Transaction in Own Shares • May 31, 2024
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Madrid, 31 de mayo de 2024
De conformidad con lo previsto en el artículo 227 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, Gestamp Automoción, S.A. (en adelante, "Gestamp" o la "Sociedad") comunica la siguiente
El Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado establecer un programa de recompra de acciones propias (el "Programa").
El Programa se aprueba de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 sobre el abuso de mercado, con las obligaciones de difusión, notificación, y las condiciones y restricciones de negociación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión de 8 de marzo de 2016 por el que se completa el Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (el "Reglamento Delegado"); y haciendo uso y respetando los términos de la autorización concedida por acuerdo de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 6 de mayo de 2021 bajo el punto 13 del orden del día.
Los términos del Programa acordado por el Consejo de Administración son los siguientes:
(iv) Precio y volumen máximo: las acciones serán adquiridas de conformidad con las condiciones de precio y volumen previstas en el artículo 3 del Reglamento Delegado.
En este sentido, respecto al precio de adquisición, éste no excederá del que resulte superior entre (i) el precio de la última operación independiente y (ii) el precio más alto independientemente demandado en el centro de negociación donde se efectúe la compra, en el momento en el que se realice la operación.
Respecto al volumen, la Sociedad no comprará en ningún día de negociación más del 25% del volumen diario medio. El volumen diario medio negociado de las acciones de la Sociedad a los efectos del cómputo anterior tendrá como base el volumen diario medio negociado en los 20 días de negociación anteriores a la fecha de cada compra.
(v) Periodo de duración: el período durante el cual se autoriza el Programa se extiende desde el 3 de junio de 2024, hasta el 20 de diciembre de 2024. No obstante lo anterior, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar el Programa si, con anterioridad a su indicada fecha límite de vigencia, hubiera adquirido el número máximo de acciones autorizado por el Consejo de Administración, si se hubiera alcanzado el importe monetario máximo del Programa o si ocurriese alguna circunstancia que así lo aconsejara.
Asimismo, este plazo podrá extenderse previo acuerdo del Consejo de Administración en el caso de que, llegada la fecha establecida, la Sociedad no hubiera adquirido el número máximo de acciones.
La Sociedad informará mediante el correspondiente anuncio de "otra información relevante" de la interrupción, modificación o finalización del Programa. Del mismo modo, la Sociedad comunicará mediante las correspondientes comunicaciones de "otra información relevante" las operaciones de compra de acciones que realice al amparo del Programa.
Por último, la Sociedad informa de la suspensión temporal, con efectos a cierre de mercado del día de hoy, del contrato de liquidez suscrito con JB Capital Markets, Sociedad de Valores, S.A.U., comunicado el 24 de septiembre de 2018 mediante hecho relevante (Nº de Registro: 269864), para habilitar el inicio de la operativa bajo el Programa. Asimismo, la Sociedad informará al mercado, en su caso, mediante la correspondiente comunicación de "otra información relevante", sobre la reanudación del referido contrato de liquidez.
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