatutario de cuatro años, y con fecha de efecto del citado nombramiento de 30 de septiembre de 2024.

5.5 Fijación en 11 (once) miembros el número de consejeros.

Consecuentemente a la aprobación de la propuesta del apartado anterior y previa aprobación, por la Junta de la modificación del artículo 21 de los Estatutos, se fija en once (11) el número de consejeros a partir del 30 de septiembre de 2024.

6.- SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A.: DEVOLUCIÓN PARCIAL DE PRIMA DE EMISIÓN EN LA CANTIDAD DE 0,50 EUROS POR ACCIÓN.

Aprobar la devolución parcial a los accionistas de la prima de emisión de acciones a razón de 0,50 euros por acción, teniendo en cuenta el número de acciones de la Sociedad actualmente en circulación.

A los efectos oportunos, se deja expresa constancia de que (i) existe suficiente tesorería a estos efectos; y (ii) con la referida distribución, el valor del patrimonio neto de la Sociedad no resultará inferior a su cifra de capital social.

La distribución parcial a los accionistas de la prima de emisión de acciones de la Sociedad se realizará en los siguientes términos:

1.- Prima de emisión: Cincuenta céntimos de euro (0,50 €) por acción (la "Prima de Emisión").

El importe por acción se ha considerado teniendo en cuenta el número de acciones en circulación y excluyendo el número de acciones en autocartera existentes a día de hoy, por lo que está sujeto a variación en función de cualesquiera variaciones en el capital social y/o la cifra de acciones en autocartera existente al cierre del mercado del día que sea considerado como fecha de devengo de conformidad con el calendario a publicar por el Consejo de Administración, tal y como se indica en el apartado 3 siguiente. El Consejo de Administración queda expresamente facultado para realizar los ajustes que resulten necesarios a estos efectos.

2.- Fecha de pago de la Prima de Emisión: La distribución de la Prima de Emisión se realizará en la fecha o fechas concretas a determinar por el Consejo de Administración, o la persona en quien se delegue, mediante el pago en efectivo de la Prima de Emisión. En cualquier caso, la fecha concreta a determinar por el Consejo de Administración, o la persona en quien se delegue, se fijará a partir del día 6 de junio de 2024, y no podrá, de conformidad con el artículo 276.3 de la Ley de Sociedades de Capital, exceder de doce meses a partir de la fecha de este acuerdo de la junta general.

3.- Acciones con derecho a distribución de la Prima de Emisión: El derecho a percibir esta distribución de Prima de Emisión se otorgará a todos los accionistas de la Sociedad que aparezcan legitimados como tales en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear) las 23:59 horas del día que se indique en el calendario a publicar cuando el Consejo de Administración, o la persona en quien se delegue, determine la fecha concreta de pago de la Prima de Emisión conforme a lo previsto en el apartado precedente. Quedarán excluidas las acciones en autocartera.

4.- Delegación: Se acuerda delegar en el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, la facultad de fijar las condiciones de la distribución de la Prima de Emisión en todo lo no previsto en los párrafos precedentes. En especial, a título enunciativo y no limitativo:

  • (i) Señalar la fecha concreta en que el acuerdo así adoptado de devolver la Prima de Emisión deba llevarse a efecto, dentro del calendario aprobado por la junta general (a partir del día 6 de junio de 2024 y con un máximo de doce meses desde la fecha de este acuerdo).
  • (ii) Establecer la fecha y hora de referencia para la determinación del derecho a percibir esta distribución de Prima de Emisión.
  • (iii) Realizar las actuaciones o trámites necesarios o convenientes y redactar y firmar la documentación necesaria o conveniente para la autorización y ejecución completa de la distribución de la Prima de Emisión ante cualquier la entidad u organismo público o privado, nacional o extranjero, incluyendo la Comisión Nacional del Mercado de Valores, las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores, la Sociedad de Bolsas e Iberclear.
    • (iv) Redactar y publicar cuantos anuncios resulten necesarios o convenientes al efecto.
    • (v) Designar al agente de pago y a cualesquiera otros asesores pudiesen intervenir en la distribución.
    • (vi) En general, en los términos más amplios posibles realizar cuantas actuaciones fueren necesarias o meramente convenientes para llevar a cabo la completa ejecución de este acuerdo, pudiendo subsanar, aclarar, adaptar o complementar el mismo.

7.- SÉPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A.: APROBACION DE LA POLITICA DE REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION.

Aprobar, conforme a lo establecido en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la Política de Remuneraciones de los Consejeros de Iberpapel Gestión, S.A., (la "Política"), para su aplicación desde la fecha misma de su aprobación (y, por tanto, para el ejercicio 2024) y durante los tres ejercicios siguientes (i.e., durante 2025, 2026 y 2027), con el fin de adecuarla al Plan de Sucesión del Presidente Ejecutivo aprobado por el Consejo de Administración el 27 de febrero de 2024. El texto de la Política se ha puesto a disposición de los accionistas, junto con el informe específico de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el resto de documentación relativa a la Junta General, desde la fecha de su convocatoria.

8.-OCTAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A.: VOTACIÓN CONSULTIVA DEL INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2023.

Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Iberpapel Gestión, S.A. del año 2023, cuyo texto se ha puesto a disposición de los accionistas junto con el resto de documentación relativa a la Junta General desde la fecha de su convocatoria.

9.- NOVENO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A: TOMA DE RAZÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

El Consejo de Administración del día 27 de febrero de 2024 aprobó, sujeto a la condición de la aprobación en esta Junta General de las modificaciones estatutarias previstas en el punto cuarto del Orden del día y en coherencia con ellas, modificar el Reglamento del Consejo de Administración. De igual modo, en la misma sesión, el Consejo aprobó el Reglamento en cuanto a la definición e incorporación de las funciones y competencias de la redenominada Comisión de Sostenibilidad y de la Comisión de Inversiones.

Se ha puesto a disposición de los accionistas para su toma de razón el informe preceptivo con el nuevo Reglamento del Consejo en el que constan resaltadas las modificaciones aprobadas, sin otro valor que el meramente informativo que permita a los accionistas la visualización del alcance de la modificación y la comparación entre la nueva redacción y la actualmente en vigor.

10.-DECIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A.: DELEGACIÓN DE FACULTADES PARA FORMALIZAR, INTERPRETAR, SUBSANAR Y EJECUTAR LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

Facultar al Presidente del Consejo de Administración, Don Iñigo Echevarría Canales, a la Secretaria del Consejo Dª Gloria Martínez Picazo y al Vicesecretario del Consejo Don Luis González Gutiérrez, para que cualquiera de ellos, indistintamente, en representación de esta Sociedad, pueda comparecer ante Notario para otorgar la elevación a públicos de los acuerdos adoptados, y realizar cuantas gestiones fueran precisas para lograr su más completa ejecución e inscripción, cuando proceda, en los registros públicos correspondientes y, en especial, en el Registro Mercantil de la provincia, extendiéndose esta delegación a la facultad de subsanar, aclarar, interpretar, precisar o completar, en su caso, los acuerdos adoptados o los que se produjeren en cuantas escrituras o documentos se otorgasen en su ejecución y, de modo particular, cuantos defectos, omisiones o errores, de forma o fondo, impidieran el acceso de los acuerdos adoptados y de sus consecuencias en el Registro Mercantil de la provincia, incorporando, incluso, por propia autoridad las modificaciones que al efecto sean necesarias o puestas de manifiesto en la calificación, oral o escrita, del Sr. Registrador Mercantil o requeridas por las autoridades competentes, sin necesidad de nueva consulta a la Junta General.

DECIMOPRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IBERPAPEL GESTIÓN, S.A.

Nombramiento de interventores para la aprobación del Acta de la Junta.

De conformidad con el artículo 202 de la Ley de Sociedades de Capital, se acordó nombrar a Don Alejandro Luna Mendiburu en representación de la mayoría y a Don Pablo Fuentes Artola en representación de la minoría, como interventores para la aprobación del Acta de la Junta, junto con el Presidente, dentro del plazo máximo de quince días.

En San Sebastián a 29 de mayo de 2024.

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